DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-FF-037-SCFI-2019-PRODUCTOS ALIMENTICIOS NO INDUSTRIALIZADOS-CEREALES-SORGO (Sorghum vulgare L.)-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-FF-037-1994).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 36 fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada como proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Comité Técnico de Normalización Nacional para productos Agrícolas y Pecuarios (CTNN-PAP), lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo de la norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho Organismo ubicado en Av. Municipio Libre No. 377, Col. Santa Cruz Atoyac, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03310 o consultarlo gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en los pisos 7 y 12 del inmueble ubicado en Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México.
La presente Norma Mexicana NMX-FF-037-SCFI-2019 entrará en vigor 60 días posteriores de la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20190726133000037.
CLAVE O CÓDIGO |
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA |
NMX-FF-037-SCFI-2019 |
PRODUCTOS ALIMENTICIOS NO INDUSTRIALIZADOS-CEREALES-SORGO (Sorghum vulgare L.)-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-FF-037-1994) |
Objetivo y campo de aplicación El presente Proyecto de Norma Mexicana especifica las características que debe reunir el grano de sorgo Sorghum vulgare L., en todas sus variedades. El presente Proyecto de Norma Mexicana aplica al grano de sorgo que se produce o comercializa en territorio nacional. |
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Concordancia con normas internacionales La presente Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) con alguna Norma Internacional por no existir referencia al momento de su elaboración. |
Bibliografía
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Atentamente
Ciudad de México, a 14 de abril de 2020.- El Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.