DOF: 10/02/2016
ACUERDO por el que se retira del servicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza su donación a favor del Municipio de Valle Hermoso, un inmueble con superficie de 290

ACUERDO por el que se retira del servicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza su donación a favor del Municipio de Valle Hermoso, un inmueble con superficie de 290.65 metros cuadrados, ubicado en la calle Cosme Santos número 497 esquina con calle Eduardo Chávez, Zona Centro, Municipio de Valle Hermoso, Estado de Tamaulipas, para que lo utilice con oficinas del Catastro Municipal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

VIRGILIO ANDRADE MARTÍNEZ, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 6, fracción VI; 28, fracción I; 29, fracciones II y VI; 84, fracción X; 93 y 95 de la Ley General de Bienes Nacionales y 37, fracciones XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra un inmueble con superficie de 290.65 metros cuadrados, ubicado en la calle Cosme Santos número 497 esquina con calle Eduardo Chávez, Zona Centro, Municipio de Valle Hermoso, Estado de Tamaulipas;
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble a que se refiere el considerando precedente se acredita mediante contrato de compraventa de fecha 23 de julio de 1982, ratificado y convalidado mediante Acuerdo de fecha 6 de junio de 2012, documentos inscritos en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo los folios reales números 127846, 127846/1 y 127846/2, todos de fecha 19 de julio de 2012, con las medidas y colindancias que se consignan en el plano número TOP-01-VALLE-TAMPS, elaborado en septiembre de 2013 por el Servicio de Administración Tributaria, registrado y certificado por la entonces Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, unidad administrativa del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, órgano desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública.
TERCERO.- Que existe una diferencia entre la superficie señalada en el plano topográfico número TOP-01-VALLE-TAMPS y la consignada en el contrato a que se refiere el Considerando Segundo, que es de 4 centímetros cuadrados, equivalente al 0.02%, misma que de acuerdo al criterio técnico establecido por la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales contenido en el documento denominado "Especificaciones Técnicas y Requisitos para la Elaboración de Planos Topográficos y Catastrales que se realicen respecto a los inmuebles que forman parte del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal", de fecha 7 de octubre de 2013, es una diferencia técnicamente admisible, atendiendo a que no siempre se han utilizado los mismos métodos y equipos de medición para obtener la superficie de los inmuebles federales;
CUARTO.- Que el inmueble materia del presente Acuerdo fue adquirido por la Federación con el propósito de ser utilizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, razón por la que dicho bien venía estando al servicio del Servicio de Administración Tributaria, el cual mediante oficio número 300-03-03-00-00-2009-001876 de fecha 4 de noviembre de 2009, lo puso a disposición de la Secretaría de la Función Pública, toda vez que ya no le resultaba de utilidad para el cumplimiento de las atribuciones que tiene encomendadas;
QUINTO.- Que la documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como del presente Acuerdo de desincorporación, obra en el expediente número 65/131961 integrado por el Centro de Documentación del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en custodia y bajo la responsabilidad de la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria de dicho Instituto;
SEXTO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de conformidad con lo previsto por el artículo 11, fracción V, del Reglamento de ese Instituto, conoció y revisó, desde el punto de vista técnico jurídico, la donación a favor del Municipio de Valle Hermoso, Estado de Tamaulipas del inmueble materia del presente Acuerdo, formuló y tramitó ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de esta Secretaría, este instrumento, remitiendo para ello, entre
otros documentos, copia del contrato y Acuerdo a que se refiere el Considerando Segundo de este Acuerdo, folios reales números 127846, 127846/1 y 127846/2 correspondientes al Registro Público de la Propiedad Federal; plano topográfico del citado inmueble elaborado por el Servicio de Administración Tributaria y solicitud de donación, suscrita por el Presidente Municipal de Valle Hermoso;
SÉPTIMO.- Que mediante oficios números 40/022 y 042 de fechas 8 de junio de 2011 y 19 de junio de 2014, el Presidente Municipal de Valle Hermoso, Estado de Tamaulipas, solicitó al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la donación a favor de ese Municipio del inmueble objeto del presente Acuerdo, para utilizarlo con oficinas del Catastro Municipal;
OCTAVO.- Que esta Secretaría de la Función Pública, en su carácter de autoridad encargada de conducir la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal y con base en el expediente número 65/131961 ya referido y en el dictamen emitido por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, en el cual se señala que se acreditan los supuestos establecidos en el artículo 84, párrafo primero, y fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales y tomando en cuenta que el inmueble materia de ese dictamen, no es de uso común y que al venir siendo ocupado con oficinas del Catastro Municipal del Municipio de Valle Hermoso, Estado de Tamaulipas, no es susceptible de destinarse a servicios públicos a cargo de la Federación, ha determinado la conveniencia de llevar a cabo la expedición del presente ordenamiento;
NOVENO.- Que con base en las consideraciones referidas y siendo propósito del Ejecutivo Federal, dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se retira del servicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el inmueble descrito en el Considerando Primero del presente Acuerdo; se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza su donación a favor del Municipio de Valle Hermoso, Estado de Tamaulipas, para utilizarlo con oficinas del Catastro Municipal.
La Secretaría de la Función Pública ejercerá, a nombre y representación de la Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo la donación que se autoriza.
SEGUNDO.- Si el Municipio de Valle Hermoso, Estado de Tamaulipas, no utilizare el inmueble cuya donación se autoriza, o le diere un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo sin la previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, éste con todas sus mejoras y accesorios revertirá al patrimonio de la Federación. Esta prevención deberá insertarse en el título de propiedad que al efecto se expida.
TERCERO.- Los gastos, honorarios, impuestos y derechos que se originen con motivo de la operación que se autoriza, serán cubiertos por el donatario.
CUARTO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este ordenamiento.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Si dentro del año siguiente a la entrada en vigor de este Acuerdo no se hubiere celebrado el contrato correspondiente a la donación que se autoriza, por causas imputables al Municipio de Valle Hermoso, Estado de Tamaulipas, determinadas por la Secretaría de la Función Pública, este Acuerdo quedará sin efectos, debiendo esta Dependencia, con posterioridad a dicho plazo, publicar un aviso en el Diario Oficial de la Federación en el que dé a conocer esa circunstancia, así como notificarlo al propio Municipio.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil dieciséis.- El Secretario de la
Función Pública, Virgilio Andrade Martínez.- Rúbrica.
 

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