DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-E-179-NYCE-2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-E-179-NYCE-2020, "INDUSTRIA DEL PLÁSTICO-REVERSIÓN LONGITUDINAL-MÉTODO DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-E-179-CNCP-2009)".

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 36 fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Normalización y Certificación NYCE, S.C.", por medio del Subcomité de Métodos de prueba del Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria del Plástico, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.

El texto completo de la Norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho Organismo ubicado en Avenida Lomas de Sotelo número 1097, Colonia Lomas de Sotelo, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11200, Ciudad de México, teléfono 5395-0777, Fax 5395-0700 y/o al correo electrónico: davila@nyce.org.mx o consultarlo gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca número 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México.

La presente Norma Mexicana NMX-E-179-NYCE-2020 entrará en vigor 60 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20191120131306087.

CLAVE O CÓDIGO

TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA

NMX-E-179-NYCE-2020

Industria del plástico-Reversión longitudinal-Método de prueba (Cancela a la NMX-E-179-CNCP-2009)

Objetivo y campo de aplicación

Esta Norma Mexicana establece el método para determinar la reversión longitudinal de tubos de materiales termoplásticos, llevada a cabo con aire.

Es aplicable a todos los tubos de materiales termoplásticos con paredes internas y externas lisas de sección transversal constante. No es aplicable a los tubos termoplásticos con pared estructurada no lisa.

Los parámetros adecuados para el material de los tubos y las recomendaciones para los niveles máximos de reversión como una función del material del tubo se dan en el Apéndice A.

NOTA 1: Para los tubos estructurados de pared no lisa, el comportamiento al calor se debe evaluar de acuerdo a la metodología descrita en el método de prueba de horno (ver 12.3)

NOTA 2: La medición de la reversión longitudinal no es considerada relevante para los tubos con espesor de pared mayor de 16 mm.

NOTA 3: Durante la elaboración de Normas Mexicanas previas a la presente norma, el término de Reversión longitudinal se ha dado como de Reversión térmica.


Concordancia con Normas Internacionales

Esta Norma Mexicana es modificada (MOD) con respecto a la Norma Internacional ISO 2505:2005 Thermoplastics pipes-Longitudinal reversión-Test method and parameters, Segunda Edición, 2005, y difiere en los siguientes puntos:

Capítulo/Inciso al que aplica la diferencia

Desviación técnica/Justificación

Capítulo 1

No es campo de aplicación de la norma llevar a cabo la prueba en baño caliente líquido.

Capítulo 2

Se incluyen las referencias de normas mexicanas: NMX-E-021-CNCP-2006 y NMX-E-060-CNCP-2010, con objeto de complementar la Norma Mexicana.

Capítulo 3

No se incluyen todas las abreviaturas, en su caso se incluye la referencia a la Norma Mexicana NMX-E-057-CNCP-2015.

Capítulo 4

Es modificado para una mejor comprensión.

Capítulo 5

No se incluye el baño caliente líquido ya que no es campo de aplicación de la norma.

Capítulo 8

Se hacen precisiones en el procedimiento, como la forma de colocar las probetas dentro del horno, así como una cama de carbonato de calcio en el mismo.



Bibliografía

-        NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.

-        ISO 2505:2005, Thermoplastics pipes-Longitudinal reversion-Test method and parameters. Second edition, 2005.

-        ISO 12091:1995, Structured-wall thermoplastics pipes--Oven test. First edition, 1995.


Atentamente,

Ciudad de México, a 8 de abril de 2020.- El Director General de Normas y Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.