DOF: 19/01/2018
CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos para la ejecución de acciones de PROSPERA Programa de Inclusión Social, Componente Salud, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Sonora

CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos para la ejecución de acciones de PROSPERA Programa de Inclusión Social, Componente Salud, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Sonora.

CONVENIO MODIFICATORIO
PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIAL
COMPONENTE SALUD
SONORA
2017
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIAL, COMPONENTE SALUD, EN LO SUCESIVO "PROSPERA" DE FECHA 18 DE ABRIL DE 2017 QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD, REPRESENTADA POR EL DR. GABRIEL JAIME O ´SHEA CUEVAS, COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD, PARA EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO, EN ADELANTE SE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", ASISTIDO POR EL MTRO. ANTONIO CHEMOR RUIZ, DIRECTOR GENERAL DE FINANCIAMIENTO Y POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL DEL PROGRAMA OPORTUNIDADES, Y POR OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, REPRESENTADO POR EL C.P. RAÚL NAVARRO GALLEGOS, SECRETARIO DE HACIENDA DEL ESTADO, Y POR EL DR. GILBERTO UNGSON BELTRÁN, SECRETARIO DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO Y PRESIDENTE EJECUTIVO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SONORA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ESTADO", A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Con fecha 18 de abril de 2017 "LAS PARTES" celebraron un Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos para la ejecución de acciones de PROSPERA Programa de Inclusión Social, Componente Salud, cuyo objeto consiste en que "LA SECRETARÍA" transfiera a "EL ESTADO" recursos presupuestarios federales, correspondientes al ejercicio fiscal 2017, para la ejecución de "PROSPERA", mismos que deberán ser aplicados exclusivamente para dar cumplimiento a las tres estrategias específicas que se mencionan a continuación, establecidas en los numerales 3.6.2, 3.6.2.1, 3.6.2.2 y 3.6.2.3, de las Reglas de Operación, instrumento jurídico que en lo sucesivo se denominará "Convenio de Colaboración".
II.     En la CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: VIGENCIA del "Convenio de Colaboración" se estipuló que éste surtiría efectos a partir de la fecha de su suscripción y tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.
III.    El "Convenio de Colaboración" señala en su CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: MODIFICACIONES AL CONVENIO, que dicho instrumento jurídico puede ser modificado por acuerdo de "LAS PARTES", mediante la formalización del Convenio Modificatorio respectivo.
IV.   Derivado del comportamiento y seguimiento del gasto, "LAS PARTES" consideran necesario modificar el "Convenio de Colaboración", en la CLÁUSULA SEXTA. MECANISMOS DE SEGUIMIENTO DEL GASTO.
DECLARACIONES:
I.     "LA SECRETARÍA" declara que:
1.   Ratifica íntegramente el apartado de Declaraciones inserto en el "Convenio de Colaboración".
II.     "EL ESTADO" declara que:
1.   Ratifica íntegramente el apartado de Declaraciones inserto en el "Convenio de Colaboración".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" acuerdan la celebración del presente Convenio Modificatorio de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA. OBJETO.- "LAS PARTES" acuerdan modificar el "Convenio de Colaboración", en la cláusula SEXTA. MECANISMOS DE SEGUIMIENTO DEL GASTO, para quedar en los siguientes términos:
"SEXTA. MECANISMOS DE SEGUIMIENTO DEL GASTO.- "LAS PARTES" convienen que para dar
seguimiento al ejercicio del gasto dirigido al cumplimiento del objeto del presente Convenio, "EL ESTADO" deberá proporcionar trimestralmente, dentro de los primeros quince días hábiles del mes siguiente, a la Dirección General del Programa Oportunidades de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la información del ejercicio de los recursos federales transferidos mediante el Formato de Avance Financiero que "LA SECRETARÍA" proporcione para tal efecto. Lo anterior en términos del Título Tercero Bis, Capítulo VII "De la transparencia, supervisión, control y fiscalización del manejo de los recursos del Sistema de Protección Social en Salud", de la Ley General de Salud, que establece que la administración y ejercicio de los recursos transferidos corresponde a "EL ESTADO".
"EL ESTADO" deberá enviar a la Dirección General del Programa Oportunidades de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, el informe anual del ejercicio del gasto de los recursos federales transferidos a través de la funcionalidad establecida por "LA SECRETARÍA", durante el primer trimestre del año 2018, acompañando en medio magnético la documentación comprobatoria del gasto.
"EL ESTADO" tendrá hasta el 30 de abril de 2018 como plazo para presentar el informe anual de la erogación total de los recursos, aquellos recursos que no hayan sido ejercidos a esa fecha, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación.
Para los efectos de la presente cláusula "EL ESTADO" se compromete a cumplir con la entrega oportuna del informe anual antes referido, considerando que dicha información es componente indispensable para efectos de Transparencia, Supervisión, Control y Fiscalización en la aplicación de los recursos federales transferidos y para el cumplimiento de los fines, así como que, es información importante para la rendición de cuentas y para los efectos de los objetivos de fiscalización.
Si "EL ESTADO" no presenta el informe anual de la erogación total dentro de los plazos establecidos, la Dirección General del Programa Oportunidades de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud notificará a las autoridades competentes de control, supervisión y fiscalización de carácter local y federal, a fin de dar cumplimiento a la normatividad establecida del presente instrumento jurídico.
Cuando "LA SECRETARÍA" considere que existen motivos que hagan necesario verificar la veracidad de la información o de la documentación comprobatoria proporcionada por "EL ESTADO", del ejercicio de los recursos transferidos, deberá formular de inmediato la solicitud correspondiente a las autoridades competentes de control, supervisión y fiscalización, de carácter local y federal."
SEGUNDA. RATIFICACIÓN DEL CONTENIDO DEL "CONVENIO DE COLABORACIÓN".- "LAS PARTES" están de acuerdo en que, salvo las modificaciones estipuladas en la Cláusula Primera del presente convenio modificatorio, quedan vigentes con toda su fuerza y alcance legal las demás estipulaciones del "Convenio de Colaboración", integrando éste y el presente instrumento jurídico, una sola unidad contractual.
TERCERA. ENTRADA EN VIGOR DE LAS MODIFICACIONES.- "LAS PARTES" convienen que las modificaciones pactadas en el presente Convenio modificatorio entrarán en vigor a partir de la fecha de su firma.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente instrumento jurídico, se firma por quintuplicado en la Ciudad de México, el 21 de agosto de 2017.- Por la Secretaría: el Comisionado Nacional de Protección Social en Salud, Gabriel Jaime O ´Shea Cuevas.- Rúbrica.- El Director General de Financiamiento, Antonio Chemor Ruiz.- Rúbrica.- El Director General del Programa Oportunidades, Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Hacienda del Estado de Sonora, Raúl Navarro Gallegos.- Rúbrica.- El Secretario de Salud Pública del Estado y Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud de Sonora, Gilberto Ungson Beltrán.- Rúbrica.
 

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