DOF: 01/09/1982
Diario Oficial de la Federación 1982

Notificación al Comisario Ejidal del poblado San Ildefonso, Municipio de Villa de Allende, Méx.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Dirección de Asuntos Jurídicos.- Oficio: 238756.- Ref.: VIII-2O2.

C. Lic. Miguel Montes García

Director General de Gobierno

de la Secretaría de Gobernación

Bucareli No. 99

México 2, D. F.

El Director General de Procedimientos Agrarios de esta Dependencia del Ejecutivo Federal, envío a esta Dirección General diverso número 454378 de fecha 3 de agosto de 1982, en el que indica que la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, mediante oficio 401.25-5973 de fecha 1o.. de julio del año en curso, solicitó la expropiación de una superficie de 04-59-96.88 Has., de terrenos pertenecientes al poblado "SAN ILDEFONSO", Municipio de Villa de Allende, Estado de México, para destinarse a la construcción de una obra hidráulica denominada Sistema Cutzamala, que realizará la Comisión de Aguas del Valle de México.

En virtud de que en el cuerpo del mencionado escrito se indica que la solicitud de mérito reúne los requisitos señalados en el articulo 343 de la Ley Federal de Reforma Agraria, me permito solicitar de la manera más atenta se sirva girar sus apreciables instrucciones, si no existe inconveniente alguno, a efecto de que con fundamento en el artículo 344 de la referida Ley, se publique la solicitud que se acompaña en el Diario Oficial de la Federación.

Sin otro particular, reitero a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

AÑO DEL GENERAL VICENTE

GUERRERO.

México, D. F., a 17 de agosto de 1982.- El Director General, David García Estrada.- Rúbrica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Secretaría de Agricultura y Recursos Hidraúlicos.- Comisión de Aguas del Valle de México.- Oficio: 401.25

ASUNTO: Se promueve expropiación de bienes Ejido de San Ildefonso, Municipio de Villa de Allende, Estado de México.

Lic. Gustavo Carvajal Moreno Secretario de la Reforma Agraria Presente

En el programa de obras que ejecuta el Gobierno Federal por conducto de la Comisión de Aguas del Valle de México Dependencia desconcentrada de esta Secretaria, está considerado el suministro de agua potable a las poblaciones y zonas urbanas asentadas en la Cuenca del Valle de México, para dar cumplimiento a los objetivos señalados a este Organismo, en el Decreto del poder Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial el 18 de agosto de 1972.

A fin de satisfacer la creciente demanda de agua en el Area Metropolitana de la Ciudad de México, este organismo ha proyectado la construcción de una obra hidráulica denominada Sistema Cutzamala, en la que está incluida la construcción del Subsistema Chilesdo, consistente en una presa, cortina, planta de bombeo, torre de oscilación, acueducto y caminos; siendo necesario para tales fines ocupar una superficie de 04-59-96.88 Has. en el ejido de San Ildefonso, Municipio de Villa de Allende, Estado de México, según plano No. CA-D-13-3742, que en copias heliográficas se adjuntan a esta solicitud.

Considerando que los terrenos antes mencionados son del régimen de propiedad ejidal y que la construcción de estas obras obedece a una causa de utilidad pública, comprendida dentro de lo preceptuado por la fracción VIII del Artículo 112 de la Ley Federal de Reforma Agraria, se promueve la expropiación de esos inmuebles a favor de la Nación, de acuerdo con las características que señalo a continuación, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 343 del Ordenamiento Jurídico antes mencionado.

BIENES POR EXPROPIAR

 

Los bienes por expropiar, materia de esta solicitud, se encuentran sujetos al régimen ejidal y son terrenos de temporal y agostadero con superficie de 04-59-96.88 Has. en dos fracciones, con las siguientes medidas y colindancias:

Fracción 1.- Se trata de un polígono irregular, que tiene las siguientes medidas y colindancias: Por el Norte en línea quebrada de 293.00 m. con terrenos de la Comunidad de San Pablo Malacatepec, por el Este en línea quebrada en 146.00 m. con Zona Federal del Río San José, por el Sur en línea quebrada de 327.00 m. con la Zona Federal del Arroyo Barranca del Muerto y por el Oeste cerrando el polígono, en línea quebrada de 223.00 m. con terrenos del mismo Ejido.

Fracción 2.- Se trata de un polígono irregular, que tiene las siguientes medidas y colindancias: Por el Norte en 324.00 m. en línea quebrada con el Arroyo Barranca del Muerto, por el Este en línea quebrada de 194.00 m. con la Zona Federal del Río San José, por el Sur en línea recta de 157.00 m. con terrenos comunales de San Pablo Malacatepec y por el Oeste en dos secciones, la primera en línea quebrada de 119.00 m. con terrenos comunales de San Pablo Malacatepec y en línea quebrada de 195.00 m. con Ejido del que se segrega, cerrando el polígono.

DESTINO DE LOS BIENES

Los terrenos por expropiar forman parte de la obra hidráulica proyectada, la cual consiste en la construcción de una presa cortina y su vaso regulador para el Sistema de Agricultura y Recursos Hidráulicos, Comisión de Aguas del Valle de México, para destinarse al servicio público de suministro de agua en bloque a las autoridades

CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA

La causa que se invoca es la señalada en la fracción VIII del Artículo 112 de la Ley Federal de Reforma Agraria.

INDEMNIZACION QUE SE PROPONE

La indemnización que se cubrirá al Ejido por los bienes materiales que se afectan con motivo de esta solicitud, será la que corresponda al avalúo que para tal efecto realice la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.

DOCUMENTOS PROBATORIOS

Se acompaña al presente copia heliográfica del Plano No. CA-D-13-3742 en el que se señala el área de afectación del Ejido antes mencionado.

En los términos anteriores, suplico a usted tener por promovida la expropiación del terreno ejidal en cuestión y, en su caso, previos trámites correspondientes, gestionar la expedición del Decreto Presidencial que proceda.

Reitero a usted las seguridades de mi más atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

AÑO DEL GENERAL VICENTE GUERRERO

México, D. F., a 1o.. de julio de 1982.- El Secretario de Agricultura y Recursos Hidráulicos y Presidente de la Comisión, Francisco Merino Rábago.- Rúbrica.

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