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DOF: 12/06/2007

ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de recursos de programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social en las microrregiones y demás regiones, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de Tlaxcala.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

  ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE RECURSOS DE PROGRAMAS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL EN LAS MICRORREGIONES Y DEMAS REGIONES, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, DR. GUSTAVO ADOLFO MERINO JUAREZ, Y EL SUBDELEGADO DE DESARROLLO URBANO, ORDENACION DEL TERRITORIO Y VIVIENDA, Y ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DELEGACION EN EL ESTADO DE TLAXCALA, EL C. CELEDONIO SANCHEZ PAREDES, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE TLAXCALA, EN LO SUCESIVO EL ESTADO, REPRESENTADO POR EL TITULAR DEL EJECUTIVO, C. LIC. HECTOR ISRAEL ORTIZ ORTIZ, ASISTIDO POR LOS CC. SECRETARIO DE GOBIERNO, ING. SERGIO GONZALEZ HERNANDEZ, EL COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE TLAXCALA, EL C.P. HECTOR VAZQUEZ GALICIA, Y EL CONTRALOR DEL EJECUTIVO ESTATAL, LIC. AMADO BENJAMIN AVILA MARQUEZ, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, EN LO SUCESIVO CONVENIO MARCO.

ANTECEDENTES

I.- La SEDESOL manifiesta que la Dirección General de Programación y Presupuesto, de la Oficialía Mayor de esta dependencia, mediante oficio No. OM/DGPP/DPP/410.20/00168/07 de fecha 19 de enero de 2007, comunicó la autorización correspondiente a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano de las asignaciones de recursos que le corresponden, conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007.

II. La “SEDESOL a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano declara que la inversión total federal de los programas señalados en la cláusula tercera de este instrumento, así como el desglose de la inversión federal para los programas señalados en los anexos que forman parte de este Acuerdo, se encuentran adscritos a esta Subsecretaría, conforme lo establece el artículo 6, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2004, y reformado por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de julio de 2006.

  Con base en lo expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 54 y demás aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en su Reglamento; 1 y 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2006; el Acuerdo que tiene por objeto establecer las microrregiones identificadas por sus condiciones de rezago y marginación conforme a indicadores de pobreza para cada región, estado y municipio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2002; en los artículos 6 fracciones V y VI, 17 fracción VI, 19 fracción VIII, 22 fracción VII, 23 fracción VIII, 24 fracción VII, 25, 33 fracción III, 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de julio de 2004 y reformado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de julio de 2006; en las Reglas de Operación de los Programas de Subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes; así como en lo previsto por los artículos 4, 6, 9, 57, 67, 69 y 70 fracción XXX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 3, 7, 11, 12, 27, 28 fracción IV, 31, 32, 35, 36, 41, 42, 48 y 49 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala; 255, 257 fracción II y 259 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus municipios, las partes celebran el presente Acuerdo de Coordinación en los términos de las siguientes:

CLAUSULAS

  DEL OBJETO.

  PRIMERA. La SEDESOL y “EL ESTADO celebran el presente Acuerdo que tiene por objeto la distribución y ejercicio de recursos de programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, en las microrregiones y demás regiones de la entidad, atendiendo las condiciones de marginación y pobreza de las mismas.

  La SEDESOL y “EL ESTADO se comprometen a adoptar un esquema de aportación conjunta y a la par de recursos-pari-passu para programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, conforme al presupuesto autorizado a cada orden de gobierno.

  DE LA CONCURRENCIA Y ARTICULACION DE ESFUERZOS EN TERRITORIOS ESPECIFICOS.

  SEGUNDA. La SEDESOL y “EL ESTADO promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos con el fin de propiciar el desarrollo de los territorios de la entidad con menor crecimiento y mayor pobreza, a partir de la provisión de infraestructura social básica y los servicios esenciales, así como de la generación de opciones de ingreso, el fortalecimiento de la actividad económica y el bienestar de los habitantes de estas zonas.

  En apego al mandato de la Ley General de Desarrollo Social, se reconocen en el país regiones o áreas cuyos niveles de rezago estructural, tanto en pobreza como marginación, ameritan la focalización de programas y acciones e intervenciones específicas en el marco de la coordinación de los tres órdenes de gobierno. Para efectos del presente Acuerdo, y de conformidad con lo que se establezca en el CONVENIO MARCO, ambas partes convienen en la atención de las microrregiones y demás regiones de la entidad, conforme la distribución establecida en el Anexo 1.

  Esta agrupación de municipios en microrregiones es indicativa de las prioridades de la política social mexicana en materia de pobreza y marginación, mas no limitativa de las acciones e intervenciones que podrían generar los rezagos y necesidades en otros territorios y grupos de población, previstas en el marco reglamentario de cada programa.

  ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE LA SEDESOL.

  TERCERA. La SEDESOL asignará al Estado de Tlaxcala, recursos presupuestarios federales del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, conforme a lo establecido en el artículo 27 de dicho ordenamiento legal, por la cantidad total de: $13’780,504.86 (trece millones setecientos ochenta mil quinientos cuatro pesos 86/100 M.N.).

  Dichos recursos serán destinados a los siguientes programas: Empleo Temporal, Desarrollo Local (Microrregiones), 3X1 para Migrantes y Opciones Productivas, de acuerdo a la distribución territorial del Anexo 2.

  CUARTA. Los recursos federales que se asignan a EL ESTADO en los términos del presente Acuerdo de Coordinación, no pierden su carácter federal y estarán sujetos a la disponibilidad del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007.

  Los recursos federales señalados en la cláusula tercera de este instrumento no integran gastos de operación de la SEDESOL.

  QUINTA. La ministración de recursos federales del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social se hará considerando la estacionalidad del gasto y en su caso el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal.

  SEXTA. De la aplicación y ejercicio de los recursos señalados será responsable el Ejecutivo Estatal y, en su caso, los municipios, beneficiarios y demás ejecutores, de acuerdo a los instrumentos que se suscriban al efecto y de conformidad con lo establecido en las reglas de operación de los programas federales publicadas en el Diario Oficial de la Federación por la SEDESOL.

  ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE EL ESTADO.

  SEPTIMA. EL ESTADO se compromete a aportar recursos financieros por la cantidad de $13’780,504.86 (trece millones setecientos ochenta mil quinientos cuatro pesos 86/100 M.N.) provenientes de su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007; en los programas federales acordados mediante la estructura financiera y programática descrita en el Anexo 3 mismo que forma parte del presente Acuerdo de Coordinación.

  DE LAS METAS.

  OCTAVA. La SEDESOL y EL ESTADO acuerdan que de conformidad con sus aportaciones presupuestarias y con sujeción a la distribución territorial establecida en el marco de este instrumento jurídico, las metas consolidadas que se comprometen se describen en el Anexo 4, mismo que forma parte integrante del presente instrumento.

  DE LAS RESPONSABILIDADES.

  NOVENA. Los programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, se sujetarán en su instrumentación, operación, ejecución, evaluación, medición y seguimiento a lo que establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, a las respectivas reglas de operación, a las demás disposiciones legales federales aplicables y a los instrumentos jurídicos, técnicos y operativos derivados de las reglas de operación y a la distribución de la inversión y metas consolidadas, federal y estatal, que se establecen en el Anexo 4.

  DECIMA. La SEDESOL y “EL ESTADO acuerdan que podrán proponer modificaciones a la asignación de recursos entre programas y microrregiones, cuando por causas justificadas así se requiera. Dichas propuestas se formularán a través del Coordinador General del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Tlaxcala (COPLADET) y el Delegado de la SEDESOL, quienes suscribirán oficios mancomunados y los remitirán a oficinas centrales para su dictamen y gestión procedente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su caso.

  En ningún caso, se podrá modificar el monto asignado correspondiente a las zonas de atención prioritaria denominadas Microrregiones, que se definen en el presente documento en el Anexo 1, sin contar con la aprobación del nivel central de la SEDESOL.

  Al final del ejercicio fiscal se formalizarán todas las modificaciones presupuestarias transcurridas respecto de los recursos convenidos a través del presente instrumento, por medio de un formato que se suscribirá por las instancias estatales correspondientes y la Delegación SEDESOL en el Estado, documento que formará parte del presente instrumento jurídico.

  La ejecución de los programas tendrá su sustento en propuestas de inversión, en las que se consigne la información correspondiente a la inversión federal y estatal.

  DE LOS TRABAJOS DE SEGUIMIENTO, EVALUACION Y CONTROL DE LOS RECURSOS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL.

  DECIMA PRIMERA. “EL ESTADO asume el compromiso de proporcionar a la SEDESOL, por conducto de su Delegación en el Estado, informes trimestrales de seguimiento de los programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social; y cuando el responsable ejecutor de dichos recursos y programas sea “EL ESTADO, a través de alguna de sus dependencias o entidades, EL ESTADO, por conducto del COPLADET, rendirá la información solicitada. Para el caso de que el responsable ejecutor sea el municipio, éste informará a EL ESTADO, el que a su vez informará a la SEDESOL. Estos informes deberán presentarse a la SEDESOL por conducto de la Delegación en el Estado en un plazo no mayor a 20 días naturales, una vez concluido el trimestre.

  La SEDESOL, a través de su Delegación en el Estado, solicitará informes trimestrales de seguimiento a las organizaciones de la sociedad civil cuando sean ejecutoras de recursos, programas y, en su caso acciones, en los términos de las reglas de operación de los programas que al efecto emita esa dependencia.

  Una vez concluido el Ejercicio Fiscal 2007, la SEDESOL por conducto de la Delegación en el Estado, integrará y consolidará la información programática y presupuestal de los recursos ejercidos de programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social con información de los ejecutores. EL ESTADO a través del COPLADET será responsable de la revisión, validación y formalización de este informe.

  Por su parte, la SEDESOL asume el compromiso a través de su Delegación en el Estado, de proporcionar oportunamente la información necesaria para integrar dichos informes.

  DECIMA SEGUNDA. La "SEDESOL promoverá la aplicación de diferentes métodos de captación de información, y medición de avances para el seguimiento y evaluación de programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social. Para ello, EL ESTADO apoyará estas tareas promoviendo la colaboración de los municipios y de los beneficiarios, especialmente en lo que corresponde a la captación de la información que se requiera de los estudios de campo.

  DECIMA TERCERA. “EL ESTADO y la SEDESOL deberán cumplir con los procedimientos normativos y fomentar la consolidación de mecanismos que apoyen la transparencia y rendición de cuentas, con la finalidad de favorecer la generación de informes; determinación de acciones, obras y dar seguimiento a la entrega y comprobación de recursos.

  DECIMA CUARTA. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la cláusula tercera del presente instrumento corresponderá a la SEDESOL, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a la Secretaría de la Función Pública (SFP) y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que en coordinación con la SFP realice la Contraloría de EL ESTADO.

  DECIMA QUINTA. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento, la SEDESOL y EL ESTADO se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos.

  Las partes convienen en que la SFP podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de EL ESTADO en los términos del presente instrumento.

  Asimismo, las partes convienen que los recursos destinados a la vigilancia, inspección, control y evaluación sobre las obras públicas ejecutadas por contrato o por administración directa, se aplicarán conforme a los lineamientos emitidos por la SFP y, en su caso, a lo establecido en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos.

  ESTIPULACIONES FINALES.

  DECIMA SEXTA. Las partes acuerdan que los recursos federales asignados a EL ESTADO a través del presente instrumento, que al 31 de diciembre de 2007 se conserven por cualquier motivo sin devengar, incluyendo los rendimientos que se hayan obtenido, deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

  DECIMA SEPTIMA. La SEDESOL y EL ESTADO realizarán las acciones necesarias para cumplir con los compromisos pactados en este Acuerdo de Coordinación. En el evento de que se presenten casos fortuitos o de fuerza mayor que motiven el incumplimiento a lo pactado, la contraparte quedará liberada del cumplimiento de las obligaciones que le son correlativas, debiendo comunicar a la brevedad dichas circunstancias mediante escrito firmado por la dependencia o entidad estatal que corresponda, y en su caso por la SEDESOL en el ámbito federal.

  DECIMA OCTAVA. Las partes acuerdan que el presente instrumento jurídico, deberá guardar absoluta congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2007- 2012 y el CONVENIO MARCO, que en términos del artículo 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007 se suscriba, por lo que de existir alguna diferencia o contradicción entre este instrumento y aquéllos, prevalecerá el Plan Nacional de Desarrollo y el CONVENIO MARCO.

  DECIMA NOVENA. Serán causas de inobservancia del presente Acuerdo, las siguientes:

1. El incumplimiento a los compromisos pactados en este instrumento.

2. La aplicación de los recursos federales asignados a EL ESTADO por medio de este instrumento a fines distintos de los pactados, y

3. La falta de entrega de la información, reportes y demás documentación prevista en este Acuerdo.

  VIGESIMA. En caso de incumplimiento de los términos del presente instrumento, atribuible a “EL ESTADO, la SEDESOL, con fundamento en lo expresado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007 y la legislación federal aplicable de la materia, podrá suspender la ministración de recursos o bien solicitar su reintegro, escuchando previamente la opinión de la dependencia o entidad estatal correspondiente.

  En el supuesto de que la SEDESOL incumpla los términos del presente Acuerdo, EL ESTADO, después de escuchar la opinión de la SEDESOL, podrá suspender sus recursos presupuestarios aportados.

  VIGESIMA PRIMERA. Las partes manifiestan su conformidad de que las controversias que se susciten en el cumplimiento del presente Acuerdo, conocerán los Tribunales Federales de la ciudad de Tlaxcala, Tlax.

  VIGESIMA SEGUNDA. A excepción de lo establecido en la cláusula décima del presente Acuerdo para la modificación de recursos entre programas y microrregiones, las partes acuerdan que el presente Acuerdo de Coordinación podrá ser revisado, adicionado o modificado por acuerdo de las partes que lo suscriben.

  Todas las modificaciones o adiciones al presente Acuerdo deberán constar por escrito, y estar suscritas, para su cumplimiento y obligación.

  VIGESIMA TERCERA. Este Acuerdo de Coordinación surte sus efectos desde el día primero de enero hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil siete, y deberá publicarse, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Planeación, en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano oficial de difusión del Gobierno del Estado, con el propósito de que la población conozca las inversiones coordinadas de la Federación con el Estado.

  Estos programas son públicos, ajenos a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.

  Estos programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos programas con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos programas deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente.

  Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Acuerdo de Coordinación en dos ejemplares, en la ciudad de Tlaxcala, Tlaxcala, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil siete.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: el Subsecretario de Desarrollo Social y Humano, Gustavo Adolfo Merino Juárez.- Rúbrica.- El Subdelegado de Desarrollo Urbano, Ordenación del Territorio y Vivienda, y Encargado del Despacho de la Delegación en el Estado de Tlaxcala, Celedonio Sánchez Paredes.- Rúbrica.- Revisión Jurídica: la Directora General de Normatividad y Asuntos Contenciosos, Adriana Campos López.- Rúbrica.- Por el Estado: el Titular del Ejecutivo, Héctor Israel Ortíz Ortíz.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Sergio González Hernández.- Rúbrica.- El Coordinador General del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Tlaxcala, Héctor Vázquez Galicia.- Rúbrica.- El Contralor del Ejecutivo Estatal, Amado Benjamín Avila Márquez.- Rúbrica.

Anexo I

Tlaxcala

  Microrregiones:

        Municipios de Alta Marginación

Clave del municipio Nombre del municipio
29004 Altzayanca
29012 Españita (5)
29030 Terrenate
29046 Emiliano Zapata
Total 4
Total municipios de Microrregiones 4

  Otras Regiones:

Clave del municipio Nombre del municipio
29001 Amaxac de Guerrero
29002 Apetatitlán de Antonio Carvajal
29003 Atlangatepec
29005 Apizaco
29006 Calpulalpan
29007 El Carmen Tequexquitla
29008 Cuapiaxtla
29009 Cuaxomulco
29010 Chiautempan
29011 Muñoz de Domingo Arenas
29013 Huamantla
29014 Hueyotlipan
29015 Ixtacuixtla de Mariano Matamoros
29016 Ixtenco
29017 Mazatecochco de José María Morelos
29018 Contla de Juan Cuamatzi
29019 Tepetitla de Lardizábal
29020 Sanctórum de Lázaro Cárdenas
29021 Nanacamilpa de Mariano Arista
29022 Acuamanala de Miguel Hidalgo
29023 Natívitas
29024 Panotla
29025 San Pablo del Monte
29026 Santa Cruz Tlaxcala
29027 Tenancingo
29028 Teolocholco
29029 Tepeyanco
29031 Tetla de la Solidaridad
29032 Tetlatlahuca
29033 Tlaxcala
29034 Tlaxco
29035 Tocatlán
29036 Totolac
29037 Zitlaltepec de Trinidad Sánchez Santos
29038 Tzompantepec
29039 Xaloztoc
29040 Xaltocan
29041 Papalotla de Xicohténcatl
29042 Xicohtzinco
29043 Yauhquemecan
29044 Zacatelco
29045 Benito Juárez
29047 Lázaro Cárdenas
29048 La Magdalena Tlaltelulco
29049 San Damián Texoloc
29050 San Francisco Tetlanohcan
29051 San Jerónimo Zacualpan
29052 San José Teacalco
29053 San Juan Huactzinco
29054 San Lorenzo Axocomanitla
29055 San Lucas Tecopilco
29056 Santa Ana Nopalucan
29057 Santa Apolonia Teacalco
29058 Santa Catarina Ayometla
29059 Santa Cruz Quilehtla
29060 Santa Isabel Xiloxoxtla
Total 56
Total de municipios del Estado 60

  (5) Este grupo de municipios registró en el año 2000 un Grado de Marginación Alto y en el año 2005 muestra un Grado de Marginación Medio. A efectos operativos, estos municipios se mantendrán durante el presente ejercicio dentro de las Microrregiones y a partir del año próximo se integrarán al grupo de Otras Regiones.

  Nota: Deberá tenerse presente que el grado de marginación de un mismo municipio obtenidos en los diferentes años no son comparables entre sí, por lo tanto no se puede argumentar una mejoría o una degradación de las condiciones estructurales del municipio a través de esta herramienta.

  Fuentes: Indice de Marginación Municipal 2000. CONAPO 2000, con base en el XII Censo General de Población y Vivienda INEGI 2000.

  Indice de Marginación Municipal 2005. CONAPO 2005, con base en el II Conteo de Población y Vivienda INEGI 2005.

 

  

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE RECURSOS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL

DISTRIBUCION DE LA INVERSION FEDERAL Y METAS DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO/2007

  ANEXO 2

  ESTADO DE TLAXCALA

  PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO / EJERCICIO FISCAL 2007/PESOS  
  DESARROLLO LOCAL 3x1 PARA MIGRANTES OPCIONES PRODUCTIVAS JORNALEROS AGRICOLAS EMPLEO TEMPORAL TOTAL
REGIONALIZACION INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION
  (PESOS) PROYECTO (PESOS) PROYECTO PESOS PROYECTO PRODUCTOR PESOS PERSONA PESOS JORNAL EMPLEO FEDERAL
                           
MUNICIPIOS EN MICRORREGIONES 2,566,274.00  9 138,504.00  1 1,145,008.00  4 76  - - 1,814,761.00 27,028 307 5,664,547.00
                           
                                         
OTRAS REGIONES  -  - 1,755,072.00  8 2,126,444.00  8 142  - - 4,234,441.86 63,066 717 8,115,957.86
                                         
                           
                                         
TOTAL 2,566,274.00  9 1,893,576.00  9 3,271,452.00 12 218  - - 6,049,202.86 90,094 1,024 13,780,504.86
                                         
                           
                 - 6,632        
OBSERVACIONES                          
                                         
Los recursos Federales no incluyen Gastos de Operación de la Secretaría de Desarrollo Social                     
                           
                           
                           
                           
                           
                             
                             
                             
                                         
                           
ING. CELEDONIO SANCHEZ PAREDES             C.P. HECTOR VAZQUEZ GALICIA
SUBDELEGADO DE DESARROLLO URBANO, ORDENACION DEL             COORDINADOR GENERAL DEL COPLADET
TERRITORIO Y VIVIENDA Y ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DELEGACION             RUBRICA.
RUBRICA.              

  Estos programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos Programas deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente/Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE RECURSOS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL

DISTRIBUCION DE LA INVERSION ESTATAL Y METAS DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO/2007

ANEXO 3

ESTADO DE TLAXCALA

  PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO / EJERCICIO FISCAL 2007/PESOS  
  DESARROLLO LOCAL 3x1 PARA MIGRANTES OPCIONES PRODUCTIVAS JORNALEROS AGRICOLAS EMPLEO TEMPORAL TOTAL
REGIONALIZACION INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION
  (PESOS) PROYECTO (PESOS) PROYECTO PESOS PROYECTO PRODUCTOR PESOS PERSONA PESOS JORNAL EMPLEO ESTATAL
                           
                                         
MUNICIPIOS EN MICRORREGIONES 2,566,274.00  9 138,504.00  1 1,145,008.00  4 76  - -  - - - 3,849,786.00
                                         
                           
                                         
OTRAS REGIONES  -  - 1,755,072.00  8 2,126,444.00  8 142  - - 6,049,202.86 90,094 1,024 9,930,718.86
                                        
                           
                                        
TOTAL 2,566,274.00  9 1,893,576.00  9 3,271,452.00 12 218  - - 6,049,202.86 90,094 1,024 13,780,504.86
                                        
                           
                           
OBSERVACIONES                          
                                        
                             
                             
                             
                             
                             
                             
                                         
                           
ING. CELEDONIO SANCHEZ PAREDES             C.P. HECTOR VAZQUEZ GALICIA
SUBDELEGADO DE DESARROLLO URBANO, ORDENACION DEL             COORDINADOR GENERAL DEL COPLADET
TERRITORIO Y VIVIENDA Y ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DELEGACION             RUBRICA.
RUBRICA.              

  Estos programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos Programas deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente/Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE RECURSOS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL

CONSOLIDADO DE INVERSION Y METAS FEDERALES Y ESTATALES DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO/2007

ANEXO 4

  ESTADO DE TLAXCALA

  PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO / EJERCICIO FISCAL 2007/PESOS  
  DESARROLLO LOCAL 3x1 PARA MIGRANTES OPCIONES PRODUCTIVAS JORNALEROS AGRICOLAS EMPLEO TEMPORAL TOTAL
REGIONALIZACION INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION METAS INVERSION
  (PESOS) PROYECTO (PESOS) PROYECTO PESOS PROYECTO PRODUCTOR PESOS PERSONA PESOS JORNAL EMPLEO FEDERAL-ESTATAL
                           
                                         
MUNICIPIOS EN MICRORREGIONES 5,132,548.00  18 277,008.00  2 2,290,016.00  8 152  - - 1,814,761.00 27,028 307 9,514,333.00
                                         
                           
                                         
OTRAS REGIONES  -  - 3,510,144.00  16 4,252,888.00 16 284  - - 10,283,644.72 153,160 1,741 18,046,676.72
                                        
                           
                                        
TOTAL 5,132,548.00  18 3,787,152.00  18 6,542,904.00 24 436  - - 12,098,405.72 180,188 2,048 27,561,009.72
                                        
                           
                           
OBSERVACIONES                          
                                        
                             
                             
                             
                             
                             
                             
                                         
                           
ING. CELEDONIO SANCHEZ PAREDES             C.P. HECTOR VAZQUEZ GALICIA
SUBDELEGADO DE DESARROLLO URBANO, ORDENACION DEL             COORDINADOR GENERAL DEL COPLADET
TERRITORIO Y VIVIENDA Y ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DELEGACION             RUBRICA.
RUBRICA.              

  Estos programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos Programas deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente/Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social.

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(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 12 de junio de 2007


Martes 12 de junio de 2007 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 


 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 12 de junio de 2007


Martes 12 de junio de 2007 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 



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