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DOF: 27/03/2015 |
DECLARATORIA de Desastre Natural en el sector agropecuario, acuícola y pesquero, a consecuencia de las lluvias atípicas ocurridas del 13 al 16 de marzo de 2015 en los municipios de Armería, Coquimatlán, Comala, Colima, Cuauhtémoc, Ixtlahuacán, Minatitlán DECLARATORIA de Desastre Natural en el sector agropecuario, acuícola y pesquero, a consecuencia de las lluvias atípicas ocurridas del 13 al 16 de marzo de 2015 en los municipios de Armería, Coquimatlán, Comala, Colima, Cuauhtémoc, Ixtlahuacán, Minatitlán, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez y en virtud de los daños ocasionados por dicho fenómeno en el Estado de Colima. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. JUAN MANUEL VERDUGO ROSAS, Subsecretario de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 16, 26 y 35, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o., de la Ley de Planeación; 7, 8, 32, fracciones IX y X, 60, 61, 65, 89, 124 y 129, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 29 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2015; 7o. fracción X del Reglamento Interior vigente; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 118 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2015, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2015; 1, del Acuerdo mediante el cual se delega a favor del Subsecretario de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la facultad de emitir declaratorias de desastre natural relevante para los casos de sequía, helada, granizada, nevada, lluvia torrencial, inundación significativa, tornado, ciclón, terremoto, erupción volcánica, maremoto, movimiento de ladera, cuando los daños por estos desastres naturales relevantes afecten exclusivamente al sector agropecuario, acuícola y pesquero. CONSIDERANDO Que el artículo 118, fracción II del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2015, establece lo relativo a la publicación de la declaratoria de desastre natural para el Componente de Atención a Desastres Naturales en el Sector Agropecuario y Pesquero, señalando que con base a la solicitud de declaratoria de desastre natural, la Secretaría publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Declaratoria de Desastre Natural respectiva en un plazo máximo de 15 días naturales posteriores a la recepción de la solicitud de la misma y de la información del Dictamen Técnico de Corroboración de la Ocurrencia del Desastre Natural debidamente soportado. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 112 fracción I de las citadas Reglas de Operación, con la finalidad de fortalecer y elevar la eficiencia de la operación del Componente; así como agilizar el proceso de gestión de los apoyos, el único medio de atención y ventanilla será el Sistema de Operación y Gestión Electrónica, por lo que no se atenderá ninguna solicitud por otra vía, en ese sentido se ha establecido el Lineamiento para la Solicitud, Autorización y Seguimiento al Seguro Agrícola, Pecuario, Acuícola y Pesquero Catastrófico. Así mismo, de conformidad con lo señalado en el Artículo 118 de las citadas Reglas de Operación, relativas a la Solicitud de recursos a la Secretaría, Entrega de Apoyo e Instalación de la Comisión de Evaluación y Seguimiento estatal (CES). Que a consecuencia de las lluvias atípicas ocurridas durante los días del 13 al 16 de marzo de 2015, existen afectaciones en activos productivos elegibles de productores agropecuarios, pesqueros y acuícolas del medio rural de bajos ingresos, que no cuentan con algún tipo de aseguramiento público o privado agropecuario, acuícola y pesquero, en los municipios de Armería, Coquimatlán, Comala, Colima, Cuauhtémoc, Ixtlahuacán, Minatitlán, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez del Estado de Colima. Que el C. Secretario de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado y el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Colima, a través del Sistema de Operación y Gestión Electrónica con fecha 17 de marzo de 2015, formularon la solicitud con número de Folio 301285 al Titular de esta Secretaría para emitir la Declaratoria por Desastre Natural en virtud a los daños ocasionados al sector agropecuario, acuícola y pesquero por el fenómeno meteorológico señalado en el considerando anterior, así como los recursos del componente, manifestando su acuerdo y conformidad con las fórmulas de coparticipación de recursos establecidas en la normatividad aplicable. Que en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 118 de las Reglas de Operación, la Dirección General de Atención al Cambio Climático en el Sector Agropecuario, como Unidad Responsable del Componente Atención a Desastres Naturales en el Sector Agropecuario y Pesquero, se cercioró de que la autoridad técnica competente hubiese remitido su dictamen técnico sobre la ocurrencia de este fenómeno, mismo que mediante Oficio JAG.COL.1.1./087/2015 con fecha 17 de marzo de 2015, el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP) corrobora la ocurrencia de lluvias atípicas del 13 al 16 de marzo de 2015 en los municipios de Armería, Coquimatlán, Comala, Colima, Cuauhtémoc, Ixtlahuacán, Minatitlán, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez del Estado de Colima. Que derivado de lo anterior, se determinó procedente declarar en Desastre Natural para el Sector Agropecuario, Acuícola y Pesquero a los municipios antes mencionados del Estado de Colima, por lo que he tenido a bien expedir la siguiente: DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL EN EL SECTOR AGROPECUARIO, ACUÍCOLA Y PESQUERO, A CONSECUENCIA DE LAS LLUVIAS ATÍPICAS OCURRIDAS DEL 13 AL 16 DE MARZO DE 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE ARMERÍA, COQUIMATLÁN, COMALA, COLIMA, CUAUHTÉMOC, IXTLAHUACÁN, MINATITLÁN, MANZANILLO, TECOMÁN Y VILLA DE ÁLVAREZ Y EN VIRTUD DE LOS DAÑOS OCASIONADOS POR DICHO FENÓMENO, EN EL ESTADO DE COLIMA Artículo 1o.- Se emite la declaratoria de desastre natural en el sector agropecuario, acuícola y pesquero, a consecuencia de las lluvias atípicas ocurridas del 13 al 16 de marzo de 2015 en los municipios de Armería, Coquimatlán, Comala, Colima, Cuauhtémoc, Ixtlahuacán, Minatitlán, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez y en virtud de los daños ocasionados por dicho fenómeno meteorológico a los activos productivos elegibles de los productores agropecuarios, pesqueros y acuícolas del medio rural de bajos ingresos, que no cuentan con algún tipo de aseguramiento público o privado agropecuario, acuícola y pesquero en el Estado de Colima. Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural en el Sector Agropecuario, Acuícola y Pesquero, se expide exclusivamente para efecto de ejercer los recursos con cargo al presupuesto del Componente Atención a Desastres Naturales en el Sector Agropecuario y Pesquero y de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015. Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación. TRANSITORIO ÚNICO.- La presente Declaratoria entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a 23 de marzo de 2015.- El Subsecretario de Desarrollo Rural, Juan Manuel Verdugo Rosas.- Rúbrica.
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