DOF: 22/05/2018
DECLARATORIA de Utilidad Pública relativa a la superficie de 948

DECLARATORIA de Utilidad Pública relativa a la superficie de 948.52 metros cuadrados, Municipio de Centro, Tab., para la construcción del Libramiento Villahermosa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

GERARDO RUIZ ESPARZA, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., fracción XII, 2o. y 3o. de la Ley de Expropiación; 1o., 5o. y 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y 1, 3, 4 y 5, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y
CONSIDERANDO
Que es competencia del Ejecutivo Federal, implementar las estrategias contempladas en el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, con lo cual se ha logrado que el país realice un programa de construcción de obras públicas bastante amplio, además de la construcción, conservación y mantenimiento de carreteras y autopistas, coadyuvando con ello a la generación de empleos tanto directos como indirectos, beneficios sociales y desarrollo de las zonas donde se ubiquen;
Que lo anterior permitirá fortalecer la red de corredores troncales transversales y longitudinales que comunican a las principales ciudades, puertos, fronteras y centros turísticos del país, con caminos de altas especificaciones para el desarrollo de ejes interregionales, pasando por la construcción de libramientos y proporcionando servicios de transporte a algunas de las comunidades más desprotegidas, así como reducir el índice de accidentes, mejorando con ello la conectividad de los centros de población con los polos regionales de desarrollo, los centros de consumo y de producción del país;
Que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, está llevando a cabo la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción del Libramiento Villahermosa, ubicado en el Municipio de Centro, Estado de Tabasco;
Que de conformidad con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y la Ley de Expropiación, es de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes federales;
Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes llevó a cabo los estudios técnicos y proyectos conforme a los cuales se determinó que los terrenos que son objeto de la presente declaratoria, ubicados en el Municipio de Centro, Estado de Tabasco, son los más apropiados e idóneos para la construcción, conservación y mantenimiento del Libramiento Villahermosa, en virtud de que los mismos reúnen las características específicas que se requieren para este tipo de infraestructura;
Que el Libramiento de referencia es parte integrante de la carretera Villahermosa-Cárdenas, la cual forma parte de los corredores carreteros Peninsular de Yucatán y Puebla-Progreso, que cruzan el país de norte a sur y de este a oeste proporcionando así el acceso y conectividad a la Península de Yucatán con el resto del país; contribuye a resolver el problema de congestionamiento de la zona urbana de la Ciudad de Villahermosa, al desviar el tránsito de los vehículos de mediano y largo itinerario; contribuye a la modernización de la carretera federal México 180 Coatzacoalcos-Villahermosa-Ciudad del Carmen; mejora el enlace vial de la carretera federal México 186 Villahermosa-Francisco Escárcega y la estatal Villahermosa-Comalcalco; reduce el tiempo de recorrido entre las ciudades de Cárdenas, Cunduacán, Nacajuca y Frontera del Estado de Tabasco;
Que al evitar el tránsito de vehículos por la Ciudad de Villahermosa, disminuye el índice de contaminación vehicular de las comunidades aledañas, lo que impacta además, en la reducción de gastos de viaje y en los costos asociados al mantenimiento de las vialidades urbanas por el cruce de vehículos de carga pesada, da mayor seguridad y eficiencia a los usuarios de la vía y reduce los costos de operación del aforo de 2,037 vehículos por día, de transporte de pasajeros, de turismo, de carga y particular que utilizan dicha vía; ejerce
influencia directa en el fomento de actividades agropecuarias, comerciales y de comunicación, proporciona el acceso a lugares de atractivo para la industria turística que se ha establecido en las costas de Campeche y Tabasco, así como en la región de la Sierra y la Chontalpa en el Estado de Tabasco, lo que justifica la utilidad pública para la adquisición de los terrenos objeto de esta Declaratoria;
Que conforme a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, el derecho de vía es una franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación, cuya anchura y dimensiones fija la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y que no puede ser inferior a 20 metros a cada lado del eje del camino;
Que el 14 y 21 de diciembre de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Declaratoria de utilidad pública para la construcción del Libramiento Villahermosa, en la superficie de 5,431.73 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Centro, Estado de Tabasco, comprendida en dos fracciones, la primera de 4,130.25 y la segunda de 1,301.48 metros cuadrados, la cual fue notificada personalmente a los titulares de los bienes y derechos;
Que en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 2o., fracción lll de la Ley de Expropiación y tercero de la propia Declaratoria, se otorgó a los interesados un plazo de quince días hábiles para que manifestaran lo que a su derecho conviniera y presentaran las pruebas que consideraran pertinentes;
Que la C. Luz María León Román, en su carácter de propietaria de una superficie total de 2,250.00 metros cuadrados, con fundamento en el artículo 9o. Bis., fracción ll, de la Ley de Expropiación, solicitó la expropiación total del inmueble de su propiedad, en razón de que al expropiarle la fracción de 1,301.48 metros cuadrados, el aprovechamiento de la superficie restante de 948.52 metros cuadrados, ya no le resultaba viable económicamente, por lo que, el 16 de mayo de 2016 se confirmó la Declaratoria de utilidad pública antes señalada y se ordenó que en otro procedimiento se efectuara la compraventa o se promoviera la expropiación de la superficie de 948.52 metros cuadrados, toda vez que mediante dictamen técnico, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes determinó necesario adquirir la superficie de 948.52 metros cuadrados, para alojar obras federales;
Que el 24 de junio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual se expropia la superficie de 5,431.73 metros cuadrados, para la construcción del Libramiento Villahermosa, ubicada en el Municipio de Centro, Estado de Tabasco, comprendida en dos fracciones, la primera de 4,130.25 y la segunda de 1,301.48 metros cuadrados, el cual fue notificado personalmente a los titulares de los bienes y derechos;
Que el 17 de agosto de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de utilidad pública para la construcción del Libramiento Villahermosa, en la superficie de 948.52 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Centro, Estado de Tabasco, la cual se notificó personalmente a los titulares de los bienes y derechos;
Que en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 2o., fracción III, de la Ley de Expropiación y tercero de la propia Declaratoria, se otorgó a los interesados un plazo de quince días hábiles para que manifestaran lo que a su derecho conviniera y presentaran las pruebas que consideraran pertinentes;
Que el 18 de agosto de 2017, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes recibió el escrito por el que la C. Luz María León Román renunció a su derecho de manifestarse, a ofrecer pruebas y alegatos, por lo que con oficio 1.-284 del 9 de noviembre de 2017, se confirmó la Declaratoria de utilidad pública antes señalada, misma que quedó sin efectos en virtud de haber transcurrido en exceso el plazo a que se refiere el artículo 2o., fracción VI de la Ley de Expropiación;
Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, integró el expediente de expropiación número 01/TAB/2018, en el cual constan los elementos y dictamen técnicos que justifican la idoneidad de los bienes materia de la presente Declaratoria, para atender la causa de utilidad pública, como son, entre otros, la selección de la ruta, estudios fotogramétricos, anteproyecto y proyecto constructivo de terracerías realizados
sobre los terrenos que por su ubicación son indispensables para completar el derecho de vía del mencionado libramiento, el cual favorece el transporte vehicular de bienes, servicios y personas de forma ágil y segura, y
Que en virtud de que se cumple con la causa de utilidad pública, consistente en la construcción, conservación y mantenimiento de caminos y a fin de atender la necesidad de interés general de conectar en forma directa, la entrada y salida de las ciudades de Cárdenas, Cunduacán, Nacajuca y Frontera del Estado de Tabasco, he tenido a bien expedir la siguiente:
DECLARATORIA
PRIMERO.- Se declara de utilidad pública la construcción del Libramiento Villahermosa, en el inmueble con superficie total de 948.52 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Centro, Estado de Tabasco, comprendida en dos fracciones, localizadas entre los kilómetros 21+440.00 al 21+520.00 con origen de cadenamiento en el entronque Loma de Caballo kilómetro 0+800.00 igualdad de cadenamiento con kilómetro 158+800.00 de la carretera Coatzacoalcos-Villahermosa-Ciudad del Carmen, y cuyos datos de localización son los siguientes:
FRACCIÓN I.
Se afecta una superficie de 647.24 metros cuadrados. Se inicia la afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,018.16, Y=1'998,224.75, continúa tangente de 14.90 m. y RAC=N20 °42'00.12"E hasta el vértice 2, continúa tangente de 36.71 m. y RAC=S81 °01'31.44"E hasta el vértice 3, continúa tangente de 0.48 m. y RAC=S31 °35'01.72"E hasta el vértice 4, continúa tangente de 7.11 m. y RAC=S31 °36'59.34"E hasta el vértice 5, continúa tangente de 11.41 m. y RAC=S30 °21'33.89"E hasta el vértice 6, continúa tangente de 51.91 m. y RAC=N81 °01'32.59"W hasta el vértice 1, lugar donde termina la afectación, y
FRACCIÓN II.
Se afecta una superficie de 301.28 metros cuadrados. Se inicia la afectación en el vértice 1 con coordenadas UTM X=511,156.53, Y=1'998,202.90, continúa tangente de 8.10 m. y RAC=N25 °46'26.98"W hasta el vértice 2, continúa tangente de 9.47 m. y RAC=N24 °09'21.65"W hasta el vértice 3, continúa tangente de 27.13 m. y RAC=S81 °01'31.44"E hasta el vértice 4, continúa tangente de 14.96 m. y RAC=S21 °45'13.37"W hasta el vértice 5, continúa tangente de 14.03 m. y RAC=N81 °01'32.59"W hasta vértice 1, lugar donde termina la afectación.
La amplitud del derecho de vía es de 60.00 m. en forma de constante, correspondiendo 30.00 m. a cada lado del eje del camino.
El plano del área y el expediente formado con motivo de la presente Declaratoria, están a disposición de quienes justifiquen ser interesados, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes ubicada en Hegel número 141, Colonia Polanco V sección, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11560, en la Ciudad de México.
SEGUNDO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y notifíquese personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorar quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos de notificación personal.
TERCERO.- Los interesados tendrán un plazo de quince días hábiles a partir de que se les notifique o bien se realice la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la presente Declaratoria, para manifestar ante esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes, lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas que se estimen pertinentes.
Dado en la Ciudad de México, a 15 de mayo de 2018.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.
 
 

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