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DOF: 22/05/2018
CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarr

CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro del Programa de Protección contra Riesgos Sanitarios, correspondiente al ejercicio fiscal 2017, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Yucatán.

CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LAS ACCIONES DE PREVENCIÓN Y EL CUIDADO DE LA SALUD, ASÍ COMO LA PROMOCIÓN DE HÁBITOS Y ESTILOS DE VIDA SALUDABLES PARA PROTEGER EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, DENTRO DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", A TRAVÉS DEL LIC. JULIO SALVADOR SÁNCHEZ Y TÉPOZ, COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL ING. CARLOS JESÚS CALDERÓN BEYLÁN, SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS Y, POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL M.C. ALFREDO FRANCISCO JAVIER DÁJER ABIMERHI, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, Y EL DR. JORGE EDUARDO MENDOZA MÉZQUITA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE YUCATÁN, CON LA ASISTENCIA DEL LIC. MIGUEL ÁNGEL SOBERANIS LUNA, DIRECTOR DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE YUCATÁN, A QUIENES SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" CUANDO ACTÚEN DE FORMA CONJUNTA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4o., párrafos cuarto y noveno, los derechos humanos referentes a que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, así como a que a las niñas y niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de salud para su desarrollo integral y el Estado en todas las decisiones y actuaciones velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos.
II.     El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND) establece dentro de su Meta Nacional II, "México Incluyente", objetivo 2.3. "Asegurar el acceso a los servicios de salud", las estrategias 2.3.2. "Hacer de las acciones de protección, promoción y prevención un eje prioritario para el mejoramiento de la salud" y 2.3.3 "Mejorar de la atención de la salud de la población en situación de vulnerabilidad".
III.    Acorde con lo anterior, el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA) establece en su Objetivo 1. "Consolidar las acciones de protección, promoción de la salud y prevención de enfermedades"; las estrategias 1.1. "Promover actitudes y conductas saludables y corresponsables en el ámbito personal, familiar y comunitario" y 1.3. "Realizar acciones orientadas a reducir la morbilidad y mortalidad por enfermedades transmisibles de importancia epidemiológica o emergentes y reemergentes".
IV.   En el marco de las disposiciones programáticas antes señaladas, con fecha 22 de mayo de 2017, la Secretaría de Educación Pública y "SALUD" firmaron las Bases Generales de Colaboración para desarrollar, ejecutar y promover de manera conjunta, acciones orientadas a fortalecer la prevención, la promoción y el cuidado de la salud de los estudiantes de los planteles educativos de tipo básico y medio superior, de cuya ejecución derivó la Estrategia denominada "SALUD EN TU ESCUELA".
V.    En este contexto, la estrategia "SALUD EN TU ESCUELA" se encuentra vinculada con el Programa de Acción Específico "Protección contra Riesgos Sanitarios", en virtud de que éste, prevé como objetivos, reducir riesgos sanitarios asociados al consumo de bienes, servicios y agua, así como reducir los riesgos que afectan la salud de la población en cualquier actividad de su vida, en concordancia con los objetivos señalados del PND.
VI.   Con fecha 16 de marzo de 2013, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en
la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales, a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD", para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9, de la Ley General de Salud.
VII.   De conformidad con lo estipulado en la Cláusula Tercera de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos que "LAS PARTES" suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por "LA ENTIDAD", por conducto del Secretario de Administración y Finanzas, el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Yucatán, asistido por el Director de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Yucatán, en tanto que por "LA SECRETARÍA", se efectuará, entre otros servidores públicos, por el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por las unidades administrativas que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene adscritas.
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1   La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un órgano desconcentrado que forma parte de su estructura orgánica, por el que ejerce las atribuciones que la Ley General de Salud, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y demás ordenamientos aplicables le confieren en materia de regulación, control y fomento sanitario; el cual cuenta con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud; así como 1 y 3 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.2   Dentro de las atribuciones que ejerce por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.3   El Lic. Julio Salvador Sánchez y Tépoz, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 2 inciso C, fracción X, 36 y 38, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 10, fracciones XVI y XVII, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.4   El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios participa en la suscripción del presente Convenio Específico, en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.5   Cuenta con la disponibilidad de recursos para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico en términos del presupuesto disponible a la fecha, por el cual se autoriza al órgano desconcentrado, Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, para que efectúe los procedimientos de transferencias a entidades federativas y pagos a proveedores de bienes y servicios derivados del Programa Salud en tu Escuela, entre los que se contemplan los recursos a transferir con motivo del presente Convenio Específico.
I.6   Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Calle Oklahoma número 14, Colonia Nápoles, Benito Juárez, Código Postal 03810, en la Ciudad de México.
 
II. "LA ENTIDAD" declara que:
II.1  El M.C. Alfredo Francisco Javier Dájer Abimerhi, Secretario de Administración y Finanzas, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 22, fracción II, 23, 24, 25, 27, fracciones IV, XI, XVII y XVIII, del Código de la Administración Pública de Yucatán, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.2  El Dr. Jorge Eduardo Mendoza Mézquita, Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Yucatán, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 22, fracción VI, 23, 24, 25, 27, fracciones IV, XI, XVII y XVIII, 71 y 76, fracciones I y XI, del Código de la Administración Pública de Yucatán; 9 y 10, fracciones VII y X, del Decreto No. 73 publicado el 13 de diciembre de 1996 en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, que crea el Organismo Descentralizado de la Administración Pública Estatal denominado Servicios de Salud de Yucatán; reformado mediante la expedición del Decreto No. 53 publicado el día 8 de abril de 2013, en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.3  El Lic. Miguel Ángel Soberanis Luna, Director de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Yucatán, participa en la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 7, fracción II inciso C, 24 y 30, del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud de Yucatán, publicado el día 15 de julio de 2013 en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.4  Dentro de las funciones del Director de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Yucatán, se encuentran las de programar, presupuestar y evaluar los programas de su competencia en coordinación con las unidades administrativas que correspondan y, en su caso, con instancias federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 25, fracciones I, X, XIV y XVIII, del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud de Yucatán, así como elaborar, diseñar y aplicar las políticas estatales y las federales relacionadas en materia de protección contra riesgos sanitarios dentro del ámbito de su competencia, de conformidad con la fracción I del artículo 30, del Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud de Yucatán.
II.5  Acorde con las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO" y para los efectos de este Convenio Específico se considera como Unidad Ejecutora a los Servicios de Salud de Yucatán.
II.6  Entre sus prioridades, en materia de salud, se encuentra, desde la escuela, el fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes.
II.7  Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Calle 72 número 463 entre 53 y 55, Colonia Centro, Código Postal 97000, en la Ciudad de Mérida, Yucatán.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 La estrategia "SALUD EN TU ESCUELA" es federal y pública, su costo es cubierto mediante subsidio federal proveniente de recursos presupuestarios autorizados, y se lleva a cabo conjuntamente a fin de fortalecer la prevención, promoción y el cuidado de la salud de las niñas, niños y adolescentes desde la escuela para mantener un cuerpo sano, evitar conductas de riesgo y adquirir hábitos y estilo de vida saludables, en aras de mejorar su capacidad de aprendizaje a lo largo de la vida.
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, y que dichos subsidios y
transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicho ordenamiento se señalan, celebran el presente Convenio Específico, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio Específico y sus Anexos 1, 2, 3 y 4 que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos federales a "LA ENTIDAD", con el carácter de subsidios, que le permitan, en términos de los artículos 9, 13, 18, párrafo segundo y 19, de la Ley General de Salud, coordinar su participación con el Ejecutivo Federal durante el ejercicio fiscal 2017, a fin de que en el marco del programa presupuestario "Protección contra Riesgos Sanitarios", se fortalezcan desde la escuela, las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para el desarrollo integral de las niñas, niños y los adolescentes, contenidas en la estrategia "SALUD EN TU ESCUELA", de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico.
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio Específico como si a la letra se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio Específico, "LA SECRETARÍA", por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, transferirá a "LA ENTIDAD", con el carácter de subsidios, recursos federales que se aplicarán exclusivamente a lograr los objetivos de la estrategias "SALUD EN TU ESCUELA", conforme a las acciones que se detallan en los Anexos 1 y 2 del presente instrumento jurídico y conceptos siguientes:
 
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
IMPORTE
PROGRAMA SALUD EN TU ESCUELA
(Protección contra Riesgos Sanitarios)
Ramo 12
 
$163,538.00 (CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.)
PROGRAMA SALUD EN TU ESCUELA
(Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)
Ramo 12
 
$163,538.00
(CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.)
 
TOTAL
$327,076.00
(TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL SETENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.)
 
Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETARÍA" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
La transferencia a que se refiere la presente Cláusula se efectuará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del presente Convenio Específico.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Administración y Finanzas, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio Específico, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez que sean radicados los recursos federales en la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Unidad Ejecutora.
 
Una vez que sean radicados los recursos federales en la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Unidad Ejecutora.
La Unidad Ejecutora deberá informar a "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquel en que concluya el plazo a que se refiere el párrafo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio Específico.
La no ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD" a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo quinto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento del presente instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
Los recursos federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación deberán sujetarse a las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente estipulado, que la transferencia de recursos otorgada en el presente Convenio Específico no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para el pago de cualquier gasto que pudiera derivar del objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LAS PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.     "LA SECRETARÍA", por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará a través de la evaluación del cumplimiento de los objetivos, actividades específicas, indicadores y metas a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, que los recursos federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.     "LA SECRETARÍA" transferirá los recursos federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD", para cumplir con el objeto de este Convenio, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y, en su caso, mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.    "LA ENTIDAD", dentro de los primeros diez (10) días hábiles siguientes al término de cada mes que se reporte, enviará el informe detallado sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como pormenorizado sobre el avance financiero y los rendimientos financieros generados. Dicho informe se rendirá conforme al formato denominado "Avance Físico-Financiero 2017", que se adjunta al presente instrumento como Anexo 3, al que deberá acompañarse copia legible de la documentación justificatoria y comprobatoria correspondiente o, en su caso, un disco compacto que contenga copia digital de dicha documentación.
       En el informe mensual a que se refiere la presente fracción, sólo se señalarán los recursos efectivamente ejercidos durante el mes que se reporta. En el supuesto de que en un mes no se ejercieran recursos, el informe se enviará en ceros, acompañado de una justificación que sustente las razones por las que no fueron ejercidos recursos en el mismo. El cómputo del primer mes a
informar, comenzará a partir de la fecha de realización de la transferencia de recursos a "LA ENTIDAD".
       "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, podrá en todo momento, verificar en coordinación con "LA ENTIDAD", la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos.
       Asimismo, "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, verificará aleatoriamente los comprobantes digitales emitidos por el SAT que le sean presentados por "LA ENTIDAD".
IV.   "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de verificación, a efecto de observar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como que los recursos federales transferidos con motivo del mismo, sean destinados únicamente para el cumplimiento de su objeto.
En caso de presentarse la falta de comprobación de los recursos federales que le han sido transferidos a "LA ENTIDAD", o de que la entrega de los informes y documentación comprobatoria correspondientes no se efectúe de manera oportuna, en los términos previstos en el presente Convenio, "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, podrá determinar que en el ejercicio inmediato posterior a la suscripción del presente instrumento jurídico, no se transfieran recursos federales a "LA ENTIDAD", o, en su caso, que la cantidad de recursos a transferir, sea menor a la del ejercicio en curso.
CUARTA. OBJETIVOS, ACTIVIDADES ESPECÍFICAS, INDICADORES DE DESEMPEÑO Y METAS.- "LAS PARTES" convienen en que los objetivos, actividades específicas, indicadores y metas de las acciones que se realicen para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, son los que se detallan en su Anexo 2.
QUINTA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS.- Los recursos federales a los que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico y los rendimientos financieros que éstos generen, se destinarán en forma exclusiva para el ejercicio de las acciones que se señalan en el Anexo 2, en los términos previstos en el presente Convenio Específico.
Los recursos federales transferidos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto diversos al objeto del presente instrumento jurídico y se registrarán conforme al "Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal" vigente.
Los recursos federales que se transfieren, se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública.
Los recursos federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como los rendimientos financieros generados, que al 31 de diciembre de 2017 no hayan sido devengados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, de manera escrita y con los documentos soporte correspondientes.
SEXTA. CONCEPTOS ADICIONALES DE GASTO.- Los conceptos de gastos adicionales a los comprendidos en el Anexo 1 del presente Convenio, deberán ser cubiertos por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
PTIMA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARÍA".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se obliga a:
I.     Transferir a la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", con el carácter de subsidios, los recursos federales a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio Específico.
II.     Verificar, mediante los mecanismos que implemente, que los recursos federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados única y exclusivamente para la realización del objeto del mismo, debiendo constatar, a través de la evaluación del cumplimiento de los objetivos,
actividades específicas, indicadores y metas a que se refiere el Anexo 2 del presente instrumento jurídico, que los recursos federales señalados en la Cláusula Segunda sean destinados únicamente para el objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.    Verificar que "LA ENTIDAD", por conducto de la Unidad Ejecutora, envíe en los términos estipulados en el presente Convenio Específico, los informes mensuales sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud de la celebración del presente instrumento jurídico, así como sobre el avance financiero y rendimientos financieros generados.
IV.   Verificar que "LA ENTIDAD", por conducto de la Unidad Ejecutora, envíe la documentación justificatoria y comprobatoria del gasto de los recursos federales transferidos en términos de lo estipulado en el presente Convenio Específico.
V.    Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas.
VI.   Verificar que "LA ENTIDAD" efectúe, dentro de los quince (15) días naturales siguientes, el reintegro a la Tesorería de la Federación, de los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio Específico.
VII.   Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico.
VIII.  Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico a la Auditoría Superior de la Federación.
IX.   Dar seguimiento bimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico.
X.    Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas.
XI.   Informar sobre la suscripción de este Convenio a la Auditoría Superior de la Federación.
XII.   Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XIII.  Difundir en su página de Internet el presente Convenio Específico, así como los conceptos financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO" y en el presente Convenio Específico, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.     Remitir por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", a "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores a la recepción de los recursos federales que se detallan en el presente Convenio Específico, los comprobantes que acrediten la recepción de dicha transferencia, conforme a la normativa aplicable.
       Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "LA SECRETARÍA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas o su equivalente, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
       La documentación comprobatoria a que se refieren los párrafos anteriores deberá ser expedida a nombre de la Secretaría de Salud/Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; precisar el monto de los recursos transferidos; señalar las fechas de emisión y de recepción de los recursos, precisar el nombre del programa presupuestario al que son destinados y los conceptos relativos a los recursos federales recibidos. Dicha documentación deberá remitirse en archivo electrónico Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), junto con los estados de cuenta bancarios
que acrediten la recepción de dichos recursos.
II.     Aplicar los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros, conforme a los objetivos, actividades específicas, indicadores, metas y calendarización previstos en el presente instrumento jurídico.
III.    Reportar y dar seguimiento mensualmente, a través del Director de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Yucatán, sobre el cumplimiento de los objetivos, indicadores y metas, previstos en el Anexo 2 de este Convenio Específico, los resultados de las evaluaciones que se hayan realizado y, en su caso, acreditar la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquéllos erogados.
IV.   Entregar, por conducto de la Unidad Ejecutora, a "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los términos estipulados en el presente Convenio Específico, los informes mensuales sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como sobre el avance financiero y los rendimientos financieros generados.
V.    Verificar, por conducto de la Unidad Ejecutora, que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico, haya sido emitida por la persona física o moral a la que se efectuó el pago correspondiente y cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquellos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI. Así mismo, deberá remitir a "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el archivo electrónico con la Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VI.   Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
VII.   Integrar la información financiera relativa a los recursos federales transferidos para la ejecución del objeto del presente Convenio, en los términos previstos en el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
VIII.  Mantener bajo su custodia, a través de la Unidad Ejecutora, la documentación comprobatoria original de los recursos federales erogados, la cual deberá exhibir a "LA SECRETARÍA" y, en su caso, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como por los órganos fiscalizadores competentes, cuando le sea requerida.
IX.   Proporcionar, por conducto de la Unidad Ejecutora, la información y documentación que "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, le solicite en las visitas de verificación que esta última opte por realizar, para observar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como que los recursos federales transferidos con motivo del mismo, sean destinados únicamente para el cumplimiento de su objeto.
X.    Establecer, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas, medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos.
XI.   Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a los órganos de control y de fiscalización de "LA ENTIDAD" y entregarles copia del mismo.
XII.   Gestionar, por conducto de la Unidad Ejecutora, la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
XIII.  Difundir en la página de Internet de la Unidad Ejecutora el presente Convenio Específico, así como los conceptos financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables.
XIV. Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que
los requiera "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio Específico.
XV.  Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones jurídicas aplicables al ejercicio del gasto público federal, dando aviso a las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada, conforme a lo establecido en la normativa aplicable, por conducto de los Servicios de Salud de Yucatán, como Unidad Ejecutora, responsable ante "LA SECRETARÍA" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN, SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN, CONTROL Y FISCALIZACIÓN.- La verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales transferidos por "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD", con motivo del presente instrumento jurídico, que realice "LA SECRETARÍA", por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se efectuará sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a las autoridades federales y locales de control y fiscalización, en términos de las disposiciones aplicables.
Para efectos de lo anterior, las acciones a que se refiere el párrafo anterior, se realizarán, a través de las unidades administrativas que integran la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, conforme a las atribuciones que les confiere el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, quienes estarán obligadas a dar seguimiento al cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, así como a los objetivos, actividades específicas, indicadores y metas que se precisan en su Anexo 2.
Cuando las autoridades federales o locales que participen en la ejecución del presente Convenio Específico, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos no han sido aplicados a los fines que se señalan en el presente Convenio Específico, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DÉCIMA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2017.
La conclusión de la vigencia del presente instrumento no exime las obligaciones de comprobación o reintegro a cargo de "LA ENTIDAD".
DÉCIMA SEGUNDA. "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en "EL ACUERDO MARCO".
 
DÉCIMA CUARTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio podrá rescindirse por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
DÉCIMA QUINTA. INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- "LAS PARTES" manifiestan su conformidad para interpretar y resolver, de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Específico, así como en sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en las disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, convienen en que de las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando "LAS PARTES" a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman por quintuplicado a los treinta días del mes de octubre de dos mil diecisiete.- Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Carlos Jesús Calderón Beylán.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Administración y Finanzas, Alfredo Francisco Javier Dájer Abimerhi.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Yucatán, Jorge Eduardo Mendoza Mézquita.- Rúbrica.- El Director de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Yucatán, Miguel Ángel Soberanis Luna.- Rúbrica.
ANEXO 1
CONCEPTOS PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS
 
ENTIDAD:
YUCATÁN
 
 
 
CONCEPTO:
Fortalecimiento de las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes (Protección contra Riesgos Sanitarios) (Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)
PROGRAMA:
Salud en tu Escuela
 
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-YUC.-47-17
 
TEMA
PROYECTO
PROTECCIÓN
CONTRA
RIESGOS
SANITARIOS
FORTALECIMIENTO
DE LA RED
NACIONAL DE
LABORATORIOS
TOTAL
Control de sobrepeso y
obesidad
Salud en tu Escuela
$163,538.00
$163,538.00
$327,076.00
TOTAL
$163,538.00
$163,538.00
$327,076.00
 
Anexo 1 del Convenio Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro del programa de protección contra riesgos sanitarios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, por la otra, el Ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Carlos Jesús Calderón Beylán.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Administración y Finanzas, Alfredo Francisco Javier Dájer Abimerhi.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Yucatán, Jorge Eduardo Mendoza Mézquita.- Rúbrica.- El Director de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Yucatán, Miguel Ángel Soberanis Luna.- Rúbrica.
 
 
ANEXO 2
PROGRAMA, TEMAS, PROYECTOS, OBJETIVOS, ACTIVIDADES, INDICADORES Y METAS
 
ENTIDAD:
YUCATÁN
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCEPTO:
Fortalecimiento de las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes (Protección contra Riesgos Sanitarios) (Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)
PROGRAMA:
Salud en tu Escuela
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-YUC.-47-17
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Meta Programada Mensual
Tema
Proyecto
Objetivo
Actividad Específica
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
Control de
sobrepeso y
obesidad
Salud en tu
Escuela
Supervisión de
lineamientos para
bebederos,
expendios y menús
escolares, y toma
de muestra de agua
en bebederos para
análisis
bacteriológico.
Facilitar el
Programa 6 Pasos
de la Salud con
Prevención, con el
propósito de
prevenir el
sobrepeso, la
obesidad y la
diabetes
1. Realizar visitas para la revisión de las condiciones sanitarias de bebederos y de expendios de alimentos en las escuelas de educación primaria seleccionadas en la Estrategia Salud en tu Escuela
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
50%
100%
100%
2. Realizar el muestreo del agua en los bebederos instalados en las escuelas de educación primaria seleccionadas en la Estrategia Salud en tu Escuela, en los que el INIFED haya instalado bebederos y que se encuentren operando
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
50%
100%
100%
3. Toma de determinaciones en las escuelas de educación primaria seleccionadas en la Estrategia Salud en tu Escuela, en los que el INIFED haya instalado bebederos y que se encuentren operando, para análisis fisicoquímico con base en los analitos priorizados por la entidad federativa
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4. Entregar a los LESP las muestras para el análisis bacteriológico de la calidad del agua
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
100%
5. Entregar a los LESP las muestras para el análisis fisicoquímico de la calidad del agua
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6. Reportar los resultados del muestreo de los planteles seleccionados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
100%
7. Elaborar e instrumentar un programa de réplicas de capacitación del Programa 6 Pasos de la Salud con Prevención a profesores, estudiantes y padres de familia en las escuelas de educación primaria seleccionadas de la Secretaría de Educación Pública
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
50%
100%
100%
8. Elaborar y enviar los reportes de las réplicas mensuales realizadas por los capacitadores en la entidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
100%
9. Elaborar, resguardar y organizar un registro documental y fotográfico de evidencias de las réplicas de capacitación que se han llevado a cabo en el estado
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
100%
10. Producción e impresión de la Guía y/o del Cuadernillo para niños, del Programa 6 Pasos de la Salud con Prevención autorizados por la COFEPRIS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
50%
100%
100%
 
Anexo 2 del Convenio Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro del programa de protección contra riesgos sanitarios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, por la otra, el Ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Carlos Jesús Calderón Beylán.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Administración y Finanzas, Alfredo Francisco Javier Dájer Abimerhi.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Yucatán, Jorge Eduardo Mendoza Mézquita.- Rúbrica.- El Director de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Yucatán, Miguel Ángel Soberanis Luna.- Rúbrica.
 
ANEXO 3
AVANCE FÍSICO-FINANCIERO 2017
ENTIDAD: YUCATÁN
 
CONCEPTO: Fortalecimiento de las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes (Protección contra Riesgos Sanitarios) (Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)
PROGRAMA: Salud en tu Escuela
CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-YUC.-47-17
 
TEMA
PROYECTO
IMPORTES
OBSERVACIONES
AUTORIZADO
EJERCIDO-COMPROBACIÓN
BIMESTRAL
POR COMPROBAR
Control de sobrepeso y obesidad
Salud en tu Escuela
$327,076.00
 
$327,076.00
 
TOTAL
$327,076.00
 
$327,076.00
 
 
Anexo 3 del Convenio Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro del programa de protección contra riesgos sanitarios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, por la otra, el Ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Carlos Jesús Calderón Beylán.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Administración y Finanzas, Alfredo Francisco Javier Dájer Abimerhi.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Yucatán, Jorge Eduardo Mendoza Mézquita.- Rúbrica.- El Director de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Yucatán, Miguel Ángel Soberanis Luna.- Rúbrica.
 
ANEXO 4
TEMAS, PROYECTOS, RESPONSABLES POR UNIDAD ADMINISTRATIVA Y COORDINACIONES DE
TEMA
 
ENTIDAD:
YUCATÁN
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCEPTO:
Fortalecimiento de las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes (Protección contra Riesgos Sanitarios) (Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)
PROGRAMA:
Salud en tu Escuela
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-YUC.-47-17
Tema
Proyecto
UA
Responsable
del Tema
Coordinador
UA Encargada
del seguimiento
a los avances de
las metas
comprometidas
en proyectos
Coordinador
UA Encargada
de la revisión de
los documentos
comprobatorios
y del
seguimiento del
avance Físico-
Financiero
Coordinador
UA
Encargada
del
seguimiento
de las
Acciones de
Difusión y
Capacitación
Coordinador
UA Encargada
del seguimiento
al
Fortalecimiento
de la Red
Nacional de
Laboratorios
Coordinador
Control de
sobrepeso y
obesidad
Salud en
tu
Escuela
CFS
Dirección
Ejecutiva de
Comunicación
de Riesgos y
Capacitación.
CGSFS
Dirección
Ejecutiva de
Programación
y Evaluación
del
Desempeño
SG
Dirección
Ejecutiva de
Recursos
Financieros
CFS
Dirección
Ejecutiva de
Comunicación
de Riesgos y
Capacitación
CCAyAC
Dirección
Ejecutiva de
Innovación
 
Anexo 4 del Convenio Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro del programa de protección contra riesgos sanitarios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, por la otra, el Ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Carlos Jesús Calderón Beylán.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Administración y Finanzas, Alfredo Francisco Javier Dájer Abimerhi.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Yucatán, Jorge Eduardo Mendoza Mézquita.- Rúbrica.- El Director de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Yucatán, Miguel Ángel Soberanis Luna.- Rúbrica.
 

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