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DOF: 29/09/2016
CONVENIO Modificatorio a las Bases de Coordinación que, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2016, celebran la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Marina

CONVENIO Modificatorio a las Bases de Coordinación que, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2016, celebran la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Marina.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.- Secretaría de Marina.

CONVENIO MODIFICATORIO A LAS BASES DE COORDINACIÓN DE FECHA 25 DE FEBRERO DE 2016: QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. SALVADOR JARA GUERRERO, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL ACT. JOSÉ ERNESTO MEDINA AGUILAR, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE MARINA, EN LO SUCESIVO "LA SEMAR", REPRESENTADA POR EL ALMIRANTE JOSÉ LUIS VERGARA IBARRA, EN SU CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR; DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
ANTECEDENTE
Con fecha 25 de febrero de 2016, "LA SEP" y "LA SEMAR", suscribieron las Bases de Coordinación, en lo sucesivo "LAS BASES", conforme a las cuales "LA SEP" proporcionaría apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2016, para el otorgamiento de hasta 110 (ciento diez) Becas de Capacitación en idioma inglés en los Estados Unidos de América, a los discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval, que resulten beneficiarios (as) en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2016", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con las especificaciones establecidas en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por "LA SEP" y "LA SEMAR", forma parte integrante del presente instrumento.
"LA SEP" se obligó a aportar a "LA SEMAR" con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2016, hasta la cantidad de $23'200,000.00 (Veintitrés Millones Doscientos Mil Pesos 00/100 M.N.), para que la destinara exclusivamente a cubrir el pago de becas de los(as) beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico, de acuerdo con los montos y periodos establecidos en el Anexo de Ejecución de "LAS BASES".
En "LAS BASES", se estableció que su vigencia iniciaría a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre 2016, y que podría modificarse de común acuerdo entre "LA SEP" y "LA SEMAR".
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que el Dr. Salvador Jara Guerrero, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005 y, el "Acuerdo número 399 por el que se delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el día 26 de abril de 2007.
I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente instrumento, en el marco del Programa Nacional de Becas S243, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2016, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.
I.4.- Que para efectos del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en la Calle de Argentina No. 28, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
II.- De "LA SEMAR":
II.1.- Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción I, 26 y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y entre otras atribuciones tiene a su cargo el dirigir la educación pública naval.
II.2.- Que el Almirante José Luís Vergara Ibarra, Oficial Mayor, cuenta con las facultades para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina.
II.3.- Que señala como su domicilio legal el ubicado en Eje 2 Oriente, Tramo Heroica Escuela Naval Militar
No. 861, Colonia Los Cipreses, Delegación Coyoacán, C.P. 04830, en la Ciudad de México.
Una vez leído el antecedente y declaraciones del presente convenio, las partes manifiestan su voluntad de suscribir el mismo, en la forma y términos que se estipulan en las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Es objeto del presente instrumento, modificar las bases PRIMERA, SEGUNDA, inciso A) y el Anexo de Ejecución de "LAS BASES".
Segunda. Las partes acuerdan modificar las bases PRIMERA, SEGUNDA, inciso A) de "LAS BASES", para quedar como siguen:
"PRIMERA.- Es objeto del presente instrumento, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2016, para el otorgamiento de hasta 120 (ciento veinte) Becas de Capacitación en idioma inglés en los Estados Unidos de América, a discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval, que resulten beneficiarios(as) en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2016", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con las especificaciones establecidas en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por "LA SEP" y "LA SEMAR", forma parte integrante del presente instrumento."
"SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de las presentes bases, se obliga a:
A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2016, hasta la cantidad de $26'200,000.00 (Veintiséis Millones Doscientos Mil Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico, de acuerdo con los montos y periodos establecidos en el Anexo de Ejecución de este instrumento."
Tercera. Las partes acuerdan modificar el Anexo de Ejecución de "LAS BASES", para quedar como el que se adjunta al presente instrumento, mismo que una vez firmado por ambas formará parte integrante de "LAS BASES".
Cuarta.- Las partes acuerdan que, con excepción de las modificaciones a las bases PRIMERA, SEGUNDA, inciso A) y el Anexo de Ejecución de "LAS BASES", a que se refieren las cláusulas Primera, Segunda y Tercera que anteceden, rigen todos y cada uno de los términos establecidos en "LAS BASES", mismos que se tienen por ratificados mediante el presente instrumento.
Quinta.- El presente convenio modificatorio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma.
Enteradas las partes del contenido y alcance del presente convenio modificatorio, lo firman en cuatro tantos, en la Ciudad de México, el día 22 de agosto de 2016.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Salvador Jara Guerrero.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, José Ernesto Medina Aguilar.- Rúbrica.- Por la SEMAR: el Oficial Mayor, Almirante José Luis Vergara Ibarra.- Rúbrica.
ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LAS BASES DE COORDINACIÓN, CELEBRADAS ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA SECRETARÍA DE MARINA CON FECHA 25 DE FEBRERO DE 2016.
"LA SEP" proporcionará apoyo financiero por la cantidad de hasta $26'200,000.00 (Veintiséis Millones Doscientos Mil Pesos 00/100 M.N.), para que se destine exclusivamente al desarrollo del "Programa" que a continuación se señala:
Título del Programa: "Programa de Capacitación SEP-SEMAR 2016".
Unidad Ejecutora: Secretaría de Marina.
Responsable del Programa: Vicerrector Académico de la Universidad Naval.
Periodo de vigencia de las presentes bases: De la fecha de su firma al 31 de diciembre de 2016.
 
Periodo de ejecución de las presentes bases: De la fecha de su firma al 31 de diciembre de 2016.
Objetivo:
Que discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval, obtengan una beca para realizar estudios de capacitación del idioma inglés en los Estados Unidos de América, con el objeto de fortalecer su formación profesional, dotándolos de herramientas que les permitan desempeñarse con eficiencia y eficacia en los diversos cargos de la Secretaría de Marina-Armada de México, que ocupen o que les sean asignados al concluir sus estudios.
Metas:
1.     Que el personal discente y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval, perfeccione el dominio del idioma inglés, para que les permita alcanzar la excelencia académica.
2.     Incrementar el intercambio cultural de los discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval, al realizar estudios en el extranjero.
3.     Lograr una eficiencia terminal del 100% de los becarios que se hagan acreedores de una beca para realizar estudios en los Estados Unidos de América, acreditando dicha eficiencia con las constancias de haber concluido los estudios satisfactoriamente.
4.     Dar proyección global a la Universidad Naval, como una institución de educación superior de primer nivel.
Estructura del "Programa": El "Programa" considera la implementación de 2 (dos) vertientes de beca, con las siguientes características:
1.     "Programa de Capacitación para discentes de la Heroica Escuela Naval Militar"
       Becas orientadas al dominio del idioma inglés para discentes de la Heroica Escuela Naval, con el objeto de fortalecer su formación profesional, dotándolos de herramientas que les permitan desempeñarse con eficiencia y eficacia en la Secretaría de Marina-Armada de México, una vez que concluyan sus estudios.
2.     "Programa de Capacitación para discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval."
       Becas orientadas a adquirir, perfeccionar y/o actualizar habilidades, destrezas y conocimientos en idioma inglés de los discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval, a desarrollarse en 3 etapas.
"LA SEMAR" establecerá los mecanismos y procedimientos necesarios a su interior, para difundir y promover de manera oportuna el "Programa" en sus 2 (dos) vertientes, para propiciar el cumplimiento de los requisitos y tiempos que las correspondientes convocatorias estipulen.
En las convocatorias correspondientes que deberán publicarse en la página oficial de "LA CNBES", además de los requisitos que deberán de cumplir los beneficiarios(as) de las becas, se especificarán los compromisos que adquiere cada becario(a) una vez concluido el "Programa", incluyendo la presentación de un informe de los logros y beneficios obtenidos, de acuerdo con un plan de actividades específicas que incorpore la capacitación impartida por el becario(a) al interior de su institución educativa de procedencia. Los becarios(as) deberán acreditar la realización de la capacitación, mediante certificado o constancia emitida por la institución receptora, misma que deberá ser entregada a su institución de procedencia.
En los casos en que así corresponda, de acuerdo con la actividad a realizar en virtud de la capacitación, los beneficiarios(as) demostrarán haber acreditado el curso o asignaturas correspondientes, mediante la constancia que al efecto emita la institución receptora.
"LA SEMAR" validará la información y documentación de los aspirantes que sean seleccionados para el otorgamiento de una beca, en la modalidad y plazos previstos en cada convocatoria correspondiente al "Programa" objeto de las bases de coordinación; asimismo, deberá verificar que se cumpla con el objeto del "Programa" y con los requisitos para ser beneficiarios(as) conforme a "Las Reglas", que no cuenten con otro apoyo de recursos federales para el mismo objetivo; así como informar oportunamente a "LA SEP", respecto de las actividades que realicen los(as) becarios(as), bajas y cancelaciones de beca.
"LA SEMAR" deberá enviar a la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior de "LA SEP", para su publicación, el (los) padrón (es) de beneficiarios(as) seleccionados(as), previo al inicio de la capacitación.
"LA SEMAR" se obliga a comprobar a "LA SEP", mediante la constancia oficial correspondiente, que los
aspirantes tienen el carácter de discente y/o docente de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval.
La beca consiste en un apoyo financiero que deberá otorgarse a cada beneficiario(a) mediante transferencia bancaria, vía Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), a la cuenta con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) que elija el(la) beneficiario(a), misma que deberá ser previamente registrada en el Sistema Único de Beneficiarios de Educación Superior (SUBES), conforme a los conceptos, montos, calendario y términos que se precisen en cada convocatoria, previa integración y publicación del padrón de beneficiarios definitivo en cada caso.
Características de la beca, por vertiente:
1.         "Programa de Capacitación para discentes de la Heroica Escuela Naval Militar"
OBJETIVO
GENERAL
Recibir capacitación en el idioma inglés.
OBJETIVO
ESPECÍFICO
Otorgar hasta 50 becas a discentes de la Heroica Escuela Naval Militar, orientadas al dominio del idioma inglés, con el objeto de fortalecer su formación profesional, dotándolos de herramientas que les permitan desempeñarse con eficiencia y eficacia en los diversos cargos de la Secretaría de Marina-Armada de México, donde serán asignados al concluir sus estudios.
POBLACIÓN
OBJETIVO
Hasta 50 discentes de la Heroica Escuela Naval Militar.
INSTITUCIÓN
RECEPTORA
Universidad Old Dominion.
MODALIDAD
Capacitación.
DURACIÓN DE LA
CAPACITACIÓN
4 semanas comprendidas dentro de los meses de mayo a junio de 2016.
MONTO DE LA
BECA
 
No. DE BECAS
MONTO POR CADA BECA
MONTO TOTAL POR LAS 50
BECAS
Hasta 50
Hasta $104,000.00 (Ciento
Cuatro Mil Pesos 00/100
M.N.)
Hasta $5'200,000.00 (Cinco Millones
Doscientos Mil Pesos 00/100 M.N.)
 
El pago del monto de la beca se realizará en una sola exhibición, previo al inicio del "Programa".
Los conceptos y montos por concepto de la beca, serán definidos en la(s) convocatoria(s) correspondiente(s).
CONTENIDO Y
DESCRIPCIÓN DEL
PROGRAMA
El programa comprende la enseñanza de las siguientes materias y actividades:
·    Estudio intensivo del idioma inglés, de acuerdo al plan de estudio diseñado especialmente para el grupo de becarios, incluyendo las siguientes materias:
·     Habilidades de comunicación oral
·     Habilidades de comunicación escrita
·     Habilidades de lectura
·     Vocabulario: General
2. "Programa de Capacitación para discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al
Sistema Educativo Naval"
OBJETIVO
GENERAL
Recibir capacitación en el idioma inglés.
OBJETIVO
ESPECÍFICO
Otorgar hasta 70 becas orientadas a adquirir, perfeccionar y/o actualizar habilidades, destrezas y conocimientos de los discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval, a desarrollarse en 3 etapas.
 
POBLACIÓN
OBJETIVO
Hasta 70 discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Naval, conforme a las siguientes cantidades:
1a. Etapa: Hasta 20 beneficiarios.
2a. Etapa: Hasta 20 beneficiarios.
3a. Etapa: Hasta 20 beneficiarios.
4a. Etapa: Hasta 10 beneficiarios.
INSTITUCIÓN
RECEPTORA
·     Universidad Old Dominion
·     Universidad de Colorado, campus Boulder.
Que se definirán, conforme a la disponibilidad de recepción de los becarios.
MODALIDAD
Capacitación
DURACIÓN DE LA
CAPACITACIÓN
3 meses para cada etapa, durante el periodo comprendido de abril a diciembre de 2016.
Las fechas para cada etapa se precisarán en la(s) convocatoria(s) correspondiente(s).
MONTO DE LA
BECA
 
No. DE BECAS
MONTO POR CADA BECA
MONTO TOTAL POR LAS 60 BECAS
Hasta 70
Hasta $300,000.00
(Trescientos Mil Pesos 00/
100 M.N.)
Hasta $21'000,000.00
(Veintiún Millones de Pesos 00/100
M.N.)
 
El pago del monto de la beca se realizará en una sola exhibición, previo al inicio de la etapa correspondiente del "Programa".
Los conceptos y montos por concepto de la beca, serán definidos en la(s) convocatoria(s) correspondiente(s).
MONTO TOTAL DEL PROGRAMA
Hasta $26'200,000.00 (Veintiséis Millones Doscientos Mil Pesos 00/100 M.N.)
CONTENIDO Y DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA
El "Programa" comprende la enseñanza de las siguientes materias y actividades:
·    Estudio intensivo del idioma inglés, de acuerdo al plan de estudio diseñado especialmente para el grupo de becarios(as), incluyendo las siguientes materias:
·     Habilidades de comunicación oral
·     Habilidades de comunicación escrita
·     Habilidades de lectura
·     Vocabulario: General Especializado
 
En caso fortuito de que el SUBES no funcionara por un periodo mayor a 48 horas, la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior de "LA SEP", informará por escrito el proceso a seguir para continuar con la operación de la beca.
Informe técnico.
La Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior de "LA SEP", establece los requisitos técnicos
necesarios para la implementación de los proyectos que se acuerden por medio de convenios, con el objetivo de apoyar la Educación Superior. Lo anterior en busca de establecer elementos de seguimiento, monitoreo y rendición de cuentas que sean el sustento de buenas prácticas en la entrega de recursos públicos.
Por lo antes mencionado, los Informes Técnicos deben contener lineamientos, metodologías, procedimientos, manuales, formatos y/o convocatorias definidas, mensurables y objetivos con los siguientes datos:
·      Nombre de las bases. Éste debe corresponder al estipulado en el documento legal de las bases de coordinación.
·      Año de elaboración de las bases. Fecha en que se firman las bases.
·      Nombre del "Programa". Nombre que aparece en las bases por el cual se suscribe el "Programa".
·      Objetivo del "Programa". Se refiere al fin, al objetivo superior a cuyo logro el "Programa" contribuirá de manera significativa. Es necesario que se incluyan los resultados esperados una vez finalizada la ejecución del "Programa".
·      Vigencia del "Programa". La duración esperada en que se ejecutará y completará el "Programa" mencionado en las bases.
·      Responsables de la operación del "Programa" junto con sus datos de contacto. Aquella persona que queda estipulada en las bases y a quién se le solicitará información, si es que la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior la requiere.
·      Los procesos operativos que describan completamente los mecanismos de selección o asignación de los recursos, con reglas claras y consistentes con los objetivos del "Programa", deberán integrar la siguiente información:
o    Cobertura del "Programa". Alcance territorial del "Programa", utilizando la división política del territorio nacional, se deberá especificar a nivel localidad, municipal, estatal o nacional el alcance de aplicación del "Programa".
o    Características de los(as) beneficiarios(as). Se refiere a las características socioeconómicas, profesionales, entre otras que deberán cumplir los(as) postulantes a ser beneficiarios(as) del "Programa".
o    Requisitos de los beneficiarios(as). Aquellos documentos que deberán presentar los(as) postulantes a los apoyos para comprobar que son parte del grupo de personas que el "Programa" busca beneficiar.
o    Criterios de selección de los(as) beneficiarios(as). Las valoraciones que realizarán los encargados del "Programa" para elegir a los(as) beneficiarios(as) del mismo. Estás valoraciones o criterios deberán enlistarse y ordenarse de mayor a menor importancia.
o    Tipos de apoyo. Especificar la naturaleza de los apoyos que se darán para alcanzar el objetivo estipulado en las bases. Los apoyos pueden ser becas, materiales, cursos, entre otros.
o    Los mecanismos de entrega de los apoyos. Estipulará en forma de procedimiento la operación del "Programa" y la entrega de los apoyos estipulados en las bases. En este apartado se deberá agregar un diagrama de flujo que ilustre la operación del "Programa", con el fin de transparentar y obtener información organizada del uso de los recursos.
·      Informe de resultados del "Programa", que fortalezca la rendición de cuentas y la evaluación de los recursos entregados, por medio de las bases.
·      Un padrón de beneficiarios(as), que contenga las siguientes variables de acuerdo al Decreto de Creación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 12 enero de 2006:
o    CURP
o    Primer apellido del (de la) beneficiario(a)
o    Segundo apellido del (de la) beneficiario(a)
o    Nombre completo del (de la) beneficiario(a)
 
o    Fecha de nacimiento
o    Entidad federativa de nacimiento
o    Sexo o género
o    Identificación del domicilio geográfico del (de la) beneficiario(a) con los siguientes datos:
o    Clave del estado civil o conyugal
o    Tipo de vialidad (Catálogo INEGI)
o    Nombre de la vialidad
o    Nombre compuesto de la carretera
o    Nombre Compuesto del Camino
o    Número exterior 1
o    Número exterior 2
o    Parte Alfanumérica del Número Exterior
o    Tipo del asentamiento humano-Catálogo INEGI
o    Nombre del Asentamiento Humano
o    Código Postal
o    Nombre de la Localidad
o    Clave de la Localidad
o    Nombre del Municipio o Delegación-Catálogo INEGI
o    Clave del Municipio o Delegación-Catálogo INEGI
o    Nombre de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o    Clave de la Entidad Federativa -Catálogo INEGI
o    Tipo de vialidad de la Entidad Federativa -Catálogo INEGI
o    Nombre de la primera de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés
o    Tipo de vialidad
o    Nombre de la segunda de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés
o    Tipo de vialidad.
·     Adicionalmente, el padrón de beneficiarios(as) deberá contener las siguientes variables:
o    Si el/la beneficiario(a) pertenece a una comunidad indígena.
o    Si el/la beneficiario(a) presenta alguna discapacidad motriz, de lenguaje, de aprendizaje u otra.
o    Si el/la beneficiario(a) está inscrito en el padrón de PROSPERA.
o    Número de integrantes de la familia nuclear del (la) beneficiario(a).
o    Nivel de ingreso.
·      Indicadores para resultados, de gestión, impacto con perspectiva de género, o aquellos que se hayan definido con la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior.
·      Flujograma de los procesos relacionados con la convocatoria, selección de beneficiarios(as), dispersión de pagos, comprobación de pagos y los que se hayan acordado con la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior.
·      Listado (Nombre y Cargo) de los(as) responsables de operar al "Programa".
·      Actas de comité, minutas de sesión o cualquier documento del órgano encargado de la operación del "Programa", del que deriven los acuerdos relacionados con los beneficiarios(as).
 
Enteradas la SEP y la SEMAR del contenido y alcance de este Anexo de Ejecución lo firman en cuatro tantos en la Ciudad de México, el día 22 de agosto de 2016.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Salvador Jara Guerrero.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, José Ernesto Medina Aguilar.- Rúbrica.- Por la SEMAR: el Oficial Mayor, Almirante José Luis Vergara Ibarra.- Rúbrica.
 

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