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DOF: 10/02/2016
CONVOCATORIA dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) e Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación para presentar proyectos para Mejora Alimentaria, Nutrición y Salud (AL), dentro del Programa de Coinversión Social

CONVOCATORIA dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) e Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación para presentar proyectos para Mejora Alimentaria, Nutrición y Salud (AL), dentro del Programa de Coinversión Social.

CONVOCATORIA DIRIGIDA A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL (OSC) E INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN PARA PRESENTAR PROYECTOS PARA MEJORA ALIMENTARIA, NUTRICIÓN Y SALUD (AL), DENTRO DEL PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL.
La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), por conducto del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 41 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en los numerales 3.3, 3.4, 3.5.1, 3.5.2.1 y 4.2.1, de las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO
Que el Estado Mexicano garantizará el derecho de las personas a la alimentación nutritiva suficiente y de calidad, con base en lo estipulado en el Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Que la totalidad de las actividades realizadas por los Actores Sociales, a través de proyectos presentados en esta convocatoria, quedan sujetas a lo dispuesto en la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil; de manera particular y en caso de presentarse alguna infracción se atenderá a lo establecido en el artículo 30 de la ley referida, así como en el artículo 64 de la Ley General de Desarrollo Social.
Que es fundamental generar una estrategia integral tal y como lo mandata el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, que establece en su objetivo 2.1 Garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población, que tiene como estrategia (2.1.1) asegurar una alimentación y nutrición adecuada de los mexicanos, en particular para aquéllos en extrema pobreza o con carencia alimentaria severa. Que el Programa Sectorial de Desarrollo Social 2013-2018 asume el objetivo de Fortalecer el cumplimiento efectivo de los derechos sociales que potencien las capacidades de las personas en situación de pobreza, a través de acciones que incidan positivamente en la alimentación, la salud y la educación.
Asimismo, como eje transversal de las acciones de gobierno a la perspectiva de género, que junto con el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Mujeres (PROIGUALDAD 2013-2018) asientan los desafíos nacionales que deben enfrentarse en los programas sectoriales, institucionales, especiales y regionales, para garantizar la igualdad sustantiva y la reducción de las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres.
Que según cifras del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) correspondientes a 2014, el 46.2% de la población se encontraba en condiciones de pobreza, y el 9.5% de la población nacional se encuentra en pobreza extrema, esto es, carece del ingreso mínimo necesario para adquirir una canasta alimentaria, además de no poder ejercer tres o más derechos sociales, por lo que el Gobierno de la República emitió un Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, en el que se señala la necesidad de "asumir un enfoque integral que conjunte los esfuerzos que en materia de desarrollo social llevan a cabo los tres órdenes de gobierno, a fin de salvaguardar el derecho constitucional en materia alimentaria".
Que el Sistema Nacional de Cruzada contra el Hambre, publicado el 22 de enero de 2013, en el Diario Oficial de la Federación, es una estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementa a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos de: Cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación; Eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez; Aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas; Minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización, y Promover la participación comunitaria para la erradicación del hambre.
Que se busca garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población. Esto implica asegurar una alimentación y nutrición adecuada de las personas en condición de extrema pobreza o con carencia alimentaria severa. Es decir, un México sin Hambre.
 
Que más de la mitad de la población en México vive desigualdades en sus derechos sociales, económicos, políticos, culturales, sexuales y reproductivos mediante prácticas discriminatorias y excluyentes, basadas en estereotipos de género y en la carencia de un enfoque de derechos.
Que el 25 de septiembre de 2015 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, aprobó un conjunto de objetivos globales para erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible plantean la consecución de un conjunto de metas vinculadas con la adopción de una nueva agenda de desarrollo, cimentada en la colaboración entre distintos actores sociales y políticos, aprovechar el impulso generado por los Objetivos de Desarrollo del Milenio y continuar con un ambicioso programa de desarrollo para después de 2015.
Que plantean, entre otros, los siguientes objetivos: garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades; reducir la desigualdad en y entre los países, así como promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, así como facilitar el acceso a la justicia para todos.
Que el objetivo general del Programa de Coinversión Social (PCS), es contribuir a fortalecer la participación social para impulsar el desarrollo comunitario mediante el fortalecimiento y vinculación de los Actores Sociales, por lo que con base en las anteriores consideraciones se emite la siguiente:
CONVOCATORIA
MEJORA ALIMENTARIA, NUTRICIÓN Y SALUD (AL)
Dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) e Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación, para la presentación de proyectos de acuerdo con los siguientes términos:
I. Objetivos
General
Contribuir a garantizar la seguridad alimentaria y la adecuada nutrición de personas, familias, y comunidades, que viven en situaciones de marginación, mediante su participación en la producción, abasto y distribución de alimentos; promover la adecuada alimentación de grupos en situación de vulnerabilidad en albergues o localidades; garantizando el consumo de alimentos especialmente nutritivos y la orientación nutricional y de la salud, con base en una visión de derechos humanos y de desarrollo integral comunitario.
Se pondrá especial interés en incorporar hombres y mujeres en la producción de alimentos, promoviendo situaciones de igualdad en todas las etapas de producción, comercialización y distribución, y en garantizar a las mujeres embarazadas o en lactancia, apoyos alimentarios , así como el cuidado nutricional de los/las niños/as en sus primeros años de vida.
Específicos
1.     Promover proyectos que fomenten la agricultura familiar y los huertos comunitarios para la producción de alimentos, mediante prácticas sustentables, que satisfagan las necesidades alimentarias de las personas o familias en situación de marginación, con base en un esquema de auto-suficiencia alimentaria y el mejoramiento de la calidad de vida de las personas, buscando incorporar a los hombres en las tareas domésticas, para potenciar los efectos de las acciones a desarrollar.
2.     Generar procedimientos para reducir las pérdidas de alimentos y formular mecanismos que favorezcan su distribución y acceso en buenas condiciones a las personas o familias, especialmente aquéllas en situación de marginación.
3.     Brindar alimento a través de acciones directas, desde un enfoque de derechos humanos, a personas o grupos de personas en situación de vulnerabilidad, e impulsar la orientación nutricional, de la salud y los buenos hábitos de alimentación de las familias, con el fin de eliminar la desnutrición infantil aguda.
II. Características de los proyectos
II.1. Los proyectos que se presenten deberán enmarcarse en alguna de las siguientes vertientes, descritas en el numeral 3.5.1 de las Reglas de Operación del PCS.
·   Promoción del Desarrollo Humano y Social: Proyectos que contribuyan al logro de acciones que mejoren las condiciones de vida de la población en situación de pobreza, exclusión, vulnerabilidad,
marginación o discriminación y fomenten el desarrollo comunitario y el capital social.
·   Fortalecimiento, Capacitación y Sistematización: Proyectos dirigidos al mejoramiento de las capacidades, conocimientos, habilidades y metodologías de organización y gestión de los Actores Sociales, así como el equipamiento y mejoramiento de infraestructura. Incluye la promoción de la participación ciudadana en las políticas públicas, los procesos de articulación con los tres órdenes de gobierno y la generación de sinergias para un mayor impacto social.
II.2. Los proyectos deberán orientarse a alguna de las siguientes temáticas en función de los objetivos propios de la convocatoria:
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 1 (Promover proyectos que fomenten la agricultura familiar y los huertos comunitarios para la producción de alimentos, mediante prácticas sustentables, que satisfagan las necesidades alimentarias de las personas o familias en situación de marginación, con base en un esquema de auto-suficiencia alimentaria y el mejoramiento de la calidad de vida de las personas, buscando incorporar a los hombres en las tareas domésticas, para potenciar los efectos de las acciones a desarrollar).
1.1   Proyectos dirigidos a sistemas de acumulación de agua (cosecha y almacenamiento) para riego y producción en huertos comunitarios, que permitan a las familias en situación de vulnerabilidad contar con agricultura para el autoconsumo.
1.2   Impulso a proyectos que aprovechen las condiciones naturales del entorno y la infraestructura familiar, que promuevan la producción alimentaria a través de cultivos y criaderos de traspatio y huertos comunitarios, que involucren la participación igualitaria de hombres y mujeres, tanto en el medio rural como en el ámbito urbano, para la autosuficiencia familiar y la seguridad alimentaria comunitaria.
1.3   Uso de nuevas tecnologías para facilitar la producción intensiva de alimentos en las parcelas, que recuperen los huertos familiares y comunitarios, con la participación de mujeres y hombres.
1.4    Fomentar la pesca y la acuacultura con un enfoque sustentable y de autosuficiencia, a fin de contribuir a mejorar la situación alimentaria de la población vulnerable, en particular para las mujeres durante la gestación y de las niñas y niños durante la infancia.
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 2 (Generar procedimientos para reducir las pérdidas de alimentos y formular mecanismos que favorezcan su distribución y acceso en buenas condiciones a las personas o familias, especialmente aquéllas en situación de marginación).
2.1   Proyectos para habilitación de espacios de almacenamiento temporal de productos de origen animal y vegetal (cámaras frigoríficas y sistemas de refrigeración, silos, etc.), en periodos suficientes para lograr su conservación.
2.2   Preparación de conservas de alimentos para reducir las pérdidas de productos post -cosecha durante su almacenamiento, transportación y distribución, impulsando siempre la participación por igual de mujeres y hombres.
2.3   Crear o incentivar sistemas de intercambio regionales o estatales, de excedentes de productos perecederos (frutas y verduras) no aprovechados, que faciliten el acceso físico y económico de alimentos inocuos y nutritivos, tendientes a satisfacer las necesidades de alimentación, especialmente de la población en situación de marginación.
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 3 (Brindar alimento a través de acciones directas, desde un enfoque de derechos humanos, a personas o grupos de personas en situación de vulnerabilidad, e impulsar la orientación nutricional, de la salud y los buenos hábitos de alimentación de las familias, con el fin de eliminar la desnutrición infantil aguda).
3.1   Brindar alimentación y suplementos nutritivos para personas en situación de calle, personas adultas mayores en desamparo, población indígena, y personas con discapacidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad.
3.2   Apoyar e impulsar a organizaciones civiles y comunitarias que protejan y alimenten a personas o grupos de personas.
3.3   Impulso a los comedores sociales (comedores populares o comedores comunitarios) para ofrecer comida a personas en situación de vulnerabilidad, cuidando que se incluya a los hijos e hijas de las mujeres que trabajan y jefas de familia.
3.4   Incentivar procedimientos orientados a eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez con base en patrones internacionales de crecimiento infantil, atendiendo a los niños y las niñas de acuerdo a sus necesidades particulares.
 
3.5   Atención y prevención de la desnutrición materno-infantil, así como a personas en pobreza multidimensional extrema o carencia de acceso a la alimentación.
Los actores sociales participantes deberán hacerlo en el marco de la normatividad aplicable para cada caso, asegurándose de que la atención a la población beneficiaria se brinde de acuerdo a las disposiciones de las instancias normativas correspondientes y en su caso, las Normas Oficiales Mexicanas existentes. El Indesol, en el marco de la ley, podrá exigir en cualquier momento las certificaciones, reconocimientos, autorizaciones, permisos, licencias o aprobaciones para funcionar, emitidas por las instancias normativas y supervisoras encargadas.
En caso de brindar atención a personas en riesgo o en rehabilitación de adicciones y a sus familiares, esto deberá realizarse por parte de Actores Sociales reconocidos por la Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC), considerando las diferencias de género que presenta esta problemática.
II.3. Los proyectos serán revisados con base en los siguientes criterios de selección establecidos en el numeral 3.4 de las Reglas de Operación del PCS:
·   Sujetarse a los objetivos y a las temáticas de la convocatoria correspondiente; además de orientar el desarrollo del proyecto a la(s) temática(s) seleccionada(s).
·   Cumplir con los montos y sus criterios, según la convocatoria en la que participen.
·   Señalar si el proyecto da continuidad a uno anterior apoyado por el PCS, identificando y relacionando los antecedentes, los objetivos, los resultados obtenidos, los resultados esperados, y la duración de ambos proyectos, así como la importancia estratégica de darle continuidad.
·   Indicar el o los niveles de impacto social que prevé lograr con la ejecución del proyecto.
·   Describir el problema que pretende atender y la importancia de hacerlo, así como las causas que lo originaron.
·   Estar dirigido a población en situación de vulnerabilidad o exclusión o bien, generar conocimientos que contribuyan a la mejora de sus condiciones de vida; privilegiando los principios de respeto a la dignidad de las personas e inclusión.
·   Plantear criterios para seleccionar e identificar las necesidades de la población beneficiaria.
·   Mantener coherencia entre el nivel o niveles de impacto que prevé lograr el proyecto y las líneas de acción propuestas.
·   Mantener concordancia entre diagnóstico, objetivos, líneas de acción y acciones del proyecto.
·   Vincular las líneas de acción con los resultados esperados del proyecto, así como definir el material probatorio que confirme el logro de los mismos.
·   Vincular los conceptos presupuestales y el uso de los recursos, tanto del PCS como de la coinversión del Actor Social, con los objetivos, las metas y acciones planteados en el proyecto.
·   Describir de manera detallada la capacidad técnica y experiencia del Actor Social y de sus integrantes en la ejecución del proyecto presentado.
·   Describir mecanismos de seguimiento y evaluación que permitan medir cuantitativa y cualitativamente las distintas etapas y los resultados de la ejecución del proyecto.
·   Describir mecanismos de transparencia y rendición de cuentas que propicien la participación ciudadana y la contraloría social en la utilización de los recursos y la evaluación de resultados.
·   Estar articulados o coordinados en redes sociales o con otros Actores Sociales vinculados al desarrollo social y humano.
·   Generación de formas de interacción, cooperación y suma de capacidades para incrementar el bienestar colectivo y que a su vez genera confianza pública y reciprocidad.
·   Valoración de la trayectoria de los Actores Sociales y de sus integrantes.
La cobertura de la presente Convocatoria es nacional.
Los AREP cuyos productos o metas se refieran a la edición de libros, manuales o audiovisuales deberán
entregar 15 ejemplares al Indesol, así como una copia en medio electrónico, los cuales se pondrán a disposición del público en general para consulta y servirán como instrumentos para socializar el conocimiento generado por los proyectos.
III. Montos de apoyo y porcentajes de coinversión
El PCS destinará para la presente convocatoria la cantidad de $30 ´000,000.00 (Treinta millones de pesos 00/100 M.N.) que podrá modificarse de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.
Del monto arriba mencionado, el PCS destinará para la presente convocatoria la cantidad de $22 ´500,000.00 (Veintidós millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución de proyectos de aquellas Organizaciones de la Sociedad Civil que se hayan constituido legalmente antes del 1o. de enero de 2013 y para las Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación, monto que podrá modificarse de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria y los resultados de la etapa de Dictaminación.
El monto máximo de aportación del PCS por proyecto para este tipo de Actores Sociales será de:
·   $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) si el proyecto incide al 100% en alguno de los municipios que establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, que puede consultarse en la página electrónica http://www.microrregiones.gob.mx /MUNS_CNCH_1_y_2_Etapa_2014.pdf, así como los municipios de muy alta y alta marginación que conforman las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2016 (ZAP) que puede consultarse en la página electrónica http://www.dof.gob.mx/index.php?year=2015&month=11&day=27
·   $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para cualquier otra área geográfica.
Además, el PCS destinará la cantidad de $7 ´500,000.00 (Siete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), para la ejecución de proyectos de aquellas Organizaciones de la Sociedad Civil que se hayan constituido legalmente entre el 1 ° de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015, monto que podrá modificarse de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria y los resultados de la etapa de Dictaminación.
El monto máximo de aportación del PCS por proyecto para este tipo de Actores Sociales será de:
·   $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) si el proyecto incide al 100% en alguno de los municipios que establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, que puede consultarse en la página electrónica http://www.microrregiones.gob.mx/ MUNS_CNCH_1_y_2_Etapa_2014.pdf, así como los municipios de muy alta y alta marginación que conforman las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2016 (ZAP) que puede consultarse en la página electrónica http://www.dof.gob.mx/index.php?year=2015&month=11&day=27.
·   $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.) para cualquier otra área geográfica.
El porcentaje de coinversión de los Actores Sociales deberá ser cuando menos del 20% del costo total del Proyecto. La coinversión podrá ser en términos monetarios y no monetarios.
IV. Conceptos presupuestales permitidos para la convocatoria.
Los conceptos presupuestales permitidos para pagar con recursos del PCS, se encuentran especificados en el Anexo 8 de las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el ejercicio fiscal 2016. Para esta convocatoria, en ningún caso podrán otorgarse recursos para becas.
Los recursos humanos y/o materiales presupuestados en cada proyecto deberán ser considerados como medio para fomentar el bienestar, la cohesión y el capital social de los beneficiarios y en ningún caso podrán tener otro destino.
 
V. Criterios y requisitos de participación de los Actores Sociales
Podrán participar los Actores Sociales que cumplan con lo establecido en el numeral 3.3 de las Reglas de Operación del PCS, que se menciona a continuación:
Criterios
Requisitos
(Documentos solicitados)
a) En todos los casos se deberá cumplir con lo siguiente:
Criterios:
1. Contar con un proyecto que cumpla con los requisitos que marcan las Reglas de Operación, así como con las bases que establezca la convocatoria en la que participa.
Requisitos (Documentos solicitados):
1. Presentar el Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos por parte de Organizaciones de la Sociedad Civil e Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación del Programa de Coinversión Social, mediante el Sistema Electrónico que el Programa disponga para tal efecto, en la dirección electrónica www.indesol.gob.mx. El documento deberá ser enviado con la firma electrónica de la persona que ostente la representación legal, acreditando así su identidad, en términos de lo establecido en la Ley de Firma Electrónica Avanzada y su Reglamento.
La Instancia Ejecutora proporcionará el Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos correspondiente al tipo de Actor Social que representa.
Criterios:
2.- Cumplir con los requisitos fiscales de conformidad con la normatividad aplicable en la materia la cual deberá señalar específicamente que se trata de una "persona moral sin fines de lucro".
Requisitos (Documentos solicitados):
2.- Adjuntar al proyecto, la Constancia de Situación Fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria, con una antigedad máxima de un mes a la fecha en que se presenta el proyecto.
Criterios:
3.- Contar con los recursos necesarios para la coinversión, la cual será como mínimo del 20% del costo total del proyecto. La coinversión podrá ser en términos monetarios y no monetarios.
Requisitos (Documentos solicitados):
3.- Registrar en el Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos la aportación del Actor Social. Este requisito será revisado durante la etapa de recepción.
Criterios:
4.- En caso de haber sido apoyado en el ejercicio fiscal anterior, deberá haber entregado a la Instancia Ejecutora correspondiente, el Reporte Final de Actividades completo y en los plazos señalados, de cada proyecto apoyado.
Requisitos (Documentos solicitados):
4.- Previo a la captura del proyecto la Instancia Ejecutora verificará el cumplimiento de este criterio, de no cumplirlo el Sistema bloqueará la captura.
Criterios:
5.- En las convocatorias emitidas en exclusividad por el Indesol, los Actores Sociales tienen derecho a presentar un solo proyecto en el ejercicio fiscal correspondiente.
El Actor Social podrá presentar adicionalmente otro proyecto en alguna de las convocatorias que el Indesol emita en coinversión con otra instancia.
En ningún caso un mismo actor social podrá presentar dos proyectos en convocatorias de coinversión.
En cada convocatoria se establecerá si ésta es emitida exclusivamente por el Indesol o si se trata de una convocatoria emitida por el Indesol en coinversión con alguna otra instancia.
Requisitos (Documentos solicitados):
5.- El Sistema verificará de forma automática durante la etapa de llenado del Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos el cumplimiento del criterio.
 
Criterios:
6.- No tener irregularidades o incumplimientos reportados, observaciones de auditorías o cualquier otro tipo de impedimento jurídico administrativo con algún Programa de la SEDESOL, o con alguna instancia pública que lo haga del conocimiento del PCS.
Requisitos (Documentos solicitados):
6.- La Instancia Ejecutora verificará el cumplimiento de este criterio, durante la etapa de validación.
Criterios:
7.- Los Actores Sociales que reciban apoyos del PCS no podrán recibir recursos por parte de otros programas federales, para las mismas actividades señaladas en el proyecto durante el ejercicio fiscal correspondiente.
Requisitos (Documentos solicitados):
7.- En el Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos, el Actor Social deberá comprometerse a no recibir apoyos de otros programas federales para las mismas actividades señaladas en el proyecto, durante el presente ejercicio fiscal. En caso de recibir apoyos para actividades similares o complementarias, deberá informar a la Instancia Ejecutora a través del Reporte Final, el monto de los recursos recibidos y las sinergias alcanzadas para la realización del proyecto.
Criterios:
8. En caso de que el Actor Social presente más de un proyecto, las actividades propuestas en dichos proyectos deberán ser diferentes.
La Instancia Ejecutora verificará que no haya proyectos con las mismas actividades propuestas, independientemente del Actor Social, permitiendo que participe el primero que se haya recibido.
Requisitos (Documentos solicitados):
8. En el Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos, comprometerse a no solicitar ni recibir apoyos del PCS para proyectos iguales y/o las mismas actividades, a nivel central o delegaciones, incluso a través de otros actores sociales en el mismo ejercicio fiscal.
b) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), tratándose de organización de la sociedad civil, deberá cumplir con lo siguiente:
Criterios:
1. Estar inscrita en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Requisitos (Documentos solicitados):
1. Contar con la Clave Única de Inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI), y que ésta se haya obtenido antes del cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior.
Criterios:
2. Haber entregado el Informe Anual a la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, a través del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal que corresponda, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento de la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
Requisitos (Documentos solicitados):
2. El Sistema verificará de forma automática durante la etapa de llenado del Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos el cumplimiento de este criterio.
Criterios:
3. Haber realizado las modificaciones y/o actualizaciones de su información ante el Registro Federal de las OSC, en términos de lo establecido en el artículo 7, fracción VI de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil y 15 del Reglamento Interno del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Requisitos (Documentos Solicitados):
3. Para constatar el cumplimiento de este criterio, en la etapa de validación la Instancia Ejecutora verificará que la información proporcionada, corresponda con la contenida en el Sistema de Información del Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil los aspectos de: Objeto social, vigencia del/la Representante legal y domicilio fiscal.
c) Además de lo indicado en el inciso a), las instituciones de educación superior y centros de investigación deberán cumplir con lo siguiente:
Criterios:
1. Acreditar la personalidad jurídica del Actor Social que presenta el proyecto.
Requisitos (Documentos solicitados):
1. Adjuntar copia del documento constitutivo (ley, decreto o acuerdo de creación, publicados en el Diario Oficial de la Federación o periódicos oficiales de las entidades federativas), o bien documento protocolizado por fedatario público mediante el Sistema Electrónico que el Programa disponga para tal efecto.
Criterios:
2. Acreditar la representación legal.
Requisitos (Documentos solicitados):
2. Adjuntar copia del documento que acredita la representación legal (Acta protocolizada, oficio de nombramiento u otro), mediante el Sistema Electrónico que el Programa disponga para tal efecto.
Criterios:
3. Estar dado de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Requisitos (Documentos solicitados):
3. Adjuntar copia de la Cédula de Inscripción al RFC y del comprobante del domicilio fiscal vigente, mediante el Sistema Electrónico que el Programa disponga para tal efecto.
 
VI. Recepción de los proyectos
El periodo de recepción de los proyectos será a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el cierre de la misma, que será de veinte días naturales. Para la presente convocatoria el PCS recibirá electrónicamente como máximo 350 (trescientos cincuenta) proyectos, en función del techo presupuestal destinado para su operación. Dicha recepción se hará mediante el Sistema Electrónico que el Programa disponga para tal efecto.
VII. Resultados
Los proyectos que cuenten con la documentación completa en el Sistema, serán validados y, en su caso dictaminados de acuerdo al esquema señalado en los numerales 4.2.4 y 4.2.4.1 de las Reglas de Operación del PCS. El resultado de la dictaminación será definitivo y quedará asentado en el Acta de Dictaminación.
El resultado de los dictámenes, la relación de quienes participaron en el proceso de dictaminación, y las fichas curriculares, se darán a conocer en un plazo no mayor a sesenta días naturales después del cierre de cada convocatoria, a través de la página electrónica www.indesol.gob.mx
En ningún caso se publicarán los nombres de las y los dictaminadores vinculados a cada proyecto, durante el presente ejercicio fiscal, por considerarse Información clasificada con carácter de confidencial, al contenerse datos personales en términos de lo que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública.
Una vez publicados los resultados de la dictaminación de los proyectos elegibles, la Instancia Ejecutora dará a conocer, en un periodo máximo de treinta días hábiles, los proyectos que serán apoyados y aquéllos que no podrán recibir recursos.
VIII. Información
El Indesol será la Instancia Ejecutora de la presente Convocatoria.
Es obligación de los Actores Sociales, conocer y sujetarse a lo dispuesto en las Reglas de Operación del PCS que rigen la presente Convocatoria, las cuales proporcionan información sobre la normatividad, características y operación del PCS, mismas que están disponibles en la página electrónica: www.indesol.gob.mx
Para mayor información dirigirse al Indesol, a los teléfonos 01800 718-8621; 5554 0390, extensiones 68379, 68382, 68383, 68384 o por correo electrónico a juan.ruiz@indesol.gob.mx (recepción y captura de proyectos); 68136, 68350, 68351, 68415 y 68430 o por correo electrónico a convocatoriasindesol@indesol.gob.mx (dudas metodológicas sobre el propósito de la convocatoria); 68432, 68433, 68434 y 68380 o por correo a dictaminacion@indesol.gob.mx (dictaminación de proyectos).
La información presentada por los Actores Sociales estará sujeta a las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
"Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos a los del desarrollo social".
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de enero de dos mil dieciséis.- La Titular del Instituto Nacional de Desarrollo Social, María Angélica Luna y Parra y Trejo Lerdo.- Rúbrica.
 

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