DOF: 12/01/2015
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud

ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Secretaria de Salud con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 y 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 7, fracción XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que los titulares de las secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades establecidas en el Reglamento Interior respectivo;
Que el 11 de marzo de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud;
Que derivado del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2011, se creó la Comisión Nacional contra las Adicciones y, el Secretariado Técnico del Consejo Nacional contra las Adicciones se transformó en el órgano desconcentrado denominado Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones;
Que a fin de fortalecer la prevención y control de las adicciones, es necesario alinear en una sola área de la Secretaría de Salud, las funciones vinculadas a dicha materia, como una primera etapa hacia la consolidación de las mismas en la Comisión Nacional contra las Adicciones, y
Que las acciones de representación de la Secretaría de Salud ante autoridades e instituciones extranjeras, la coordinación de compromisos de carácter internacional, así como la conducción de las sesiones y el seguimiento de acuerdos del Consejo Nacional de Salud, son estratégicas para consolidar la rectoría de esta Dependencia del Ejecutivo Federal, de ahí la necesidad de que las unidades administrativas que tienen a su cargo dichas atribuciones, se adscriban directamente al titular de la misma; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se modifican las fracciones I, III y VI, del artículo Único del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, para quedar como sigue:
ARTÍCULO ÚNICO. ...
I. Al Titular de la Secretaría:
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
Comisión Nacional de Arbitraje Médico.
Comisión Nacional de Bioética.
Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
Coordinación General de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos.
Unidad de Análisis Económico.
Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social.
Dirección General de Comunicación Social.
 
Dirección General de Relaciones Internacionales.
Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud.
II. ...
III. A la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud:
Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.
Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades.
Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA.
Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia.
Dirección General de Epidemiología.
Dirección General de Promoción de la Salud.
Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud Mental.
Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes.
IV. a V. ...
VI. A la Comisión Nacional contra las Adicciones:
Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, D.F., a 19 de diciembre de 2014.- La Secretaria de Salud, María de las Mercedes Martha Juan López.- Rúbrica.
 

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