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DOF: 09/01/2015
DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-I-287-NYCE-2014 y NMX-I-262/02-NYCE-2014

DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-I-287-NYCE-2014 y NMX-I-262/02-NYCE-2014.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-I-287-NYCE-2014 (CANCELA A LA NMX-I-287-1-NYCE-2012 Y A LA NMX-I-287-2-NYCE-2012) Y NMX-I-262/02-NYCE-2014 (CANCELA A LA NMX-I-262/02-NYCE-2005).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21 fracciones I, IX y XXI del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado "Normalización y Certificación Electrónica, S. C. (NYCE)", lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Avenida Lomas de Sotelo número 1097, colonia Lomas de Sotelo, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11200, México, D.F., y/o al correo electrónico: nyce@nyce.org.mx., o consultarlo gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.
Las presentes normas NMX-I-287-NYCE-2014 (CANCELA A LA NMX-I-287-1-NYCE-2012 Y A LA NMX-I-287-2-NYCE-2012) Y NMX-I-262/02-NYCE-2014 (CANCELA A LA NMX-I-262/02-NYCE-2005), entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA
NMX-I-287-NYCE-2014
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN-JUEGOS DE AZAR CON APUESTA-SISTEMAS DE JUEGOS DE AZAR INTERACTIVOS (CANCELA A LA NMX-I-287-1-NYCE-2012 Y A LA NMX-I-287-2-NYCE-2012).
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana tiene por objetivo:
a) Eliminar criterios subjetivos en el análisis y certificación de la operación de los sistemas de juegos de azar interactivos.
b) Realizar pruebas únicamente en aquellos criterios que impacten la credibilidad e integridad de los sistemas de juegos de azar interactivos desde el punto de vista de la recaudación de ingresos y también del jugador.
c) Crear una norma que asegure que los juegos disponibles vía internet son justos, seguros y susceptibles de ser auditados y operados correctamente.
d) Distinguir entre las políticas públicas locales y los criterios de laboratorio.
e) Reconocer que la evaluación de los sistemas de control interno (tales como la legislación contra el blanqueo de dinero y los procesos financieros y comerciales) empleados por los operadores de los sistemas de juegos de azar interactivos no deben estar incorporados en esta Norma Mexicana, sino que se debe permitir que el organismo regulador de cada jurisdicción local realice dicha evaluación como parte del proceso de concesión de licencias.
f) Reconocer que las pruebas no relacionadas con los juegos (como las pruebas eléctricas) no deben incorporarse en esta Norma Mexicana, sino que deben ser asignadas a los laboratorios especializados en ese tipo de pruebas. Salvo en los casos expresamente señalados en la norma, las pruebas no están dirigidas hacia temas de salud o de seguridad. Estos asuntos son responsabilidad del fabricante, el comprador y el operador de los equipos.
g) Construir una norma que se puedan cambiar o modificar fácilmente para permitir la incorporación de nuevas tecnologías.
h) Construir una norma que no especifique ningún método o tecnología particular para ningún elemento o componente de los sistemas de juegos de azar interactivos. Lo que se busca es permitir el uso de una amplia gama de métodos conformes a las normas, mientras que al mismo tiempo se alienta el desarrollo de nuevos métodos.
La presente Norma Mexicana es aplicable a los dispositivos de juego para establecimientos en territorio Nacional.
 
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma no coincide con ninguna Norma Internacional, por no existir Norma Internacional sobre el tema tratado.
Bibliografía
·   GLI-19:2013 Sistemas de juegos de azar interactivos, versión 2,0.
NMX-I-262/02-NYCE-2014
TELECOMUNICACIONES-CABLES-CABLES TELEFÓNICOS MULTIPARES PARA USO EXTERIOR-PARTE 2: TRANSMISIÓN DIGITAL (CANCELA A LA NMX-I-262/02-NYCE-2005).
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos de calidad que deben cumplir los cables multipares de cobre para uso exterior en redes telefónicas de circuitos digitales, en red digital de abonado (DSL).
Se aplica a cables con aislamiento de poliolefina y barrera de aluminio contra la humedad, secos o rellenos, para los siguientes tipos de instalación:
a)    Para instalación en ductos (secos o rellenos);
b)    Para instalarse directamente enterrados (rellenos armados);
c)    Autosoportados con mensajero de acero integrado (secos).
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma no coincide con las normas internacionales debido a que sólo se tomaron en consideración las características de transmisión digital de los cables especificados en las normas internacionales:
IEC-61156-2 (2001-06) Multicore and symmetrical pair/quad cables for digital communications; Horizontal floor wiring.
IEC 60708 (2005-06) Low-frecuency cables with plyolefin insulation and moisture barrier polyolefin sheath.
Bibliografía
·   IEC-61156-2-2001-06, Multicore and symmetrical pair/quad cables for digital communications; Horizontal floor wiring.
·   Rural Electrification Administration, REA Specification for Filled Telephone cables with Expanded Insulation (PE-89) June 1993.
·   ICEA S-84-608/1994. Standard for Telecommunication Cable, filled, Polyolefin Insulated, copper conductor.
·   ICEA S-85-625/2002. Standard for Telecommunication Cable Air Core, Polyolefin Insulated, copper conductor.
·   ASTM-D-4565 1999. Physical and Environmental Performance Properties of Insulations and Jackets for Telecommunications Wire and Cables.
·   GR-421-CORE Issue 1, December 1998, Generic Requirements for Metallic Telecommunications Cables.
·   IEC 60708 (2005-06) Low-frecuency cables with plyolefin insulation and moisture barrier polyolefin sheath.
 
México, D.F., a 21 de noviembre de 2014.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
 

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