alerta Si el documento se presenta incompleto en el margen derecho, es que contiene tablas que rebasan el ancho predeterminado. Si es el caso, haga click aquí para visualizarlo correctamente.
 
DOF: 28/01/2015
ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos y el Programa Nacional de Certificación de la Infraestructura Física Educativa

ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos y el Programa Nacional de Certificación de la Infraestructura Física Educativa.

Al margen un logotipo, que dice: Infraestructura Educativa.

LINEAMIENTOS Y PROGRAMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE LA INFE
Con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22 y 58 fracción III de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 2o. fracción II, 3o. fracciones I y II, 7, 8, 13, 14, 19, fracción IV y 26, fracción III, de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa; 34 y 41 de su Reglamento, y
CONSIDERANDO
Que es responsabilidad del Estado â Federación, estados, Distrito Federal y municipios- cumplir con la función social educativa que establece el artículo 3o. Constitucional, la Ley General de Educación y las leyes estatales de educación y del Distrito Federal, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Sectorial de Educación 2013 â 2018 y los programas estatales de educación y del Distrito Federal y en términos de estas disposiciones, hacerlo en instalaciones educativas con estándares mínimos de calidad en su infraestructura y equipamiento.
Que la infraestructura física educativa en la que se imparte educación pública y particular debe reunir determinadas características y requisitos de calidad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad que le permitan definir su vocación como espacios educativos idóneos, adecuados y pertinentes.
Que las autoridades competentes para llevar a cabo la certificación de la calidad de la infraestructura física educativa son el instituto nacional de infraestructura física educativa y los organismos responsables de las entidades federativas, conforme a los lineamientos que al efecto se expidan.
Que para obtener la certificación de la calidad de la infraestructura física educativa se deberán cumplir los requisitos que determinen los lineamientos generales y las normas y especificaciones técnicas de acuerdo con el tipo de establecimiento educativo de que se trate.
Que para lograr un estándar de calidad de la infraestructura física educativa de todo el país, es necesario establecer y aplicar normas y especificaciones técnicas homogéneas que reconozcan a su vez la diversidad cultural y ambiental que en cada región existe, así como que la expedición de esa normatividad sea con los mismos criterios de eficiencia, equidad y oportunidad para una certificación y evaluación única que ofrezca certeza y seguridad jurídica y técnica a todos los actores del proceso educativo.
Que el órgano de gobierno del Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa, conforme a sus atribuciones legales, en su tercera sesión ordinaria, celebrada el día 22 del mes de septiembre del 2014, aprobó los presentes lineamientos y el programa en materia de certificación de la calidad de la infraestructura física educativa;
Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS Y EL PROGRAMA NACIONAL DE
CERTIFICACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA
Capítulo Primero
Disposiciones generales
PRIMERO.- Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer los trámites, requisitos y procedimientos para la acreditación de evaluadores de la infraestructura física educativa, la evaluación de ésta y su certificación, conforme a lo que disponen la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y su Reglamento.
SEGUNDO.- Son sujetos de los presentes lineamientos:
I.     Las personas físicas y morales que soliciten acreditación como evaluadores y reúnan los requisitos profesionales que los presentes lineamientos señalan;
II.     Los responsables de los planteles en los que se imparta educación pública;
III.    Los propietarios de las instituciones particulares de enseñanza que soliciten la certificación de los
planteles en los que imparten educación con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, por parte de la autoridad educativa federal, en términos de lo dispuesto en la Ley General de Educación, y
IV.   Las autoridades a que se refiere el artículo 5o. de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
TERCERO.- Los organismos responsables de la infraestructura física educativa en las entidades federativas se coordinarán, para la aplicación de estos lineamientos, en el Órgano Técnico de Consulta a que se refiere la fracción XI del artículo 31 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y el capítulo VIII de su Reglamento.
CUARTO.- Para efectos de este Acuerdo, se entenderá por:
I.-     Instituto: al Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa;
II.-    INFE: los muebles e inmuebles destinados a la educación impartida por el Estado y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, en el marco del sistema educativo nacional, en términos de la Ley General de Educación, así como a los servicios e instalaciones necesarios para su correcta operación, conforme al artículo 4o. de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa;
III.-   Ley: a la Ley General de la Infraestructura Física Educativa;
IV.-   Reglamento: al Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa;
V.-   Candidato: al solicitante de la acreditación como evaluador de INFE;
VI.-   DRO: Director Responsable de Obra.
QUINTO.- Se crea el Comité de Certificación del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, como una instancia colegiada de carácter permanente, con la finalidad de asegurar la imparcialidad, equidad, objetividad y transparencia del proceso de acreditación de evaluadores y de certificación de la infraestructura física a que se refiere el artículo 19 de la Ley de la materia.
El comité a que se refiere el párrafo anterior, estará integrado por:
 
I.     Un presidente:
El titular de la Gerencia de Certificación, Diagnóstico y Evaluación;
II.    Un Secretario Técnico:
Quien designe el presidente de esta instancia;
III.    Tres vocales:
Titulares de las siguientes Gerencias del Instituto:
-      de Proyectos,
-      de Construcción y Supervisión de Obras, y
-      de Normatividad.
IV.   Dos asesores:
El titular del área jurídica y el titular del Órgano Interno de Control en el Instituto.
Los integrantes descritos en las fracciones I y III tendrán derecho a voz y voto y en caso de empate el presidente de esa instancia tendrá voto de calidad; los demás integrantes tendrán sólo derecho a voz. Cada integrante del Comité podrá designar por escrito a su respectivo suplente, los cuales serán los servidores públicos con un nivel jerárquico inmediato inferior y sólo podrán participar en ausencia del titular.
SEXTO.- Sesiones del Comité de Certificación
Las sesiones del Comité serán ordinarias y extraordinarias y se celebrarán por convocatoria del Presidente y enviadas por el Secretario Técnico. Las sesiones ordinarias se celebrarán por lo menos dos veces al año, las extraordinarias podrán celebrarse en cualquier momento, cuando las circunstancias del caso lo ameriten. Deberán contar con el 50% más uno de los integrantes, para que las sesiones del Comité tengan validez.
SÉPTIMO.- El Comité de Certificación del Instituto tendrá las siguientes atribuciones:
1.     Aprobar la acreditación de los evaluadores y unidades de evaluación de la calidad y resolver sobre su revocación;
2.     Proponer al Director General del Instituto, la creación de Subcomités Técnicos de Evaluación, Certificación y demás que considere conveniente para la aplicación y observancia de los programas de competencia del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa;
3.     Aprobar los dictámenes presentados por los evaluadores y unidades de evaluación de la calidad para la certificación de infraestructura física educativa y, en su caso, para la revocación de los mismos;
4.     Otorgar el certificado de calidad a la INFE evaluada positivamente;
5.     Aprobar la programación anual de trabajo;
Capítulo Segundo
Del Programa Nacional de Certificación de la Infraestructura Física Educativa
OCTAVO.- Para el cumplimiento de los presentes lineamientos, se establece el Programa Nacional de Certificación de la Infraestructura Física Educativa, mismo que a continuación se describe:
PROGRAMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA
       ÍNDICE
I.     Presentación
II.     Normalización de la infraestructura física educativa
III.    Metas y Objetivo
IV.   Formación y acreditación de evaluadores de la infraestructura física educativa
V.    Padrón Nacional de Evaluadores de la calidad de la infraestructura física educativa
VI.   Requisitos y procedimientos a los que se sujetará la evaluación de la calidad de la infraestructura física educativa
VII.   Certificación de la calidad de la infraestructura física educativa
 
VIII.  Participación social en el mantenimiento de la infraestructura física educativa en escuelas públicas
IX.   Difusión del Programa Nacional de Certificación
I. PRESENTACIÓN
El cumplimiento de la función social educativa por parte del Estado âFederación, estados, Distrito Federal y municipios- es una responsabilidad que implica hacerlo en instalaciones educativas con estándares mínimos de calidad en su infraestructura y equipamiento, a efecto de lograr los principios y criterios de la educación pública contenidos en el artículo 3o. Constitucional, la Ley General de Educación y las leyes estatales de educación y del Distrito Federal, así como en el Plan Nacional de Desarrollo 2013 â 2018, el Programa Sectorial de Educación 2013 â 2018 y los programas estatales de educación y del Distrito Federal.
La sociedad y el Estado mexicano reconocen que la infraestructura física educativa en la que se imparte educación pública y en la que imparten los particulares con autorización, tratándose de educación básica o con reconocimiento de validez oficial de estudios, en el caso de los demás tipos y niveles educativos, debe reunir determinados requisitos de calidad, funcionalidad, seguridad, oportunidad, equidad, sustentabilidad que le permitan definir su vocación como espacios educativos idóneos, adecuados y pertinentes.
El propósito fundamental de este programa es contar con estándares más claros y rigurosos a nivel nacional, los cuales se plasman en estas normas con el efecto de orientar las funciones de esta nueva visión de la gestión educativa en materia de infraestructura física, con el fin de alcanzar una normalización única y homogénea atendiendo la diversidad cultural, regional, ambiental, climatológica y con criterios y principios rectores en materia de calidad de los muebles e inmuebles en los que se presta este servicio público.
Lo anterior sin soslayar que en cuanto a las normas y especificaciones técnicas, se busca que las mismas sean el marco orientador a partir del cual se determinen las más modernas y actualizadas disposiciones, tomando en cuenta los estándares internacionales en cuanto a eficacia y oportunidad con el fin de propiciar que, de manera consensada, se participe en su elaboración tanto de las normas mexicanas como de las normas oficiales, además de difundir de manera puntual, eficiente y didáctica las que se encuentran vigentes para lograr su aplicación y supervisión convencida y responsable.
II. NORMALIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA
Contar con una normatividad técnica específica para la infraestructura física educativa propicia el cumplimiento de los requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad y sustentabilidad de la INFE establecidos en la Ley, además de que para su elaboración participan las autoridades locales en materia educativa y los organismos responsables de la infraestructura física educativa en las entidades federativas, lo que favorecerá su aplicación general.
Para efectos de este programa, por infraestructura física educativa se entenderá, conforme al artículo 4o. de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, los muebles e inmuebles destinados a la educación impartida por el Estado y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, en el marco del sistema educativo nacional, en términos de la Ley General de Educación, así como a los servicios e instalaciones necesarios para su correcta operación.
En este sentido, para expedir la certificación de la calidad de la infraestructura educativa del solicitante, ésta se llevará a cabo en términos de la fracción II del artículo 2o. del Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, es decir que se evaluará el cumplimiento de los requisitos por parte de los planteles educativos de acuerdo a las Normas y Especificaciones Técnicas y Normas Mexicanas, mediante la aplicación de instrumentos de evaluación diseñados por el Instituto para cada tipo de infraestructura física, por medio de evaluadores con la formación especializada en infraestructura educativa que el propio instituto podrá formar y acreditar, conforme al artículo 2o. del Reglamento de la Ley antes citada.
Las normas y especificaciones técnicas que será de observancia obligatoria serán las siguientes:
NMX-R-003-SCFI-2011
"Escuelas-Selección del Terreno para Construcción-Requisitos"
NMX-R-021-SCFI-2013
"Escuelas-Calidad de la Infraestructura Física Educativa-Requisitos"
 
NMX-R-024-SCFI-2009
"Escuelas-Supervisión de Obra de la Infraestructura Física Educativa-Requisitos"
III. METAS Y OBJETIVO
III.1. Metas
·   Estandarización del concepto de calidad en los diferentes tipos de proyectos de espacios educativos
·   Identificación de los procesos clave y de apoyo en el transcurso de su construcción
·   Control de la información y documentación requerida como evidencia para la certificación
·   Personal calificado y certificado en la aplicación de la normatividad
·   Identificación de áreas de oportunidad para la mejora continua en la operación de los procesos
·   Optimización de los recursos: tiempo, costo, cantidad y calidad
III.2. Objetivo
El presente Programa Nacional tiene como objetivo asegurar que la infraestructura física educativa del país cumpla con los requisitos de: calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad y pertinencia, de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Sectorial de Educación 2013-2018 y las normas y programas, educativos y de desarrollo regional, vigentes, mediante el proceso de certificación de la calidad de la INFE.
IV. FORMACIÓN Y ACREDITACIÓN DE EVALUADORES DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA
IV.1. Objetivo
Verificar y desarrollar las competencias técnicas de los candidatos a la acreditación como evaluadores de la calidad de la INFE, a través de las acciones de diagnóstico, formación de los profesionales de arquitectura, ingeniería o carrera afín, para contar con personal profesional, calificado y acreditado por el Instituto como evaluador de la calidad de la INFE y registrado en el Padrón Nacional de Evaluadores, para garantizar la homologación de las normas y criterios de objetividad, imparcialidad y transparencia, relacionadas con el proceso de evaluación de la calidad para la certificación de la calidad de la INFE.
La formación que impartirá el Instituto se dirigirá a los profesionistas en la evaluación de la infraestructura física educativa, la cual servirá para obtener la acreditación como evaluadores de la calidad de la INFE, siendo candidatos los profesionistas independientes o pertenecientes a las unidades de evaluación de la calidad, personal del propio instituto y de los organismos responsables de la INFE.
IV.2. Requisitos y acciones para la formación de evaluadores
Para obtener la acreditación como evaluadores de infraestructura física educativa, las personas físicas interesadas deberán cubrir, previamente, los siguientes requisitos:
1.     Solicitar su acreditación como evaluador de infraestructura física educativa, en escrito libre, en el que se describan sus datos generales (nombre y domicilio para oír notificaciones), anexando la siguiente documentación en original y copia, la cual servirá para su cotejo y devolución de los originales al interesado:
·   Identificación oficial vigente;
·   Comprobante de domicilio;
·   Título y cédula profesional por los que acredite haber cursado estudios de alguna de las siguientes licenciaturas: Arquitectura, Ingeniería civil, Ingeniero-Arquitecto o carrera afín;
2.     Demostrar, con referencias comprobables, experiencia profesional mínima de tres años en las áreas de supervisión, residencia o superintendencia en la construcción;
3.     Presentar constancias de los cursos de actualización que haya aprobado en el instituto;
4.     Cédula de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes actualizada y comprobante de no adeudo;
5.     Pago de la cantidad que corresponda de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
Con los documentos a que se refiere la disposición anterior, se integrará el expediente del candidato a evaluador, el cual una vez comprobada la autenticidad de los mismos, será considerada como el soporte documental único del proceso de formación y acreditación del evaluador.
El Instituto emitirá respuesta a la solicitud de acreditación del evaluador, en un plazo no mayor a noventa
días naturales.
En caso de que el Instituto no resuelva dentro del término antes señalado, la resolución se entenderá en sentido negativo.
IV.3. Formación Profesional como Evaluador de la Calidad de la INFE
Con los anteriores documentos, el instituto realizará un "diagnóstico de competencias profesionales", el cual servirá para emitir el dictamen del perfil profesional del solicitante, respecto de su formación como evaluador para certificación de infraestructura física educativa, en el cual se indicará el área de su experiencia o conocimientos que debe cursar y aprobar como complemento a su formación académica y experiencia práctica, por lo cual se le ofrecerá cursar la formación que el instituto considere, conforme al mapa curricular siguiente:

IV.4. Acreditación y Registro
Con la documentación a que se refiere el apartado anterior y una vez cursados los temas del mapa curricular, el candidato deberá resolver un caso práctico sobre una evaluación de la calidad a un plantel educativo asignado por el Instituto, a partir del cual la Gerencia de Certificación, Diagnóstico y Evaluación, emitirá un dictamen de recomendación para que el Comité de Certificación lo considere para otorgar la acreditación correspondiente.
En caso de que el dictamen sea negativo, se notificará al candidato el resultado de la valoración informándole que podrá reiniciar su formación para obtener la recomendación para acreditación.
Emitida la acreditación por el Instituto, la Gerencia gestionará se inscriba el registro correspondiente en el Padrón Nacional de Evaluadores para control y seguimiento.
La acreditación como evaluador de INFE tendrá una vigencia de tres años.
IV.4.1. Obligaciones del Evaluador Acreditado
El evaluador de la infraestructura física educativa, a partir de su acreditación, deberá cumplir las siguientes obligaciones:
1.     Cursar los temas o asignaturas de actualización técnica y normativa establecidas por el Instituto de acuerdo al mapa curricular que se describe en el apartado IV.1.3. descrito en el presente Programa Nacional de Certificación y conforme a la convocatoria de cursos y talleres que el propio Instituto difunda;
2.     Concluir en tiempo y forma con las evaluaciones a que se haya comprometido efectuar, de acuerdo con el programa del proceso de evaluación-certificación de planteles educativos;
3.     Excusarse de inmediato de intervenir en asuntos en los que exista conflicto de intereses, es decir cuando el evaluador tenga interés personal por haber sido representante o prestador de los servicios en los planteles que va a evaluar o con los solicitantes de certificación de la calidad de infraestructura, o tenga un parentesco, consanguíneo o por afinidad, con los propietarios o representantes legales de un plantel en el que se imparte educación particular o con el responsable del inmueble escolar, tratándose de
educación pública.
       Realizar de manera objetiva, imparcial y honesta, observando las disposiciones legales y administrativas la evaluación de la calidad de la INFE encomendada, y
4.     Atender las recomendaciones que le expida el Instituto con motivo de las quejas o reclamos de los responsables de planteles educativos a los que preste el servicio de evaluación.
IV.4.2. Revocación de la acreditación de evaluador de INFE
En caso de incumplimiento a las obligaciones descritas en el apartado anterior, será motivo de inicio del procedimiento administrativo de revocación, el cual será instaurado en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
IV.5. Acreditación de Unidades de Evaluación de la Calidad
El Instituto podrá acreditar personas morales, cuyo objeto social y actividades sean alguna de las que se refieren en el artículo 2o. de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.
Los interesados en acreditarse como Unidades de Evaluación de la calidad deberán cumplir, para la prestación del servicio de evaluación de la calidad de la INFE, los siguientes requisitos:
1.     Presentar escrito libre en el que solicite su acreditación como unidad de evaluación de la calidad, expresando además la siguiente información:
·   Justificación del interés de constituirse como Unidad de Evaluación de la calidad
·   Programa de trabajo estimado a los siguientes seis meses
2.     Demostrar que cuenta con capacidad técnica e infraestructura instalada;
3.     Descripción de sus políticas de desempeño, en las que se aseguren la imparcialidad y objetividad en la evaluación de la calidad de la INFE;
4.     Currículum profesional de los últimos cinco años y evidencias de los trabajos realizados en la materia relacionada con la infraestructura física educativa.
5.     El INIFED fijará las tarifas que se deberán cobrar por evaluación realizada dependiendo la cual dependerá del nivel educativo, número de edificios y de niveles, anexo C
IV.5.1. Etapa I Acreditación Inicial como Unidad de Evaluación de la calidad
Una vez presentada la solicitud con la documentación anexa, el Instituto integrará el expediente respectivo y emitirá, en caso favorable, dictamen en el que se concederá un pre-registro a la persona moral solicitante; con este dictamen, el representante legal deberá entregar al Instituto los siguientes documentos:
I.-    Legales:
a)    Acta constitutiva y, en su caso, reformas de estatutos;
b)    Registro Federal de Causantes;
c)    Comprobante de domicilio social y legal, en su caso;
d)    Identificación del Representante legal;
e)    Comprobante emitido por el SAT de que la persona física o moral está al corriente de sus obligaciones fiscales.
II.-    Técnicos:
a)    Currículum vítae del personal que integre la Unidad de Evaluación de la calidad, relacionado con las actividades de infraestructura física educativa;
b)    Listado del personal acreditado, en su caso, como Evaluador.
III.-   Generales:
a)    Manual de procedimientos para el proceso de evaluación de la calidad de la INFE
 
b)    Código de ética
c)    Misión y visión de la Unidad de Evaluación de la calidad
d)    Descripción de las funciones básicas del personal técnico
e)    Pago de la cantidad que corresponda de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
La acreditación de las unidades de evaluación de la calidad tendrá una vigencia de 3 años.
IV.5.2. Etapa II Revisión Física y Documental
Los interesados que hayan obtenido el pre-registro a que se refiere el apartado anterior, facilitarán la visita a sus oficinas e instalaciones, en la fecha y hora que el Instituto determine, al personal que éste designe para realizar las visitas, o acciones necesarias, para comprobar que los solicitantes de acreditación de la unidad de evaluación de la calidad, cuentan con las instalaciones, equipo, personal técnico, organización y métodos operativos adecuados, que garanticen su competencia técnica y la confiabilidad de sus servicios.
El personal designado por el Instituto formulará, con el resultado de la comprobación descrita en el párrafo anterior, las recomendaciones que considere pertinentes, las cuales serán enviadas, en el expediente correspondiente, al Comité de Certificación para su consideración y si es el caso, emitir la acreditación como unidad de evaluación de la calidad de INFE.
En caso de que el dictamen sea negativo, se notificará al interesado las causas por las cuales se emitió el dictamen en ese sentido y las recomendaciones para su corrección o adecuación; una vez corregidas el interesado podrá iniciar el proceso de acreditación desde la etapa de solicitud.
IV.5.3. Etapa III Acreditación
La unidad de evaluación de la calidad, deberá permitir la revisión o verificación de sus actividades por parte del Instituto, por medio de visitas a sus oficinas e instalaciones, las cuales se notificarán a la unidad de evaluación, por lo menos tres días antes de la fecha programada para realizarse; el grupo de visita designado por el Instituto elaborará el informe del estado de la unidad de evaluación y de las acciones de mejora, en su caso.
Las unidades de evaluación de la calidad estarán obligadas a notificar al Instituto, las evaluaciones que realizarán, señalando el plantel educativo, el representante legal o responsable del mismo y su ubicación; asimismo, enviarán cada 6 meses su información relacionada con las actividades para las cuales fueron acreditadas, a efecto de incorporarla al padrón actualizado de evaluadores acreditados para la integración al Programa Nacional de Certificación y Padrón Nacional de Evaluadores respectivamente; además entregarán el expediente de cada INFE evaluada, conforme a las especificaciones para la integración de expedientes de evaluación de la calidad de la INFE.
IV.5.3.1. Obligaciones de las Unidades de Evaluación de la calidad
Las unidades de evaluación tendrán las siguientes obligaciones:
1.     Realizar la evaluación de la calidad de la INFE, conforme a lo establecido en este programa;
2.     Llevar a cabo el proceso de evaluación con evaluadores acreditados;
3.     Tramitar ante el Instituto la certificación de la calidad de la INFE, entregando el expediente de evaluación y dictamen de conformidad técnica normativa, y
4.     Proporcionar al Instituto la información que le sea requerida, relativa a las evaluaciones de la calidad de la INFE realizadas.
IV.5.3.2. Revocación de la acreditación a las Unidades de Evaluación de la calidad
Serán causas de revocación de la acreditación como unidad de evaluación, las siguientes:
1.     Se compruebe que la información proporcionada en los documentos requeridos para su acreditación no corresponde al resultado de la verificación de su operación, por parte del Instituto;
2.     Realice los procesos de evaluación de la infraestructura física educativa, sin sujetarse a lo dispuesto en la Ley, su Reglamento y en este programa;
 
3.     Haber recibido el Instituto, quejas o reclamos comprobados sobre los servicios prestados, que afecten las evaluaciones realizadas, sin que se hayan atendido y subsanado, en su caso, las recomendaciones para su resolución;
4.     Llevar a cabo el proceso de evaluación de la calidad de la INFE con personal no acreditado como evaluador.
En caso de incurrir en alguna de estas causas de revocación o en incumplimiento a las obligaciones descritas en el apartado anterior, será motivo suficiente para dar inicio al procedimiento administrativo de revocación, el cual será instaurado en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
V. PADRÓN NACIONAL DE EVALUADORES DE LA CALIDAD DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA
V.1. El instituto creará un Padrón Nacional de Evaluadores de la Calidad de la Infraestructura Física Educativa, en el que se inscribirán los datos oficiales y profesionales de cada evaluador acreditado y de cada Unidad de Evaluación de la calidad acreditada, así como el historial de todos los procesos de evaluación en los que haya participado, sus datos generales de identificación y el número oficial de certificado que se haya expedido en cada intervención a su cargo. Esto permitirá un mejor control y seguimiento al proceso garantizando su transparencia.
V.2. Se promoverá en todos los estados de la República que la asignación de personal para la evaluación y certificación de la INFE cumpla con el proceso de selección, formación y competencia, como evaluador acreditado, con el fin de contar con personal calificado para estos fines, por lo que los organismos responsables de la INFE en las entidades federativas proporcionarán al Instituto todos los datos que éste les requiera para su inscripción en el padrón nacional.
VI. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS A LOS QUE SE SUJETARÁ LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA
VI.1. Requisitos a los que se sujetará la evaluación
VI.1.1. Primera Etapa: Solicitud
VI.1.1.1 Recepción de la solicitud para la evaluación y certificación
Para solicitar la evaluación para certificación de la infraestructura educativa, se deberán cubrir los siguientes requisitos:
a)    Presentar, en escrito libre, su solicitud de certificación del plantel educativo de su propiedad o bajo su responsabilidad, señalando los datos del representante legal o el cargo público de quien solicita la certificación, domicilio para oír notificaciones y la ubicación precisa del plantel.
b)    Acompañar a su solicitud el formato "Información técnica para la evaluación de la calidad para la certificación de la calidad de la INFE" (Anexo 1), el cual podrá obtener en la página electrónica www.inifed.gob.mx, debiendo adjuntar uno por cada plantel a certificar.
c)     Comprobante del pago de la cantidad que corresponda de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
VI.1.1.2. Certificación de infraestructura física de educación pública
Tratándose de planteles a certificar en donde se imparte educación por parte de la autoridad educativa federal, en términos del artículo 12 de la Ley General de Educación, los responsables, o quien esté a cargo, de las instalaciones educativas deberá presentar los siguientes documentos:
 
No.
Requisitos Generales
Observaciones
1.
Documento protocolizado que acredite la edad del inmueble/manifestando el uso exclusivo para escuela
Copia certificada de escritura, contrato de arrendamiento, contrato de comodato o contrato de usufructo
2.
Constancia de uso de suelo
Copia cotejada por el Propietario o Representante Legal
3.
Croquis de ubicación del plantel
Especificando la superficie del terreno y sus colindancias
4.
Plano arquitectónico actualizado y/o plano acotado del plantel *
Incluir firma DRO
5.
Plano estructural actualizado *
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
6.
Plano instalación eléctrica actualizado *
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
7.
Plano instalación hidráulica actualizado *
Incluir dictamen de calidad del agua por un laboratorio certificado en caso de contar con bebederos y/o comedor y firma DRO
8.
Plano instalación sanitaria actualizado *
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
9.
Plano instalaciones especiales actualizado *
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
10.
Plano de cableado estructurado actualizado (señal, seguridad, entre otras) *
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
11.
Plano instalación de gas actualizado *
Incluir dictamen de Unidad Verificadora y firma DRO
12.
Constancia de seguridad estructural expedida por el perito responsable de obra (si cuenta con estudios o dictámenes completos, anexar los documentos)
Deberá precisar que el inmueble cumple con las normas de construcción aplicables al lugar donde se encuentra ubicado
13.
Copia del registro del Perito Responsable de Obra vigente que expida la constancia de seguridad estructural *
 
14.
Copia de la cédula profesional del Perito Responsable de Obra que expida la constancia de seguridad estructural *
 
15.
Constancia de Protección Civil
Deberá contener como mínimo: la autoridad que lo expide y en su caso periodo de vigencia y la mención que el inmueble se autoriza para ser destinado a la prestación del servicio educativo
16.
Plan de emergencia escolar
 
17.
Inventario de mobiliario, equipamiento de aulas, talleres, oficinas y laboratorios
 
18.
Identificación oficial con fotografía vigente en el caso de personas físicas; para morales anexar copia del acta constitutiva
 
* En caso de no contar con esta información el Organismo Estatal o el Instituto podrá auxiliar al Director
del Plantel Escolar
VI.1.1.3. Certificación de infraestructura física de educación Privada
Tratándose de planteles de propiedad particular, en los que se imparte educación con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, para acreditar el cumplimiento del requisito a que se refiere el artículo 55 de la Ley General de Educación o con fines de certificación de la calidad de su infraestructura física educativa, el representante legal deberá presentar los siguientes documentos:
 
No.
Requisitos
Observaciones
1.
Formato de justificación técnica de la(s) modalidad(es) que solicita
Formato RVOESO-03
2.
Formato de descripción de instalaciones
Formato RVOESO-06
3.
Justificación técnica en la que se señalará la población estudiantil máxima que podrá ser atendida en el plantel en condiciones higiénicas, seguras y pedagógicas por modalidad que solicita
Formato RVOESO-07
4.
Documento protocolizado que acredite la edad del inmueble/manifestando el uso exclusivo para escuela
Copia certificada de escritura, contrato de arrendamiento, contrato de comodato o contrato de usufructo
5.
Croquis de ubicación del plantel
Especificando la superficie del terreno y sus colindancias
6.
Poder notarial
Documento donde se designa al apoderado legal o representante legal
7.
Constancia de uso de suelo
Copia cotejada por el Propietario o Representante Legal actualizada
8.
Opción favorable del Sector Salud
Sólo si se requiere la especialidad/carrera solicitada
9.
Opción favorable del Sector Turismo
lo si se requiere la especialidad/carrera solicitada
10.
Plano arquitectónico actualizado y/o plano acotado del plantel, con cortes y fachadas
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
11.
Plano estructural actualizado
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
12.
Plano instalación eléctrica actualizado con diagrama unifilar y cuadro(s) de carga(s)
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
13.
Plano instalación hidráulica actualizado e isométrico
Incluir dictamen de calidad del agua por un laboratorio certificado en caso de contar con bebederos y/o comedor y firma DRO
14.
Plano instalación sanitaria actualizado e isométrico
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
15.
Plano instalaciones especiales actualizado
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
16.
Plano de cableado estructurado actualizado (señal, seguridad, entre otras)
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
17.
Plano instalación de gas actualizado
Incluir memoria descriptiva y dictamen de Unidad Verificadora y firma DRO
18.
Constancia de seguridad estructural expedida por el perito responsable de obra (si cuenta con estudios o dictámenes completos, anexar los documentos)
Deberá precisar que el inmueble cumple con las normas de construcción aplicables al lugar donde se encuentra ubicado
19.
Copia del registro del Perito Responsable de Obra vigente que expida la constancia de seguridad estructural
 
 
20.
Copia de la cédula profesional del Perito Responsable de Obra que expida la constancia de seguridad estructural
 
 
21.
Constancia de Protección Civil
Deberá contener como mínimo: la autoridad que lo expide, el periodo de vigencia y la mención que el inmueble se autoriza para ser destinado a la prestación del servicio educativo
22.
Plan de emergencia escolar
 
23.
Inventario de mobiliario, equipamiento de aulas, talleres, oficinas y laboratorios
 
24.
Programa de mantenimiento del plantel general y de instalaciones
Presentar reportes, bitácora de trabajo y evidencias fotográficas
25.
Identificación oficial con fotografía vigente en el caso de personas físicas; para morales anexar copia del acta constitutiva
 
Notas:
·   Esta información debe ser presentada por el Representante Legal, previa cita en las instalaciones del INIFED
·   En caso que el plantel envíe a un gestor a la revisión de esta información, éste deberá presentar un documento que lo acredite como tal
·   Esta información se recibe para su revisión en forma conjunta, en caso de observar faltantes se devolverá al interesado todo el expediente para su complemento
·   Si la constancia, memoria y dictamen estructural es firmado por un DRO diferente al que firma los planos actualizados del plantel; debe entregar copias fotostáticas de las dos cédulas profesionales y las de DRO.
VI.1.2. Segunda Etapa: Planeación y programación de la evaluación con fines de certificación
V.1.2.1 Con la documentación e información proporcionada, la Gerencia de Certificación, Diagnóstico y Evaluación y/o las unidades de evaluación realizarán la planeación y programación de la evaluación para la certificación de la calidad de la INFE, considerando lo siguiente:
1.     Número y tipo de INFE:
T1
INFE NUEVA:
Es la INFE que iniciará su proceso de construcción
T2
INFE CONSTRUIDA:
Es aquella que aún no está consolidada de acuerdo a su proyecto original y/o requiere cambios o correcciones para mejorar su operación de acuerdo al diagnóstico de sus condiciones físicas y funcionales actuales
T3
INFE EXISTENTE:
Es aquella cuya infraestructura está consolidada de acuerdo a su proyecto original y no requiere de cambios o correcciones para mejorar su funcionamiento. En este tipo de INFE se evalúa su operación de acuerdo con el proyecto ejecutivo para el que se diseñó y el diagnóstico de las condiciones físicas actuales.
 
2.     Número de edificios que integran la INFE;
3.     Número de niveles por edificio y m ² de construcción;
4.     Tipo de espacios educativos;
5.     Ubicación de las INFE;
6.     Documento en el cual conste, en su caso, la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios expedido por la autoridad educativa competente.
 
Con la anterior información, se elaborará la programación de la evaluación, la cual contendrá:
a.     Número Único de Registro, asignado
b.    Datos generales de la INFE
c.     Instrumento de Evaluación de acuerdo al tipo de la INFE
d.    Calendarización de la evaluación
e.     Nombre, vigencia y número de acreditación del evaluador y en su caso referir la vigencia y número de acreditación de la unidad de evaluación a la que pertenece
VI.1.3. Tercera Etapa: Evaluación e Informe de la Calidad de la INFE
VI.1.3.1. La Gerencia de Certificación, Diagnóstico y Evaluación o las unidades de evaluación, realizarán la evaluación de acuerdo al tipo de infraestructura a evaluar, analizarán la información recopilada y verificará en sitio las condiciones físicas de los inmuebles escolares de acuerdo a la calendarización establecida.
El proceso de evaluación deberá llevarse a cabo y sustentarse conforme a las normas y especificaciones técnicas del Instituto en la materia, normas oficiales mexicanas, normas mexicanas de referencia y normatividad federal aplicable y vigente para cada elemento del instrumento de evaluación, a las cuales se podrá tener acceso mediante en la página electrónica www.inifed.gob.mx y se utilizará como guía la norma mexicana NMX-R-021-SCFI-2013 "Escuelas-Calidad de la Infraestructura Física Educativa-Requisitos".
VI.1.3.2 El evaluador realizará un informe de resultados por cada visita realizada, incluyendo reporte fotográfico y una descripción de las situaciones relevantes que se hayan presentado.
Al término de la evaluación se deberá presentar un informe técnico final que contenga:
1.     Aspectos cubiertos satisfactoriamente
2.     Aspectos incumplidos
3.     Porcentaje de cumplimiento al proceso de evaluación
4.     Recomendaciones de mejora
5.     Reporte fotográfico que sustente los aspectos evaluados
6.     Cada informe deberá estar firmado por el evaluador
VI.1.4. Cuarta Etapa: Conformación de Expediente de Evaluación de la Calidad de la INFE
VI.1.4.1 Con las evidencias de los resultados de evaluación documental, la verificación física, memoria fotográfica y al menos la siguiente información, se conformará el Expediente de Evaluación:
1.     Número Único de Registro (asignado por el Instituto)
2.     Datos de Identificación de la INFE
3.     Solicitud de certificación de la calidad de INFE
4.     Oficios de comunicación entre el solicitante y el Instituto o Evaluador
5.     Copia de la acreditación del evaluador o en su caso de los integrantes del equipo evaluador indicando sus funciones y responsabilidades
6.     Marco normativo de referencia
7.     Instrumento de evaluación de la calidad
8.     Informes de los resultados obtenidos en cada una de las visitas.
9.     Evidencias documentales y fotográficas, que el evaluador considere significativas para respaldar o fundamentar el resultado de la evaluación
10.   Informe técnico final de evaluación
11.   Dictamen de conformidad técnica normativa, basado en la información, documentación y evidencias
integradas en el expediente de evaluación de la calidad de la INFE en donde conste el grado de cumplimiento de la normatividad aplicable y se determinen las recomendaciones cuya atención será obligatoria para efectos de certificación, estableciendo las prioridades y los plazos para su atención, así como, la recomendación al tipo de certificado y su respectiva vigencia.
12.   Observaciones y recomendaciones a la INFE evaluada
Para constatar la atención a las recomendaciones resultado de la evaluación de la calidad de la INFE, se realizarán acciones de seguimiento que podrán consistir en revisiones documentales o visitas para la verificación física.
La evaluación, se llevará acabo de acuerdo a: tipo de INFE, características, instrumentos necesarios, metodologías y especificaciones normativas que apliquen; emisión de reportes de evaluación parciales, reporte final, integración del expediente de evaluación y elaboración del dictamen de conformidad normativa que servirá como soporte para el dictamen resolutivo y emisión del certificado por parte del Comité de Certificación, así como, para el seguimiento a la INFE certificada e informes correspondientes.
Durante todo el proceso se tendrá en cuenta el cumplimiento de la normatividad federal aplicable, para garantizar la calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad y pertinencia de sus espacios mediante la aplicación del instrumento de Evaluación correspondiente.
Para llevar a cabo la evaluación de la calidad de la INFE, el Instituto será responsable de emitir y actualizar los instrumentos de Evaluación para cada tipo de INFE, en el ámbito de competencia del Instituto de acuerdo a lo establecido por la Ley, también será responsable de fijar los costos que se deberán cobrar por cada evaluación tomando en cuenta el nivel educativo, el número de edificios y el número de niveles.
VII.  CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA
VII.1 Proceso de Certificación de las INFE Evaluadas
El proceso de certificación de las INFE evaluadas, consta de tres etapas para la emisión del certificado de calidad.
VII.1.1. Etapa 1. Recepción, Revisión y Dictamen de Expediente
La Gerencia de Certificación, Diagnóstico y Evaluación recibirá el Expediente de Evaluación de la Calidad de la INFE, incluyendo la recomendación del tipo de certificado y su respectiva vigencia en forma impresa y electrónica, el cual será revisado por su personal, en caso de cumplir con los requerimientos, se turnará al Comité de Certificación.
Para la emisión del Dictamen el Comité, puede solicitar la presencia o asesoría de especialistas en la materia que juzgue conveniente, en sesión revisan, validan y en su caso, autorizan la emisión del certificado, asignando tipo del mismo y su vigencia.
VII.1.2. Etapa 2. Resultados de la evaluación y emisión de certificados de calidad
Los resultados de la evaluación deberán ser concluyentes respecto de que el interesado demostró que la infraestructura física educativa en la que desarrolla el proceso enseñanza-aprendizaje cumple, según el tipo de certificado a que se refiere el artículo 37 del Reglamento de la Ley, con lo siguiente, conforme a lo dispuesto en este programa:
I.     Calidad; El cumplimiento de los requisitos en materia de INFE por parte de los establecimientos educativos, de acuerdo a la normatividad y especificaciones técnicas establecidas por el Instituto y demás autoridades competentes en la materia.
II.     Seguridad que garantice la integridad física de la comunidad educativa;
III.    Funcionalidad de las instalaciones y el cumplimiento de la normas aplicables a las mismas;
IV.   Oportunidad en las acciones de mantenimiento de la INFE para prevenir riesgos;
V.    Equidad en la accesibilidad de la INFE sin distinción de género, condición física o socioeconómica;
VI.   Sustentabilidad en la incorporación de programas de conservación del medio ambiente en materia de ahorro de energía y agua, manejo de residuos sólidos y demás que contribuyan a dicha conservación, y
VII.   Pertinencia, consistente en que la INFE cumpla con la función para la cual fue diseñada y que sea apropiada por la sociedad beneficiada.
 
Concluido el proceso de evaluación en términos de estos lineamientos, el instituto expedirá el certificado de calidad de la INFE.
VII.1.2.1.Tipos de Certificados de Calidad de la INFE
La Norma NMX-R-021-SCFI 2013 y el Reglamento de la Ley, respectivamente señalan el tipo y vigencia de los certificados que pueden obtener la INFE evaluada:
 
Definición
Vigencia
Certificado Esencial
Es aquella que cuenta con los locales mínimos necesarios para las actividades curriculares, así como las instalaciones sanitarias básicas, cuyo estado asegura la integridad física de la comunidad educativa y el adecuado funcionamiento de la INFE
2 años
Certificado Funcional
Es aquella que cubre los aspectos señalados en el tipo esencial y presenta áreas complementarias para su quehacer académico. Los planteles deberán de contar con el equipamiento acorde a los avances pedagógicos y tecnológicos, además de garantizar su operación mediante acciones programadas de mantenimiento
3 años
Certificado Sustentable
Es aquella que cumple con los aspectos señalados en el tipo funcional, pero incorpora en su operación programas de conservación del medio ambiente como serán: ahorro de energía y agua; manejo de residuos sólidos, entre otros
5 años
VII.1.3. Etapa 3. Seguimiento y Evaluación al Mantenimiento a la Certificación de la INFE
VII.1.3.1. Verificación y seguimiento
De acuerdo con el tipo de infraestructura y el certificado expedido, el Instituto realizará verificaciones de seguimiento cada año para el certificado esencial; cada 18 meses para el certificado funcional y cada dos años para el certificado sustentable, conforme a lo establecido en la Norma NMX-R-021-SCFI-2013.
Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, con el propósito de mantener la vigencia del certificado otorgado a la INFE, se elaborará el instrumento de seguimiento, para revisar:
1.     Verificación de las condiciones con base en las cuales se emitió el certificado
2.     El programa de mantenimiento
3.     Modificaciones o cambios que pongan en riesgo la seguridad del plantel e integridad de los usuarios y su operación
4.     La rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción, reconversión, propiciada por eventos extraordinarios
5.     Como parte del seguimiento se aplicará el instrumento que evalúe los elementos anteriormente mencionados. La integración del expediente tendrá la misma estructura que el señalado en el proceso de evaluación para la certificación.
6.     Con los resultados de esta revisión, se elaborará un dictamen ejecutivo de conformidad técnica normativa donde se recomienda que se mantenga, cambie o cancele el certificado emitido con anterioridad, el cual será presentado al Comité de Certificación para su valoración y resolutivo.
VII.1.3.2. Criterios que se aplicarán para la revocación del certificado
1.     Incumplimiento del programa de mantenimiento establecido en la certificación
2.     Identificación de riesgos en visita de seguimiento que comprometa la integridad de los usuarios
3.     La falta de atención a los daños ocasionados por un fenómeno natural, tecnológicos o humanos en un lapso no mayor a 6 meses
4.     Cambio de uso del espacio educativo para los fines que fue creado
5.     La construcción y/o alteración que afecte la estructura del inmueble educativo que no haya sido autorizada por el instituto o por el organismo responsable de la INFE en las entidades federativas.
 
Los Programas Especiales en los que participe el Instituto se apegarán a la normatividad y procedimientos ya establecidos y a las propias del programa.
VIII. PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EL MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA EN ESCUELAS PÚBLICAS
La obtención del certificado de calidad de la INFE y su conservación, implican involucrar a los integrantes de la comunidad educativa en las actividades de seguimiento al uso adecuado y la conservación de los edificios e instalaciones escolares.
Tradicionalmente, una de las áreas privilegiadas de intervención de los integrantes de la comunidad en apoyo a las labores escolares, a través de las asociaciones de padres de familia, ha sido el mantenimiento de las escuelas, principalmente con trabajo voluntario, por lo que hay que orientarlos para que estos trabajos sean aplicados de la mejor manera.
VIII.1. Líneas de Acción
â     Establecer una coordinación permanente con los organismos e instancias institucionales responsables de la INFE para homologar criterios de participación social en el mantenimiento de la infraestructura física educativa y su difusión.
â     Las acciones de participación social en el mantenimiento de los planteles escolares, promovidas por las autoridades en la materia, se apegarán a la normatividad técnica establecida.
â     Se fomentará la participación de los integrantes de las comunidades en la atención oportuna de las reparaciones menores, procurando que en su realización busquen conservar las características de calidad de las instalaciones educativas y que las refacciones y materiales utilizados sean similares a los del proyecto original.
â     El Instituto elaborará materiales informativos con formato didáctico sencillo sobre las diversas acciones de mantenimiento preventivo y de reparaciones menores, además de llevar a cabo otras estrategias de capacitación presenciales o en línea, coordinando de manera permanente una amplia difusión de los mismos, con el fin de alcanzar una auténtica cultura de corresponsabilidad social en la materia
â     El Instituto promoverá reuniones de intercambio de estrategias y experiencias exitosas entre autoridades educativas, con el fin de homologar a nivel nacional las acciones de participación social en el mantenimiento de los edificios e instalaciones educativas, así como, su mobiliario y equipo
â     Se capacitará al personal técnico de los Organismos Responsables de la INFE y del Instituto en el tema de la participación social en los programas de INFE
â     Se capacitarán a los padres de familia de las escuelas beneficiadas con programas de construcción y mantenimiento en coordinación con el Consejo Nacional de Participación Social en la Educación (CONAPASE)
IX. DIFUSIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN
IX.1. Líneas de Acción
Una vez publicado el Programa Nacional de Certificación, se difundirá a través de medios electrónicos para ponerlo a disposición de todos los interesados en la materia, por lo que el instituto efectuará las siguientes acciones encaminadas a la implementación del proceso de certificación de la calidad de la INFE en las entidades federativas:
1.     Publicar el Programa en la página web del Instituto
2.     Difundir el Programa a través del Órgano Técnico de Consulta
 
3.     Realizar una Reunión Nacional con los titulares de los institutos estatales responsables de la construcción de escuelas
4.     Promover y realizar en coordinación con los Organismos Responsables de la INFE: foros, reuniones regionales o estatales
5.     Promover el Programa en forma continua, en Juntas de Gobierno en los Estados y otros eventos nacionales relacionados con la INFE
6.     Promover el Programa en los Colegios de Ingenieros y Arquitectos, así como en la Cámara de la Industria de la Construcción
7.     Al público en general a través de folletos, presentaciones, CD, entre otros
Además de lo anterior, y para fortalecer y unificar criterios respecto a la certificación de la calidad de la infraestructura física educativa, también se difundirá la normatividad técnica aplicable en la materia, a través de la normateca del Instituto y del Sistema de Capacitación Externa.
IX.2. Sistema de capacitación del Instituto:
1.     Capacitación técnica y administrativa, a los responsables de los programas de la infraestructura física educativa en las entidades federativas y público en general.
2.     Formación profesional de evaluadores de la calidad de la INFE
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La Gerencia de Certificación, Diagnóstico y Evaluación del instituto difundirá el presente Acuerdo dentro del plazo de treinta días a partir su publicación.
Ciudad de México, a 22 de septiembre de dos mil catorce.- El Director General, Miguel Ángel Vega Vargas.- Rúbrica.
ANEXO 1
Formato de Información Técnica para la Evaluación para la Certificación de la Calidad de la INFE
Lugar y Fecha de la Solicitud
Número Único de Registro
 
(Para ser llenado por el
INIFED)
 
I. DATOS GENERALES DE LA INFE
Nombre o Razón Social de la INFE
C.C.T.
 
 
Dirección (Calle y Número)
 
Colonia
Delegación o Municipio
 
 
Ciudad
Estado
Código Postal
 
 
 
Correo Electrónico
Teléfono (s)
 
 
Nombre del Representante Legal
 
Correo Electrónico
Teléfono (s)
 
 
Nombre del contacto en el sitio
 
 
Ubicación de la INFE*
Sector
Zona Rural
 
Zona Urbana
 
Sector Público
 
Sector Privado
 
 
Nivel Escolar
Básica
 
Media Superior
 
Superior
 
Capacitación
 
Otro
 
 
Tipo de INFE (Para ser llenado por el INIFED)
INFE 1
 
INFE 2
 
INFE 3
 
Nivel Escolar Específico
Número de Grupos
Número promedio de alumnos
 
 
 
Edificio Número
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Número de niveles
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Antigedad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
M2 de construcción
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Número de Tipos de Espacios Educativos (Tabla 3)(1)
Aula
(A)
Laboratorio
(L)
Taller
(T)
Anexo
(Ax)
Obra Exterior
(O.E.)
 
 
 
 
 
 
II. MOTIVO DE LA SOLICITUD
 
 
 
 
 
 
 
III. CRITERIOS DE REFERENCIA
Este formato deberá venir debidamente requisitado y acompañado con el oficio de solicitud en formato libre y de todos los documentos solicitados en el Anexo "B"
Una vez presentada la solicitud, el formato y todos los documentos, el INIFED llevará a cabo la programación de la Evaluación de la calidad de la INFE, la cual será presentada a la consideración del solicitante.
Durante la Evaluación de la calidad de la INFE, el solicitante debe atender los requerimientos del personal evaluador y/o INIFED.
IV. RESPONSABLE DE LA SOLICITUD DEL PROCESO DE LA EVALUACIÓN-CERTIFICACIÓN
De acuerdo a las facultades de mi puesto mediante mi firma manifiesto que los datos aquí expuestos son verídicos.
Que este plantel sea evaluado para la obtención de la Certificación de la Calidad de la Infraestructura Física Educativa, de acuerdo a la normatividad aplicable en materia de INFE.
Nombre
 
Cargo
 
Firma
 
Lugar y Fecha
 
INSTRUCTIVO DE LLENADO
I. DATOS GENERALES DE LA INFE
Fecha de la Solicitud.- Anotar el día mes y año en que se elabora la solicitud.
Número de Registro.- Será llenado por el INIFED.
Nombre y Clave o Razón Social de la INFE.- Señale el nombre y clave o razón social que identifica a la institución educativa que será evaluada para su certificación.
Dirección.- Anotar los datos del lugar donde se encuentra ubicada la INFE.
Teléfono y Fax.- Anotar el número telefónico incluyendo la clave LADA.
Nombre del contacto en sitio.- Anotar el nombre del funcionario designado como enlace para mantener
comunicación en relación a la evaluación de la calidad de la INFE, (deberá ser un funcionario que cuente con la autoridad para la toma de decisiones).
Correo Electrónico.- Anotar el correo electrónico institucional y del funcionario designado para recibir información sobre la evaluación de la calidad de la INFE.
Ubicación de la INFE.- Marcar con una (X) la zona a la que pertenece, de acuerdo a la Tabla 1 que se anexa.
Sector.- Marcar con una (X) el sector al que pertenece
Nivel Escolar.- Marcar con una (X) el nivel que corresponda de acuerdo a la Tabla 2 que se anexa.
Tipo de INFE.- Será llenado por el INIFED.
Nivel Escolar específico.- Anotar el nivel educativo específico que se atiende.
Número de Grupos.- Indique el número de grupos
Cantidad promedio de alumnos.- Señalar el promedio de la cantidad de alumnos, obtenido de todos los grupos que se atienden en la INFE.
Edificio Número.- Anotar el número o letra que identifica a cada uno de los edificios de la INFE.
Número de niveles.- Niveles o niveles considerando la planta baja
Antigedad de Edificio.- Indicar los años de construido con que cuenta cada uno de los edificios que integran la INFE, señalados en el punto anterior.
M2 de Construcción.- Señalar para cada edificio metros cuadrados correspondientes, como sigue: 120 m2.
Número de Tipos de Espacios Educativos.- Anotar el número de tipos de espacios que corresponda de acuerdo a la Tabla 3 que se encuentra anexa.
II.     MOTIVO DE LA SOLICITUD.- Describir los beneficios que se espera obtener con la evaluación de la calidad de la INFE.
III.    CRITERIOS DE REFERENCIA.- Considerar los criterios que serán aplicados en la evaluación de la calidad de la INFE.
IV.   RESPONSABLE DE LA SOLICITUD DEL PROCESO DE LA EVALUACIÓN-CERTIFICACIÓN.- Anotar los datos particulares del titular o funcionario de la dependencia o institución, responsables de la presentación de esta solicitud.
CLASIFICACIONES
Tabla 1
Clasificación por Zonas
Zona
Número de Habitantes de la Localidad
Rural
Hasta 2,500
Urbana
Mayores de 2,500
 
Tabla 2
Clasificación por Niveles Escolares y Modalidades
Nivel Escolar
Modalidad
Educación Básica
CENDI
Jardín de Niños
Primaria
Secundaria General
Secundaria Técnica
Centro de Atención Múltiple
Educación Media
Superior
Centro de Estudios de Bachillerato
Colegio de Bachilleres
Preparatoria Federal por Cooperación
Bachillerato Pedagógico
CETIS-CBTIS
CET del Mar
CBTA
CECYTE
CONALEP
Educación Superior
Normal Superior
UPN
Institutos Tecnológicos
Universidades Tecnológicas
Universidades Politécnicas
Universidades Públicas Estatales
Capacitación
CECAT-ICAT
 
Tabla 3
Tipos de Espacios Educativos
Espacio:
Concepto
A
Aula Didáctica, Aula Audiovisual
L
Laboratorios
T
Talleres
Ax
Anexos: Áreas Administrativas, de Información y Servicios
O.E.
Plaza cívica, canchas deportivas, áreas verdes, comedores al aire libre, entre otros
 
REQUISITOS PARA EVALUAR LA INFE
ANEXO B
Relación de documentos que deberán entregar los Planteles Particulares que soliciten la Evaluación para
la Certificación de acuerdo al Registro de Validez Oficial de Estudios (REVOE)
No
Requisitos
Observaciones
1.
Formato de justificación técnica de la(s) modalidad(es) que solicita
Formato RVOESO-03
2.
Formato de descripción de instalaciones
Formato RVOESO-06
3.
Justificación técnica en la que se señalará la población estudiantil máxima que podrá ser atendida en el plantel en condiciones higiénicas, seguras y pedagógicas por modalidad que solicita
Formato RVOESO-07
4.
Documento protocolizado que acredite la edad del inmueble/manifestando el uso exclusivo para escuela
Copia certificada de escritura, contrato de arrendamiento, contrato de comodato o contrato de usufructo
5.
Croquis de ubicación del plantel
Especificando la superficie del terreno y sus colindancias
6.
Poder notarial
Documento donde se designa al apoderado legal o representante legal
7.
Constancia de uso de suelo
Copia cotejada por el Propietario o Representante Legal actualizada
8.
Opción favorable del Sector Salud
Sólo si se requiere la especialidad/carrera solicitada
9.
Opción favorable del Sector Turismo
lo si se requiere la especialidad/carrera solicitada
10.
Plano arquitectónico actualizado y/o plano acotado del plantel, con cortes y fachadas
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
11.
Plano estructural actualizado
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
12.
Plano instalación eléctrica actualizado con diagrama unifilar y cuadro(s) de carga(s)
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
13.
Plano instalación hidráulica actualizado e isométrico
Incluir dictamen de calidad del agua por un laboratorio certificado en caso de contar con bebederos y/o comedor y firma DRO
14.
Plano instalación sanitaria actualizado e isométrico
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
15.
Plano instalaciones especiales actualizado
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
 
16.
Plano de cableado estructurado actualizado (señal, seguridad, entre otras)
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
17.
Plano instalación de gas actualizado
Incluir memoria descriptiva y dictamen de Unidad Verificadora y firma DRO
18.
Constancia de seguridad estructural expedida por el perito responsable de obra (si cuenta con estudios o dictámenes completos, anexar los documentos)
Deberá precisar que el inmueble cumple con las normas de construcción aplicables al lugar donde se encuentra ubicado
19.
Copia del registro del Perito Responsable de Obra vigente que expida la constancia de seguridad estructural
 
20.
Copia de la cédula profesional del Perito Responsable de Obra que expida la constancia de seguridad estructural
 
21.
Constancia de Protección Civil
Deberá contener como mínimo: la autoridad que lo expide, el periodo de vigencia y la mención que el inmueble se autoriza para ser destinado a la prestación del servicio educativo
22.
Plan de emergencia escolar
 
23.
Inventario de mobiliario, equipamiento de aulas, talleres, oficinas y laboratorios
 
24.
Programa de mantenimiento del plantel general y de instalaciones
Presentar reportes, bitácora de trabajo y evidencias fotográficas
25.
Identificación oficial con fotografía vigente en el caso de personas físicas; para morales anexar copia del acta constitutiva
 
Notas:
·   Esta información debe ser presentada por el Representante Legal, previa cita en las instalaciones del INIFED
·   En caso que el plantel envíe a un gestor a la revisión de esta información, éste deberá presentar un documento que lo acredite como tal
·   Esta información se recibe para su revisión en forma conjunta, en caso de observar faltantes se devolverá al interesado todo el expediente para su complemento
·   Si la constancia, memoria y dictamen estructural es firmado por un DRO diferente al que firma los
planos actualizados del plantel; debe entregar copias fotostáticas de las dos cédulas profesionales y las de DRO.
Relación de documentos que deberán entregar los Planteles Públicos que soliciten la evaluación para la certificación
No
Requisitos Generales
Observaciones
1.
Documento protocolizado que acredite la edad del inmueble/manifestando el uso exclusivo para escuela
Copia certificada de escritura, contrato de arrendamiento, contrato de comodato o contrato de usufructo
2.
Constancia de uso de suelo
Copia cotejada por el Propietario o Representante Legal
3.
Croquis de ubicación del plantel
Especificando la superficie del terreno y sus colindancias
4.
Plano arquitectónico actualizado y/o plano acotado del plantel *
Incluir firma DRO
5.
Plano estructural actualizado *
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
6.
Plano instalación eléctrica actualizado *
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
7.
Plano instalación hidráulica actualizado *
Incluir dictamen de calidad del agua por un laboratorio certificado en caso de contar con bebederos y/o comedor y firma DRO
8.
Plano instalación sanitaria actualizado *
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
9.
Plano instalaciones especiales actualizado *
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
10.
Plano de cableado estructurado actualizado (señal, seguridad, entre otras) *
Incluir memoria descriptiva y firma DRO
11.
Plano instalación de gas actualizado *
Incluir dictamen de Unidad Verificadora y firma DRO
12.
Constancia de seguridad estructural expedida por el perito responsable de obra (si cuenta con estudios o dictámenes completos, anexar los documentos)
Deberá precisar que el inmueble cumple con las normas de construcción aplicables al lugar donde se encuentra ubicado
13.
Copia del registro del Perito Responsable de Obra vigente que expida la constancia de seguridad estructural *
 
14.
Copia de la cédula profesional del Perito Responsable de Obra que expida la constancia de seguridad estructural *
 
15.
Constancia de Protección Civil
Deberá contener como mínimo: la autoridad que lo expide y en su caso periodo de vigencia y la mención que el inmueble se autoriza para ser destinado a la prestación del servicio educativo
16.
Plan de emergencia escolar
 
17.
Inventario de mobiliario, equipamiento de aulas, talleres, oficinas y laboratorios
 
18.
Identificación oficial con fotografía vigente en el caso de personas físicas; para morales anexar copia del acta constitutiva
 
* En caso de no contar con esta información el Organismo Estatal o el Instituto podrá auxiliar al Director del Plantel Escolar
ASPECTOS DE SEGURIDAD DEL PLANTEL
1.    Indicar si cuenta con la evidencia y anexar una copia de la misma

NO
DOCUMENTO
 
 
Programa Interno de Seguridad Escolar ( SEP)
 
 
Vulnerabilidad ( SEP )
 
 
Mantenimiento (BITÁCORA DE MANTENIMIENTO)
 
 
Inventario de mobiliario
 
 
Acta constitutiva del comité de salud y seguridad escolar
 
 
Actas o programas de protección civil
 
 
Planos o croquis del plantel
 
 
Documentos evidencia de los trabajos realizados por la Delegación, Municipio, Localidad, por INIFED, Mesa Directiva, Padres de Familia o alguna otra instancia. (En el caso de no contar con la evidencia, describir en que consistieron los trabajos).
 
 
Evidencia de recolección y separación de basura.
 
 
Recibos de luz, agua potable, gas, predial, otros.
 
 
Estadística de Alumnos (Coordinación Sectorial de Educación SEP) con el sello.
 
 
Documentos parte de los antecedentes del plantel en cuanto a la propiedad.
 
 
Peritajes, dictámenes o alguna otra evidencia de las condiciones estructurales del plantel.
 
 
Otros documentos que aporten evidencia de las condiciones o antecedentes de la INFE (predio, estructura, instalaciones, mantenimiento, seguridad, etc.)
 
2.    Indicar el número de anexos con que cuenta el plantel:
Dirección TM. y TV.
 
Conserjería
 
Contraloría TM. y TV.
 
Aula Digital
 
Bodega TM. y TV.
 
Servicios Sanitarios para alumnos
 
Servicio Social TM. y TV.
 
Servicios Sanitarios para profesores
 
Servicio Médico
 
Salón de música
 
Biblioteca
 
Otro (indicar)
 
Red Escolar
 
Otro (indicar)
 
Sala de Maestros
 
Otro (indicar)
 
 
3.    Indicar si cuenta con el siguiente equipo de seguridad

NO
CONCEPTO

NO
CONCEPTO
 
 
Extintores de CO2
 
 
Cámaras de circuito cerrado (CCTV)
 
 
Hidrantes
 
 
Alarmas de seguridad
 
 
Detectores de humo
 
 
Equipo contra incendio
 
 
Sensores de movimiento
 
 
 
 
4.    Instalaciones para personas con discapacidad

NO
CONCEPTO

NO
CONCEPTO
 
 
Rampas de acceso
 
 
Módulo de sanitarios para discapacitados
 
 
Elevadores o Rampas verticales
 
 
Cajón de estacionamiento para discapacitados
5.    Análisis de riesgo

NO
CONCEPTO

NO
CONCEPTO
Condiciones Hidrometeorológicas
 
 
El terreno susceptible a inundarse.
 
 
Está a menos de 500 m. de cuevas o meandros de ríos.
 
 
Cercano, en la rivera o en el cauce de un río
 
 
Se ubica a menos de un 1 km. de la línea de costa o borde de río
 
 
Cercano, al pie o al hombro de una cañada
 
 
 
Condiciones geológicas y geotécnicas
 
 
Ubicado sobre o cercano a una(s) falla(s) geológica(s).
 
 
Ubicado sobre suelo propenso a deslizamiento
 
 
Cercano a zona de deslizamiento.
 
 
Cercano o al pie de ladera de un volcán activo o no activo.
 
 
Cercano, al hombro o al pie de la ladera de cerros posibles a desprenderse
 
 
Cercano, al límite o encima a zonas donde haya existido o exista explotación de minas.
 
 
Cercano a la rivera de zonas pantanosas, ciénagas y esteros.
 
 
 
 
 
Otros
Medio físico transformado
 
 
 
Está a una distancia menor a 500 m de un depósito de basura
 
 
Está a una distancia menor a 500 m de plantas de tratamiento
 
 
Está a una distancia menor a 1 km. de un depósitos de combustible
 
 
Está a una distancia menor a 50 m. de gasolineras o gaseras
 
 
Está a una distancia menor a 500 m de ductos, gasoductos, oleoductos, etc.
 
 
Está a una distancia menor a 500 m de instalaciones industriales de alta peligrosidad
 
 
Está a una distancia menor a 50 m. de las líneas de alta tensión.
 
 
Está a una distancia menor a 30 m. de líneas troncales de electrificación.
 
 
Está a una distancia menor a 3 m. de líneas de alumbrado público.
 
 
 
 
 
Otros
 
6.    Equipos especiales

NO
CONCEPTO

NO
CONCEPTO
 
 
Sistema de aspersión contra incendio
 
 
Detectores de humo
 
 
Elevadores
 
 
Sistema de riego con agua tratada
 
 
Plantas de tratamiento de agua
 
 
Calentadores solares
 
 
Calderas
 
 
Sistema de riego para hortalizas o invernadero
 
 
Equipo para piscina (filtros, bombas, caldera)
 
 
Torniquetes de acceso electrónicos
 
 
Detectores de metal
 
 
Cisternas de captación de aguas pluviales
 
 
Otros
 
 
TABLA DE TARIFAS
ANEXO C
INIFE Tipo 1
 

 
 
Tipo 2: INFE Construida (cuando el plantel no está consolidado de acuerdo al proyecto original)
 

 
Tipo 3: INFE Existente (cuando el plantel está consolidado de acuerdo a su proyecto original)

 
 
 
ANEXO 2
PROGRAMA DE TRABAJO PARA LA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EL MANTENIMIENTO
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

ANEXO 3
DIFUSIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓN
 

__________________________________
 
1     Para su llenado consulte el apartado de clasificaciones de este mismo documento

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 19/04/2024

DOLAR
17.1145

UDIS
8.128964

TIIE 28 DIAS
11.2465%

TIIE 91 DIAS
11.3926%

TIIE 182 DIAS
11.5498%

TIIE DE FONDEO
11.00%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024