|
|
DOF: 29/09/2016 |
ACUERDO por el que se retira del servicio de la Secretaría de Economía, se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza la enajenación a título oneroso mediante licitación pública de un inmueble ubicado en el Municipio de Ga ACUERDO por el que se retira del servicio de la Secretaría de Economía, se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza la enajenación a título oneroso mediante licitación pública de un inmueble ubicado en el Municipio de Garza García, Estado de Nuevo León. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. JAVIER VARGAS ZEMPOALTECATL, Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas, en ausencia del Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37 fracción XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 29 fracciones II y VI, 84 fracción I y 95 de la Ley General de Bienes Nacionales, 7 fracción XII y 86 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, en relación con el Tercero Transitorio del Decreto por el que se reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en Materia de Control Interno del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016, y CONSIDERANDO PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra un inmueble con superficie de 605 metros cuadrados que corresponde al local número 10 del Centro Comercial Plaza Río, conformado por 407 metros cuadrados en la planta baja y 198 metros cuadrados en el Mezzanine, ubicado en la avenida San Pedro número 801, colonia Fuentes del Valle, Municipio de Garza García, Estado de Nuevo León; SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble a que se refiere el considerando anterior se acredita mediante escritura pública número 1 de fecha 5 de diciembre de 2002, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el folio real número 89579 el 23 de noviembre de 2005. El inmueble tiene las medidas, colindancias y datos de localización que se consignan en el plano número ARQ-01, elaborado por la Secretaría de Economía en enero de 2015, registrado y certificado por la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, unidad administrativa del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, órgano desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública; TERCERO.- Que no existe diferencia entre la superficie señalada en el plano topográfico número ARQ-01 para el bien objeto del presente Acuerdo y la señalada en la escritura pública a que se refiere el Considerando Segundo del presente Acuerdo; CUARTO.- Que la documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble que nos ocupa, así como del presente Acuerdo de desincorporación, obra en el expediente número 65/131325 integrado por el Centro de Documentación del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en custodia y bajo la responsabilidad de la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria de dicho Instituto; QUINTO.- Que el inmueble materia del presente Acuerdo fue adquirido para destinarse a la Delegación Nuevo León de la Secretaría de Economía, motivo por el cual se encontraba al servicio de esa dependencia, la cual mediante oficio número 711.2012.209 de fecha 3 de septiembre de 2012, lo puso a disposición del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ya que no le era de utilidad en esa fecha ni en un futuro previsible; SEXTO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de conformidad con lo previsto por el artículo 11 fracción V del Reglamento de ese Instituto, conoció y revisó, desde el punto de vista técnico jurídico, la desincorporación, y enajenación a título oneroso del inmueble materia del presente Acuerdo; formuló y tramitó ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de esta Secretaría, este instrumento, remitiendo para ello, entre otros documentos, copia de la escritura pública a que se refiere el Considerando Segundo de este Acuerdo, en la cual se acredita la propiedad a favor de la Federación del inmueble con superficie de 605 metros cuadrados, folio real número 89579 correspondiente al Registro Público de la Propiedad Federal; y plano topográfico del citado inmueble elaborado por la Secretaría de Economía; SÉPTIMO.- Que en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 118 del "Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2010, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el 15 de enero de 2016 publicitó en su página de internet como disponible para la prestación del servicio público, entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las características del inmueble descrito en el Considerando Primero de este ordenamiento, a efecto de determinar si éste podría ser aprovechado en la prestación de servicios públicos, sin haberse recibido solicitud de destino dentro del plazo de 60 días naturales que se concedió para ello, por lo que el mencionado Instituto mediante acta del 16 de marzo de 2016, hizo constar lo anterior y al no ser solicitado para el servicio público dicho bien, estimó que resulta procedente su enajenación a título oneroso mediante licitación pública; OCTAVO.- Que esta Secretaría a mi cargo, en su carácter de autoridad encargada de conducir la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal, ha determinado la conveniencia de llevar a cabo la operación materia del presente ordenamiento en términos de la ley que rige la materia; NOVENO.- Que con base en las consideraciones referidas y siendo propósito del Ejecutivo Federal, dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, he tenido a bien expedir el siguiente ACUERDO PRIMERO.- Se retira del servicio de la Secretaría de Economía, se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación y se autoriza la enajenación a título oneroso mediante licitación pública del inmueble descrito en el Considerando Primero del presente Acuerdo. La Secretaría de la Función Pública ejercerá, a nombre y representación de la Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo la operación que se autoriza. SEGUNDO.- El valor del bien cuya enajenación se autoriza, no podrá ser inferior al que al efecto determine el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales en el dictamen respectivo. Si realizada la licitación pública dicho inmueble no se hubiere enajenado, se estará a lo dispuesto por el artículo 85 de la Ley General de Bienes Nacionales. TERCERO.- Los gastos, honorarios, impuestos y derechos que se originen con motivo de la operación que se autoriza, serán cubiertos por el adquirente. CUARTO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento de este ordenamiento. TRANSITORIOS ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sufragio Efectivo. No Reelección. Ciudad de México, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil dieciséis.- El Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas, Javier Vargas Zempoaltecatl.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|