DOF: 28/08/2014
CONVOCATORIA pública para la elección de comisionados de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas

CONVOCATORIA pública para la elección de comisionados de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONADOS DE LA COMISIÓN EJECUTIVA
DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS.
Con fundamento en los artículos 85 y 86 de la Ley General de Víctimas; artículo 27, fracciones I y VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; los artículos 5 fracción VI, y 6, fracciones IV, XII y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y
CONSIDERANDO
Primero. Que en términos del Decreto del 3 de mayo de 2013, que reformó a la Ley General de Víctimas, se estableció que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se integra por siete comisionados.
Segundo. Que el 8 de octubre de 2013, el Senado de la República aprobó en Pleno el Dictamen por el que se nombró a los siete integrantes de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
Tercero. Que el 10 de octubre de 2013, rindieron protesta los siete comisionados elegidos por el Senado de la República, de los cuales tres durarán en su cargo 5 años, dos lo ocuparán por 3 años y dos estarán por 1 año.
Cuarto. Que el Poder Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 85 de la Ley General de Víctimas previa convocatoria pública dirigida a universidades públicas, organizaciones no gubernamentales y organismos públicos de derechos humanos, enviará al Senado tres propuestas por cada comisionado a elegir a efecto de conformar las dos ternas para ser comisionado por un periodo de 5 años.
Quinto. Que mediante oficio del Ejecutivo Federal se instruyó al Secretario de Gobernación para llevar a cabo y coordinar las acciones necesarias a fin de expedir la Convocatoria para reemplazar a los Comisionados de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas que concluyen su nombramiento.
Sexto. Que mediante oficio del Secretario de Gobernación se instruyó a la Subsecretaria de Derechos Humanos para coordinar la convocatoria pública a que se refiere el considerando anterior.
Séptimo. Que de conformidad con el artículo 86 párrafo segundo de la Ley General de Víctimas, en la elección de los comisionados, deberá garantizarse el respeto a los principios que dan marco a dicha ley, especialmente los de enfoque transversal de género y diferencial.
Por lo antes expuesto y fundado, la Secretaría de Gobernación tiene a bien emitir la siguiente:
CONVOCATORIA
1.- A las universidades públicas a proponer personas especialistas en derecho, psicología, derechos humanos, sociología o especialidades equivalentes con experiencia en la materia de la Ley General de Víctimas, para integrar la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
2.- A las organizaciones no gubernamentales, debidamente constituidas conforme a la legislación mexicana, registradas ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con actividad acreditada en atención a víctimas de al menos cinco años y a los organismos públicos de derechos humanos, a proponer personas para integrar la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
Los aspirantes propuestos en términos de la presente convocatoria, deberán sujetarse a las siguientes:
BASES
PRIMERA.- Las personas aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I.- Ser ciudadano mexicano;
II.- No haber sido condenado por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como servidor público;
III.- Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público, sociedad civil o académicas relacionadas con la materia de la Ley General de Víctimas, y
IV.- No haber ocupado cargo público ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político, dentro de los dos años previos a su designación.
SEGUNDA.- Para acreditar los requisitos señalados en la base PRIMERA, la propuesta deberá ser
acompañada con la siguiente documentación por duplicado, relativa a la persona aspirante:
1.- Original o copia certificada del acta de nacimiento.
2.- Copia de la credencial de elector, o cualquier otra identificación oficial.
3.- Carta con firma autógrafa de la persona aspirante donde manifieste bajo protesta de decir verdad, el no haber sido condenado por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como servidor público.
4.- Información curricular actualizada de la persona aspirante, en la que deberá indicarse por lo menos:
a) Nombre completo.
b) Fecha de nacimiento.
c) Domicilio particular y/o de oficina.
d) Teléfonos de domicilio y/o de oficina.
e) Estudios realizados.
f) Empleos o actividades desempeñadas.
5.- Copia del título y cédula profesional; o en su caso, documentación que avale su desempeño en actividades relacionadas con la materia de la Ley General de Víctimas.
6.- En el caso de aspirantes propuestos por organizaciones no gubernamentales, documentación que acredite la actividad de dicha organización, en materia de atención a víctimas por un periodo de al menos cinco años y su registro ante la Secretaría de Relaciones Exteriores.
7.- Carta de propuesta emitida por universidad pública, organización no gubernamental u organismo público de derechos humanos, en la que expresen las razones y méritos por las cuales debería designarse a la persona propuesta, y que cuente con la aceptación expresa de la misma.
8.- Carta con firma autógrafa de la persona propuesta en que manifieste bajo protesta de decir verdad no haber ocupado cargo público ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político, dentro de los dos años previos al 10 de octubre de 2014.
TERCERA.- La recepción de las propuestas se hará en las oficinas de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, ubicada en Dinamarca número 84, piso 8, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, C.P. 06600, de las 10:00 a las 19:00 horas de lunes a viernes.
Las propuestas acompañadas de la documentación podrán ser enviadas por mensajería o correo ordinario a la dirección antes citada, tomándose como fecha de ingreso la que señale el sello de recepción de la Subsecretaría de Derechos Humanos.
El plazo para la recepción de las propuestas será dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
CUARTA.- Una vez fenecido el plazo, la Secretaría de Gobernación llevará a cabo la publicación de las propuestas recibidas, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 85 de la Ley General de Víctimas.
QUINTA.- La evaluación de las propuestas será efectuada de conformidad con los criterios establecidos en el tercer párrafo del artículo 85 de la Ley General de Víctimas, garantizando que en la Comisión Ejecutiva estén representados colectivos de víctimas, especialistas y expertos que trabajen en la atención a las mismas.
Las propuestas que cumplan con los requisitos previstos en la presente Convocatoria, serán remitidas por la Secretaría de Gobernación al Ejecutivo Federal, para integrar las ternas correspondientes.
SEXTA.- Las propuestas de ternas serán enviadas al Senado de la República de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 85 de la Ley General de Víctimas, para continuar con el proceso de elección de los comisionados.
Publíquese.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal el 28 de agosto de 2014.- La Subsecretaria de Derechos Humanos, Lía Limón García.- Rúbrica.
 
 

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