EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Cristiana Rey de Gloria, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. RICARDO ANTONIO SÁENZ HOLGUÍN DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA REY DE GLORIA.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada IGLESIA CRISTIANA REY DE GLORIA, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: avenida Imperio número 602, esquina con Olivar de Ostia, fraccionamiento Rincón de los Olivos, etapa V, municipio y Estado de Chihuahua, C. P. 31183.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble susceptible de incorporarse a su patrimonio, ubicado en avenida Imperio número 602, esquina con Olivar de Ostia, fraccionamiento Rincón de los Olivos, etapa V, municipio y Estado de Chihuahua, C. P. 31183.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Proclamar el Evangelio de Jesucristo a toda persona, en todo lugar y en todo tiempo, poniendo la Palabra de Dios en forma estratégica, en las manos de cada persona".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Ricardo Antonio Sáenz Holguín.
VI.- Relación de asociados: Ricardo Antonio Sáenz Holguín, Magaly Gómez Lozoya y Yadira Gómez Lozoya.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Consejo Directivo", integrado por las personas y cargos siguientes: Ricardo Antonio Sáenz Holguín, Presidente; Magaly Gómez Lozoya, Secretaria; y Yadira Gómez Lozoya, Tesorera.
IX.- Ministros de culto: Ricardo Antonio Sáenz Holguín y Magaly Gómez Lozoya.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los trece días del mes de julio de dos mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.