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DOF: 24/12/2008
DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (Continúa de la Cuarta Sección)

DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (Continúa de la Cuarta Sección)

(Viene de la Cuarta Sección)
ARTÍCULO 3.- Se modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:
 
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
Unidad
IMPUESTO
IMP.
EXP.
 
 
 
 
 
4104.11.01
Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

5
Ex.
4104.11.99
Los demás.

5
Ex.
4104.19.01
Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

5
Ex.
4104.19.99
Los demás.

5
Ex.
4104.41.01
Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

5
Ex.
4104.41.99
Los demás.

5
Ex.
4104.49.01
Enteros, de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

5
Ex.
4104.49.99
Los demás.

5
Ex.
4105.10.01
Con precurtido vegetal.

5
Ex.
4105.10.02
Precurtidas de otra forma.

5
Ex.
4105.10.99
Las demás.

5
Ex.
4105.30.01
En estado seco ("crust").

5
Ex.
4106.21.01
Con precurtido vegetal.

5
Ex.
4106.21.02
Precurtidos de otra forma.

5
Ex.
4106.21.99
Las demás.

5
Ex.
4106.22.01
En estado seco ("crust").

5
Ex.
4106.31.01
En estado húmedo (incluido el "wet-blue").

5
Ex.
4106.32.01
En estado seco ("crust").

5
Ex.
4106.40.01
Con precurtido vegetal.

5
Ex.
4106.91.01
En estado húmedo (incluido el "wet-blue").

5
Ex.
4106.92.01
En estado seco ("crust").

5
Ex.
4107.11.01
De bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

5
Ex.
4107.11.99
Los demás.

5
Ex.
4107.12.01
De bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m² (28 pies cuadrados).

5
Ex.
4107.12.99
Los demás.

5
Ex.
4107.19.01
De becerro, con peso inferior o igual a 1,500 g por pieza y espesor mayor de 0.8 mm (variedad box-calf).

5
Ex.
4107.19.99
Los demás.

5
Ex.
4107.91.01
Plena flor sin dividir.

5
Ex.
4107.92.01
Divididos con la flor.

5
Ex.
4107.99.01
De becerro, con peso inferior o igual a 1,500 g por pieza y espesor mayor de 0.8 mm (variedad box-calf).

5
Ex.
4107.99.99
Los demás.

5
Ex.
4112.00.01
Cueros preparados después del curtido o del secado y cueros y pieles apergaminados, de ovino, depilados, incluso divididos, excepto los de la partida 41.14.

5
Ex.
4113.10.01
De caprino.

5
Ex.
4113.20.01
De porcino.

5
Ex.
4113.90.99
Los demás.

5
Ex.
4114.10.01
Cueros y pieles agamuzados (incluido el agamuzado combinado al aceite).

5
Ex.
4114.20.01
Cueros y pieles charolados y sus imitaciones de cueros o pieles chapados; cueros y pieles metalizados.

5
Ex.
4115.10.01
Cuero regenerado, a base de cuero o de fibras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas.
Kg
5
Ex.
4115.20.01
Recortes y demás desperdicios de cuero o de pieles, preparados, o de cuero artificial (regenerado), no utilizables para la fabricación de manufacturas de cuero; aserrín, polvo y harina de cuero.
Kg
5
Ex.
5004.00.01
Hilados de seda (excepto los hilados de desperdicios de seda) sin acondicionar para la venta al por menor.
Kg
15
Ex.
5005.00.01
Hilados de desperdicios de seda sin acondicionar para la venta al por menor.
Kg
15
Ex.
5006.00.01
Hilados de seda, o de desperdicios de seda, acondicionados para la venta al por menor; "pelo de Mesina" ("crin de Florencia").
Kg
15
Ex.
5007.10.01
Tejidos de borrilla.

15
Ex.
5007.20.01
Los demás tejidos con un contenido de seda o de desperdicios de seda, distintos de la borrilla, superior o igual al 85% en peso.

15
Ex.
5007.90.01
Los demás tejidos.

15
Ex.
5106.10.01
Con un contenido de lana superior o igual al 85% en peso.
Kg
15
Ex.
5106.20.01
Con un contenido de lana inferior al 85% en peso.
Kg
15
Ex.
5107.10.01
Con un contenido de lana superior o igual al 85% en peso.
Kg
15
Ex.
5107.20.01
Con un contenido de lana inferior al 85% en peso.
Kg
15
Ex.
5108.10.01
Cardado.
Kg
15
Ex.
5108.20.01
Peinado.
Kg
15
Ex.
5109.10.01
Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual al 85% en peso.
Kg
15
Ex.
5109.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5110.00.01
Hilados de pelo ordinario o de crin (incluidos los hilados de crin entorchados), aunque estén acondicionados para la venta al por menor.
Kg
15
Ex.
5111.11.01
Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz, tejidos hechos a mano.

15
Ex.
5111.11.99
Los demás.

15
Ex.
5111.19.01
Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz, tejidos hechos a mano.

15
Ex.
5111.19.99
Los demás.

15
Ex.
5111.20.01
Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

15
Ex.
5111.20.99
Los demás.

15
Ex.
5111.30.01
Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

15
Ex.
5111.30.99
Los demás.

15
Ex.
5111.90.99
Los demás.

15
Ex.
5112.11.01
Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

15
Ex.
5112.11.99
Los demás.

15
Ex.
5112.19.01
Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

15
Ex.
5112.19.02
Tela de billar.

15
Ex.
5112.19.99
Los demás.

15
Ex.
5112.20.01
Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

15
Ex.
5112.20.99
Los demás.

15
Ex.
5112.30.01
Del tipo de los utilizados para tapicería y tapiz.

15
Ex.
5112.30.02
Tela de billar.

15
Ex.
5112.30.99
Los demás.

15
Ex.
5112.90.99
Los demás.

15
Ex.
5113.00.01
De pelo ordinario.

15
Ex.
5113.00.99
Los demás.

15
Ex.
5204.11.01
Con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso.
Kg
15
Ex.
5204.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5204.20.01
Acondicionado para la venta al por menor.
Kg
15
Ex.
5205.11.01
De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14).
Kg
15
Ex.
5205.12.01
De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43).
Kg
15
Ex.
5205.13.01
De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52).
Kg
15
Ex.
5205.14.01
De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80).
Kg
15
Ex.
5205.15.01
De título inferior a 125 decitex (superior al número métrico 80).
Kg
15
Ex.
5205.21.01
De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14).
Kg
15
Ex.
5205.22.01
De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43).
Kg
15
Ex.
5205.23.01
De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52).
Kg
15
Ex.
5205.24.01
De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80).
Kg
15
Ex.
5205.26.01
De título inferior a 125 decitex pero superior o igual a 106.38 decitex (superior al número métrico 80 pero inferior o igual al número métrico 94).
Kg
15
Ex.
5205.27.01
De título inferior a 106.38 decitex pero superior o igual a 83.33 decitex (superior al número métrico 94 pero inferior o igual al número métrico 120).
Kg
15
Ex.
5205.28.01
De título inferior a 83.33 decitex (superior al número métrico 120).
Kg
15
Ex.
5205.31.01
De título superior o igual a 714.29 decitex por hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.32.01
De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.33.01
De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.34.01
De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.35.01
De título inferior a 125 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 80 por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.41.01
De título superior o igual a 714.29 decitex por hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.42.01
De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.43.01
De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.44.01
De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.46.01
De título inferior a 125 decitex pero superior o igual a 106.38 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 80 pero inferior o igual al número métrico 94, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.47.01
De título inferior a 106.38 decitex pero superior o igual a 83.33 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 94 pero inferior o igual al número métrico 120, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5205.48.01
De título inferior a 83.33 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 120 por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5206.11.01
De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14).
Kg
15
Ex.
5206.12.01
De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43).
Kg
15
Ex.
5206.13.01
De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52).
Kg
15
Ex.
5206.14.01
De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80).
Kg
15
Ex.
5206.15.01
De título inferior a 125 decitex (superior al número métrico 80).
Kg
15
Ex.
5206.21.01
De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14).
Kg
15
Ex.
5206.22.01
De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43).
Kg
15
Ex.
5206.23.01
De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52).
Kg
15
Ex.
5206.24.01
De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80).
Kg
15
Ex.
5206.25.01
De título inferior a 125 decitex (superior al número métrico 80).
Kg
15
Ex.
5206.31.01
De título superior o igual a 714.29 decitex por hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5206.32.01
De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5206.33.01
De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5206.34.01
De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5206.35.01
De título inferior a 125 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 80 por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5206.41.01
De título superior o igual a 714.29 decitex hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5206.42.01
De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5206.43.01
De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5206.44.01
De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5206.45.01
De título inferior a 125 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 80 por hilo sencillo).
Kg
15
Ex.
5207.10.01
Con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso.
Kg
15
Ex.
5207.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5208.11.01
De ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 100 g/m².

15
Ex.
5208.12.01
De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m².

15
Ex.
5208.13.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5208.19.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5208.19.02
Con un contenido de algodón igual al 100%, de peso inferior o igual a 50 g/m² y anchura inferior o igual a 1.50 m.

15
Ex.
5208.19.99
Los demás.

15
Ex.
5208.21.01
De ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 100 g/m².

15
Ex.
5208.22.01
De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m².

15
Ex.
5208.23.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5208.29.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5208.29.99
Los demás.

15
Ex.
5208.31.01
De ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 100 g/m².

15
Ex.
5208.32.01
De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m².

15
Ex.
5208.33.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5208.39.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5208.39.99
Los demás.

15
Ex.
5208.41.01
De ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 100 g/m².

15
Ex.
5208.42.01
De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m².

15
Ex.
5208.43.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5208.49.01
Los demás tejidos.

15
Ex.
5208.51.01
De ligamento tafetán, de peso inferior o igual a 100 g/m².

15
Ex.
5208.52.01
De ligamento tafetán, de peso superior a 100 g/m².

15
Ex.
5208.59.01
De ligamento sarga, de curso superior a 4.

15
Ex.
5208.59.02
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5208.59.99
Los demás.

15
Ex.
5209.11.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5209.12.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5209.19.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5209.19.99
Los demás.

15
Ex.
5209.21.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5209.22.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5209.29.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5209.29.99
Los demás.

15
Ex.
5209.31.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5209.32.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5209.39.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5209.39.99
Los demás.

15
Ex.
5209.41.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5209.42.01
En los que los hilos de la urdimbre estén teñidos de azul y los de trama sean crudos, blanqueados, teñidos de gris o coloreados con un azul más claro que los de urdimbre.

15
Ex.
5209.42.99
Los demás.

15
Ex.
5209.43.01
Los demás tejidos de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5209.49.01
Los demás tejidos.

15
Ex.
5209.51.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5209.52.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5209.59.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5209.59.99
Los demás.

15
Ex.
5210.11.01
Tejidos lisos, en rollos hasta de 225 cm de ancho, con 100% de algodón en la trama y 100% de rayón en la urdimbre.

15
Ex.
5210.11.99
Los demás.

15
Ex.
5210.19.01
De ligamento sarga, de curso superior a 4.

15
Ex.
5210.19.02
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5210.19.99
Los demás.

15
Ex.
5210.21.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5210.29.01
De ligamento sarga, de curso superior a 4.

15
Ex.
5210.29.02
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5210.29.99
Los demás.

15
Ex.
5210.31.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5210.32.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5210.39.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5210.39.99
Los demás.

15
Ex.
5210.41.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5210.49.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5210.49.99
Los demás.

15
Ex.
5210.51.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5210.59.01
De ligamento sarga, de curso superior a 4.

15
Ex.
5210.59.02
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5210.59.99
Los demás.

15
Ex.
5211.11.01
Tejidos lisos, en rollos hasta de 225 cm de ancho, con 100% de algodón en la trama y 100% de rayón en la urdimbre.

15
Ex.
5211.11.99
Los demás.

15
Ex.
5211.12.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5211.19.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5211.19.99
Los demás.

15
Ex.
5211.20.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5211.20.02
De ligamento sarga, de curso superior a 4.

15
Ex.
5211.20.03
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5211.20.99
Los demás.

15
Ex.
5211.31.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5211.32.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5211.39.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5211.39.99
Los demás.

15
Ex.
5211.41.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5211.42.01
En los que los hilos de la urdimbre estén teñidos de azul y los de trama sean crudos, blanqueados, teñidos de gris o coloreados con un azul más claro que los de urdimbre.

15
Ex.
5211.42.99
Los demás.

15
Ex.
5211.43.01
Los demás tejidos de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5211.49.01
Los demás tejidos.

15
Ex.
5211.51.01
De ligamento tafetán.

15
Ex.
5211.52.01
De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5211.59.01
De ligamento sarga.

15
Ex.
5211.59.99
Los demás.

15
Ex.
5212.11.01
Crudos.

15
Ex.
5212.12.01
Blanqueados.

15
Ex.
5212.13.01
Teñidos.

15
Ex.
5212.14.01
Con hilados de distintos colores.

15
Ex.
5212.15.01
Estampados.

15
Ex.
5212.21.01
Crudos.

15
Ex.
5212.22.01
Blanqueados.

15
Ex.
5212.23.01
Teñidos.

15
Ex.
5212.24.01
De tipo mezclilla.

15
Ex.
5212.24.99
Los demás.

15
Ex.
5212.25.01
Estampados.

15
Ex.
5306.10.01
Sencillos.
Kg
15
Ex.
5306.20.01
Retorcidos o cableados.
Kg
15
Ex.
5308.20.01
Hilados de cáñamo.
Kg
15
Ex.
5308.90.01
De ramio.
Kg
15
Ex.
5309.11.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5309.19.99
Los demás.

15
Ex.
5309.21.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5309.29.99
Los demás.

15
Ex.
5310.10.01
Crudos.

15
Ex.
5310.90.99
Los demás.

15
Ex.
5311.00.01
De ramio o de hilados de papel.

15
Ex.
5311.00.99
Los demás.

15
Ex.
5401.10.01
De filamentos sintéticos.
Kg
15
Ex.
5401.20.01
De filamentos artificiales.
Kg
15
Ex.
5406.00.01
De poliamidas o superpoliamidas.
Kg
15
Ex.
5406.00.03
De poliéster.
Kg
15
Ex.
5406.00.04
Los demás hilados de filamentos sintéticos.
Kg
15
Ex.
5407.10.01
Empleados en armaduras de neumáticos, de nailon o poliéster, con un máximo de seis hilos por pulgada en la trama.

15
Ex.
5407.10.02
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.10.99
Los demás.

15
Ex.
5407.20.01
De tiras de polipropileno e hilados.

15
Ex.
5407.20.99
Los demás.

15
Ex.
5407.30.01
De fibras sintéticas, crudos o blanqueados.

15
Ex.
5407.30.02
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.30.03
Redes o mallas de materias plásticas, con monofilamentos de menos de 1 mm en su corte transversal, en cuyo punto de cruce estén termosoldados, en rollos de ancho inferior a 2.20 m.

15
Ex.
5407.30.99
Los demás.

15
Ex.
5407.41.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5407.42.01
Teñidos.

15
Ex.
5407.43.01
Gofrados.

15
Ex.
5407.43.02
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.43.03
Con ancho de 64 a 72 cm, para la confección de corbatas.

15
Ex.
5407.43.99
Los demás.

15
Ex.
5407.44.01
Estampados.

15
Ex.
5407.51.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5407.52.01
Teñidos.

15
Ex.
5407.53.01
Gofrados o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5407.53.02
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.53.03
Con ancho de 64 a 72 cm, para la confección de corbatas.

15
Ex.
5407.53.99
Los demás.

15
Ex.
5407.54.01
Estampados.

15
Ex.
5407.61.01
Totalmente de poliéster, de hilados sencillos, de título igual o superior a 75 decitex pero inferior o igual a 80 decitex, y 24 filamentos por hilo, y una torsión igual o superior a 900 vueltas por metro.

15
Ex.
5407.61.02
Crudos o blanqueados, excepto lo comprendido en la fracción 5407.61.01.

15
Ex.
5407.61.99
Los demás.

15
Ex.
5407.69.01
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.69.99
Los demás.

15
Ex.
5407.71.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5407.72.01
Teñidos.

15
Ex.
5407.73.01
Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5407.73.02
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.73.03
De poliuretanos, "elásticos" entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% con el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

15
Ex.
5407.73.99
Los demás.

15
Ex.
5407.74.01
Estampados.

15
Ex.
5407.81.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5407.82.01
Gofrados, o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5407.82.02
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.82.03
De poliuretanos, "elásticas", entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

15
Ex.
5407.82.99
Los demás.

15
Ex.
5407.83.01
Con hilados de distintos colores.

15
Ex.
5407.84.01
Estampados.

15
Ex.
5407.91.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5407.91.02
Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5407.91.03
Tejidos de alcohol polivinílico.

15
Ex.
5407.91.04
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.91.05
De poliuretanos, "elásticos" entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

15
Ex.
5407.91.06
De nailon, cuya trama sea de 40 deniers con 34 filamentos y pie de 70 deniers con 34 filamentos.

15
Ex.
5407.91.07
Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

15
Ex.
5407.91.99
Los demás.

15
Ex.
5407.92.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5407.92.02
Gofrados o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5407.92.03
De alcohol polivinílico.

15
Ex.
5407.92.04
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.92.05
De poliuretanos, "elásticos" entorchados tanto en el pie como en la trama con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en sentido transversal (trama).

15
Ex.
5407.92.06
Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

15
Ex.
5407.92.99
Los demás.

15
Ex.
5407.93.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5407.93.02
Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5407.93.03
De alcohol polivinílico.

15
Ex.
5407.93.04
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.93.05
Con ancho de 64 a 72 cm para la confección de corbatas.

15
Ex.
5407.93.06
De poliuretanos, "elásticos" entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

15
Ex.
5407.93.07
Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

15
Ex.
5407.93.99
Los demás.

15
Ex.
5407.94.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5407.94.02
Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5407.94.03
De alcohol polivinílico.

15
Ex.
5407.94.04
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5407.94.05
Con ancho de 64 a 72 cm para la confección de corbatas.

15
Ex.
5407.94.06
De poliuretanos, "elásticos" entorchados tanto en el pie como en la trama, con capacidad de elongación de 68 a 88% en el sentido longitudinal (pie) y de 90 a 120% en el sentido transversal (trama).

15
Ex.
5407.94.07
Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

15
Ex.
5407.94.99
Los demás.

15
Ex.
5408.10.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5408.10.02
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5408.10.03
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5408.10.04
Empleados en armaduras de neumáticos, de rayón, con un máximo de 6 hilos por pulgada de la trama.

15
Ex.
5408.10.99
Los demás.

15
Ex.
5408.21.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5408.21.02
Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5408.21.03
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5408.21.99
Los demás.

15
Ex.
5408.22.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5408.22.02
Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5408.22.03
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5408.22.04
De rayón cupramonio.

15
Ex.
5408.22.99
Los demás.

15
Ex.
5408.23.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5408.23.02
Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5408.23.03
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5408.23.04
Con ancho de 64 a 72 cm para la confección de corbatas.

15
Ex.
5408.23.05
De rayón cupramonio.

15
Ex.
5408.23.99
Los demás.

15
Ex.
5408.24.01
De rayón cupramonio.

15
Ex.
5408.24.99
Los demás.

15
Ex.
5408.31.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5408.31.02
Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5408.31.03
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5408.31.04
Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

15
Ex.
5408.31.99
Los demás.

15
Ex.
5408.32.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5408.32.02
Gofrados o sometidos a cualquier operación complementaria sobre el teñido, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5408.32.03
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5408.32.04
Redes o mallas, con monofilamentos de menos de 1 mm en su corte transversal, en cuyo punto de cruce estén termo soldados, en rollos de ancho inferior a 2.20 m.

15
Ex.
5408.32.05
Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

15
Ex.
5408.32.99
Los demás.

15
Ex.
5408.33.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5408.33.02
Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5408.33.03
Reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5408.33.04
Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

15
Ex.
5408.33.99
Los demás.

15
Ex.
5408.34.01
Asociados con hilos de caucho.

15
Ex.
5408.34.02
Gofrados, incluidos los tejidos dobles o adheridos.

15
Ex.
5408.34.03
Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual a 36% en peso.

15
Ex.
5408.34.99
Los demás.

15
Ex.
5508.10.01
De fibras sintéticas discontinuas.
Kg
15
Ex.
5508.20.01
De fibras artificiales discontinuas.
Kg
15
Ex.
5509.11.01
Sencillos.
Kg
15
Ex.
5509.12.01
Retorcidos o cableados.
Kg
15
Ex.
5509.21.01
Sencillos.
Kg
15
Ex.
5509.22.01
Retorcidos o cableados.
Kg
15
Ex.
5509.31.01
Sencillos.
Kg
15
Ex.
5509.32.01
Retorcidos o cableados.
Kg
15
Ex.
5509.41.01
Sencillos.
Kg
15
Ex.
5509.42.01
Retorcidos o cableados.
Kg
15
Ex.
5509.51.01
Mezclados exclusiva o principalmente, con fibras artificiales discontinuas.
Kg
15
Ex.
5509.52.01
Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.
Kg
15
Ex.
5509.53.01
Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.
Kg
15
Ex.
5509.59.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5509.61.01
Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.
Kg
15
Ex.
5509.62.01
Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.
Kg
15
Ex.
5509.69.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5509.91.01
Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.
Kg
15
Ex.
5509.92.01
Mezclados exclusiva o principalmente con algodón.
Kg
15
Ex.
5509.99.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5510.11.01
Sencillos.
Kg
15
Ex.
5510.12.01
Retorcidos o cableados.
Kg
15
Ex.
5510.20.01
Los demás hilados, mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino.
Kg
15
Ex.
5510.30.01
Los demás hilados, mezclados exclusiva o principalmente con algodón.
Kg
15
Ex.
5510.90.01
Los demás hilados.
Kg
15
Ex.
5511.10.01
De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras superior o igual al 85% en peso.
Kg
15
Ex.
5511.20.01
De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras inferior al 85% en peso.
Kg
15
Ex.
5511.30.01
De fibras artificiales discontinuas.
Kg
15
Ex.
5512.11.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5512.19.01
Tipo mezclilla.

15
Ex.
5512.19.99
Los demás.

15
Ex.
5512.21.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5512.29.99
Los demás.

15
Ex.
5512.91.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5512.99.99
Los demás.

15
Ex.
5513.11.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15
Ex.
5513.12.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5513.13.01
Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

15
Ex.
5513.19.01
Los demás tejidos.

15
Ex.
5513.21.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15
Ex.
5513.23.01
De ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5513.23.99
Los demás.

15
Ex.
5513.29.01
Los demás tejidos.

15
Ex.
5513.31.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15
Ex.
5513.39.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5513.39.02
Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

15
Ex.
5513.39.99
Los demás.

15
Ex.
5513.41.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15
Ex.
5513.49.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5513.49.02
Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

15
Ex.
5513.49.99
Los demás.

15
Ex.
5514.11.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15
Ex.
5514.12.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5514.19.01
De fibras discontinuas de poliéster.

15
Ex.
5514.19.99
Los demás.

15
Ex.
5514.21.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15
Ex.
5514.22.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5514.23.01
Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

15
Ex.
5514.29.01
Los demás tejidos.

15
Ex.
5514.30.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15
Ex.
5514.30.02
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, tipo mezclilla.

15
Ex.
5514.30.03
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4 excepto lo comprendido en la fracción 5414.30.02.

15
Ex.
5514.30.04
Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

15
Ex.
5514.30.99
Los demás.

15
Ex.
5514.41.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán.

15
Ex.
5514.42.01
De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4.

15
Ex.
5514.43.01
Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster.

15
Ex.
5514.49.01
Los demás tejidos.

15
Ex.
5515.11.01
Mezcladas exclusiva o principalmente con fibras discontinuas de rayón viscosa.

15
Ex.
5515.12.01
Mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

15
Ex.
5515.13.01
Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

15
Ex.
5515.13.99
Los demás.

15
Ex.
5515.19.99
Los demás.

15
Ex.
5515.21.01
Mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

15
Ex.
5515.22.01
Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

15
Ex.
5515.22.99
Los demás.

15
Ex.
5515.29.99
Los demás.

15
Ex.
5515.91.01
Mezclados exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

15
Ex.
5515.99.01
Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino, con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

15
Ex.
5515.99.02
Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino excepto lo comprendido en la fracción 5515.99.01.

15
Ex.
5515.99.99
Los demás.

15
Ex.
5516.11.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5516.12.01
Teñidos.

15
Ex.
5516.13.01
Con hilados de distintos colores.

15
Ex.
5516.14.01
Estampados.

15
Ex.
5516.21.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5516.22.01
Teñidos.

15
Ex.
5516.23.01
Con hilados de distintos colores.

15
Ex.
5516.24.01
Estampados.

15
Ex.
5516.31.01
Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

15
Ex.
5516.31.99
Los demás.

15
Ex.
5516.32.01
Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

15
Ex.
5516.32.99
Los demás.

15
Ex.
5516.33.01
Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

15
Ex.
5516.33.99
Los demás.

15
Ex.
5516.34.01
Con un contenido inferior a 36% en peso de lana o pelo fino.

15
Ex.
5516.34.99
Los demás.

15
Ex.
5516.41.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5516.42.01
Teñidos.

15
Ex.
5516.43.01
Con hilados de distintos colores.

15
Ex.
5516.44.01
Estampados.

15
Ex.
5516.91.01
Crudos o blanqueados.

15
Ex.
5516.92.01
Teñidos.

15
Ex.
5516.93.01
Con hilados de distintos colores.

15
Ex.
5516.94.01
Estampados.

15
Ex.
5601.10.01
Compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés y artículos higiénicos similares, de guata.
Kg
15
Ex.
5601.22.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5602.10.01
Asfaltados, embreados, alquitranados y/o adicionados de caucho sintético.
Kg
15
Ex.
5602.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5602.21.01
De lana.
Kg
15
Ex.
5602.21.02
De forma cilíndrica o rectangular.
Kg
15
Ex.
5602.21.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5602.29.01
De las demás materias textiles.
Kg
15
Ex.
5602.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5603.11.01
De peso inferior o igual a 25 g/m².
Kg
15
Ex.
5603.12.01
De anchura inferior o igual a 45 mm, para uso exclusivo en la fabricación de pilas eléctricas.
Kg
15
Ex.
5603.12.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5603.13.01
De fibras aramídicas, o de propiedades dieléctricas a base de rayón y alcohol polivinílico con peso superior a 70 g/m² pero inferior a 85 g/m².
Kg
15
Ex.
5603.13.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
5603.14.01
De peso superior a 150 g/m².
Kg
15
Ex.
5603.91.01
De peso inferior o igual a 25 g/m².
Kg
15
Ex.
5603.92.01
De peso superior a 25 g/m² pero inferior o igual a 70 g/m².
Kg
15
Ex.
5603.93.01
De peso superior a 70 g/m² pero inferior o igual a 150 g/m².
Kg
15
Ex.
5603.94.01
De peso superior a 150 g/m².
Kg
15
Ex.
5604.10.01
Hilos y cuerdas de caucho revestidos de textiles.
Kg
15
Ex.
5604.90.01
Impregnados o recubiertos de caucho vulcanizado.
Kg
15
Ex.
5604.90.02
De seda o de desperdicios de seda, acondicionados para la venta al por menor, pelo de Mesina (crin de Florencia); imitaciones de catgut preparados con hilados de seda.
Kg
15
Ex.
5604.90.04
Imitaciones de catgut, de materia textil sintética y artificial, continua, con diámetro igual o superior a 0.05 mm, sin exceder de 0.70 mm.
Kg
15
Ex.
5604.90.05
De materia textil sintética y artificial, excepto lo comprendido en la fracción 5604.90.01.
Kg
15
Ex.
5604.90.06
De lana, de pelos (finos u ordinarios) o de crin incluso acondicionados para la venta al por menor.
Kg
15
Ex.
5604.90.07
De lino o de ramio.
Kg
15
Ex.
5604.90.08
De algodón, sin acondicionar para la venta al por menor.
Kg
15
Ex.
5604.90.09
De algodón, acondicionadas para la venta al por menor.
Kg
15
Ex.
5604.90.13
Hilados de alta tenacidad impregnados o recubiertos, de rayón, de 1,333.33 decitex (1,200 deniers).
Kg
15
Ex.
5604.90.14
Hilados de alta tenacidad de poliésteres, de nailon o demás poliamidas o de rayón viscosa, impregnados o recubiertos, excepto lo comprendido en las fracciones 5604.90.10, 5604.90.11, 5604.90.12 y 5604.90.13.
Kg
15
Ex.
5605.00.01
Hilados metálicos e hilados metalizados, incluso entorchados, constituidos por hilados textiles, tiras o formas similares de las partidas 54.04 o 54.05, combinados con metal en forma de hilos, tiras o polvo, o revestidos de metal.
Kg
15
Ex.
5606.00.01
Hilados de poliuretanos entorchados o enrollados con hilos de fibras textiles poliamídicas o poliestéricas, con decitex total superior a 99.9 (90 deniers).
Kg
15
Ex.
5606.00.02
Hilados de poliuretanos entorchados o enrollados con hilos de fibras textiles poliamídicas o poliestéricas, excepto lo comprendido en la fracción 5606.00.01.
Kg
15
Ex.
5606.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5607.21.01
Cordeles para atar o engavillar.
Kg
15
Ex.
5607.29.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5607.41.01
Cordeles para atar o engavillar.
Kg
15
Ex.
5607.49.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5607.50.01
De las demás fibras sintéticas.
Kg
15
Ex.
5607.90.01
De abacá (cáñamo de Manila (Musa textilis Nee)) o demás fibras duras de hojas.
Kg
15
Ex.
5607.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5608.11.01
Con luz de malla inferior a 3.81 cm.
Kg
15
Ex.
5608.11.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
5608.19.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
5608.90.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
5609.00.01
Eslingas.
Kg
15
Ex.
5609.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5801.10.01
De lana o pelo fino.

15
Ex.
5801.21.01
Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

15
Ex.
5801.22.01
Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

15
Ex.
5801.23.01
Los demás terciopelos y felpas por trama.

15
Ex.
5801.24.01
Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

15
Ex.
5801.25.01
Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

15
Ex.
5801.26.01
Tejidos de chenilla.

15
Ex.
5801.31.01
Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

15
Ex.
5801.32.01
Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

15
Ex.
5801.33.01
Los demás terciopelos y felpas por trama.

15
Ex.
5801.34.01
Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

15
Ex.
5801.35.01
Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

15
Ex.
5801.36.01
Tejidos de chenilla.

15
Ex.
5801.90.01
De las demás materias textiles.

15
Ex.
5802.11.01
Crudos.

15
Ex.
5802.20.01
Tejidos con bucles del tipo toalla, de las demás materias textiles.

15
Ex.
5802.30.01
Superficies textiles con mechón insertado.

15
Ex.
5803.00.01
De algodón.

15
Ex.
5803.00.02
De fibras sintéticas continuas, crudos o blanqueados, excepto lo comprendido en la fracción 5803.00.03.

15
Ex.
5803.00.03
De fibras sintéticas continuas, reconocibles para naves aéreas.

15
Ex.
5803.00.04
De fibras textiles vegetales, excepto de lino, de ramio o de algodón.

15
Ex.
5803.00.99
Los demás.

15
Ex.
5804.10.01
Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas.
Kg
15
Ex.
5804.21.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Kg
15
Ex.
5804.29.01
De las demás materias textiles.
Kg
15
Ex.
5804.30.01
Encajes hechos a mano.
Kg
15
Ex.
5805.00.01
Tapicería tejida a mano (Gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de "petit point", de punto de cruz), incluso confeccionadas.

15
Ex.
5806.10.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
5806.20.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
5806.31.01
De algodón.
Kg
15
Ex.
5806.32.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Kg
15
Ex.
5806.39.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
5806.40.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
5807.10.01
Tejidos.
Kg
15
Ex.
5807.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5808.10.01
Trenzas en pieza.
Kg
15
Ex.
5808.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5809.00.01
Tejidos de hilos de metal y tejidos de hilados metálicos o de hilados textiles metalizados de la partida 56.05, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares, no expresados ni comprendidos en otra parte.

15
Ex.
5810.10.01
Bordados químicos o aéreos y bordados con fondo recortado.
Kg
15
Ex.
5810.91.01
De algodón.
Kg
15
Ex.
5810.92.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Kg
15
Ex.
5810.99.01
De las demás materias textiles.
Kg
15
Ex.
5811.00.01
Productos textiles acolchados en pieza, constituidos por una o varias capas de materia textil combinadas con una materia de relleno y mantenidas mediante puntadas u otro modo de sujeción, excepto los bordados de la partida 58.10.

15
Ex.
5901.10.01
Telas recubiertas de cola o materias amiláceas, de los tipos utilizados para la encuadernación, cartonaje, estuchería o usos similares.

15
Ex.
5901.90.01
Telas para calcar.

15
Ex.
5901.90.02
Telas preparadas para la pintura.

15
Ex.
5901.90.99
Los demás.

15
Ex.
5902.10.01
De nailon o demás poliamidas.
Kg
15
Ex.
5902.20.01
De poliésteres.
Kg
15
Ex.
5902.90.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
5903.10.01
De fibras sintéticas o artificiales.

15
Ex.
5903.10.99
Los demás.

15
Ex.
5903.20.01
De fibras sintéticas o artificiales.

15
Ex.
5903.20.99
Los demás.

15
Ex.
5903.90.01
Cintas o tiras adhesivas.

15
Ex.
5903.90.02
De fibras sintéticas o artificiales, excepto lo comprendido en la fracción 5903.90.01.

15
Ex.
5903.90.99
Las demás.

15
Ex.
5904.10.01
Linóleo.

15
Ex.
5904.90.01
Con soporte de fieltro punzonado o tela sin tejer.

15
Ex.
5904.90.02
Con otros soportes.

15
Ex.
5905.00.01
Revestimientos de materia textil para paredes.

15
Ex.
5906.10.01
Cintas adhesivas de anchura inferior o igual a 20 cm.
M
15
Ex.
5906.91.01
De fibras sintéticas cauchutadas con neopreno, de peso inferior o igual a 1,500 g/m², para la fabricación de prendas deportivas.

15
Ex.
5906.91.99
Los demás.

15
Ex.
5906.99.01
Tela cauchutada con alma de tejido de nailon o algodón, recubierta por ambas caras con hule sintético, vulcanizada, con espesor entre 0.3 y 2.0 mm.

15
Ex.
5906.99.02
Tejidos de algodón, recubiertos o impregnados de caucho por una o ambas caras.

15
Ex.
5906.99.03
De fibras sintéticas o artificiales, recubiertos o impregnados de caucho por una o ambas caras.

15
Ex.
5906.99.99
Los demás.

15
Ex.
5907.00.01
Tejidos impregnados con materias incombustibles.

15
Ex.
5907.00.02
Cintas o tiras impregnadas con aceites oxidados.
M
15
Ex.
5907.00.03
Tejidos impregnados con preparaciones a base de aceites oxidados, aislantes de la electricidad.

15
Ex.
5907.00.04
Telas y tejidos encerados o aceitados.

15
Ex.
5907.00.05
Telas impregnadas o bañadas, con tundiznos cuya longitud sea hasta 2 mm.

15
Ex.
5907.00.06
De fibras sintéticas o artificiales, del tipo de los comprendidos en las fracciones 5907.00.01 a 5907.00.05.

15
Ex.
5907.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5908.00.01
Capuchones.
Kg
15
Ex.
5908.00.02
Mechas de algodón montadas en anillos de metal común.
Kg
15
Ex.
5908.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5909.00.01
Mangueras para bombas y tubos similares, de materia textil, incluso con armadura o accesorios de otras materias.
Kg
15
Ex.
5910.00.01
Correas transportadoras o de transmisión, de materia textil, incluso impregnadas, recubiertas o revestidas, o estratificadas con plástico o reforzadas con metal u otra materia.
Kg
15
Ex.
5911.10.01
Cintas de terciopelo impregnadas de caucho para forrar enjulios.
M
15
Ex.
5911.31.01
De peso inferior a 650 g/m².
Kg
15
Ex.
5911.32.01
De peso superior o igual a 650 g/m².
Kg
15
Ex.
5911.40.01
Capachos y telas gruesas de los tipos utilizados en las prensas de aceite o para usos técnicos análogos, incluidos los de cabello.
Kg
15
Ex.
5911.90.02
Tejidos armados con metal, de los tipos comúnmente empleados en usos técnicos.
Kg
15
Ex.
5911.90.03
Juntas, arandelas, membranas, discos, manguitos o artículos análogos para usos técnicos.
Kg
15
Ex.
5911.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6001.10.01
Tejidos "de pelo largo".
Kg
15
Ex.
6001.21.01
De algodón.
Kg
15
Ex.
6001.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Kg
15
Ex.
6001.29.02
De lana, pelo o crin.
Kg
15
Ex.
6001.29.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6001.91.01
De algodón.
Kg
15
Ex.
6001.92.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Kg
15
Ex.
6001.99.01
De las demás materias textiles.
Kg
15
Ex.
6002.40.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6002.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6003.10.01
De lana o pelo fino.
Kg
15
Ex.
6003.20.01
De algodón.
Kg
15
Ex.
6003.30.01
De fibras sintéticas.
Kg
15
Ex.
6003.40.01
De fibras artificiales.
Kg
15
Ex.
6003.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6004.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6004.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6005.21.01
Crudos o blanqueados.
Kg
15
Ex.
6005.22.01
Teñidos.
Kg
15
Ex.
6005.23.01
Con hilados de distintos colores.
Kg
15
Ex.
6005.24.01
Estampados.
Kg
15
Ex.
6005.31.01
Crudos o blanqueados.
Kg
15
Ex.
6005.32.01
Totalmente de poliamidas, con un fieltro de fibras de polipropileno en una de sus caras, como soporte.
Kg
15
Ex.
6005.32.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6005.33.01
Con hilados de distintos colores.
Kg
15
Ex.
6005.34.01
Estampados.
Kg
15
Ex.
6005.41.01
Crudos o blanqueados.
Kg
15
Ex.
6005.42.01
Teñidos.
Kg
15
Ex.
6005.43.01
Con hilados de distintos colores.
Kg
15
Ex.
6005.44.01
Estampados.
Kg
15
Ex.
6005.90.01
De lana o pelo fino.
Kg
15
Ex.
6005.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6006.10.01
De lana o pelo fino.
Kg
15
Ex.
6006.21.01
Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).
Kg
15
Ex.
6006.21.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6006.22.01
Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).
Kg
15
Ex.
6006.22.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6006.23.01
Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).
Kg
15
Ex.
6006.23.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6006.24.01
Tejido circular, totalmente de algodón, de hilados sencillos con título inferior o igual a 100 dtex (superior al número métrico 100).
Kg
15
Ex.
6006.24.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6006.31.01
Crudos o blanqueados.
Kg
15
Ex.
6006.32.01
Teñidos.
Kg
15
Ex.
6006.33.01
Con hilados de distintos colores.
Kg
15
Ex.
6006.34.01
Estampados.
Kg
15
Ex.
6006.41.01
Crudos o blanqueados.
Kg
15
Ex.
6006.42.01
Teñidos.
Kg
15
Ex.
6006.43.01
Con hilados de distintos colores.
Kg
15
Ex.
6006.44.01
Estampados.
Kg
15
Ex.
6006.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6401.10.01
Calzado con puntera metálica de protección.
Par
15
Ex.
6401.92.01
Con suela y parte superior recubierta (incluidos los accesorios o refuerzos) de poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.) en más del 90%, incluso con soporte o forro de poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.), pero con exclusión de cualquier otro soporte o forro.
Par
15
Ex.
6401.99.01
Con suela y parte superior recubierta (incluidos los accesorios o refuerzos) de caucho o plástico en más del 90%, excepto los reconocibles para ser utilizados para protección industrial o para protección contra el mal tiempo.
Par
15
Ex.
6401.99.02
Que cubran la rodilla.
Par
15
Ex.
6401.99.99
Los demás.
Par
15
Ex.
6402.91.02
Con puntera metálica de protección.
Par
15
Ex.
6402.99.06
Con puntera metálica de protección.
Par
15
Ex.
6402.99.99
Los demás.
Par
15
Ex.
6403.19.01
Calzado para hombres o jóvenes, de construcción "Welt".
Par
15
Ex.
6403.19.99
Los demás.
Par
15
Ex.
6403.20.01
Calzado con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo.
Par
15
Ex.
6404.20.01
Calzado con suela de cuero natural o regenerado.
Par
15
Ex.
6405.10.01
Con la parte superior de cuero natural o regenerado.
Par
15
Ex.
6405.20.02
Con suela y parte superior de fieltro de lana.
Par
15
Ex.
6406.20.02
Tacones (tacos) de caucho o de plástico.
Pza
5
Ex.
6910.90.01
Inodoros (retretes)
Kg
20
Ex.
8515.29.01
Para soldar metales por costura o proyección, no automáticos.
Pza
5
Ex.
8515.31.02
Para soldar o cortar, de arco, tipo generador o transformador, superior a 1,260 amperes.
Pza
5
Ex.
8515.39.02
Para soldar o cortar, de arco, tipo generador o transformador, superior a 1,260 amperes.
Pza
5
Ex.
9001.50.01
De materias plásticas artificiales.
Par
5
Ex.
9001.90.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
 
A partir del 1o. de enero de 2011, el arancel aplicable a la importación de las mercancías comprendidas en las fracciones arancelarias de este artículo cuyo arancel sea de 20% será de 15%, para las de 15% será de 10% y para las de 5% será Ex.
ARTÍCULO 4.- Se modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:
 
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
Unidad
IMPUESTO
IMP.
EXP.
 
 
 
 
 
2503.00.01
Azufre en bruto y azufre sin refinar.
Kg
Ex.
Ex.
2515.12.01
Mármol aserrado en hojas, de espesor superior a 5 cm.
Kg
15
Ex.
2515.12.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
2519.90.03
Óxido de magnesio electrofundido, con un contenido de óxido de magnesio inferior o igual a 98%.
Kg
5
Ex.
2614.00.01
Ilmenita.
Kg
Ex.
Ex.
2710.11.05
Tetrámero de propileno.
L
Ex.
Ex.
2710.11.07
Hexano; heptano.
L
Ex.
Ex.
2710.19.02
Aceites de engrase o preparaciones lubricantes a base de aceites minerales derivados del petróleo, con aditivos (aceites lubricantes terminados).
L
5
Ex.
2815.12.01
En disolución acuosa (lejía de sosa o soda cáustica).
Kg
Ex.
Ex.
2821.10.02
Hidróxidos de hierro.
Kg
Ex.
Ex.
2849.10.01
De calcio.
Kg
5
Ex.
2901.10.04
Hexano; heptano.
L
Ex.
Ex.
2902.20.01
Benceno.
L
Ex.
Ex.
2902.44.01
Mezclas de isómeros del xileno.
L
Ex.
Ex.
2903.15.01
Dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano).
Kg
Ex.
Ex.
2904.90.02
Cloruro de p-toluensulfonilo.
Kg
Ex.
Ex.
2905.43.01
Manitol.
Kg
Ex.
Ex.
2905.44.01
D-glucitol (sorbitol).
Kg
5
Ex.
2905.45.01
Glicerol, excepto grado dinamita.
Kg
15
Ex.
2905.45.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
2907.15.01
1-Naftol.
Kg
Ex.
Ex.
2908.99.11
2,3-Dihidroxi-6-naftalensulfonato de sodio.
Kg
Ex.
Ex.
2912.49.01
3,4,5-Trimetoxibenzaldehído.
Kg
Ex.
Ex.
2912.49.02
Veratraldehído.
Kg
Ex.
Ex.
2914.50.03
3,4-Dimetoxifenilacetona.
Kg
Ex.
Ex.
2915.13.01
Ésteres del ácido fórmico.
Kg
Ex.
Ex.
2915.39.02
Acetato del éter monometílico del etilenglicol.
Kg
5
Ex.
2915.39.04
Acetato de isobornilo.
Kg
5
Ex.
2915.39.05
Acetato de cedrilo.
Kg
5
Ex.
2915.39.09
Acetato de mentanilo.
Kg
5
Ex.
2915.39.13
Acetato del éter monobutílico del etilenglicol.
Kg
5
Ex.
2915.39.15
Acetato de terpenilo.
Kg
5
Ex.
2915.39.17
Acetato de isobutilo.
Kg
5
Ex.
2915.40.04
Dicloro acetato de metilo.
Kg
Ex.
Ex.
2915.50.03
Propionato de terpenilo.
Kg
5
Ex.
2915.60.02
Butanoato de etilo (Butirato de etilo).
Kg
5
Ex.
2915.70.01
Estearato de isopropilo.
Kg
5
Ex.
2915.70.02
Monoestearato de etilenglicol o de propilenglicol.
Kg
5
Ex.
2915.70.03
Estearato de butilo.
Kg
5
Ex.
2915.70.04
Monoestearato de sorbitan.
Kg
5
Ex.
2915.70.05
Monoestearato de glicerilo.
Kg
5
Ex.
2915.70.06
Palmitato de metilo.
Kg
5
Ex.
2915.70.07
Palmitato de isopropilo.
Kg
5
Ex.
2915.90.02
Sales del ácido 2-etilhexanoico.
Kg
5
Ex.
2915.90.13
Dicaprilato de trietilenglicol.
Kg
5
Ex.
2915.90.14
Miristato de isopropilo.
Kg
5
Ex.
2915.90.17
Monolaurato de sorbitán.
Kg
5
Ex.
2915.90.21
Sales del ácido 2-propilpentanoico (Sales del ácido valproico), excepto lo comprendido en la fracción 2915.90.11.
Kg
5
Ex.
2915.90.22
Cloruro de palmitoilo.
Kg
Ex.
Ex.
2916.12.03
Acrilato de 2-etilhexilo.
Kg
5
Ex.
2916.14.01
Metacrilato de metilo.
Kg
5
Ex.
2916.15.02
Trioleato de glicerilo.
Kg
5
Ex.
2916.15.04
Oleato de dietilenglicol.
Kg
5
Ex.
2916.15.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
2916.31.01
Sal de sodio del ácido benzoico.
Kg
5
Ex.
2916.31.02
Dibenzoato de dipropilenglicol.
Kg
5
Ex.
2916.31.03
Benzoato de etilo o de bencilo.
Kg
5
Ex.
2917.19.08
Ácido fumárico.
Kg
5
Ex.
2918.12.01
Ácido tartárico
Kg
5
Ex.
2918.13.01
Bitartrato de potasio.
Kg
Ex.
Ex.
2918.13.04
Tartrato de calcio.
Kg
Ex.
Ex.
2918.15.05
Sales del ácido cítrico, excepto lo comprendido en las fracciones 2918.15.01, 2918.15.02, 2918.15.03 y 2918.15.04.
Kg
5
Ex.
2918.19.06
Ácido málico.
Kg
5
Ex.
2918.21.02
Subsalicilato de bismuto.
Kg
5
Ex.
2918.23.01
Salicilato de metilo.
Kg
5
Ex.
2918.29.01
p-Hidroxibenzoato de metilo o propilo.
Kg
5
Ex.
2918.29.04
p-Hidroxibenzoato de etilo.
Kg
5
Ex.
2918.99.01
Ácido 2,4-diclorofenoxiacético.
Kg
5
Ex.
2918.99.04
Ácido d-2-(6-metoxi-2-naftil) propiónico (Naproxeno) o su sal de sodio, excepto lo comprendido en la fracción 2918.99.19.
Kg
5
Ex.
2918.99.13
Etoxi metilén malonato de etilo.
Kg
Ex.
Ex.
2919.90.10
Fosfato de dimetil 1,2-dibromo-2,2-dicloroetilo (Naled).
Kg
5
Ex.
2920.11.01
Fósforotioato de O,O-dietil-O-p-nitrofenilo (Paratión).
Kg
5
Ex.
2920.90.04
Fosfito del Trisnonilfenilo.
Kg
5
Ex.
2921.19.01
Clorhidrato de 1-dietilamina-2-cloroetano.
Kg
Ex.
Ex.
2921.19.02
Trietilamina.
Kg
5
Ex.
2921.19.04
Monoetilamina.
Kg
5
Ex.
2921.19.05
2-Aminopropano.
Kg
5
Ex.
2921.19.11
Dimetiletilamina.
Kg
5
Ex.
2921.19.12
n-Oleilamina.
Kg
5
Ex.
2921.30.01
Ciclohexilamina.
Kg
5
Ex.
2921.42.11
Orto o meta-Nitroanilina.
Kg
Ex.
Ex.
2921.42.14
m-Cloroanilina.
Kg
5
Ex.
2921.42.17
p-Nitroanilina.
Kg
5
Ex.
2921.45.08
Ácido naftiónico.
Kg
5
Ex.
2921.49.04
L(-)-alfa-Feniletil amina.
Kg
Ex.
Ex.
2921.49.13
p-Dinonil difenil amina.
Kg
Ex.
Ex.
2921.49.14
4,4'bis(alfa,alfa-Dimetilbencil)difenilamina.
Kg
5
Ex.
2921.59.03
Diclorhidrato de bencidina (Diclorhidrato de (1,1´-bifenil)-4,4´-diamina).
Kg
Ex.
Ex.
2922.19.10
Tri-isopropanolamina.
Kg
5
Ex.
2922.19.14
Fenildietanolamina.
Kg
5
Ex.
2922.19.20
Laurato de dietanolamina.
Kg
5
Ex.
2922.19.23
2-Amino-1-butanol.
Kg
Ex.
Ex.
2922.19.24
2-Dietilaminoetanol.
Kg
Ex.
Ex.
2922.19.30
Clorhidrato de difenil-acetil-dietilaminoetanol.
Kg
Ex.
Ex.
2922.19.40
Dioxietil-meta-cloroanilina; Dioxietil-meta- toluidina.
Kg
5
Ex.
2922.39.09
Difenil amino acetona.
Kg
5
Ex.
2922.42.01
Glutamato de sodio.
Kg
5
Ex.
2922.49.09
Ácido dietilentriaminopentacético y sus sales.
Kg
5
Ex.
2922.50.01
Ácido N-(hidroxietil)etilen diamino triacético y su sal trisódica.
Kg
5
Ex.
2923.90.02
Haluros de trimetilalquil amonio o de dialquil dimetilamonio, excepto lo comprendido en la fracción 2923.90.11.
Kg
5
Ex.
2923.90.03
Cloruro de benzalconio.
Kg
5
Ex.
2924.19.08
N,N-Dimetilacetamida.
Kg
Ex.
Ex.
2924.29.09
Acetotoluidina.
Kg
5
Ex.
2928.00.02
Hidrazobenceno.
Kg
Ex.
Ex.
2930.20.05
Etilen bis ditiocarbamato de manganeso (Maneb); Etilen bis ditiocarbamato de cinc (Zineb).
Kg
5
Ex.
2930.20.06
N-Metilditiocarbamato de sodio, dihidratado.
Kg
5
Ex.
2930.20.07
Dipropiltiocarbamato de S-Propil.
Kg
5
Ex.
2930.90.11
Amilxantato de potasio; secbutilxantato de sodio; isopropilxantato de sodio; isobutilxantato de sodio.
Kg
5
Ex.
2930.90.31
Hexa-sulfuro de dipentametilen tiourama.
Kg
5
Ex.
2931.00.01
Ácido amino trimetilfosfónico y su sal pentasódica.
Kg
5
Ex.
2931.00.03
Oxidos o cloruros de dialquil estaño.
Kg
5
Ex.
2931.00.09
Ácido arsanílico.
Kg
5
Ex.
2932.19.02
Nitrofurazona.
Kg
5
Ex.
2933.19.04
Fenilbutazona base.
Kg
5
Ex.
2933.19.08
2,3-Dimetil-1-fenil-5-pirazolón-4- metilaminometasulfonato sódico o de magnesio (Dipirona sódica o magnésica).
Kg
5
Ex.
2933.32.01
Pentametilenditiocarbamato de piperidina.
Kg
5
Ex.
2933.39.02
Feniramina, bromofeniramina y sus maleatos.
Kg
5
Ex.
2933.39.06
4,4'-Bipiridilo.
Kg
5
Ex.
2933.39.14
2-Vinilpiridina.
Kg
Ex.
Ex.
2933.39.17
Ester dimetílico del ácido 1,4-dihidro-2,6-dimetil-4-(2-nitrofenil)-3,5-piridindicarboxílico (Nifedipina).
Kg
5
Ex.
2933.39.19
2,6-Dimetilpiridina (Lutidina).
Kg
Ex.
Ex.
2933.39.22
5,9-Dimetil-2'- hidroxibenzomorfan, sus derivados de sustitución y sus sales.
Kg
5
Ex.
2933.49.01
Diyodo oxiquinolina (Yodoquinol).
Kg
5
Ex.
2933.49.04
6-Dodecil-1,2-dihidro-2,2,4-trimetil quinolina.
Kg
5
Ex.
2933.49.05
6-Etoxi-1,2-dihidro-2,2,4-trimetilquinolina (Etoxiquin).
Kg
5
Ex.
2933.49.10
Yodo cloro-8-hidroxiquinolina (Clioquinol).
Kg
5
Ex.
2933.59.07
Sales de la piperazina.
Kg
5
Ex.
2933.61.01
Melamina.
Kg
Ex.
Ex.
2933.69.12
Hexametilentetramina (Metenamina).
Kg
5
Ex.
2933.69.15
Dinitroso pentametilen tetramina.
Kg
5
Ex.
2933.99.04
1-((4-Clorofenil)metil)-2-(1-pirrolidinil metil)-1H-bencimidazol (Clemizol).
Kg
5
Ex.
2933.99.10
Dimetilacridan.
Kg
5
Ex.
2933.99.23
Indofenol de carbazol.
Kg
Ex.
Ex.
2933.99.26
Fosforoditioato de O,O-dietil-S-(4-oxo-1,2,3- benzotriazin-3(4H)-il)metilo (Azinfos etílico).
Kg
5
Ex.
2933.99.28
5H-Dibenzo (b,f)azepin-5-carboxamida (Carbamazepina).
Kg
Ex.
Ex.
2934.20.05
Disulfuro de benzotiazilo sulfenamida.
Kg
5
Ex.
2934.99.01
Furazolidona.
Kg
5
Ex.
2934.99.10
3,5-Dimetil-1,3,5-(2H)-tetrahidrotiadiazin-2-tiona (Dazomet).
Kg
5
Ex.
2934.99.14
Furaltadona.
Kg
5
Ex.
2934.99.24
Clorhidrato de levo-2,3,5,6-tetrahidro-6-fenilimidazo (2,1-b) tiazol (Clorhidrato de levamisol).
Kg
5
Ex.
2934.99.41
4,4'-Ditiodimorfolina.
Kg
5
Ex.
2935.00.03
Clorpropamida.
Kg
5
Ex.
2935.00.07
Ácido 4-cloro-N-(2-furilmetil)-5-sulfamoilantranílico (Furosemida).
Kg
5
Ex.
2935.00.20
Tolilsulfonilbutilurea (Tolbutamida).
Kg
5
Ex.
2935.00.31
Ftalilsulfacetamida.
Kg
5
Ex.
2936.26.01
Vitamina B12; las demás cobalaminas.
Kg
5
Ex.
2936.29.03
Ácido nicotínico.
Kg
5
Ex.
2936.29.04
Nicotinamida (Niacinamida).
Kg
5
Ex.
2937.22.01
Flumetasona, sus sales o sus ésteres.
Kg
5
Ex.
2937.22.02
Parametasona, sus sales o sus ésteres.
Kg
5
Ex.
2937.23.04
Progesterona.
Kg
5
Ex.
2937.23.05
Estriol, sus sales o sus ésteres.
Kg
5
Ex.
2937.23.07
Acetato de medroxiprogesterona.
Kg
5
Ex.
2937.23.08
Acetato de clormadinona.
Kg
5
Ex.
2937.23.10
Acetato de megestrol.
Kg
5
Ex.
2937.23.11
17-alfa-Etinil-17-beta hidroxiestra-4-eno (Linestrenol).
Kg
5
Ex.
2937.23.17
Etinilestradiol, sus ésteres o sus sales.
Kg
5
Ex.
2937.23.18
Mestranol.
Kg
5
Ex.
2937.23.21
Delmadinona, sus sales o sus ésteres.
Kg
5
Ex.
2937.23.22
Acetofénido de dihidroxiprogesterona (Algestona acetofénido).
Kg
5
Ex.
2937.29.09
Pregnenolona, sus sales o sus ésteres.
Kg
5
Ex.
2937.29.17
Diosgenina.
Kg
15
Ex.
2937.29.19
Metiltestosterona.
Kg
5
Ex.
2937.29.24
Metilandrostendiol.
Kg
5
Ex.
2937.29.29
Testosterona o sus ésteres.
Kg
5
Ex.
2937.29.32
17-alfa-Pregna-2,4-dien-20-ino (2,3-d)- isoxazol-17-ol (Danazol).
Kg
5
Ex.
2937.29.33
Clostebol, sus sales o sus ésteres.
Kg
5
Ex.
2937.29.36
Dehidroisoandrosterona (Prasterona), sus sales o sus ésteres, excepto lo comprendido en la fracción 2937.29.26.
Kg
5
Ex.
2941.10.03
Bencilpenicilina procaína.
Kg
5
Ex.
2941.10.07
3-Fenil-5-metil-4-isoxazolil penicilina sódica (Oxacilina sódica).
Kg
5
Ex.
2941.10.08
3-(2,6-diclorofenil)-5-metil-4-isoxazolil penicilina sódica (Dicloxacilina sódica).
Kg
5
Ex.
2941.10.12
Amoxicilina trihidratada.
Kg
5
Ex.
2941.20.01
Estreptomicinas y sus derivados; sales de estos productos.
Kg
Ex.
Ex.
2941.90.02
Griseofulvina.
Kg
Ex.
Ex.
2941.90.17
Lincomicina.
Kg
5
Ex.
3001.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3001.90.02
Prótesis valvulares cardiacas biológicas.
Kg
5
50
3001.90.07
Sales de la heparina, excepto lo comprendido en la fracción 3001.90.05.
Kg
5
Ex.
3001.90.99
Las demás.
Kg
5
50
3002.10.01
Sueros, excepto lo comprendido en las fracciones 3002.10.02 y 3002.10.12.
Kg
15
Ex.
3002.10.02
Suero antiofídico polivalente.
Kg
5
Ex.
3002.10.03
Globulina humana hiperinmune, excepto lo comprendido en las fracciones 3002.10.04 y 3002.10.05.
Kg
5
Ex.
3002.10.05
Gamma globulina de origen humano, excepto lo comprendido en la fracción 3002.10.09.
Kg
5
Ex.
3002.10.06
Plasma humano.
Kg
5
Ex.
3002.10.11
Interferón alfa 2A o 2B, humano recombinante.
Kg
5
Ex.
3002.10.12
Suero humano.
Kg
5
Ex.
3002.10.13
Fibrinógeno humano a granel.
Kg
5
Ex.
3002.10.14
Paquete globular humano.
Kg
5
50
3002.10.15
Albúmina humana excepto lo comprendido en la fracción 3002.10.16.
Kg
5
Ex.
3002.10.16
Albúmina humana acondicionada para la venta al por menor.
Kg
5
Ex.
3002.10.17
Fibrinógeno humano excepto lo comprendido en la fracción 3002.10.13.
Kg
5
Ex.
3002.10.20
Medicamentos que contengan anticuerpos monoclonales.
Kg
5
Ex.
3002.10.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3002.20.01
Vacunas microbianas para uso humano, excepto lo especificado en las fracciones 3002.20.02, 3002.20.03, 3002.20.06, 3002.20.07, 3002.20.08 y 3002.20.09.
Kg
5
Ex.
3002.20.03
Vacuna contra la poliomielitis; vacuna triple (antidiftérica, antitetánica y anticoqueluche).
Kg
5
Ex.
3002.20.04
Toxoide tetánico y diftérico con hidróxido de aluminio.
Kg
5
Ex.
3002.20.05
Toxoide tetánico, diftérico y pertúsico con hidróxido de aluminio.
Kg
5
Ex.
3002.20.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3002.30.01
Vacunas antiaftosas.
Kg
5
Ex.
3002.30.02
Vacunas porcinas, sintomática o hemática estafiloestreptocócica.
Kg
5
Ex.
3002.30.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3002.90.02
Antitoxina diftérica.
Kg
5
50
3002.90.03
Sangre humana.
Kg
5
50
3002.90.04
Digestores anaerobios.
Kg
5
Ex.
3002.90.99
Los demás.
Kg
5
50
3003.10.01
Que contengan penicilina o derivados de estos productos con la estructura del ácido penicilánico, o estreptomicinas o derivados de estos productos.
Kg
15
Ex.
3003.20.01
Medicamentos a base de dos o más antibióticos, aún cuando contengan vitaminas u otros productos.
Kg
15
Ex.
3003.20.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3003.31.01
Soluciones inyectables a base de insulina.
Kg
5
Ex.
3003.31.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3003.39.01
Anestésicos a base de 2-dietilamino- 2,6-acetoxilidida (Lidocaína) 2% con 1-noradrenalina.
Kg
15
Ex.
3003.39.02
Medicamentos que contengan eritropoyetina.
Kg
10
Ex.
3003.39.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3003.40.04
Preparaciones a base de diacetilmorfina (Heroína) o de sus sales o sus derivados.
Kg
5
Ex.
3003.40.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3003.90.01
Preparaciones a base de cal sodada.
Kg
15
Ex.
3003.90.03
Preparaciones a base de proteínas hidrolizadas.
Kg
5
Ex.
3003.90.06
Antineurítico a base de enzima proteolítica inyectable.
Kg
15
Ex.
3003.90.07
Antineurítico a base de enzima proteolítica asociada con vitaminas B1 y B12, inyectable.
Kg
15
Ex.
3003.90.10
Preparación liofilizada a base de 5-Etil-5(1-metilbutil)-2-tiobarbiturato de sodio (Tiopental sódico).
Kg
15
Ex.
3003.90.12
Medicamentos homeopáticos.
Kg
5
Ex.
3003.90.13
Preparación de hidroxialuminato de sodio o de magnesio y sorbitol.
Kg
15
Ex.
3003.90.17
Poli(vinilpirrolidona)-Yodo, en polvo, destinada para uso humano o veterinario.
Kg
15
Ex.
3003.90.18
Preparación hidromiscible de vitamina A, D y E.
Kg
15
Ex.
3003.90.21
Desinfectantes para boca, oidos, nariz o garganta.
Kg
15
Ex.
3003.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3004.10.01
Antibiótico a base de piperacilina sódica.
Kg
5
Ex.
3004.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3004.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3004.31.01
Soluciones inyectables.
Kg
10
Ex.
3004.31.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3004.32.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3004.39.01
Anestésicos a base de 2-dietilamino-2',6'-acetoxilidida 2% (Lidocaína) con 1-noradrenalina.
Kg
15
Ex.
3004.39.06
Medicamentos que contengan eritropoyetina.
Kg
10
Ex.
3004.39.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3004.40.03
Preparaciones a base de sulfato de vincristina.
Kg
5
Ex.
3004.40.04
Preparaciones a base de diacetilmorfina (Heroína) o de sus sales o sus derivados.
Kg
10
Ex.
3004.40.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3004.50.01
Medicamentos en tabletas de núcleos múltiples y desintegración retardada.
Kg
15
Ex.
3004.50.02
Antineuríticos a base de enzima proteolítica asociada con vitaminas B1 y B12, inyectable.
Kg
15
Ex.
3004.50.04
Medicamentos a base de vitaminas, o de vitaminas con lipotrópicos, o de vitaminas con minerales, en cápsulas de gelatina blanda, aun cuando se presenten en sobres tropicalizados.
Kg
15
Ex.
3004.50.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3004.90.01
Preparaciones a base de cal sodada.
Kg
15
Ex.
3004.90.02
Solución isotónica glucosada.
Kg
5
Ex.
3004.90.03
Preparaciones a base de proteínas hidrolizadas.
Kg
10
Ex.
3004.90.04
Tioleico RV 100.
Kg
5
Ex.
3004.90.06
Antineurítico a base de enzima proteolítica inyectable.
Kg
15
Ex.
3004.90.07
Insaponificable de aceite de germen de maíz.
Kg
5
Ex.
3004.90.08
Liofilizados a base de 5-etil-5-(1-metilbutil)-2-tiobarbiturato de sodio (Tiopental sódico).
Kg
15
Ex.
3004.90.09
Solución coloidal de polimerizado de gelatinas desintegradas, conteniendo además cloruros de sodio, de potasio y de calcio.
Kg
5
Ex.
3004.90.10
Medicamentos homeopáticos.
Kg
10
Ex.
3004.90.11
Preparación de hidroxialuminato de sodio o de magnesio y sorbitol.
Kg
15
Ex.
3004.90.12
Medicamentos a base de triyodometano, aminobenzoato de butilo, aceite esencial de menta y eugenol.
Kg
5
Ex.
3004.90.13
Medicamentos a base de fluoruro de sodio y glicerina.
Kg
15
Ex.
3004.90.14
Medicamentos en aerosol a base de clorhidrato de tetracaína y amino benzoato de etilo.
Kg
15
Ex.
3004.90.15
Preparación a base de cloruro de etilo.
Kg
15
Ex.
3004.90.16
Medicamentos a base de 1-(3-hidroxi-4-hidroximetilfenil)-2-(terbutilamino)etanol, en envase aerosol.
Kg
15
Ex.
3004.90.17
Mezcla de glucósidos de adonis, convallaria, oleander y scila.
Kg
5
Ex.
3004.90.18
Medicamentos en tabletas a base de azatioprina o de clorambucil o de melfalan o de busulfan o de 6-mercaptopurina.
Kg
5
Ex.
3004.90.19
Soluciones inyectables a base de besilato de atracurio o de acyclovir.
Kg
5
Ex.
3004.90.21
Trinitrato de 1,2,3 propanotriol (nitroglicerina) absorbido en lactosa.
Kg
5
Ex.
3004.90.39
Medicamentos a base de minerales, en cápsulas de gelatina blanda, aún cuando se presenten en sobres tropicalizados.
Kg
15
Ex.
3004.90.42
Medicamentos que contengan molgramostim.
Kg
10
Ex.
3004.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3005.10.02
Apósitos de tejido cutáneo de porcino, liofilizados.
Kg
5
Ex.
3005.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3005.90.01
Algodón absorbente o gasas, con sustancias medicinales.
Kg
15
Ex.
3005.90.03
Hojas o bandas de materias plásticas artificiales esterilizadas para el tratamiento de quemaduras.
Kg
15
Ex.
3006.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3006.20.01
Reactivos hemoclasificadores.
Kg
5
Ex.
3006.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3006.30.01
Reactivos para diagnóstico concebidos para su empleo sobre el paciente.
Kg
5
Ex.
3006.30.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3006.40.01
Preparaciones para obturación dental a base de resinas acrílicas.
Kg
5
Ex.
3006.40.02
Preparaciones de metales preciosos para obturación dental.
Kg
15
Ex.
3006.40.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3006.50.01
Botiquines equipados para primeros auxilios.
Kg
15
Ex.
3006.60.01
Preparaciones químicas anticonceptivas a base de hormonas, de otros productos de la partida 29.37 o de espermicidas.
Kg
15
Ex.
3006.92.01
Desechos farmacéuticos.
Kg
15
Ex.
3202.10.01
Productos curtientes orgánicos sintéticos.
Kg
15
Ex.
3202.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3203.00.01
Rojo natural 4(75470), rojo natural 7, negro natural 2(75290).
Kg
Ex.
Ex.
3204.11.02
Colorantes dispersos con la siguiente clasificación de "Colour Index":Amarillo 82; Azul: 7(62500), 54, 288; Rojo: 11(62015), 288, 356; Violeta: 57.
Kg
Ex.
Ex.
3204.12.05
Colorantes para mordiente con la siguiente clasificación de "Colour Index":Amarillo para mordiente: 5(14130), 8(18821), 10(14010), 30(18710), 32(14100), 55, 59, 64;Azul para mordiente: 7(17940), 49;Café para mordiente: 1(20110), 19(14250), 86;Naranja para mordiente: 5, 8, 29(18744), 41, 46;Negro para mordiente: 3(14640), 32, 44, 75, 90;Rojo para mordiente: 17(18750), 56, 81, 82, 83, 84, 94(18841);Verde para mordiente: 29;Violeta para mordiente: 60.
Kg
Ex.
Ex.
3204.14.01
Colorantes directos con la siguiente clasificación de "Colour Index":Amarillo: 33(29020), 68, 69(25340), 93, 95, 96;Azul: 77, 84(23160), 90, 106(51300), 126(34010), 159(35775), 171, 211, 225, 230(22455), 251;Café: 59(22345), 97, 106, 116, 157, 169, 170, 172, 200, 212;Naranja: 1(22370, 22375, 22430), 107;Negro: 94, 97(35818), 117, 122(36250);Rojo: 9, 26(29190), 31(29100), 63, 75(25380), 155(25210), 173(29290), 184, 221, 223, 236, 254;Verde: 26(34045), 27, 28(14155), 30, 35, 59(34040), 67, 69;Violeta: 1(22570), 9(27885), 12(22550), 47(25410), 48(29125), 51(27905), 66(29120), 93.
Kg
Ex.
Ex.
3204.19.04
Colorantes al azufre con la siguiente clasificación de "Colour Index":Azul al azufre: 1(53235), 3(53235), 7(53440), 13(53450);Azul al azufre leuco: 1(53235), 3(53235), 7(53440), 13(53450), 19;Café al azufre: 10(53055), 14(53246);Negro al azufre: 1(53185);Negro al azufre leuco: 1(53185), 2(53195), 18;Rojo al azufre: 5(53830);Rojo al azufre leuco: 5(53830), 10(53228).
Kg
5
Ex.
3204.19.05
Colorantes al azufre, excepto lo comprendido en la fracción 3204.19.04.
Kg
Ex.
Ex.
3204.19.06
Colorante para alimentos con la siguiente clasificación de "Colour Index":Amarillo: 3(15985), 4(19140);Rojo: 3(14720), 7(16255), 9(16185), 17.
Kg
5
Ex.
3204.19.08
Caroteno (colorante para alimentos naranja: 5(40800)).
Kg
Ex.
Ex.
3204.90.02
Tintes fugaces.
Kg
Ex.
Ex.
3205.00.02
Lacas de aluminio en polvo o en dispersión con la siguiente clasificación de "Colour Index": Amarillo 3(15985), 4(19140); Azul 1(73015), 2(42090); Rojo 7(16255), 9: 1(16135:1), 14:1(45430:1).
Kg
5
Ex.
3206.42.01
Mezcla a base de sulfato de bario y sulfuro de cinc.
Kg
Ex.
Ex.
3206.49.08
Pigmentos y preparaciones a base de hexacianoferratos (ferrocianuros o ferricianuros), excepto lo comprendido en la fracción 3206.49.07.
Kg
5
Ex.
3206.50.01
Polvos fluorescentes para tubos, excepto lo comprendido en la fracción 3206.50.02.
Kg
5
Ex.
3207.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3208.10.01
Pinturas o barnices.
Kg
10
Ex.
3208.10.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3208.20.01
Pinturas o barnices, excepto lo comprendido en la fracción 3208.20.02.
Kg
10
Ex.
3208.20.02
Barnices a base de resinas catiónicas de dimetilaminoetilmetacrilato o a base de resinas aniónicas del ácido metacrílico reaccionadas con ésteres del ácido metacrílico.
Kg
10
Ex.
3208.20.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3213.10.01
Colores en surtidos.
Kg
10
Ex.
3213.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3214.10.01
Masilla, cementos de resina y demás mástiques, excepto lo comprendido en la fracción 3214.10.02; plastes (enduidos) utilizados en pintura.
Kg
5
Ex.
3214.10.02
Sellador para soldaduras por puntos.
Kg
5
Ex.
3214.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3215.19.02
Para litografía.
Kg
5
Ex.
3215.90.02
Tintas a base de mezclas de parafinas o grasas con materias colorantes.
Kg
5
Ex.
3215.90.03
Pastas a base de gelatina.
Kg
5
Ex.
3301.19.01
De toronja.
Kg
5
Ex.
3301.19.02
De mandarina.
Kg
5
Ex.
3301.19.04
De lima, de la variedad Citrus limettoides Tan.
Kg
5
Ex.
3301.19.05
De lima, de la variedad Citrus aurantifolia-Christmann Swingle (limón "mexicano").
Kg
5
Ex.
3301.90.04
Aguas destiladas aromáticas y soluciones acuosas de aceites esenciales.
Kg
15
Ex.
3301.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3302.10.02
Las demás preparaciones de los tipos utilizados en la elaboración de bebidas que contengan alcohol, a base de sustancias odoríferas.
L
15
Ex.
3302.10.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3302.90.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3303.00.01
Aguas de tocador.
L
15
Ex.
3303.00.99
Los demás.
L
10
Ex.
3304.10.01
Preparaciones para el maquillaje de los labios.
Kg
10
Ex.
3304.20.01
Preparaciones para el maquillaje de los ojos.
Kg
10
Ex.
3304.30.01
Preparaciones para manicuras y pedicuros.
Kg
10
Ex.
3304.91.01
Polvos, incluidos los compactos.
Kg
10
Ex.
3304.99.01
Leches cutáneas.
Kg
15
Ex.
3304.99.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
3305.10.01
Champúes.
Kg
10
Ex.
3305.20.01
Preparaciones para ondulación o desrizado permanentes.
Kg
10
Ex.
3305.30.01
Lacas para el cabello.
Kg
10
Ex.
3305.90.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
3306.10.01
Dentífricos.
Kg
10
Ex.
3306.20.01
De filamento de nailon.
Kg
10
Ex.
3306.20.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3306.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3307.10.01
Preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado.
Kg
10
Ex.
3307.20.01
Desodorantes corporales y antitraspirantes.
Kg
10
Ex.
3307.30.01
Sales perfumadas y demás preparaciones para el baño.
Kg
10
Ex.
3307.41.01
"Agarbatti" y demás preparaciones odoríferas que actúan por combustión.
Kg
10
Ex.
3307.49.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
3307.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3401.11.01
De tocador (incluso los medicinales).
Kg
15
Ex.
3401.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3401.20.01
Jabón en otras formas.
Kg
15
Ex.
3401.30.01
Productos y preparaciones orgánicos tensoactivos para el lavado de la piel, líquidos o en crema, acondicionados para la venta al por menor, aunque contengan jabón.
Kg
10
Ex.
3402.11.02
Sulfonatos sódicos de octenos y de isooctenos.
Kg
5
Ex.
3402.12.01
Amina cuaternaria de metil polietanol, en solución acuosa.
Kg
5
Ex.
3402.12.02
Sales cuaternarias de amonio, provenientes de ácidos grasos.
Kg
5
Ex.
3402.12.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3402.19.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3402.20.04
Mezclas (limpiadoras, humectantes o emulsificantes) o preparaciones de productos orgánicos sulfonados, adicionadas de carbonatos, hidróxido o fosfatos de potasio o de sodio.
Kg
15
Ex.
3402.20.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3402.90.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3403.19.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3405.20.01
Encáusticos para pisos de madera.
Kg
15
Ex.
3405.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3405.30.01
Abrillantadores (lustres) y preparaciones similares para carrocerías, excepto preparaciones para lustrar metal.
Kg
15
Ex.
3405.40.01
Pastas, polvos y demás preparaciones para fregar.
Kg
15
Ex.
3405.90.01
Lustres para metal.
Kg
15
Ex.
3405.90.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
3407.00.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3501.90.03
Carboximetil caseina, grado fotográfico, en solución.
Kg
5
Ex.
3502.20.01
Lactoalbúmina, incluidos los concentrados de dos o más proteínas del lactosuero.
Kg
5
Ex.
3502.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3503.00.01
Gelatina, excepto lo comprendido en las fracciones 3503.00.03 y 3503.00.04.
Kg
5
Ex.
3505.10.01
Dextrina y demás almidones y féculas modificados.
Kg
5
Ex.
3506.91.01
Adhesivos anaeróbicos.
Kg
15
Ex.
3506.91.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3507.10.01
Cuajo y sus concentrados.
Kg
5
Ex.
3507.90.02
Papaína.
Kg
5
Ex.
3507.90.06
Diastasa de Aspergillus oryzae.
Kg
5
Ex.
3507.90.08
Amilasas; proteasas; mezcla de proteasas y amilasas.
Kg
5
Ex.
3507.90.09
Preparación de enzima proteolítica obtenida por fermentación sumergida del Bacillus subtilis y/o Bacillus licheniformis.
Kg
5
Ex.
3601.00.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3602.00.01
Dinamita, excepto lo comprendido en la fracción 3602.00.02.
Kg
5
Ex.
3602.00.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3603.00.01
Mechas de seguridad para minas con núcleo de pólvora negra.
Kg
5
Ex.
3603.00.02
Cordones detonadores.
Kg
5
Ex.
3604.10.01
Artículos para fuegos artificiales.
Kg
15
Ex.
3604.90.01
Los demás.
Kg
15
Ex.
3605.00.01
Fósforos (cerillas), excepto los artículos de pirotecnia de la partida 36.04.
Kg
15
Ex.
3606.10.01
Combustibles líquidos y gases combustibles licuados en recipientes de los tipos utilizados para cargar o recargar encendedores o mecheros, de capacidad inferior o igual a 300 cm3.
Kg
5
Ex.
3606.90.01
Combustibles sólidos a base de alcohol.
Kg
15
Ex.
3606.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3701.10.01
Placas fotográficas para radiografías, excepto lo comprendido en la fracción 3701.10.02.
Kg
5
Ex.
3701.10.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3701.20.01
Películas autorrevelables.
Kg
5
Ex.
3701.91.01
Para fotografía en colores (policroma).
Kg
10
Ex.
3701.99.01
Placas secas para fotografía.
Kg
5
Ex.
3701.99.04
Chapas sensibilizadas litoplanográficas trimetálicas para fotolitografía (offset).
Kg
5
Ex.
3702.10.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3702.31.01
Películas autorrevelables.
Kg
10
Ex.
3702.31.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
3702.32.01
Películas autorrevelables.
Kg
10
Ex.
3702.32.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3702.41.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3702.42.01
En rollos maestros, para exposiciones fotográficas, no perforadas, de uso en las artes gráficas, con peso unitario igual o superior a 100 Kg.
Kg
Ex.
Ex.
3702.42.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3702.43.01
De anchura superior a 610 mm y de longitud inferior o igual a 200 m.
Kg
5
Ex.
3702.44.01
Películas autorrevelables.
Kg
10
Ex.
3702.44.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3702.51.01
De anchura inferior o igual a 16 mm, y longitud inferior o igual a 14 m.
Kg
5
Ex.
3702.52.01
De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud superior a 14 m.
Kg
5
Ex.
3702.53.01
De anchura superior a 16 mm pero inferior o igual a 35 mm y longitud inferior o igual a 30 m, para diapositivas.
Kg
5
Ex.
3702.56.01
De anchura superior a 35 mm.
Kg
5
Ex.
3702.91.01
De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud inferior o igual a 14 m.
Kg
5
Ex.
3702.91.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3702.93.01
De anchura superior a 16 mm, pero inferior o igual a 35 mm y longitud inferior o igual a 30 m.
Kg
5
Ex.
3702.94.01
De anchura superior a 16 mm, pero inferior o igual a 35 mm y longitud superior a 30 m.
Kg
5
Ex.
3702.95.01
Para fotografía instantánea.
Kg
5
Ex.
3702.95.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3703.10.01
En rollos maestros, para exposiciones fotográficas no perforadas, de uso en las artes gráficas, con un peso unitario superior o igual a 60 Kg.
Kg
Ex.
Ex.
3703.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3703.90.01
Papel positivo a base de óxido de cinc y colorante estabilizador.
Kg
15
Ex.
3703.90.03
Papel para heliografía, excepto al ferrocianuro.
Kg
15
Ex.
3703.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3704.00.01
Placas, películas, papel, cartón y textiles, fotográficos, impresionados pero sin revelar.
Kg
5
Ex.
3705.10.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3705.90.01
Películas fotográficas en rollos, con anchura de 35 mm, sin sonido, con reproducción de documentos, de textos o de ilustraciones, técnicas o científicas, para enseñanza o con fines culturales, reconocibles como concebidas exclusivamente para instituciones de educación o similares.
Kg
5
Ex.
3705.90.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
3706.10.01
Positivas.
Kg
10
Ex.
3706.10.02
Negativas, incluso las denominadas internegativas o "master".
Kg
5
Ex.
3706.90.01
Películas cinematográficas educativas, aun cuando tengan impresión directa de sonido.
Kg
5
Ex.
3706.90.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
3801.10.01
Barras o bloques.
Kg
5
Ex.
3801.90.01
Monofilamentos constituidos por grafito soportado en fibra de vidrio, aun cuando se presenten formando mechas.
Kg
5
Ex.
3805.90.01
Aceite de pino.
L
5
Ex.
3806.10.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3806.30.01
Hidroabietato de pentaeritritol.
Kg
5
Ex.
3806.30.02
Resinas esterificadas de colofonias.
Kg
5
Ex.
3806.30.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3806.90.01
Mezcla de alcohol tetrahidroabietílico, alcohol dihidroabietílico y alcohol dehidroabietílico.
Kg
5
Ex.
3808.92.02
Etilen bis ditiocarbamato de manganeso con ión de cinc (Mancozeb).
Kg
5
Ex.
3808.94.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3809.10.01
A base de materias amiláceas.
Kg
5
Ex.
3809.91.01
Preparaciones suavizantes de telas a base de aminas cuaternarias, acondicionadas para la venta al por menor.
Kg
10
Ex.
3809.92.01
Preparaciones de polietileno con cera, con el 40% o más de sólidos, con una viscosidad de 200 a 250 centipoises a 25°C, y con un pH de 7.0 a 8.5.
Kg
5
Ex.
3810.10.01
Preparaciones para el decapado de metal; pastas y polvos para soldar, constituidos por metal y otros productos.
Kg
5
Ex.
3811.21.01
Sulfonatos y/o fenatos de calcio de los hidrocarburos y sus derivados.
Kg
5
Ex.
3811.21.02
Derivados de ácido y/o anhídrido poliisobutenil succínico, incluyendo amida, imida o ésteres.
Kg
5
Ex.
3811.21.03
Ditiofosfato de cinc disubstituidos con radicales de C3 a C18, y sus derivados.
Kg
5
Ex.
3811.21.07
Aditivos para aceites lubricantes cuando se presenten a granel, excepto lo comprendido en las fracciones 3811.21.01, 3811.21.02, 3811.21.03, 3811.21.04, 3811.21.05 y 3811.21.06.
Kg
5
Ex.
3811.21.99
Los demás.
L
15
Ex.
3811.29.01
A base de sulfonatos y/o fenatos de calcio de los hidrocarburos y sus derivados.
Kg
5
Ex.
3811.29.02
Derivados de ácido y/o anhídrido poliisobutenil succínico, incluyendo amida, imida o ésteres.
Kg
5
Ex.
3811.29.03
Ditiofosfato de cinc disubstituidos con radicales de C3 a C18, y sus derivados.
Kg
5
Ex.
3811.29.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3811.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3812.10.01
Aceleradores de vulcanización preparados.
Kg
5
Ex.
3812.20.01
Plastificantes compuestos para caucho o plástico.
Kg
5
Ex.
3812.30.02
Mezcla antiozonante a base de o-tolil-o-anilina-p-fenilen-diamina, difenil-p-fenilendiamina y di-o-tolil-p-fenilendiamina.
Kg
5
Ex.
3813.00.01
Preparaciones y cargas para aparatos extintores; granadas y bombas extintoras.
Kg
5
Ex.
3815.90.02
Iniciadores de polimerización a base de peróxidos o peroxidicarbonatos orgánicos.
Kg
5
Ex.
3815.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
3816.00.02
Mortero refractario, a base de dióxido de silicio, óxido de aluminio y óxido de calcio.
Kg
5
Ex.
3816.00.06
Compuestos de 44% a 46% de arenas silíceas, 24% a 26% de carbono y 29% a 31% de carburo de silicio.
Kg
5
Ex.
3816.00.07
A base de dolomita calcinada, aun cuando contenga magnesita calcinada.
Kg
5
Ex.
3817.00.04
Mezclas de alquilnaftalenos.
Kg
5
Ex.
3817.00.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3819.00.01
Líquidos para frenos hidráulicos, presentados para la venta al por menor.
L
15
Ex.
3819.00.02
Líquidos para frenos hidráulicos, a base de alcoholes y aceites fijos, excepto los presentados para la venta al por menor.
L
15
Ex.
3819.00.03
Líquidos para transmisiones hidráulicas a base de ésteres fosfóricos o hidrocarburos clorados y aceites minerales.
L
5
Ex.
3821.00.01
Medios de cultivo preparados para el desarrollo o mantenimiento de microorganismos (incluidos los virus y organismos similares) o de células vegetales, humanas o animales.
Kg
5
Ex.
3822.00.01
Placas, hojas, láminas, hojas o tiras, de plástico, impregnadas o recubiertas con reactivos para diagnóstico o laboratorio.
Kg
5
Ex.
3822.00.02
Tabletas medio reactivo no acondicionadas para su venta al por menor.
Kg
5
Ex.
3822.00.04
Juegos o surtidos de reactivos de diagnóstico, para las determinaciones en el laboratorio de química clínica, excepto lo comprendido en las fracciones 3822.00.01 y 3822.00.03.
Kg
5
Ex.
3822.00.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3823.19.03
Ácido palmítico, cuyas características sean: "Titer" de 53 a 62°C, índice de yodo 2 máximo, color Gardner de 1 a 12, índice de acidez de 206 a 220, índice de saponificación de 207 a 221, composición de ácido palmítico de 64% mínimo.
Kg
5
Ex.
3824.50.01
Preparaciones a base de hierro molido, arena silícea y cemento hidráulico.
Kg
5
Ex.
3824.60.01
Sorbitol, excepto el de la subpartida 2905.44.
Kg
5
Ex.
3824.90.04
Blanqueadores para harina a base de peróxido de benzoilo y fosfato de calcio.
Kg
5
Ex.
3824.90.05
Polisebacato de propilenglicol.
Kg
5
Ex.
3824.90.07
Preparaciones para impedir que resbalen las poleas.
Kg
5
Ex.
3824.90.12
Cloroparafinas.
Kg
5
Ex.
3824.90.15
Composiciones a base de materias vegetales para sellado y limpieza de radiadores.
Kg
5
Ex.
3824.90.17
Ácidos grasos dimerizados.
Kg
5
Ex.
3824.90.21
N-Alquiltrimetilendiamina, donde el radical alquilo sea de 8 a 22 átomos de carbono.
Kg
5
Ex.
3824.90.24
Mezcla a base de carbonato de sodio, hipofosfato de sodio, y cloruro de calcio.
Kg
5
Ex.
3824.90.27
Preparación en polvo, a base de silicatos y sulfatos, para trabajo de joyería.
Kg
5
Ex.
3824.90.34
Preparación antiincrustante o desincrustante del concreto.
Kg
5
Ex.
3824.90.36
Preparaciones a base de éster del ácido anísico halogenado disolventes y emulsificantes.
Kg
5
Ex.
3824.90.39
Preparación a base de 45% a 53% de cloruro de magnesio y cloruro de potasio, cloruro de bario, fluoruro de calcio y óxido de magnesio.
Kg
5
Ex.
3824.90.42
Mezcla que contenga principalmente sal sódica de la hexametilenimina y tiocloroformato de S-etilo.
Kg
5
Ex.
3824.90.57
Sal orgánica compuesta por silicatos de arcillas bentónicas o modificados con compuestos cuaternarios de amonio.
Kg
5
Ex.
3824.90.77
Sales insolubles en agua de los ácidos nafténicos, excepto lo comprendido en la fracción 3824.90.76; ésteres de los ácidos nafténicos.
Kg
5
Ex.
3905.19.02
Poli(acetato de vinilo) resina termoplástica grado alimenticio, con peso molecular de 30,000 máximo y punto de ablandamiento de 90ºC máximo.
Kg
5
Ex.
3907.99.01
Poliésteres del ácido adípico, modificados.
Kg
5
Ex.
3908.10.06
Poliamida 12.
Kg
5
Ex.
3908.90.03
Resina de poliamida sintética MXD6.
Kg
5
Ex.
3909.20.01
Melamina formaldehído, sin materias colorantes, en forma líquida incluidas las emulsiones, dispersiones y soluciones.
Kg
5
Ex.
3909.20.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3909.30.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
3911.90.04
Resinas provenientes de la condensación del alcohol furfurílico con el formaldehído incluso con modificantes.
Kg
5
Ex.
3912.90.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
3913.90.02
Esponjas celulósicas.
Kg
5
Ex.
3913.90.05
Producto de la reacción del líquido obtenido de la cáscara de nuez de anacardo y el formaldehído.
Kg
5
Ex.
3915.10.01
De polímeros de etileno.
Kg
15
Ex.
3915.20.01
De polímeros de estireno.
Kg
15
Ex.
3915.30.01
De polímeros de cloruro de vinilo.
Kg
15
Ex.
3915.90.01
De manufacturas de polimetacrilato de metilo.
Kg
15
Ex.
3915.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3917.33.01
Tubería de materias plásticas, artificiales hasta de 20 mm de diámetro exterior, con goteras integradas, para riego agrícola.
Kg
15
Ex.
3917.33.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
3918.10.01
Baldosas (losetas) vinílicas, para recubrimientos en pisos.
Kg
15
Ex.
3918.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3918.90.99
De los demás plásticos.
Kg
15
Ex.
3922.10.01
Bañeras, duchas, fregaderos y lavabos.
Kg
15
Ex.
3922.20.01
Asientos y tapas de inodoros.
Kg
15
Ex.
3922.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3923.10.01
Cajas, cajones, jaulas y artículos similares, excepto lo comprendido en la fracción 3923.10.02.
Kg
15
Ex.
3923.10.02
A base de poliestireno expandible.
Kg
15
Ex.
3923.30.01
Tanques o recipientes con capacidad igual o superior a 3.5 l.
Kg
15
Ex.
3923.30.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3923.40.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3923.50.01
Tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre.
Kg
15
Ex.
3923.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3924.10.01
Vajilla y demás artículos para el servicio de mesa o de cocina.
Kg
15
Ex.
3924.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3925.10.01
Depósitos, cisternas, cubas y recipientes análogos, de capacidad superior a 300 l.
Kg
15
Ex.
3925.20.01
Puertas, ventanas, y sus marcos, contramarcos y umbrales.
Kg
15
Ex.
3925.30.01
Contraventanas, persianas (incluidas las venecianas) y artículos similares, y sus partes.
Kg
15
Ex.
3925.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3926.10.01
Artículos de oficina y artículos escolares.
Kg
15
Ex.
3926.20.02
Ballenas para corsés, para prendas de vestir o para accesorios del vestido y análogos.
Kg
15
Ex.
3926.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3926.30.01
Molduras para carrocerías.
Kg
15
Ex.
3926.30.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
3926.40.01
Estatuillas y demás artículos de adorno.
Kg
15
Ex.
3926.90.01
Mangos para herramientas de mano.
Kg
15
Ex.
3926.90.04
Salvavidas.
Kg
15
Ex.
3926.90.05
Flotadores o boyas para redes de pesca.
Kg
15
Ex.
3926.90.06
Loncheras; cantimploras.
Kg
15
Ex.
3926.90.07
Modelos o patrones.
Kg
15
Ex.
3926.90.08
Hormas para calzado.
Kg
15
Ex.
3926.90.11
Protectores para el sentido auditivo.
Kg
15
Ex.
3926.90.13
Letras, números o signos.
Kg
15
Ex.
3926.90.14
Cinchos fijadores o abrazaderas, excepto lo comprendido en la fracción 3926.90.21.
Kg
15
Ex.
3926.90.15
Almácigas, con oquedades perforadas.
Kg
15
Ex.
3926.90.18
Marcas para asfalto, postes reflejantes y/o dispositivos de advertencia (triángulos de seguridad), de resina plástica, para la señalización vial.
Kg
15
Ex.
3926.90.19
Abanicos o sus partes.
Kg
15
Ex.
3926.90.20
Emblemas, para vehículos automóviles.
Kg
15
Ex.
3926.90.24
Diablos o tacos (pigs) de poliuretanos con diámetro hasta de 122 cm, para la limpieza interior de tuberías, aun cuando estén recubiertos con banda de caucho, con incrustaciones de carburo de tungsteno o cerdas de acero.
Kg
15
Ex.
3926.90.27
Láminas perforadas o troqueladas de poli(etileno) y/o poli(propileno), aun cuando estén coloreadas, metalizadas o laqueadas.
Kg
15
Ex.
3926.90.29
Embudos.
Kg
15
Ex.
4002.91.02
Poli(butadieno-estireno-vinilpiridina).
Kg
5
Ex.
4002.91.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4004.00.02
Neumáticos o cubiertas gastados.
Kg
15
Ex.
4004.00.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
4006.90.02
Parches.
Kg
15
Ex.
4006.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
4011.10.02
Con diámetro interior igual a 33.02 cm (13 pulgadas) y cuya altura de la sección transversal sea del 70% u 80% de su anchura.
Pza
15
Ex.
4011.10.03
Con diámetro interior igual a 33.02 cm (13 pulgadas) y cuya altura de la sección transversal sea del 60% de su anchura.
Pza
15
Ex.
4011.10.04
Con diámetro interior igual a 35.56 cm (14 pulgadas) y cuya altura de la sección transversal sea del 70% o 65% o 60% de su anchura.
Pza
15
Ex.
4011.10.05
Con diámetro interior igual a 38.10 cm (15 pulgadas) y cuya altura de la sección transversal sea del 80% de su anchura.
Pza
15
Ex.
4011.10.06
Con diámetro interior igual a 38.10 cm (15 pulgadas) y cuya altura de la sección transversal sea del 50% de su anchura.
Pza
15
Ex.
4011.10.07
Con diámetro interior igual a 38.10 cm (15 pulgadas) y cuya altura de la sección transversal sea del 75% ó 70% ó 65% ó 60% de su anchura.
Pza
15
Ex.
4011.10.08
Con diámetro interior igual a 40.64 cm (16 pulgadas) y cuya altura de la sección transversal sea del 50% de su anchura; y las de diámetro interior igual a 43.18 cm (17 pulgadas), 45.72 cm (18 pulgadas) y 50.80 cm (20 pulgadas).
Pza
15
Ex.
4011.10.09
Con diámetro interior igual a 40.64 cm (16 pulgadas) y cuya altura de la sección transversal sea del 65% ó 60% de su anchura.
Pza
15
Ex.
4011.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4011.20.02
Con diámetro interior inferior o igual a 44.45 cm, de construcción radial.
Pza
15
Ex.
4011.20.03
Con diámetro interior inferior o igual a 44.45 cm, de construcción diagonal.
Pza
15
Ex.
4011.20.05
Con diámetro interior superior a 44.45 cm, de construcción diagonal.
Pza
15
Ex.
4011.40.01
De los tipos utilizados en motocicletas.
Pza
15
Ex.
4011.61.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4011.62.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4011.63.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4011.69.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4011.92.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4011.93.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4011.94.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4011.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4012.11.01
De los tipos utilizados en automóviles de turismo (incluidos los del tipo familiar ("break" o "station wagon") y los de carreras).
Pza
15
Ex.
4012.12.01
De los tipos utilizados en autobuses o camiones.
Pza
15
Ex.
4012.13.01
De los tipos utilizados en aeronaves.
Pza
15
Ex.
4012.19.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4012.20.02
Reconocibles para naves aéreas.
Pza
15
Ex.
4012.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4012.90.01
Bandas de protección (corbatas).
Pza
15
Ex.
4012.90.03
Bandas de rodadura para recauchutar neumáticos.
Pza
15
Ex.
4012.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4013.10.01
De los tipos utilizados en automóviles de turismo (incluidos los del tipo familiar ("break" o "station wagon") y los de carreras), en autobuses o camiones.
Pza
15
Ex.
4013.90.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
4014.10.01
Preservativos.
Kg
5
Ex.
4014.90.01
Cojines neumáticos.
Kg
15
Ex.
4014.90.02
Orinales para incontinencia.
Kg
15
Ex.
4014.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4015.11.01
Para cirugía.
Kg
15
Ex.
4015.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4015.90.02
Prendas de vestir impregnadas o recubiertas de caucho.
Kg
15
Ex.
4015.90.04
Trajes para bucear (de buzo).
Kg
15
Ex.
4015.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4016.91.01
Revestimientos para el suelo y alfombras.
M2
10
Ex.
4016.92.01
Cilíndricas de diámetro inferior o igual a 1 cm.
Kg
10
Ex.
4016.92.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
4016.94.01
Defensas para muelles portuarios, con o sin placas de montaje, excepto lo comprendido en la fracción 4016.94.02.
Kg
5
Ex.
4016.94.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4016.95.01
Salvavidas.
Kg
15
Ex.
4016.95.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
4016.99.01
Arandelas, válvulas u otras piezas de uso técnico, excepto lo comprendido en la fracción 4016.99.08.
Kg
5
Ex.
4016.99.04
Dedales.
Kg
10
Ex.
4017.00.03
Desperdicios y desechos.
Kg
5
Ex.
4206.00.02
Cuerdas de tripa, excepto lo comprendido en la fraccion 4206.00.01.
Kg
5
Ex.
4206.00.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
4404.10.01
Madera hilada.
M3
5
Ex.
4404.10.99
Los demás.
M3
5
Ex.
4404.20.01
Varitas de bambú aún cuando estén redondeadas.
M3
15
Ex.
4404.20.02
De fresno, simplemente desbastada o redondeada, para bastones, paraguas, mangos de herramientas y similares.
M3
5
Ex.
4404.20.03
De haya o de maple, simplemente desbastada o redondeada, para bastones, paraguas, mangos de herramientas y similares.
M3
5
Ex.
4404.20.04
Madera hilada.
M3
5
Ex.
4404.20.99
Los demás.
M3
10
Ex.
4405.00.01
Lana de madera.
Kg
5
Ex.
4405.00.02
Harina de madera.
Kg
5
Ex.
4406.10.01
Sin impregnar.
Pza
5
Ex.
4406.90.99
Las demás.
Pza
5
Ex.
4407.10.01
De ocote o pinabete, o abeto (oyamel) en tablas, tablones o vigas.
M3
5
Ex.
4407.10.02
En tablas, tablones o vigas, excepto lo comprendido en la fracción 4407.10.01.
M3
5
Ex.
4407.10.99
Los demás.
M3
5
Ex.
4407.25.01
Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau.
M3
5
Ex.
4407.26.01
White Lauan, White Meranti, White Seraya, Yellow Meranti y Alan.
M3
5
Ex.
4409.10.01
Listones y molduras de madera para muebles, marcos, decorados interiores, conducciones eléctricas y análogos.
M2
15
Ex.
4409.10.99
Los demás.
M2
15
Ex.
4409.21.01
Listones y molduras para muebles, marcos, decorados interiores, conducciones eléctricas y análogos.
M2
15
Ex.
4409.21.02
Tablillas y frisos para parqués.
M2
15
Ex.
4409.21.99
Los demás.
M2
15
Ex.
4409.29.01
Listones y molduras para muebles, marcos, decorados interiores, conducciones eléctricas y análogos.
M2
15
Ex.
4409.29.02
De Swietenia macrophylla, Cedrella odorata o Cedrella mexicana, cepilladas, excepto lo comprendido en la fracción 4409.29.01.
M2
15
Ex.
4409.29.99
Los demás.
M2
15
Ex.
4410.11.01
En bruto o simplemente lijados.
Kg
15
Ex.
4410.11.02
Recubiertos en la superficie con papel impregnado con melamina.
Kg
15
Ex.
4410.11.03
Recubiertos en la superficie con placas u hojas decorativas estratificadas de plástico.
Kg
15
Ex.
4410.11.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4410.12.01
En bruto o simplemente lijados.
Kg
15
Ex.
4410.12.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4410.19.01
En bruto o simplemente lijados.
Kg
15
Ex.
4410.19.02
Recubiertos en la superficie con papel impregnado con melamina.
Kg
15
Ex.
4410.19.03
Recubiertos en la superficie con placas u hojas decorativas estratificadas de plástico.
Kg
15
Ex.
4410.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4410.90.01
Aglomerados sin recubrir ni acabar.
Kg
5
Ex.
4410.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4411.12.02
De densidad superior a 0.8 g/cm3, excepto lo comprendido en la fracción 4411.12.01.
Kg
5
Ex.
4411.12.03
De densidad superior a 0.5 g/cm3 pero inferior o igual a 0.8 g/cm3, sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.
Kg
5
Ex.
4411.12.04
De densidad superior a 0.5 g/cm3 pero inferior o igual a 0.8 g/cm3, excepto lo comprendido en la fracción 4411.12.03.
Kg
5
Ex.
4411.12.05
De densidad inferior o igual a 0.5 g/cm3, sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.
Kg
5
Ex.
4411.12.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4411.13.02
De densidad superior a 0.8 g/cm3, excepto lo comprendido en la fracción 4411.13.01
Kg
5
Ex.
4411.13.03
De densidad superior a 0.5 g/cm3 pero inferior o igual a 0.8 g/cm3, sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.
Kg
5
Ex.
4411.13.04
De densidad superior a 0.5 g/cm3 pero inferior o igual a 0.8 g/cm3, excepto lo comprendido en la fracción 4411.13.03.
Kg
5
Ex.
4411.13.05
De densidad inferior o igual a 0.5 g/cm3, sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.
Kg
5
Ex.
4411.13.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4411.14.02
De densidad superior a 0.8 g/cm3, excepto lo comprendido en la fracción 4411.14.01.
Kg
5
Ex.
4411.14.04
De densidad superior a 0.5 g/cm3 pero inferior o igual a 0.8 g/cm3 excepto lo comprendido en la fracción 4411.14.03.
Kg
5
Ex.
4411.14.05
De densidad inferior o igual a 0.5 g/cm3, sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.
Kg
5
Ex.
4411.14.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4411.92.01
Sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.
Kg
5
Ex.
4411.92.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4411.93.01
De densidad igual o superior a 0.600 g/cm³ pero inferior o igual a 0.770 g/cm³, con espesor igual o superior a 9 mm pero inferior o igual a 30 mm, sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.
Kg
5
Ex.
4411.93.02
De densidad igual o superior a 0.600 g/cm³ pero inferior o igual a 0.770 g/cm³, con espesor igual o superior a 9 mm pero inferior o igual a 30 mm, excepto lo comprendido en la fracción 4411.93.01.
Kg
5
Ex.
4411.93.03
Los demás de densidad superior a 0.5 g/cm³ pero inferior o igual a 0.8 g/cm³, sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.
Kg
5
Ex.
4411.93.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4411.94.01
De densidad superior a 0.35 g/cm³ pero inferior o igual 0.5 g/cm³ sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie.
Kg
5
Ex.
4411.94.02
De densidad superior a 0.35 g/cm³ pero inferior o igual 0.5 g/cm³, excepto lo comprendido en la fracción 4411.94.01.
Kg
5
Ex.
4411.94.03
Los demás tableros sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie, excepto los comprendidos en la fracción 4411.94.01.
Kg
5
Ex.
4411.94.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4412.10.01
De bambú.
Kg
10
Ex.
4412.31.01
Que tengan, por lo menos, una hoja externa de las maderas tropicales siguientes: Dark Red Meranti, Light Red Meranti, White Lauan, Sipo, Limba, Okumé, Obeché, Acajou d'Afrique, Sapelli, Mahogany, Palisandre de Para, Palisandre de Río y Palisandre de Rose.
Kg
15
Ex.
4412.31.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
4412.32.01
Que tengan, por lo menos, una hoja externa de madera distinta de la de coníferas.
Kg
10
Ex.
4412.32.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
4412.39.01
De coníferas, denominada "plywood".
Kg
10
Ex.
4412.39.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
4412.94.01
Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo.
Kg
10
Ex.
4412.94.02
Que tengan, por lo menos, un tablero de partículas.
Kg
10
Ex.
4412.94.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4412.99.01
Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo.
Kg
10
Ex.
4412.99.02
Que tengan, por lo menos, un tablero de partículas.
Kg
10
Ex.
4412.99.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4413.00.02
De "maple" (Acer spp.).
Kg
5
Ex.
4413.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4414.00.01
Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares.
Kg
15
Ex.
4415.10.01
Cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares; carretes para cables.
Kg
15
Ex.
4415.20.01
Collarines para paletas.
Kg
15
Ex.
4415.20.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
4416.00.02
Duelas, reconocibles para artículos de tonelería.
Kg
15
Ex.
4416.00.03
Partes componentes, excepto las duelas.
Kg
15
Ex.
4416.00.04
Duelas, estén o no aserradas por sus dos caras principales, pero sin otra labor, excepto lo comprendido en la fracción 4416.00.02.
Kg
15
Ex.
4416.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4417.00.01
Esbozos para hormas.
Kg
5
Ex.
4417.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4418.10.01
Ventanas, puertas vidriera, y sus marcos y contramarcos.
Kg
15
Ex.
4418.20.01
Puertas y sus marcos, contramarcos y umbrales.
Kg
15
Ex.
4418.40.01
Encofrados para hormigón.
Kg
15
Ex.
4418.50.01
Tablillas para cubierta de tejados o fachadas ("shingles" y "shakes").
Kg
15
Ex.
4418.60.01
Postes y vigas.
Kg
15
Ex.
4418.71.01
Para suelos en mosaico.
Kg
15
Ex.
4418.72.01
Los demás, multicapas.
Kg
15
Ex.
4418.79.01
Tableros celulares de madera, incluso recubiertos con chapas de metal común.
Kg
15
Ex.
4418.79.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4418.90.01
Tableros celulares de madera, incluso recubiertos con chapas de metal común.
Kg
15
Ex.
4418.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4419.00.01
Artículos de mesa o de cocina, de madera.
Kg
15
Ex.
4420.10.01
Estatuillas y demás objetos de adorno, de madera.
Kg
15
Ex.
4420.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4421.10.01
Perchas para prendas de vestir.
Kg
15
Ex.
4421.90.01
Para fósforos; clavos para calzado.
Kg
5
Ex.
4421.90.02
Tapones.
Kg
10
Ex.
4421.90.03
Adoquines.
Kg
15
Ex.
4421.90.04
Canillas, carretes y bobinas para la hilatura y el tejido, para hilo de coser y artículos similares de madera torneada.
Kg
5
Ex.
4421.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4504.10.01
Losas o mosaicos.
Kg
15
Ex.
4504.10.02
Empaquetaduras.
Kg
5
Ex.
4504.10.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
4601.21.01
De bambú.
Kg
15
Ex.
4601.22.01
De ratán (roten).
Kg
15
Ex.
4601.29.01
De bejuco, esparto, mimbre, paja o viruta.
Kg
15
Ex.
4601.29.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4601.92.01
Trenzas y artículos similares, incluso ensamblados en tiras.
Kg
15
Ex.
4601.92.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4601.93.01
Trenzas y artículos similares, incluso ensamblados en tiras.
Kg
15
Ex.
4601.93.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4601.94.01
Trenzas y artículos similares, incluso ensamblados en tiras.
Kg
15
Ex.
4601.94.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4601.99.01
Trenzas y artículos similares, incluso ensamblados en tiras.
Kg
15
Ex.
4601.99.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4602.11.01
De bambú.
Kg
15
Ex.
4602.12.01
De ratán (roten).
Kg
15
Ex.
4602.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4602.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4801.00.01
Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas.
Kg
5
Ex.
4802.10.01
Papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja).
Kg
5
Ex.
4802.20.01
De blancura igual o superior a 80, con longitud de ruptura S.M., en seco, superior a 5,000.
Kg
5
Ex.
4802.20.02
Papel a base de 100% de fibra de algodón.
Kg
5
Ex.
4802.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4802.40.01
Papel soporte para papeles de decorar paredes.
Kg
5
Ex.
4802.54.01
Papel para dibujo.
Kg
5
Ex.
4802.54.02
Copia o aéreo.
Kg
5
Ex.
4802.54.03
Papel biblia.
Kg
5
Ex.
4802.54.05
Para la impresión de bonos, cheques, acciones, obligaciones, timbres y otros documentos similares.
Kg
5
Ex.
4802.54.06
Bond o ledger.
Kg
5
Ex.
4802.54.07
Papel soporte para papel carbón (carbónico), excepto lo comprendido en la fracción 4802.54.08.
Kg
5
Ex.
4802.54.08
Papel soporte para papel carbón multiusos, teñido, cuyo peso sea hasta de 20 g/m².
Kg
5
Ex.
4802.54.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4802.55.01
Bond o ledger.
Kg
5
Ex.
4802.55.02
Papel utilizado en máquinas copiadoras o reproductoras y cuyo revelado se hace por la acción del calor.
Kg
15
Ex.
4802.55.04
Papel soporte para papel carbón (carbónico).
Kg
5
Ex.
4802.55.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4802.56.01
Bond o ledger.
Kg
5
Ex.
4802.56.03
Papel soporte para papel carbón (carbónico).
Kg
5
Ex.
4802.56.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4802.57.01
Papel soporte para papel carbón (carbónico).
Kg
5
Ex.
4802.57.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4802.58.01
Cartón para dibujo.
Kg
5
Ex.
4802.58.02
De pasta teñida en la masa, superficie jaspeada, con peso superior a 500 g/m², sin exceder de 900 g/m² ("pressboard").
Kg
5
Ex.
4802.58.03
Para la impresión de bonos, cheques, acciones, obligaciones, timbres y otros documentos similares.
Kg
5
Ex.
4802.58.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4802.61.01
Papel soporte para papel carbón (carbónico), excepto lo comprendido en la fracción 4802.61.02.
Kg
5
Ex.
4802.61.02
Papel soporte para papel carbón multiusos, teñido, cuyo peso sea hasta de 20 g/m2.
Kg
5
Ex.
4802.61.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4802.62.01
Papel soporte para papel carbón (carbónico), excepto lo comprendido en la fracción 4802.62.02.
Kg
5
Ex.
4802.62.02
Papel soporte para papel carbón multiusos, teñido, cuyo peso sea hasta de 20 g/m2.
Kg
5
Ex.
4802.62.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4802.69.01
Papel soporte para papel carbón (carbónico), excepto lo comprendido en la fracción 4802.69.02.
Kg
5
Ex.
4802.69.02
Papel soporte para papel carbón multiusos, teñido, cuyo peso sea hasta de 20 g/m2.
Kg
5
Ex.
4802.69.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4803.00.01
Guata de celulosa.
Kg
5
Ex.
4803.00.02
Rizado ("crepé"), excepto lo comprendido en la fracción 4803.00.03.
Kg
5
Ex.
4803.00.03
Acanalado, ondulado o corrugado.
Kg
5
Ex.
4803.00.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4804.11.01
Crudos.
Kg
5
Ex.
4804.19.01
Papel Kraft a base de celulosa semiblanqueada, con peso inferior o igual a 160 g/m².
Kg
5
Ex.
4804.19.02
Cartón Kraft, a base de celulosa semiblanqueada, con peso superior a 160 g/m² sin exceder de 500 g/m².
Kg
5
Ex.
4804.19.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4804.21.01
Crudo.
Kg
5
Ex.
4804.29.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4804.31.01
Dieléctrico, cuyo espesor sea inferior o igual a 0.5 mm.
Kg
5
Ex.
4804.31.02
Dieléctrico con espesor mayor a 0.5 mm.
Kg
5
Ex.
4804.31.03
En rollos con ancho superior o igual a 1.50 m y con un peso máximo de 49 g/m², resistencia dieléctrica mínima de 8,000 voltios por mm, de espesor, de muestra seca.
Kg
5
Ex.
4804.31.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4804.39.01
A base de celulosa semiblanqueada.
Kg
5
Ex.
4804.39.02
Del color natural de la pasta, para la fabricación de laminados plásticos decorativos.
Kg
5
Ex.
4804.39.03
De pulpa o de pasta, blanqueado uniformemente en la masa, para la fabricación de laminados plásticos decorativos.
Kg
5
Ex.
4804.39.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4804.41.01
Crudos.
Kg
5
Ex.
4804.42.01
Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra.
Kg
5
Ex.
4804.49.01
A base de celulosa semiblanqueada, con peso inferior o igual a 160 g/m².
Kg
5
Ex.
4804.49.02
A base de celulosa semiblanqueada, con peso superior a 160 g/m².
Kg
5
Ex.
4804.49.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4804.51.01
Con peso superior a 600 g/m² sin exceder de 4,000 g/m², cuyo espesor sea inferior o igual a 4 mm, con resistencia dieléctrica.
Kg
5
Ex.
4804.51.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4804.52.01
Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra.
Kg
5
Ex.
4804.59.01
A base de celulosa semiblanqueada con peso por metro cuadrado hasta 500 g.
Kg
5
Ex.
4804.59.02
Con peso superior a 600 g/m² sin exceder de 4,000 g/m², cuyo espesor sea inferior o igual a 4 mm, con resistencia dieléctrica.
Kg
5
Ex.
4804.59.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4805.11.01
Papel semiquímico para acanalar.
Kg
5
Ex.
4805.12.01
Papel paja para acanalar.
Kg
5
Ex.
4805.19.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4805.24.01
Multicapas.
Kg
5
Ex.
4805.24.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4805.25.01
Multicapas.
Kg
5
Ex.
4805.25.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4805.30.01
Papel sulfito para envolver.
Kg
5
Ex.
4805.40.01
Papel y cartón filtro.
Kg
5
Ex.
4805.50.01
Papel y cartón fieltro, papel y cartón lana.
Kg
5
Ex.
4805.91.01
De peso inferior o igual a 150 g/m² .
Kg
5
Ex.
4805.92.01
De peso superior a 150 g/m² pero inferior a 225 g/m².
Kg
5
Ex.
4805.93.01
De peso superior o igual a 225 g/m².
Kg
5
Ex.
4806.10.01
Papel y cartón sulfurizados (pergamino vegetal).
Kg
5
Ex.
4806.20.01
Papel resistente a las grasas ("greaseproof").
Kg
5
Ex.
4806.30.01
Papel vegetal (papel calco).
Kg
5
Ex.
4806.40.01
Papel cristal y demás papeles calandrados transparentes o traslúcidos.
Kg
5
Ex.
4807.00.01
Papel y cartón unidos con betún, alquitrán o asfalto.
Kg
5
Ex.
4807.00.02
Papel y cartón paja, incluso recubiertos con papel de otra clase.
Kg
5
Ex.
4808.10.01
Papel y cartón corrugados, incluso perforados.
Kg
5
Ex.
4808.20.01
Papel kraft para sacos (bolsas), rizado ("crepé") o plisado, incluso gofrado, estampado o perforado.
Kg
5
Ex.
4808.30.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4809.20.01
Papel autocopia.
Kg
5
Ex.
4809.90.02
Papel carbón (carbónico) y papeles similares.
Kg
5
Ex.
4810.13.01
Estucados, recubiertos o pintados por una o ambas caras, de un alto grado de satinación o brillantez.
Kg
5
Ex.
4810.13.02
Coloreados por ambas caras, excepto lo comprendido en la fracción 4810.13.01.
Kg
5
Ex.
4810.13.03
Coloreados o decorados por una cara, excepto lo comprendido en la fracción 4810.13.01.
Kg
5
Ex.
4810.13.04
De color, cuando contengan 82% o más, de celulosa.
Kg
5
Ex.
4810.13.05
Blancos o de pasta teñida, aun cuando contengan cargas minerales, con aplicaciones o dibujos.
Kg
5
Ex.
4810.13.06
Simplemente pautados, rayados o cuadriculados.
Kg
5
Ex.
4810.13.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4810.14.01
Estucados, recubiertos o pintados por una o ambas caras, de un alto grado de satinación o brillantez.
Kg
5
Ex.
4810.14.02
Coloreados por ambas caras, excepto lo comprendido en la fracción 4810.14.01.
Kg
5
Ex.
4810.14.03
Coloreados o decorados por una cara, excepto lo comprendido en la fracción 4810.14.01.
Kg
5
Ex.
4810.14.04
De color, cuando contengan 82% o más, de celulosa.
Kg
5
Ex.
4810.14.05
Blancos o de pasta teñida, aun cuando contengan cargas minerales, con aplicaciones o dibujos.
Kg
5
Ex.
4810.14.06
Simplemente pautados, rayados o cuadriculados.
Kg
5
Ex.
4810.14.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4810.19.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4810.22.01
Papel cuché o tipo cuché, blanco o de color, mate o brillante, esmaltado o recubierto en ambas caras de una mezcla de sustancias minerales, propio para impresión fina.
Kg
5
Ex.
4810.22.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4810.29.01
Cuché o tipo cuché, blancos o de color, mate o brillante, esmaltados o recubiertos por una o ambas caras de una mezcla de sustancias minerales, propios para impresión fina, con peso superior a 72 g/m².
Kg
5
Ex.
4810.29.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4810.31.01
Estucados, pintados o recubiertos por una o ambas caras, de un alto grado de satinación o brillantez, con peso igual o superior a 74 g/m².
Kg
5
Ex.
4810.31.02
Coloreados por ambas caras con peso inferior o igual a 120 g/m², excepto lo comprendido en la fracción 4810.31.01.
Kg
5
Ex.
4810.31.03
Coloreados o decorados por una cara, excepto lo comprendido en la fracción 4810.31.01.
Kg
5
Ex.
4810.31.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4810.32.01
Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 150 g/m².
Kg
5
Ex.
4810.39.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4810.92.01
Multicapas.
Kg
5
Ex.
4810.99.01
De pasta teñida en la masa, superficie jaspeada, con peso superior a 500 g/m² sin exceder de 900 g/m² ("pressboard").
Kg
5
Ex.
4810.99.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4811.10.01
Papel kraft.
Kg
5
Ex.
4811.10.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4811.41.01
Autoadhesivos, excepto los comprendidos en la fracción 4811.41.02.
Kg
5
Ex.
4811.41.02
En tiras o en bobinas (rollos).
Kg
5
Ex.
4811.49.01
En tiras o en bobinas (rollos).
Kg
5
Ex.
4811.49.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4811.51.01
Recubiertos por una de sus caras, con una película de materia plástica artificial, aun cuando también lleven recubrimiento de otros materiales, excepto lo comprendido en la fracción 4811.51.03.
Kg
5
Ex.
4811.51.02
Recubiertos con caolín y resinas sintéticas, repelentes a películas vinílicas, resistentes a la tensión así como a temperaturas iguales o superiores a 210°C, con peso superior a 100 g/m².
Kg
5
Ex.
4811.51.03
Papel milimétrico recubierto por una cara, con una película de materia plástica artificial "laminene-milimétrico".
Kg
5
Ex.
4811.51.04
Filtro, impregnados de resinas sintéticas, aun cuando estén coloreados o acanalados.
Kg
5
Ex.
4811.51.05
100% de fibra de algodón "transparentizado", impregnado con resinas sintéticas.
Kg
5
Ex.
4811.51.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4811.59.01
Recubiertos por una de sus caras, con una película de materia plástica artificial, aun cuando también lleven recubrimiento de otros materiales.
Kg
5
Ex.
4811.59.02
Recubiertos con caolín y resinas sintéticas, repelentes a películas vinílicas, resistentes a la tensión así como a temperaturas iguales o superiores a 210°C, con peso superior a 100 g/m².
Kg
5
Ex.
4811.59.03
De kraft a base de celulosa semiblanqueada con un peso entre 200 g/m² y 450 g/m², cuya pasta se encuentre tratada con agentes que mejoren la resistencia a la humedad, recubiertos por una o por ambas caras con resina sintética de polietileno.
Kg
5
Ex.
4811.59.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4811.60.01
Parafinados o encerados.
Kg
5
Ex.
4811.60.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4811.90.01
Cubiertos de gelatina por una de sus caras, para sensibilizarse posteriormente.
Kg
5
Ex.
4811.90.02
Recubiertos por una de sus caras con látex.
Kg
5
Ex.
4811.90.03
Recubiertos por una de sus caras, con nitrocelulósicos, con peso igual o superior a 140 g/m², sin exceder de 435 g/m².
Kg
5
Ex.
4811.90.04
Para obtener copias electrostáticas.
Kg
5
Ex.
4811.90.05
Glassine.
Kg
5
Ex.
4811.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4813.10.01
En librillos o en tubos.
Kg
5
Ex.
4813.20.01
En bobinas (rollos) de anchura inferior o igual a 5 cm.
Kg
5
Ex.
4814.20.01
Papel para decorar y revestimientos similares de paredes, constituidos por papel recubierto o revestido, en la cara vista, con una capa de plástico graneada, gofrada, coloreada, impresa con motivos o decorada de otro modo.
Kg
5
Ex.
4814.90.01
Papel para decorar y revestimientos similares de paredes, constituidos por papel revestido en la cara vista con materia trenzable, incluso tejida en forma plana o paralelizada.
Kg
5
Ex.
4814.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4816.20.01
Papel autocopia.
Kg
5
Ex.
4816.90.01
Papel carbón (carbónico) y papeles similares.
Kg
5
Ex.
4816.90.02
Clisés de mimeógrafo ("stencils") completos.
Kg
5
Ex.
4816.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4817.10.01
Sobres.
Kg
5
Ex.
4817.20.01
Sobres carta, tarjetas postales sin ilustrar y tarjetas para correspondencia.
Kg
5
Ex.
4817.30.01
Cajas, bolsas y presentaciones similares de papel o cartón, con un surtido de artículos de correspondencia.
Kg
5
Ex.
4818.10.01
Papel higiénico.
Kg
5
Ex.
4818.20.01
Pañuelos, toallitas de desmaquillar y toallas.
Kg
5
Ex.
4818.30.01
Manteles y servilletas.
Kg
5
Ex.
4818.40.01
Pañales.
Pza
5
Ex.
4818.40.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4818.50.01
Prendas y complementos (accesorios), de vestir.
Kg
5
Ex.
4818.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4819.10.01
Cajas de papel o cartón corrugado.
Kg
5
Ex.
4819.20.01
Envases de cartón impresos, coextruidos únicamente con una o varias películas de materia plástica unidas entre sí, destinados exclusivamente a contener productos no aptos para el consumo humano.
Kg
5
Ex.
4819.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4819.30.01
Sacos (bolsas) con una anchura en la base superior o igual a 40 cm.
Kg
5
Ex.
4819.40.01
Los demás sacos (bolsas), bolsitas y cucuruchos.
Kg
5
Ex.
4819.50.01
Los demás envases, incluidas las fundas para discos.
Kg
5
Ex.
4819.60.01
Cartonajes de oficina, tienda o similares.
Kg
5
Ex.
4820.10.01
Agendas o librillos para direcciones o teléfonos.
Kg
5
Ex.
4820.10.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4820.20.01
Cuadernos.
Kg
5
Ex.
4820.30.01
Clasificadores, encuadernaciones (excepto las cubiertas para libros), carpetas y cubiertas para documentos.
Kg
5
Ex.
4820.40.01
Formularios en paquetes o plegados ("manifold"), aunque lleven papel carbón (carbónico).
Kg
5
Ex.
4820.50.01
Álbumes para muestras o para colecciones.
Kg
5
Ex.
4820.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4821.90.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
4822.10.01
De los tipos utilizados para el bobinado de hilados textiles.
Kg
5
Ex.
4822.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4823.70.01
Charolas moldeadas con oquedades, para empaques.
Kg
5
Ex.
4823.70.03
Empaquetaduras.
Kg
5
Ex.
4823.70.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4823.90.01
Para usos dieléctricos.
Kg
5
Ex.
4823.90.02
"Crepé" en bandas, excepto lo comprendido en la fracción 4823.90.01.
Kg
5
Ex.
4823.90.03
Tarjetas o fichas de papel o cartón, con bandas magnéticas para máquinas eléctricas de contabilidad.
Kg
5
Ex.
4823.90.04
Del color de la pasta, con mas del 50% de pasta mecánica de madera, con longitud inferior o igual a 66 cm y peso superior a 700 g/m² sin exceder de 1,300 g/m², en bandas.
Kg
5
Ex.
4823.90.05
Recubierto con resinas plásticas, con ancho igual o superior a 9 mm.
Kg
5
Ex.
4823.90.06
Papel metalizado.
Kg
5
Ex.
4823.90.07
Parafinado o encerado.
Kg
5
Ex.
4823.90.08
Aceitado en bandas.
Kg
5
Ex.
4823.90.09
Positivo emulsionado, insensible a la luz.
Kg
5
Ex.
4823.90.10
Semiconos de papel filtro.
Kg
5
Ex.
4823.90.11
Para protección de películas fotográficas.
Kg
5
Ex.
4823.90.12
Cartón de pasta teñida en la masa, superficie jaspeada con peso superior a 500 g/m² sin exceder de 900 g/m² ("pressboard").
Kg
5
Ex.
4823.90.13
Kraft impregnado o revestido por una o ambas caras, para uso exclusivo en la fabricación de pilas eléctricas secas.
Kg
5
Ex.
4823.90.14
Diseños, modelos o patrones.
Kg
5
Ex.
4823.90.15
Autoadhesivo, en tiras o en bobinas (rollos).
Kg
5
Ex.
4823.90.16
Papel engomado o adhesivo, excepto lo comprendido en la fraccion 4823.90.15.
Kg
5
Ex.
4823.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
4901.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4901.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4903.00.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
4905.10.01
Esferas.
Pza
10
Ex.
4905.91.01
Cartas geográficas, topográficas o náuticas; mapas murales.
Pza
5
Ex.
4905.91.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
4905.99.01
Cartas geográficas, topográficas o náuticas; mapas murales.
Pza
5
Ex.
4905.99.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
4906.00.01
Planos y dibujos originales hechos a mano, de arquitectura, ingeniería, industriales, comerciales, topográficos o similares; textos manuscritos; reproducciones fotográficas sobre papel sensibilizado y copias con papel carbón (carbónico), de los planos, dibujos o textos antes mencionados.
Kg
5
Ex.
4907.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4908.10.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
4908.90.01
Calcomanías transferibles sin calor, susceptibles de ser usadas en cualquier superficie, excepto lo comprendido en la fracción 4908.90.04.
Kg
15
Ex.
4908.90.02
Para estampar tejidos.
Kg
10
Ex.
4908.90.03
Calcomanías adheribles por calor, concebidas exclusivamente para ser aplicadas en materiales plásticos y caucho.
Kg
10
Ex.
4908.90.04
Franjas o láminas adheribles decorativas para carrocería de vehículos, recortadas a tamaños determinados.
Kg
15
Ex.
4908.90.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
4909.00.01
Tarjetas postales impresas o ilustradas; tarjetas impresas con felicitaciones o comunicaciones personales, incluso con ilustraciones, adornos o aplicaciones, o con sobres.
Kg
15
Ex.
4910.00.01
Calendarios de cualquier clase, impresos, incluidos los tacos de calendario.
Kg
15
Ex.
4911.10.01
Catálogos en idioma distinto del español, cuando se importen asignados en cantidad no mayor de 3 ejemplares por destinatarios.
Kg
5
Ex.
4911.10.02
Guías, horarios o demás impresos relativos a servicios de transporte de compañías que operen en el extranjero.
Kg
5
Ex.
4911.10.03
Folletos o publicaciones turísticas.
Kg
5
Ex.
4911.10.04
Figuras o paisajes, impresos o fotografiados sobre tejidos.
Kg
5
Ex.
4911.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4911.91.01
Estampas, dibujos, fotografías, sobre papel o cartón para la edición de libros o colecciones de carácter educativo o cultural.
Kg
5
Ex.
4911.91.02
Fotografías a colores.
Kg
15
Ex.
4911.91.03
Terapéutico-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para instituciones de educación especial o similares.
Kg
5
Ex.
4911.91.04
Figuras o paisajes, impresos o fotografiados sobre tejidos.
Kg
15
Ex.
4911.91.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
4911.99.01
Cuadros murales para escuelas.
Kg
5
Ex.
4911.99.02
Boletos o billetes de rifas, loterías, espectáculos, ferrocarriles u otros servicios de transporte.
Kg
15
Ex.
4911.99.03
Impresos con claros para escribir.
Kg
15
Ex.
4911.99.04
Motivos decorativos para la fabricación de utensilios de plástico.
Kg
15
Ex.
4911.99.05
Tarjetas plásticas para identificación y para crédito, sin cinta magnética.
Kg
15
Ex.
4911.99.06
Terapéutico-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para instituciones de educación especial o similares.
Kg
5
Ex.
4911.99.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
5503.20.03
De tereftalato de polietileno color negro, teñidas en la masa.
Kg
Ex.
Ex.
5701.10.01
De lana o pelo fino.

15
Ex.
5701.90.01
De las demás materias textiles.

15
Ex.
5702.10.01
Alfombras llamadas "Kelim" o "Kilim", "Schumacks" o "Soumak", "Karamanie" y alfombras similares tejidas a mano.

15
Ex.
5702.20.01
Revestimientos para el suelo de fibras de coco.

15
Ex.
5702.31.01
De lana o pelo fino.

15
Ex.
5702.32.01
De materia textil sintética o artificial.

15
Ex.
5702.39.01
De las demás materias textiles.

15
Ex.
5702.41.01
De lana o pelo fino.

15
Ex.
5702.42.01
De materia textil sintética o artificial.

15
Ex.
5702.49.01
De las demás materias textiles.

15
Ex.
5702.50.01
De lana o pelo fino.

15
Ex.
5702.50.02
De materia textil sintética o artificial.

15
Ex.
5702.50.99
Los demás.

15
Ex.
5702.91.01
De lana o pelo fino.

15
Ex.
5702.92.01
De materia textil sintética o artificial.

15
Ex.
5702.99.01
De las demás materias textiles.

15
Ex.
5703.10.01
De lana o pelo fino.

15
Ex.
5703.20.01
Tapetes de superficie inferior a 5.25 m² .

15
Ex.
5703.20.99
Las demás.

15
Ex.
5703.30.01
Tapetes de superficie inferior a 5.25 m² .

15
Ex.
5703.30.99
Las demás.

15
Ex.
5703.90.01
De las demás materias textiles.

15
Ex.
5704.10.01
De superficie inferior o igual a 0.3 m².

15
Ex.
5704.90.99
Los demás.

15
Ex.
5705.00.01
Alfombra en rollos, de fibras de poliamidas y con un soporte antiderrapante, de anchura igual o superior a 1.1 m pero inferior o igual a 2.2 m.
Kg
15
Ex.
5705.00.99
Los demás.

15
Ex.
6301.10.01
Mantas eléctricas.
Pza
15
Ex.
6305.10.01
De yute o demás fibras textiles del líber de la partida 53.03.
Pza
15
Ex.
6305.20.01
De algodón.
Pza
15
Ex.
6305.32.01
Continentes intermedios flexibles para productos a granel.
Pza
15
Ex.
6305.33.01
Los demás, de tiras o formas similares, de polietileno o polipropileno.
Pza
15
Ex.
6305.39.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
6305.90.01
De las demás materias textiles.
Pza
15
Ex.
6306.12.01
De fibras sintéticas.
Pza
15
Ex.
6306.19.01
De algodón.
Pza
15
Ex.
6306.19.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
6306.22.01
De fibras sintéticas.
Pza
15
Ex.
6306.29.01
De algodón.
Pza
15
Ex.
6306.29.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
6306.30.01
De fibras sintéticas.
Pza
15
Ex.
6306.30.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
6306.40.01
De algodón.
Pza
15
Ex.
6306.40.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
6306.91.01
De algodón.
Pza
15
Ex.
6306.99.01
De las demás materias textiles.
Pza
15
Ex.
6307.20.01
Cinturones y chalecos salvavidas.
Kg
15
Ex.
6307.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6308.00.01
Juegos constituidos por piezas de tejido e hilados, incluso con accesorios, para la confección de alfombras, tapicería, manteles o servilletas bordados o de artículos textiles similares, en envases para la venta al por menor.
Kg
15
Ex.
6504.00.01
Sombreros y demás tocados, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, incluso guarnecidos.
Pza
15
Ex.
6505.10.01
Redecillas para el cabello.
Pza
15
Ex.
6505.90.01
Gorras, cachuchas, boinas, monteras o bonetes.
Pza
15
Ex.
6505.90.02
Sombreros y demás tocados de fieltro, fabricados con cascos o platos de la partida 65.01, incluso guarnecidos.
Pza
15
Ex.
6505.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
6506.10.01
Cascos de seguridad.
Pza
5
Ex.
6506.91.01
Gorras.
Pza
15
Ex.
6506.91.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
6506.99.01
De peletería natural.
Pza
15
Ex.
6506.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
6601.10.01
Quitasoles toldo y artículos similares.
Pza
15
Ex.
6601.91.01
Con astil o mango telescópico.
Pza
15
Ex.
6601.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
6602.00.01
Bastones, bastones asiento, látigos, fustas y artículos similares.
Pza
15
Ex.
6603.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6603.90.01
Puños y pomos.
Kg
15
Ex.
6603.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6701.00.01
Artículos de pluma o plumón.
Kg
15
Ex.
6701.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6702.10.01
De plástico.
Kg
15
Ex.
6702.90.01
De las demás materias.
Kg
15
Ex.
6703.00.01
Cabello peinado, afinado, blanqueado o preparado de otra forma; lana, pelo u otra materia textil, preparados para la fabricación de pelucas o artículos similares.
Kg
15
Ex.
6704.11.01
Pelucas que cubran toda la cabeza.
Kg
15
Ex.
6704.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6704.20.01
De cabello.
Kg
15
Ex.
6704.90.01
De las demás materias.
Kg
15
Ex.
6801.00.01
Adoquines, encintados (bordillos) y losas para pavimentos de piedra natural (excepto la pizarra).
Kg
15
Ex.
6802.10.01
Losetas, cubos, dados y artículos similares, incluso de forma distinta a la cuadrada o rectangular, en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm.
Kg
15
Ex.
6802.10.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
6802.21.01
Mármol, travertinos y alabastro.
Kg
15
Ex.
6802.29.01
Piedras calizas.
Kg
15
Ex.
6802.29.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
6802.91.01
Mármol, travertinos y alabastro.
Kg
15
Ex.
6802.92.01
Las demás piedras calizas.
Kg
15
Ex.
6802.99.01
Las demás piedras.
Kg
15
Ex.
6803.00.01
En losas rectangulares, cuyas medidas en milímetros sean: longitud inferior o igual a 700, anchura inferior o igual a 350 y un espesor inferior o igual a 26.
Kg
5
Ex.
6803.00.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
6804.30.01
Piedras de afilar o pulir a mano.
Kg
10
Ex.
6808.00.01
Paneles, placas, losetas, bloques y artículos similares, de fibra vegetal, paja o viruta, de plaquitas o partículas, o de aserrín o demás desperdicios de madera, aglomerados con cemento, yeso fraguable o demás aglutinantes minerales.
Kg
15
Ex.
6809.11.01
Revestidos o reforzados exclusivamente con papel o cartón.
Kg
15
Ex.
6809.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6809.90.01
Las demás manufacturas.
Kg
15
Ex.
6810.11.01
Bloques y ladrillos para la construcción.
Kg
15
Ex.
6810.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6810.91.01
Postes, no decorativos.
Kg
5
Ex.
6810.91.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
6810.99.01
Tubos.
Kg
15
Ex.
6810.99.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
6811.40.01
Placas onduladas.
Kg
5
Ex.
6811.40.02
Placas sin ondular, paneles, losetas, tejas y artículos similares.
Kg
5
Ex.
6811.40.03
Tubería de presión, tubería sanitaria o para ductos eléctricos.
Kg
5
Ex.
6811.40.04
Los demás tubos, fundas y accesorios de tubería.
Kg
5
Ex.
6811.81.01
Placas onduladas.
Kg
5
Ex.
6811.82.01
Las demás placas, paneles, losetas, tejas y artículos similares.
Kg
5
Ex.
6811.83.01
Tubería de presión, tubería sanitaria o para ductos eléctricos.
Kg
5
Ex.
6811.83.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
6812.80.01
Prendas y complementos (accesorios), de vestir, calzado y sombreros y demás tocados.
Kg
10
Ex.
6812.80.05
Crocidolita en fibras, trabajada; mezclas a base de crocidolita o a base de crocidolita y carbonato de magnesio.
Kg
5
Ex.
6812.80.06
Hilados.
Kg
5
Ex.
6812.80.08
Tejidos, incluso de punto.
Kg
5
Ex.
6812.91.01
Prendas y complementos (accesorios), de vestir, calzado y sombreros y demás tocados.
Kg
10
Ex.
6812.99.02
Amianto (asbesto) en fibras trabajado; mezclas a base de amianto o a base de amianto y carbonato de magnesio.
Kg
5
Ex.
6812.99.03
Hilados.
Kg
5
Ex.
6812.99.05
Tejidos, incluso de punto.
Kg
5
Ex.
6813.81.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
6815.10.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
6815.20.01
Manufacturas de turba.
Kg
5
Ex.
6815.99.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
6904.10.01
Ladrillos de construcción.
Kg
15
Ex.
6904.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6905.10.01
Tejas.
Kg
15
Ex.
6905.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6906.00.01
Tubos, canalones y accesorios de tubería, de cerámica.
Kg
15
Ex.
6907.10.01
Plaquitas, cubos, dados y artículos similares, incluso de forma distinta a la cuadrada o rectangular, en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm.
Kg
15
Ex.
6907.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6908.10.01
Plaquitas, cubos, dados y artículos similares, incluso de forma distinta de la cuadrada o rectangular, en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm.
Kg
15
Ex.
6908.90.01
Azulejos de forma cuadrada o rectangular, losas y artículos similares, para pavimentación o revestimiento.
Kg
15
Ex.
6908.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6909.12.01
Artículos con una dureza equivalente a 9 o superior en la escala de Mohs.
Kg
5
Ex.
6911.10.01
Artículos para el servicio de mesa o cocina.
Kg
15
Ex.
6911.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6912.00.01
Vajillas y demás artículos para el servicio de mesa.
Kg
15
Ex.
6912.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6913.10.01
De porcelana.
Kg
15
Ex.
6913.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
6914.10.01
De porcelana.
Kg
15
Ex.
6914.90.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
7002.10.01
Bolas.
Kg
5
Ex.
7002.32.01
De otro vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5 x 10-6 por Kelvin, entre 0º C y 300º C.
Kg
5
Ex.
7003.12.01
Curvadas, biseladas, grabadas, taladradas, o trabajadas de otro modo, sin enmarcar ni combinar con otras materias.
Kg
15
Ex.
7003.12.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
7003.19.01
De vidrio claro, estriado, ondulado o estampado con espesor igual o inferior a 6 mm.
Kg
15
Ex.
7003.19.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
7003.20.01
Placas y hojas, armadas.
Kg
15
Ex.
7003.30.01
Perfiles.
Kg
15
Ex.
7004.20.01
Estirado, coloreado en la masa con espesor superior a 6 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7004.20.02.
Kg
15
Ex.
7004.20.02
Curvado, biselado, grabado, taladrado, o trabajado de otro modo, sin enmarcar ni combinar con otras materias.
Kg
15
Ex.
7004.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7004.90.01
Vidrio estirado, claro, con espesor superior a 6 mm.
Kg
15
Ex.
7004.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7005.10.01
Curvado, biselado, grabado, taladrado, o trabajado de otro modo, sin enmarcar ni combinar con otras materias.
Kg
15
Ex.
7005.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7005.21.01
De vidrio flotado, coloreado en la masa, con espesor inferior o igual a 6 mm.
Kg
15
Ex.
7005.21.02
De vidrio flotado, coloreado en la masa, con espesor superior a 6 mm.
Kg
15
Ex.
7005.21.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7005.29.02
De vidrio flotado claro, con espesor inferior o igual a 6 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7005.29.01 y 7005.29.04.
Kg
15
Ex.
7005.29.03
De vidrio flotado claro, con espesor superior a 6 mm.
Kg
15
Ex.
7005.29.04
De vidrio flotado claro, con espesor superior a 1 mm sin exceder de 2 mm.
Kg
15
Ex.
7005.29.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7005.30.01
Vidrio armado.
Kg
15
Ex.
7006.00.01
Estriado, ondulado y estampado.
Kg
15
Ex.
7006.00.02
Flotado, coloreados en la masa.
Kg
15
Ex.
7006.00.03
Flotado claro.
Kg
15
Ex.
7006.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7007.11.02
Vidrios laterales, claros, planos o curvos para uso automotriz.
Kg
15
Ex.
7007.11.03
Medallones sombreados, de color o polarizados, planos o curvos, para uso automotriz.
Kg
15
Ex.
7007.11.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7007.19.01
Vidrios planos o curvos, biselados, grabados, taladrados, esmaltados o trabajados de otra forma, con espesor igual o inferior a 6 mm.
Kg
15
Ex.
7007.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7007.21.01
Parabrisas, medallones y vidrios laterales, claros, planos o curvos, para uso automotriz.
Kg
15
Ex.
7007.21.02
Parabrisas, medallones y vidrios laterales, planos o curvos, sombreados y de color o polarizados, para uso automotriz.
Kg
15
Ex.
7007.21.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7007.29.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7008.00.01
Vidrieras aislantes de paredes múltiples.
Kg
15
Ex.
7009.10.01
Con control remoto, excepto lo comprendido en la fracción 7009.10.03.
Kg
15
Ex.
7009.10.02
Con marco de uso automotriz.
Kg
15
Ex.
7009.10.03
Deportivos.
Kg
15
Ex.
7009.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7009.91.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7009.92.01
Enmarcados.
Kg
15
Ex.
7010.10.01
Para inseminación artificial.
Kg
5
Ex.
7010.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7010.20.01
Tapones, tapas y demás dispositivos de cierre.
Kg
5
Ex.
7010.90.01
De capacidad superior a 1 l.
Kg
10
Ex.
7010.90.02
De capacidad superior a 0.33 l pero inferior o igual a 1 l.
Kg
10
Ex.
7010.90.03
De capacidad superior a 0.15 l pero inferior o igual a 0.33 l.
Kg
10
Ex.
7010.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
7013.10.01
Artículos de vitrocerámica.
Kg
15
Ex.
7013.22.01
De cristal al plomo.
Kg
15
Ex.
7013.28.01
De vidrio calizo.
Kg
15
Ex.
7013.28.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7013.33.01
De cristal al plomo.
Kg
15
Ex.
7013.37.01
Biberones de borosilicato.
Kg
15
Ex.
7013.37.02
Vasos de borosilicato.
Kg
15
Ex.
7013.37.03
De vidrio calizo.
Kg
15
Ex.
7013.37.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7013.41.01
De cristal al plomo.
Kg
15
Ex.
7013.42.01
De vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5 x 10-6 por Kelvin, entre 0º C y 300º C.
Kg
15
Ex.
7013.49.01
Jarras de borosilicato.
Kg
15
Ex.
7013.49.02
Vajillas templadas de vidrio opal.
Kg
15
Ex.
7013.49.03
De vidrio calizo.
Kg
15
Ex.
7013.49.04
Vajillas.
Kg
15
Ex.
7013.49.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7013.91.01
De cristal al plomo.
Kg
15
Ex.
7013.99.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7014.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7015.10.01
Cristales correctores para gafas (anteojos).
Kg
5
Ex.
7016.10.01
Cubos, dados y demás artículos similares de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares.
Kg
15
Ex.
7016.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7017.10.04
Embudos, buretas y probetas.
Kg
5
Ex.
7017.10.06
Retortas.
Kg
5
Ex.
7017.10.07
Frascos para el cultivo de microbios.
Kg
5
Ex.
7017.10.08
Juntas.
Kg
5
Ex.
7017.10.09
Tubos de viscosidad; tubos desecadores.
Kg
5
Ex.
7017.10.10
Agitadores.
Kg
5
Ex.
7017.20.02
Retortas, embudos, buretas y probetas.
Kg
5
Ex.
7017.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7017.90.03
Desecadores, tapas o tiras para el cultivo de microbios.
Kg
5
Ex.
7017.90.04
Tubos de viscosidad; tubos desecadores.
Kg
5
Ex.
7018.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7019.52.01
Sin recubrir.
Kg
5
Ex.
7101.22.01
Graduadas y ensartadas temporalmente para facilitar su transporte.
G
5
Ex.
7106.10.01
Polvo.
G
5
Ex.
7106.92.01
Semilabrada.
G
5
Ex.
7107.00.01
Chapado (plaqué) de plata sobre metal común, en bruto o semilabrado.
G
15
Ex.
7108.20.99
Los demás.
G
15
Ex.
7109.00.01
Chapado (plaqué) de oro sobre metal común o sobre plata, en bruto o semilabrado.
Kg
15
Ex.
7111.00.01
Chapado (plaqué) de platino sobre metal común, plata u oro, en bruto o semilabrado.
G
15
Ex.
7113.11.01
Sujetadores ("broches") de plata, incluso revestida o chapada de otro metal precioso.
G
15
Ex.
7113.11.02
Cadenas en rollo continuo, de longitud igual o superior a 10 m.
G
15
Ex.
7113.11.99
Los demás.
G
15
Ex.
7113.19.03
Cadenas en rollo continuo, de longitud igual o superior a 10 m.
G
15
Ex.
7113.19.99
Los demás.
G
15
Ex.
7113.20.01
De chapado de metal precioso (plaqué) sobre metal común.
Kg
15
Ex.
7114.11.01
De plata, incluso revestida o chapada de otro metal precioso (plaqué).
G
15
Ex.
7114.19.99
De los demás metales preciosos, incluso revestidos o chapados de metal precioso (plaqué).
G
15
Ex.
7114.20.01
De chapado de metal precioso (plaqué) sobre metal común.
Kg
15
Ex.
7116.10.01
De perlas naturales o cultivadas.
G
5
Ex.
7116.20.01
De piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas).
G
15
Ex.
7117.11.01
Gemelos y pasadores similares.
Kg
15
Ex.
7117.19.01
Cadenas y cadenitas de metales comunes, sin dorar ni platear.
Kg
5
Ex.
7117.19.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
7117.90.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
7202.21.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7202.92.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7207.11.01
De sección transversal cuadrada o rectangular, cuya anchura sea inferior al doble del espesor.
Kg
Ex.
Ex.
7207.12.01
Con espesor inferior o igual a 185 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7207.12.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7207.20.01
Con espesor inferior o igual a 185 mm, y anchura igual o superior al doble del espesor.
Kg
Ex.
Ex.
7207.20.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7208.25.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7208.26.01
De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7208.27.01
De espesor inferior a 3 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7208.37.01
De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7208.38.01
De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7208.39.01
De espesor inferior a 3 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7208.40.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7208.51.01
De espesor superior a 10 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7208.51.02 y 7208.51.03.
Kg
Ex.
Ex.
7208.51.02
Placas de acero de espesor superior a 10 mm, grados SHT-80, SHT-110, AR-400, SMM-400 o A-516.
Kg
Ex.
Ex.
7208.51.03
Placas de acero de espesor superior a 70 mm, grado A-36.
Kg
Ex.
Ex.
7208.52.01
De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7208.53.01
De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7208.54.01
De espesor inferior a 3 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7209.16.01
De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7209.17.01
De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7209.18.01
De espesor inferior a 0.5 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7209.26.01
De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7210.30.01
Láminas cincadas por las dos caras.
Kg
Ex.
Ex.
7210.30.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7210.41.01
Láminas cincadas por las dos caras.
Kg
5
Ex.
7210.41.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7210.49.01
Láminas cincadas por las dos caras, excepto lo comprendido en las fracciones 7210.49.02, 7210.49.03 y 7210.49.04.
Kg
Ex.
Ex.
7210.49.03
De espesor inferior a 3 mm, cuyo límite de resistencia a la deformación sea igual o superior a 275 MPa, o de espesor igual o superior a 3 mm, cuyo límite de resistencia a la deformación sea igual o superior a 355 MPa.
Kg
Ex.
Ex.
7210.49.04
Con un contenido de cinc en el recubrimiento inferior o igual a 50 gr/cm2.
Kg
Ex.
Ex.
7210.49.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7210.61.01
Revestidos de aleaciones de aluminio y cinc.
Kg
Ex.
Ex.
7210.70.01
Láminas pintadas, cincadas por las dos caras.
Kg
Ex.
Ex.
7210.70.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7211.14.02
Laminados en caliente ("chapas"), de espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior a 12 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7211.19.02
Laminadas en caliente ("chapas"), con espesor superior o igual a 1.9 mm, pero inferior a 4.75 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7211.19.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7211.23.01
Flejes de espesor igual o superior a 0.05 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7211.23.02
Chapas laminadas en frío, con un espesor superior a 0.46 mm sin exceder de 3.4 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7211.23.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7211.29.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7211.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7212.20.02
Cincadas por las dos caras, de ancho superior a 500 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7212.20.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7212.30.02
Cincados por las dos caras, de ancho superior a 500 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7212.30.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7212.40.03
Cincados por las dos caras, de ancho superior a 500 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7212.40.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7213.91.01
Con un contenido de carbono inferior a 0.4% en peso.
Kg
Ex.
Ex.
7213.91.02
Con un contenido de carbono igual o superior a 0.4% en peso.
Kg
Ex.
Ex.
7213.99.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7214.20.01
Varillas corrugadas o barras para armadura, para cemento u hormigón.
Kg
Ex.
Ex.
7214.30.01
Las demás, de acero de fácil mecanización.
Kg
Ex.
Ex.
7214.91.01
Con un contenido de carbono inferior a 0.25% en peso.
Kg
Ex.
Ex.
7214.91.02
Con un contenido de carbono superior o igual a 0.25% pero inferior a 0.6% en peso.
Kg
Ex.
Ex.
7214.91.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7214.99.01
Con un contenido de carbono inferior a 0.25% en peso.
Kg
Ex.
Ex.
7214.99.02
Con un contenido de carbono superior o igual a 0.25% pero inferior a 0.6% en peso.
Kg
Ex.
Ex.
7214.99.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7215.10.01
De acero de fácil mecanización, simplemente obtenidas o acabadas en frío.
Kg
Ex.
Ex.
7215.50.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
7216.31.01
Cuyo espesor no exceda de 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.31.02.
Kg
Ex.
Ex.
7216.32.01
Cuyo espesor no exceda de 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.32.02.
Kg
Ex.
Ex.
7216.40.01
Perfiles en L o en T, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7216.61.01
Perfiles en forma de H, I, L, T, U y Z, cuyo espesor no exceda a 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.61.02.
Kg
5
Ex.
7216.61.02
En forma de U e I, cuyo espesor sea igual o superior a 13 cm, sin exceder de 20 cm.
Kg
Ex.
Ex.
7216.61.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7217.10.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7217.20.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7217.30.01
Con recubrimiento de cobre, con un contenido de carbono inferior a 0.6%.
Kg
Ex.
Ex.
7217.30.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7217.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7219.31.01
De espesor superior o igual a 4.75 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7219.32.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7219.35.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7219.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7220.20.01
Sin templar o pretemplado (DGN-410, DGN-420 y DGN-440) con espesor igual o superior a 0.3 mm, sin exceder de 6.0 mm, y con anchura máxima de 325 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7220.20.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7220.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7222.20.01
Barras simplemente obtenidas o acabadas en frío.
Kg
Ex.
Ex.
7225.19.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7225.30.01
Con un contenido de carbono inferior o igual a 0.01% en peso, y los siguientes elementos, considerados individualmente o en conjunto: titanio entre 0.02% y 0.15% en peso, niobio entre 0.01% y 0.03% en peso.
Kg
Ex.
Ex.
7225.30.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7225.40.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7225.50.02
Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior a 1 mm, pero inferior a 3 mm, enrollada.
Kg
Ex.
Ex.
7225.50.03
Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor superior o igual a 0.5 mm, pero inferior o igual a 1 mm, enrollada.
Kg
Ex.
Ex.
7225.50.04
Con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, y espesor inferior a 0.5 mm, enrollada.
Kg
Ex.
Ex.
7225.50.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7225.91.01
Cincados electrolíticamente.
Kg
Ex.
Ex.
7225.92.01
Cincados de otro modo.
Kg
Ex.
Ex.
7225.99.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7226.19.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7226.91.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7226.99.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7227.20.01
De acero silicomanganeso.
Kg
Ex.
Ex.
7227.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7228.30.01
En aceros grado herramienta.
Kg
Ex.
Ex.
7228.70.01
Perfiles.
Kg
Ex.
Ex.
7304.19.01
Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 4 mm sin exceder de 19.5 mm.
Kg
5
Ex.
7304.19.02
Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm.
Kg
5
Ex.
7304.19.03
Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior igual o superior a 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 9.52 mm sin exceder de 31.75 mm.
Kg
5
Ex.
7304.19.04
Tubos laminados en frío, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en frío barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.
Kg
5
Ex.
7304.19.05
Tubos semiterminados o esbozos para uso exclusivo de empresas fabricantes de tubería estirada en frío.
Kg
Ex.
Ex.
7304.19.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7304.23.01
Tubos de perforación ("Drill pipe"), laminados en caliente, con diámetro exterior igual o superior a 60.3 mm sin exceder de 168.3 mm, con extremos roscados.
Kg
Ex.
Ex.
7304.23.02
Con diámetro exterior inferior o igual a 35.6 mm y espesor de pared igual o superior a 3.3 mm sin exceder de 3.5 mm, con recalcado exterior.
Kg
Ex.
Ex.
7304.23.03
Tubos semiterminados para la fabricación de tubos de perforación ("Drill pipe"), laminados en caliente, con diámetro exterior igual o superior a 60.3 mm sin exceder de 168.3 mm, sin roscar.
Kg
Ex.
Ex.
7304.23.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7304.29.01
Tubos de entubación ("Casing"), laminados en caliente, con extremos roscados, de diámetro exterior igual o superior a 114.3 mm sin exceder de 346.1 mm.
Kg
5
Ex.
7304.29.02
Tubos de entubación ("Casing"), laminados en caliente, con extremos roscados, de diámetro exterior igual o superior a 460.4 mm sin exceder de 508 mm.
Kg
5
Ex.
7304.29.03
Tubos de entubación ("Casing"), laminados en caliente, sin roscar, de diámetro exterior igual o superior a 114.3 mm sin exceder de 346.1 mm.
Kg
5
Ex.
7304.29.04
Tubos de entubación ("Casing"), laminados en caliente, sin roscar, de diámetro exterior igual o superior a 460.4 mm sin exceder de 508 mm.
Kg
5
Ex.
7304.29.05
Tubos de producción ("Tubing"), laminados en caliente, roscados, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm.
Kg
5
Ex.
7304.29.06
Tubos de producción ("Tubing"), laminados en caliente, sin roscar, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm.
Kg
5
Ex.
7304.29.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7304.31.01
Tubos llamados "mecánicos" o "estructurales", sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.
Kg
5
Ex.
7304.31.02
Barras huecas de diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.31.03
Barras huecas con diámetro exterior superior a 50 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.31.04
Serpentines.
Kg
Ex.
Ex.
7304.31.05
Tubos aletados o con birlos.
Kg
Ex.
Ex.
7304.31.06
De acero al carbono, con diámetro superior a 120 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.31.07
Conducciones forzadas, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
Kg
Ex.
Ex.
7304.31.08
Tubos de sondeo.
Kg
Ex.
Ex.
7304.31.09
Tubos semiterminados o esbozos, cuyo diámetro exterior sea de 38.1 mm o 57.7 mm, con tolerancia de ±1%, para uso exclusivo de empresas fabricantes de tubería.
Kg
Ex.
Ex.
7304.31.10
Tubos llamados "térmicos" o de "conducción", sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.
Kg
5
Ex.
7304.31.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7304.39.01
Tubos llamados "mecánicos" o "estructurales", laminados en caliente, sin recubrimiento o trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados "mecánicos" o "estructurales" laminados en caliente, laqueados o barnizados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm, y espesor de pared igual o superior a 4 mm sin exceder de 19.5 mm.
Kg
5
Ex.
7304.39.02
Tubos llamados "mecánicos" o "estructurales", laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados "mecánicos" o "estructurales", laminados en caliente, laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 355.6 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm.
Kg
5
Ex.
7304.39.03
Barras huecas laminadas en caliente, con diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm, así como las de diámetro exterior superior a 300 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.39.04
Barras huecas laminadas en caliente, de diámetro exterior superior a 50 mm sin exceder de 300 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.39.05
Tubos llamados "térmicos" o de "conducción", sin recubrimiento o trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados "térmicos" o de "conducción" laqueados o barnizados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 4 mm, sin exceder 19.5 mm.
Kg
5
Ex.
7304.39.06
Tubos llamados "térmicos" o de "conducción", sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados "térmicos" o de "conducción" laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm.
Kg
5
Ex.
7304.39.07
Tubos llamados "térmicos" o de "conducción", sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados "térmicos" o de "conducción" laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior o igual a 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 9.52 mm sin exceder de 31.75 mm.
Kg
5
Ex.
7304.39.08
Tubos aletados o con birlos.
Kg
5
Ex.
7304.39.09
Tubos semiterminados o esbozos, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior igual o superior a 20 mm sin exceder de 460 mm y espesor de pared igual o superior a 2.8 mm sin exceder de 35.4 mm, con extremos lisos, biselados, recalcados y/o con rosca y cople.
Kg
5
Ex.
7304.39.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7304.41.02
De diámetro exterior inferior a 19 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.01
Tubos llamados "mecánicos" o "estructurales", sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.02
Barras huecas de diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.03
Barras huecas de diámetro exterior superior a 50 mm sin exceder de 300 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.04
Serpentines.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.05
Tubos aletados o con birlos.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.07
Tubería para calderas, según las normas NOM-B-194 (ASME o ASTM-213) y NOM-B-181 (ASME o ASTM-335), excepto las series T2, T11, T12, T22, P1, P2, P11 y P22.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.08
Reconocibles para naves aéreas.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.09
Conducciones forzadas, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.10
Tubos semiterminados o esbozos de cualquier tipo de acero, cuyo diámetro exterior sea de 38.1 mm o 57.7 mm, o de aceros aleados cuyo diámetro exterior sea de 82.5 mm, 95 mm o 127 mm, con tolerancias de ±1% en todos los casos, para uso exclusivo de empresas fabricantes de tubería estirada en frío.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.11
Tubos llamados "térmicos" o de "conducción", sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.51.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7304.59.04
Barras huecas de diámetro exterior superior a 30 mm sin exceder de 50 mm, así como las de diámetro exterior superior a 300 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.59.05
Barras huecas de diámetro exterior superior a 50 mm sin exceder de 300 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7304.59.09
Tubos aletados o con birlos.
Kg
5
Ex.
7304.59.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7304.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7305.20.01
Con espesor de pared inferior a 50.8 mm.
Kg
5
Ex.
7305.31.02
De acero inoxidable con diámetro exterior superior a 1,220 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7305.31.03
Tubos aletados o con birlos.
Kg
5
Ex.
7305.31.04
Con paredes ranuradas de cualquier tipo o forma, aun cuando se presenten con recubrimientos anticorrosivos.
Kg
5
Ex.
7305.31.06
Conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
Kg
Ex.
Ex.
7305.39.03
Tubos aletados o con birlos.
Kg
5
Ex.
7305.39.05
Conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
Kg
Ex.
Ex.
7306.11.01
Soldados, de acero inoxidable.
Kg
5
Ex.
7306.19.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7306.21.01
Soldados, de acero inoxidable.
Kg
5
Ex.
7306.29.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7306.30.01
Galvanizados, excepto lo comprendido en la fracción 7306.30.02.
Kg
Ex.
Ex.
7306.30.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7306.50.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7306.61.01
De sección cuadrada o rectangular.
Kg
Ex.
Ex.
7307.93.01
Accesorios para soldar a tope.
Kg
Ex.
Ex.
7307.99.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7308.20.01
Torres reconocibles como concebidas exclusivamente para conducción de energía eléctrica.
Kg
5
Ex.
7308.90.02
Estructuras desarmadas consistentes en armaduras, columnas y sus placas de asiento, ménsulas, planchas de unión, tensores y tirantes, aun cuando se presenten con tuercas y demás partes para la construcción.
Kg
10
Ex.
7309.00.02
Tambores de acero al carbono, recubiertos interiormente con materias plásticas artificiales, con espesor de pared igual o superior a 1.5 mm.
Kg
5
Ex.
7309.00.03
Barriles o tambores, excepto lo comprendido en las fracciones 7309.00.01 y 7309.00.02.
Kg
5
Ex.
7310.10.02
Tambores estañados electrolíticamente en su interior, con capacidad superior a 200 l.
Pza
5
Ex.
7310.10.04
Tanques de lámina rolada embutida con membrana de polietileno y diafragma de hule, sin accesorios periféricos.
Pza
5
Ex.
7310.29.01
Barriles o tambores, excepto lo comprendido en la fracción 7310.29.05.
Kg
5
Ex.
7310.29.04
Cilíndricos, con tapa, recubiertos interiormente con barniz fenólico, con diámetro interior igual o superior a 280 mm sin exceder de 290 mm, altura igual o superior a 310 mm sin exceder de 330 mm, asa de alambre con asidera de plástico y arandela de caucho para cierre a presión.
Kg
5
Ex.
7312.10.01
Galvanizados, con diámetro mayor de 4 mm, constituidos por más de 5 alambres y con núcleos sin torcer de la misma materia, excepto los comprendidos en la fracción 7312.10.07.
Kg
Ex.
Ex.
7312.10.02
De acero sin galvanizar, cubierto por una capa de alambres acoplados de perfil "Z", con diámetro inferior o igual a 60 mm.
Kg
5
Ex.
7312.10.03
Cable flexible (cable Bowden) constituido por alambres de acero cobrizado enrollado en espiral sobre alma del mismo material, con diámetro inferior o igual a 5 mm.
Kg
5
Ex.
7312.10.05
De acero sin recubrimiento, con o sin lubricación, excepto los comprendidos en la fracción 7312.10.08.
Kg
5
Ex.
7312.10.06
Galvanizados, con diámetro inferior a 1.6 mm, constituidos por 9 o más filamentos de diámetro menor a 0.18 mm, trenzados en dirección S ó Z.
Kg
Ex.
Ex.
7312.10.07
Galvanizados, con un diámetro mayor a 4 mm pero inferior a 19 mm, constituidos por 7 alambres, lubricados o sin lubricar.
Kg
5
Ex.
7312.10.08
Sin galvanizar, de diámetro menor o igual a 19 mm, constituidos por 7 alambres.
Kg
5
Ex.
7312.10.09
Trenzados o torcidos, de longitud inferior a 500 m, provistos de aditamentos metálicos en sus extremos.
Kg
Ex.
Ex.
7312.10.10
Cables plastificados.
Kg
Ex.
Ex.
7312.10.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7312.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7313.00.01
Alambre de púas, de hierro o acero; alambre (simple o doble) y fleje, torcidos, incluso con púas, de hierro o acero, de los tipos utilizados para cercar.
Kg
10
Ex.
7314.19.01
De anchura inferior o igual a 50 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7314.19.03.
Kg
Ex.
Ex.
7314.19.02
De alambres de sección circular, excepto lo comprendido en las fracciones 7314.19.01 y 7314.19.03.
Kg
Ex.
Ex.
7314.19.03
Cincadas.
Kg
5
Ex.
7314.19.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7314.20.01
Redes y rejas, soldadas en los puntos de cruce, de alambre cuya mayor dimensión de la sección transversal sea superior o igual a 3 mm y con malla de superficie superior o igual a 100 cm².
Kg
5
Ex.
7314.31.01
Cincadas.
Kg
Ex.
Ex.
7314.39.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
7314.41.01
Cincadas.
Kg
Ex.
Ex.
7314.42.01
Revestidas de plástico.
Kg
5
Ex.
7314.49.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
7314.50.01
Chapas y tiras, extendidas (desplegadas).
Kg
Ex.
Ex.
7315.82.02
De peso inferior a 15 Kg por metro lineal, extendida, excepto lo comprendido en la fracción 7315.82.01.
Kg
Ex.
Ex.
7315.82.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
7315.89.02
De peso inferior a 15 Kg/m, excepto lo comprendido en la fracción 7315.89.01.
Kg
Ex.
Ex.
7315.89.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
7317.00.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
7318.15.04
Tornillos con diámetro inferior a 6.4 mm (1/4 pulgada) y longitud inferior a 50.8 mm (2 pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 7318.15.01, 7318.15.03 y 7318.15.10.
Kg
5
Ex.
7319.20.01
Alfileres de gancho (imperdibles).
Kg
10
Ex.
7319.30.01
Los demás alfileres.
Kg
10
Ex.
7319.90.01
Agujas de coser, zurcir o bordar.
Kg
5
Ex.
7319.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
7320.20.03
Con peso unitario superior a 30 gr, excepto para suspensión automotriz.
Kg
5
Ex.
7321.11.02
Las demás cocinas, excepto portátiles.
Pza
15
Ex.
7321.12.01
De combustibles líquidos.
Pza
15
Ex.
7321.19.01
Los demás, incluidos los aparatos de combustibles sólidos.
Pza
15
Ex.
7321.81.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
7321.82.01
Estufas o caloríferos.
Pza
15
Ex.
7321.82.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
7321.89.01
Los demás, incluidos los aparatos de combustibles sólidos.
Pza
15
Ex.
7321.90.01
Rosticeros accionados por motor eléctrico, reconocibles como concebidos exclusivamente para cocinas de uso doméstico.
Kg
15
Ex.
7322.11.01
Radiadores.
Kg
15
Ex.
7322.11.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7322.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7322.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7323.10.01
Lana de hierro o de acero; esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos.
Kg
15
Ex.
7323.91.01
Moldes.
Kg
15
Ex.
7323.91.02
Partes.
Kg
15
Ex.
7323.91.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7323.92.01
Moldes.
Kg
15
Ex.
7323.92.02
Artículos de cocina.
Kg
15
Ex.
7323.92.03
Partes.
Kg
15
Ex.
7323.92.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7323.93.01
Moldes.
Kg
15
Ex.
7323.93.02
Distribuidores de toallas.
Kg
15
Ex.
7323.93.03
Sifones automáticos (botellas para agua gaseosa).
Kg
15
Ex.
7323.93.04
Partes.
Kg
15
Ex.
7323.93.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7323.94.01
Moldes.
Kg
15
Ex.
7323.94.02
Distribuidores de toallas.
Kg
15
Ex.
7323.94.03
Artículos de cocina.
Kg
15
Ex.
7323.94.04
Partes.
Kg
15
Ex.
7323.94.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7323.99.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7324.10.01
Fregaderos (piletas de lavar) y lavabos, de acero inoxidable.
Kg
15
Ex.
7324.21.01
De fundición, incluso esmaltadas.
Kg
15
Ex.
7324.29.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
7324.90.01
Distribuidores de toallas.
Kg
15
Ex.
7324.90.02
Cómodos, urinales o riñoneras.
Kg
15
Ex.
7324.90.03
Partes.
Kg
15
Ex.
7324.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7326.90.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
7407.10.01
Barras.
Kg
5
Ex.
7407.21.01
Barras.
Kg
5
Ex.
7407.21.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7408.11.01
De sección transversal inferior o igual a 9.5 mm.
Kg
5
Ex.
7408.11.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7408.19.01
De cobre libres de oxígeno, con pureza igual o superior al 99.22%, de diámetro inferior o igual a 1 mm, con o sin recubrimiento de níquel, reconocibles para la fabricación de electrodos para cátodos de encendido de focos, tubos de descarga o tubos de rayos catódicos.
Kg
5
Ex.
7408.19.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7408.21.01
A base de cobre-cinc (latón).
Kg
5
Ex.
7408.22.01
A base de cobre-níquel (cuproníquel) de cualquier diámetro, o a base de cobre-níquel-cinc (alpaca) de diámetro superior o igual a 0.5 mm.
Kg
5
Ex.
7408.22.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7408.29.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7409.11.01
Enrolladas.
Kg
5
Ex.
7409.21.01
Enrolladas.
Kg
5
Ex.
7409.31.01
Enrolladas.
Kg
5
Ex.
7409.40.01
De aleaciones a base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca).
Kg
5
Ex.
7411.10.01
Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.10.03.
Kg
5
Ex.
7411.21.01
Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7411.21.03 y 7411.21.05.
Kg
5
Ex.
7411.21.05
Sin costura, con espesor de pared igual o superior a 0.20 mm pero inferior o igual a 0.40 mm, para instalaciones sanitarias.
Kg
5
Ex.
7411.22.01
Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.22.03.
Kg
5
Ex.
7411.22.02
Con espesor de pared superior a 3 mm, sin exceder de 15 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.22.03.
Kg
5
Ex.
7411.29.01
Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7411.29.03.
Kg
5
Ex.
7412.10.01
De cobre refinado.
Kg
5
Ex.
7412.20.01
De aleaciones de cobre.
Kg
5
Ex.
7413.00.01
Con alma de hierro.
Kg
5
Ex.
7413.00.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7418.11.01
Esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos.
Kg
15
Ex.
7418.19.01
Aparatos no eléctricos de cocción o de calefacción, de uso doméstico, y sus partes.
Kg
15
Ex.
7418.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7418.20.01
Artículos de higiene o tocador, y sus partes.
Kg
15
Ex.
7419.91.01
Terminales para cables.
Kg
15
Ex.
7419.91.02
Accesorios para tendidos aéreos eléctricos.
Kg
15
Ex.
7419.91.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
7419.99.01
Terminales para cables.
Kg
15
Ex.
7419.99.02
Accesorios para tendidos aéreos eléctricos.
Kg
15
Ex.
7604.10.02
Perfiles.
Kg
5
Ex.
7604.10.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7605.11.01
Con pureza mínima de 99.5% de aluminio y diámetro igual o superior a 9 mm, para la fabricación de conductores eléctricos.
Kg
5
Ex.
7605.11.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7605.19.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7605.21.01
Con un contenido en peso de: 0.7% de hierro, 0.4 a 0.8% de silicio, 0.15 a 0.40% de cobre, 0.8 a 1.2% de magnesio, 0.04 a 0.35% de cromo, además de los otros elementos.
Kg
5
Ex.
7605.21.02
De aleación 5056.
Kg
5
Ex.
7605.21.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7605.29.01
Con un contenido en peso de: 0.7% de hierro, 0.4 a 0.8% de silicio, 0.15 a 0.40% de cobre, 0.8 a 1.2% de magnesio, 0.04 a 0.35% de cromo, además de los otros elementos.
Kg
5
Ex.
7605.29.02
De la aleación A2011TD, según Norma JIS-H-4040, o sus equivalentes.
Kg
5
Ex.
7605.29.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7606.11.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7606.12.03
Anodizadas, en rollos, excepto las comprendidas en la fracción 7606.12.01.
Kg
5
Ex.
7606.12.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7607.11.01
Simplemente laminadas.
Kg
5
Ex.
7607.19.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7610.10.01
Puertas y ventanas, y sus marcos, contramarcos y umbrales.
Kg
15
Ex.
7610.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7611.00.01
Depósitos, cisternas, cubas y recipientes similares para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de aluminio, de capacidad superior a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo.
Pza
15
Ex.
7612.10.01
Envases tubulares flexibles.
Pza
15
Ex.
7612.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
7613.00.01
Recipientes para gas comprimido o licuado, de aluminio.
Pza
10
Ex.
7614.10.01
Con alma de acero.
Kg
5
Ex.
7614.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
7615.11.01
Esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos.
Kg
15
Ex.
7615.19.01
Ollas de presión.
Kg
15
Ex.
7615.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7615.20.01
Artículos de higiene o tocador, y sus partes.
Kg
15
Ex.
7616.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7616.91.01
Telas metálicas, redes y rejas, de alambre de aluminio.
Kg
15
Ex.
7616.99.01
Accesorios para tendidos aéreos eléctricos.
Kg
5
Ex.
7616.99.06
Agujas para tejer a mano.
Kg
15
Ex.
7616.99.07
Ganchillos para tejer a mano.
Kg
15
Ex.
7616.99.13
Escaleras.
Kg
15
Ex.
7616.99.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
8007.00.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
8108.90.01
Canastillas, bastidores ("Racks") y serpentines.
Kg
10
Ex.
8201.10.01
Layas.
Pza
15
Ex.
8201.10.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8201.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8201.30.01
Rastrillos.
Pza
15
Ex.
8201.30.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8201.40.01
Hachas, hocinos y herramientas similares con filo.
Pza
15
Ex.
8201.50.01
Tijeras de podar (incluidas las de trinchar aves), para usar con una sola mano.
Pza
15
Ex.
8201.60.01
Cizallas para setos, tijeras de podar y herramientas similares, para usar con las dos manos.
Pza
15
Ex.
8201.90.01
Hoces.
Pza
15
Ex.
8201.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8202.10.01
Serruchos (serrotes).
Kg
15
Ex.
8202.10.04
Sierras con marco o de arco (arcos con segueta, "arcos para seguetas").
Kg
15
Ex.
8202.10.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8202.31.01
Con diámetro exterior inferior o igual a 800 mm.
Kg
15
Ex.
8202.39.01
Con diámetro inferior o igual a 800 mm, excepto lo comprendido en la fracción 8202.39.02.
Kg
15
Ex.
8202.39.99
Las demás.
Kg
10
Ex.
8202.99.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
8203.10.01
Limas, con peso inferior o igual a 22 g.
Pza
15
Ex.
8203.10.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8203.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8203.30.01
Cizallas para metales y herramientas similares.
Pza
15
Ex.
8203.40.02
Cortatubos.
Pza
15
Ex.
8203.40.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8204.11.01
Llaves de palanca y de martillo rotativo (matraca), excepto lo comprendido en la fracción 8204.11.02.
Kg
15
Ex.
8204.11.02
Con longitud igual o inferior a 610 mm, para tubos.
Kg
15
Ex.
8204.11.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8204.12.02
Llaves de ajuste con longitud igual o inferior a 785 mm, para tubos.
Kg
15
Ex.
8204.12.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8204.20.01
Con mango.
Kg
15
Ex.
8204.20.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8205.10.02
Manerales para aterrajar, aun cuando se presenten con sus dados (terrajas).
Pza
15
Ex.
8205.10.03
Berbiquíes.
Pza
15
Ex.
8205.10.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8205.20.01
Martillos y mazas.
Pza
15
Ex.
8205.30.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8205.40.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8205.51.01
Abrelatas.
Pza
15
Ex.
8205.51.02
Destapadores mecánicos, para cañerías.
Pza
5
Ex.
8205.51.03
Planchas a gas, para ropa.
Pza
15
Ex.
8205.51.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8205.59.01
Punzones.
Pza
15
Ex.
8205.59.02
Paletas (cucharas) de albañil.
Pza
15
Ex.
8205.59.03
Espátulas.
Pza
15
Ex.
8205.59.04
Alcuzas (aceiteras).
Pza
15
Ex.
8205.59.06
Cortavidrios.
Pza
15
Ex.
8205.59.07
Avellanadoras o expansores para tubos.
Pza
15
Ex.
8205.59.11
Aparatos o herramientas tipo pistola, impulsados por cartuchos detonantes, para incrustar o remachar taquetes, pernos o clavos.
Pza
15
Ex.
8205.59.12
Remachadoras.
Pza
15
Ex.
8205.59.13
Extractores de poleas o de rodamientos.
Pza
5
Ex.
8205.59.14
Compresores para colocar anillos de pistones.
Pza
5
Ex.
8205.59.17
Atadores o precintadores.
Pza
15
Ex.
8205.59.18
Llanas.
Pza
15
Ex.
8205.59.19
Cinceles y cortafríos.
Pza
15
Ex.
8205.59.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8205.60.01
Lámparas de soldar.
Pza
15
Ex.
8205.60.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8205.70.01
Tornillos de banco.
Pza
15
Ex.
8205.70.02
Prensas de sujeción.
Pza
15
Ex.
8205.70.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8205.80.01
Amoladoras o esmeriladoras de pedal o de palanca (muelas con bastidor).
Pza
15
Ex.
8205.80.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8205.90.01
Juegos de artículos de dos o más de las subpartidas anteriores.
Kg
15
Ex.
8206.00.01
Herramientas de dos o más de las partidas 82.02 a 82.05, acondicionadas en juegos para la venta al por menor.
Kg
15
Ex.
8207.90.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8210.00.01
Aparatos mecánicos accionados a mano de peso inferior o igual a 10 kg, utilizados para preparar, acondicionar o servir alimentos o bebidas.
Pza
15
Ex.
8211.10.01
Surtidos.
Kg
15
Ex.
8211.91.01
Cuchillos de mesa de hoja fija.
Pza
15
Ex.
8211.92.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8211.93.01
Cuchillos, excepto los de hoja fija, incluidas las navajas de podar.
Pza
15
Ex.
8211.94.01
Hojas.
Pza
15
Ex.
8211.95.01
Mangos de metal común.
Pza
15
Ex.
8212.10.01
Navajas de barbero.
Pza
5
Ex.
8212.10.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8212.20.01
Hojas para maquinillas de afeitar, incluidos los esbozos en fleje.
Pza
15
Ex.
8212.90.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
8213.00.01
Tijeras y sus hojas.
Pza
15
Ex.
8214.10.01
Sacapuntas.
Kg
15
Ex.
8214.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8214.20.01
Juegos de manicure.
Kg
15
Ex.
8214.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8214.90.01
Máquinas de cortar el pelo.
Pza
5
Ex.
8214.90.04
Mangos de metales comunes.
Pza
15
Ex.
8214.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8215.10.01
Surtidos que contengan por lo menos un objeto plateado, dorado o platinado.
Kg
15
Ex.
8215.20.01
Los demás surtidos.
Kg
15
Ex.
8215.91.01
Plateados, dorados o platinados.
Pza
15
Ex.
8215.99.01
Mangos de metales comunes.
Pza
15
Ex.
8215.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8301.10.01
Candados.
Pza
15
Ex.
8301.20.01
Tapones para tanque de gasolina.
Kg
15
Ex.
8301.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8301.30.01
Cerraduras de los tipos utilizados en muebles.
Kg
15
Ex.
8301.40.01
Las demás cerraduras; cerrojos.
Pza
15
Ex.
8301.50.01
Monturas cierre de aleación de magnesio, con cerradura incorporada.
Kg
5
Ex.
8301.50.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8301.70.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
8302.10.01
Con mecanismos de resortes, excepto lo comprendido en la fracción 8302.10.02.
Kg
15
Ex.
8302.10.02
Para vehículos automóviles.
Kg
15
Ex.
8302.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8302.20.01
Para muebles.
Kg
15
Ex.
8302.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8302.30.01
Las demás guarniciones, herrajes y artículos similares, para vehículos automóviles.
Kg
15
Ex.
8302.41.01
Herrajes para cortinas venecianas.
Kg
15
Ex.
8302.41.02
Cortineros.
Kg
15
Ex.
8302.41.03
Fallebas u otros mecanismos similares.
Kg
15
Ex.
8302.41.04
Cerraduras sin llave, picaportes o pasadores.
Kg
15
Ex.
8302.41.05
Dispositivos compensadores para la sujeción de ventanas de guillotina.
Kg
15
Ex.
8302.41.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8302.42.01
Cerraduras sin llave, picaportes o pasadores.
Kg
15
Ex.
8302.42.02
Reconocibles como concebidas exclusivamente para asientos, incluso los transformables en camas.
Kg
15
Ex.
8302.42.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8302.49.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8302.50.01
Colgadores, perchas, soportes y artículos similares.
Kg
15
Ex.
8302.60.01
Cierrapuertas automáticos.
Kg
15
Ex.
8303.00.01
Cajas de caudales, puertas blindadas y compartimientos para cámaras acorazadas, cofres y cajas de seguridad y artículos similares, de metal común.
Pza
15
Ex.
8304.00.01
Porta papel movible y graduable, para copia directa del mecanógrafo.
Kg
15
Ex.
8304.00.02
Ficheros de índice visible.
Kg
15
Ex.
8304.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8305.10.01
Mecanismos para encuadernación de hojas intercambiables o para clasificadores.
Kg
15
Ex.
8305.20.01
Grapas en tiras.
Kg
15
Ex.
8305.90.01
Clips u otros sujetadores.
Kg
15
Ex.
8305.90.02
Herrajes de 6 argollas con longitud de 13.0 cm o de 19.0 cm, con o sin gatillo, incluyendo las bases curvas para sujetarlos.
Kg
5
Ex.
8305.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8306.10.01
Campanas, campanillas, gongos y artículos similares.
Pza
15
Ex.
8306.21.01
Plateados, dorados o platinados.
Pza
15
Ex.
8306.29.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8306.30.01
Marcos para fotografías, grabados o similares; espejos.
Pza
15
Ex.
8307.10.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8307.90.01
De los demás metales comunes.
Kg
5
Ex.
8308.10.01
Broches.
Kg
10
Ex.
8308.10.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8308.20.01
Remaches tubulares o con espiga hendida.
Kg
10
Ex.
8308.90.01
Los demás, incluidas las partes.
Kg
10
Ex.
8309.10.01
Tapas corona.
Kg
5
Ex.
8309.90.02
Tapones sin cerradura, para tanques de gasolina.
Kg
15
Ex.
8309.90.04
Sellos o precintos.
Kg
15
Ex.
8309.90.05
Cápsulas para botellas, excepto lo comprendido en la fracción 8309.90.06.
Kg
15
Ex.
8309.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8310.00.01
Emblemas o monogramas para vehículos automóviles.
Kg
15
Ex.
8310.00.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8311.10.01
De hierro o de acero.
Kg
5
Ex.
8311.10.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8311.30.01
De hierro o acero.
Kg
5
Ex.
8311.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8402.11.01
Calderas acuotubulares con una producción de vapor superior a 45 t por hora.
Kg
15
Ex.
8402.12.01
Calderas acuotubulares con una producción de vapor inferior o igual a 45 t por hora.
Kg
15
Ex.
8402.19.01
Para generación de vapor de agua.
Kg
15
Ex.
8402.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8402.20.01
Calderas denominadas "de agua sobrecalentada".
Kg
15
Ex.
8403.10.01
Calderas.
Pza
15
Ex.
8405.10.02
Generadores de atmósferas, sean oxidantes, reductoras o neutras, para tratamiento térmico de los metales.
Pza
15
Ex.
8405.10.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8406.10.01
Con potencia inferior o igual a 4,000 C.P.
Pza
15
Ex.
8406.82.01
De potencia inferior o igual a 2.95 MW (4,000 C.P.).
Pza
15
Ex.
8407.29.01
Con potencia inferior o igual a 600 C.P.
Pza
5
Ex.
8407.31.01
Para acoplarse en bicicletas, con potencia hasta 1.5 C.P. y con peso unitario igual o inferior a 6 kg.
Pza
5
Ex.
8407.32.02
Para acoplarse en bicicletas, con potencia hasta 1.5 C.P. y con peso unitario inferior a 6 kg.
Pza
5
Ex.
8408.10.01
Con potencia igual o inferior a 600 C.P.
Pza
5
Ex.
8408.90.01
Con potencia igual o inferior a 960 C.P.
Pza
5
Ex.
8408.90.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8409.91.02
Pistones, camisas, anillos o válvulas, aun cuando se presenten en juegos ("kits"), excepto lo comprendido en las fracciones 8409.91.05 y 8409.91.07.
Kg
5
Ex.
8409.91.05
Pistones (émbolos) de aluminio, con diámetro exterior igual o superior a 58 mm, sin exceder de 140.0 mm.
Kg
5
Ex.
8409.91.11
Cárteres.
Kg
5
Ex.
8409.99.03
Pistones, camisas, anillos o válvulas, aun cuando se presenten en juegos ("kits") excepto lo comprendido en las fracciones 8409.99.02, 8409.99.04 y 8409.99.06.
Kg
5
Ex.
8409.99.05
Bielas o portabielas.
Kg
5
Ex.
8409.99.11
Reconocibles como concebidas exclusivamente para inyectores de combustible diesel.
Kg
5
Ex.
8409.99.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
8412.31.01
De aire, reconocibles como concebidos exclusivamente para bombas neumáticas.
Pza
15
Ex.
8412.80.01
Motores de viento.
Pza
15
Ex.
8413.11.01
Distribuidoras con dispositivo medidor, aun cuando presenten mecanismo totalizador.
Pza
15
Ex.
8413.11.99
Las demás.
Pza
10
Ex.
8413.19.01
Distribuidoras con dispositivo medidor, aun cuando se presenten con mecanismo totalizador, excepto lo comprendido en la fracción 8413.19.02.
Pza
15
Ex.
8413.19.03
Medidoras, de engranes.
Pza
15
Ex.
8413.20.01
Bombas manuales, excepto las de las subpartidas 8413.11 u 8413.19.
Pza
15
Ex.
8413.30.01
Para inyección de diesel.
Pza
5
Ex.
8413.30.03
Para gasolina.
Pza
5
Ex.
8413.50.02
Para albercas.
Pza
5
Ex.
8413.60.01
Sumergibles, con tubería de descarga de diámetro interior igual o superior a 63 mm, sin exceder de 610 mm.
Pza
15
Ex.
8413.60.04
Hidráulicas de paletas, para presión inferior o igual a 217 kg/cm² (210 atmósferas).
Pza
15
Ex.
8413.60.06
Para albercas.
Pza
5
Ex.
8413.70.02
Extractoras o recirculatorias de agua, reconocibles como concebidas exclusivamente para aparatos acondicionadores de aire.
Pza
5
Ex.
8413.70.03
Sumergibles, con tubería de descarga de diámetro interior igual o superior a 63 mm, sin exceder de 610 mm.
Pza
15
Ex.
8413.70.04
Motobombas sumergibles.
Pza
15
Ex.
8413.70.06
Bombas de tipo centrífugo para manejo de petróleo y sus derivados.
Pza
15
Ex.
8413.70.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8413.81.01
De caudal variable, aun cuando tengan servomotor.
Pza
15
Ex.
8413.81.02
De accionamiento neumático, incluso con depósito, con o sin base rodante, para lubricantes.
Pza
15
Ex.
8413.81.03
Para albercas.
Pza
5
Ex.
8413.91.04
Reconocibles como concebidas exclusivamente para bombas de inyección de diesel, excepto lo comprendido en la fracción 8413.91.11.
Kg
5
Ex.
8414.20.01
Bombas de aire, de mano o pedal.
Pza
10
Ex.
8414.30.01
Motocompresores, excepto lo comprendido en las fracciones 8414.30.04, 8414.30.07, 8414.30.08, 8414.30.09 y 8414.30.10.
Pza
15
Ex.
8414.30.02
Denominados abiertos, excepto lo comprendido en la fracción 8414.30.06.
Pza
15
Ex.
8414.30.05
Rotativos, de segunda etapa de compresión, con un desplazamiento volumétrico de hasta 15 m3 por minuto, para ser utilizados en sistemas de refrigeración de baja temperatura.
Pza
15
Ex.
8414.30.09
Motocompresores herméticos con potencia superior a 1/28 C.P., sin exceder de 1/22 C.P., excepto lo comprendido en la fracción 8414.30.10.
Pza
15
Ex.
8414.30.10
Motocompresores herméticos con potencia inferior a 1 C.P., de un mínimo de 4.9 de eficiencia energética (BTU/WH) y capacidad máxima de 750 BTU/h.
Pza
15
Ex.
8414.30.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8414.40.01
Compresores o motocompresores, con capacidad hasta 31.5 m3 por minuto y presión de aire hasta 17.6 kg/cm².
Pza
15
Ex.
8414.40.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8414.51.02
Ventiladores anticondensantes de 12 v, corriente directa.
Pza
15
Ex.
8414.51.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8414.59.01
Ventiladores de uso doméstico.
Pza
15
Ex.
8414.59.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8414.60.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8414.80.06
Motocompresores integrales, de 4 o más cilindros motrices.
Pza
15
Ex.
8414.80.07
Compresores de cloro.
Pza
5
Ex.
8414.80.08
Bombas de aire, de dos impulsores rotativos, con capacidad de 2.0 a 48.5 m3, por minuto.
Pza
15
Ex.
8414.80.10
Enfriadores circulares para hornos de sinterización.
Pza
15
Ex.
8415.20.01
De los tipos utilizados en vehículos automóviles para sus ocupantes.
Pza
5
Ex.
8415.81.01
Con equipo de enfriamiento y válvula de inversión del ciclo térmico (bombas reversibles de calor).
Pza
15
Ex.
8415.83.01
Sin equipo de enfriamiento.
Pza
10
Ex.
8416.10.99
Las demás.
Pza
10
Ex.
8416.20.99
Las demás.
Pza
10
Ex.
8416.30.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8417.10.03
Para fusión, calentamiento, recalentamiento y/o tratamiento térmico de metales, excepto lo comprendido en las fracciones 8417.10.04 y 8417.10.05.
Pza
15
Ex.
8417.20.01
Por aceite diesel.
Pza
15
Ex.
8417.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8417.80.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8418.29.01
De absorción, eléctricos.
Pza
15
Ex.
8418.29.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8418.30.01
De absorción, eléctricos, con peso unitario inferior o igual a 200 kg.
Pza
15
Ex.
8418.30.02
De absorción o compresión con peso unitario superior a 200 kg.
Pza
15
Ex.
8418.30.04
De compresión, con peso unitario inferior o igual a 200 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8418.30.03.
Pza
15
Ex.
8418.30.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8418.40.01
De absorción, eléctricos, con peso unitario igual o inferior a 200 kg.
Pza
15
Ex.
8418.40.02
De absorción, con peso unitario superior a 200 kg.
Pza
15
Ex.
8418.40.03
De compresión, de uso doméstico.
Pza
15
Ex.
8418.40.04
De compresión, excepto de uso doméstico.
Kg
15
Ex.
8418.40.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8418.50.01
Vitrinas refrigeradoras, de compresión, con su equipo de refrigeración aun cuando no esté incorporado, de peso unitario superior a 200 kg, para autoservicio.
Pza
15
Ex.
8418.50.02
Unidades surtidoras de bebidas carbonatadas, con equipo de refrigeración incorporado.
Pza
10
Ex.
8418.50.03
Aparatos surtidores de agua refrigerada, incluso con gabinete de refrigeración incorporado, con o sin depósito (por ejemplo, un botellón), aunque puedan conectarse a una tubería, (por ejemplo, despachadores).
Pza
15
Ex.
8418.50.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8418.61.02
Reconocibles como concebidas exclusivamente para unidades de transporte marítimo de productos perecederos, comprendiendo: compresor, evaporador y condensador.
Pza
15
Ex.
8418.61.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8418.69.01
Grupos frigoríficos de absorción, excepto lo comprendido en las fracciones 8418.69.02 y 8418.69.03.
Pza
15
Ex.
8418.69.02
Grupos frigoríficos de absorción, reconocibles como concebidos exclusivamente para unidades de transporte marítimo de productos perecederos, comprendiendo: hervidor, evaporador y condensador.
Pza
15
Ex.
8418.69.03
Grupos frigoríficos de absorción, no eléctricos, con peso unitario inferior o igual a 200 kg.
Pza
15
Ex.
8418.69.04
Grupos frigoríficos de compresión, excepto lo comprendido en las fracciones 8418.69.05 y 8418.69.06.
Pza
15
Ex.
8418.69.06
Grupos frigoríficos de compresión, reconocibles como concebidos exclusivamente para unidades de transporte marítimo de productos perecederos, comprendiendo: compresor, evaporador y condensador.
Pza
15
Ex.
8418.69.08
Unidades condensadoras con compresor abierto para gases halogenados, sin motor, montadas sobre una base común.
Pza
15
Ex.
8418.69.09
Máquinas o aparatos para producir nieve carbónica.
Pza
15
Ex.
8418.69.12
Cámaras frigoríficas desarmadas en páneles, con grupo eléctrico de refrigeración para ser incorporado en las mismas.
Pza
15
Ex.
8418.69.13
Instalaciones frigoríficas (unidades funcionales), excepto lo comprendido en las fracciones 8418.69.14, 8418.69.15, 8418.69.16 y 8418.69.17.
Pza
15
Ex.
8418.69.14
Plantas para la elaboración de hielo, excepto lo comprendido en las fracciones 8418.69.15, 8418.69.16 y 8418.69.17.
Pza
15
Ex.
8418.69.15
Plantas automáticas para la producción de hielo en cubos, escamas u otras formas, con capacidad superior a 4,000 kg, cada 24 horas.
Pza
15
Ex.
8418.69.16
Plantas para la producción de hielo en cubos u otras formas, con capacidad inferior o igual a 200 kg, cada 24 horas.
Pza
15
Ex.
8418.69.17
Plantas automáticas para la producción de hielo en escamas, con capacidad igual o inferior a 4,000 kg, cada 24 horas, excepto lo comprendido en la fracción 8418.69.16.
Pza
15
Ex.
8418.69.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8419.11.01
De calentamiento instantáneo, de gas.
Pza
10
Ex.
8419.19.01
De uso doméstico.
Pza
10
Ex.
8419.31.02
De granos.
Pza
15
Ex.
8419.31.03
Discontinuos de charolas.
Pza
15
Ex.
8419.31.04
Túneles, de banda continua.
Pza
15
Ex.
8419.31.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8419.40.04
Columnas para la destilación fraccionada del aire.
Pza
5
Ex.
8419.50.02
Recipientes calentadores o enfriadores, de doble pared o doble fondo con dispositivos para la circulación del fluido calentador o enfriador.
Pza
5
Ex.
8419.50.03
Cambiadores o intercambiadores de temperatura con serpentines tubulares, excepto lo comprendido en la fracción 8419.50.05.
Pza
5
Ex.
8419.50.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8419.81.01
Cafeteras.
Pza
15
Ex.
8419.81.02
Aparatos para tratamiento al vapor.
Pza
15
Ex.
8419.81.03
Cocedores a vacío, freidores o sartenes con capacidad igual o superior a 58 l, incluso con mecanismo de volteo.
Pza
15
Ex.
8419.89.02
Esterilizadores o enfriadores, rotativos o continuos tipo atmosférico, para frutas, hortalizas o alimentos envasados, con peso unitario superior a 100 kg.
Pza
15
Ex.
8419.89.03
Torres de enfriamiento.
Pza
15
Ex.
8419.89.09
Para hacer helados.
Pza
15
Ex.
8419.89.10
Cubas de fermentación.
Pza
15
Ex.
8419.89.11
Desodorizadores semicontinuos.
Pza
5
Ex.
8419.89.15
Aparatos de torrefacción.
Pza
15
Ex.
8419.89.17
Calentador para líquido térmico con o sin bomba para la circulación de fluido, con un rango de temperatura de 150°C a 375°C.
Pza
15
Ex.
8419.89.18
Máquinas para escaldar o enfriar aves.
Pza
15
Ex.
8419.89.19
Marmitas.
Pza
15
Ex.
8421.12.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8421.19.01
Turbinadoras para el refinado del azúcar.
Pza
15
Ex.
8421.19.03
Centrífugas con canasta de eje de rotación vertical.
Pza
15
Ex.
8421.21.03
Para albercas.
Pza
5
Ex.
8421.21.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8421.23.01
Para filtrar lubricantes o carburantes en los motores de encendido por chispa o por compresión.
Kg
5
Ex.
8421.29.01
Purificadores de líquidos o desaereadores, excepto lo comprendido en las fracciones 8421.29.02 y 8421.29.06.
Pza
5
Ex.
8421.29.03
Depuradores ciclón.
Kg
15
Ex.
8421.31.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8421.39.01
Depuradores ciclón.
Kg
15
Ex.
8421.39.04
Purificadores de aire, sin dispositivos que modifiquen temperatura y/o humedad, reconocibles como concebidos exclusivamente para campanas aspirantes de uso doméstico.
Kg
15
Ex.
8421.39.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
8422.19.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8422.20.01
Para limpiar botellas y otros recipientes, excepto lo comprendido en las fracciones 8422.20.02 y 8422.20.03.
Pza
15
Ex.
8422.20.02
Para lavar botellas de vidrio, cuya capacidad sea de 3 ml a 20 l.
Pza
5
Ex.
8422.30.08
Envasadoras rotativas de frutas.
Pza
5
Ex.
8422.40.02
De peso unitario igual o inferior a 100 kg, para introducir en cajas envases metálicos.
Pza
15
Ex.
8423.10.01
De personas, incluidos los pesabebés.
Pza
15
Ex.
8423.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8423.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8423.30.01
Dosificadores o comprobadoras que funcionen por medio de peso patrón.
Pza
15
Ex.
8423.30.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8423.81.01
Con capacidad inferior o igual a 30 kg excepto lo comprendido en la fracción 8423.81.02.
Pza
15
Ex.
8423.81.02
De funcionamiento electrónico.
Pza
15
Ex.
8423.82.01
Con capacidad superior a 30 kg pero inferior o igual a 5,000 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8423.82.02.
Pza
15
Ex.
8423.82.02
De funcionamiento electrónico.
Pza
15
Ex.
8423.89.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8424.10.02
Con capacidad igual o inferior a 24 kg.
Pza
15
Ex.
8424.20.01
Pulverizadores, espolvoreadores, esparcidores o aspersores.
Pza
15
Ex.
8424.30.02
Pulverizadores, espolvoreadores, esparcidores o aspersores, excepto lo comprendido en la fracción 8424.30.01.
Pza
15
Ex.
8424.30.04
Pistolas o inyectores de lodos, aun cuando se presenten con sus mangueras de cementación y circulación, reconocibles para remover residuos y sedimentaciones en presas o tanques almacenadores de lodos en pozos petroleros.
Pza
15
Ex.
8424.30.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8425.11.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8425.19.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8425.31.01
Con capacidad hasta 5,000 kg.
Pza
15
Ex.
8425.31.02
Tornos para el ascenso y descenso de jaulas o montacargas en pozos de minas, o concebidos para el interior de las minas, con capacidad superior a 5,000 Kg.
Pza
5
Ex.
8425.39.01
Para elevadores o montacargas, accionados sin engranajes.
Pza
5
Ex.
8425.39.02
Para elevadores o montacargas accionados con engranajes.
Pza
5
Ex.
8425.39.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8425.41.01
Elevadores fijos para vehículos automóviles de los tipos utilizados en talleres.
Pza
15
Ex.
8425.42.01
Tipo patín, aun cuando se presenten sin ruedas, con una o más bombas integrales, de peso mayor a 12 kg y capacidad de carga hasta 12 t.
Pza
15
Ex.
8425.42.02
Tipo botella con bomba integral, de peso unitario igual o inferior a 20 kg y capacidad máxima de carga de 20 t.
Pza
15
Ex.
8425.49.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8426.12.01
Pórticos móviles sobre neumáticos y carretillas puente.
Pza
5
Ex.
8426.41.01
Grúas, con brazo de hierro estructural (celosía), de accionamiento mecánico, autopropulsadas con peso unitario hasta de 55 t, excepto lo comprendido en la fracción 8426.41.03.
Pza
5
Ex.
8426.41.02
Grúas, con brazo (aguilón) rígido, de accionamiento hidráulico, autopropulsadas, con capacidad de carga superior a 9.9 t sin exceder de 30 t.
Pza
5
Ex.
8426.91.03
Grúas elevadoras aisladas del tipo canastilla, con capacidad de carga hasta 1 tonelada y hasta 15 m de elevación.
Pza
5
Ex.
8426.99.03
Cargador frontal para montarse en tractores agrícolas (de rastrillo, cuchara de reja o de apilador).
Pza
5
Ex.
8426.99.04
Ademes caminantes.
Pza
15
Ex.
8427.10.01
Montacargas de carga frontal y unidad motriz trasera (denominado "counterbalance"), con capacidad de carga hasta 3,500 kg.
Pza
15
Ex.
8427.20.01
Carretilla con motor de explosión o combustión interna con capacidad de carga hasta 7,000 kg, medida a 620 mm de la cara frontal de las horquillas, excepto lo comprendido en la fracción 8427.20.04.
Pza
15
Ex.
8427.20.04
Montacargas de carga frontal y unidad motriz trasera (denominado "counterbalance"), con motor de explosión o combustión interna, con capacidad de carga hasta 7,000 kg.
Pza
15
Ex.
8427.20.99
Las demás.
Pza
5
Ex.
8427.90.01
Carros de transferencia (plataforma móvil o cambiador para los recolectores o apiladores de minerales).
Pza
15
Ex.
8427.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8428.10.01
Ascensores y montacargas.
Pza
15
Ex.
8428.20.02
Con dispositivo dosificador, excepto lo comprendido en la fracción 8428.20.01.
Pza
15
Ex.
8428.20.03
Para el manejo de documentos y valores.
Pza
15
Ex.
8428.40.01
Escaleras móviles incluso montadas sobre ruedas.
Pza
15
Ex.
8428.40.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8428.90.04
Brazos de carga marinos o terrestres (garzas marinas o terrestres), reconocibles para la carga o descarga de petróleo o sus derivados en navíos o carros tanque.
Pza
15
Ex.
8428.90.05
Escaleras electromecánicas.
Kg
15
Ex.
8428.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8429.20.01
Niveladoras.
Pza
15
Ex.
8429.51.02
Cargadores frontales, de accionamiento hidráulico, montados sobre ruedas, con capacidad igual o inferior a 335 C.P.
Pza
15
Ex.
8429.51.03
Palas mecánicas, excepto lo comprendido en la fracción 8429.51.01.
Pza
15
Ex.
8429.59.01
Zanjadoras.
Pza
15
Ex.
8429.59.02
Dragas, con capacidad de carga de arrastre hasta 4,000 kg.
Pza
15
Ex.
8429.59.05
Dragas o excavadoras, excepto lo comprendido en las fracciones 8429.59.02, 8429.59.03 y 8429.59.04.
Pza
15
Ex.
8430.10.01
Martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares.
Pza
5
Ex.
8430.20.01
Quitanieves.
Pza
10
Ex.
8430.39.01
Escudos de perforación.
Pza
5
Ex.
8430.50.01
Excavadoras, cargadores frontales de accionamiento hidráulico, con capacidad igual o inferior a 335 C.P.
Pza
15
Ex.
8430.50.02
Desgarradores.
Pza
15
Ex.
8430.50.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8430.61.01
Explanadoras (empujadoras).
Pza
15
Ex.
8430.61.02
Rodillos apisonadores o compactadores.
Pza
15
Ex.
8430.61.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8430.69.01
Retroexcavadoras de cucharón, de accionamiento hidráulico.
Pza
15
Ex.
8430.69.02
Dragas, excavadoras y palas mecánicas, montadas sobre vagón de neumáticos.
Pza
15
Ex.
8430.69.03
Zanjadoras, excepto lo comprendido en la fracción 8430.69.01.
Pza
15
Ex.
8430.69.04
Traíllas ("scrapers").
Pza
15
Ex.
8430.69.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8431.31.01
Para elevadores (ascensores).
Kg
5
Ex.
8433.11.01
Con motor, en las que el dispositivo de corte gire en un plano horizontal.
Pza
15
Ex.
8433.19.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8438.10.01
Artesas mecánicas, incluso con dispositivos de calentamiento o enfriamiento.
Pza
15
Ex.
8438.10.03
Automáticas para fabricar galletas.
Pza
15
Ex.
8438.10.04
Batidoras, reconocibles como concebidas exclusivamente para la industria de la panificación.
Pza
15
Ex.
8438.30.01
Cubas provistas de agitadores; desfibradores; trituradoras (desmenuzadoras), molinos.
Pza
15
Ex.
8438.50.06
Mezcladoras de carne, de peso unitario igual o inferior a 100 kg.
Pza
15
Ex.
8438.60.04
Peladoras de papas.
Pza
5
Ex.
8441.10.02
Guillotinas de accionamiento manual o de palanca.
Pza
15
Ex.
8442.50.01
Planchas trimetálicas preparadas.
Kg
15
Ex.
8442.50.03
Láminas (planchas flexibles) de aluminio, tratadas sin sensibilizar, para utilizarse en fotolitografía "offset".
Pza
5
Ex.
8443.13.01
Para oficina.
Pza
5
Ex.
8443.39.02
Aparatos de fotocopia electrostáticos, por procedimiento directo (reproducción directa del original) excepto lo comprendido en la fracción 8443.39.04.
Pza
15
Ex.
8443.39.05
Los demás aparatos de fotocopia de contacto.
Pza
15
Ex.
8443.39.06
Aparatos de termocopia.
Pza
15
Ex.
8450.12.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8450.19.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8451.21.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8452.10.01
Máquinas de coser, domésticas.
Pza
15
Ex.
8452.90.01
Reconocibles como concebidas exclusivamente para máquinas de coser domésticas.
Kg
5
Ex.
8457.30.02
Con mesa estática o pendular que realicen de manera alternativa o simultánea, dos o más operaciones, de peso unitario inferior o igual a 10,000 kg.
Pza
15
Ex.
8457.30.03
Con mesa de transferencia lineal o rotativa (máquinas "transfer") de peso unitario inferior o igual a 10,000 kg.
Pza
15
Ex.
8458.11.01
Paralelos universales, con distancia entre puntos hasta de 4.5 m y con capacidad de volteo hasta de 750 mm, de diámetro sobre la bancada.
Pza
15
Ex.
8458.19.01
Paralelos universales, con distancia entre puntos hasta de 4.5 m y con capacidad de volteo hasta de 750 mm de diámetro sobre la bancada.
Pza
15
Ex.
8459.40.01
Máquinas para la reconstrucción de culatas de motor de explosión o de combustión interna, de un husillo, con cabezal flotante o de mesa neumática y portapiezas basculante en dos ejes.
Pza
15
Ex.
8459.51.01
De control numérico.
Pza
15
Ex.
8461.50.02
Serradoras de disco o de cinta sinfín, excepto lo comprendido en la fracción 8461.50.01.
Pza
15
Ex.
8461.50.03
Serradoras hidráulicas alternativas, excepto lo comprendido en la fracción 8461.50.01.
Pza
15
Ex.
8461.90.03
Máquinas de cepillar, de codo para metales, con carrera máxima del carro hasta 350 mm, excepto lo comprendido en la fracción 8461.90.02.
Pza
15
Ex.
8462.10.01
Prensas hidráulicas con capacidad (de presión de trabajo) hasta 1,000 toneladas.
Pza
15
Ex.
8462.21.01
Enderezadoras de alambre o alambrón.
Pza
15
Ex.
8462.21.06
Dobladoras de tubos, accionadas con motor, para tubos con diámetro igual o inferior a 70 mm y espesor de pared igual o inferior a 6.5 mm.
Pza
15
Ex.
8462.21.07
Prensas mecánicas con capacidad inferior o igual a 200 t.
Pza
15
Ex.
8462.29.01
Enderezadoras de alambre o alambrón.
Pza
15
Ex.
8462.29.03
Prensas hidráulicas con capacidad (de presión de trabajo) hasta 1,000 t.
Pza
15
Ex.
8462.29.05
Dobladoras (plegadoras) de accionamiento mecánico, con motor.
Pza
15
Ex.
8462.29.06
Dobladoras de tubos accionadas con motor, para tubos con diámetro igual o inferior a 70 mm y espesor de pared igual o inferior a 6.5 mm.
Pza
15
Ex.
8462.29.07
Prensas mecánicas con capacidad inferior o igual a 200 t.
Pza
15
Ex.
8462.31.01
Cizallas o guillotinas; cortadoras de alambre o alambrón.
Pza
15
Ex.
8462.31.03
Prensas mecánicas con capacidad inferior o igual a 200 t.
Kg
15
Ex.
8462.39.01
Cizallas o guillotinas; cortadoras de alambre o alambrón.
Pza
15
Ex.
8462.39.03
Prensas mecánicas con capacidad inferior o igual a 200 toneladas.
Pza
15
Ex.
8462.49.01
Prensas hidráulicas con capacidad (de presión de trabajo) hasta 1,000 t.
Pza
15
Ex.
8462.49.02
Prensas mecánicas con capacidad inferior o igual a 200 t.
Pza
15
Ex.
8462.91.02
Con capacidad (de presión de trabajo) hasta 1,000 t, excepto lo comprendido en la fracción 8462.91.01.
Pza
15
Ex.
8462.99.04
Prensas mecánicas con capacidad inferior o igual a 200 t, excepto de doble montante, excepto lo comprendido en la fracción 8462.99.01.
Pza
15
Ex.
8465.91.01
De cinta sinfín, de disco o alternativas.
Pza
5
Ex.
8465.95.01
Taladradoras o escopleadoras.
Pza
15
Ex.
8465.99.02
Descortezadoras de rollizos.
Pza
5
Ex.
8466.10.03
Portatroqueles.
Kg
15
Ex.
8466.30.02
Cilindros neumáticos o hidráulicos reconocibles como concebidos exclusivamente para automatizar máquinas herramienta.
Kg
15
Ex.
8466.93.03
Reconocibles como concebidas exclusiva o principalmente para taladros de columna o banco con transmisión por bandas o engranados.
Kg
15
Ex.
8467.11.01
Perforadoras por rotación y percusión para roca.
Pza
15
Ex.
8467.19.01
Perforadoras por percusión para roca.
Pza
15
Ex.
8467.21.01
Taladros, con capacidad de entrada de 6.35, 9.52 o 12.70 mm.
Pza
15
Ex.
8467.21.02
Taladros, excepto lo comprendido en la fracción 8467.21.01.
Pza
5
Ex.
8467.21.03
Perforadoras por percusión y rotación (rotomartillos), con potencia inferior o igual a 1/2 C.P.
Pza
15
Ex.
8467.21.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8467.22.02
Sierras de disco con potencia del motor igual o inferior a 2.33 C.P.
Pza
5
Ex.
8467.22.03
Sierra caladora, con potencia inferior o igual a 0.4 C.P.
Pza
15
Ex.
8467.29.01
Esmeriladoras con un mínimo de 4,000 RPM a un máximo de 8,000 RPM, con capacidad de 8 a 25 amperes y 120 v, con peso de 4 kg a 8 kg.
Pza
15
Ex.
8467.29.03
Pulidora-lijadora orbital con potencia inferior o igual a 0.2 C.P.
Pza
15
Ex.
8467.29.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8467.89.02
Perforadoras por rotación y percusión, excepto lo comprendido en la fracción 8467.89.01.
Pza
15
Ex.
8467.89.03
Pizones vibradores de accionamiento por motor de explosión.
Pza
15
Ex.
8468.10.01
Sopletes manuales.
Pza
15
Ex.
8468.20.01
Sopletes.
Pza
15
Ex.
8468.20.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8469.00.02
Máquinas de escribir automáticas electrónicas.
Pza
15
Ex.
8469.00.03
Máquinas de escribir automáticas excepto lo comprendido en la fracción 8469.00.02
Pza
15
Ex.
8469.00.04
Las demás máquinas de escribir, eléctricas.
Pza
15
Ex.
8469.00.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8470.90.03
Máquinas de contabilidad.
Pza
5
Ex.
8472.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8472.30.02
Para obliterar.
Pza
5
Ex.
8472.30.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8472.90.02
Perforadoras accionadas por palanca, para dos perforaciones en distancias de 7 u 8 cm, con peso unitario inferior o igual a 1 kg.
Pza
15
Ex.
8472.90.03
Marcadores por impresión directa o mediante cinta.
Pza
15
Ex.
8472.90.04
Agendas con mecanismo selector alfabético.
Pza
15
Ex.
8472.90.06
Separadoras o desintercaladoras de formas continuas, para proceso de datos.
Pza
15
Ex.
8472.90.07
Cajas registradoras sin dispositivo totalizador.
Pza
15
Ex.
8472.90.08
Máquinas emisoras de boletos y etiquetas.
Pza
15
Ex.
8472.90.09
Engrapadoras o perforadoras, excepto lo comprendido en la fracción 8472.90.02.
Pza
15
Ex.
8472.90.10
Para destruir documentos.
Pza
15
Ex.
8472.90.11
Aparatos para transferir a documentos impresiones de tarjetas plásticas de crédito y/o identificación.
Pza
15
Ex.
8472.90.13
De clasificar, contar y encartuchar monedas, excepto lo comprendido en la fracción 8472.90.12.
Pza
5
Ex.
8472.90.15
Máquinas de imprimir direcciones o estampar placas de direcciones.
Pza
15
Ex.
8472.90.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8474.10.01
Clasificadoras de tamiz, de minerales tipo espiral o tipo rastrillo.
Pza
15
Ex.
8474.20.01
Quebrantadores y trituradores de dos o más cilindros.
Pza
15
Ex.
8474.20.02
Quebrantadores de mandíbulas y trituradores de muelas.
Pza
15
Ex.
8474.20.03
Trituradores de navajas.
Pza
15
Ex.
8474.20.05
Quebrantadores giratorios de conos, con diámetro de tazón inferior o igual a 1,200 mm.
Pza
15
Ex.
8474.20.06
Trituradores de martillos, de percusión o de choque.
Pza
15
Ex.
8474.20.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8474.31.01
Hormigoneras y aparatos de amasar mortero.
Pza
15
Ex.
8474.80.01
Prensas de accionamiento manual.
Pza
15
Ex.
8474.80.04
Para la obtención de elementos prefabricados para construcción, de cemento o concreto.
Pza
15
Ex.
8475.29.01
Para moldear por soplado o prensado, excepto para fabricar ampollas para lámparas incandescentes.
Pza
15
Ex.
8476.21.01
Con dispositivo de calentamiento o refrigeración, incorporado.
Pza
15
Ex.
8476.29.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8476.81.01
Con dispositivo de calentamiento o refrigeración, incorporado.
Pza
15
Ex.
8476.89.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8476.90.01
Mecanismos seleccionadores o distribuidores.
Kg
15
Ex.
8476.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8477.20.01
De un husillo, para materias termoplásticas o de elastómeros granulados.
Pza
15
Ex.
8478.10.01
Para colocar filtros o boquillas a los cigarrillos.
Pza
5
Ex.
8478.10.02
Automáticas para elaborar cigarrillos, incluso combinadas con alimentadoras de tabaco.
Pza
5
Ex.
8478.10.03
Conjuntos de dispositivos para aumentar la eficiencia de las máquinas para empaquetar cigarrillos.
Pza
5
Ex.
8478.10.04
Llenadores automáticos de bandejas, para máquinas de fabricar cigarrillos.
Pza
5
Ex.
8479.10.01
Distribuidoras vibradoras de concreto.
Pza
15
Ex.
8479.10.03
Esparcidoras de asfalto remolcables, provistas de dispositivo calentador.
Pza
15
Ex.
8479.10.04
Esparcidoras de asfalto autopropulsadas, incluso con equipo fundidor de asfalto.
Pza
5
Ex.
8479.10.07
Esparcidoras de asfalto remolcables, excepto lo comprendido en la fracción 8479.10.03.
Pza
5
Ex.
8479.30.01
Clasificadoras vibratorias, de viruta o astillas de madera o materiales fibrosos, granulosos, en forma de copos u hojuelas, de peso específico similar al de la madera.
Pza
15
Ex.
8479.30.02
Esparcidoras dosificadoras, concebidas exclusivamente para la fabricación de tableros a base de astillas de madera aglomeradas.
Pza
15
Ex.
8479.81.02
Toneles giratorios para el decapado, limpieza, pulido o abrillantado de piezas metálicas.
Pza
15
Ex.
8479.81.04
Para limpieza, pulido o abrillantado de piezas metálicas con abrasivos en circulación, excepto lo comprendido en la fracción 8479.81.02.
Pza
15
Ex.
8479.81.07
Para galvanizar, estañar o recubrir metales, excepto lo comprendido en las fracciones 8479.81.03 y 8479.81.09.
Pza
15
Ex.
8479.82.02
Cubas u otros recipientes provistos de agitadores, incluso con sistemas de vacío o vidriados interiormente, excepto lo comprendido en la fracción 8479.82.01.
Pza
15
Ex.
8479.82.04
Agitador-mezclador de hélice.
Pza
15
Ex.
8479.89.03
Separadores o clasificadores de materiales o partes ferrosas, a base de dispositivos magnéticos o electromagnéticos.
Pza
15
Ex.
8479.89.04
Aparatos para la generación de una corriente controlada de aire ("cortinas de aire") para impedir la entrada de insectos, polvo y mantener la temperatura de un recinto.
Pza
15
Ex.
8479.89.06
Aparatos neumáticos o hidráulicos para automatizar máquinas, aparatos o artefactos mecánicos.
Pza
15
Ex.
8479.89.07
Para fabricar cierres relámpago.
Pza
15
Ex.
8479.89.08
Frenos de motor.
Pza
15
Ex.
8479.89.10
Acumuladores hidráulicos.
Pza
15
Ex.
8479.89.12
Sulfonadores de trióxido de azufre.
Pza
15
Ex.
8479.89.13
Vibradores electromagnéticos, incluso con alimentador.
Pza
15
Ex.
8479.89.14
Reactores o convertidores catalíticos tubulares.
Pza
15
Ex.
8479.89.16
Rampas ajustables de accionamiento manual.
Pza
15
Ex.
8479.89.17
Enceradoras o pulidoras de pisos, con peso superior a 20 kg, para uso industrial.
Pza
15
Ex.
8479.89.19
Deshumectadores, con sistema de refrigeración incorporado, para condensar la humedad atmosférica.
Pza
15
Ex.
8479.89.20
Colectores de monedas y/o contraseñas, con torniquete, aun con dispositivo contador.
Pza
15
Ex.
8479.89.21
Prensas hidráulicas para algodón.
Pza
15
Ex.
8479.89.22
Para desmontar llantas.
Pza
15
Ex.
8479.89.26
Mecanismos de apertura y cierre de puertas, incluso con sus rieles, para cocheras ("garajes"), ya sean operados o no a control remoto inalámbrico.
Pza
5
Ex.
8479.89.27
Mecanismos de apertura y cierre de persianas, incluso con sus rieles, ya sean operados o no a control remoto inalámbrico.
Pza
5
Ex.
8480.10.01
Cajas de fundición.
Pza
15
Ex.
8480.50.01
Moldes, patrones o sus partes, de metales comunes o sus aleaciones para proceso de prensado y/o soplado del vidrio.
Kg
15
Ex.
8480.50.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8480.60.01
Moldes o formas de acero o aluminio, así como las partes de los mismos para el vaciado o colado en la industria de la construcción.
Kg
15
Ex.
8480.60.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8481.10.01
De diafragma, con regulación manual.
Kg
5
Ex.
8481.20.07
Tipo globo o tipo ángulo, de acero y/o hierro fundido, bridadas o roscadas, con diámetro de conexión hasta 152.4 mm inclusive, para amoniaco y/o gases halogenados, reconocibles como concebidas exclusivamente para servicio de refrigeración.
Kg
5
Ex.
8481.20.10
Tipo globo o tipo ángulo, de bronce o latón con diámetro de conexión hasta 76.2 mm para gases halogenados, reconocibles como concebidas exclusivamente para servicios de refrigeración.
Kg
5
Ex.
8481.20.12
Conjunto de válvulas (árboles de navidad o de Noel) reconocibles para la industria petrolera.
Kg
5
Ex.
8481.30.01
Válvulas de retención, que operen automáticamente, excepto lo comprendido en las fracciones 8481.30.02 y 8481.30.03.
Kg
5
Ex.
8481.40.04
De seguridad, y contra escape de gas, de uso doméstico, excepto lo comprendido en la fracción 8481.40.03.
Kg
5
Ex.
8481.80.02
Grifería sanitaria de uso doméstico.
Kg
10
Ex.
8481.80.04
Válvulas de compuerta, excepto lo comprendido en la fracción 8481.80.24.
Kg
5
Ex.
8481.80.07
Boquillas o espreas para aspersión.
Kg
10
Ex.
8481.80.18
De hierro o acero con resistencia a la presión superior a 18 kg/cm², excepto lo comprendido en la fracción 8481.80.04.
Kg
5
Ex.
8481.80.21
De cobre, bronce, latón o aluminio, sin recubrimiento en su superficie, excepto lo comprendido en la fracción 8481.80.02.
Kg
5
Ex.
8481.80.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8482.10.02
En fila sencilla con diámetro interior igual o superior a 12.7 mm, sin exceder de 50.8 mm y diámetro exterior igual o superior a 40 mm, sin exceder de 100 mm, con superficie exterior esférica, excepto los de centro de eje cuadrado.
Kg
5
Ex.
8482.20.01
Ensambles de conos y rodillos cónicos con números de serie: 15101, 331274, L44643, L44649, L68149, M12649, LM11749, LM11949, LM12749, LM29748, LM29749, LM48548, LM67048 o LM501349; rodamientos con los siguientes códigos (SET): LM11749/710 (SET 1), LM11949/910 (SET 2), M12649/610 (SET 3), L44649/610 (SET 4), LM48548/510 (SET 5), LM67048/010 (SET 6), L45449/410 (SET 8), LM12749/710 (SET 12), L68149/110 (SET 13), L44643/610 (SET 14), LM12749/711 (SET 16), L68149/111 (SET 17) o 15101/15245, JL 26749, LM 12748, LM104949, LM 12748/710 (SET 34), LM 104949/911 (SET 38), LM 29749/710, LM 501349, LM 501349/314, 25590, 25590/25523, HM 803146/110, 25580, 25580/25520, JLM 104948, JLM 104948, JLM 104948/910, 31594, 31594/31520, 02872 o 02872/02820; ensambles y rodamientos equivalentes a los comprendidos en esta fracción, según las Normas Internacionales ANSI-ABMA Standard 19.1, ANSI-ABMA Standard 19.2 o ISO 355, incluyendo los que contengan números y/o letras posteriores a los números de serie y códigos indicados.
Kg
5
Ex.
8482.20.03
Ensambles de conos y rodillos cónicos con números de serie: 387A, HM803146, HM803149, HM88542, JL26749, JL69349 o L45449; rodamientos con los siguientes códigos (SET): JL69349/310 (SET 11), LM501349/310 (SET 45), JL26749F/710 (SET 46), LM29748/710 (SET 56), 387A/382S (SET 75), HM88542/510 (SET 81) o HM803149/110 (SET 83); ensambles y rodamientos equivalentes a los comprendidos en esta fracción, según las Normas Internacionales ANSI-ABMA Standard 19.1, ANSI-ABMA Standard 19.2 o ISO 355, incluyendo los que contengan números y/o letras posteriores a los números de serie y códigos indicados.
Kg
5
Ex.
8482.99.01
Pistas o tazas con números de serie: 15245, L68110, L68111, L45410, M12610, LM11710, LM11910, LM12710, LM12711, LM29710, LM48510, LM67010 o LM501314, incluyendo aquellas que contengan números y/o letras posteriores a esos números de serie, según las Normas Internacionales ANSI-ABMA Standard 19.1, ANSI-ABMA Standard 19.2 o ISO 355.
Kg
5
Ex.
8483.10.01
Flechas o cigüeñales.
Kg
5
Ex.
8483.60.02
Acoplamientos elásticos, acoplamientos de acero forjado con peso unitario igual o superior a 600 kg.
Kg
15
Ex.
8483.60.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8484.10.01
Juntas metaloplásticas.
Kg
5
Ex.
8484.20.01
Juntas mecánicas de estanqueidad.
Kg
5
Ex.
8484.90.01
Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.
Kg
5
Ex.
8487.90.01
Cilindros hidráulicos.
Kg
15
Ex.
8487.90.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
8501.20.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8501.31.01
Generadores.
Pza
15
Ex.
8501.31.05
Motores con potencia de salida igual o superior a 186 W (1/4 C.P.), excepto lo comprendido en las fracciones 8501.31.03 y 8501.31.04.
Pza
15
Ex.
8501.31.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8501.32.01
Generadores.
Pza
15
Ex.
8501.32.03
Motores para ascensores o elevadores.
Pza
5
Ex.
8501.32.05
Motores de potencia de salida igual o inferior a 3.75 kW (5 C.P.).
Pza
15
Ex.
8501.32.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8501.33.01
Generadores con capacidad hasta de 150 kW.
Pza
15
Ex.
8501.33.03
Generadores, excepto lo comprendido en la fracción 8501.33.01.
Pza
5
Ex.
8501.33.04
Motores para ascensores o elevadores.
Pza
5
Ex.
8501.33.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8501.34.01
Generadores.
Pza
5
Ex.
8501.34.03
Motores para ascensores o elevadores.
Pza
5
Ex.
8501.34.05
Motores, con potencia de salida inferior o igual a 2,611 kW (3,500 C.P.), excepto lo comprendido en las fracciones 8501.34.03 y 8501.34.04.
Pza
5
Ex.
8501.34.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8501.40.05
Síncronos, con potencia de salida igual o inferior a 4,475 kW (6,000 C.P.).
Pza
5
Ex.
8501.40.08
Motores de corriente alterna, asíncronos monofásicos, según normas NMX-J-75 o NMX-J-226, o sus equivalentes, excepto lo comprendido en las fracciones 8501.40.02, 8501.40.03 y 8501.40.05.
Pza
5
Ex.
8501.40.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8501.51.02
Asíncronos, trifásicos.
Pza
15
Ex.
8501.52.02
Para ascensores o elevadores.
Pza
5
Ex.
8501.52.04
Asíncronos, trifásicos, excepto lo comprendido en la fracción 8501.52.02.
Pza
15
Ex.
8501.53.02
Para ascensores o elevadores.
Pza
5
Ex.
8501.53.04
Asíncronos, trifásicos, con potencia de salida inferior o igual a 8,952 kW (12,000 C.P.), excepto lo comprendido en la fracción 8501.53.02.
Pza
15
Ex.
8501.53.05
Síncronos, con potencia de salida igual o inferior a 4,475 kW (6,000 C.P.).
Pza
5
Ex.
8501.61.01
De potencia de salida inferior o igual a 75 kVA.
Pza
15
Ex.
8501.62.01
De potencia de salida superior a 75 kVA pero inferior o igual a 375 kVA.
Pza
15
Ex.
8501.63.01
De potencia de salida superior a 375 kVA pero inferior o igual a 750 kVA.
Pza
15
Ex.
8501.64.01
De potencia de salida superior a 750 kVA, pero inferior o igual a 6,000 kVA.
Pza
15
Ex.
8502.11.01
De potencia de salida inferior o igual a 75 kVA.
Pza
15
Ex.
8502.12.01
De potencia de salida superior a 75 kVA pero inferior o igual a 375 kVA.
Pza
15
Ex.
8502.13.01
De potencia de salida superior a 375 kVA, pero inferior o igual a 1,500 kVA.
Pza
15
Ex.
8502.13.02
De potencia de salida superior a 1,500 kVA pero inferior o igual a 2,000 kVA.
Pza
15
Ex.
8502.13.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8502.20.02
Con capacidad nominal de generación superior a 1,500 kVA pero inferior o igual a 2,000 kVA.
Pza
15
Ex.
8502.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8502.31.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8502.39.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8502.40.01
Convertidores rotativos eléctricos.
Pza
5
Ex.
8503.00.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
8504.10.01
Balastos para lámparas.
Pza
5
Ex.
8504.10.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8504.21.04
Para instrumentos para medición y/o protección.
Pza
5
Ex.
8504.21.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8504.22.01
De potencia superior a 650 kVA pero inferior o igual a 10,000 kVA.
Pza
5
Ex.
8504.23.01
De potencia superior a 10,000 kVA.
Pza
5
Ex.
8504.31.02
Transformadores para uso en televisión ("Multisingle flyback").
Pza
Ex.
Ex.
8504.31.03
De distribución, monofásicos o trifásicos.
Pza
5
Ex.
8504.31.04
Para instrumentos, para medición y/o protección.
Pza
5
Ex.
8504.32.02
De distribución, monofásicos o trifásicos.
Pza
5
Ex.
8504.32.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8504.33.01
De distribución, monofásicos o trifásicos.
Pza
5
Ex.
8504.33.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8504.34.01
De potencia superior a 500 kVA.
Pza
5
Ex.
8504.40.01
Para soldadura eléctrica, con capacidad nominal igual o inferior a 400 amperes.
Pza
5
Ex.
8504.40.10
Fuentes de voltaje, con conversión de corriente CA/CC/CA, llamadas "no break" o "uninterruptible power supply" ("UPS").
Pza
15
Ex.
8504.40.13
Controladores de velocidad para motores eléctricos.
Pza
5
Ex.
8504.40.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8505.20.01
Acoplamientos, embragues, variadores de velocidad y frenos, electromagnéticos.
Kg
5
Ex.
8507.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8507.20.03
Del tipo utilizado como fuente de energía para la propulsión de vehículos eléctricos.
Pza
15
Ex.
8507.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8509.40.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8509.80.01
Molinos para carne.
Pza
15
Ex.
8509.80.02
Máquinas para lustrar zapatos.
Pza
15
Ex.
8509.80.04
Cepillos para dientes.
Pza
15
Ex.
8509.80.05
Cepillos para ropa.
Pza
15
Ex.
8509.80.06
Limpiadoras lustradoras con peso unitario inferior o igual a 3 kg, con depósito para detergente.
Pza
15
Ex.
8509.80.07
De manicura, con accesorios intercambiables.
Pza
15
Ex.
8509.80.08
Afiladores de cuchillos.
Pza
15
Ex.
8509.80.10
Con dispositivos intercambiables, para uso múltiple.
Pza
15
Ex.
8509.80.11
Enceradoras (lustradoras) de pisos, excepto lo comprendido en la fracción 8509.80.06.
Pza
15
Ex.
8509.80.12
Trituradoras de desperdicios de cocina.
Pza
15
Ex.
8509.80.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8510.10.01
Afeitadoras.
Pza
15
Ex.
8510.20.01
Máquinas de cortar el pelo o esquilar.
Pza
15
Ex.
8510.30.01
Aparatos de depilar.
Pza
15
Ex.
8510.90.02
Cabezales para máquinas de afeitar.
Kg
15
Ex.
8510.90.03
Hojas con o sin filo.
Kg
15
Ex.
8510.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8511.10.03
Cuyo electrodo central sea de níquel, tungsteno; platino, iridio o de aleaciones de oro; o que contengan dos o más electrodos a tierra; excepto lo comprendido en las fracciones 8511.10.01 y 8511.10.02.
Kg
5
Ex.
8511.80.01
Reguladores de arranque.
Pza
15
Ex.
8511.80.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8512.20.02
Luces direccionales y/o calaveras traseras, excepto lo comprendido en la fracción 8512.20.01.
Kg
5
Ex.
8512.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8512.30.01
Alarma electrónica contra robo, para vehículos automóviles.
Kg
5
Ex.
8513.10.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8514.10.01
Hornos para panadería o industrias análogas.
Pza
15
Ex.
8514.10.03
Hornos industriales, excepto lo comprendido en las fracciones 8514.10.01 y 8514.10.02.
Pza
15
Ex.
8514.10.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8514.20.03
Hornos industriales, excepto lo comprendido en las fracciones 8514.20.01, 8514.20.02 y 8514.20.04.
Pza
15
Ex.
8514.20.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8514.30.01
Hornos para panadería o industrias análogas.
Pza
15
Ex.
8514.30.03
Hornos industriales, excepto lo comprendido en las fracciones 8514.30.01, 8514.30.02, 8514.30.05 y 8514.30.06.
Pza
15
Ex.
8514.30.04
Hornos de laboratorio.
Pza
15
Ex.
8514.30.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8514.40.01
Aparatos de tratamiento térmico, excepto para metales.
Pza
15
Ex.
8514.40.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8515.11.01
Para soldar o cortar, portátiles ("cautines").
Pza
15
Ex.
8515.11.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8515.19.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8515.21.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8515.31.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8515.39.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8515.90.01
Pinzas portaelectrodos o sus partes, para soldadura por arco.
Kg
5
Ex.
8516.10.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8516.21.01
Radiadores de acumulación.
Pza
15
Ex.
8516.29.01
Estufas.
Pza
15
Ex.
8516.31.01
Secadores para el cabello.
Pza
15
Ex.
8516.32.01
Los demás aparatos para el cuidado del cabello.
Pza
15
Ex.
8516.40.01
Planchas eléctricas.
Pza
15
Ex.
8516.50.01
Hornos de microondas.
Pza
10
Ex.
8516.60.01
Hornillos (incluidas las mesas de cocción), parrillas y asadores.
Pza
10
Ex.
8516.60.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8516.79.01
Para calefacción de automóviles.
Pza
5
Ex.
8516.79.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8516.80.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
8517.11.01
Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono.
Pza
15
Ex.
8517.18.01
De monedas (alcancía) para servicio público, incluso con avisador.
Pza
15
Ex.
8517.18.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8517.69.05
Los demás videófonos.
Pza
15
Ex.
8517.69.07
Mesas de atención para operadora, para centrales telefónicas automáticas.
Pza
15
Ex.
8517.69.13
Receptores de radiotelefonía o radiotelegrafía, fijos o móviles, en ultra alta frecuencia (UHF) de 300 a 470 MHz.
Kg
5
Ex.
8517.69.15
Receptores de radiotelefonía o radiotelegrafía, fijos o móviles, en muy alta frecuencia modulada, excepto lo comprendido en la fracción 8517.69.12.
Pza
15
Ex.
8517.69.16
Receptores de radiotelefonía o radiotelegrafía, fijos o móviles, en súper alta frecuencia (SHF) o de microondas de más de 1 GHz, con capacidad superior a 300 canales telefónicos o para un canal de televisión.
Pza
15
Ex.
8517.69.17
Receptores de radiotelefonía, fijos o móviles en banda civil de 26.2 a 27.5 MHz.
Pza
15
Ex.
8517.69.19
Los demás aparatos receptores.
Pza
10
Ex.
8518.21.01
Sistemas constituidos por un altavoz subwoofer con amplificador incorporado, y varios altavoces (un altavoz por caja), que se conectan a dicho amplificador.
Pza
15
Ex.
8518.21.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8518.22.01
Sistemas constituidos por un altavoz subwoofer con amplificador incorporado, y varios altavoces (dos o más altavoces por caja), que se conectan a dicho amplificador.
Pza
15
Ex.
8518.22.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8518.30.03
Microteléfono.
Pza
15
Ex.
8518.40.03
Para sistemas de televisión por cables.
Pza
15
Ex.
8518.40.05
Expansor-compresor de volumen, aun cuando se presente con preamplificador de 10 o más entradas.
Pza
15
Ex.
8518.40.06
Preamplificadores, excepto lo comprendido en la fracción 8518.40.05.
Pza
15
Ex.
8518.40.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8518.50.01
Equipos eléctricos para amplificación de sonido.
Pza
15
Ex.
8519.20.01
Aparatos activados con monedas, billetes, tarjetas, fichas o cualquier otro medio de pago.
Pza
15
Ex.
8519.30.01
Con cambiador automático de discos.
Pza
15
Ex.
8519.30.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8519.50.01
Contestadores telefónicos.
Pza
10
Ex.
8519.81.01
Reproductores de casetes (tocacasetes) de bolsillo.
Pza
15
Ex.
8519.81.02
Reproductores de casetes (tocacasetes) de tipo doméstico y/o para automóviles, con peso unitario igual o inferior a 3.5 kg.
Pza
15
Ex.
8519.81.03
Reproductores de casetes (tocacasetes) con potencia igual o superior a 60 W, excepto lo comprendido en la fracción 8519.81.02.
Pza
5
Ex.
8519.81.05
Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos) reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz, excepto los comprendidos en la fracción 8519.81.06.
Pza
5
Ex.
8519.81.06
Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos), con cambiador automático incluido con capacidad de 6 o más discos, reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.
Pza
5
Ex.
8519.81.08
Aparatos para dictar, incluso con dispositivo de reproducción de sonido incorporado, que sólo funcionen con fuente de energía eléctrica exterior.
Pza
10
Ex.
8519.81.09
Aparatos de grabación y reproducción de sonido, en cinta magnética de ancho igual o superior a 6 mm, para estaciones difusoras de radio o televisión y estudios de grabación.
Pza
5
Ex.
8519.81.11
Los demás aparatos de grabación de sonido, almacenado en soportes de tecnología digital, incluso con dispositivo de reproducción incorporado.
Pza
15
Ex.
8519.81.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8519.89.01
Tornamesas profesionales ("turn-table"), incluso con altavoces (altoparlantes), sin cambiador automático ni mueble, reconocibles como concebidas exclusivamente para el uso de radiodifusoras y estudios profesionales de grabación.
Pza
5
Ex.
8519.89.02
Aparatos para reproducir dictados.
Pza
15
Ex.
8521.90.04
De disco, con amplificador incorporado, salidas para altavoces y procesador digital de audio, incluso con sintonizador de canales de televisión y/o sintonizador de bandas de radiodifusión, aun cuando se presenten con sus altavoces.
Pza
15
Ex.
8521.90.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8523.29.04
Discos magnéticos sin grabar.
Kg
10
Ex.
8523.29.06
Cintas magnéticas grabadas, reconocibles como concebidas exclusivamente para ser utilizadas en "video tape", cuando se presenten en cartuchos o casetes.
Kg
10
Ex.
8523.29.09
Las demás cintas magnéticas grabadas.
Kg
10
Ex.
8523.40.01
Discos de escritura sin grabar (conocidos como CD-R; DVD-R, y demás formatos), para sistemas de lectura por rayo láser.
Pza
10
Ex.
8523.51.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
8526.10.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8526.91.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8526.92.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8527.12.01
Radiocasetes de bolsillo.
Pza
15
Ex.
8527.13.01
Los demás aparatos combinados con grabador o reproductor de sonido.
Pza
15
Ex.
8527.19.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8527.21.01
Receptores de radio AM-FM, aun cuando incluyan transmisores-receptores de radio banda civil o receptor de señal satelital, o entradas para "Bluethooth" o "USB".
Pza
15
Ex.
8527.21.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8527.29.01
Receptores de radiodifusión, AM reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.
Pza
15
Ex.
8527.29.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8527.91.01
Portátil, para pilas y corriente, con altavoces y gabinete incorporados.
Pza
15
Ex.
8527.91.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8527.92.01
Sin combinar con grabador o reproductor de sonido, pero combinados con reloj.
Pza
15
Ex.
8527.99.01
Combinados exclusivamente con un aparato de grabación o reproducción de disco, de video (imagen y sonido) digitalizado, con amplificador incorporado, salidas para altavoces y procesador digital de audio, aun cuando se presenten con sus altavoces.
Pza
15
Ex.
8527.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8528.49.01
En colores, con pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición y los tipo proyección.
Pza
15
Ex.
8528.49.02
En colores, con pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición y los tipo proyección.
Pza
15
Ex.
8528.49.03
En colores, de tipo proyección, excepto los de alta definición.
Pza
15
Ex.
8528.49.04
En colores, de alta definición, excepto los tipo proyección.
Pza
15
Ex.
8528.49.05
En colores, de alta definición, tipo proyección.
Pza
15
Ex.
8528.49.06
En blanco y negro o demás monocromos por cable coaxial.
Pza
15
Ex.
8528.49.07
Incompletos o sin terminar (incluso los ensambles compuestos de las partes correspondientes entre las especificadas en los incisos (a), (b), (c) y (e) en la nota aclaratoria 4 del capítulo 85 más una fuente de poder), que no incorporen tubos de rayos catódicos.
Pza
15
Ex.
8528.49.08
Sistemas audiovisuales integrados a colores, para control de accesos mediante múltiples pantallas (displays) de video de hasta 30 cm (12 pulgadas) con direccionamiento selectivo y automático.
Pza
15
Ex.
8528.49.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8528.59.01
Con pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición.
Pza
15
Ex.
8528.59.02
Con pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición.
Pza
15
Ex.
8528.59.03
De alta definición.
Pza
15
Ex.
8528.59.04
Incompletos o sin terminar (incluso los ensambles compuestos de las partes correspondientes entre las especificadas en los incisos (a), (b), (c) y (e) en la nota aclaratoria 4 del capítulo 85 más una fuente de poder), que no incorporen pantalla plana o pantalla similar.
Pza
15
Ex.
8528.59.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8528.71.01
Incompletos o sin terminar (incluso los ensambles compuestos de todas las partes especificadas en la Nota aclaratoria 4 del Capítulo 85 más una fuente de poder).
Pza
15
Ex.
8528.71.02
Receptor de microondas o de señales de vía satélite, cuya frecuencia de operación sea hasta de 4.2 GHz y máximo 999 canales de televisión.
Pza
15
Ex.
8528.71.03
Sistema de recepción de microondas vía satélite, compuesto de localizador electrónico de satélites, convertidor de bajada, receptor cuya onda de frecuencia de operación sea de 3.7 a 4.2 GHz, amplificador de bajo ruido (LNA), guías de onda, polarrotor y corneta alimentadora.
Pza
15
Ex.
8528.71.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8528.72.01
Con pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición, los tipo proyección y los comprendidos en la fracción 8528.72.06.
Pza
15
Ex.
8528.72.02
Con pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto los de alta definición, los tipo proyección y los comprendidos en la fracción 8528.72.06.
Pza
15
Ex.
8528.72.03
De tipo proyección por tubos de rayos catódicos, excepto los de alta definición.
Pza
15
Ex.
8528.72.04
De alta definición por tubo de rayo catódico, excepto los tipo proyección.
Pza
15
Ex.
8528.72.05
De alta definición tipo proyección por tubo de rayos catódicos.
Pza
15
Ex.
8528.72.06
Con pantalla plana, incluso las reconocibles como concebidas para vehículos automóviles.
Pza
15
Ex.
8528.72.07
Incompletos o sin terminar (incluso los ensambles compuestos de todas las partes especificadas en la Nota aclaratoria 4 del Capítulo 85 más una fuente de poder), que no incorporen tubos de rayos catódicos, pantalla plana o pantalla similar.
Pza
15
Ex.
8528.72.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8528.73.01
Los demás, en blanco y negro o demás monocromos.
Pza
15
Ex.
8529.90.15
Amplificadores-distribuidores, regeneradores de pulsos o de subportadora, para sistemas de televisión por cable.
Pza
5
Ex.
8529.90.16
Amplificadores-distribuidores de video, con entrada diferencial, con compensación de cable o con restaurador de corriente continua, para sistemas de televisión, con o sin gabinete modular.
Pza
5
Ex.
8529.90.20
Amplificadores de radiofrecuencia, banda ancha y monocanales, para sistemas de distribución de señales de HF, TV y/o FM.
Pza
5
Ex.
8530.80.02
Equipos controladores de semáforos.
Kg
5
Ex.
8531.10.03
Alarmas electrónicas contra robo o incendio, de uso doméstico o industrial, incluso en forma de sistema.
Pza
15
Ex.
8531.10.05
Detectores electrónicos de humo, de monóxido de carbono, o de calor.
Kg
15
Ex.
8531.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8531.20.01
Tableros indicadores con dispositivos de cristales líquidos (LCD) o de diodos emisores de luz (LED), incorporados.
Kg
15
Ex.
8531.80.01
Sirenas.
Kg
5
Ex.
8531.80.02
Timbres, campanillas, zumbadores y otros avisadores acústicos, excepto lo comprendido en la fracción 8531.80.01.
Kg
15
Ex.
8531.80.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8532.10.01
Fijos, monofásicos o trifásicos, con peso unitario superior a 1 kg.
Pza
5
Ex.
8532.25.02
Fijos de películas plásticas, excepto lo comprendido en la fracción 8532.25.03.
Pza
5
Ex.
8535.10.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
8535.30.01
Interruptores.
Kg
5
Ex.
8535.40.01
Pararrayos (apartarrayos) tipo distribución autovalvulares de 3 a 13 kV nominales, para sistemas con neutro a tierra hasta 37 kV.
Kg
5
Ex.
8535.40.02
Pararrayos (apartarrayos), excepto lo comprendido en la fracción 8535.40.01.
Kg
5
Ex.
8536.10.03
Fusibles de alta capacidad de ruptura, de 20,000 amperes eficaces o más y cualquier corriente nominal, hasta 600 voltios de tensión, inclusive.
Kg
15
Ex.
8536.10.04
Cortacircuitos de fusible.
Kg
15
Ex.
8536.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8536.41.03
Térmicos o por inducción.
Kg
5
Ex.
8536.49.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8536.50.01
Interruptores, excepto los comprendidos en la fracción 8536.50.15.
Kg
5
Ex.
8536.50.07
Interruptores automáticos, termoeléctricos, para el cebado de la descarga en las lámparas o tubos fluorescentes.
Kg
5
Ex.
8536.61.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8536.69.02
Tomas de corriente con peso unitario inferior o igual a 2 kg.
Kg
5
Ex.
8536.69.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8536.90.14
Clavijas ("plugs") reconocibles como concebidas exclusivamente para uso en telefonía, de dos o más polos.
Kg
5
Ex.
8536.90.28
Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas.
Kg
5
Ex.
8537.10.02
Cuadros de mando o distribución para elevadores o ascensores.
Kg
5
Ex.
8537.10.03
Cuadros de mando para máquinas de soldar por resistencia.
Kg
15
Ex.
8537.10.04
Cuadros de mando o distribución, operados mediante botones (botoneras).
Kg
5
Ex.
8537.20.02
Cuadros de mando para máquinas de soldar por resistencia.
Kg
15
Ex.
8538.90.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
8539.21.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8539.22.05
De vidrio transparente azul natural, denominados "luz de día".
Pza
10
Ex.
8539.22.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8539.29.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8539.31.01
Lámparas fluorescentes tubulares en forma de "O" o de "U".
Pza
10
Ex.
8539.31.99
Las demás.
Pza
10
Ex.
8539.39.01
Para luz relámpago.
Pza
5
Ex.
8539.39.03
Lámparas fluorescentes tubulares en forma de "O" o de "U".
Pza
10
Ex.
8539.39.04
De luz mixta (de descarga y filamento).
Pza
10
Ex.
8539.39.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8540.91.01
Pantallas para tubos catódicos (para cinescopios), con máscara (ensamble de panel frontal).
Kg
Ex.
Ex.
8540.91.02
Bobinas deflectoras (yugos) para tubos de rayos catódicos con aros de convergencia y pureza integrados.
Kg
Ex.
Ex.
8540.91.04
Bobinas deflectoras (yugos) para tubos de rayos catódicos, reconocibles como concebidas exclusivamente para su incorporación en tubos de pantalla plana.
Pza
Ex.
Ex.
8543.70.01
Electrificadores de cercas.
Pza
5
Ex.
8543.70.08
Para electrocutar insectos voladores, mediante un sistema de rejillas electrizadas con voltaje elevado y que proyecte luz negra.
Pza
10
Ex.
8543.70.17
Ecualizadores.
Pza
15
Ex.
8544.11.01
De cobre.
Kg
5
Ex.
8544.19.01
De aluminio o sus aleaciones, con aislamiento a base de cualquier esmalte, con diámetro del conductor inferior o igual a 0.361 mm.
Kg
5
Ex.
8544.19.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8544.20.01
Cables coaxiales, de uno o más conductores eléctricos, aislados y con funda de malla de metal, aun cuando vengan recubiertos de materias aislantes, con o sin mensajero de acero, con una impedancia de 50 a 75 ohms.
Kg
5
Ex.
8544.20.02
Cables coaxiales de uno o más conductores concéntricos, aislados, aun cuando vengan recubiertos de materias aislantes, con o sin mensajero de acero, con una impedancia de 50 a 75 ohms, excepto lo comprendido en la fracción 8544.20.01.
Kg
5
Ex.
8544.20.03
Reconocibles para naves aéreas.
Kg
5
Ex.
8544.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8544.30.01
Reconocibles para naves aéreas.
Kg
5
Ex.
8544.30.02
Arneses reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.
Kg
5
Ex.
8544.30.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8544.42.01
Formas de cables cortados y atados (arneses), para la conexión de centrales telefónicas.
Kg
5
Ex.
8544.42.02
Cables termopar o sus cables de extensión.
Kg
5
Ex.
8544.42.03
Arneses y cables eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición.
Kg
5
Ex.
8544.42.04
De cobre, aluminio o sus aleaciones, excepto lo comprendido en las fracciones 8544.42.01 y 8544.42.03.
Kg
5
Ex.
8544.42.05
Reconocibles para naves aéreas.
Kg
5
Ex.
8544.42.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8544.49.01
Formas de cables cortados y atados (arneses), para la conexión de centrales telefónicas.
Kg
5
Ex.
8544.49.02
Cables termopar o sus cables de extensión.
Kg
5
Ex.
8544.49.03
Cables eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición.
Kg
5
Ex.
8544.49.04
De cobre, aluminio o sus aleaciones, excepto lo comprendido en las fracciones 8544.49.01 y 8544.49.03.
Kg
5
Ex.
8544.49.05
Reconocibles para naves aéreas.
Kg
5
Ex.
8544.49.06
Arneses eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición.
Kg
5
Ex.
8544.49.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8544.60.01
De cobre, aluminio o sus aleaciones.
Kg
5
Ex.
8544.60.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8544.70.01
Cables de fibras ópticas.
Kg
5
Ex.
8546.10.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8546.20.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8546.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8548.10.01
Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles.
Kg
15
Ex.
8604.00.01
Vagones taller o vagones grúa.
Pza
5
Ex.
8604.00.02
Para la obtención de chatarra, cuando se importen por empresas fundidoras o laminadoras propietarias de hornos de fundición.
Pza
5
Ex.
8604.00.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8605.00.01
Coches de viajeros.
Pza
10
Ex.
8605.00.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8606.10.01
Vagones cisterna y similares.
Pza
5
Ex.
8606.91.01
Vagones isotérmicos, refrigerantes o frigoríficos, excepto los de la subpartida 8606.10.
Pza
5
Ex.
8606.91.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8606.92.01
Abiertos, con pared fija de altura superior a 60 cm.
Pza
5
Ex.
8607.99.99
Las demás.
Kg
5
Ex.
8609.00.01
Contenedores (incluidos los contenedores cisterna y los contenedores depósito) especialmente concebidos y equipados para uno o varios medios de transporte.
Pza
15
Ex.
8701.20.01
Tractores de carretera para semirremolques, excepto lo comprendido en la fracción 8701.20.02.
Pza
30
Ex.
8701.30.01
Tractores de orugas con potencia al volante del motor igual o superior a 105 C.P. sin exceder de 380 C.P., medida a 1900 RPM, incluso con hoja empujadora.
Pza
15
Ex.
8701.90.01
Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto lo comprendido en las fracciones 8701.90.03, 8701.90.05, 8701.90.06 y 8701.90.08.
Pza
5
Ex.
8702.10.01
Con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.10.03 y 8702.10.05.
Pza
30
Ex.
8702.10.02
Con carrocería integral, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.10.04 y 8702.10.05.
Pza
30
Ex.
8702.10.03
Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en la fracción 8702.10.05.
Pza
30
Ex.
8702.10.04
Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral, excepto lo comprendido en la fracción 8702.10.05.
Pza
30
Ex.
8702.90.01
Trolebuses.
Pza
15
Ex.
8702.90.02
Con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.90.04 y 8702.90.06.
Pza
30
Ex.
8702.90.03
Con carrocería integral, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.90.05 y 8702.90.06.
Pza
30
Ex.
8702.90.04
Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en la fracción 8702.90.06.
Pza
30
Ex.
8702.90.05
Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral, excepto lo comprendido en la fracción 8702.90.06.
Pza
30
Ex.
8703.10.01
Con motor eléctrico, excepto los comprendidos en las fracciones 8703.10.02 y 8703.10.03.
Pza
15
Ex.
8703.10.02
Vehículos especiales para el transporte de personas en terrenos de golf.
Pza
15
Ex.
8703.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8703.21.01
Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.
Pza
15
Ex.
8703.21.99
Los demás.
Pza
30
Ex.
8703.22.01
De cilindrada superior a 1,000 cm3 pero inferior o igual a 1,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.22.02.
Pza
30
Ex.
8703.23.01
De cilindrada superior a 1,500 cm3 pero inferior o igual a 3,000 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.23.02.
Pza
30
Ex.
8703.24.01
De cilindrada superior a 3,000 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.24.02.
Pza
30
Ex.
8703.31.01
De cilindrada inferior o igual a 1,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.31.02.
Pza
30
Ex.
8703.32.01
De cilindrada superior a 1,500 cm3 pero inferior o igual a 2,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.32.02.
Pza
30
Ex.
8703.33.01
De cilindrada superior a 2,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.33.02.
Pza
30
Ex.
8703.90.01
Eléctricos.
Pza
15
Ex.
8703.90.99
Los demás.
Pza
30
Ex.
8704.21.01
Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
Pza
5
Ex.
8704.21.02
De peso total con carga máxima inferior o igual a 2,721 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.21.04.
Pza
30
Ex.
8704.21.03
De peso total con carga máxima superior a 2,721 kg, pero inferior o igual a 4,536 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.21.04.
Pza
30
Ex.
8704.21.99
Los demás.
Pza
30
Ex.
8704.22.01
Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
Pza
5
Ex.
8704.22.02
De peso total con carga máxima superior o igual a 5,000 kg, pero inferior o igual a 6,351 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.
Pza
30
Ex.
8704.22.03
De peso total con carga máxima superior a 6,351 kg, pero inferior o igual a 7,257 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.
Pza
30
Ex.
8704.22.04
De peso total con carga máxima superior a 7,257 kg, pero inferior o igual a 8,845 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.
Pza
30
Ex.
8704.22.05
De peso total con carga máxima superior a 8,845 kg, pero inferior o igual a 11,793 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.
Pza
30
Ex.
8704.22.06
De peso total con carga máxima superior a 11,793 kg, pero inferior o igual a 14,968 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.
Pza
30
Ex.
8704.22.99
Los demás.
Pza
30
Ex.
8704.23.01
Acarreadores de escoria.
Pza
5
Ex.
8704.23.99
Los demás.
Pza
30
Ex.
8704.31.01
Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
 
Pza
5
 
Ex.
8704.31.02
Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil.
 
Pza
15
 
Ex.
8704.31.03
De peso total con carga máxima superior a 2,721 kg, pero inferior o igual a 4,536 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.31.05.
Pza
30
Ex.
8704.31.99
Los demás.
Pza
30
Ex.
8704.32.01
Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica.
 
Pza
5
 
Ex.
8704.32.02
De peso total con carga máxima superior o igual a 5,000 kg, pero inferior o igual a 6,351 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.
Pza
30
Ex.
8704.32.03
De peso total con carga máxima superior a 6,351 kg, pero inferior o igual a 7,257 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.
Pza
30
Ex.
8704.32.04
De peso total con carga máxima superior a 7,257 kg, pero inferior o igual a 8,845 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.
Pza
30
Ex.
8704.32.05
De peso total con carga máxima superior a 8,845 kg, pero inferior o igual a 11,793 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.
Pza
30
Ex.
8704.32.06
De peso total con carga máxima superior a 11,793 kg, pero inferior o igual a 14,968 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.
Pza
30
Ex.
8704.32.99
Los demás.
Pza
30
Ex.
8704.90.01
Con motor eléctrico.
Pza
15
Ex.
8704.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8705.10.01
Camiones-grúa.
Pza
15
Ex.
8705.20.01
Con equipos hidráulicos de perforación destinados a programas de abastecimiento de agua potable en el medio rural.
 
Pza
5
 
Ex.
8705.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8705.30.01
Camiones de bomberos.
Pza
5
Ex.
8705.40.01
Camiones hormigonera, excepto lo comprendido en la fracción 8705.40.02.
Pza
30
Ex.
8705.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8706.00.02
Chasis para vehículos de la partida 87.03 o de las subpartidas 8704.21 y 8704.31.
Pza
30
Ex.
8706.00.99
Los demás.
Pza
30
Ex.
8707.90.02
Para transporte de más de 16 personas, para ser montadas sobre chasis de largueros completos, para vehículos de dos ejes.
Pza
5
Ex.
8708.10.03
Defensas completas, reconocibles como concebidas exclusivamente para vehículos automóviles de hasta diez plazas.
Pza
5
Ex.
8708.10.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8708.29.01
Guardafangos.
Pza
5
Ex.
8708.29.10
Marcos para cristales.
Pza
5
Ex.
8708.29.20
Partes troqueladas para carrocería.
Pza
5
Ex.
8708.29.22
Tableros de instrumentos, incluso con instrumentos de medida o control, para uso exclusivo en vehículos automóviles.
Pza
5
Ex.
8708.29.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8708.30.04
Guarniciones de frenos montadas, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.30.01, 8708.30.02 y 8708.30.03.
Pza
5
Ex.
8708.30.05
Mecanismos de frenos de disco o sus partes componentes.
Pza
5
Ex.
8708.30.08
Frenos de tambor accionados por leva o sus partes componentes.
Pza
5
Ex.
8708.30.09
Cilindros maestros para mecanismos de frenos.
Pza
5
Ex.
8708.30.10
Frenos de tambor accionados hidráulicamente o sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción 8708.30.06.
Pza
5
Ex.
8708.30.11
Mangueras de frenos hidráulicos automotrices con conexiones.
Pza
5
Ex.
8708.30.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8708.40.06
Engranes.
Pza
5
Ex.
8708.40.99
Las demás.
Pza
5
Ex.
8708.50.05
Acoplados a las masas, con o sin mecanismos de frenos y tambores, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.50.04 y 8708.50.08.
Pza
5
Ex.
8708.50.07
Ejes con diferencial delanteros, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.50.06 y 8708.50.08.
Pza
5
Ex.
8708.50.09
Los demás ejes con diferencial, excepto los comprendidos en la fracción 8708.50.08.
Pza
5
Ex.
8708.50.11
Fundas para ejes traseros.
Pza
5
Ex.
8708.50.12
Fundiciones (esbozos) de funda para eje trasero motriz de vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
5
Ex.
8708.50.13
Ejes portadores reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03.
Pza
5
Ex.
8708.50.17
Flechas semiejes, acoplables al mecanismo diferencial, incluso las de velocidad constante (homocinéticas) y sus partes componentes.
Pza
5
Ex.
8708.50.19
Juntas universales, tipo cardán para cruceta.
Pza
5
Ex.
8708.50.20
Reconocibles como concebidos exclusivamente para ejes cardán, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.50.22 y 8708.50.23.
Pza
5
Ex.
8708.50.21
Ejes cardánicos.
Pza
5
Ex.
8708.50.24
Forjas o fundiciones de yugos, con peso unitario superior a 6.4 kg pero inferior o igual a 14 kg, para utilizarse en el eje trasero motriz.
Pza
5
Ex.
8708.50.25
Forjas de flechas de entrada y salida para diferencial de eje trasero; forjas de flechas semi-eje para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
5
Ex.
8708.50.27
Fundiciones de mazas para eje diferencial trasero para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
5
Ex.
8708.50.28
Placas troqueladas (preformas), de acero, para la fabricación de fundas para ejes traseros con diferencial, de vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
5
Ex.
8708.50.29
Forjas de crucetas para eje trasero motriz para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 8,846 kg (19,501 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
5
Ex.
8708.50.30
Forjas de piñón para ejes traseros motriz, para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
5
Ex.
8708.50.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8708.70.06
Tapones o polveras y arillos para ruedas.
Pza
5
Ex.
8708.80.04
Cartuchos para amortiguadores ("Mc Pherson Struts").
Pza
5
Ex.
8708.80.05
Partes reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de suspensión, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.80.07, 8708.80.10 y 8708.80.12.
Pza
5
Ex.
8708.80.07
Horquillas, brazos, excéntricos o pernos, para el sistema de suspensión delantera.
Pza
5
Ex.
8708.80.08
Partes componentes de barras de torsión.
Pza
5
Ex.
8708.80.09
Barras de torsión.
Pza
5
Ex.
8708.80.10
Rótulas, para el sistema de suspensión delantera.
Pza
5
Ex.
8708.80.11
Partes reconocibles como concebidos exclusivamente para amortiguadores.
Pza
5
Ex.
8708.80.12
Bujes para suspensión.
Pza
5
Ex.
8708.80.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8708.91.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8708.94.09
Semiejes y ejes de dirección, y sus partes.
Pza
5
Ex.
8708.99.03
Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.
Pza
5
Ex.
8708.99.04
Tanques de combustible.
Pza
5
Ex.
8708.99.07
Bastidores ("chasis").
Pza
5
Ex.
8708.99.08
Perchas o columpios.
Pza
5
Ex.
8708.99.09
Uniones de ballestas (abrazaderas o soportes).
Pza
5
Ex.
8708.99.10
Ejes de rueda de doble pestaña que incorporen bolas de rodamiento.
Pza
5
Ex.
8708.99.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8710.00.01
Tanques y demás vehículos automóviles blindados de combate, incluso con su armamento; sus partes.
Pza
5
Ex.
8711.10.01
Motociclos de tres ruedas (trimotos) que no presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa.
Pza
15
Ex.
8711.10.02
Motocicletas, excepto los ciclomotores o los velocípedos y lo comprendido en la fracción 8711.10.01.
Pza
15
Ex.
8711.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8711.20.02
Esbozo de motocicleta conteniendo conjunto formado con bastidor (cuadro) y motor, ensamblado o sin ensamblar.
Pza
15
Ex.
8711.20.03
Motociclos de tres ruedas (trimotos) que no presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa.
Pza
15
Ex.
8711.20.04
Motocicletas, excepto los ciclomotores o los velocípedos y lo comprendido en la fracción 8711.20.03.
Pza
15
Ex.
8711.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8711.30.01
Motociclos de tres ruedas (trimotos) que no presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa.
Pza
15
Ex.
8711.30.02
Esbozo de motocicleta conteniendo conjunto formado con bastidor (cuadro) y motor, ensamblado o sin ensamblar.
Pza
15
Ex.
8711.30.03
Motocicletas, excepto los ciclomotores o los velocípedos y lo comprendido en la fracción 8711.30.01.
Pza
15
Ex.
8711.30.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8711.40.01
Motociclos de tres ruedas (trimotos) que no presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa.
Pza
15
Ex.
8711.40.02
Esbozo de motocicleta conteniendo conjunto formado con bastidor (cuadro) y motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 500 cm3 pero inferior o igual a 550 cm3, ensamblado o sin ensamblar.
Pza
15
Ex.
8711.40.03
Motocicletas, excepto los ciclomotores o los velocípedos y lo comprendido en la fracción 8711.40.01.
Pza
15
Ex.
8711.40.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8711.50.01
Motociclos de tres ruedas (trimotos) que no presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa.
Pza
15
Ex.
8711.50.02
Motocicletas, excepto los ciclomotores o los velocípedos y lo comprendido en la fracción 8711.50.01.
Pza
15
Ex.
8711.50.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8711.90.01
"Sidecares" para motociclos y velocípedos de cualquier clase, presentados aisladamente.
Pza
15
Ex.
8711.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8712.00.01
Bicicletas de carreras.
Pza
15
Ex.
8712.00.02
Bicicletas para niños.
Pza
15
Ex.
8712.00.03
Triciclos para el transporte de carga.
Pza
15
Ex.
8712.00.04
Bicicletas, excepto lo comprendido en las fracciones 8712.00.01 y 8712.00.02.
Pza
15
Ex.
8712.00.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8714.19.02
Bastidor (cuadro, armazón, chasis), excepto los comprendidos en la fracción 8714.19.01.
Pza
5
Ex.
8714.94.01
Masas de freno de contra pedal.
Pza
5
Ex.
8715.00.01
Coches, sillas y vehículos similares para transporte de niños.
Pza
15
Ex.
8715.00.02
Partes reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8715.00.01.
Pza
15
Ex.
8716.10.01
Remolques y semirremolques para vivienda o para acampar, del tipo caravana.
Pza
15
Ex.
8716.20.01
Remolques o semirremolques tipo tolvas cerradas con descarga neumática para el transporte de productos a granel.
Pza
15
Ex.
8716.20.02
Equipados con tanque alimentador de abonos líquidos, reconocibles como concebidos exclusivamente para uso agrícola.
Pza
15
Ex.
8716.20.03
Abiertos de volteo con pistón hidráulico.
Pza
15
Ex.
8716.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8716.31.01
Tanques térmicos para transporte de leche.
Pza
15
Ex.
8716.31.02
Tipo tanques de acero, incluso criogénicos o tolvas.
Pza
15
Ex.
8716.31.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
8716.39.01
Remolques o semirremolques tipo plataforma con o sin redilas, incluso los reconocibles para el transporte de cajas o rejas de latas o botellas o portacontenedores, o camas bajas, excepto con suspensión hidráulica o neumática y cuello de ganso abatible.
Pza
15
Ex.
8716.39.02
Remolques o semirremolques tipo madrinas o nodrizas, para el transporte de vehículos.
Pza
15
Ex.
8716.39.05
Semirremolques tipo cama baja, con suspensión hidráulica o neumática y cuello de ganso abatible.
Pza
15
Ex.
8716.39.06
Remolques y semirremolques tipo cajas cerradas, incluso refrigeradas.
Pza
15
Ex.
8716.39.07
Remolques o semirremolques tipo tanques de acero, incluso criogénicos o tolvas.
Pza
15
Ex.
8716.39.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8716.40.99
Los demás remolques y semirremolques.
Pza
15
Ex.
8716.80.01
Carretillas y carros de mano.
Pza
15
Ex.
8716.80.02
Carretillas de accionamiento hidráulico.
Pza
15
Ex.
8716.80.03
Carretillas, reconocibles como concebidas para ser utilizadas en la construcción o en la albañilería.
Pza
15
Ex.
8716.80.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8716.90.03
"Conchas" reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8716.80.03.
Pza
5
Ex.
8801.00.01
Planeadores y alas delta (alas planeadoras).
Pza
15
Ex.
8801.00.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8802.11.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8802.12.01
Helicópteros para fumigar, hasta de 3 plazas.
Pza
5
Ex.
8802.12.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8802.20.01
Aviones monomotores, de una plaza, reconocibles como concebidos exclusivamente para fumigar, rociar o esparcir líquidos o sólidos, con tolva de carga.
Pza
5
Ex.
8802.20.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8802.30.01
Aviones monomotores, de una plaza, reconocibles como concebidos exclusivamente para fumigar, rociar o esparcir líquidos o sólidos, con tolva de carga.
Pza
5
Ex.
8802.30.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8802.60.01
Vehículos espaciales (incluidos los satélites) y sus vehículos de lanzamiento y vehículos suborbitales.
Pza
5
Ex.
8803.90.99
Las demás.
Pza
5
Ex.
8804.00.01
Paracaídas, incluidos los dirigibles, planeadores ("parapentes") o de aspas giratorias; sus partes y accesorios.
Kg
10
Ex.
8805.10.01
Aparatos y dispositivos para lanzamiento de aeronaves y sus partes; aparatos y dispositivos para aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares, y sus partes.
Kg
5
Ex.
8901.10.01
Con longitud inferior o igual a 35 m de eslora.
Pza
5
Ex.
8901.20.01
Con longitud inferior o igual a 35 m de eslora.
Pza
15
Ex.
8901.20.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8901.30.01
Con longitud inferior o igual a 35 m de eslora.
Pza
15
Ex.
8901.30.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8901.90.01
Con motor fuera de borda.
Pza
15
Ex.
8901.90.02
Con longitud inferior o igual a 35 m de eslora.
Pza
15
Ex.
8901.90.03
Con casco de aluminio, para transportar hasta 80 personas y con capacidad de carga, en cubierta hasta 36 t, sin cabinas de refrigeración ni bodegas de carga.
Pza
10
Ex.
8901.90.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8902.00.01
Pesqueros, con capacidad de bodega superior a 750 t.
Pza
5
Ex.
8902.00.02
Pesqueros, con capacidad de bodega inferior o igual a 750 t.
Pza
5
Ex.
8902.00.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8903.10.01
Embarcaciones inflables.
Pza
15
Ex.
8903.91.01
Barcos de vela, incluso con motor auxiliar.
Pza
15
Ex.
8903.92.01
Barcos de motor, excepto los de motor fuera de borda.
Pza
15
Ex.
8903.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8904.00.01
Remolcadores y barcos empujadores.
Pza
5
Ex.
8905.90.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8906.10.01
Navíos de guerra.
Pza
10
Ex.
8906.90.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8907.10.01
Balsas inflables.
Pza
10
Ex.
8907.90.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9001.10.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
9001.30.01
De materias plásticas.
Par
10
Ex.
9001.30.99
Los demás.
Par
10
Ex.
9001.40.01
Cristales monofocales o bifocales, con diámetro inferior o igual a 75 mm, semiterminados.
Par
5
Ex.
9001.40.02
Lentes de cristal oftálmico, sin graduación, destinados a la fabricación de anteojos de seguridad, con espesor igual o superior a 3 mm sin exceder de 3.8 mm.
Par
5
Ex.
9001.40.99
Los demás.
Par
5
Ex.
9004.10.01
Gafas (anteojos) de sol.
Pza
10
Ex.
9004.90.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9005.10.01
Binoculares (incluidos los prismáticos).
Pza
10
Ex.
9005.80.99
Los demás instrumentos.
Pza
10
Ex.
9005.90.02
Partes y accesorios, reconocibles exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9005.10.01, excepto lo comprendido en la fracción 9005.90.01.
Kg
5
Ex.
9006.40.01
Cámaras fotográficas de autorrevelado.
Pza
10
Ex.
9006.51.01
Con visor de reflexión a través del objetivo, para películas en rollo de anchura inferior o igual a 35 mm.
Pza
10
Ex.
9006.52.99
Las demás.
Pza
10
Ex.
9006.53.99
Las demás.
Pza
10
Ex.
9006.61.01
Aparatos de tubo de descarga para producir destellos ("flashes electrónicos").
Pza
5
Ex.
9006.69.01
Lámparas y cubos, de destello, y similares.
Pza
10
Ex.
9006.69.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9006.91.01
Tripies.
Kg
10
Ex.
9007.11.01
Para películas cinematográficas (filme) de anchura inferior a 16 mm o para la doble-8 mm.
Pza
10
Ex.
9007.19.01
Giroestabilizadas.
Pza
5
Ex.
9010.60.01
Pantallas de proyección.
Pza
15
Ex.
9011.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9011.20.99
Los demás microscopios para fotomicrografía, cinefotomicrografía o microproyección.
Pza
15
Ex.
9011.80.01
Los demás microscopios.
Pza
15
Ex.
9014.10.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9015.20.01
Teodolitos.
Pza
15
Ex.
9015.20.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9015.80.02
Alidadas con plancheta, excepto eléctricos o electrónicos.
Pza
15
Ex.
9015.80.06
Clísimetros, excepto lo comprendido en la fracción 9015.80.05.
Pza
15
Ex.
9015.80.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9017.10.02
Máquinas para dibujar o escuadras universales, aun cuando se presenten con su tablero de dibujo.
Pza
15
Ex.
9017.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9017.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9017.30.01
Calibradores de corredera o pies de rey (Vernier).
Pza
15
Ex.
9017.80.01
Cintas métricas, de acero, de hasta 10 m de longitud (Flexómetros).
Pza
15
Ex.
9017.80.02
Las demás cintas métricas.
Pza
15
Ex.
9017.80.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9018.11.02
Circuitos modulares para electrocardiógrafos.
Kg
5
Ex.
9018.12.01
Aparatos de diagnóstico por exploración ultrasónica ("ultrasonido").
Pza
5
Ex.
9018.31.01
De vidrio o de plástico, con capacidad hasta 30 ml.
Kg
10
Ex.
9018.32.01
Para raquia, lavado de oídos y para ojos.
Kg
10
Ex.
9018.32.04
Material de sutura quirúrgica, constituido por aguja provista de hilo (catgut u otras ligaduras, con diámetro igual o superior a 0.10 mm sin exceder de 0.80 mm) esterilizado, presentado en sobres herméticamente cerrados, excepto a base de polímeros del ácido glicólico y/o ácido láctico.
Kg
5
Ex.
9018.32.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
9018.39.01
Catéteres intravenosos, para diálisis peritoneal, para anestesia o para embolectomía.
Kg
5
Ex.
9018.39.03
Cánulas.
Kg
15
Ex.
9018.39.04
Sondas vaginales, rectales, uretrales, bucofaríngeas y epidulares.
Kg
15
Ex.
9018.39.05
Equipos de plástico, incluso con partes de metal común para la toma y aplicación de soluciones inyectables.
Kg
5
Ex.
9018.39.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
9018.41.01
Tornos para dentista (transmisión flexible y colgante) eléctricos, con velocidad de hasta 30,000 R.P.M.
Kg
10
Ex.
9018.41.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
9018.49.01
Equipos dentales sobre pedestal.
Kg
10
Ex.
9018.49.02
Espéculos bucales.
Kg
5
Ex.
9018.49.03
Aparatos de turbina para odontología (pieza de mano), con velocidad igual o superior a 230,000 R.P.M.
Kg
10
Ex.
9018.49.04
Fresas para odontología.
Kg
5
Ex.
9018.49.05
Pinzas para la extracción de piezas dentales "Daviers".
Kg
5
Ex.
9018.49.06
Pinzas gubia, sacabocado y hemostáticas, para cirugía, pinzas para biopsia.
Kg
5
Ex.
9018.49.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
9018.50.01
Los demás instrumentos y aparatos de oftalmología.
Kg
5
Ex.
9018.90.01
Espejos.
Kg
5
Ex.
9018.90.02
Tijeras.
Kg
10
Ex.
9018.90.03
Aparatos para medir la presión arterial.
Kg
10
Ex.
9018.90.04
Aparatos para anestesia.
Kg
10
Ex.
9018.90.05
Equipos para derivación ventricular con reservorio para líquido cefalorraquídeo.
Kg
10
Ex.
9018.90.06
Estuches de cirugía o disección.
Kg
10
Ex.
9018.90.07
Bisturís y lancetas.
Kg
10
Ex.
9018.90.08
Valvas, portaagujas y escoplos para cirugía.
Kg
5
Ex.
9018.90.09
Separadores para cirugía.
Kg
10
Ex.
9018.90.10
Pinzas tipo disección para cirugía.
Kg
10
Ex.
9018.90.11
Pinzas para descornar.
Kg
5
Ex.
9018.90.12
Pinzas, excepto lo comprendido en las fracciones 9018.90.10 y 9018.90.11.
Kg
10
Ex.
9018.90.13
Castradores de seguridad.
Kg
5
Ex.
9018.90.14
Bombas de aspiración pleural.
Kg
5
Ex.
9018.90.15
Aparatos de succión, excepto lo comprendido en la fracción 9018.90.14.
Kg
15
Ex.
9018.90.16
Espátulas del tipo de abatelenguas.
Kg
10
Ex.
9018.90.17
Dispositivos intrauterinos anticonceptivos.
Kg
10
Ex.
9018.90.18
Desfibriladores.
Pza
5
Ex.
9018.90.19
Estetoscopios.
Kg
15
Ex.
9018.90.20
Aparatos de actinoterapia.
Kg
5
Ex.
9018.90.27
Incubadoras para niños, partes y accesorios.
Pza
5
Ex.
9019.10.01
Aparatos de hidroterapia o mecanoterapia.
Pza
5
Ex.
9019.10.02
Aparatos de masaje, eléctricos.
Pza
10
Ex.
9019.10.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
9020.00.01
Máscaras antigás.
Kg
5
Ex.
9020.00.03
Equipo de buceo.
Kg
10
Ex.
9020.00.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
9021.10.01
Corsés, fajas o bragueros.
Kg
5
Ex.
9021.10.02
Calzado ortopédico.
Kg
5
Ex.
9021.10.03
Soportes de arco (prótesis ortopédicas), de acero inoxidable.
Kg
5
Ex.
9021.10.04
Aparatos para tracción de fractura.
Kg
5
Ex.
9021.10.05
Clavos, tornillos, placas o grapas.
Kg
5
Ex.
9021.10.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
9021.21.01
De acrílico o de porcelana.
Kg
5
Ex.
9021.21.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
9021.29.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
9021.31.01
Prótesis articulares.
Kg
5
Ex.
9021.39.01
Ojos artificiales.
Kg
5
Ex.
9021.39.02
Prótesis de arterias y venas.
Kg
5
Ex.
9021.39.04
Manos o pies artificiales.
Kg
5
Ex.
9021.40.01
Audífonos, excepto sus partes y accesorios.
Pza
5
Ex.
9025.11.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9025.19.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9025.80.01
Aerómetros y densímetros.
Pza
15
Ex.
9026.20.03
Reguladores medidores de la presión de aire a inyectar en neumáticos de vehículos, incluso con distribuidores de agua.
Pza
15
Ex.
9026.20.04
Reguladores de presión, acoplados a válvulas o manómetros.
Pza
15
Ex.
9028.20.02
Contadores volumétricos automáticos, para medir cerveza.
Pza
15
Ex.
9028.20.03
Contadores de agua, excepto lo comprendido en la fracción 9028.20.01.
Pza
15
Ex.
9028.30.01
Vatihorímetros.
Pza
5
Ex.
9029.10.03
Taxímetros electrónicos o electromecánicos.
Pza
15
Ex.
9030.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
9031.80.01
Controles fotoeléctricos.
Pza
5
Ex.
9031.80.07
Niveles.
Pza
15
Ex.
9032.10.02
Para estufas y caloríficos.
Pza
5
Ex.
9032.10.03
Automáticos para el control de la temperatura del agua, con dispositivos de seguridad para fallas de flama.
Pza
15
Ex.
9032.10.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
9032.20.01
Manostatos (presostatos).
Pza
15
Ex.
9032.89.02
Reguladores automáticos de voltaje, excepto para uso industrial, incluso combinados, en una misma envolvente o carcaza, con una fuente de voltaje con conversión de corriente CA/CC/CA, de las también llamadas "no break" o "uninterruptible power suply" ("UPS").
Pza
15
Ex.
9032.89.06
Reguladores tipo inducción, excepto lo comprendido en la fracción 9032.89.02.
Pza
15
Ex.
9032.89.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
9032.90.01
Termopares, reconocibles como concebidos exclusiva o principalmente para los termostatos de la fracción 9032.10.03.
Kg
5
Ex.
9032.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
9101.11.01
Con indicador mecánico solamente.
Pza
15
Ex.
9101.19.01
Con indicador optoelectrónico solamente.
Pza
15
Ex.
9101.19.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9101.21.01
Automáticos.
Pza
15
Ex.
9101.29.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9101.91.01
Eléctricos.
Pza
15
Ex.
9101.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9102.11.01
Con indicador mecánico solamente.
Pza
15
Ex.
9102.12.01
Con indicador optoelectrónico solamente.
Pza
15
Ex.
9102.19.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9102.21.01
Automáticos.
Pza
15
Ex.
9102.29.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9102.91.01
Eléctricos.
Pza
15
Ex.
9102.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9103.10.01
Eléctricos.
Pza
15
Ex.
9103.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9105.11.01
De mesa.
Pza
15
Ex.
9105.11.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9105.19.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9105.21.01
Eléctricos.
Pza
15
Ex.
9105.29.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9105.91.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9105.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9106.10.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9106.90.01
Parquímetros.
Pza
10
Ex.
9108.12.01
Con indicador optoelectrónico solamente.
Pza
15
Ex.
9109.11.01
De despertadores.
Pza
5
Ex.
9111.10.01
Con perlas, piedras preciosas o semipreciosas, o de metales preciosos.
Pza
5
Ex.
9111.10.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
9112.20.01
De metal.
Pza
5
Ex.
9112.90.01
Partes.
Kg
5
Ex.
9113.10.01
Pulseras.
G
15
Ex.
9113.10.99
Las demás.
G
5
Ex.
9201.90.01
Pianos automáticos (pianolas).
Pza
10
Ex.
9201.90.02
Espinetas.
Pza
15
Ex.
9201.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9202.90.01
Mandolinas o banjos.
Pza
10
Ex.
9202.90.02
Guitarras.
Pza
15
Ex.
9205.90.01
Flautas dulces sopranos para principiantes.
Pza
10
Ex.
9205.90.02
Órganos de tubo y teclado; armonios e instrumentos similares de teclado y lengüetas metálicas libres.
Pza
10
Ex.
9205.90.03
Acordeones e instrumentos similares.
Pza
10
Ex.
9205.90.04
Armónicas.
Kg
10
Ex.
9206.00.01
Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas).
Pza
10
Ex.
9207.10.01
Órganos con "pedalier" de más de 24 pedales.
Pza
10
Ex.
9207.10.02
Órganos, excepto lo comprendido en la fracción 9207.10.01.
Pza
15
Ex.
9207.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9208.10.01
Cajas de música.
Pza
15
Ex.
9208.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9209.91.01
Gabinetes, muebles o sus partes.
Kg
5
Ex.
9209.94.01
Gabinetes, muebles o sus partes, para pianos.
Kg
5
Ex.
9301.11.01
Autopropulsadas.
Pza
5
Ex.
9301.19.99
Las demás.
Pza
5
Ex.
9301.20.01
Lanzacohetes; lanzallamas; lanzagranadas; lanzatorpedos y lanzadores similares.
Pza
5
Ex.
9301.90.99
Las demás.
Pza
5
Ex.
9302.00.01
Calibre 25.
Pza
15
Ex.
9302.00.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9303.10.01
Para lanzar cápsulas con sustancias asfixiantes, tóxicas o repelentes.
Pza
5
Ex.
9303.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9303.20.01
Las demás armas largas de caza o tiro deportivo que tengan, por lo menos, un cañón de ánima lisa.
Pza
15
Ex.
9303.30.01
Las demás armas largas de caza o tiro deportivo.
Pza
15
Ex.
9303.90.01
Cañones industriales desincrustadores, mediante cartuchos especiales con proyectil blindado.
Pza
10
Ex.
9303.90.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
9304.00.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9305.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9305.21.01
Cañones de ánima lisa.
Pza
15
Ex.
9305.29.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9305.91.01
De armas de guerra de la partida 93.01.
Pza
15
Ex.
9305.99.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9306.21.01
Cartuchos cargados con gases lacrimosos o tóxicos.
Mll
5
Ex.
9306.21.99
Los demás.
Mll
15
Ex.
9306.29.01
Balines o municiones esféricas, de diferentes dimensiones y materiales, utilizados en cartuchos para armas de fuego.
Kg
15
Ex.
9306.29.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9306.30.01
Vacíos, calibre 8, reconocibles como concebidos exclusivamente para artefactos de uso industrial.
Mll
15
Ex.
9306.30.02
Calibre 45.
Mll
15
Ex.
9306.30.03
Cartuchos para "pistolas" de remachar y similares o para "pistolas" de matarife.
Mll
15
Ex.
9306.30.04
Partes.
Pza
5
Ex.
9306.30.99
Los demás.
Mll
15
Ex.
9306.90.01
Bombas o granadas con gases lacrimosos o tóxicos.
Pza
5
Ex.
9306.90.02
Partes.
Pza
5
Ex.
9306.90.99
Los demás.
Mll
15
Ex.
9307.00.01
Sables, espadas, bayonetas, lanzas y demás armas blancas, sus partes y fundas.
Pza
15
Ex.
9401.30.01
Asientos giratorios de altura ajustable.
Pza
10
Ex.
9401.40.01
Asientos transformables en cama, excepto el material de acampar o de jardín.
Pza
10
Ex.
9401.51.01
De bambú o ratán (roten).
Pza
10
Ex.
9401.59.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9401.61.01
Tapizados (con relleno).
Pza
10
Ex.
9401.69.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9401.71.01
Tapizados (con relleno).
Pza
10
Ex.
9401.79.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9401.80.01
Los demás asientos.
Kg
10
Ex.
9402.10.01
Partes.
Kg
15
Ex.
9402.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9402.90.01
Mesas de operaciones.
Pza
10
Ex.
9402.90.02
Parihuelas o camillas.
Pza
10
Ex.
9402.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9403.10.01
Archiveros de cajones, accionados electrónicamente.
Pza
15
Ex.
9403.10.02
Llamados "estaciones de trabajo", reconocibles como concebidos para alojar un sistema de cómputo personal, conteniendo por lo menos: una cubierta para monitor, una cubierta para teclado y una cubierta para la unidad central de proceso.
Pza
15
Ex.
9403.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9403.20.01
Atriles.
Pza
15
Ex.
9403.20.02
Mesas reconocibles como concebidas exclusivamente para dibujo o trazado (restiradores), sin equipar.
Pza
15
Ex.
9403.20.03
Gabinetes de seguridad biológica y flujo laminar con control y reciclado de aire, contenidos en un solo cuerpo, para uso en laboratorio.
Pza
5
Ex.
9403.20.04
Llamados "estaciones de trabajo", reconocibles como concebidos para alojar un sistema de cómputo personal, conteniendo por lo menos: una cubierta para monitor, una cubierta para teclado y una cubierta para la unidad central de proceso.
Pza
15
Ex.
9403.30.01
Muebles de madera de los tipos utilizados en oficinas, excepto lo comprendido en la fracción 9403.30.02.
Pza
10
Ex.
9403.30.02
Llamados "estaciones de trabajo", reconocibles como concebidos para alojar un sistema de cómputo personal, conteniendo por lo menos: una cubierta para monitor, una cubierta para teclado y una cubierta para la unidad central de proceso.
Pza
15
Ex.
9403.40.01
Muebles de madera de los tipos utilizados en cocinas.
Pza
10
Ex.
9403.50.01
Muebles de madera de los tipos utilizados en dormitorios.
Pza
10
Ex.
9403.60.01
Mesas, reconocibles como concebidas exclusivamente para dibujo o trazado (restiradores), sin equipar.
Pza
15
Ex.
9403.60.02
Atriles.
Pza
15
Ex.
9403.60.03
Llamados "estaciones de trabajo", reconocibles como concebidos para alojar un sistema de cómputo personal, conteniendo por lo menos: una cubierta para monitor, una cubierta para teclado y una cubierta para la unidad central de proceso.
Pza
15
Ex.
9403.60.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9403.70.01
Atriles.
Pza
15
Ex.
9403.70.02
Llamados "estaciones de trabajo", reconocibles como concebidos para alojar un sistema de cómputo personal, conteniendo por lo menos: una cubierta para monitor, una cubierta para teclado y una cubierta para la unidad central de proceso.
Pza
15
Ex.
9403.70.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9403.81.01
De bambú o ratán (roten).
Pza
15
Ex.
9403.89.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9404.10.01
Somieres.
Pza
15
Ex.
9404.21.01
Colchonetas.
Pza
15
Ex.
9404.21.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9404.29.99
De otras materias.
Pza
15
Ex.
9404.30.01
Sacos (bolsas) de dormir.
Pza
15
Ex.
9404.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9405.10.01
Lámparas equipadas con baterías, clavijas e interruptores.
Pza
15
Ex.
9405.10.02
Candiles.
Pza
15
Ex.
9405.10.03
De hierro o acero, excepto lo comprendido en las fracciones 9405.10.01 y 9405.10.02.
Pza
15
Ex.
9405.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9405.20.01
Lámparas eléctricas de pie.
Pza
15
Ex.
9405.20.99
Las demás.
Pza
15
Ex.
9405.40.01
Los demás aparatos eléctricos de alumbrado.
Pza
15
Ex.
9405.50.01
Lámparas de hierro o acero, que funcionen por combustibles líquidos o gaseosos.
Pza
15
Ex.
9405.50.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9405.60.01
Anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares.
Pza
15
Ex.
9405.91.02
Bombillas para lámparas o linternas de combustible líquido o gaseoso, excepto lo comprendido en la fracción 9405.91.01.
Kg
5
Ex.
9405.91.03
Elementos de vidrio para alumbrado y señalización.
Kg
5
Ex.
9405.91.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
9405.92.01
De plástico.
Kg
5
Ex.
9405.99.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
9406.00.01
Construcciones prefabricadas.
Kg
10
Ex.
9503.00.07
Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios.
Kg
10
Ex.
9503.00.08
Juguetes terapéutico-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente para usos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje, en instituciones de educación especial o similares.
Kg
5
Ex.
9503.00.09
Modelos reducidos "a escala" para ensamblar, de madera de balsa.
Kg
10
Ex.
9503.00.21
Ábacos.
Kg
10
Ex.
9503.00.25
Juguetes réplica de armas de fuego, que tengan apariencia, forma y/o configuración, de las armas de las partidas 93.02 y 93.03, pero que no sean las armas comprendidas en la partida 93.04.
Kg
10
Ex.
9504.20.01
Tizas y bolas de billar.
Kg
5
Ex.
9504.20.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
9504.90.02
Bolas, excepto lo comprendido en la fracción 9504.90.01.
Pza
10
Ex.
9504.90.03
Bolos o pinos de madera; aparatos automáticos para acomodar los bolos o pinos y regresar las bolas a su lugar de lanzamiento ("bowlings"), sus partes o piezas sueltas.
Kg
10
Ex.
9505.10.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
9506.31.01
Palos de golf ("clubs"), completos, en juegos.
Pza
10
Ex.
9506.40.01
Artículos y material para tenis de mesa.
Pza
10
Ex.
9506.51.99
Las demás.
Pza
10
Ex.
9506.61.01
Pelotas de tenis.
Kg
10
Ex.
9506.70.01
Patines para hielo y patines de ruedas, incluido el calzado con patines fijos.
Par
10
Ex.
9506.99.02
Artículos para el tiro de arco, así como sus partes o accesorios reconocibles como destinados exclusiva o principalmente a dichos artículos.
Kg
10
Ex.
9506.99.04
Caretas.
Pza
10
Ex.
9506.99.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
9507.10.01
Cañas de pescar.
Pza
10
Ex.
9507.20.01
Anzuelos, incluso montados en sedal.
Kg
10
Ex.
9507.30.01
Carretes de pesca.
Kg
10
Ex.
9507.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
9508.90.01
Autos de choque u otro tipo de automóviles, para feria, incluso cuando se presenten con sus autódromos.
Pza
10
Ex.
9508.90.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
9601.10.01
Marfil trabajado y sus manufacturas.
Kg
15
Ex.
9601.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9602.00.01
Cápsulas de gelatina.
Kg
5
Ex.
9602.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9603.10.01
Escobas y escobillas de ramitas u otra materia vegetal atada en haces, incluso con mango.
Pza
15
Ex.
9603.21.01
Cepillos de dientes, incluidos los cepillos para dentaduras postizas.
Pza
15
Ex.
9603.29.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9603.30.01
Pinceles y brochas para pintura artística, pinceles para escribir y pinceles similares para aplicación de cosméticos.
Pza
15
Ex.
9603.40.01
Pinceles y brochas para pintar, enlucir, barnizar o similares (excepto los de la subpartida 9603.30); almohadillas o muñequillas y rodillos, para pintar.
Pza
15
Ex.
9603.90.01
Plumeros.
Pza
15
Ex.
9603.90.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9605.00.01
Juegos o surtidos de viaje para aseo personal, costura o limpieza del calzado o de prendas de vestir.
Kg
15
Ex.
9606.10.01
Botones de presión y sus partes.
Kg
15
Ex.
9606.21.01
De plástico, sin forrar con materia textil.
Kg
15
Ex.
9606.22.01
De metal común, sin forrar con materia textil.
Kg
15
Ex.
9606.29.01
De corozo o de cuero.
Kg
15
Ex.
9606.29.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9606.30.01
Formas para botones y demás partes de botones; esbozos de botones.
Kg
15
Ex.
9607.11.01
Con dientes de metal común.
Kg
15
Ex.
9607.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9607.20.01
Partes.
Kg
15
Ex.
9608.10.01
De metal común.
Pza
15
Ex.
9608.10.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9608.20.01
Rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa.
Pza
15
Ex.
9608.31.01
Para dibujar con tinta china.
Pza
15
Ex.
9608.39.01
De metal común.
Pza
15
Ex.
9608.39.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9608.40.01
De metal común.
Pza
15
Ex.
9608.40.02
Lapiceros o portaminas sin cuerpo ni sujetador o clip, y con tapón, punta metálica o cono y con o sin portagomas.
Kg
10
Ex.
9608.40.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9608.50.01
De metal común.
Pza
15
Ex.
9608.50.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9608.91.01
Plumillas, excepto de metal precioso, doradas o plateadas.
Kg
15
Ex.
9608.91.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9608.99.01
De oro o platino, total o parcialmente, excepto partes.
G
15
Ex.
9608.99.02
Partes de oro.
Kg
15
Ex.
9608.99.03
Partes de metal común, chapeadas de oro.
Kg
5
Ex.
9608.99.04
De plata, total o parcialmente, excepto partes.
G
15
Ex.
9608.99.05
Partes de plata.
G
15
Ex.
9608.99.06
Partes de metal común, chapeadas de plata.
Kg
15
Ex.
9608.99.07
De metal, excepto partes.
G
15
Ex.
9608.99.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9609.10.01
Lápices.
Pza
15
Ex.
9609.20.01
Minas, cuyo diámetro no exceda de 0.7 mm.
Kg
10
Ex.
9609.20.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9609.90.01
Pasteles.
Kg
10
Ex.
9609.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9610.00.01
Pizarras y tableros para escribir o dibujar, incluso enmarcados.
Kg
15
Ex.
9611.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9612.20.01
Tampones.
Kg
15
Ex.
9613.10.01
Encendedores de gas no recargables, de bolsillo.
Pza
15
Ex.
9613.20.01
Encendedores de gas recargables, de bolsillo.
Pza
15
Ex.
9613.80.01
Encendedores de cigarrillos a base de resistencia para uso automotriz.
Pza
15
Ex.
9613.80.02
Encendedores de mesa.
Pza
15
Ex.
9613.80.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
9613.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
9614.00.02
Pipas (incluidas las cazoletas).
Pza
15
Ex.
9614.00.99
Las demás.
Kg
15
Ex.
9615.11.01
De caucho endurecido o plástico.
Kg
15
Ex.
9615.19.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9615.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
9616.10.01
Pulverizadores de tocador, sus monturas y cabezas de monturas.
Kg
15
Ex.
9616.20.01
Borlas y similares, para la aplicación de polvos, otros cosméticos o productos de tocador.
Kg
15
Ex.
9617.00.01
Termos y demás recipientes isotérmicos, montados y aislados por vacío, así como sus partes (excepto las ampollas de vidrio).
Kg
15
Ex.
9618.00.01
Maniquíes con peso igual o superior a 25 Kg.
Kg
10
Ex.
9618.00.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
ARTÍCULO 5.- Se modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:
 
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
Unidad
IMPUESTO
IMP.
EXP.
 
 
 
 
 
2849.10.01
De calcio.
Kg
Ex.
Ex.
3005.10.01
Tafetán engomado o venditas adhesivas.
Kg
25
Ex.
3005.90.02
Vendas elásticas.
Kg
25
Ex.
3005.90.99
Los demás.
Kg
25
Ex.
3406.00.01
Velas, cirios y artículos similares.
Kg
25
Ex.
4104.11.02
De bovino, con precurtido vegetal, excepto lo comprendido en la fracción 4104.11.01.

Ex.
Ex.
4104.11.03
De bovino, precurtidos al cromo húmedo ("wet blue"), excepto lo comprendido en la fracción 4104.11.01.

Ex.
Ex.
4104.19.02
De bovino, con precurtido vegetal, excepto lo comprendido en la fracción 4104.19.01.

Ex.
Ex.
4104.19.03
De bovino, precurtidos al cromo húmedo ("wet blue"), excepto lo comprendido en la fracción 4104.19.01.

Ex.
Ex.
4201.00.01
Artículos de talabartería o de guarnicionería para todos los animales (incluidos los tiros, traíllas, rodilleras, bozales, sudaderos, alforjas, abrigos para perros y artículos similares), de cualquier materia.
Pza
25
Ex.
4202.11.01
Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado.
Pza
25
Ex.
4202.12.01
Con la superficie exterior de plástico.
Pza
25
Ex.
4202.12.02
Con la superficie exterior de materia textil.
Pza
25
Ex.
4202.19.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
4202.21.01
Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado.
Pza
25
Ex.
4202.22.01
Con la superficie exterior de hojas de plástico.
Pza
25
Ex.
4202.22.02
Con la superficie exterior de materia textil.
Pza
25
Ex.
4202.29.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
4202.31.01
Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado.
Pza
25
Ex.
4202.32.01
Con la superficie exterior de hojas de plástico.
Pza
25
Ex.
4202.32.02
Con la superficie exterior de materia textil.
Pza
25
Ex.
4202.39.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
4202.91.01
Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado.
Pza
25
Ex.
4202.92.01
Con la superficie exterior de hojas de plástico, excepto lo comprendido en la fracción 4202.92.03.
Pza
25
Ex.
4202.92.02
Con la superficie exterior de materia textil, excepto lo comprendido en la fracción 4202.92.03.
Pza
25
Ex.
4202.92.03
Bolsas o fundas, utilizadas para contener llaves de cubo y/o un "gato", reconocibles como concebidas exclusivamente para uso automotriz.
Pza
25
Ex.
4202.99.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
4203.10.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
4203.21.01
Diseñados especialmente para la práctica del deporte.
Pza
25
Ex.
4203.29.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
4203.30.01
Cinturones de seguridad para operarios.
Pza
25
Ex.
4203.30.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
4203.40.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
4205.00.01
Partes cortadas en forma, reconocibles como concebidas exclusivamente para cinturones portaherramientas.
Pza
25
Ex.
4205.00.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
4303.10.01
Prendas y complementos (accesorios), de vestir.
Pza
25
Ex.
4303.90.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
4304.00.01
Peletería facticia o artificial y artículos de peletería facticia o artificial.
Kg
25
Ex.
4407.10.01
De ocote o pinabete, o abeto (oyamel) en tablas, tablones o vigas.
M3
Ex.
Ex.
4803.00.01
Guata de celulosa.
Kg
Ex.
Ex.
4803.00.02
Rizado ("crepé"), excepto lo comprendido en la fracción 4803.00.03.
Kg
Ex.
Ex.
4803.00.03
Acanalado, ondulado o corrugado.
Kg
Ex.
Ex.
4803.00.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4804.11.01
Crudos.
Kg
Ex.
Ex.
4804.19.01
Papel Kraft a base de celulosa semiblanqueada, con peso inferior o igual a 160 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4804.19.02
Cartón Kraft, a base de celulosa semiblanqueada, con peso superior a 160 g/m² sin exceder de 500 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4804.19.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4804.21.01
Crudo.
Kg
Ex.
Ex.
4804.29.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4804.31.01
Dieléctrico, cuyo espesor sea inferior o igual a 0.5 mm.
Kg
Ex.
Ex.
4804.31.02
Dieléctrico con espesor mayor a 0.5 mm.
Kg
Ex.
Ex.
4804.31.03
En rollos con ancho superior o igual a 1.50 m y con un peso máximo de 49 g/m², resistencia dieléctrica mínima de 8,000 voltios por mm, de espesor, de muestra seca.
Kg
Ex.
Ex.
4804.31.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4804.39.01
A base de celulosa semiblanqueada.
Kg
Ex.
Ex.
4804.39.02
Del color natural de la pasta, para la fabricación de laminados plásticos decorativos.
Kg
Ex.
Ex.
4804.39.03
De pulpa o de pasta, blanqueado uniformemente en la masa, para la fabricación de laminados plásticos decorativos.
Kg
Ex.
Ex.
4804.39.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4804.41.01
Crudos.
Kg
Ex.
Ex.
4804.42.01
Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra.
Kg
Ex.
Ex.
4804.49.01
A base de celulosa semiblanqueada, con peso inferior o igual a 160 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4804.49.02
A base de celulosa semiblanqueada, con peso superior a 160 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4804.49.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4804.51.01
Con peso superior a 600 g/m² sin exceder de 4,000 g/m², cuyo espesor sea inferior o igual a 4 mm, con resistencia dieléctrica.
Kg
Ex.
Ex.
4804.51.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4804.52.01
Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra.
Kg
Ex.
Ex.
4804.59.01
A base de celulosa semiblanqueada con peso por metro cuadrado hasta 500 g.
Kg
Ex.
Ex.
4804.59.02
Con peso superior a 600 g/m² sin exceder de 4,000 g/m², cuyo espesor sea inferior o igual a 4 mm, con resistencia dieléctrica.
Kg
Ex.
Ex.
4804.59.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4805.11.01
Papel semiquímico para acanalar.
Kg
Ex.
Ex.
4805.12.01
Papel paja para acanalar.
Kg
Ex.
Ex.
4805.19.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4805.24.01
Multicapas.
Kg
Ex.
Ex.
4805.24.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4805.25.01
Multicapas.
Kg
Ex.
Ex.
4805.25.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4805.30.01
Papel sulfito para envolver.
Kg
Ex.
Ex.
4805.40.01
Papel y cartón filtro.
Kg
Ex.
Ex.
4805.50.01
Papel y cartón fieltro, papel y cartón lana.
Kg
Ex.
Ex.
4805.91.01
De peso inferior o igual a 150 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4805.92.01
De peso superior a 150 g/m² pero inferior a 225 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4805.93.01
De peso superior o igual a 225 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4806.10.01
Papel y cartón sulfurizados (pergamino vegetal).
Kg
Ex.
Ex.
4806.20.01
Papel resistente a las grasas ("greaseproof").
Kg
Ex.
Ex.
4806.30.01
Papel vegetal (papel calco).
Kg
Ex.
Ex.
4806.40.01
Papel cristal y demás papeles calandrados transparentes o traslúcidos.
Kg
Ex.
Ex.
4807.00.01
Papel y cartón unidos con betún, alquitrán o asfalto.
Kg
Ex.
Ex.
4807.00.02
Papel y cartón paja, incluso recubiertos con papel de otra clase.
Kg
Ex.
Ex.
4808.10.01
Papel y cartón corrugados, incluso perforados.
Kg
Ex.
Ex.
4808.20.01
Papel kraft para sacos (bolsas), rizado ("crepé") o plisado, incluso gofrado, estampado o perforado.
Kg
Ex.
Ex.
4808.30.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4810.13.01
Estucados, recubiertos o pintados por una o ambas caras, de un alto grado de satinación o brillantez.
Kg
Ex.
Ex.
4810.13.02
Coloreados por ambas caras, excepto lo comprendido en la fracción 4810.13.01.
Kg
Ex.
Ex.
4810.13.03
Coloreados o decorados por una cara, excepto lo comprendido en la fracción 4810.13.01.
Kg
Ex.
Ex.
4810.13.04
De color, cuando contengan 82% o más, de celulosa.
Kg
Ex.
Ex.
4810.13.05
Blancos o de pasta teñida, aun cuando contengan cargas minerales, con aplicaciones o dibujos.
Kg
Ex.
Ex.
4810.13.06
Simplemente pautados, rayados o cuadriculados.
Kg
Ex.
Ex.
4810.13.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4810.14.01
Estucados, recubiertos o pintados por una o ambas caras, de un alto grado de satinación o brillantez.
Kg
Ex.
Ex.
4810.14.02
Coloreados por ambas caras, excepto lo comprendido en la fracción 4810.14.01.
Kg
Ex.
Ex.
4810.14.03
Coloreados o decorados por una cara, excepto lo comprendido en la fracción 4810.14.01.
Kg
Ex.
Ex.
4810.14.04
De color, cuando contengan 82% o más, de celulosa.
Kg
Ex.
Ex.
4810.14.05
Blancos o de pasta teñida, aun cuando contengan cargas minerales, con aplicaciones o dibujos.
Kg
Ex.
Ex.
4810.14.06
Simplemente pautados, rayados o cuadriculados.
Kg
Ex.
Ex.
4810.14.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4810.19.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4810.22.01
Papel cuché o tipo cuché, blanco o de color, mate o brillante, esmaltado o recubierto en ambas caras de una mezcla de sustancias minerales, propio para impresión fina.
Kg
Ex.
Ex.
4810.22.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4810.29.01
Cuché o tipo cuché, blancos o de color, mate o brillante, esmaltados o recubiertos por una o ambas caras de una mezcla de sustancias minerales, propios para impresión fina, con peso superior a 72 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4810.29.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4810.31.01
Estucados, pintados o recubiertos por una o ambas caras, de un alto grado de satinación o brillantez, con peso igual o superior a 74 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4810.31.02
Coloreados por ambas caras con peso inferior o igual a 120 g/m², excepto lo comprendido en la fracción 4810.31.01.
Kg
Ex.
Ex.
4810.31.03
Coloreados o decorados por una cara, excepto lo comprendido en la fracción 4810.31.01.
Kg
Ex.
Ex.
4810.32.01
Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95% en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 150 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4810.39.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4810.92.01
Multicapas.
Kg
Ex.
Ex.
4810.99.01
De pasta teñida en la masa, superficie jaspeada, con peso superior a 500 g/m² sin exceder de 900 g/m² ("pressboard").
Kg
Ex.
Ex.
4810.99.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4811.10.01
Papel kraft.
Kg
Ex.
Ex.
4811.10.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4811.41.01
Autoadhesivos, excepto los comprendidos en la fracción 4811.41.02.
Kg
Ex.
Ex.
4811.49.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4811.51.01
Recubiertos por una de sus caras, con una película de materia plástica artificial, aun cuando también lleven recubrimiento de otros materiales, excepto lo comprendido en la fracción 4811.51.03.
Kg
Ex.
Ex.
4811.51.02
Recubiertos con caolín y resinas sintéticas, repelentes a películas vinílicas, resistentes a la tensión así como a temperaturas iguales o superiores a 210°C, con peso superior a 100 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4811.51.04
Filtro, impregnados de resinas sintéticas, aun cuando estén coloreados o acanalados.
Kg
Ex.
Ex.
4811.51.05
100% de fibra de algodón "transparentizado", impregnado con resinas sintéticas.
Kg
Ex.
Ex.
4811.59.01
Recubiertos por una de sus caras, con una película de materia plástica artificial, aun cuando también lleven recubrimiento de otros materiales.
Kg
Ex.
Ex.
4811.59.02
Recubiertos con caolín y resinas sintéticas, repelentes a películas vinílicas, resistentes a la tensión así como a temperaturas iguales o superiores a 210°C, con peso superior a 100 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4811.59.03
De kraft a base de celulosa semiblanqueada con un peso entre 200 g/m² y 450 g/m², cuya pasta se encuentre tratada con agentes que mejoren la resistencia a la humedad, recubiertos por una o por ambas caras con resina sintética de polietileno.
Kg
Ex.
Ex.
4811.59.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4811.90.01
Cubiertos de gelatina por una de sus caras, para sensibilizarse posteriormente.
Kg
Ex.
Ex.
4811.90.02
Recubiertos por una de sus caras con látex.
Kg
Ex.
Ex.
4811.90.03
Recubiertos por una de sus caras, con nitrocelulósicos, con peso igual o superior a 140 g/m², sin exceder de 435 g/m².
Kg
Ex.
Ex.
4811.90.04
Para obtener copias electrostáticas.
Kg
Ex.
Ex.
4811.90.05
Glassine.
Kg
Ex.
Ex.
4811.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
4813.10.01
En librillos o en tubos.
Kg
Ex.
Ex.
4813.20.01
En bobinas (rollos) de anchura inferior o igual a 5 cm.
Kg
Ex.
Ex.
4819.10.01
Cajas de papel o cartón corrugado.
Kg
Ex.
Ex.
4819.30.01
Sacos (bolsas) con una anchura en la base superior o igual a 40 cm.
Kg
Ex.
Ex.
4821.90.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
4823.70.03
Empaquetaduras.
Kg
Ex.
Ex.
4823.90.01
Para usos dieléctricos.
Kg
Ex.
Ex.
4823.90.02
"Crepé" en bandas, excepto lo comprendido en la fracción 4823.90.01.
Kg
Ex.
Ex.
4823.90.05
Recubierto con resinas plásticas, con ancho igual o superior a 9 mm.
Kg
Ex.
Ex.
4823.90.10
Semiconos de papel filtro.
Kg
Ex.
Ex.
4823.90.11
Para protección de películas fotográficas.
Kg
Ex.
Ex.
4823.90.12
Cartón de pasta teñida en la masa, superficie jaspeada con peso superior a 500 g/m² sin exceder de 900 g/m² ("pressboard").
Kg
Ex.
Ex.
5802.19.99
Los demás.

25
Ex.
6101.20.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6101.30.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6101.90.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6101.90.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6102.10.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6102.20.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6102.30.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6102.90.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6103.10.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6103.10.02
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6103.10.03
De algodón o de fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6103.10.04
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6103.10.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6103.22.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6103.23.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6103.29.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6103.29.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6103.31.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6103.32.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6103.33.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6103.33.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6103.39.01
De fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6103.39.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6103.39.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6103.41.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6103.42.01
Pantalones con peto y tirantes.
Pza
25
Ex.
6103.42.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6103.43.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6103.49.01
De fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6103.49.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6103.49.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6104.13.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.13.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6104.19.01
De fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6104.19.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.19.03
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23%, sin exceder de 50% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.19.04
De lana o pelo fino, excepto lo comprendido en la fracción 6104.19.03.
Pza
25
Ex.
6104.19.05
De algodón.
Pza
25
Ex.
6104.19.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6104.22.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6104.23.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6104.29.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6104.29.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6104.31.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6104.32.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6104.33.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.33.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6104.39.01
De fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6104.39.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.39.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6104.41.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6104.42.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6104.43.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.43.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6104.44.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.44.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6104.49.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70 % en peso.
Pza
25
Ex.
6104.49.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6104.51.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6104.52.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6104.53.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.53.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6104.59.01
De fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6104.59.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.59.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6104.61.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6104.62.01
Pantalones con peto y tirantes.
Pza
25
Ex.
6104.62.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6104.63.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.69.01
De fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6104.69.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6104.69.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6105.90.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6105.90.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6106.20.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6106.90.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6106.90.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6106.90.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6107.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6107.29.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6107.29.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6107.91.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6107.99.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6107.99.02
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6107.99.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6108.11.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6108.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6108.29.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6108.39.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6108.39.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6108.91.01
Saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares.
Pza
25
Ex.
6108.91.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6108.92.01
Saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares.
Pza
25
Ex.
6108.92.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6108.99.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6108.99.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6109.90.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6109.90.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6110.11.01
De lana.
Pza
25
Ex.
6110.12.01
De cabra de Cachemira ("cashmere").
Pza
25
Ex.
6110.19.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6110.30.01
Construidos con 9 o menos puntadas por cada 2 cm, medidos en dirección horizontal, excepto los chalecos.
Pza
25
Ex.
6110.90.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6110.90.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6111.90.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6111.90.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6112.11.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6112.19.01
De fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6112.19.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6112.19.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6112.20.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6112.20.99
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6112.39.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6112.49.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6113.00.01
Para bucear (de buzo).
Pza
25
Ex.
6113.00.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6114.20.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6114.30.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
25
Ex.
6114.30.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6114.90.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6114.90.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6115.10.01
Calzas, panty-medias, leotardos y medias de compresión progresiva (por ejemplo, medias para várices).
Pza
25
Ex.
6115.21.01
De fibras sintéticas de título inferior a 67 decitex por hilo sencillo.
Pza
25
Ex.
6115.30.01
Las demás medias de mujer, de título inferior a 67 decitex por hilo sencillo.
Par
25
Ex.
6115.94.01
De lana o pelo fino.
Par
25
Ex.
6115.99.01
De las demás materias textiles.
Par
25
Ex.
6116.10.01
Mitones y manoplas, de lana o pelo fino.
Par
25
Ex.
6116.10.99
Los demás.
Par
25
Ex.
6116.91.01
De lana o pelo fino.
Par
25
Ex.
6116.92.01
De algodón.
Par
25
Ex.
6116.93.01
De fibras sintéticas.
Par
25
Ex.
6116.99.01
De las demás materias textiles.
Par
25
Ex.
6117.10.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6117.10.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6117.80.01
Corbatas y lazos similares.
Pza
25
Ex.
6117.80.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6117.90.01
Partes.
Pza
25
Ex.
6201.12.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
25
Ex.
6201.13.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
25
Ex.
6201.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6201.92.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
25
Ex.
6201.99.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6202.12.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
25
Ex.
6202.13.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
25
Ex.
6202.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6202.92.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
25
Ex.
6202.99.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6203.19.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6203.29.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6203.29.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6203.39.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6203.42.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
25
Ex.
6203.42.02
Pantalones con peto y tirantes.
Pza
25
Ex.
6204.11.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6204.12.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6204.13.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.13.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.19.01
De fibras artificiales, excepto lo comprendido en la fracción 6204.19.03.
Pza
25
Ex.
6204.19.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.19.03
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.19.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.21.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6204.29.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6204.33.02
Con un contenido de lino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.39.01
De fibras artificiales, excepto lo comprendido en la fracción 6204.39.03.
Pza
25
Ex.
6204.39.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.39.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.41.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6204.42.01
Hechos totalmente a mano.
Pza
25
Ex.
6204.43.01
Hechos totalmente a mano.
Pza
25
Ex.
6204.43.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6204.43.01.
Pza
25
Ex.
6204.44.01
Hechos totalmente a mano.
Pza
25
Ex.
6204.44.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6204.44.01.
Pza
25
Ex.
6204.49.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.49.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.51.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6204.53.01
Hechas totalmente a mano.
Pza
25
Ex.
6204.53.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6204.53.01.
Pza
25
Ex.
6204.59.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.59.03
Hechas totalmente a mano, de fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6204.59.04
Las demás hechas totalmente a mano.
Pza
25
Ex.
6204.59.05
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en las fracciones 6204.59.01, 6204.59.03 y 6204.59.04.
Pza
25
Ex.
6204.59.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.69.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6205.20.01
Hechas totalmente a mano.
Pza
25
Ex.
6205.30.01
Hechas totalmente a mano.
Pza
25
Ex.
6205.90.01
Con un contenido en seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6205.90.02
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6206.10.01
De seda o desperdicios de seda.
Pza
25
Ex.
6206.20.01
Hechas totalmente a mano.
Pza
25
Ex.
6206.20.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6206.40.01
Hechas totalmente a mano.
Pza
25
Ex.
6206.40.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6206.40.01.
Pza
25
Ex.
6207.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6207.29.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6207.29.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6207.91.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6207.99.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6207.99.02
De fibras sinteticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6207.99.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6208.11.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6208.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6208.29.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6208.29.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6208.91.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6208.92.01
Saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares.
Pza
25
Ex.
6208.92.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6208.99.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6208.99.02
Camisetas interiores y bragas (bombachas, calzones) con un contenido de seda, en peso, igual o superior a 70%.
Pza
25
Ex.
6208.99.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6209.90.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6209.90.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6210.10.01
Con productos de las partidas 56.02 o 56.03.
Pza
25
Ex.
6211.12.01
Para mujeres o niñas.
Pza
25
Ex.
6211.20.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
25
Ex.
6211.20.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6211.32.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6211.33.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6211.39.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
25
Ex.
6211.39.02
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6211.39.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6211.41.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6211.42.01
Pantalones con peto y tirantes.
Pza
25
Ex.
6211.42.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6211.43.01
Pantalones con peto y tirantes.
Pza
25
Ex.
6211.43.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6211.49.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6212.90.01
Copas de tejidos de fibras artificiales para portabustos.
Pza
25
Ex.
6212.90.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6213.20.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6213.90.01
De seda o desperdicios de seda.
Pza
25
Ex.
6213.90.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6214.10.01
De seda o desperdicios de seda.
Pza
25
Ex.
6214.20.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6214.30.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6214.40.01
De fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6214.90.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6215.10.01
De seda o desperdicios de seda.
Pza
25
Ex.
6215.20.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6215.90.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6216.00.01
Guantes, mitones y manoplas.
Par
25
Ex.
6217.10.01
Complementos (accesorios) de vestir.
Pza
25
Ex.
6217.90.01
Partes.
Pza
25
Ex.
6301.20.01
Mantas de lana o pelo fino (excepto las eléctricas).
Pza
25
Ex.
6301.30.01
Mantas de algodón (excepto las eléctricas).
Pza
25
Ex.
6302.10.01
Ropa de cama, de punto.
Pza
25
Ex.
6302.29.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6302.39.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6302.40.01
Ropa de mesa, de punto.
Pza
25
Ex.
6302.51.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6302.53.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6302.59.01
De lino.
Pza
25
Ex.
6302.59.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6302.91.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6302.93.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6302.99.01
De lino.
Pza
25
Ex.
6302.99.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6303.12.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6303.19.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6303.19.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6303.91.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6303.92.01
Confeccionadas con los tejidos comprendidos en la fracción 5407.61.01.
Pza
25
Ex.
6303.92.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6303.99.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6304.11.01
De punto.
Pza
25
Ex.
6304.91.01
De punto.
Pza
25
Ex.
6304.92.01
De algodón, excepto de punto.
Pza
25
Ex.
6304.93.01
De fibras sintéticas, excepto de punto.
Pza
25
Ex.
6304.99.01
De las demás materias textiles, excepto de punto.
Pza
25
Ex.
6307.10.01
Paños para fregar o lavar (bayetas, paños rejilla), franelas y artículos similares para limpieza.
Kg
25
Ex.
6307.90.01
Toallas quirúrgicas.
Pza
25
Ex.
6307.90.99
Los demás.
Kg
10
Ex.
6309.00.01
Artículos de prendería.
Kg
25
Ex.
6310.10.01
Trapos mutilados o picados.
Kg
25
Ex.
6310.10.99
Los demás.
Kg
25
Ex.
6310.90.01
Trapos mutilados o picados.
Kg
25
Ex.
6310.90.99
Los demás.
Kg
25
Ex.
6401.92.99
Los demás.
Par
25
Ex.
6402.19.03
Calzado para niños o infantes con la parte superior (corte) de caucho o plástico en más del 90%, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
25
Ex.
6402.19.99
Los demás.
Par
25
Ex.
6402.91.01
Sin puntera metálica.
Par
25
Ex.
6402.99.03
Calzado para hombres o jóvenes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte, y lo comprendido en las fracciones 6402.99.01, 6402.99.02 y 6402.99.06.
Par
25
Ex.
6402.99.05
Calzado para niños o infantes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte y lo comprendido en las fracciones 6402.99.01, 6402.99.02 y 6402.99.06.
Par
25
Ex.
6403.19.02
Calzado para hombres o jóvenes, excepto lo comprendido en la fracción 6403.19.01.
Par
25
Ex.
6403.51.01
Calzado para hombres o jóvenes, de construcción "Welt".
Par
25
Ex.
6403.51.02
Calzado para hombres o jóvenes, excepto lo comprendido en la fracción 6403.51.01.
Par
25
Ex.
6403.51.99
Los demás.
Par
25
Ex.
6403.59.02
Calzado para hombres o jóvenes, excepto lo comprendido en la fracción 6403.59.01.
Par
25
Ex.
6403.59.99
Los demás.
Par
25
Ex.
6403.91.01
De construcción "Welt", excepto lo comprendido en la fracción 6403.91.03.
Par
25
Ex.
6403.91.02
Reconocibles como concebidos exclusivamente para la práctica de tenis, basketball, gimnasia, ejercicios y actividades similares.
Par
25
Ex.
6403.91.03
Calzado para niños e infantes.
Par
25
Ex.
6403.99.05
Calzado para niños o infantes, excepto lo comprendido en las fracciones 6403.99.01, 6403.99.02 y 6403.99.06.
Par
25
Ex.
6404.11.01
Calzado para hombres o jóvenes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
25
Ex.
6404.11.02
Calzado para mujeres o jovencitas, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
25
Ex.
6404.11.03
Calzado para niños o infantes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
25
Ex.
6404.19.01
Calzado para hombres o jóvenes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
25
Ex.
6404.19.02
Calzado para mujeres o jovencitas, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
25
Ex.
6404.19.03
Calzado para niños o infantes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
25
Ex.
6404.19.99
Los demás.
Par
25
Ex.
6405.20.99
Los demás.
Par
25
Ex.
6406.20.01
Suelas de caucho o de plástico.
Pza
5
Ex.
6910.10.01
De porcelana.
Kg
15
Ex.
6910.90.99
Los demás.
Kg
15
Ex.
7216.61.01
Perfiles en forma de H, I, L, T, U y Z, cuyo espesor no exceda a 23 cm, excepto lo comprendido en la fracción 7216.61.02.
Kg
Ex.
Ex.
7312.10.02
De acero sin galvanizar, cubierto por una capa de alambres acoplados de perfil "Z", con diámetro inferior o igual a 60 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7312.10.03
Cable flexible (cable Bowden) constituido por alambres de acero cobrizado enrollado en espiral sobre alma del mismo material, con diámetro inferior o igual a 5 mm.
Kg
Ex.
Ex.
7320.20.03
Con peso unitario superior a 30 gr, excepto para suspensión automotriz.
Kg
Ex.
Ex.
7321.11.01
Cocinas que consuman combustibles gaseosos.
Pza
15
Ex.
7321.11.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
7321.81.01
Estufas o caloríferos.
Pza
15
Ex.
7408.19.01
De cobre libres de oxígeno, con pureza igual o superior al 99.22%, de diámetro inferior o igual a 1 mm, con o sin recubrimiento de níquel, reconocibles para la fabricación de electrodos para cátodos de encendido de focos, tubos de descarga o tubos de rayos catódicos.
Kg
Ex.
Ex.
7408.21.01
A base de cobre-cinc (latón).
Kg
Ex.
Ex.
7408.22.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7408.29.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
7409.11.01
Enrolladas.
Kg
Ex.
Ex.
7409.21.01
Enrolladas.
Kg
Ex.
Ex.
7409.31.01
Enrolladas.
Kg
Ex.
Ex.
7409.40.01
De aleaciones a base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca).
Kg
Ex.
Ex.
7605.11.01
Con pureza mínima de 99.5% de aluminio y diámetro igual o superior a 9 mm, para la fabricación de conductores eléctricos.
Kg
Ex.
Ex.
7605.21.01
Con un contenido en peso de: 0.7% de hierro, 0.4 a 0.8% de silicio, 0.15 a 0.40% de cobre, 0.8 a 1.2% de magnesio, 0.04 a 0.35% de cromo, además de los otros elementos.
Kg
Ex.
Ex.
7605.21.02
De aleación 5056.
Kg
Ex.
Ex.
7605.29.01
Con un contenido en peso de: 0.7% de hierro, 0.4 a 0.8% de silicio, 0.15 a 0.40% de cobre, 0.8 a 1.2% de magnesio, 0.04 a 0.35% de cromo, además de los otros elementos.
Kg
Ex.
Ex.
7605.29.02
De la aleación A2011TD, según Norma JIS-H-4040, o sus equivalentes.
Kg
Ex.
Ex.
8308.10.01
Broches.
Kg
Ex.
Ex.
8308.10.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8308.20.01
Remaches tubulares o con espiga hendida.
Kg
5
Ex.
8308.90.01
Los demás, incluidas las partes.
Kg
5
Ex.
8408.90.99
Los demás.
Pza
Ex.
Ex.
8409.91.02
Pistones, camisas, anillos o válvulas, aun cuando se presenten en juegos ("kits"), excepto lo comprendido en las fracciones 8409.91.05 y 8409.91.07.
Kg
Ex.
Ex.
8409.99.03
Pistones, camisas, anillos o válvulas, aun cuando se presenten en juegos ("kits") excepto lo comprendido en las fracciones 8409.99.02, 8409.99.04 y 8409.99.06.
Kg
Ex.
Ex.
8409.99.05
Bielas o portabielas.
Kg
Ex.
Ex.
8409.99.11
Reconocibles como concebidas exclusivamente para inyectores de combustible diesel.
Kg
Ex.
Ex.
8413.30.01
Para inyección de diesel.
Pza
Ex.
Ex.
8413.91.04
Reconocibles como concebidas exclusivamente para bombas de inyección de diesel, excepto lo comprendido en la fracción 8413.91.11.
Kg
Ex.
Ex.
8414.51.01
Ventiladores, de uso doméstico.
Pza
15
Ex.
8418.10.01
Con peso unitario inferior o igual a 200 kg.
Pza
15
Ex.
8418.21.01
De compresión.
Pza
15
Ex.
8419.50.02
Recipientes calentadores o enfriadores, de doble pared o doble fondo con dispositivos para la circulación del fluido calentador o enfriador.
Pza
Ex.
Ex.
8419.50.99
Los demás.
Pza
Ex.
Ex.
8425.39.01
Para elevadores o montacargas, accionados sin engranajes.
Pza
Ex.
Ex.
8431.31.01
Para elevadores (ascensores).
Kg
Ex.
Ex.
8450.11.01
De uso doméstico.
Pza
15
Ex.
8450.12.01
De uso doméstico.
Pza
15
Ex.
8450.19.01
De uso doméstico.
Pza
15
Ex.
8451.21.01
De uso doméstico.
Pza
15
Ex.
8467.21.02
Taladros, excepto lo comprendido en la fracción 8467.21.01.
Pza
Ex.
Ex.
8482.20.03
Ensambles de conos y rodillos cónicos con números de serie: 387A, HM803146, HM803149, HM88542, JL26749, JL69349 o L45449; rodamientos con los siguientes códigos (SET): JL69349/310 (SET 11), LM501349/310 (SET 45), JL26749F/710 (SET 46), LM29748/710 (SET 56), 387A/382S (SET 75), HM88542/510 (SET 81) o HM803149/110 (SET 83); ensambles y rodamientos equivalentes a los comprendidos en esta fracción, según las Normas Internacionales ANSI-ABMA Standard 19.1, ANSI-ABMA Standard 19.2 o ISO 355, incluyendo los que contengan números y/o letras posteriores a los números de serie y códigos indicados.
Kg
Ex.
Ex.
8483.10.01
Flechas o cigüeñales.
Kg
Ex.
Ex.
8484.20.01
Juntas mecánicas de estanqueidad.
Kg
Ex.
Ex.
8484.90.01
Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales.
Kg
Ex.
Ex.
8501.20.99
Los demás.
Pza
Ex.
Ex.
8501.32.03
Motores para ascensores o elevadores.
Pza
Ex.
Ex.
8501.33.03
Generadores, excepto lo comprendido en la fracción 8501.33.01.
Pza
Ex.
Ex.
8501.33.04
Motores para ascensores o elevadores.
Pza
Ex.
Ex.
8501.34.01
Generadores.
Pza
Ex.
Ex.
8501.34.03
Motores para ascensores o elevadores.
Pza
Ex.
Ex.
8501.34.99
Los demás.
Pza
Ex.
Ex.
8501.40.99
Los demás.
Pza
Ex.
Ex.
8501.52.02
Para ascensores o elevadores.
Pza
Ex.
Ex.
8501.53.02
Para ascensores o elevadores.
Pza
Ex.
Ex.
8503.00.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
8504.10.99
Los demás.
Pza
Ex.
Ex.
8509.40.01
Licuadoras, trituradoras o mezcladoras de alimentos.
Pza
15
Ex.
8512.20.02
Luces direccionales y/o calaveras traseras, excepto lo comprendido en la fracción 8512.20.01.
Kg
Ex.
Ex.
8516.29.99
Los demás.
Pza
15
Ex.
8516.50.01
Hornos de microondas.
Pza
5
Ex.
8516.60.01
Hornillos (incluidas las mesas de cocción), parrillas y asadores.
Pza
5
Ex.
8516.60.02
Cocinas.
Pza
15
Ex.
8516.80.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
8519.81.05
Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos) reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz, excepto los comprendidos en la fracción 8519.81.06.
Pza
Ex.
Ex.
8519.81.06
Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos), con cambiador automático incluido con capacidad de 6 o más discos, reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz.
Pza
Ex.
Ex.
8535.30.01
Interruptores.
Kg
Ex.
Ex.
8535.40.02
Pararrayos (apartarrayos), excepto lo comprendido en la fracción 8535.40.01.
Kg
Ex.
Ex.
8536.49.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
8536.50.01
Interruptores, excepto los comprendidos en la fracción 8536.50.15.
Kg
Ex.
Ex.
8536.61.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
8536.69.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
8536.90.14
Clavijas ("plugs") reconocibles como concebidas exclusivamente para uso en telefonía, de dos o más polos.
Kg
Ex.
Ex.
8537.10.02
Cuadros de mando o distribución para elevadores o ascensores.
Kg
Ex.
Ex.
8538.90.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
8544.20.02
Cables coaxiales de uno o más conductores concéntricos, aislados, aun cuando vengan recubiertos de materias aislantes, con o sin mensajero de acero, con una impedancia de 50 a 75 ohms, excepto lo comprendido en la fracción 8544.20.01.
Kg
Ex.
Ex.
8544.20.03
Reconocibles para naves aéreas.
Kg
Ex.
Ex.
8544.30.01
Reconocibles para naves aéreas.
Kg
Ex.
Ex.
8544.42.05
Reconocibles para naves aéreas.
Kg
Ex.
Ex.
8544.49.05
Reconocibles para naves aéreas.
Kg
Ex.
Ex.
8544.70.01
Cables de fibras ópticas.
Kg
Ex.
Ex.
8607.99.99
Las demás.
Kg
Ex.
Ex.
8708.29.01
Guardafangos.
Pza
Ex.
Ex.
8708.30.04
Guarniciones de frenos montadas, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.30.01, 8708.30.02 y 8708.30.03.
Pza
Ex.
Ex.
8708.30.05
Mecanismos de frenos de disco o sus partes componentes.
Pza
Ex.
Ex.
8708.30.99
Los demás.
Pza
Ex.
Ex.
8708.50.09
Los demás ejes con diferencial, excepto los comprendidos en la fracción 8708.50.08.
Pza
Ex.
Ex.
8708.50.24
Forjas o fundiciones de yugos, con peso unitario superior a 6.4 kg pero inferior o igual a 14 kg, para utilizarse en el eje trasero motriz.
Pza
Ex.
Ex.
8708.50.25
Forjas de flechas de entrada y salida para diferencial de eje trasero; forjas de flechas semi-eje para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
Ex.
Ex.
8708.50.27
Fundiciones de mazas para eje diferencial trasero para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
Ex.
Ex.
8708.50.28
Placas troqueladas (preformas), de acero, para la fabricación de fundas para ejes traseros con diferencial, de vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
Ex.
Ex.
8708.50.29
Forjas de crucetas para eje trasero motriz para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 8,846 kg (19,501 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
Ex.
Ex.
8708.50.30
Forjas de piñón para ejes traseros motriz, para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras).
Pza
Ex.
Ex.
8708.80.05
Partes reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de suspensión, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.80.07, 8708.80.10 y 8708.80.12.
Pza
Ex.
Ex.
8708.94.09
Semiejes y ejes de dirección, y sus partes.
Pza
Ex.
Ex.
8708.99.03
Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05.
Pza
Ex.
Ex.
8708.99.10
Ejes de rueda de doble pestaña que incorporen bolas de rodamiento.
Pza
Ex.
Ex.
8708.99.99
Los demás.
Pza
Ex.
Ex.
9030.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
9032.90.01
Termopares, reconocibles como concebidos exclusiva o principalmente para los termostatos de la fracción 9032.10.03.
Kg
Ex.
Ex.
9032.90.99
Los demás.
Kg
Ex.
Ex.
ARTÍCULO 6.- Se modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:
 
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
Unidad
IMPUESTO
IMP.
EXP.
3005.10.01
Tafetán engomado o venditas adhesivas.
Kg
20
Ex.
3005.90.02
Vendas elásticas.
Kg
20
Ex.
3005.90.99
Los demás.
Kg
20
Ex.
3406.00.01
Velas, cirios y artículos similares.
Kg
20
Ex.
4201.00.01
Artículos de talabartería o de guarnicionería para todos los animales (incluidos los tiros, traíllas, rodilleras, bozales, sudaderos, alforjas, abrigos para perros y artículos similares), de cualquier materia.
Pza
20
Ex.
4202.11.01
Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado.
Pza
20
Ex.
4202.12.01
Con la superficie exterior de plástico.
Pza
20
Ex.
4202.12.02
Con la superficie exterior de materia textil.
Pza
20
Ex.
4202.19.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
4202.21.01
Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado.
Pza
20
Ex.
4202.22.01
Con la superficie exterior de hojas de plástico.
Pza
20
Ex.
4202.22.02
Con la superficie exterior de materia textil.
Pza
20
Ex.
4202.29.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
4202.31.01
Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado.
Pza
20
Ex.
4202.32.01
Con la superficie exterior de hojas de plástico.
Pza
20
Ex.
4202.32.02
Con la superficie exterior de materia textil.
Pza
20
Ex.
4202.39.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
4202.91.01
Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado.
Pza
20
Ex.
4202.92.01
Con la superficie exterior de hojas de plástico, excepto lo comprendido en la fracción 4202.92.03.
Pza
20
Ex.
4202.92.02
Con la superficie exterior de materia textil, excepto lo comprendido en la fracción 4202.92.03.
Pza
20
Ex.
4202.92.03
Bolsas o fundas, utilizadas para contener llaves de cubo y/o un "gato", reconocibles como concebidas exclusivamente para uso automotriz.
Pza
20
Ex.
4202.99.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
4203.10.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
4203.21.01
Diseñados especialmente para la práctica del deporte.
Pza
20
Ex.
4203.29.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
4203.30.01
Cinturones de seguridad para operarios.
Pza
20
Ex.
4203.30.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
4203.40.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
4205.00.01
Partes cortadas en forma, reconocibles como concebidas exclusivamente para cinturones portaherramientas.
Pza
20
Ex.
4205.00.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
4303.10.01
Prendas y complementos (accesorios), de vestir.
Pza
20
Ex.
4303.90.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
4304.00.01
Peletería facticia o artificial y artículos de peletería facticia o artificial.
Kg
20
Ex.
5802.19.99
Los demás.

20
Ex.
6101.20.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6101.30.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6101.30.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6101.90.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6101.90.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6102.10.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6102.20.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6102.30.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6102.30.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6102.90.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6103.10.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6103.10.02
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6103.10.03
De algodón o de fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6103.10.04
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6103.10.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6103.22.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6103.23.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6103.29.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6103.29.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6103.31.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6103.32.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6103.33.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6103.33.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6103.39.01
De fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6103.39.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6103.39.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6103.41.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6103.42.01
Pantalones con peto y tirantes.
Pza
20
Ex.
6103.42.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6103.43.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6103.43.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6103.49.01
De fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6103.49.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6103.49.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6104.13.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.13.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6104.19.01
De fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6104.19.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.19.03
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23%, sin exceder de 50% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.19.04
De lana o pelo fino, excepto lo comprendido en la fracción 6104.19.03.
Pza
20
Ex.
6104.19.05
De algodón.
Pza
20
Ex.
6104.19.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6104.22.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6104.23.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6104.29.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6104.29.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6104.31.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6104.32.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6104.33.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.33.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6104.39.01
De fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6104.39.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.39.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6104.41.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6104.42.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6104.43.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.43.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6104.44.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.44.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6104.49.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.49.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6104.51.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6104.52.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6104.53.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.53.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6104.59.01
De fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6104.59.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.59.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6104.61.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6104.62.01
Pantalones con peto y tirantes.
Pza
20
Ex.
6104.62.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6104.63.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.63.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6104.69.01
De fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6104.69.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6104.69.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6105.10.01
Camisas deportivas.
Pza
25
Ex.
6105.10.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6105.20.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6105.90.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6105.90.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6106.10.01
Camisas deportivas.
Pza
25
Ex.
6106.10.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6106.20.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6106.20.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6106.90.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6106.90.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6106.90.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6107.11.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6107.12.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6107.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6107.21.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6107.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6107.29.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6107.29.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6107.91.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6107.99.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6107.99.02
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6107.99.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6108.11.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6108.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6108.21.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6108.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6108.29.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6108.31.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6108.32.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6108.39.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6108.39.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6108.91.01
Saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares.
Pza
20
Ex.
6108.91.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6108.92.01
Saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares.
Pza
20
Ex.
6108.92.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6108.99.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6108.99.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6109.10.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6109.90.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6109.90.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6109.90.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6110.11.01
De lana.
Pza
20
Ex.
6110.12.01
De cabra de Cachemira ("cashmere").
Pza
20
Ex.
6110.19.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6110.20.01
Suéteres (jerseys), "pullovers" y chalecos.
Pza
25
Ex.
6110.20.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6110.30.01
Construidos con 9 o menos puntadas por cada 2 cm, medidos en dirección horizontal, excepto los chalecos.
Pza
20
Ex.
6110.30.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6110.30.01.
Pza
25
Ex.
6110.30.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6110.90.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6110.90.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6111.20.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6111.30.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6111.90.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6111.90.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6112.11.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6112.12.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6112.19.01
De fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6112.19.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6112.19.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6112.20.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6112.20.99
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6112.31.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6112.39.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6112.41.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6112.49.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6113.00.01
Para bucear (de buzo).
Pza
20
Ex.
6113.00.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6114.20.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6114.30.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso.
Pza
20
Ex.
6114.30.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6114.90.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6114.90.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6115.10.01
Calzas, panty-medias, leotardos y medias de compresión progresiva (por ejemplo, medias para várices).
Pza
20
Ex.
6115.21.01
De fibras sintéticas de título inferior a 67 decitex por hilo sencillo.
Pza
20
Ex.
6115.22.01
De fibras sintéticas de título superior o igual a 67 decitex por hilo sencillo.
Pza
25
Ex.
6115.29.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6115.30.01
Las demás medias de mujer, de título inferior a 67 decitex por hilo sencillo.
Par
20
Ex.
6115.94.01
De lana o pelo fino.
Par
20
Ex.
6115.95.01
De algodón.
Par
25
Ex.
6115.96.01
De fibras sintéticas.
Par
25
Ex.
6115.99.01
De las demás materias textiles.
Par
20
Ex.
6116.10.01
Mitones y manoplas, de lana o pelo fino.
Par
20
Ex.
6116.10.99
Los demás.
Par
20
Ex.
6116.91.01
De lana o pelo fino.
Par
20
Ex.
6116.92.01
De algodón.
Par
20
Ex.
6116.93.01
De fibras sintéticas.
Par
20
Ex.
6116.99.01
De las demás materias textiles.
Par
20
Ex.
6117.10.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6117.10.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6117.80.01
Corbatas y lazos similares.
Pza
20
Ex.
6117.80.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6117.90.01
Partes.
Pza
20
Ex.
6201.11.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6201.12.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
20
Ex.
6201.12.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6201.13.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
20
Ex.
6201.13.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6201.13.01.
Pza
25
Ex.
6201.13.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6201.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6201.91.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6201.92.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
20
Ex.
6201.92.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6201.93.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6201.93.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6201.99.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6202.11.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6202.12.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
20
Ex.
6202.12.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6202.13.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
20
Ex.
6202.13.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6202.13.01.
Pza
25
Ex.
6202.13.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6202.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6202.91.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6202.92.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
20
Ex.
6202.92.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6202.93.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6202.93.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6202.99.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6203.11.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6203.12.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6203.19.01
De algodón o de fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6203.19.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6203.19.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6203.22.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6203.23.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6203.29.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6203.29.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6203.31.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6203.32.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6203.33.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6203.33.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6203.39.01
De fibras artificiales, excepto lo comprendido en la fracción 6203.39.03.
Pza
25
Ex.
6203.39.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6203.39.03
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6203.39.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6203.41.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6203.42.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
20
Ex.
6203.42.02
Pantalones con peto y tirantes.
Pza
20
Ex.
6203.42.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6203.43.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6203.43.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6203.49.01
De las demás materias textiles.
Pza
25
Ex.
6204.11.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6204.12.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6204.13.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.13.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.19.01
De fibras artificiales, excepto lo comprendido en la fracción 6204.19.03.
Pza
20
Ex.
6204.19.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.19.03
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.19.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.21.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6204.22.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6204.23.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6204.29.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6204.31.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6204.32.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6204.33.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.33.02
Con un contenido de lino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.33.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.39.01
De fibras artificiales, excepto lo comprendido en la fracción 6204.39.03.
Pza
20
Ex.
6204.39.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.39.03
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.39.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.41.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6204.42.01
Hechos totalmente a mano.
Pza
20
Ex.
6204.42.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.43.01
Hechos totalmente a mano.
Pza
20
Ex.
6204.43.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6204.43.01.
Pza
20
Ex.
6204.43.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.44.01
Hechos totalmente a mano.
Pza
20
Ex.
6204.44.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6204.44.01.
Pza
20
Ex.
6204.44.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.49.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.49.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.51.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6204.52.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6204.53.01
Hechas totalmente a mano.
Pza
20
Ex.
6204.53.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6204.53.01.
Pza
20
Ex.
6204.53.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.59.01
De fibras artificiales.
Pza
25
Ex.
6204.59.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.59.03
Hechas totalmente a mano, de fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6204.59.04
Las demás hechas totalmente a mano.
Pza
20
Ex.
6204.59.05
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en las fracciones 6204.59.01, 6204.59.03 y 6204.59.04.
Pza
20
Ex.
6204.59.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.61.01
De lana o pelo fino.
Pza
25
Ex.
6204.62.01
Pantalones y pantalones cortos.
Pza
25
Ex.
6204.62.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.63.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.63.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6204.69.01
De fibras artificiales, excepto lo comprendido en la fracción 6204.69.03.
Pza
25
Ex.
6204.69.02
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.69.03
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
25
Ex.
6204.69.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6205.20.01
Hechas totalmente a mano.
Pza
20
Ex.
6205.20.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6205.30.01
Hechas totalmente a mano.
Pza
20
Ex.
6205.30.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6205.90.01
Con un contenido en seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6205.90.02
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6205.90.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6206.10.01
De seda o desperdicios de seda.
Pza
20
Ex.
6206.20.01
Hechas totalmente a mano.
Pza
20
Ex.
6206.20.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6206.30.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6206.40.01
Hechas totalmente a mano.
Pza
20
Ex.
6206.40.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6206.40.01.
Pza
20
Ex.
6206.40.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6206.90.01
Con mezclas de algodón.
Pza
25
Ex.
6206.90.99
Los demás.
Pza
25
Ex.
6207.11.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6207.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6207.21.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6207.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6207.29.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6207.29.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6207.91.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6207.99.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6207.99.02
De fibras sinteticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6207.99.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6208.11.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6208.19.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6208.21.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6208.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6208.29.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6208.29.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6208.91.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6208.92.01
Saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares.
Pza
20
Ex.
6208.92.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6208.99.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6208.99.02
Camisetas interiores y bragas (bombachas, calzones) con un contenido de seda, en peso, igual o superior a 70%.
Pza
20
Ex.
6208.99.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6209.20.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6209.30.01
De fibras sintéticas.
Pza
25
Ex.
6209.90.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6209.90.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6210.10.01
Con productos de las partidas 56.02 o 56.03.
Pza
20
Ex.
6210.20.01
Las demás prendas de vestir del tipo de las citadas en las subpartidas 6201.11 a 6201.19.
Pza
25
Ex.
6210.30.01
Las demás prendas de vestir del tipo de las citadas en las subpartidas 6202.11 a 6202.19.
Pza
25
Ex.
6210.40.01
Las demás prendas de vestir para hombres o niños.
Pza
25
Ex.
6210.50.01
Las demás prendas de vestir para mujeres o niñas.
Pza
25
Ex.
6211.11.01
Para hombres o niños.
Pza
25
Ex.
6211.12.01
Para mujeres o niñas.
Pza
20
Ex.
6211.20.01
Con un contenido del 15% o más, en peso, de plumón y plumas de ave acuática, siempre que el plumón comprenda 35% o más, en peso; con un contenido del 10% o más por peso del plumaje.
Pza
20
Ex.
6211.20.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6211.32.01
Camisas deportivas.
Pza
25
Ex.
6211.32.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6211.33.01
Camisas deportivas.
Pza
25
Ex.
6211.33.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6211.39.01
Con un contenido de seda mayor o igual a 70% en peso.
Pza
20
Ex.
6211.39.02
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6211.39.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6211.41.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6211.42.01
Pantalones con peto y tirantes.
Pza
20
Ex.
6211.42.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6211.43.01
Pantalones con peto y tirantes.
Pza
20
Ex.
6211.43.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6211.49.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6212.10.01
Sostenes (corpiños).
Pza
25
Ex.
6212.20.01
Fajas y fajas braga (fajas bombacha).
Pza
25
Ex.
6212.30.01
Fajas sostén (fajas corpiño).
Pza
25
Ex.
6212.90.01
Copas de tejidos de fibras artificiales para portabustos.
Pza
20
Ex.
6212.90.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6213.20.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6213.90.01
De seda o desperdicios de seda.
Pza
20
Ex.
6213.90.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6214.10.01
De seda o desperdicios de seda.
Pza
20
Ex.
6214.20.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6214.30.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6214.40.01
De fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6214.90.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6215.10.01
De seda o desperdicios de seda.
Pza
20
Ex.
6215.20.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6215.90.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6216.00.01
Guantes, mitones y manoplas.
Par
20
Ex.
6217.10.01
Complementos (accesorios) de vestir.
Pza
20
Ex.
6217.90.01
Partes.
Pza
20
Ex.
6301.20.01
Mantas de lana o pelo fino (excepto las eléctricas).
Pza
20
Ex.
6301.30.01
Mantas de algodón (excepto las eléctricas).
Pza
20
Ex.
6301.40.01
Mantas de fibras sintéticas (excepto las eléctricas).
Pza
25
Ex.
6301.90.01
Las demás mantas.
Pza
25
Ex.
6302.10.01
Ropa de cama, de punto.
Pza
20
Ex.
6302.21.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6302.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6302.29.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6302.31.01
De algodón.
Pza
25
Ex.
6302.32.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
25
Ex.
6302.39.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6302.40.01
Ropa de mesa, de punto.
Pza
20
Ex.
6302.51.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6302.53.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6302.59.01
De lino.
Pza
20
Ex.
6302.59.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6302.60.01
Ropa de tocador o cocina, de tejido con bucles del tipo toalla, de algodón.
Pza
25
Ex.
6302.91.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6302.93.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6302.99.01
De lino.
Pza
20
Ex.
6302.99.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6303.12.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6303.19.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6303.19.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6303.91.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6303.92.01
Confeccionadas con los tejidos comprendidos en la fracción 5407.61.01.
Pza
20
Ex.
6303.92.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6303.99.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6304.11.01
De punto.
Pza
20
Ex.
6304.19.99
Las demás.
Pza
25
Ex.
6304.91.01
De punto.
Pza
20
Ex.
6304.92.01
De algodón, excepto de punto.
Pza
20
Ex.
6304.93.01
De fibras sintéticas, excepto de punto.
Pza
20
Ex.
6304.99.01
De las demás materias textiles, excepto de punto.
Pza
20
Ex.
6307.10.01
Paños para fregar o lavar (bayetas, paños rejilla), franelas y artículos similares para limpieza.
Kg
20
Ex.
6307.90.01
Toallas quirúrgicas.
Pza
20
Ex.
6309.00.01
Artículos de prendería.
Kg
20
Ex.
6310.10.01
Trapos mutilados o picados.
Kg
20
Ex.
6310.10.99
Los demás.
Kg
20
Ex.
6310.90.01
Trapos mutilados o picados.
Kg
20
Ex.
6310.90.99
Los demás.
Kg
20
Ex.
7321.90.99
Los demás.
Kg
5
Ex.
8415.82.01
Equipos de aire acondicionado, de ciclo sencillo o reversible con compresor hermético cuya potencia sea inferior o igual a 5 C.P.
Pza
10
Ex.
8418.10.99
Los demás.
Pza
10
Ex.
8418.30.03
De compresión, de uso doméstico.
Pza
10
Ex.
8418.40.03
De compresión, de uso doméstico.
Pza
10
Ex.
8418.69.11
Máquinas automáticas para la producción de hielo en cubos, escamas u otras formas.
Pza
10
Ex.
8419.19.99
Los demás.
Pza
5
Ex.
8421.12.01
Centrífugas con canasta de eje de rotación vertical.
Pza
10
Ex.
8422.11.01
De tipo doméstico.
Pza
10
Ex.
8516.10.01
Aparatos surtidores de agua (incluso refrigerada o a temperatura ambiente), con o sin gabinete de refrigeración incorporado o depósito (por ejemplo, un botellón), aunque puedan conectarse a una tubería, (por ejemplo, despachadores).
Pza
10
Ex.
8516.60.03
Hornos.
Pza
10
Ex.
8701.20.01
Tractores de carretera para semirremolques, excepto lo comprendido en la fracción 8701.20.02.
Pza
20
Ex.
8702.10.01
Con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.10.03 y 8702.10.05.
Pza
20
Ex.
8702.10.02
Con carrocería integral, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.10.04 y 8702.10.05.
Pza
20
Ex.
8702.10.03
Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en la fracción 8702.10.05.
Pza
20
Ex.
8702.10.04
Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral, excepto lo comprendido en la fracción 8702.10.05.
Pza
20
Ex.
8702.90.02
Con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.90.04 y 8702.90.06.
Pza
20
Ex.
8702.90.03
Con carrocería integral, excepto lo comprendido en las fracciones 8702.90.05 y 8702.90.06.
Pza
20
Ex.
8702.90.04
Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería montada sobre chasis, excepto lo comprendido en la fracción 8702.90.06.
Pza
20
Ex.
8702.90.05
Para el transporte de 16 o más personas, incluyendo el conductor, con carrocería integral, excepto lo comprendido en la fracción 8702.90.06.
Pza
20
Ex.
8703.21.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
8703.22.01
De cilindrada superior a 1,000 cm3 pero inferior o igual a 1,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.22.02.
Pza
20
Ex.
8703.23.01
De cilindrada superior a 1,500 cm3 pero inferior o igual a 3,000 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.23.02.
Pza
20
Ex.
8703.24.01
De cilindrada superior a 3,000 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.24.02.
Pza
20
Ex.
8703.31.01
De cilindrada inferior o igual a 1,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.31.02.
Pza
20
Ex.
8703.32.01
De cilindrada superior a 1,500 cm3 pero inferior o igual a 2,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.32.02.
Pza
20
Ex.
8703.33.01
De cilindrada superior a 2,500 cm3, excepto lo comprendido en la fracción 8703.33.02.
Pza
20
Ex.
8703.90.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
8704.21.02
De peso total con carga máxima inferior o igual a 2,721 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.21.04.
Pza
20
Ex.
8704.21.03
De peso total con carga máxima superior a 2,721 kg, pero inferior o igual a 4,536 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.21.04.
Pza
20
Ex.
8704.21.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
8704.22.02
De peso total con carga máxima superior o igual a 5,000 kg, pero inferior o igual a 6,351 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.
Pza
20
Ex.
8704.22.03
De peso total con carga máxima superior a 6,351 kg, pero inferior o igual a 7,257 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.
Pza
20
Ex.
8704.22.04
De peso total con carga máxima superior a 7,257 kg, pero inferior o igual a 8,845 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.
Pza
20
Ex.
8704.22.05
De peso total con carga máxima superior a 8,845 kg, pero inferior o igual a 11,793 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.
Pza
20
Ex.
8704.22.06
De peso total con carga máxima superior a 11,793 kg, pero inferior o igual a 14,968 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.22.07.
Pza
20
Ex.
8704.22.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
8704.23.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
8704.31.03
De peso total con carga máxima superior a 2,721 kg, pero inferior o igual a 4,536 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.31.05.
Pza
20
Ex.
8704.31.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
8704.32.02
De peso total con carga máxima superior o igual a 5,000 kg, pero inferior o igual a 6,351 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.
Pza
20
Ex.
8704.32.03
De peso total con carga máxima superior a 6,351 kg, pero inferior o igual a 7,257 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.
Pza
20
Ex.
8704.32.04
De peso total con carga máxima superior a 7,257 kg, pero inferior o igual a 8,845 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.
Pza
20
Ex.
8704.32.05
De peso total con carga máxima superior a 8,845 kg, pero inferior o igual a 11,793 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.
Pza
20
Ex.
8704.32.06
De peso total con carga máxima superior a 11,793 kg, pero inferior o igual a 14,968 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8704.32.07.
Pza
20
Ex.
8704.32.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
8705.40.01
Camiones hormigonera, excepto lo comprendido en la fracción 8705.40.02.
Pza
20
Ex.
8706.00.02
Chasis para vehículos de la partida 87.03 o de las subpartidas 8704.21 y 8704.31.
Pza
20
Ex.
8706.00.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
ARTÍCULO 7.- Se modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias:
 
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
Unidad
IMPUESTO
IMP.
EXP.
6101.30.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6102.30.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6103.43.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6104.63.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6105.10.01
Camisas deportivas.
Pza
20
Ex.
6105.10.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6105.20.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6106.10.01
Camisas deportivas.
Pza
20
Ex.
6106.10.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6106.20.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6107.11.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6107.12.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6107.21.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6107.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6108.21.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6108.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6108.31.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6108.32.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6109.10.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6109.90.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6110.20.01
Suéteres (jerseys), "pullovers" y chalecos.
Pza
20
Ex.
6110.20.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6110.30.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 23% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6110.30.01.
Pza
20
Ex.
6110.30.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6111.20.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6111.30.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6112.12.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6112.31.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6112.41.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6115.22.01
De fibras sintéticas de título superior o igual a 67 decitex por hilo sencillo.
Pza
20
Ex.
6115.29.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6115.95.01
De algodón.
Par
20
Ex.
6115.96.01
De fibras sintéticas.
Par
20
Ex.
6201.11.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6201.12.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6201.13.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6201.13.01.
Pza
20
Ex.
6201.13.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6201.91.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6201.92.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6201.93.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6201.93.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6202.11.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6202.12.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6202.13.02
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso, excepto lo comprendido en la fracción 6202.13.01.
Pza
20
Ex.
6202.13.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6202.91.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6202.92.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6202.93.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6202.93.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6203.11.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6203.12.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6203.19.01
De algodón o de fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6203.19.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6203.22.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6203.23.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6203.31.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6203.32.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6203.33.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6203.33.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6203.39.01
De fibras artificiales, excepto lo comprendido en la fracción 6203.39.03.
Pza
20
Ex.
6203.39.03
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6203.39.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6203.41.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6203.42.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6203.43.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6203.43.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6203.49.01
De las demás materias textiles.
Pza
20
Ex.
6204.22.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6204.23.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6204.31.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6204.32.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6204.33.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.33.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.39.03
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.42.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.43.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.44.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.52.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6204.53.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.59.01
De fibras artificiales.
Pza
20
Ex.
6204.61.01
De lana o pelo fino.
Pza
20
Ex.
6204.62.01
Pantalones y pantalones cortos.
Pza
20
Ex.
6204.62.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.63.01
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.63.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6204.69.01
De fibras artificiales, excepto lo comprendido en la fracción 6204.69.03.
Pza
20
Ex.
6204.69.03
Con un contenido de lana o pelo fino mayor o igual a 36% en peso.
Pza
20
Ex.
6204.69.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6205.20.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6205.30.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6205.90.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6206.30.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6206.40.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6206.90.01
Con mezclas de algodón.
Pza
20
Ex.
6206.90.99
Los demás.
Pza
20
Ex.
6207.11.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6207.21.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6207.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6208.21.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6208.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6209.20.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6209.30.01
De fibras sintéticas.
Pza
20
Ex.
6210.20.01
Las demás prendas de vestir del tipo de las citadas en las subpartidas 6201.11 a 6201.19.
Pza
20
Ex.
6210.30.01
Las demás prendas de vestir del tipo de las citadas en las subpartidas 6202.11 a 6202.19.
Pza
20
Ex.
6210.40.01
Las demás prendas de vestir para hombres o niños.
Pza
20
Ex.
6210.50.01
Las demás prendas de vestir para mujeres o niñas.
Pza
20
Ex.
6211.11.01
Para hombres o niños.
Pza
20
Ex.
6211.32.01
Camisas deportivas.
Pza
20
Ex.
6211.33.01
Camisas deportivas.
Pza
20
Ex.
6212.10.01
Sostenes (corpiños).
Pza
20
Ex.
6212.20.01
Fajas y fajas braga (fajas bombacha).
Pza
20
Ex.
6212.30.01
Fajas sostén (fajas corpiño).
Pza
20
Ex.
6301.40.01
Mantas de fibras sintéticas (excepto las eléctricas).
Pza
20
Ex.
6301.90.01
Las demás mantas.
Pza
20
Ex.
6302.21.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6302.22.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6302.31.01
De algodón.
Pza
20
Ex.
6302.32.01
De fibras sintéticas o artificiales.
Pza
20
Ex.
6302.60.01
Ropa de tocador o cocina, de tejido con bucles del tipo toalla, de algodón.
Pza
20
Ex.
6304.19.99
Las demás.
Pza
20
Ex.
6401.92.99
Los demás.
Par
20
Ex.
6402.19.01
Calzado para hombres o jóvenes con la parte superior (corte) de caucho o plástico en más del 90%, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
20
Ex.
6402.19.02
Calzado para mujeres o jovencitas, con la parte superior (corte) de caucho o plástico en más del 90%, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
20
Ex.
6402.19.03
Calzado para niños o infantes con la parte superior (corte) de caucho o plástico en más del 90%, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
20
Ex.
6402.19.99
Los demás.
Par
20
Ex.
6402.20.01
Calzado con la parte superior de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas).
Par
20
Ex.
6402.91.01
Sin puntera metálica.
Par
20
Ex.
6402.99.01
Sandalias y artículos similares de plástico, cuya suela haya sido moldeada en una sola pieza.
Par
20
Ex.
6402.99.02
Reconocibles como concebidos exclusivamente para la práctica de tenis, basketball, gimnasia, ejercicios y actividades similares, excepto los que tengan una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
20
Ex.
6402.99.03
Calzado para hombres o jóvenes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte, y lo comprendido en las fracciones 6402.99.01, 6402.99.02 y 6402.99.06.
Par
20
Ex.
6402.99.04
Calzado para mujeres o jovencitas, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte, y lo comprendido en las fracciones 6402.99.01, 6402.99.02 y 6402.99.06.
Par
20
Ex.
6402.99.05
Calzado para niños o infantes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte y lo comprendido en las fracciones 6402.99.01, 6402.99.02 y 6402.99.06.
Par
20
Ex.
6403.19.02
Calzado para hombres o jóvenes, excepto lo comprendido en la fracción 6403.19.01.
Par
20
Ex.
6403.40.01
Los demás calzados, con puntera metálica de protección.
Par
20
Ex.
6403.51.01
Calzado para hombres o jóvenes, de construcción "Welt".
Par
20
Ex.
6403.51.02
Calzado para hombres o jóvenes, excepto lo comprendido en la fracción 6403.51.01.
Par
20
Ex.
6403.51.99
Los demás.
Par
20
Ex.
6403.59.02
Calzado para hombres o jóvenes, excepto lo comprendido en la fracción 6403.59.01.
Par
20
Ex.
6403.59.99
Los demás.
Par
20
Ex.
6403.91.01
De construcción "Welt", excepto lo comprendido en la fracción 6403.91.03.
Par
20
Ex.
6403.91.02
Reconocibles como concebidos exclusivamente para la práctica de tenis, basketball, gimnasia, ejercicios y actividades similares.
Par
20
Ex.
6403.91.03
Calzado para niños e infantes.
Par
20
Ex.
6403.91.99
Los demás.
Par
20
Ex.
6403.99.01
De construcción "Welt".
Par
20
Ex.
6403.99.02
Reconocibles como concebidos exclusivamente para la práctica de tenis, basketball, gimnasia, ejercicios y actividades similares, excepto lo comprendido en la fracción 6403.99.01.
Par
20
Ex.
6403.99.03
Calzado para hombres o jóvenes, excepto lo comprendido en las fracciones 6403.99.01, 6403.99.02 y 6403.99.06.
Par
20
Ex.
6403.99.04
Calzado para mujeres o jovencitas, excepto lo comprendido en las fracciones 6403.99.01, 6403.99.02 y 6403.99.06.
Par
20
Ex.
6403.99.05
Calzado para niños o infantes, excepto lo comprendido en las fracciones 6403.99.01, 6403.99.02 y 6403.99.06.
Par
20
Ex.
6404.11.01
Calzado para hombres o jóvenes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
20
Ex.
6404.11.02
Calzado para mujeres o jovencitas, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
20
Ex.
6404.11.03
Calzado para niños o infantes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
20
Ex.
6404.11.99
Los demás.
Par
20
Ex.
6404.19.01
Calzado para hombres o jóvenes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
20
Ex.
6404.19.02
Calzado para mujeres o jovencitas, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
20
Ex.
6404.19.03
Calzado para niños o infantes, excepto el que tenga una banda o aplicación similar pegada o moldeada a la suela y sobrepuesta al corte.
Par
20
Ex.
6404.19.99
Los demás.
Par
20
Ex.
6405.20.99
Los demás.
Par
20
Ex.
6406.10.01
Partes superiores (cortes) de calzado, de cuero o piel, sin formar ni moldear.
Pza
20
Ex.
6406.10.02
Las demás partes superiores (cortes) de calzado, con un contenido de cuero inferior o igual al 50% en su superficie, excepto lo comprendido en la fracción 6406.10.06.
Par
20
Ex.
6406.10.03
Partes de cortes de calzado, de cuero o piel.
Pza
20
Ex.
6406.10.04
Partes superiores (cortes) de calzado, de materia textil, sin formar ni moldear.
Pza
20
Ex.
6406.10.05
Las demás partes superiores (cortes) de calzado, con un contenido de cuero superior al 50% en su superficie.
Par
20
Ex.
6406.10.06
Las demás partes superiores (cortes) de calzado, con un contenido de materia textil igual o superior al 50% en su superficie.
Par
20
Ex.
6406.10.07
Partes de cortes de calzado, de materia textil.
Pza
20
Ex.
6406.10.99
Las demás.
Par
20
Ex.
 
II.-    Arancel-cupo
ARTÍCULO 8.- Se modifican las descripciones de las siguientes fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007, que se citan en el ARTÍCULO 5 del "Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2007, como a continuación se indica:
 
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
Unidad
IMPUESTO
IMP.
EXP.
 
 
 
 
 
9503.00.11
Juegos o surtidos de construcción; los demás juguetes de construcción.
Kg
Ex.
No aplica
 
 
 
 
 
9503.00.20
Juguetes y modelos, con motor, excepto lo comprendido en las fracciones 9503.00.02, 9503.00.03, 9503.00.04, 9503.00.05, 9503.00.06, 9503.00.07, 9503.00.09, 9503.00.10, 9503.00.11, 9503.00.12, 9503.00.14, 9503.00.15 y 9503.00.18.
Kg
Ex.
No aplica
 
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el 2 de enero de 2009, a excepción de lo siguiente:
I.     El artículo 4 del presente Decreto, que entrará en vigor el 1o. de enero de 2010.
II.     El artículo 5 del presente Decreto, que entrará en vigor el 1o. de enero de 2011.
III.    El artículo 6 del presente Decreto, que entrará en vigor el 1o. de enero de 2012.
IV.   El artículo 7 del presente Decreto, que entrará en vigor el 1o. de enero de 2013.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veintidós de diciembre de dos mil ocho.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Gerardo Ruiz Mateos.- Rúbrica.
 

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