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DOF: 01/09/2014
CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Chihuahua

CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Chihuahua.

CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PROVENIENTES DEL PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. LUIS RUBÉN DURÁN FONTES, SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL LIC. CARLOS GRACIA NAVA, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL ING. JAIME RAMÓN HERRERA CORRAL, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE HACIENDA, Y EL DR. SERGIO LEONARDO PIÑA MARSHALL, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD DE CHIHUAHUA; Y A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Con fecha 5 de julio de 2012, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud.
II.     Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos se determine por "LA ENTIDAD", por los titulares de la Secretaría de Hacienda, Secretaría de Salud y del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Chihuahua; y por "LA SECRETARÍA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la Comisión Nacional contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/u órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.
III.    Que en fecha 27 de diciembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, en el cual su Anexo número 29 establece la distribución del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud por un monto total de $3,913'122,651.00 (Tres mil novecientos trece millones ciento veintidós mil seiscientos cincuenta y un pesos 00/100 M.N.).
DECLARACIONES
I. De "LA SECRETARÍA":
1.     Que el Dr. Luis Rubén Durán Fontes, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, 8 fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como en lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010.
2.     Que dentro de las funciones de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud (DGPLADES), se encuentran las de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernización del Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de "LA SECRETARÍA" con las unidades que lo conforman o que en él participan, vigilando permanentemente en ello el cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad; así como coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios de salud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras; realizar el análisis, planeación y actualización del Plan Maestro de Infraestructura Física en Salud; Diseñar e instrumentar sistemas y programas que permitan optimizar la asignación de recursos financieros para la infraestructura de atención a la salud, así como emitir y aplicar criterios e instrumentos para la construcción de infraestructura nueva y el reordenamiento de la ya existente, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I, II, III, V, VIII, X y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3.     Que de conformidad con lo previsto en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre de 2012,
cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.
4.     Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en el número 7 (siete) de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en México, Distrito Federal.
II. De "LA ENTIDAD":
1.     Que el Ing. Jaime Ramón Herrera Corral, en su carácter de Secretario de Hacienda, tiene la competencia y legitimidad para la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con el artículo 26 Fracción X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, le corresponde celebrar de conformidad con las disposiciones legales aplicables a los convenios fiscales y financieros del Gobierno del Estado, con el Gobierno Federal, los Municipios o con sus Sectores Paraestatal y Paramunicipal así como Organismos Públicos Autónomos y con personas físicas o morales, ejerciendo las atribuciones y cumpliendo con las obligaciones derivadas de los mismos, cargo que acredita debidamente con copia de su nombramiento.
2.     Que el Dr. Sergio Leonardo Piña Marshall, en su carácter de Secretario de Salud, tiene la competencia y legitimidad para la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 Bis Fracciones I, XVI y XIX, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, le corresponde garantizar en el marco de la competencia estatal, el derecho de protección a la salud de la población del Estado de Chihuahua, así como ejercer las funciones otorgadas al Ejecutivo del Estado por las Leyes General y Estatal de Salud, así como celebrar en materia de salud, convenios, contratos, acuerdos y cualquier otro acto jurídico con las autoridades federales, estatales y municipales, así como el sector social y privado, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".
3.     Que el Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Chihuahua, tiene competencia y legitimidad para la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 1 y 12 Fracción I de su Ley Orgánica le corresponde el suscribir acuerdos y convenios con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con las Entidades Federativas, con los Municipios y Organismos del Sector Privado y Social, cargo que debidamente acredita con la copia del nombramiento.
4.     Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son implementar las acciones que permitan coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, que le posibiliten fortalecer la calidad de los servicios de salud en el Estado.
5.     Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en la Calle Tercera No. 604, colonia Centro en la ciudad de Chihuahua, Chih., C.P. 31000.
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan, las partes celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los Anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestales federales a "LA ENTIDAD" provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, vía "Subsidios", que le permitan a "LA ENTIDAD" coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, para Fortalecer la calidad en los Servicios de Salud en el Estado de Chihuahua y de manera particular para Ampliación del Hospital Integral de Guadalupe y Calvo; Ampliación del Centro de Salud San Felipe; Construcción de Centro de Salud en Cuauhtémoc; y Ampliación del Centro de Salud Manuel Benavides, de conformidad con los Anexos 1, 2, 3, 3.1, 4 y 5, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA"; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
Los recursos presupuestales que transfiere "LA SECRETARÍA", se aplicarán específicamente al concepto y hasta por los importes que a continuación se mencionan:
CONCEPTO
IMPORTE
"Fortalecer la calidad en los Servicios de Salud en el Estado de Chihuahua y de manera particular para Ampliación del Hospital Integral de Guadalupe y Calvo; Ampliación del Centro de Salud San Felipe; Construcción de Centro de Salud en Cuauhtémoc; y Ampliación del Centro de Salud Manuel Benavides".
$75'315,130.00 (Setenta y cinco millones trescientos quince mil ciento treinta pesos 00/100 M.N.).
 
El importe que se transferirá para la realización del concepto a que se refiere el cuadro anterior se precisa en el Anexo 1, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto.
Los recursos del Programa de Apoyo para fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, podrán coexistir con otros programas federales o estatales, para contribuir en la realización del objeto del presente instrumento.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio Específico, "LAS PARTES" se sujetarán a lo establecido en sus Cláusulas y sus correspondientes Anexos, al contenido de "EL ACUERDO MARCO", que en su caso le resulte aplicable, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, el Ejecutivo Federal a través de "LA SECRETARÍA" transferirá a "LA ENTIDAD" "Subsidios" provenientes de recursos presupuestarios federales por la cantidad de $75'315,130.00 (Setenta y cinco millones trescientos quince mil, ciento treinta pesos 00/100 M.N.), con cargo a los recursos presupuestales de "LA SECRETARÍA", de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio Específico.
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, previstos en el anexo 29 "Distribución del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud" del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, se radicarán a través de la Secretaría de Hacienda de "LA ENTIDAD", en la cuenta bancaria productiva, única y específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARÍA", con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez que sean radicados los recursos presupuestales federales en la Secretaría de Hacienda, y en los casos en que la legislación estatal así lo determine y/o por acuerdo de la Secretaría de Hacienda con la Unidad Ejecutora, de conformidad con lo establecido en "EL ACUERDO MARCO", ésta deberá ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen, a la Unidad Ejecutora.
Para los efectos del párrafo anterior, la Unidad Ejecutora deberá, previamente aperturar una cuenta bancaria productiva, única y específica para cada instrumento específico que se suscriba.
Los recursos federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente estipulado, que la transferencia presupuestal otorgada en el presente Convenio Específico no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar los gastos de la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operación inherentes a las obras y equipamiento del mismo, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
"LA ENTIDAD" deberá sujetarse a los siguientes parámetros para asegurar la transparencia y oportunidad en la aplicación y comprobación de los recursos federales transferidos.
PARÁMETROS
"LA SECRETARÍA" vigilará, por conducto de la DGPLADES, con base en los Certificados de Gasto, y conforme a lo previsto en la Cláusula SÉPTIMA, fracción II del presente Convenio, que los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda del presente instrumento, sean destinados únicamente para la realización del concepto a que se refiere la Cláusula PRIMERA de este Convenio Específico y conforme a lo establecido en el mismo y sus Anexos, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances:
a)    La DGPLADES realizará las gestiones respectivas ante la instancia correspondiente para transferir los recursos presupuestales asignados a "LA ENTIDAD" a efecto de que sean aplicados específicamente para fortalecer la calidad en los servicios de salud en el estado de Chihuahua, y en particular para la realización del concepto citado en la Cláusula Primera del presente instrumento jurídico, sin intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el programa físico de obra y de equipamiento, que determine esta última, sin interferir de forma alguna en el procedimiento constructivo y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
 
b)    La DGPLADES considerando su disponibilidad de personal y presupuestal, podrá practicar visitas a efecto de observar los avances físico-financieros, conforme a las obligaciones establecidas en el presente instrumento a cargo de "LA ENTIDAD".
c)    La DGPLADES solicitará a "LA ENTIDAD", la comprobación de los recursos mediante el certificado de gasto, conforme al formato que se detalla en el Anexo 4 el cual forma parte de su contexto, debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico; la entrega del informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados conforme al formato que se detalla en el Anexo 5, el cual forma parte integrante de su contexto; el informe trimestral de avance físico-financiero de las obras y acciones a realizar, así como el informe detallado de los rendimientos financieros generados y la comprobación de su aplicación, la cual deberá hacerse mediante certificado de gasto conforme al Anexo 4.
d)    La DGPLADES aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARÍA" y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Función Pública (Dependencia u Órgano equivalente), y al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Salud, el caso o casos en que los recursos presupuestales "Subsidios" no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD" para los fines objeto del presente convenio de conformidad con su Cláusula PRIMERA y los Anexos 3 y 3.1, ocasionando como consecuencia, que "LA ENTIDAD" proceda a su reintegro al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los 15 días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARÍA", en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de "EL ACUERDO MARCO".
e)    Los "Subsidios" provenientes de recursos presupuestales federales que se comprometen transferir mediante el presente instrumento, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
TERCERA.- OBJETIVOS Y METAS.- Los recursos presupuestales que transfiere el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECRETARÍA" a que se refiere la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio Específico se aplicarán al concepto a que se refiere la Cláusula PRIMERA del mismo, los cuales tendrán los objetivos y metas que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: La transferencia de "Subsidios" provenientes de recursos presupuestales federales para el Programa de apoyo para "Fortalecer la calidad en los Servicios de Salud en el Estado de Chihuahua y de manera particular para Ampliación del Hospital Integral de Guadalupe y Calvo; Ampliación del Centro de Salud San Felipe; Construcción de Centro de Salud en Cuauhtémoc; y Ampliación del Centro de Salud Manuel Benavides".
META: Aplicación de los recursos conforme el presente instrumento jurídico.
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere el Ejecutivo Federal a que alude la Cláusula SEGUNDA de este Instrumento, se destinarán en forma exclusiva para "Fortalecer la calidad en los Servicios de Salud en el Estado de Chihuahua y de manera particular para Ampliación del Hospital Integral de Guadalupe y Calvo; Ampliación del Centro de Salud San Felipe; Construcción de Centro de Salud en Cuauhtémoc; y Ampliación del Centro de Salud Manuel Benavides".
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto, salvo acuerdo en contrario previsto en respectivo convenio modificatorio, y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieren vía "Subsidios", se devengan conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y deberán ser registrados por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la Cláusula SEGUNDA de este Convenio Específico, podrán destinarse al concepto previsto en la Cláusula PRIMERA del mismo, siempre y cuando no se haya concluido, en ese momento, el objeto del Convenio Específico. En caso de que no sea necesaria su aplicación para el objeto de este instrumento, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, e informarán documentalmente a "LA SECRETARÍA" de este trámite.
"LA ENTIDAD" presentará un informe detallado de los rendimientos financieros generados y la comprobación de su aplicación deberá hacerse mediante certificado de gasto conforme al Anexo 4, el cual forma parte del contexto del presente Convenio Específico.
"LA ENTIDAD" una vez cumplido el objeto del presente Convenio Específico, deberá de reintegrar al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días siguientes a dicho cumplimiento, los saldos no utilizados de los recursos presupuestarios federales que se hayan transferido, así como los rendimientos financieros generados y que no hayan sido aplicados y comprobados al proyecto de conformidad con la Cláusula PRIMERA y lo dispuesto en la presente Cláusula.
 
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos quedan a cargo de "LA ENTIDAD".
SEXTA.- OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- "LA ENTIDAD" adicionalmente a los compromisos que en su caso le apliquen en "EL ACUERDO MARCO", se obliga a:
I.     La Secretaría de Salud y/o los Servicios de Salud de Chihuahua, serán las unidades responsables ante "LA SECRETARÍA" y enlace para la adecuada ejecución y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico; y vigilarán el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, sobre todo cuando en su caso, intervengan otras unidades ejecutoras estatales, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto.
II.    En los casos que las legislaciones estatales así lo determinen y/o por acuerdo de la Secretaría de Hacienda con la Unidad Ejecutora, la Secretaría de Hacienda deberá ministrar íntegramente a esta última, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente instrumento jurídico, junto con los rendimientos financieros que se generen, a efecto de que la Unidad Ejecutora, esté en condiciones de iniciar las acciones para dar cumplimiento al objeto que hace referencia la Cláusula PRIMERA de este Convenio Específico.
III.    Remitir en un plazo no mayor a 15 días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente instrumento, por conducto de la Secretaría de Hacienda a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, los recibos oficiales que acrediten la recepción de dichas ministraciones, así como, en su caso, las copias de los recibos que acrediten la ministración de dichos recursos por parte de la Secretaría de Hacienda a la Unidad Ejecutora.
IV.   Aplicar los recursos a que se refiere la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico en el concepto establecido en la Cláusula PRIMERA del mismo, sujetándose a los objetivos y metas previstos en la Cláusula TERCERA de este Instrumento jurídico, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos.
V.    Observar para el ejercicio de los "Subsidios" provenientes de recursos federales presupuestales, la normatividad federal aplicable al respecto, y de manera particular lo previsto en el Artículo 1, fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y Artículo 1, fracción VI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas, entre otras.
VI.   Mantener bajo su custodia, conforme a los plazos y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas y normativas aplicables, a través de la Unidad Ejecutora, la documentación en original, justificativa y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales erogados, y disponible para atender cualquier requerimiento por parte de "LA SECRETARÍA" y/o los órganos fiscalizadores competentes tanto a nivel federal como estatal, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, como son los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, y estar identificados con un sello que indique el nombre del programa, origen del recurso y el ejercicio correspondiente, deberán expedirse a nombre de la Unidad Ejecutora, en los casos que las legislaciones estatales así lo determinen, estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago, monto, fecha, entre otros requisitos establecidos en la normatividad aplicable.
VII.  Identificar en la documentación comprobatoria (facturas, recibos, convenios, etcétera), con un sello que indique: Pagado con recursos del "Programa de apoyo para fortalecer la calidad en los Servicios de Salud".
VIII.  Comprobar ante "LA SECRETARÍA", mediante los respectivos Certificados de Gasto, cuyo formato e instructivo de llenado está previsto en el Anexo 4 del presente instrumento, la ejecución de los recursos que le fueron transferidos a "LA ENTIDAD" para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Específico.
IX.   Reportar y dar seguimiento trimestralmente, a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, sobre el avance en el cumplimiento de metas y resultados, previstos en la Cláusula TERCERA de este Convenio Específico, conforme al formato e instructivo de llenado que está previsto en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico.
X.    Informar trimestralmente a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, sobre el avance físico-financiero de las obras y las acciones realizadas.
XI.   Reportar a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, el informe detallado de los rendimientos financieros generados y, en su caso, la comprobación de su aplicación, la cual deberá hacerse mediante certificado de gasto conforme al Anexo 4 previsto en el presente instrumento jurídico.
XII.  A efecto de realizar la contratación externa de supervisión de proyectos, administración, supervisión y/o control de la correcta aplicación de los recursos federales presupuestales transferidos a "LA ENTIDAD" mediante el presente instrumento jurídico, y tratándose de obra pública, podrá destinar hasta el 6% (seis por ciento) del monto total asignado para las obras a ejecutar, citadas en las Cláusulas PRIMERA
y SEGUNDA del presente Convenio Específico, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como por los artículos 114, 115, 116, 211 y 249 del Reglamento de la citada Ley.
Asimismo, "LA ENTIDAD" deberá remitir de manera trimestral a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, copia del reporte de la supervisión externa (de ser posible con su documentación soporte correspondiente). El informe a que se hace referencia en este párrafo, deberá ser entregado por "LA ENTIDAD" a "LA SECRETARÍA", a los 20 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre que se reporta.
XIII.  Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD".
XIV. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento jurídico, quedarán bajo la absoluta responsabilidad jurídica y administrativa de "LA ENTIDAD" y no existirá relación laboral alguna entre éstos y "LA SECRETARÍA", por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
XV.  Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión de "LA ENTIDAD".
XVI. Difundir en la página de Internet de "LA ENTIDAD" el concepto financiado con los recursos que le serán transferidos mediante el presente instrumento jurídico, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
XVII.Los recursos presupuestales federales transferidos y los rendimientos financieros generados, que, después de radicados en la Secretaría de Hacienda de "LA ENTIDAD", o que una vez ministrados a la Unidad Ejecutora, que no sean ejercidos en los términos de este Convenio Específico, o bien, se ejecuten en contravención a sus Cláusulas bajo su absoluta responsabilidad, deberán ser reintegrados al Erario Federal (Tesorería de la Federación), sin que para ello deba ser requerido por "LA SECRETARÍA", y sujetándose a la normatividad específica establecida al respecto en materia de reintegro de recursos federales presupuestales.
XVIII.           Informar de manera detallada a "LA SECRETARÍA", por conducto de la DGPLADES, mediante el acta o documento que para tal efecto se establezca por "LAS PARTES", respecto de la conclusión del objeto del presente instrumento jurídico (adjuntando la documentación que lo acredite), y si en su caso existan recursos remanentes y/o rendimientos financieros, deberán ser reintegrados en su totalidad a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes a la conciliación físico-financiera del cumplimiento del objeto de este Convenio Específico.
XIX. Así como las demás obligaciones que se establezcan a cargo de "LA ENTIDAD" dentro de "EL ACUERDO MARCO" que le aplique en función de la naturaleza de los recursos radicados en el presente Convenio Específico.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de "LA SECRETARÍA" se obliga a:
I.     Realizar las gestiones necesarias a través de la DGPLADES, ante la instancia correspondiente, a efecto de que se transfieran "vía subsidios" los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo primero de la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio Específico de acuerdo con los plazos y calendario establecidos, que se precisan en el Anexo 2, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto.
II.     Dar seguimiento, a través de la DGPLADES en coordinación con "LA ENTIDAD", mediante el certificado de gasto conforme al Anexo 4, el informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados, el informe de avance físico-financiero de las obras y acciones a desarrollar, así como el informe detallado de los rendimientos financieros generados y la comprobación de su aplicación; que los recursos presupuestales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto al que son destinados, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan y las instancias fiscalizadoras competentes del Ejecutivo Federal o estatal.
III.    Abstenerse de intervenir en el procedimiento de adquisiciones, asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el ejercicio de los recursos conforme al objeto del presente Convenio Específico, para el cual son destinados los recursos presupuestales federales transferidos. Dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestal, podrá realizar visitas de supervisión, de obra pública a efecto de observar el cumplimiento de la aplicación de los recursos.
IV.   Solicitar a "LA ENTIDAD" en su caso por escrito cuando así corresponda, la entrega del informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados, el informe trimestral de avance físico financiero de las obras y acciones realizadas, los certificados de gasto e informe de los rendimientos financieros y su
aplicación mediante certificados de gasto.
V.    La DGPLADES informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARÍA" y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Función Pública (Dependencia u Órgano equivalente), y al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Salud, el caso o casos en que se tenga conocimiento que los recursos presupuestales no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD" para los fines que en este instrumento se determinan, ocasionando como consecuencia la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD" y el reintegro de los recursos, en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de "EL ACUERDO MARCO".
VI.   Informar en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico.
VII.   El control, vigilancia y evaluación de los recursos presupuestarios que en virtud de este instrumento jurídico serán transferidos, corresponderá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Función Pública (Dependencia u Órgano equivalente), y al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Salud, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice el órgano de control de "LA ENTIDAD".
VIII.  Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
IX.   Difundir en su página de Internet el presente instrumento jurídico.
X.    Así como las demás obligaciones que se establezcan a cargo de "LA SECRETARÍA" dentro de "EL ACUERDO MARCO" y que le resulten aplicables en virtud de la naturaleza de los recursos objeto del presente Convenio Específico.
OCTAVA.- VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción por parte de "LA SECRETARÍA" y se mantendrá en vigor hasta el cumplimiento de su objeto, conforme a lo previsto en la Cláusula PRIMERA de este Convenio Específico.
NOVENA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En caso de contingencias para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA.- CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado.
II.     Por acuerdo de las partes.
III.    Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA PRIMERA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse por las siguientes causas:
I.     Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron con fines distintos a los previstos en el presente instrumento jurídico.
II.     Por el incumplimiento reiterado de las obligaciones contraídas en el mismo.
Casos en los cuales se procederá en términos de lo establecido en la Cláusula OCTAVA de "EL ACUERDO MARCO".
CIMA SEGUNDA.- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente Convenio Específico deriva de "EL ACUERDO MARCO" a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento jurídico, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo la naturaleza del recurso, establecidas en "EL ACUERDO MARCO" se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento jurídico como si a la letra se insertasen y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente documento.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado.- Por la Entidad, a los diez días del mes de julio de dos mil trece.- Por la Secretaría, a los doce días del mes de julio de dos mil trece.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Luis Rubén Durán Fontes.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud,
Carlos Gracia Nava.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Hacienda, Jaime Ramón Herrera Corral.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Chihuahua, Sergio Leonardo Piña Marshall.- Rúbrica.
ANEXO 1
DEL CONVENIO No. DGPLADES-CETR-CALIDAD-CHIH-01/13
PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD
TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES PRESUPUESTALES
CAPÍTULO DE GASTO
APORTACIÓN FEDERAL
4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras ayudas
4300 Subsidios y subvenciones
43801 Subsidios a Entidades Federativas y Municipios
$75,315,130.00
TOTAL
$75,315,130.00
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $75,315,130.00 (Setenta y cinco millones trescientos quince mil ciento treinta pesos 00/100 M.N.), provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, por conducto de la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Chihuahua.
ANEXO 2
CALENDARIO DE MINISTRACIÓN DE RECURSOS FEDERALES PRESUPUESTALES
CONCEPTO
JUL
AGO
SEP
OCT
NOV
DIC
TOTAL
4300 Subsidios y subvenciones
43801Subsidios a entidades federativas y Municipios
75,315,130.00
 
 
 
 
 
75,315,130.00
ACUMULADO
75,315,130.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
75,315,130.00
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $75,315,130.00 (Setenta y cinco millones trescientos quince mil ciento treinta pesos 00/100 M.N.), provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, por conducto de la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Chihuahua.
ANEXO 3
RECURSOS FEDERALES PRESUPUESTALES TRANSFERIDOS COMO "SUBSIDIOS" PARA SU
APLICACIÓN EN LA ENTIDAD FEDERATIVA COMO SIGUE:
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO
Capítulo 5000
EQUIPAMIENTO
Capítulo 6000
OBRA PÚBLICA
TOTAL
Ampliación del Hospital Integral de Guadalupe y Calvo.
7,345,375.00
18,641,954.00
$25,987,329.00
Ampliación del Centro de Salud San Felipe.
12,060,744.00
25,000,000.00
$37,060,744.00
Construcción de Centro de Salud en Cuauhtémoc.
0.00
8,988,230.00
$8,988,230.00
Ampliación del Centro de Salud Manuel Benavides.
0.00
3,278,827.00
$3,278,827.00
TOTAL
$19,406,119.00
$55,909,011.00
$75,315,130.00
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $75,315,130.00 (Setenta y cinco millones trescientos quince mil ciento treinta pesos 00/100 M.N.), provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de
Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, por conducto de la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Chihuahua.
ANEXO 3.1
DETALLE DE LAS ACCIONES O PROYECTOS
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO:
Ampliación del Hospital Integral de Guadalupe y Calvo.
 
 
Tipo de acción:
Dignificación ( X ) Conservación ( ) Mantenimiento ( ) Equipamiento ( X )
Obra Nueva ( ) Sustitución ( ) Fortalecimiento ( ) Ampliación ( X )
Estatus de la obra:
En proceso ( X ) En operación ( ) Obra nueva ( )
Red de atención médica:
( X ) Vigilancia y control del embarazo (reducción de Muerte Materno âinfantil)
( ) Prevención de enfermedades crónico-degenerativas (X ) Cáncer: Detección Temprana y  Atención Oportuna
( ) Cáncer: Atención Médica de Alta Especialidad ( X ) Cruzada contra el hambre
( ) Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) ( ) Red de Frío
( ) Red roja ( ) Salud Mental y Atención de Adicciones
( ) Telemedicina ( ) Otros - Especificar ____________________________________
Red de atención infraestructura:
( ) Centros de Salud ( X ) Hospitales de la Comunidad ( ) UNEMES ( ) Hospitales Generales
Población beneficiada:
Población beneficiada 53,499 habitantes
 
Justificación técnica de la acción o proyecto:
El Hospital General de Guadalupe y Calvo cubre una población objetivo de más de 60 mil habitantes en los municipios de Guadalupe y Calvo y Morelos. Debido a las condiciones de caminos y distancia hacia el Hospital de referencia (H. de Parral a Aprox. 4 horas) es indispensable que esta unidad cuente con la infraestructura necesaria para atender urgencias. En un año alrededor de 190 pacientes son enviados al Hospital de Parral para atención de urgencia; de los cuales 12% corresponden a partos.
Para brindar atención médica oportuna, reducir los índices de mortalidad materno-infantil y mejorar la cobertura médica a medida que crece la población objetivo de la Secretaría de Salud, resulta apremiante optimizar las condiciones en que labora esta unidad médica, ampliar principalmente su área de urgencias y adecuar el quirófano a las normas oficiales mexicanas, para obtener de esta manera la acreditación de la unidad ante la CNPSS.
Monto
Obra: $18,641,954.00
Equipo: $ 7,345,375.00
TOTAL: $25,987,329.00
 
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO:
Ampliación del Centro de Salud San Felipe.
 
 
Tipo de acción:
Dignificación ( X ) Conservación ( ) Mantenimiento ( ) Equipamiento ( X )
Obra Nueva ( ) Sustitución ( ) Fortalecimiento ( ) Ampliación ( X )
Estatus de la obra:
En proceso ( X ) En operación ( ) Obra nueva ( )
Red de atención médica:
( X ) Vigilancia y control del embarazo (reducción de Muerte Materno âinfantil)
( ) Prevención de enfermedades crónico-degenerativas
( X ) Cáncer: Detección Temprana y Atención Oportuna ( ) Cáncer: Atención Médica de Alta       Especialidad
( X ) Cruzada contra el hambre
( ) Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) ( ) Red de Frío
( ) Red roja ( ) Salud Mental y Atención de Adicciones
( X ) Telemedicina ( ) Otros - Especificar __________________________________
Red de atención infraestructura:
( X ) Centros de Salud ( ) Hospitales de la Comunidad
( ) UNEMES ( ) Hospitales Generales
Población beneficiada:
Población beneficiada: 128,000 habitantes
 
Justificación técnica de la acción o proyecto:
El centro de salud San Felipe es el que cuenta con más afluencia de pacientes en la ciudad de Chihuahua, con una población objetivo que sobrepasa los 128 mil habitantes, sumado a esta cifra, esta unidad médica es receptora de mucha población fluctuante que proviene de otros municipios cercanos.
Con este proyecto para su ampliación y equipamiento se busca mejorar las condiciones de atención, aumentar su capacidad resolutiva y a la vez, obtener la acreditación ante la CNPSS, lo que permite continuar con la atención de afiliados al Seguro Popular.
 
Monto
Obra: $25,000,000.00
Equipo: $12,060,744.00
TOTAL: $37,060,744.00
 
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO:
Construcción de Centro de Salud en Cuauhtémoc.
 
 
Tipo de acción:
Dignificación ( ) Conservación ( ) Mantenimiento ( ) Equipamiento ( )
Obra Nueva ( ) Sustitución ( X ) Fortalecimiento ( ) Ampliación ( )
Estatus de la obra:
En proceso ( ) En operación ( ) Obra nueva ( X )
Red de atención médica:
( X ) Vigilancia y control del embarazo (reducción de Muerte Materno âinfantil)
( ) Prevención de enfermedades crónico-degenerativas
( X ) Cáncer: Detección Temprana y Atención Oportuna
( ) Cáncer: Atención Médica de Alta Especialidad ( ) Cruzada contra el hambre
( ) Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) ( ) Red de Frío
( ) Red roja ( ) Salud Mental y Atención de Adicciones
( ) Telemedicina ( ) Otros - Especificar ____________________________________
Red de atención infraestructura:
( X ) Centros de Salud ( ) Hospitales de la Comunidad
( ) UNEMES ( ) Hospitales Generales
Población beneficiada:
Población beneficiada: 114,000 habitantes
 
Justificación técnica de la acción o proyecto:
Anteriormente este centro de salud se ubicaba al interior del Hospital General de Cuauhtémoc "Dr. Ramírez Topete"; sin embargo, por cuestiones de espacio y acreditación de dicha unidad hospitalaria, se hace necesario sacar las instalaciones del centro de salud. Para continuar la atención médica de primer nivel, algunos servicios se prestan en instalaciones temporales en las oficinas jurisdiccionales y alguno de su personal fue temporalmente distribuido en otras unidades del mismo municipio.
El equipo de la unidad sustituida será trasladado a la nueva unidad médica, el faltante, en su caso, será cubierto por La Entidad.
Monto
Obra: $8,988,230.00
TOTAL: $8,988,230.00
 
NOMBRE DE LA ACCIÓN O PROYECTO:
Ampliación del Centro de Salud Manuel Benavides.
 
 
Tipo de acción:
Dignificación ( X ) Conservación ( ) Mantenimiento ( ) Equipamiento ( )
Obra Nueva ( ) Sustitución ( ) Fortalecimiento ( ) Ampliación ( X )
Estatus de la obra:
En proceso ( X ) En operación ( ) Obra nueva ( )
Red de atención médica:
( X ) Vigilancia y control del embarazo (reducción de Muerte Maternoâinfantil)
( ) Prevención de enfermedades crónico-degenerativas ( X ) Cáncer: Detección Temprana y      Atención Oportuna
( ) Cáncer: Atención Médica de Alta Especialidad ( ) Cruzada contra el hambre
( ) Atención de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) ( ) Red de Frío
( ) Red roja ( ) Salud Mental y Atención de Adicciones
( ) Telemedicina ( ) Otros - Especificar ____________________________________
Red de atención infraestructura:
( X ) Centros de Salud ( ) Hospitales de la Comunidad
( ) UNEMES ( ) Hospitales Generales
Población beneficiada:
Población beneficiada: 2,783 habitantes
 
Justificación técnica de la acción o proyecto:
Las condiciones actuales del inmueble presentan deficiencias estructurales como cuarteaduras en las paredes, mal estado de instalaciones, por lo que debe remodelarse la obra de diversas zonas. En cuanto a la ampliación de las áreas, ésta se hace necesaria por dos motivos complementarios; el primero se refiere a que los espacios existentes son sumamente reducidos, por lo que la unidad no es candidata a acreditación y, segundo debido a que la estructura actual no cuenta con espacios suficientes para la prestación de los diversos servicios básicos, como consulta estomatológica y detección oportuna de cáncer.
Con esta ampliación la unidad cumplirá las condiciones necesarias para su acreditación ante la CNPSS.
El equipamiento que resultase faltante, será cubierto por la Entidad
Monto
Obra: $3,278,827.00
TOTAL: $3,278,827.00
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $75,315,130.00 (Setenta y cinco millones trescientos quince mil ciento treinta pesos 00/100 M.N.), provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, por conducto de la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Chihuahua.
 

 
 
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL "FORMATO DE CERTIFICADO DE GASTO"
1     Año al que corresponden los recursos transferidos y que son objeto de comprobación por medio del formato de certificado de gasto, de conformidad con el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y el Estado.
2     Nombre de la Entidad Federativa.
3     Fecha en que se entrega el formato de certificado de gasto por parte de la Entidad Federativa a la DGPLADES.
4     No. de Solicitud de Pago, la cual previamente le fue comunicada mediante oficio por parte de DGPLADES, cuando informa al Estado sobre la transferencia de recursos.
5     Monto total de la Solicitud de Pago que le fue comunicada por DGPLADES en los términos anteriores.
6     Clave de la Partida, Concepto de Gasto o Capítulo de Gasto, según lo exija lo dispuesto el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y el Estado. Tratándose de pagos de 1 al millar, no aplica la clave.
7     Descripción de la Partida, Concepto de Gasto o Capítulo de Gasto, según lo exija lo dispuesto el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y el Estado. Tratándose de pagos de 1 al millar, así especificarlo.
8     Clave presupuestaria de la solicitud de pago, la cual previamente le fue comunicada mediante oficio por parte de DGPLADES, cuando informa al Estado sobre la transferencia de recursos.
9     Importe total correspondiente al formato de certificado de gasto identificado por la clave presupuestal que le dio a conocer previamente la DGPLADES al Estado cuando le informó sobre la transferencia de recursos.
10    Importe radicado por clave presupuestal (por dígito de fuente de financiamiento).
11    Número que el Estado asigna a cada uno de los proyectos previstos en el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y la Entidad Federativa, y que son objeto de comprobación mediante el presente formato de certificado de gasto.
12    Nombre del o los proyectos numerados por el Estado, pero previstos en el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y la Entidad Federativa, y que son objeto de comprobación mediante el presente formato de certificación de gasto.
13    En la medida de lo posible, referencia de la documentación comprobatoria (No. de factura, etc.).
14    Número del proyecto del cual el Estado comprueba gasto.
15    Póliza cheque del pago efectuado.
16    Fecha de la póliza cheque.
17    En su caso, siglas de la modalidad de adquisición (LPN, LPI, CCTP).
18    En su caso, número(s) de contrato(s) cuya(s) fecha(s) de suscripción corresponda(n) con el año
fiscal de los recursos transferidos objeto de la comprobación.
19    En su caso, fecha de registro del contrato en el Estado.
20    Proveedor o beneficiario de la póliza cheque.
21    Clave presupuestaria de la solicitud de pago, la cual previamente le fue comunicada mediante oficio por parte de DGPLADES, cuando informa al Estado sobre la transferencia de recursos.
22    Importe del gasto cuya comprobación la certifica el Estado por medio de este formato.
23    Observaciones o aclaraciones referentes a la comprobación que el Estado desee realizar (por ejemplo, si una misma factura fue pagada por dos CLC diferentes, hacer la precisión y detallar el o los montos).
24    Suma del total de los importes de los gastos cuya comprobación la certifica el Estado por medio de este formato.
25    Nombre y firma del Director de Planeación.
26    Puesto del Director de Planeación o equivalente.
27    Nombre y firma del Director de Administración.
28    Puesto del Director de Administración o equivalente.
29    Nombre y firma del Secretario de Salud, quien Certifica la comprobación del gasto de conformidad con la normatividad aplicable.
30    Descripción completa del cargo del Secretario de Salud.
NOTAS:       1) Es importante mencionar que deberá emitirse un certificado de gasto por cada partida presupuestal, concepto de gasto o capítulo de gasto, según se esté comprobando, conforme lo establezca el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y la Entidad Federativa de los recursos asignados a esa Entidad.
2) Se deberá considerar la disponibilidad de cada una de las Solicitudes de Pago, así como de las claves presupuestales según calendario de los recursos asignados a esa Entidad.
3) En este formato deberá hacerse la indicación en cada afectación del proyecto al que corresponda.
4) Tratándose de la aplicación de rendimientos financieros mediante este formato, realizar en el encabezado del mismo el señalamiento al respecto.
5) Se recomienda que el Estado le asigne un número consecutivo a cada Formato de Certificación de Gasto que tramita ante la DGPLADES, para facilitar un mejor manejo del mismo.
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $75,315,130.00 (Setenta y cinco millones trescientos quince mil ciento treinta pesos 00/100 M.N.), provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, por conducto de la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Chihuahua.
 
 
Informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados
 
INSTRUCTIVO
1.     Número de trimestre al que se informa sobre el cumplimiento de metas y resultados de conformidad con el avance en el ejercicio de los recursos radicados mediante el instrumento jurídico suscrito entre la Federación y el Estado.
2.     Año al que corresponde el trimestre a informar.
3.     Nombre de la entidad federativa.
4.     Número del Convenio correspondiente a informar sobre el cumplimiento de metas y resultados; éste se encuentra en el extremo superior derecho del instrumento jurídico.
5.     Monto total del Convenio, mismo que deberá coincidir con el descrito en la Cláusula Primera y Anexo 1 del mismo.
6.     Fecha de suscripción del Convenio.
7.     Fotografía del proyecto y/o acción, la cual debe corresponder al avance de cumplimiento de metas y resultados reportado.
8.     Objetivo del Convenio, es igual al descrito en la Cláusula Primera del instrumento jurídico.
9.     Nombre del proyecto previsto en el instrumento jurídico, específicamente en el anexo 3.
10.   Porcentaje de avance físico del proyecto reportado al trimestre correspondiente.
11.   Porcentaje de avance financiero del proyecto reportado al trimestre correspondiente.
12.   Breve resumen cualitativo que incluya las observaciones, notas y/o aclaraciones referentes al avance en el cumplimiento de las metas y resultados que el Estado desee puntualizar.
13.   Nombre, puesto y firma de la persona responsable de elaborar el informe.
14.   Nombre, puesto y firma de la persona responsable de otorgar el visto bueno al informe.
Nota: El Informe trimestral de cumplimiento de metas y resultados debe llenarse por cada proyecto especificado en el Anexo 3 del Instrumento Jurídico.
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $75,315,130.00 (Setenta y cinco millones trescientos quince mil ciento treinta pesos 00/100 M.N.), provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, por conducto de la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Chihuahua.
FIRMAS DE LOS ANEXOS 1, 2, 3, 3.1, 4 Y 5 DEL CONVENIO No. DGPLADES-CETR-CALIDAD-CHIH-01/13
Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Luis Rubén Durán Fontes.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Carlos Gracia Nava.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Hacienda, Jaime Ramón Herrera Corral.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Chihuahua, Sergio Leonardo Piña Marshall.- Rúbrica.
 
 

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