DOF: 11/08/1976
Diario Oficial de la Federación 1976

OFICIO 102-634 por el que se adicionan al diverso número 102-187, las tarias que deben regir para los cultivos de melón y sandía en la zona número 2 que comprende los Estados de Coahuila, Chihuahua y Durango.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Ingresos.- Número del oficio: 102.- Expediente: 634.

ASUNTO: Se adicionan al oficio-circular número 102-187, tarifas para los cultivos de melón y sandía en la zona 2.

CC. causantes de los Impuestos al Ingreso

Global de las Empesas y Sobre las Erogaciones

por Remuneración al Trabajo Personal y

Retenedores del Impuesto sobre Producto

del Trabajo, dedicados a las acitivades agrícolas.

Presentes.

En oficio-circular 102-187, publicado en el "Diario Oficial" el 12 de mayo de 1976, se establecieron por el presente ejercicio, bases especiales de tributación para el pago del impuesto sobre la renta e impuesto sobre las erogaciones por remuneración al trabajo personal a los agricultores que operan dentro de las nueve zonas señaladas en dicho oficio-circular.  Tomando en consideración las peticiones hechas por los agricultores de Coahuila, Chihuahua y Durango, para que establezcan tarifas específicas de melón y sandía en la zona que les corresponde, esta Secretaría, con apoyo en la fracción I del artículo octavo transitorio de la Ley que establece, reforma y adiciona diversas disposiciones fiscales, publicada en el "Diario Oficial" del 31 de diciembre de 1975, resuelve:

UNICO.- Se adiciona al oficio-circular número 102-187 publicado en el "Diario Oficial" de fecha 12 de mayo de 1976, tarifas para pagos provisionales y definitivos por cultivos de melón y sandía en la zona número 2, con las cuotas y características siguientes:

Anexo número 1.- Tarifa para pagos provisionales en la actividad agrícola.- Año de 1976.- Zona 2, comprende Coahuila, Chihuahua y Durango.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a  22 de julio de 1976.- El Subsecretario de Ingresos, Carlos Tello.- Rúbrica.

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