DOF: 26/11/2014
ACUERDO que modifica al diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía

ACUERDO que modifica al diverso que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Con fundamento en los artículos 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, fracciones XIV y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde a los titulares de las Secretarías de Estado adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el reglamento interior respectivo, y que para tales efectos, deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo correspondiente.
Que el 22 de noviembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, el cual adecua su estructura orgánica y las atribuciones de sus unidades administrativas, buscando con ello optimizar su operación, el cual se reformó mediante diverso publicado el 14 de enero de 2013.
Que el 15 de abril de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía a través del cual se determinó la adscripción a la que quedaría sujeta la estructura orgánica de la Dependencia.
Que el 11 de agosto de 2014 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, entre otros, los Decretos por los cuales se expidieron la Ley de Hidrocarburos y la Ley de la Industria Eléctrica.
Que la Ley de Hidrocarburos dispone que la Secretaría de Economía deberá contar con una unidad especializada para cumplir con las atribuciones que se le encomiendan en esa materia.
Que la Ley de la Industria Eléctrica establece diversas disposiciones cuya observancia corresponde cumplir a la Secretaría de Economía, por lo cual la misma prevé que la Cámara de Diputados realizará las previsiones presupuestales necesarias para que las dependencias y entidades puedan cumplir con las atribuciones conferidas en dicha Ley.
Que con el objeto de establecer la unidad especializada para cumplir con las atribuciones que se le encomiendan en dichas leyes a la Secretaría de Economía, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2014, el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía sufrió diversas modificaciones, mismas que impactaron en su estructura orgánica.
Que con base en lo anterior, y siendo necesario actualizar la adscripción de las unidades administrativas de esta Dependencia y la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su Reglamento Interior, se expide el siguiente
ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO QUE ADSCRIBE ORGÁNICAMENTE A LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
Único.- Se adiciona un inciso "c" a la fracción III, recorriendo el orden de los subsecuentes incisos del Punto Primero y el Punto Tercero Bis al Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de abril de 2013, para quedar como sigue:
"Primero.- ...
I. y II. ...
III.    Al Subsecretario de Industria y Comercio:
a) y b) ...
c)    La Unidad de Contenido Nacional y Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético;
d)    La Dirección General de Industrias Ligeras;
e)    La Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología;
f)     La Dirección General de Innovación, Servicios y Comercio Interior, y
g)    La Dirección General de Comercio Exterior.
IV. y V. ...
Tercero Bis.- La Dirección General de Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético y la Dirección General de Contenido Nacional en el Sector Energético estarán adscritas, a su vez, a la Unidad de Contenido Nacional y Fomento de Cadenas Productivas e Inversión en el Sector Energético."
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 18 de noviembre de 2014.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.
 
 

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