DOF: 26/11/2014
ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones delega en el Titular de la Unidad de Política Regulatoria la atribución para autorizar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión en los términos de

ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones delega en el Titular de la Unidad de Política Regulatoria la atribución para autorizar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión en los términos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES DELEGA EN EL TITULAR DE LA UNIDAD DE POLÍTICA REGULATORIA LA ATRIBUCIÓN PARA AUTORIZAR LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y DE RADIODIFUSIÓN EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN.
El Pleno de Instituto Federal de Telecomunicaciones, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28, párrafos décimo quinto y décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 7, 15 fracción XXIV, 16 y 17 penúltimo párrafo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 4 fracción V inciso i), 6, fracción XVI y 21 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, "Instituto") es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto regular, promover y supervisar el uso, aprovechamiento y explotación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, además de ser la autoridad en materia de competencia económica en los sectores de los servicios aludidos, conforme a lo dispuesto en los párrafos décimo quinto y décimo sexto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
SEGUNDO.- Que el 14 de julio de 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (en lo sucesivo, "DOF") el "Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión" que otorga diversas atribuciones al Instituto.
TERCERO.- Que el artículo cuarto transitorio del Decreto dispuso que el Instituto debería adecuar su Estatuto Orgánico a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (en lo sucesivo, la "Ley"), mismo que se publicó en el DOF el 4 de septiembre de 2014.
CUARTO.- Que el artículo 15 fracción XXIV de la Ley establece que corresponde al Instituto autorizar, registrar y publicar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión en los términos de la Ley, y cuando los títulos de concesión lo prevean, así como cuando se trate de medidas establecidas a los agentes económicos preponderantes o con poder sustancial.
QUINTO.- Que el artículo 17 penúltimo párrafo de la Ley prevé que el Pleno determinará en el Estatuto Orgánico o mediante acuerdo delegatorio publicado en el DOF, el ejercicio directo o por delegación de las atribuciones previstas en el artículo 15 de la Ley, que no estén comprendidas en los supuestos señalados en la fracción I del artículo 17; para el caso que nos ocupa, la fracción XXIV del artículo 15 no se encuentra comprendida en dicha fracción I, luego entonces, la atribución es delegable.
SEXTO.- Que la fracción XVI del artículo 6 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones señala que corresponde al Pleno autorizar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión en los términos de la Ley, y cuando los títulos de concesión lo prevean, así como cuando se trate de medidas establecidas a los agentes económicos preponderantes o con poder sustancial.
SÉPTIMO.- Que el principio de publicidad de los actos administrativos tiene como propósito velar y proteger las garantías de seguridad y certidumbre jurídicas de todo gobernado, por lo anterior y a efecto de procurar mejor organización del trabajo y agilizar el despacho de los asuntos competencia del Instituto, el Pleno como órgano máximo de gobierno y decisión en términos del artículo 16 de la Ley, ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DELEGATORIO
PRIMERO.- Se delega en el Titular de la Unidad de Política Regulatoria la atribución para autorizar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión en los términos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y cuando los títulos de concesión lo prevean, así como cuando se trate de medidas establecidas a los agentes económicos preponderantes o con poder sustancial, lo anterior de conformidad con los considerandos Cuarto, Quinto y Sexto del presente acuerdo.
SEGUNDO El presente acuerdo delegatorio surtirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El Presidente, Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar.- Rúbrica.- Los Comisionados: Luis Fernando Borjón Figueroa, Adriana Sofía Labardini Inzunza, Mario Germán Fromow Rangel, Ernesto Estrada González, María Elena Estavillo Flores, Adolfo Cuevas Teja.- Rúbricas.
El presente Acuerdo fue aprobado por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones en su XXIX Sesión Extraordinaria celebrada el 13 de noviembre de 2014, por unanimidad de votos de los Comisionados presentes Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar, Luis Fernando Borjón Figueroa, Ernesto Estrada González, Adriana Sofía Labardini Inzunza, María Elena Estavillo Flores, Mario Germán Fromow Rangel y Adolfo Cuevas Teja, con fundamento en los párrafos vigésimo, fracciones I y III; y vigésimo primero, del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 7, 16 y 45 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; así como en los artículos 1, 7, 8, y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, mediante Acuerdo P/IFT/EXT/131114/227.
 

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