DOF: 20/04/2018
AVISO que determina a los servidores públicos del Servicio Postal Mexicano que deben presentar un informe por escrito de los asuntos a su cargo al retirarse de su empleo, cargo o comisión

AVISO que determina a los servidores públicos del Servicio Postal Mexicano que deben presentar un informe por escrito de los asuntos a su cargo al retirarse de su empleo, cargo o comisión.

Al margen un logotipo, que dice: Servicio Postal Mexicano.

AVISO QUE DETERMINA A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO QUE DEBEN PRESENTAR UN INFORME POR ESCRITO DE LOS ASUNTOS A SU CARGO AL RETIRARSE DE SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN.
C.C. COORDINADOR GENERAL, DIRECTORES CORPORATIVOS,
DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES, GERENTES, ASÍ COMO
AQUELLOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE ADMINISTREN O MANEJEN FONDOS,
BIENES O VALORES PÚBLICOS DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO.
La Secretaría de la Función Pública con fechas 6 y 24 de julio de 2017, publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se establecen las bases generales para la rendición de cuentas de la Administración Pública Federal y para realizar la entrega-recepción de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión" (Bases Generales) y el "Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal" (Lineamientos Generales), respectivamente.
Las Bases Generales y los Lineamientos Generales prevén que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las empresas productivas del estado, y los servidores públicos hasta el nivel de director general en el sector centralizado, o sus equivalentes en el sector paraestatal o en las empresas productivas del Estado, al separarse de su empleo, cargo o comisión, deben rendir un informe que refiera el estado que guardan los asuntos a su cargo, y entregar los recursos presupuestarios, financieros, humanos y materiales que, en su caso, hayan tenido asignados para el ejercicio de sus atribuciones, así como la documentación y archivos debidamente ordenados y clasificados de conformidad con la normativa aplicable a la materia, a quienes los sustituyan en sus funciones. Igualmente, se prevé que los servidores públicos de niveles inferiores a los descritos quedarán sujetos a la obligación señalada siempre que estén a cargo de administrar o manejar fondos, bienes o valores públicos.
Asimismo, en los artículos NOVENO de las Bases Generales, y 44 de los Lineamientos Generales se establece la facultad de los titulares de las dependencias y entidades o empresas productivas del Estado, para determinar a los servidores públicos que, por la naturaleza e importancia de la función pública que desempeñan, deben rendir al separarse de su empleo, cargo o comisión, un informe de separación, y entregar los recursos presupuestarios, financieros, humanos y materiales que, en su caso, hayan tenido asignados para el ejercicio de sus atribuciones, en los términos referidos en el párrafo que antecede.
En este sentido y con el propósito de que las personas servidoras públicas de las diversas unidades administrativas del Servicio Postal Mexicano cumplan con las obligaciones inherentes de su empleo, cargo, o comisión, atendiendo a los principios de legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, rendición de cuentas, eficiencia, eficacia, transparencia, economía, e integridad que rigen su actuar, cuando se separen de sus funciones; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 49, fracción VII, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 59, fracción V, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3, fracción XIV, 4 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 11, fracciones II y XII del Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicio Postal Mexicano, 11 y 12, fracción II del Estatuto Orgánico del Servicio Postal Mexicano, he tenido a bien emitir el presente Aviso, por el que se determina lo siguiente:
 
AVISO QUE DETERMINA A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO QUE
DEBEN PRESENTAR UN INFORME POR ESCRITO DE LOS ASUNTOS A SU CARGO AL RETIRARSE DE
SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN
PRIMERO. De conformidad con el artículo NOVENO, segundo párrafo de las Bases Generales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2017 y con el propósito de transparentar el uso y aplicación de los recursos federales de que dispone este Servicio Postal Mexicano para el desempeño de sus funciones, he dispuesto que adicionalmente a las personas servidoras públicas señaladas en el instrumento antes mencionado, también estarán obligados, al momento de la separación de su empleo, cargo o comisión, a rendir un informe de los asuntos a su cargo y del estado que éstos guardan, así como a realizar la entrega de los recursos financieros, humanos, materiales, informáticos, documentación, archivos, entre otros, que tengan asignados, así como al resguardo de la información del equipo de cómputo o redes que se tenían asignados, mediante acta de entrega-recepción, las personas servidoras públicas que ocupen plazas de los niveles de Coordinador General, Directores Corporativos, Directores Regionales, Subdirectores y Gerentes, así como aquellos servidores públicos que administren o manejen fondos, bienes o valores públicos del Servicio Postal Mexicano.
SEGUNDO. Para los efectos anteriores, deberá solicitarse la intervención de una persona representante del Órgano Interno de Control en el Servicio Postal Mexicano, en los términos del artículo DÉCIMO SEXTO de las Bases Generales.
El presente Aviso entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 12 de abril de 2018.- La Directora General del Servicio Postal Mexicano, Elena del Carmen Tanus Meouchi.- Rúbrica.
(R.- 465672)
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 26/04/2024

DOLAR
17.1883

UDIS
8.128515

TIIE 28 DIAS
11.2450%

TIIE 91 DIAS
11.3824%

TIIE 182 DIAS
11.5393%

TIIE DE FONDEO
10.99%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024