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DOF: 30/10/2014 |
MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica. Al margen un logotipo, que dice: Petróleos Mexicanos. EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PEMEX-PETROQUÍMICA, con fundamento en el artículo Décimo Tercero, fracción XI, del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos, aprobó las modificaciones al Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica. ARTÍCULO ÚNICO. Se ADICIONAN los artículos 28, fracción VII-A, y 31, fracción VII-A del Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica, para quedar como sigue: "Artículo 28. ... I. a VII. ... VII-A. Dirigir las actividades y la prestación de servicios derivados de las alianzas, asociaciones, convenios y/o contratos que celebre Pemex-Petroquímica con terceros; VIII. a XXV. ... Artículo 31. ... I. a VII. ... VII-A. Coordinar las actividades y la prestación de servicios derivados de las alianzas, asociaciones, convenios y/o contratos que celebre Pemex-Petroquímica con terceros; VIII. a XIX. ... ..." TRANSITORIO ÚNICO. Las modificaciones al Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica, entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Las presentes modificaciones al Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica, fueron aprobadas por el Consejo de Administración de Pemex-Petroquímica, con fundamento en el artículo Décimo Tercero, fracción XI, del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos, en Sesión 145 Ordinaria celebrada el día 20 de agosto de 2014, mediante Acuerdo CAPPQ-035/2014. Ciudad de México, D.F., a 20 de octubre de 2014.- El Director Jurídico de Petróleos Mexicanos, Marco Antonio de la Peña Sánchez.- Rúbrica. (R.- 400579)
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