DOF: 12/06/2007

ACUERDO mediante el cual se autoriza el cambio de adscripción de la patente de la que es titular el agente aduanal Luis Agustín Ruffo Velarde, de la Aduana de La Paz a la Aduana de Tecate.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Operación Aduanera.

ACUERDO 326-SAT-194

  Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el Agente Aduanal Luis Agustín Ruffo Velarde, titular de la patente número 948, con adscripción en la Aduana de La Paz, y autorización 3385 para actuar ante aduanas distintas a la de su adscripción, solicita el cambio de adscripción de su patente a la Aduana de Tecate, y considerando que dicho Agente Aduanal cumple con los requisitos previstos en la fracción III, del artículo 163 de la Ley Aduanera; la Administradora Central de Operación Aduanera, con fundamento en el artículo 10, fracción V, en relación con el 11, Apartado A, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, ACUERDA: PRlMERO.- Autorizar el cambio de adscripción de la patente de la que es titular el Agente Aduanal Luis Agustín Ruffo Velarde, de la Aduana de La Paz a la Aduana de Tecate; SEGUNDO.- Notifíquese este Acuerdo mediante oficio al Agente Aduanal Luis Agustín Ruffo Velarde, anexando copia con firma autógrafa del mismo; TERCERO.- Gírense oficios a los Administradores de las Aduanas antes mencionadas, remitiéndoles copia fotostática del presente Acuerdo.

  Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del interesado.

  México, D.F., a 24 de mayo de 2007.- En suplencia por ausencia de la Administradora Central de Operación Aduanera y de los CC. Administradores de Autorizaciones; de Regulación del Despacho Aduanero; de Proyectos; de Atención a Usuarios; de Asuntos Legales; de Operación Aduanera; de Normatividad; y de Procedimientos Legales, con fundamento en los artículos 2, 8, 10 párrafos siguientes a la fracción XC y 11, apartado A, fracción II, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2005 y reformado el 12 de mayo y 28 de noviembre de 2006 mediante Decretos publicados en el mismo órgano oficial, firma el Administrador de Agentes, Apoderados y Dictaminadores Aduanales, José Flores Alarcón.- Rúbrica.

  (R.- 249206)


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