DOF: 25/11/2015
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la resolución dictada por la Titular del Órgano Interno de Control en el Inst

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la resolución dictada por la Titular del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, durante la tramitación del Recurso de Revisión número RR-26/2015, promovido por la empresa Investigación Farmacéutica, S.A. de C.V., en contra de la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/3847/2015 dictada dentro del expediente administrativo de sanción a proveedores PISI-A-NC-DS-0010/2014, en la cual se le impusieron a la referida empresa sanciones administrativas, así como multa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Oficio No. 00641/30.1/340/2015.- Expediente No. PISI-A-NC-DS-0010/2014.- Número interno RR-26/2015.- Reg. 33617.

CIRCULAR
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA RESOLUCIÓN DE FECHA 30 DE OCTUBRE DE 2015, DICTADO POR LA TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN NÚMERO RR-26/2015, PROMOVIDO POR EL C. JAVIER RODOLFO NAVA DÍAZ, EN REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA EMPRESA "INVESTIGACIÓN FARMACÉUTICA", S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN CONTENIDA EN EL OFICIO NÚMERO 00641/30.15/3847/2015 DEL 17 DE AGOSTO DE 2015, DICTADA DENTRO DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN A PROVEEDORES PISI-A-NC-DS-0010/2014; EN LA CUAL SE LE IMPUSIERON A LA REFERIDA EMPRESA LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONSISTENTES EN QUE POR SÍ MISMA O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, NO PODRÁ PRESENTAR PROPUESTAS NI CELEBRAR CONTRATO ALGUNO CON LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO CON LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CUANDO UTILICEN RECURSOS FEDERALES CONFORME A LOS CONVENIOS CELEBRADOS CON EL EJECUTIVO FEDERAL SOBRE LAS MATERIAS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, POR EL PLAZO DE UN AÑO, ASÍ COMO LA MULTA POR LA CANTIDAD DE $97,140.00 (NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA PESOS 00/100 M.N.), CONCEDIÉNDOSE LA SUSPENSIÓN SOLICITADA RESPECTO DE AMBAS SANCIONES.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fecha 30 de octubre de 2015, la Titular del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, emitió Resolución en el Recurso de Revisión número RR-26/2015, promovido por el C. Javier Rodolfo Nava Díaz, en representación legal de la empresa "Investigación Farmacéutica", S.A. de C.V., en contra de la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/3847/2015 del 17 de agosto de 2015, dictada dentro del expediente administrativo de sanción a proveedores PISI-A-NC-DS-0010/2014 en los siguientes términos:
"Por lo anterior es de resolverse y se:
RESUELVE
PRIMERO.- Es procedente y fundado el Recurso de Revisión interpuesto por el C. Javier Rodolfo Nava Díaz, en su carácter de representante legal de la empresa denominada "INVESTIGACIÓN FARMACÉUTICA", S.A. DE C.V., personalidad que quedó debidamente acreditada en autos; en contra de la Resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/3847/2015 de fecha diecisiete de agosto de dos mil quince, dictada por el Titular del Área de Responsabilidades de este Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social dentro del expediente administrativo número PISI-A-NC-DS-0010/2014, toda vez que de las constancias que obran en el expediente al rubro citado, se logra desprender que el mismo fue promovido dentro del plazo que para tal efecto concede el artículo 85 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
SEGUNDO.- En atención a los argumentos lógico-jurídicos vertidos en el considerando Tercero de la presente Resolución, y con fundamento en el artículo 91 fracción III de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, este Órgano Interno de Control en el Instituto
Mexicano del Seguro Social, determina declarar la nulidad del acto impugnado mediante el presente Recurso de Revisión dejándolo sin efectos y consecuentemente por las mismas razones se levanta la suspensión que se concedió en este procedimiento al recurrente.
TERCERO.- Hágase del conocimiento a la Administración Local de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria en el Sur del Distrito Federal, el sentido de la presente resolución.
CUARTO.- Procédase a publicar en el Diario Oficial de la Federación, la respectiva Circular, a efecto de hacer del conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las Entidades Federativas, la nulidad declarada en esta resolución.
QUINTO.- Notifíquese.
SEXTO.- Archívese en estos términos el expediente en que se actúa como asunto total y definitivamente concluido, para todos los efectos legales procedentes.
Así lo proveyó y firma la C. Titular del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social...."
Lo anterior se hace del conocimiento, a efecto de que las Entidades Federativas y los Municipios interesados cumplan con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
30 de octubre de 2015.- La Titular del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Martha Elvia Rodríguez Violante.- Rúbrica.
 

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