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DOF: 31/07/2014 |
SEXTA Actualización de la Edición 2013 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos SEXTA Actualización de la Edición 2013 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud, con fundamento en los artículos 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17 fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 9o. fracción III, 15 fracción II y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; Primero, Tercero fracción I, cuarto, quinto y sexto fracciones I y XIV del Acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, y 1, 2, 4, 5, 7 fracciones I y II, 14 fracción I, 26, 36, 47, 50, 51, 57, 58 y 59 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, y CONSIDERANDO Que mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de diciembre de 2002, se estableció que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, se creó el Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos. Que la Edición 2012 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos se publicó de manera íntegra en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2013 y a partir de esa fecha se efectuaron nueve actualizaciones, las que se incorporan a la Edición 2013, con la finalidad de tener al día la lista de medicamentos para que las instituciones de salud pública atiendan los problemas de salud de la población mexicana. Que para facilitar la identificación de las actualizaciones que se publicarán posterior a la edición 2013, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud aprobó reiniciar la nomenclatura de las actualizaciones con el primer número ordinal, haciendo referencia a la Edición 2013. Que la aplicación del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos en la Administración Pública Federal, ha permitido contar con un sistema único de clasificación y codificación de insumos para la salud, lo cual ha contribuido a homogeneizar las políticas de adquisición de las instituciones públicas federales del Sistema Nacional de Salud. Que en reunión del 10 de noviembre de 2009, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, aprobó la modificación de la clave a 12 dígitos, con la finalidad de identificar las diferentes presentaciones del envase con los dos últimos dígitos, así como también uniformar la información en la adquisición de insumos por las instituciones. Que conforme al artículo 51 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector salud, las actualizaciones del Cuadro Básico y Catálogo, que se aprueben en las actas respectivas, surtirán sus efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Que en atención a las anteriores consideraciones, la Comisión interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector salud, expide la Sexta Actualización de la Edición 2013 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos. SEXTA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2013 DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE MEDICAMENTOS INCLUSIONES CATÁLOGO GRUPO 1. ANALGESIA METADONA Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y dosis | 040.000.5910.00 | SOLUCIÓN Cada mililitro contiene: Clorhidrato de metadona 10 mg Envase con 30 ml y gotero de 1 ml | Alivio del dolor severo | Oral Adultos Dosis 5 a 20 mg cada 4 a 8 horas, pudiendo modificar la dosis así como el intervalo de tiempo de administración de acuerdo a las necesidades analgésicas del paciente de cada 8 a 12 horas. | GRUPO 12. NEFROLOGÍA Y UROLOGÍA DARBEPOETINA ALFA Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y dosis | 010.000.5930.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada jeringa prellenada contiene: Darbepoetina alfa 10 µg Envase con cuatro jeringas prellenadas con 0.4 ml | Anemia sintomática con insuficiencia renal crónica en adultos, y niños mayores de 11 años, prediálisis y en tratamiento sustitutivo con diálisis. | Subcutánea o intravenosa. Adultos y niños mayores de 11 años. Pacientes en diálisis. Dosis inicial: 0.45 µg/kg de peso corporal una vez por semana. Dosis de mantenimiento: administrar cada dos semanas una dosis equivalente al doble de la dosis semanal previa. Pacientes no sometidos a diálisis. Dosis inicial: 0.75 µg/kg de peso corporal cada dos semanas. Dosis de mantenimiento: administrar cada mes una dosis equivalente al doble de la dosis de cada dos semanas previa. | MODIFICACIONES (se identifican por estar en letra cursiva y subrayadas) CATÁLOGO GRUPO 12. NEFROLOGÍA Y UROLOGÍA DARBEPOETINA ALFA Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis | 010.000.5625.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada jeringa prellenada contiene: Darbepoetina alfa 20 µg Envase con cuatro jeringas prellenadas con 0.5 ml | Anemia sintomática con insuficiencia renal crónica en adultos, y niños mayores de 11 años, prediálisis y en tratamiento sustitutivo con diálisis. | Subcutánea o intravenosa. Adultos y niños mayores de 11 años. Pacientes en diálisis. Dosis inicial: 0.45 µg/kg de peso corporal una vez por semana. Dosis de mantenimiento: administrar cada dos semanas una dosis equivalente al doble de la dosis semanal previa. Pacientes no sometidos a diálisis. Dosis inicial: 0.75 µg/kg de peso corporal cada dos semanas. Dosis de mantenimiento: administrar cada mes una dosis equivalente al doble de la dosis de cada dos semanas previa. | 010.000.5626.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada jeringa prellenada contiene: Darbepoetina alfa 30 µg Envase con cuatro jeringas prellenadas con 0.3 ml | 010.000.5627.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada jeringa prellenada contiene: Darbepoetina alfa 40 µg Envase con cuatro jeringas prellenadas con 0.4 ml | 010.000.5628.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada jeringa prellenada contiene: Darbepoetina alfa 60 µg Envase con cuatro jeringas prellenadas con 0.3 ml | 010.000.5629.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada jeringa prellenada contiene: Darbepoetina alfa 100 µg Envase con cuatro jeringas prellenadas con 0.5 ml | GRUPO 17. ONCOLOGÍA TIROTROPINA ALFA Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis | 010.000.5140.00 010.000.5140.01 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Tirotropina alfa 1.1 mg Envase con dos frascos ámpula y dos ampolletas con 10 ml de diluyente Envase con dos frascos ámpula | Tratamiento complementario de la ablación con yodo radiactivo de restos de tejido tiroideo en tiroidectomía debido a un cáncer de tiroides bien diferenciado. Análisis de la tiroglobulina sérica con o sin gammagrafía corporal total con yodo radiactivo, para detección de cáncer de tiroides diferenciado | Intramuscular. Adultos y mayores de 18 años: 0.9 mg cada 24 horas por dos días. Para la gammagrafía o la ablación, la administración de yodo radiactivo debe realizarse 24 horas después de la última inyección de tirotropina alfa. La gammagrafía de diagnóstico debe realizarse 48 horas después de la administración del yodo radiactivo. Reconstituir el liofilizado con 1.2 ml del diluyente (agua destilada), 1 ml de la solución reconstituida contiene 0.9 mg de tirotropina alfa. | GRUPO 21. REUMATOLOGÍA Y TRAUMATOLOGÍA CERTOLIZUMAB PEGOL Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis | 010.000.5795.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada jeringa prellenada contiene: Certolizumab pegol 200 mg Envase con 2 jeringas prellenadas con 1 ml. | Enfermedad de Crohn. Artritis Reumatoide con respuesta inadecuada a FARMEs tradicionales. | Subcutánea. Adultos: Enfermedad de Crohn: 400 mg inicialmente (administrados en 2 inyecciones de 200 mg cada una) y en las semanas 2 y 4; posteriormente, 400 mg cada 4 semanas. Artritis Reumatoide: 400 mg inicialmente (administrados en 2 inyecciones de 200 mg cada una) y en las semanas 2 y 4; posteriormente, 200 mg cada dos semanas. Para dosis de mantenimiento se puede considerar 400 mg cada 4 semanas. | DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera. Las partes involucradas en la producción y adquisición de estos insumos cuentan con un plazo de 120 días, a partir de la fecha de publicación del presente acuerdo, para agotar sus existencias, así como para realizar los ajustes necesarios en los casos de inclusiones y modificaciones. La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, acordó publicar en el Diario Oficial de la Federación la Sexta Actualización de la Edición 2013 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos. México, D.F., a 23 de julio de 2014.- La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, acordó publicar en el Diario Oficial de la Federación la Sexta Actualización de la Edición 2013 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.- El Secretario del Consejo de Salubridad General, Leobardo C. Ruíz Pérez.- Rúbrica.
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