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DOF: 16/07/2015
OFICIO mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación

OFICIO mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.- Oficio: 500-05-2015-18375.

Asunto: Se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 2 primer párrafo, apartado B, fracción III, inciso e); 10 primer párrafo, fracción I, en relación con el artículo 9 primer párrafo, fracción XXXVII, y penúltimo párrafo, 17, párrafo penúltimo, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, y reformado mediante Decretos publicados el 29 de abril de 2010, 13 de julio de 2012 y 30 de diciembre de 2013 en el mismo órgano oficial; Artículo Tercero, primer párrafo, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de enero de 2014, así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones fiscales vigentes, esta Administración Central, dentro de los expedientes que obran en la misma, así como en las bases de datos del Servicio de Administración Tributaria a los que tiene acceso y utiliza de conformidad con el artículo 63, párrafos primero y último, del Código Fiscal de la Federación, ha detectado que los contribuyentes que se nombran en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
En razón de lo anterior, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el Artículo Tercero, primer párrafo, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de enero de 2014, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
No se omite señalar que los hechos particulares por los cuales esta autoridad fiscal determinó que los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio se ubicaron en el supuesto a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se pormenorizan en el oficio individual que se notificó al contribuyente.
Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código
Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, a fin de que Presenten ante las oficinas de esta Administración Central, ubicada en Av. Hidalgo No. 77, Módulo II, Primer Piso, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México D.F., escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.
La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación."
Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo, numeral 1) del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente,
México, D.F., 1 de julio de 2015.- La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, Marisela Corres Santana.- Rúbrica.
Asunto:        Anexo 1 del oficio número 500-05-2015-18375 de fecha 1 de julio de 2015, en el que se notifica, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que los contribuyentes mencionados en el presente Anexo se ubican en el supuesto previsto en el primer párrafo del citado precepto legal.
A continuación se enlistan los contribuyentes a los que se hace referencia en el oficio número 500-05-2015-18375 de fecha 1 de julio de 2015, emitido por la Mtra. Marisela Corres Santana, Administradora Central de Fiscalización Estratégica.
 
RFC
NOMBRE EFOS
NÚMERO DEL
OFICIO DE
PRESUNCIÓN
FECHA DE
NOTIFICACIÓN DEL
OFICIO DE
PRESUNCIÓN
1
AAE0909143R4
ADE ADMINISTRACIÓN EMPRESARIAL, S.A.
DE C.V.
500-05-2015-18151
1 de julio de 2015
2
ALS091223IN7
A & L SERVICIOS CORPORATIVOS, S.C.
500-05-2015-1319
26 de junio de 2015
3
ARH110905S67
ALMACENADORA REGIONAL HERRERA, S.
DE R.L.
500-05-2015-18212
30 de junio de 2015
4
BTE100202DP7
BODEGAS TERRAZA, S.A. DE C.V.
500-05-2015-18201
26 de junio de 2015
5
CAFD680802488
CASTAÑEDA FIGUEROA MA. DOLORES
500-05-2015-9254
27 de mayo de 2015
6
CEM0902209K6
CÍRCULO DE EMPRENDEDORES, S.A. DE
C.V.
500-05-2015-13053
25 de mayo de 2015
7
CEM130607JM2
CONSTRUCTORA ECPG DE MÉXICO, S.A. DE
C.V.
500-05-2015-12827
12 de mayo de 2015
8
CGE120306QS8
COMERCIALIZADORA GEBOB, S.A. DE C.V.
500-05-2015-7932
15 de mayo de 2015
9
CGS1012022B0
COMERCIALIZADORA GIMRAF DEL
SURESTE, S.A. DE C.V.
500-05-2015-13048
25 de junio de 2015
 
10
CPN090610M6A
SOCIEDAD COOPERATIVA DE CONSUMO
DEL PACIFICO NORTE, S.C. DE R.L. DE C.V.
500-05-2015-18152
3 de junio de 2015
11
CPR100701GC2
COMERCIALIZADORA PRONACERSI, S.A. DE
C.V.
500-05-2015-12851
22 de mayo de 2015
12
CRI090618252
COMERCIALIZADORA RIVERCRUZ, S.A. DE
C.V.
500-05-2015-18171
4 de junio de 2015
13
EOF1203065Q0
EMPRESAS OFEN, S.C.
500-05-2015-7993
13 de mayo de 2015
14
FLU1204198I1
FLUNKY, S.A. DE C.V.
500-05-2015-18275
26 de junio de 2015
15
FWC101117KG7
FASHION WINE, A. EN P. CONTRATO
NUMERO 2
500-05-2015-7889
26 de mayo de 2015
16
GCS120309C94
GRUPO COMERCIALIZADOR SHAJATO, S.A.
DE C.V.
500-05-2015-13081
29 de mayo de 2015
17
GUR101027U35
GRUPO URBIETO, S.A. DE C.V.
500-05-2015-7991
19 de mayo de 2015
18
MAR1204192I9
MARBOLE, S.A. DE C.V.
500-05-2015-18276
26 de junio de 2015
19
MED120718KP9
MONTREAL EDIFICACIONES, S.A. DE C.V.
500-05-2015-9237
27 de mayo de 2015
20
MPH101213GM4
MEX. SA. HOU. COMERCIAL, S.A. DE C.V.
500-05-2015-7988
7 de abril de 2015
21
MTR110822LV8
MANZANITA LA TRADICIONAL, S.A. DE C.V.
500-05-2015-13062
8 de junio de 2015
22
OTA080324LV6
ADMINISTRADORA DE NEGOCIOS MONTE
ALBAN, S.A. DE C.V.
500-05-2015-13066
21 de mayo de 2015
23
PCP111104PQ1
PROVEEDORA Y CONSTRUCTORA PRIXA,
S.A. DE C.V.
500-05-2015-13050
2 de junio de 2015
24
RED1111247K3
REFACCIONES Y EQUIPOS 2812, S.A. DE
C.V.
500-05-2015-9218
26 de junio de 2015
25
SGO110902TT1
SENDEROS DEL GOLFO, S.A. DE C.V.
500-05-2015-12944
13 de mayo de 2015
26
TAA101117H84
TRADEMARKS ADMINISTRATION, A. EN P.
CONTRATO 2
500-05-2015-8029
9 de junio de 2015
______________________________
 

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