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DOF: 02/10/2014
CONVENIO de Coordinación del Programa de Mejoramiento Institucional de las Escuelas Normales Públicas y su Anexo A, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Chihuahua

CONVENIO de Coordinación del Programa de Mejoramiento Institucional de las Escuelas Normales Públicas y su Anexo A, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Chihuahua.

CONVENIO
PROGRAMA DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ESCUELAS NORMALES PÚBLICAS
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, DR. FERNANDO SERRANO MIGALLÓN, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, MTRO. ÁLVARO LÓPEZ ESPINOSA, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, EN LO SUCESIVO "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, ING. PABLO ESPINOZA FLORES Y EL SECRETARIO DE HACIENDA, ING. JAIME RAMÓN HERRERA CORRAL, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.- Bajo el contexto anterior, y con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las Escuelas Normales Públicas, surge el Programa de Mejoramiento Institucional de las Escuelas Normales Públicas (PROMIN), iniciativa que desde el 2002 impulsan de manera coordinada la SEP, la AEL (Secretaría de Educación o su equivalente en los Estados) y para el caso del Distrito Federal la AFSEDF (Administración Federal de Servicios Educativos para el Distrito Federal).
2.- Con fecha 25 de febrero de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial número 665 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Institucional de las Escuelas Normales Públicas, en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIÓN", mismas que con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al PROMIN, establecen las disposiciones a las que debe sujetarse dicho programa.
3.- El PROMIN busca dirigir la asignación de los recursos a los proyectos integrales del PEFEN 2013, que tengan mayor impacto en el desarrollo académico y de la gestión de los sistemas estatales de educación normal y de las Escuelas Normales Públicas. Con esta acción, se pretende contribuir al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:
⢠Elevar el aprovechamiento académico de los estudiantes normalistas.
⢠Apoyar la superación de docentes y directivos de las Escuelas Normales Públicas.
⢠Fortalecer la implementación de la Reforma Curricular 2012 en las Escuelas Normales Públicas.
⢠Desarrollar programas de tutoría y asesoría para mejorar los procesos de formación y aprendizaje, en las escuelas formadoras de docentes.
⢠Realizar seguimiento de egresados con objeto de valorar la calidad de la formación proporcionada y enriquecer los procesos educativos en las Escuelas Normales Públicas.
⢠Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de estudio y la certificación de los procesos de gestión.
⢠Mejorar el equipamiento con tecnologías actualizadas y la capacitación para su uso en las Escuelas Normales Públicas, para satisfacer sus requerimientos y necesidades de conectividad.
⢠Optimizar o ampliar la infraestructura de las Escuelas Normales Públicas para el desarrollo de las actividades de todos los actores que participan en los procesos de la institución
⢠Apoyar a las Entidades Federativas y en las Escuelas Normales Públicas, el desarrollo y operación de sistemas integrales de información académica y administrativa de educación normal.
⢠Promover la actualización y regularización de los programas educativos que las escuelas formadoras de docentes imparten y no operar nuevos programas educativos sin la autorización correspondiente.
4.- El PEFEN 2013 pretende, mediante el apoyo al desarrollo de los proyectos del ProGEN y los ProFEN, contribuir al logro y consolidación de un sistema estatal de educación normal de buena calidad en cada Entidad Federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras de maestros que lo integran.
 
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, a la cual le corresponde el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de los Estados y Municipios.
I.2.- Que el artículo 9o. de la Ley General de Educación establece que además de impartir la educación preescolar, la primaria y la secundaria, el Estado promoverá y atenderá -directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación inicial, especial, media superior y superior, necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.
I.3.- Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Subsecretaría de Educación Superior, en lo sucesivo "LA SES", a la cual se encuentra adscrita la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, en lo sucesivo "LA DGESPE", la cual tiene como atribuciones, entre otras: proponer e impulsar políticas para el desarrollo de las instituciones y programas de educación superior destinados a la formación de los profesionales de la educación; proponer, en coordinación con la Subsecretaría de Educación Básica, las normas pedagógicas y los planes y programas de estudio para la educación superior que imparten las Escuelas Normales Públicas; así como establecer mecanismos de coordinación con las instituciones que impartan la educación superior, a efecto de acordar políticas y acciones para su desarrollo.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 21 de su Reglamento Interior, así como con el "Acuerdo número 351 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero y 4 de febrero de 2005, respectivamente.
I.4.- Que para el logro de los objetivos del PROMIN, asignará a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", recursos públicos federales extraordinarios no regularizables para el desarrollo de los proyectos que hayan obtenido resultados favorables en el dictamen emitido por la DGESPE y la SES con base en la evaluación integral realizada al PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN.
I.5.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para llevar a cabo el objeto de este Convenio en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2013, con cargo a las claves presupuestarias: 11 515 2013 2 5 03 00 005 S035 43801 1 1 08.
I.6.- Que sus representantes suscriben el presente instrumento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 21 de su Reglamento Interior, así como en el "Acuerdo número 399 por el que se delegan facultades a los Subsecretarios y Titulares de Unidad de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2007.
I.7.- Que para efectos del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en la calle de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro, C.P. 06029, Delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.
II. De "EL GOBIERNO DEL ESTADO":
II.1.- Que el Estado de Chihuahua es una entidad federativa parte integrante de la Federación, en cuanto a su régimen interior, constituido como un Gobierno republicano, representativo y popular en los términos de lo establecido por los Artículos 42 fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 2, 3, 30 y 31 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua.
II.2.- Que de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 2 fracción I y 24 fracciones II y VI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, la Secretaría de Educación, Cultura y Deporte y la Secretaría de Hacienda, son Dependencias Centralizadas del Poder Ejecutivo del Estado.
II.3.- Que acorde a lo establecido en el Artículo 153 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, en relación con el Artículo 29 fracciones I, XVII y XVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, la Secretaría de Educación, Cultura y Deporte, le corresponde entre otras, ejercer las funciones que al Estado correspondan en materia educativa, impulsar actividades de difusión y fomento a la cultura, así como participar en cualquier acto, convenio o contrato que obligue al Gobierno del Estado en materia educativa.
 
II.4.- Que con fundamento en lo previsto en el artículo 26 fracciones III y X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, así como el artículo 8 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, a dicha Dependencia le corresponde ejercer la funciones de ingresos; control presupuestal; planeación, operación y control financiero; contabilidad gubernamental, evaluación; recursos humanos, materiales, suministros y servicios generales; subsidios y transferencias, con los procesos, los sistemas y las estructuras necesarias para ello; así como optimizar la organización y funcionamiento de sus unidades orgánicas; celebrar de conformidad con las disposiciones legales aplicables los convenios fiscales y financieros del Gobierno del Estado con el Gobierno Federal, los Municipios o con sus sectores paraestatal y Municipal.
II.5.- Que el C. Ing. Pablo Espinoza Flores, Secretario de Educación, Cultura y Deporte y el C. Ing. Jaime Ramón Herrera Corral, Secretario de Hacienda, acreditan su personalidad con los nombramientos de fecha 9 de mayo del 2013 y 9 de octubre de 2012, respectivamente; otorgados a su favor por el C. Gobernador Constitucional del Estado, Lic. César Horacio Duarte Jáquez, así como sus actas de protesta correspondientes.
II.6.- Que suscribe el presente Convenio, con el propósito de formalizar los compromisos que adquiere en su respectivo ámbito de competencia, para garantizar la observancia y cumplimiento de "LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA".
II.7.- Para los efectos del presente convenio señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Venustiano Carranza No. 803, Edificio Héroes de la Revolución, tercer piso, Colonia Obrera, C.P. 31350, en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
CLÁUSULAS
Primera.- El presente convenio tiene por objeto establecer las bases conforme a las cuales, "LA SEP" apoyará a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio Fiscal de 2013, a fin de fortalecer la operación de los servicios que ofrece, considerando la planeación contenida en el PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN, de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS DE OPERACIÓN" y demás disposiciones administrativas, presupuestarias y jurídicas aplicables.
Segunda.- "LA SEP" con base en su disponibilidad presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2013, aportará a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", la cantidad de $13,697,134.67 (Trece millones seiscientos noventa y siete mil ciento treinta y cuatro pesos 67/100 M.N.) para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido con base en la evaluación integral del PEFEN 2013 el ProGEN y los ProFEN, y de lo dispuesto en las "REGLAS DE OPERACIÓN". Los proyectos y objetivos particulares aprobados para su realización en el marco del PEFEN 2013, se presentan en el Anexo A de este Convenio, describiéndose asimismo los montos asignados para cada uno de ellos.
En caso de que "LA SEP" aporte a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" recursos adicionales para el PROMIN, dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de Anexos de Ejecución, los cuales, una vez suscritos, formarán parte del presente Convenio.
Tercera.- "LAS PARTES" acuerdan que los recursos económicos del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN no podrán ser utilizados para el financiamiento de los gastos siguientes:
1. Pago de sueldos, sobresueldos, estímulos o compensaciones del personal académico y administrativo contratado por la Escuela Normal Pública, por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" y por "LA SEP".
2. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la Escuela Normal Pública, sin excepción.
3. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades de carácter motivacional o cualquier otra ajena a los enfoques, propósitos y contenidos de los planes y programas de estudio de las Licenciaturas en Educación Normal.
4. Financiamiento de clubes, festivales, eventos sociales, deportivos, culturales y artísticos.
5. Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo, sin excepción.
 
6. Adquisición de vehículos.
7. Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no pertenecen al Padrón Nacional de Posgrado (PNP).
8. Otros fines distintos a los establecidos en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
Cuarta.- Para la coordinación de las acciones del PEFEN 2013 establecidas en el presente Convenio, "LA SEP" designa a su Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación como responsable.
Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO", designa a la instancia coordinadora y responsable de la operación del PEFEN 2013 en la entidad.
Los responsables designados tendrán a su cargo el seguimiento de todas las acciones relacionadas con la emisión de informes de avances y resultados, el desarrollo, operación y demás establecidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
Quinta.- "LA SEP", en cumplimiento a este Convenio se compromete a:
a) Definir los criterios generales para la planeación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del PROMIN, además de resolver cualquier duda que se genere derivada de la interpretación, aplicación y cumplimiento de las "REGLAS DE OPERACIÓN".
b) Asignar y distribuir los recursos financieros a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" para los proyectos que hayan sido aprobados en el marco del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN, considerando los montos asignados de conformidad con lo establecido en el Anexo A, el cual forma parte integrante del presente Convenio.
c) Presentar a las instancias correspondientes, los informes periódicos sobre el cumplimiento de los indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos, a fin de establecer los criterios y aspectos a revisar para la actualización permanente del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN, así como el impacto en las Escuelas Normales Públicas. Dichos informes deberán apegarse a las presentes "REGLAS DE OPERACIÓN" y demás disposición aplicables.
d) Difundir la información de los avances y el cumplimiento de metas del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN en sus respectivos órganos oficiales de difusión: http://www.sep.gob.mx y en la página http:// www.dgespe.sep.gob.mx.
e) Conformar el Comité Evaluador para la evaluación de los proyectos del ProGEN y el ProFEN en el marco del PEFEN 2013, el cual estará integrado por personal académico de prestigio que se rija bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia, equidad y congruencia, a fin de dar certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas que le han sido encomendadas.
f) Asegurar el objetivo fundamental del PROMIN, a través del seguimiento, supervisión y monitoreo del desarrollo del mismo y su incidencia en el mejoramiento de las Escuelas Normales Públicas, de modo que se identifiquen los factores institucionales que favorezcan o dificulten su cumplimiento.
g) Verificar que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" reintegre a la Tesorería de la Federación, los recursos económicos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que no sean devengados, en los términos y plazos que establece la normatividad aplicable.
h) Integrar, analizar y concentrar los formatos establecidos para el cierre del ejercicio programático presupuestal, dicha información se remitirá en documentos y medios magnéticos a las instancias coordinadoras que lo soliciten, en los plazos y términos establecidos para tal fin; así como solicitar a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" las aclaraciones a que haya lugar; en caso de que esta parte incumpla con la información, se notificará a la Secretaría de la Función Pública o instancia correspondiente que para tal efecto se determine en los plazos establecidos en la normatividad aplicable.
i) Establecer los calendarios de captura, aclaración, y cierre del sistema informático diseñado para el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas del PEFEN 2013, a fin de informar con oportunidad a la Cámara de Diputados.
j) Remitir a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" el oficio de liberación al momento que se concluyan al 100% las obras públicas y acciones comprometidas y se demuestre la aplicación correcta de los recursos.
k) Presentar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública o instancia que para tal efecto se determine, los informes
trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del PROMIN, con base a lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN", y
l) Resolver cualquier duda que se genere en relación con la interpretación, aplicación o cumplimiento de las "REGLAS DE OPERACIÓN".
Sexta.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO", se obliga a:
a) Destinar los recursos que reciba de "LA SEP", exclusivamente a los fines establecidos en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
b) Apegarse a las disposiciones establecidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN", así como a los criterios para la instrumentación del PROMIN.
c) Garantizar las condiciones organizativas, logísticas y operativas para la coordinación, desarrollo, seguimiento y evaluación del PROMIN en su entidad.
d) Realizar la reprogramación de su PEFEN 2013, en un plazo máximo de 10 días naturales a partir de que les sean notificados por "LA SEP", los resultados de los procesos de dictaminación y selección.
e) Abrir una cuenta bancaria exclusiva para la administración de los recursos autorizados para el PROMIN la cual deberá estar registrada ante la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de "LA SEP", con el objeto de recibir la aportación de recursos que le transfiera "LA SEP" para el desarrollo de los proyectos aprobados por el Comité Evaluador en el marco del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN.
f) Entregar el recurso autorizado por "LA SEP" a cada Escuela Normal Pública para la ejecución de sus ProFEN, de acuerdo con los resultados del proceso de dictaminación y selección, transfiriéndolo en las cuentas bancarias previstas para tal fin.
g) Administrar y aplicar los recursos autorizados en el desarrollo de los proyectos aprobados en el marco del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN de conformidad con las "REGLAS DE OPERACIÓN".
h) Supervisar el eficiente ejercicio de los recursos destinados al PROMIN, atendiendo a los criterios establecidos en las "REGLAS DE OPERACIÓN", y en la normativa aplicable.
i) Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados de conformidad con las "REGLAS DE OPERACIÓN".
j) Cumplir en tiempo y forma con el ejercicio y comprobación de los recursos en el marco del presente Convenio de Coordinación, así como en los Convenios de Desempeño Institucional para el desarrollo del PEFEN 2013.
k) Promover la integración de equipos de trabajo con las competencias requeridas para realizar, de manera sistemática y continua, actividades de planeación, actualización, capacitación, asesoría, seguimiento y evaluación para la implementación del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN.
l) Brindar apoyo y asesoría técnica a las Escuelas Normales Públicas, mediante la implementación de propuestas de formación continua, así como realizar visitas periódicas a fin de proporcionar recomendaciones, reflexionar sobre las dificultades y establecer estrategias que permitan avanzar en el cumplimiento de las metas académicas y programáticas establecidas en el PEFEN 2013.
m) Suscribir los Convenios de Desempeño Institucional con las Escuelas Normales Públicas beneficiadas, en los que se estipulen los compromisos que adquieren dichas instituciones para cumplir con las acciones y metas establecidas en sus ProFEN y su contribución al cumplimiento de las correspondientes al ProGEN y el PEFEN 2013, así como para el ejercicio y comprobación de los recursos asignados.
n) Informar a los directores de las Escuelas Normales Públicas en relación con el recurso autorizado, así como el monto presupuestal programado para el periodo correspondiente, además de garantizar el adecuado desarrollo del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN en la entidad para asegurar su cumplimiento.
o) Establecer mecanismos efectivos que permitan difundir entre la sociedad los objetivos, características y avances en el cumplimiento de metas del PEFEN 2013, así como la información acerca de los beneficios obtenidos con el ejercicio de los recursos asignados.
p) Formular propuestas para mejorar el diseño y la operación del PROMIN.
 
q) Entregar en tiempo y forma a "LA SEP" los informes trimestrales y los avances técnicos de las metas, así como reportes del cierre de ejercicio de recursos y, sobre todo, del impacto en la calidad educativa de los proyectos y acciones apoyadas con recursos del PROMIN.
r) Entregar a "LA SEP" informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, y en caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas o irregularidades en el uso de los recursos económicos, informándole sobre las medidas correctivas que aplicará y las estrategias de seguimiento que llevará a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio del presupuesto.
s) Otorgar las facilidades para la realización de los procesos de seguimiento, supervisión y evaluación del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN que lleven a cabo o promuevan "LA SEP", la Secretaría de la Función Pública o instancia correspondiente que para tal efecto se determine u otra instancia de control y fiscalización federal o estatal, con competencia en la materia.
t) Verificar que para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del PROMIN, se elabore un acta entrega-recepción, la cual formará parte del expediente de la obra y constituye la prueba documental que certifica su existencia.
u) Verificar que en cada plantel educativo se dispongan de por lo menos 10 (diez) ejemplares de las "REGLAS DE OPERACIÓN" a fin de que la comunidad escolar esté en posibilidades de realizar su consulta, y
v) Las demás establecidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
Séptima.- La aplicación de los recursos, su comprobación y el logro de las metas compromiso, será responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", de conformidad con lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
Octava.- "LA SEP" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO", derivado del seguimiento sobre el desarrollo del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN y el uso transparente y eficaz de los recursos que se destinen al PROMIN, en su caso, podrán cancelar o suspender los apoyos programados cuando se detecte el incumplimiento de los compromisos establecidos en las "REGLAS DE OPERACIÓN", cuando ocurran las siguientes situaciones:
a) No se cumpla con las obligaciones pactadas en el presente instrumento y en los Convenios de Desempeño Institucional,
b) Incumplimiento en la entrega oportuna de los informes de avances técnicos, físicos y financieros, así como reportes del cierre de ejercicio de recursos,
c) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos autorizados y/o en la aplicación de los recursos correspondientes,
d) No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables, y
e) No proporcionen la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el desarrollo del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN.
Novena.- "LA SEP" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO" instrumentarán las estrategias pertinentes para la asesoría, seguimiento y evaluación de los procesos y resultados que permitan verificar los avances en el desarrollo y operación del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN, constatando la correcta aplicación de los recursos destinados al PROMIN, los avances físicos, financieros y técnicos, la calidad de las obras y de los proyectos, los resultados obtenidos para la integración y consolidación de un sistema estatal de educación normal de buena calidad, así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la gestión de las instituciones formadoras de maestros.
Décima.- "LAS PARTES" establecerán los mecanismos de coordinación necesarios con los Gobiernos Estatales y Municipales, así como con otras instancias del Gobierno Federal, a fin de garantizar que el PROMIN no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones.
Décima Primera.- "LA SEP" de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 y las "REGLAS DE OPERACIÓN"; realizará las distintas acciones de coordinación para llevar a cabo la evaluación externa del PROMIN, de acuerdo con los indicadores y los niveles de cumplimiento de los objetivos y metas programados; para lo cual, se seleccionará
mediante los procedimientos establecidos en la normatividad correspondiente, una institución académica y de investigación u organismo especializado, de carácter nacional o internacional, con reconocimiento académico y experiencia en la materia, con el propósito de evaluar la pertinencia, eficacia e impacto del PROMIN en las Escuelas Normales Públicas, de conformidad con lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
Décima Segunda.- "LA SEP" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO" darán todas las facilidades para que los recursos otorgados al PROMIN puedan ser revisados por la Secretaría de la Función Pública o instancia correspondiente que para tal efecto se determine, por el Órgano Interno de Control de "LA SEP" y/o por auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la Federación; y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes, apegándose a lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
Décima Tercera.- Para fomentar la transparencia del PROMIN, "LA SEP" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO" para la publicidad que se adquiera para su difusión, en la papelería y documentación oficial deberán incluir claramente, visible y audible la siguiente leyenda:
"Este programa es ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Décima Cuarta.- "LA SEP" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO" garantizarán la transparencia del ejercicio de los recursos económicos destinados al PROMIN, instrumentando diversas acciones con el apoyo de sus respectivos medios de difusión y las páginas electrónicas http://www.sep.gob.mx y http://www.dgespe.sep.gob.mx, mismos que permitan dar a conocer la información relativa al PROMIN, en particular sobre los avances y cumplimiento de metas del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN.
Décima Quinta.- El personal designado o comisionado para la ejecución de las acciones derivadas del presente instrumento, mantendrá su actual relación laboral y, por lo tanto, continuará bajo la dirección de quien lo haya nombrado o comisionado, no obstante que las actividades se realicen fuera de las instalaciones de cualquiera de "LAS PARTES".
Décima Sexta.- "LA SEP" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO" recibirán las sugerencias, quejas o denuncias a través de las distintas Dependencias, Órgano Interno de Control en la SEP, el Órgano Estatal de Control, las representaciones de la Secretaría de Educación Pública en las Entidades Federativas, medios electrónicos y canales oficiales establecidos en las "REGLAS DE OPERACIÓN", con objeto de retroalimentar una eficiente y transparente operación del PEFEN 2013, el ProGEN y los ProFEN.
Décima Séptima.- El incumplimiento por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de los plazos señalados en las "REGLAS DE OPERACIÓN" o el uso indebido del presupuesto, tendrá un impacto desfavorable en las subsecuentes asignaciones de recursos del PROMIN a las entidades y las escuelas normales.
Décima Octava.- Los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre "LAS PARTES", conforme a las disposiciones de las "REGLAS DE OPERACIÓN" y, cualquier otra disposición aplicable.
Décima Novena.- "LAS PARTES" estarán exentas de responsabilidad por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente instrumento, debido al caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos, podrán continuar las acciones materia del presente Convenio, una vez que desaparezcan las circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor.
Vigésima.- El presente convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y estará vigente durante el ciclo escolar 2013-2014, en el entendido que sólo se refiere a la aplicación de recursos públicos federales extraordinarios no regularizables del Ejercicio Fiscal de 2013, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales. Podrá ser modificado de común acuerdo o concluido con antelación, en el marco de las "REGLAS DE OPERACIÓN" y la normatividad vigente aplicable, previa notificación que por escrito realice cualesquiera de "LAS PARTES" con treinta días naturales de anticipación; en este caso, "LA SEP" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO" tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de este Convenio, se desarrollen hasta su total conclusión.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman de conformidad en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil trece.- Por
la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Fernando Serrano Migallón.- Rúbrica.- El Director General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, Álvaro López Espinosa.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Secretario de Educación, Cultura y Deporte en el Estado de Chihuahua, Pablo Espinoza Flores.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda en el Estado de Chihuahua, Jaime Ramón Herrera Corral.- Rúbrica.
 
CONVENIO CLAVE: C/PEFEN 2013-08
 
Anexo "A"
 
 
Distribución de Recursos Asignados al PEFEN 2013
 
 
Presupuesto 2013
 
CHIHUAHUA
Clave: C/PEFEN 2013-08-06-27
 
ASIGNACIÓN ProGEN CHIHUAHUA
 
Clave PY/OP
Objetivos
Monto Asignado
P/PEFEN 2013-08-01
Nombre del proyecto: La organización, coordinación y colaboración de las actividades de las escuelas normales: una brecha que se cierra en la acción.
(Atiende a las necesidades de las escuelas normales)
$172,753.79
OP/PEFEN 2013-08-01
Actualizar y capacitar a los docentes de las escuelas normales del Estado de Chihuahua
$77,182.07
OP/PEFEN 2013-08-02
Gestionar y consolidar los cuerpos académicos de las escuelas normales para apoyar el desarrollo de los programas educativos
$80,978.34
OP/PEFEN 2013-08-03
Lograr que los estudiantes normalistas obtengan resultados satisfactorios en los exámenes generales de conocimiento y adquieran competencias sobresalientes en los rasgos del perfil de egreso
$14,593.38
P/PEFEN 2013-08-02
Nombre del proyecto: La gestión institucional del DFAD, una oportunidad de crecimiento y consolidación para las escuelas normales. (Atiende a las necesidades de la gestión estatal)
$77,116.06
OP/PEFEN 2013-08-01
Promover el modelo de evaluación de CIEES en las Escuelas Normales de la entidad para favorecer el acceso a mejores niveles de los programas de estudio
$24,636.93
OP/PEFEN 2013-08-02
Generar líneas de vinculación, intercambio de experiencias y productos académicos con instituciones de Educación Superior, y construir escenarios de colaboración con las Autoridades de Educación Básica
$15,200.00
OP/PEFEN 2013-08-03
Construir una red estatal de informática para la gestión escolar del sistema de educación normal
$35,739.73
OP/PEFEN 2013-08-04
Organizar la gestión de los procesos académicos de alcance estatal y la procuración de su impacto en el funcionamiento de las Escuelas Normales
$1,539.40
TOTAL ProGEN
$249,869.85
 
 
 
 
 
ASIGNACIÓN ProFEN CHIHUAHUA
 
Clave PY/OP
Objetivos
Monto Asignado
P/PEFEN 2013-08-03
Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado Prof. Luis Urías Belderrain: Innovar y Transformar para el logro de la Excelencia Normalista
$3,622,727.26
 
OP/PEFEN 2013-08-01
Dar continuidad a la Certificación para mejorar los procesos administrativos y académicos para garantizar un servicio de calidad educativo
$231,300.00
OP/PEFEN 2013-08-02
Elevar la capacidad académica de los estudiantes a través de la capacitación, actualización y habilitación para mejorar y asegurar la calidad en los programas y servicios que ofrece la EN
$936,750.00
OP/PEFEN 2013-08-03
Elevar la capacidad académica e incidir en los procesos educativos de las y los docentes al generar conocimiento a través de la investigación
$2,002,010.00
OP/PEFEN 2013-08-04
Fomentar la capacitación y actualización del personal de la EN
$107,097.26
OP/PEFEN 2013-08-05
Fortalecer y ampliar la vinculación e intercambio académico entre la EN y el nivel básico con otras instituciones del nivel superior a nivel nacional e internacional
$95,570.00
OP/PEFEN 2013-08-06
Mejorar la infraestructura y el equipamiento tecnológico con que cuenta la EN para fortalecer el quehacer académico
$250,000.00
P/PEFEN 2013-08-04
Escuela Normal Experimental "Miguel Hidalgo": Comprometidos como Institución de Educación Superior por la Calidad de la Educación
$2,889,218.86
OP/PEFEN 2013-08-01
Propiciar acciones para fortalecer la habilitación de la planta docente
$417,600.00
OP/PEFEN 2013-08-02
Impulsar y avanzar en los cuerpos académicos de la EN para integrar las funciones de docencia, investigación y difusión y fortalecer la capacidad académica
$498,800.00
OP/PEFEN 2013-08-03
Fortalecer el desempeño académico de los estudiantes y su impacto en los resultados de los EGC y el ENIS al propiciar oportunidades de desarrollo continuo y permanente
$139,200.00
OP/PEFEN 2013-08-04
Promover la investigación e innovación de los PE para impulsar el desarrollo académico de los estudiantes y que impacte en los procesos de evaluación interna y externa
$401,528.86
OP/PEFEN 2013-08-05
Fortalecer la infraestructura física y tecnológica que demanda la reforma curricular en los PE
$1,432,090.00
P/PEFEN 2013-08-05
Normal Rural "Ricardo Flores Magón": Cerrando un ciclo de planeación en el proceso de mejoramiento de la gestión institucional, la competitividad y capacidad académica de la escuela normal
$3,192,030.78
OP/PEFEN 2013-08-01
Lograr que la formación docente de las estudiantes a través de la aplicación de los PE garanticen su inserción laboral con un alto impacto
$235,760.00
OP/PEFEN 2013-08-02
Desarrollar la capacidad académica del personal docente mediante la actualización y el fortalecimiento de los cuerpos académicos, con base en las necesidades de los programas educativos vigentes
$504,140.00
OP/PEFEN 2013-08-03
Gestionar recursos para optimizar la estancia de las alumnas realizando mantenimiento adecuado, fortaleciendo y equipando los espacios donde desarrollan sus actividades formativas y cocurriculares
$1,866,226.78
 
OP/PEFEN 2013-08-04
Capacitar al personal directivo, académico y de apoyo para la organización, vinculación, evaluación y certificación en los procesos que incluyen los CIEES, para la evaluación
$128,924.00
OP/PEFEN 2013-08-05
Consolidar y aplicar el plan de seguridad y emergencia, para cuidar la integridad, prevenir y responder a las contingencias en la comunidad escolar
$456,980.00
P/PEFEN 2013-08-06
Escuela Normal Superior "Profr. José E. Medrano R.": Frente hacia una institución de educación superior acreditada y certificada con infraestructura propia reconocida por alto prestigio regional, nacional e internacional en ámbitos de competitividad, capacidad y gestión de calidad
$3,743,287.92
OP/PEFEN 2013-08-01
Habilitación de planta docente y directiva en estudios de posgrado, impulsar la conformación de CAEF y colegiado de academia, para continuar con evaluación de programas educativos de CIEES.
$1,599,800.00
OP/PEFEN 2013-08-02
Fortalecer la competitividad académica mediante la vinculación e intercambio de experiencias docentes y estudiantiles con otras IES y escuelas secundarias. Apoyar programas nacionales y estatales
$1,289,537.92
OP/PEFEN 2013-08-03
Lograr una infraestructura y equipamiento tecnológico acorde al nivel superior en la sociedad de la información y la globalización, perfeccionando lo organizativo, nominativo y de gestión
$553,950.00
OP/PEFEN 2013-08-04
Impulsar la construcción y equipamiento de una biblioteca virtual para el nuevo campus digna de una IES
$300,000.00
TOTAL ProFEN
$13,447,264.82
 
Número de proyectos: 6
Número de Objetivos Particulares: 27
Total por Entidad: $13,697,134.67
Secretaría de Educación Pública de CHIHUAHUA Clave: C/PEFEN 2013-08-06-27
Los recursos destinados para la ejecución de los proyectos autorizados dentro del marco del PEFEN 2013 deberán de ejercerse con estricto apego a lo que se señala en este anexo, por lo que únicamente podrán ser sujetos a reprogramación aquellos proyectos que hayan sufrido cambios en los objetivos para los que originalmente fueron considerados, o por causas que hagan inviable proseguir en su ejecución. La Subsecretaría de Educación Superior, en su caso, ofrecerá orientaciones académicas y técnicas que permitan, en un marco general, el cumplimento de las metas y objetivos que son materia del presente Convenio.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal de la presente distribución de recursos, lo firman de conformidad en cuatro tantos, en la Ciudad de México, a veintiuno de octubre de dos mil trece.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Fernando Serrano Migallón.- Rúbrica.- El Director General de
Educación Superior para Profesionales de la Educación, Álvaro López Espinosa.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Secretario de Educación, Cultura y Deporte en el Estado de Chihuahua, Pablo Espinoza Flores.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda en el Estado de Chihuahua, Jaime Ramón Herrera Corral.- Rúbrica.
 

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