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DOF: 10/09/2018
CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, correspondiente al ejercicio fiscal 2018, que celebran

CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, correspondiente al ejercicio fiscal 2018, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Campeche.

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", ACTUANDO EN ESTE ACTO POR CONDUCTO DEL DR. JOSE MELJEM MOCTEZUMA, SUBSECRETARIO DE INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL DR. MALAQUIAS LOPEZ CERVANTES, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES) Y, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE CAMPECHE, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL DR. RAFAEL RODRIGUEZ CABRERA, SECRETARIO DE SALUD, Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PUBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE, CON LA PARTICIPACION DE LA C.P. AMERICA DEL CARMEN AZAR PEREZ, SECRETARIA DE FINANZAS, Y DE LA MTRA. LAURA LUNA GARCIA, SECRETARIA DE LA CONTRALORIA, DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL, A QUIENES CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 17 de julio de 2012, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.
II. De conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos que las partes suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por el Secretario de Salud, el Secretario de Finanzas y el Secretario de la Contraloría de "LA ENTIDAD", en tanto que por "LA SECRETARIA" lo harán la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud; la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud; la Subsecretaría de Administración y Finanzas; la Comisión Nacional de Protección Social en Salud; la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios o la Comisión Nacional contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tienen adscritos, atendiendo al ámbito de competencia de cada uno de ellos.
III. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, plantea en su Meta Nacional II. México Incluyente (VI.2.), que para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, pondrá especial énfasis en proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos y evite que problemas inesperados de salud o movimientos de la economía, sean un factor determinante en su desarrollo; para lo cual en su Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, prevé diversas Estrategias y Líneas de acción orientadas a su cumplimiento.
IV. El Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA) prevé dentro de su Objetivo 2 "Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad", que el Estado deberá instrumentar todas las herramientas a su alcance para que la población acceda a una atención integral con calidad técnica e interpersonal, sin importar su sexo, edad, lugar de residencia o condición laboral, así como que se deberán abordar temas de ampliación de infraestructura y otras modalidades de servicios médicos, especialmente en las localidades más aisladas y dispersas. Para tales efectos, se establece como estrategia, crear redes integradas de servicios de salud interinstitucionales, en la que se consideran las líneas de acción relativas a reforzar las redes de servicios y procesos para la detección oportuna, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, así como ampliar la red de atención a través de unidades móviles en regiones de alta marginación y dispersión poblacional.
Asimismo, dicho Programa en su Objetivo 5. Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, plantea como una forma diferente de manejar los recursos para obtener mejores resultados en salud, el establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos para la salud que incluyen infraestructura y equipamiento.
 
V. Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica se dará continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud y posteriormente como Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuva a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria en salud en aquellas localidades con menos de 2,500 habitantes y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.
VI. El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica forma parte del objetivo de "Asegurar el acceso a los servicios de salud" previsto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ser un programa que coadyuve a las entidades federativas en la prestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura física y con una población menor a 2,500 habitantes.
DECLARACIONES
I. DE "LA SECRETARIA":
I.1. El Dr. José Meljem Moctezuma, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, fracción I, 8, fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.2. La DGPLADES es una unidad administrativa de la Secretaría de Salud, adscrita a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, según lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, cuyo titular, el Dr. Malaquías López Cervantes, se encuentra plenamente facultado para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III, V y VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.3. Entre los objetivos del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, se encuentran contribuir al aseguramiento del acceso efectivo a servicios de salud con calidad mediante el otorgamiento de servicios de atención primaria a la salud a través de unidades médicas móviles, por medio de la transferencia de recursos presupuestarios federales a las entidades federativas, a través de las cuales proporcionarán la atención primaria a la salud en las áreas de enfoque objetivo, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentran contribuir a que las entidades federativas cuenten con UMM equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, la contratación del personal operativo del Programa en las entidades federativas, todo ello conforme los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2018, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 30 de diciembre de 2017.
I.4. Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
I.5. Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.
II. DE "LA ENTIDAD":
II.1. El Dr. Rafael Rodríguez Cabrera, Secretario de Salud y Director General de Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, acredita tener facultades para participar en la suscripción del presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 71 fracción XV, inciso a) de la Constitución Política del Estado de Campeche, 4o. párrafo tercero, 16 fracción VIII y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, y el artículo 9, fracción I del Acuerdo
del Ejecutivo por el que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Campeche, el nueve de septiembre de mil novecientos noventa y seis, por el que se otorgan facultades para suscribir Acuerdos, Convenios, Contratos y otros actos jurídicos con Dependencias y Entidades Federales, Estatales y Municipales y con organismos de los sectores privado y social, en materia de la competencia del organismo; cargos que debidamente acredita con la copia de sus nombramientos.
II.2. La C.P. América del Carmen Azar Pérez, Secretaria de Finanzas, acredita tener facultades para participar en la suscripción del presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 4o. párrafo tercero, 16 fracción II y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.3. La Mtra. Laura Luna García, Secretaria de la Contraloría, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 4o. párrafo tercero, 16 fracción IV y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.4. Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población objetivo del Programa, que se especifican en el Anexo 6 del presente instrumento jurídico.
II.5. Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración, señala como su domicilio el ubicado en el predio sin número de la Calle 8 entre 61 y Circuito Baluartes, Colonia Centro, Código Postal 24000, en la ciudad de San Francisco de Campeche, Municipio y Estado de Campeche.
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2018 en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles de dicho Programa en "LA ENTIDAD", otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre "LA SECRETARIA" y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, o cuya propiedad haya sido transferida a "LA ENTIDAD" para el desarrollo del Programa; de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, a efecto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en la ejecución de este Programa.
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES", convienen expresamente en ajustarse a lo estipulado en el "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2018", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2017, y a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio como si a la letra se insertaran, a las del presente Convenio, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARIA" transferirá a "LA ENTIDAD", en varias ministraciones, un importe de hasta $7'873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que se
precisa en el Anexo 1 del presente Convenio.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "LA SECRETARIA" a "LA ENTIDAD", de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Finanzas, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, al Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora deberá informar a "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquel en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio.
La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
La Secretaría de Finanzas y la Unidad Ejecutora deberán remitir a "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente acordado que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio, no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACION DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LA PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I. "LA SECRETARIA" por conducto de la DGPLADES, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará a través de la evaluación del cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II. "LA SECRETARIA" transferirá los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD", para cumplir con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III. "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, considerando su disponibilidad de personal y
presupuestaria, podrá practicar visitas de verificación de acuerdo al programa y formatos que se establezcan para este fin, conforme al periodo de visitas determinado en su Anexo 12, a efecto de observar la correcta operación del Programa de Fortalecimiento a la Atención Médica, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a la DGPLADES, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros y economías generadas con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme al Anexo 10, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.
En caso de que con motivo de las visitas de verificación "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD", deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.
IV. "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se incluye en el Anexo 4, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.
V. "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio, al que deberán adjuntarse archivos electrónicos con la documentación soporte.
En caso de presentarse la falta de comprobación los recursos presupuestarios federales que le han sido transferidos a "LA ENTIDAD", "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento determinar la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD".
VI. Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETARIA" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
CUARTA. OBJETIVOS, METAS E INDICADORES DE DESEMPEÑO.- Los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, tendrán los objetivos, metas e indicadores del desempeño que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Transferir recursos a "LA ENTIDAD" para contribuir con la prestación de servicios de salud, de acuerdo con el Catálogo Universal de Servicios de Salud que se detalla en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico, en las localidades integradas en el Anexo 6 de este Convenio Específico de Colaboración a través del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, a cargo del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche.
META: Atender a las localidades integradas en el Anexo 6 de este Convenio.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 7 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
QUINTA. APLICACION.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir algunos conceptos de gasto para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica en el ejercicio fiscal 2018; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
 
Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior, podrán destinarse, previa autorización de "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica objeto del presente Convenio, de conformidad con lo estipulado en el Anexo 8 (a excepción de las partidas 12101 y 13202), así como las partidas estipuladas en el Anexo 8A.
"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros y el seguimiento de su ejercicio deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto, conforme a los Anexos 4 y 10.
Los remanentes de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", junto con los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "LA SECRETARIA" por conducto de la DGPLADES, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 8 del presente Convenio, deberán ser realizados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SEPTIMA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO" y en el presente Convenio, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I. Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación, por conducto de su Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, como Unidad Ejecutora, responsable ante "LA SECRETARIA" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
II. Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
III. Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio.
IV. Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas o su equivalente a "LA SECRETARIA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere este párrafo, deberá remitirse en archivo electrónico con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
Asimismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "LA SECRETARIA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas o su equivalente, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
V. Mantener "LA ENTIDAD" a través de la Unidad Ejecutora, se compromete a mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARIA" y, en su caso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
VI. Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquellos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezcan, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Asimismo, deberá remitir a "LA SECRETARIA", a través de la DGPLADES, el archivo electrónico con la Verificación de
Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARIA", los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas o su equivalente de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio.
VIII. Asegurar, por conducto del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, las unidades médicas móviles asignadas en comodato o cuya propiedad haya sido transferida a "LA ENTIDAD" para el desarrollo del Programa. Para el caso de UMM otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a la DGPLADES, copia de las pólizas, conforme a los lineamientos que se emitan por "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES.
IX. Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente a la DGPLADES, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, adjuntando en archivo electrónico la documentación comprobatoria.
X. Realizar con recursos propios de "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles, así como del sistema de posicionamiento global.
XI. Brindar las facilidades para que "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES pueda verificar, mediante el sistema de posicionamiento global, el cumplimiento de las rutas aprobadas.
XII. Informar de manera trimestral a "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días siguientes al trimestre que se reporta, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, los rendimientos financieros y economías generados, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 10 del presente Convenio. (Adjuntando en archivos electrónicos la documentación soporte correspondiente).
XIII. Cancelar, por conducto de la Secretaría de Salud de la Administración Pública del Estado de Campeche, la documentación comprobatoria, con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica del Ejercicio Fiscal 2018".
XIV. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio fiscal 2018 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores de desempeño y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
XV. La Secretaría de Salud de la Administración Pública del Estado de Campeche y/o el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2018, conforme a los requisitos y profesiograma establecido por "LA SECRETARIA", y de conformidad con el Anexo 9 del presente Convenio Específico de Colaboración.
XVI. La Secretaría de Salud de la Administración Pública del Estado de Campeche y/o el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche deberán informar a "LA SECRETARIA" sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa, mediante el formato descrito en el Anexo 11, incluyendo como documentación
soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
XVII. Mantener actualizada la información relativa al cumplimiento de los indicadores de desempeño de los recursos presupuestarios federales transferidos para la ejecución del Programa, así como aportar los elementos que resulten necesarios para la evaluación de los resultados que se obtengan con los mismos.
XVIII. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y evaluaciones realizadas.
XIX. Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD", por conducto de la Secretaría de Salud de la Administración Pública del Estado de Campeche.
XX. Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el Periódico Oficial del Estado de Campeche, así como en su página de internet, por conducto de la Secretaría de Salud de la Administración Pública del Estado de Campeche.
XXI. Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las Reglas de Operación del Programa y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría Social que se utilizarán son:
a. Difusión.- Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
b. Capacitación y asesoría a servidores públicos-Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
c. Capacitación a integrantes de Comités "LA ENTIDAD", y
d. Recopilación de Informes y Atención a quejas y denuncias.- "LA ENTIDAD".
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARIA".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", "LA SECRETARIA" se obliga a:
I. Transferir a "LA ENTIDAD" a través de la DGPLADES, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos en su Anexo 2.
II. Verificar, a través de la DGPLADES, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III. Practicar periódicamente a través de la DGPLADES, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de verificación de acuerdo al Programa que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en su Anexo 12, con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.
IV. Solicitar a "LA ENTIDAD" a través de la DGPLADES, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al trimestre que se deba reportar, la entrega del informe del avance del cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, a través del formato contenido en su Anexo 7.
V. Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros, con base en los estados de cuenta bancarios, conciliaciones bancarias, conforme al formato establecido en su Anexo 10, así como el de certificación de gasto contenido en su Anexo 4.
VI. Solicitar la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "LA SECRETARIA", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.
 
VII. Suspender o cancelar las ministraciones subsecuentes de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cuando aquellos que se hayan transferido no sean comprobados o reintegrados a la Tesorería de la Federación.
VIII. Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
IX. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
X. Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la DGPLADES, la verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación a que hace referencia el presente instrumento.
XI. Verificar a través de la DGPLADES, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén cubriendo la totalidad de rutas previamente planeadas y avaladas, así como prestando los servicios establecidos en las Reglas de Operación.
XII. Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XIII. Difundir en la página de Internet de la DGPLADES, el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y los recursos presupuestarios federales transferidos mediante el presente instrumento jurídico, en los términos de las disposiciones aplicables.
XIV. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y evaluaciones realizadas.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACION, SEGUIMIENTO, EVALUACION, CONTROL Y FISCALIZACION.- La verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales transferidos por "LA SECRETARIA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio.
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del presente Convenio detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han permanecido ociosos o han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el presente Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DECIMA. RELACION LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DECIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2018.
DECIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECIFICO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a
partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Campeche.
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DECIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACION.- El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
DECIMA CUARTA. CAUSAS DE RESCISION.- El presente Convenio podrá rescindirse administrativamente, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los 10 días del mes de enero de dos mil dieciocho.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, José Meljem Moctezuma.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Malaquías López Cervantes.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, Rafael Rodríguez Cabrera.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas, América del Carmen Azar Pérez.- Rúbrica.- La Secretaria de la Contraloría de la Administración Pública Estatal, Laura Luna García.- Rúbrica.
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
CAPITULO DE GASTO
APORTACION
FEDERAL
APORTACION
ESTATAL
TOTAL 2018
4000 "Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas"
$7,873,408.35
$0.00
$7,873,408.35
TOTAL
$7,873,408.35
$0.00
$7,873,408.35
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
CALENDARIO DE MINISTRACION DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
CONCEPTO
PERIODO: 01 ENE-31 MZO
PERIODO: 01 ABR-30 JUN
PERIODO: 01 JUL-30 SEP
PERIODO: 01 OCT-31 DIC
TOTAL 2018
4000 "Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades
Federativas y Municipios.
$1,871,450.13
$1,745,655.78
$1,745,655.78
$2,510,646.66
$7,873,408.35
ACUMULADO
$1,871,450.13
$1,745,655.78
$1,745,655.78
$2,510,646.66
$7,873,408.35
 
"La Secretaría" podrá suspender la transferencia de los recursos presupuestarios federales, con carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, en caso de presentarse incumplimiento en la comprobación de los recursos transferidos a "La Entidad" mediante el presente instrumento. La comprobación de los recursos deberá de realizarse dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes al término del trimestre correspondiente.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
DISTRIBUCION DEL GASTO POR CAPITULO CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
GASTOS DE OPERACION ANUALES PARA 12 UMM
TOTAL 2018
1000 "SERVICIOS PERSONALES"
$7,649,908.35
1ERA. RADICACION
 
$1,796,675.13
2DA. RADICACION
 
$1,696,080.78
3ERA. RADICACION
 
$1,696,080.78
4TA. RADICACION
 
$1,696,080.78
GRATIFICACION DE FIN DE AÑO (*)
 
$764,990.88
3700 "SERVICIOS DE TRASLADOS Y VIATICOS" (**)
$223,500.00
1ERA. RADICACION
 
$74,775.00
2DA. RADICACION
 
$49,575.00
3ERA. RADICACION
 
$49,575.00
4TA. RADICACION
 
$49,575.00
TOTAL
$7,873,408.35
 
* La asignación presupuestal correspondiente a la parte proporcional de gratificación de fin de año, se encuentra programada para ministrarse en el último trimestre del año.
** En caso de que personal del FAM en la entidad federativa, realice comisiones oficiales vía terrestre, en las cuales genere gastos por concepto de peaje podrá comprobar el gasto en la partida 39202.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
 
 

 
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4
FORMATO DE CERTIFICACION DE GASTO 2018 PARA "GASTOS DE OPERACION"
       INSTRUCTIVO
       Se deberá anotar lo siguiente:
1     Entidad Federativa.
2     Monto por concepto de gasto
3     Concepto de Gasto de Aplicación
4     Nombre del Concepto de Gasto
5     Fecha de elaboración del certificado
 
6     Partida Específica de gasto
7     No. de factura pagada
8     Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
9     Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
10    Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
11    Especificar si es contrato o pedido
12    Proveedor o Prestador de Servicios
13    Importe neto de la factura (incluye IVA)
14    Observaciones Generales
15    Total del gasto efectuado
16    Nombre del Responsable de elaborar la comprobación
17    Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
18    Nombre del Director de Administración
19    Nombre del Secretario de Salud
20    Mes en que se reporta
NOTA:   ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERA EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACION DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), ASI COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION, DEBERA CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTICULOS 29 Y 29-A DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, LOS CUALES DEBERAN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGUN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERA REMITIR ARCHIVO ELECTRONICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCION ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACION Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE ASI LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERAN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACION. ASIMISMO, DEBERA REMITIR ARCHIVO ELECTRONICO CON LA VERIFICACION DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT).
POR OTRA PARTE DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARTICULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
Catálogo Universal de Servicios de Salud 2017
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES DE SALUD PUBLICA
1
1
Vacunación contra tuberculosis (B.C.G.)
2
2
Vacunación contra hepatitis b (HB) menores de 14 años
3
3
Administración de vacuna pentavalente (DPT, HB, HIB)
4
4
Vacunación contra rotavirus
5
5
Vacunación contra neumococo conjugado (heptavalente)
6
6
Vacunación profiláctica contra influenza (gripe estacional) menores de 14 años y grupos de riesgo
7
7
Vacunación contra sarampión, parotiditis y rubéola (SRP)
8
8
Vacunación contra difteria, tos ferina y tétanos (DPT)
9
9
Vacunación contra poliomielitis (SABIN)
10
10
Vacunación contra el virus del papiloma humano (VPH)
11
11
Vacunación contra hepatitis b (HB) mayores de 14 años
12
12
Vacunación contra sarampión y rubéola (SR)
13
13
Vacunación contra tétanos y difteria (TD)
14
14
Vacunación contra el neumococo para el adulto mayor
15
15
Vacunación profiláctica contra influenza (gripe estacional) para mayores de 60 años sin patologías asociadas
16
16
Acciones preventivas para recién nacido
17
17
Acciones preventivas para menores de 5 años
18
18
Acciones preventivas para niñas y niños de 5 a 9 años
19
19
Detección precoz de los trastornos de la conducta alimentaria
20
20
Acciones preventivas para adolescentes de 10 a 19 años
21
21
Acciones preventivas para mujeres de 20 a 59 años
22
22
Acciones preventivas para hombres de 20 a 59 años
23
23
Examen médico completo para mujeres de 40 a 59 años
24
24
Examen médico completo para hombres de 40 a 59 años
25
25
Prevención y atención a violencia familiar y de género
26
26
Acciones preventivas para adultos mayores de 60 años en adelante
27
27
Otras acciones de promoción a la salud y prevención de riesgos
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES DE CONSULTA DE MEDICINA GENERAL, FAMILIAR Y DE
ESPECIALIDAD
28
28
Diagnóstico y tratamiento de anemia ferropriva y por deficiencia de vitamina b12
29
29
Diagnóstico y tratamiento por deficiencia de vitamina A
30
30
Diagnóstico y tratamiento de escarlatina
31
31
Diagnóstico y tratamiento de sarampión, rubéola y parotiditis
32
32
Diagnóstico y tratamiento de varicela
33
33
Diagnóstico y tratamiento de faringoamigdalitis aguda
34
34
Diagnóstico y tratamiento de tos ferina
35
35
Diagnóstico y tratamiento de otitis media no supurativa
36
36
Diagnóstico y tratamiento de rinofaringitis aguda
37
37
Diagnóstico y tratamiento de conjuntivitis
38
38
Diagnóstico y tratamiento de rinitis alérgica y vasomotora
39
39
Diagnóstico y tratamiento de dengue clásico (y otras fiebres producidas por flavivirus y arbovirus)
40
40
Diagnóstico y tratamiento del síndrome diarreico agudo
 
41
41
Diagnóstico y tratamiento de fiebre paratifoidea y otras salmonelosis
42
42
Diagnóstico y tratamiento de fiebre tifoidea
43
43
Diagnóstico y tratamiento del herpes zóster
44
44
Diagnóstico y tratamiento de candidiasis oral
45
45
Diagnóstico y tratamiento de gonorrea
46
46
Diagnóstico y tratamiento de infecciones por chlamydia (incluye tracoma)
47
47
Diagnóstico y tratamiento de trichomoniasis
48
48
Diagnóstico y tratamiento de sífilis precoz y tardía
49
49
Diagnóstico y tratamiento de cistitis
50
50
Diagnóstico y tratamiento de vaginitis aguda
51
51
Diagnóstico y tratamiento de vulvitis aguda
52
52
Diagnóstico y tratamiento de chancro blando
53
53
Diagnóstico y tratamiento de herpes genital
54
54
Diagnóstico y tratamiento de amebiasis
55
55
Diagnóstico y tratamiento de anquilostomiasis y necatoriasis
56
56
Diagnóstico y tratamiento de ascariasis
57
57
Diagnóstico y tratamiento de enterobiasis
58
58
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de equinococosis
59
59
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de esquistosomiasis
60
60
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de estrongiloidiasis
61
61
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de filariasis
62
62
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de giardiasis
63
63
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de teniasis
64
64
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de tricuriasis
65
65
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de triquinosis
66
66
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de brucelosis
67
67
Diagnóstico y tratamiento de escabiosis
68
68
Diagnóstico y tratamiento de pediculosis y phthiriasis
69
69
Diagnóstico y tratamiento de micosis superficiales (excepto onicomicosis)
70
70
Diagnóstico y tratamiento de onicomicosis
71
71
Diagnóstico y tratamiento de erisipela y celulitis
72
72
Diagnóstico y tratamiento de procesos infecciosos de rezago (paludismo, ricketsiosis, lepra, enfermedad de chagas, leishmaniasis, oncocercosis)
73
73
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis alérgica y de contacto
74
74
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis atópica
75
75
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis de contacto por irritantes
76
76
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis del pañal
77
77
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis exfoliativa
78
78
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis seborreica
79
79
Diagnóstico y tratamiento de verrugas vulgares
80
80
Diagnóstico y tratamiento del acné
81
81
Diagnóstico y tratamiento de infección aguda por virus de la hepatitis a y b
82
82
Diagnóstico y tratamiento de gastritis aguda, duodenitis y dispepsia
83
83
Diagnóstico y tratamiento del síndrome de intestino irritable
84
84
Diagnóstico y tratamiento de prediabetes y diabetes mellitus tipo 2
85
85
Diagnóstico y tratamiento de hipertensión arterial
86
86
Diagnóstico y tratamiento conservador de artrosis erosiva y poliartrosis no especificada
87
87
Diagnóstico y tratamiento de lumbalgia
88
88
Atención por algunos signos, síntomas y otros factores que influyen en el estado de salud
89
90
Método de planificación familiar temporal con anticonceptivos hormonales
90
91
Consejo y asesoramiento general sobre anticoncepción mediante el uso del condón
91
92
Método de planificación familiar temporal con dispositivo intrauterino
 
92
93
Atención prenatal en el embarazo
93
96
Diagnóstico y tratamiento de dismenorrea primaria
94
97
Diagnóstico y tratamiento del climaterio y menopausia
95
98
Diagnóstico y tratamiento trastornos benignos de la mama
96
99
Diagnóstico y tratamiento de hiperplasia endometrial
97
100
Diagnóstico y tratamiento de vaginitis subaguda y crónica
98
101
Diagnóstico y tratamiento de endometriosis
99
102
Diagnóstico y tratamiento de uretritis y síndrome uretral
100
103
Diagnóstico y tratamiento de lesiones escamosas intraepiteliales de grados bajo y moderado
101
104
Diagnóstico y tratamiento de lesiones escamosas intraepiteliales de alto grado
102
105
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición leve, moderada y severa
103
106
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición severa tipo Kwashiorkor
104
107
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición severa tipo marasmo
105
108
Diagnóstico y tratamiento de secuelas de desnutrición
106
109
Diagnóstico y tratamiento médico del sobrepeso y obesidad exógena
107
110
Diagnóstico y tratamiento de laringotraqueítis aguda
108
111
Diagnóstico y tratamiento de otitis media supurativa
109
112
Diagnóstico y tratamiento de sinusitis aguda
110
113
Diagnóstico y tratamiento del asma y sus exacerbaciones en adultos
111
114
Diagnóstico y tratamiento del asma y sus exacerbaciones en menores de 18 años
112
115
Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis (TAES)
113
116
Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis farmacorresistente (TAES)
114
117
Diagnóstico y tratamiento de psoriasis
115
118
Diagnóstico y tratamiento de esofagitis por reflujo
116
119
Diagnóstico y tratamiento de úlcera gástrica y péptica crónica no perforada
117
120
Diagnóstico y tratamiento de dislipidemia
118
121
Diagnóstico y tratamiento de hipertiroidismo
119
123
Diagnóstico y tratamiento de hipotiroidismo
120
124
Diagnóstico y tratamiento de diabetes mellitus tipo 1
121
125
Diagnóstico y tratamiento de insuficiencia cardiaca
122
126
Diagnóstico y tratamiento de osteoporosis
123
127
Diagnóstico y tratamiento de hiperuricemia y gota
124
128
Diagnóstico y tratamiento de artritis reumatoide
125
132
Diagnóstico y tratamiento ambulatorio de epilepsia y crisis convulsivas
126
133
Diagnóstico y tratamiento médico de enfermedad de Parkinson
127
134
Diagnóstico y tratamiento conservador de luxación congénita de cadera
128
136
Diagnóstico y tratamiento de parálisis facial
129
137
Prevención y detección temprana de adicciones (consejería)
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES DE ODONTOLOGIA
130
138
Prevención de caries dental
131
139
Aplicación de selladores de fosetas y fisuras dentales
132
140
Restauraciones dentales con amalgama, ionómero de vidrio y resina, por caries o fractura de los dientes
133
141
Diagnóstico y tratamiento de focos infecciosos bacterianos agudos en la cavidad bucal
134
142
Extracción de dientes erupcionados y restos radiculares
135
143
Terapia pulpar
136
144
Extracción de tercer molar
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES EN URGENCIAS
137
149
Diagnóstico y tratamiento de angina de pecho
138
155
Diagnóstico y tratamiento del envenenamiento por insecticidas organofosforados y carbamatos
139
158
Diagnóstico y tratamiento de picadura de alacrán
140
159
Diagnóstico y tratamiento de picaduras de abeja, araña y otros artrópodos
141
160
Diagnóstico y tratamiento de intoxicación aguda alimentaria
142
161
Manejo de mordedura y prevención de rabia en humanos
143
162
Extracción de cuerpos extraños
144
163
Curación y suturas de lesiones traumáticas de tejidos blandos
145
165
Manejo en urgencias de quemaduras de primer grado
146
166
Diagnóstico y tratamiento de esguince cervical
147
167
Diagnóstico y tratamiento de esguince de hombro
148
168
Diagnóstico y tratamiento de esguince de codo
149
169
Diagnóstico y tratamiento de esguince de muñeca y mano
150
170
Diagnóstico y tratamiento conservador de esguince de rodilla
151
171
Diagnóstico y tratamiento de esguince de tobillo y pie
 
 
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES DE HOSPITALIZACION
152
172
Diagnóstico y tratamiento de pielonefritis
153
178
Diagnóstico y tratamiento de neumonía en menores de 18 años
154
181
Diagnóstico y tratamiento de enfermedad pélvica inflamatoria
155
184
Atención del parto y puerperio fisiológico
156
188
Atención del recién nacido
157
198
Diagnóstico y tratamiento de infección de episiorrafia o herida quirúrgica obstétrica
158
202
Diagnóstico y tratamiento de retención aguda de orina
159
211
Diagnóstico y tratamiento de neuropatía periférica secundaria a diabetes
160
218
Diagnóstico y tratamiento de diabetes gestacional
161
219
Diagnóstico y tratamiento de hipertensión inducida y/o preexistente en el embarazo
 
 
 
N. FAM
N. CAUSES
INTERVENCIONES DE CIRUGIA GENERAL
162
231
Diagnóstico y tratamiento de enfermedad hemorroidal
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de
Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
CAMPECHE, RUTAS 2018
No. de unidades: 5 UMM-0, 3 UMM-1, 4 UMM-2 y 2 UMM-3.
Dirección General de Información en Salud
Localidades en ruta
Población
Objetivo
Personal
Jornada de la
Unidad Móvil
Red de Atención
CLUES
Nombre de la UMM
Tipo de UMM y
año
Municipio
Centro de Salud ANCLA (para las Tipo 0)
Unidad de 2o. Nivel (Emergencias Obstétricas)
Clave
Nombre
Clave
Nombre Localidad
CLUES
Nombre
CLUES
Nombre
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060008
Chencoh
477
1 Médico
General 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
002
Campeche
040020711
Carlos Cano Cruz (Los Tlaxcaltecas)
164
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060020
Francisco J. Mújica (Los Ucán)
94
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060300
El Pedregal
49
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060773
Las Flores Uno
72
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060771
Las Flores Dos
38
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060772
Las Flores Tres
21
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060770
Las Flores Cuatro
38
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060769
Las Flores Cinco
69
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060815
Las Flores Seis
23
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060782
La Nueva Trinidad Uno
142
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060780
La Nueva Trinidad Dos
135
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060781
La Nueva Trinidad Tres
154
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060844
Nueva Trinidad Cuatro
19
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060854
Nueva Trinidad Cinco
36
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060784
Nuevo Durango Uno (Noh-Ayín)
167
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060783
Nuevo Durango Dos (Noh-Ayín)
130
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060819
Nuevo Durango Tres
141
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060820
Nuevo Durango Cuatro
178
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060845
Nuevo Durango Cinco
135
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060846
Nuevo Durango Seis
156
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
006
Hopelchén
040060847
Nuevo Durango Siete
61
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017431 (*)
Caravana Chen Coh P-38
UMM-1, 2007
 
2
 
22
2,499
3
8
 
 
1
1
CCSSA017443
Caravana Laguna Grande P-39
UMM-1, 2007
009
Escárcega
040090945
Chan Laguna
532
1 Médico
General 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017443
Caravana Laguna Grande P-39
UMM-1, 2007
009
Escárcega
040090947
Flor De Chiapas
304
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017443
Caravana Laguna Grande P-39
UMM-1, 2007
009
Escárcega
040090961
El Jobal
181
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017443
Caravana Laguna Grande P-39
UMM-1, 2007
009
Escárcega
040090963
Laguna Grande
783
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017443
Caravana Laguna Grande P-39
UMM-1, 2007
009
Escárcega
040090968
José López Portillo
304
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017443
Caravana Laguna Grande P-39
UMM-1, 2007
009
Escárcega
040090970
Las Maravillas
117
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017443
Caravana Laguna Grande P-39
UMM-1, 2007
009
Escárcega
040091862
Emiliano Zapata
140
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017443
Caravana Laguna Grande P-39
UMM-1, 2007
 
1
 
7
2,361
3
8
 
 
1
1
CCSSA017455
Nuevo Comalcalco P-40
UMM-1, 2007
011
Candelaria
040110372
Nuevo Comalcalco
272
1 Médico
General 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017455
Nuevo Comalcalco P-40
UMM-1, 2007
011
Candelaria
040110473
El Relámpago
9
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017455
Nuevo Comalcalco P-40
UMM-1, 2007
011
Candelaria
040110635
El Tablón
114
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017455
Nuevo Comalcalco P-40
UMM-1, 2007
011
Candelaria
040111143
Licenciado José Antonio González Curi
127
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017455
Nuevo Comalcalco P-40
UMM-1, 2007
011
Candelaria
040111261
El Diamante
73
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017455
Nuevo Comalcalco P-40
UMM-1, 2007
011
Candelaria
040111273
El Pulguero
129
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017455
Nuevo Comalcalco P-40
UMM-1, 2007
011
Candelaria
040110239
Ignacio Zaragoza (Pulguero)
9
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017455
Nuevo Comalcalco P-40
UMM-1, 2007
011
Candelaria
04011n/d
Nuevo Comalcalco Dos
48
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017455
Nuevo Comalcalco P-40
UMM-1, 2007
 
1
 
8
781
3
8
 
 
1
1
CCSSA017460
Caravana Médico Dental P-41
UMM-2, 2007
006
Hopelchén
040060007
Chan-Chen
304
1 Médico
General 1
Odontólogo 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017460
Caravana Médico Dental P-41
UMM-2, 2007
006
Hopelchén
040060014
Chun-Ek
158
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017460
Caravana Médico Dental P-41
UMM-2, 2007
006
Hopelchén
040060026
Cancabchén
514
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017460
Caravana Médico Dental P-41
UMM-2, 2007
006
Hopelchén
040060032
Pachuitz
266
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017460
Caravana Médico Dental P-41
UMM-2, 2007
006
Hopelchén
040060058
Xmejía
455
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017460
Caravana Médico Dental P-41
UMM-2, 2007
006
Hopelchén
040060766
Nuevo Chan Yaxché
12
 
 
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017460
Caravana Médico Dental P-41
UMM-2, 2007
 
1
 
6
1,709
4
8
 
 
1
1
 
CCSSA017472
Caravana Médico Dental P-42
UMM-2, 2007
011
Candelaria
040110015
Aguas Malas (Tres Cruces)
66
1 Médico
General 1
Odontólogo 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017472
Caravana Médico Dental P-42
UMM-2, 2007
011
Candelaria
040110906
Hermanos Cruz
41
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017472
Caravana Médico Dental P-42
UMM-2, 2007
011
Candelaria
040110169
Esperanza
169
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017472
Caravana Médico Dental P-42
UMM-2, 2007
011
Candelaria
040110225
Héctor Pérez Morales
225
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017472
Caravana Médico Dental P-42
UMM-2, 2007
011
Candelaria
040110238
Ignacio Zaragoza (El Salvaje)
260
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017472
Caravana Médico Dental P-42
UMM-2, 2007
011
Candelaria
040110294
Laguna La Perdida
242
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017472
Caravana Médico Dental P-42
UMM-2, 2007
011
Candelaria
040110317
Luinal
196
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017472
Caravana Médico Dental P-42
UMM-2, 2007
011
Candelaria
040110694
La Zanja (La Palma)
91
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017472
Caravana Médico Dental P-42
UMM-2, 2007
 
1
 
8
1,290
4
8
 
 
1
1
CCSSA017484
Médico Dental P-43
UMM-2, 2007
010
Calakmul
040100033
Santo Domingo
547
1 Médico
General 1
Odontólogo 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
 
 
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017484
Médico Dental P-43
UMM-2, 2007
010
Calakmul
040100046
Caña Brava
187
 
 
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017484
Médico Dental P-43
UMM-2, 2007
010
Calakmul
040100076
Dos Lagunas
283
 
 
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017484
Médico Dental P-43
UMM-2, 2007
010
Calakmul
040100077
Dos Naciones
280
 
 
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017484
Médico Dental P-43
UMM-2, 2007
010
Calakmul
040100166
Nuevo San José
293
 
 
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017484
Médico Dental P-43
UMM-2, 2007
010
Calakmul
040100256
Unidad Y Trabajo
151
 
 
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017484
Médico Dental P-43
UMM-2, 2007
 
1
 
6
1,741
4
8
 
 
1
1
CCSSA017496
Caravana Médico Dental P-44
UMM-2, 2007
003
Carmen
040030065
José María Pino Suárez
312
1 Médico
General 1
Odontólogo 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017496
Caravana Médico Dental P-44
UMM-2, 2007
003
Carmen
040030364
Independencia
381
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017496
Caravana Médico Dental P-44
UMM-2, 2007
003
Carmen
040030829
Adolfo López Mateos
74
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017496
Caravana Médico Dental P-44
UMM-2, 2007
003
Carmen
040031138
Los Manantiales
138
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017496
Caravana Médico Dental P-44
UMM-2, 2007
003
Carmen
040033453
Pital Viejo
248
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017496
Caravana Médico Dental P-44
UMM-2, 2007
003
Carmen
040033304
Enrique Rodríguez Cano
432
 
 
CCSSA017682
Hospital General de Escárcega
CCSSA017496
Caravana Médico Dental P-44
UMM-2, 2007
 
1
 
6
1,585
4
8
 
 
1
1
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060027
Katab
405
1 Médico
General 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060050
El Poste
240
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060054
Xcupil
881
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060045
Rancho Sosa
4
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060062
Yaxché Akal
140
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060330
Campo Menonita Número Uno
173
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060331
Campo Menonita Número Dos
174
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060332
Campo Menonita Número Tres
152
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060570
Campo Menonita Número Cuatro
203
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060568
Campo Menonita Número Cinco
142
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060333
Campo Menonita Número Seis
130
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060569
Campo Menonita Número Siete
211
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060672
Campo Menonita Número Ocho
180
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060673
Campo Menonita Número Nueve
163
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060674
Campo Menonita Número Diez
120
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060761
Campo Menonita Número Once
200
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060675
Campo Menonita Número Doce
121
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060836
Campo Menonita Número Catorce
59
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060837
Campo Menonita Número Dieciséis
16
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
006
Hopelchén
040060838
Campo Menonita Número Quince
89
CCSSA000795
C.S. Bolonchén de Rejón
CCSSA000766
Hospital Comunitario de Hopelchén
CCSSA017513 (*)
Poste P-45 (Caravana)
UMM-0, 2009
 
1
 
20
3,803
3
8
1
1
1
1
CCSSA017525
Emiliano Zapata P-46 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110003
Tres De Mayo
6
1 Médico
General 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017525
Emiliano Zapata P-46 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110153
Emiliano Zapata
237
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017525
Emiliano Zapata P-46 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110341
Miguel De La Madrid (El Pañuelo)
667
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017525
Emiliano Zapata P-46 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110344
La Misteriosa
208
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017525
Emiliano Zapata P-46 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110638
El Taziztal
35
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017525
Emiliano Zapata P-46 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110811
La Peregrina
272
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017525
Emiliano Zapata P-46 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110137
El Destino
82
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017525
Emiliano Zapata P-46 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040111402
Balancancito
68
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017525
Emiliano Zapata P-46 (Caravana)
UMM-0, 2009
 
1
 
8
1,575
3
8
1
1
1
1
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110037
Arroyo Del Julubal
70
1 Médico
General
1 Enfermera
1 Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110128
Delicias I
47
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110343
El Mirador Primero
314
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110427
Balankax
187
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
 
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110517
San Dimas (Alianza Ii)
144
 
 
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110612
Santa Rosa
128
 
 
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110629
Solidaridad
151
 
 
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110666
Tres Reyes
89
 
 
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040110814
Adolfo López Mateos
124
 
 
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040111401
Arroyo Veinticuatro De Mayo
96
 
 
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040111504
La Tigra
125
 
 
CCSSA001326
El Desengaño
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
011
Candelaria
040111516
Chilam Balam
184
 
 
 
 
 
 
CCSSA017530
Santa Rosa P-47 (Caravana)
UMM-0, 2009
 
1
 
12
1,659
3
8
 
1
1
1
CCSSA017542
Angeles P-48 (Caravana)
UMM-0, 2009
010
Calakmul
040100013
Los Angeles
468
1 Médico
General 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
CCSSA001191
C.S. Josefa Ortiz de
Domínguez (Icaiche)
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017542
Angeles P-48 (Caravana)
UMM-0, 2009
010
Calakmul
040100082
Felipe Angeles
332
CCSSA001191
C.S. Josefa Ortiz de
Domínguez (Icaiche)
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017542
Angeles P-48 (Caravana)
UMM-0, 2009
010
Calakmul
040100026
Blasillo
198
CCSSA001191
C.S. Josefa Ortiz de
Domínguez (Icaiche)
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017542
Angeles P-48 (Caravana)
UMM-0, 2009
010
Calakmul
040100094
Guillermo Prieto
271
CCSSA001191
C.S. Josefa Ortiz de
Domínguez (Icaiche)
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017542
Angeles P-48 (Caravana)
UMM-0, 2009
010
Calakmul
040100097
Hermenegildo Galeana
126
CCSSA001191
C.S. Josefa Ortiz de
Domínguez (Icaiche)
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017542
Angeles P-48 (Caravana)
UMM-0, 2009
010
Calakmul
040100140
La Lucha
118
CCSSA001191
C.S. Josefa Ortiz de
Domínguez (Icaiche)
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017542
Angeles P-48 (Caravana)
UMM-0, 2009
010
Calakmul
040100165
Nuevo Progreso
69
CCSSA001191
C.S. Josefa Ortiz de
Domínguez (Icaiche)
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017542
Angeles P-48 (Caravana)
UMM-0, 2009
010
Calakmul
040100264
Veintiuno De Mayo (Lechugal)
216
CCSSA001191
C.S. Josefa Ortiz de
Domínguez (Icaiche)
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017542
Angeles P-48 (Caravana)
UMM-0, 2009
 
1
 
8
1,798
3
8
 
1
1
1
CCSSA017554
Nuevo Campechito P-49 (Caravana)
UMM-0, 2009
003
Carmen
040030082
Calax
161
1 Médico
General 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
CCSSA000486
C.S Emiliano Zapata
CCSSA000363
H.G. Ma. Socorro Quiroga Aguilar, Cd. del Carmen
CCSSA017554
Nuevo Campechito P-49 (Caravana)
UMM-0, 2009
003
Carmen
040030118
Nuevo Campechito
457
CCSSA000486
C.S Emiliano Zapata
CCSSA000363
H.G. Ma. Socorro Quiroga Aguilar, Cd. del Carmen
CCSSA017554
Nuevo Campechito P-49 (Caravana)
UMM-0, 2009
003
Carmen
040031351
Ribera De San Francisco
98
CCSSA000486
C.S Emiliano Zapata
CCSSA000363
H.G. Ma. Socorro Quiroga Aguilar, Cd. del Carmen
CCSSA017554
Nuevo Campechito P-49 (Caravana)
UMM-0, 2009
003
Carmen
040032221
Ribera Media San Francisco
43
CCSSA000486
C.S Emiliano Zapata
CCSSA000363
H.G. Ma. Socorro Quiroga Aguilar, Cd. del Carmen
CCSSA017554
Nuevo Campechito P-49 (Caravana)
UMM-0, 2009
003
Carmen
040032222
Ribera Alta San Francisco
33
CCSSA000486
C.S Emiliano Zapata
CCSSA000363
H.G. Ma. Socorro Quiroga Aguilar, Cd. del Carmen
CCSSA017554
Nuevo Campechito P-49 (Caravana)
UMM-0, 2009
003
Carmen
040032629
Carlos Salinas De Gortari
131
CCSSA000486
C.S Emiliano Zapata
CCSSA000363
H.G. Ma. Socorro Quiroga Aguilar, Cd. del Carmen
CCSSA017554
Nuevo Campechito P-49 (Caravana)
UMM-0, 2009
003
Carmen
04003n/d
Abelardo Carrillo Zavala
697
CCSSA000486
C.S Emiliano Zapata
CCSSA000363
H.G. Ma. Socorro Quiroga Aguilar, Cd. del Carmen
CCSSA017554
Nuevo Campechito P-49 (Caravana)
UMM-0, 2009
 
1
 
7
1,620
3
8
 
1
1
1
CCSSA017653
Médico Dental P-50
UMM-3, 2009
010
Calakmul
040100238
El Tesoro
419
1 Médico
General 1
Odontólogo 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
 
 
CCSSA001116
Hospital Integral de Xpujil
CCSSA017653
Médico Dental P-50
UMM-3, 2009
010
Calakmul*
040100033
Santo Domingo*
547
 
 
CCSSA017670
Hospital General de Especialidades "Dr. Javier Buenfil Osorio" (Telemedicina)
CCSSA017653
Médico Dental P-50
UMM-3, 2009
010
Calakmul*
040100013
Los Angeles*
468
 
 
CCSSA017653
Médico Dental P-50
UMM-3, 2009
006
Hopelchén*
040060008
Chencoh*
477
 
 
CCSSA017653
Médico Dental P-50
UMM-3, 2009
006
Hopelchén*
040060058
Xmejía*
455
 
 
CCSSA017653
Médico Dental P-50
UMM-3, 2009
 
1
 
1
419
4
8
 
 
1
1
CCSSA017665
Médico Dental P-51
UMM-3, 2009
011
Candelaria
040111231
Río Caribe (Caribe)
186
1 Médico
General 1
Odontólogo 1
Enfermera 1
Chofer
Polivalente
8:00 a 16:00
hrs.
 
 
CCSSA001220
Hospital General Candelaria
CCSSA017665
Médico Dental P-51
UMM-3, 2009
011
Candelaria
040110225
Héctor Pérez Morales*
225
 
 
CCSSA017670
Hospital General de Especialidades "Dr. Javier Buenfil Osorio" (Telemedicina)
CCSSA017665
Médico Dental P-51
UMM-3, 2009
011
Candelaria
040033453
Pital Viejo*
248
 
 
CCSSA017665
Médico Dental P-51
UMM-3, 2009
011
Candelaria
040090945
Chan Laguna*
532
 
 
CCSSA017665
Médico Dental P-51
UMM-3, 2009
011
Candelaria
040090963
Laguna Grande*
783
 
 
CCSSA017665
Médico Dental P-51
UMM-3, 2009
 
1
 
1
186
4
8
 
 
1
1
14
14
14
 
6
 
120
23,026
48
 
4
4
6
6
* Unidades médicas móviles federales, financiadas con recursos estatales para cubrir los honorarios del personal itinerante (enfermera, promotor y en su caso odontólogo) durante el ejercicio 2018.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
ANEXO 7 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACION DE SERVICIOS 2018
Entidad Federativa (Escribir Nombre)
Trimestres (Escribir Nombre)
TABLA 1. PIRAMIDE POBLACIONAL (COBERTURA OBJETIVO UNIDADES
MEDICAS MOVILES)
 
Cobertura
Operativa por
trimestre
 
Consultas de
primera vez por
diagnóstico y/o
tratamiento
Consultas
subsecuentes
Acciones de
promoción o
prevención al
individuo y a la
comunidad
Muertes maternas
por lugar de origen
en el periodo
Hombres
Rango de Edad
Mujeres
Hombres+Mujeres
 
 
 
 
 
 
 
 
 
70 y más
 
 
 
1er
 
 
 
 
 
 
65 a 69
 
 
 
2o.
 
 
 
 
 
 
60 a 64
 
 
 
3er.
 
 
 
 
 
 
55 a 59
 
 
 
4o.
 
 
 
 
 
 
50 a 54
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
45 a 49
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
40 a 44
 
 
 
Observaciones:
 
 
 
 
35 a 39
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
30 a 34
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
25 a 29
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
20 a 24
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
15 a 19
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
10 a 14
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5 a 9
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2 a 4 años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1 año
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
< de 1 año
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Supervisor Estatal (nombre y firma)
 
 
 
Coordinador Estatal (nombre y firma)
Responsable de Integración
 
 
 
Responsable de Validación
 
Entidad Federativa (Escribir Nombre)
Trimestre (Escribir Nombre)
 
I. Control Nutricional
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
I.1
Porcentaje de niños con obesidad y sobrepeso
 
 
 
 
 
 
I.2
Porcentaje de niños con peso para la talla normal
 
 
 
 
 
 
I.3
Porcentaje de niños con desnutrición leve
 
 
 
 
 
 
I.4
Porcentaje de niños con desnutrición moderada
 
 
 
 
 
 
I.5
Porcentaje de niños con desnutrición grave
 
 
 
 
 
 
I.6
Porcentaje de niños con recuperados de desnutrición
 
 
 
 
 
 
 
 
 
II. Enfermedades Diarreicas Agudas en menores de cinco años
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
II.1
Porcentaje de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
II.2
Porcentaje de casos de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años que requirieron plan A
 
 
 
 
 
 
II.3
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades diarreicas agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
III. Enfermedades Infecciones Respiratorias Agudas en menores de cinco años
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
III.1
Porcentaje de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
III.2
Porcentaje de casos de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años que requirieron antibiótico
 
 
 
 
 
 
III.3
Porcentaje madres capacitadas en infecciones respiratorias agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IV. Diabetes Mellitus
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
IV.1
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus en tratamiento
 
 
 
 
 
 
IV.2
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus controlados
 
 
 
 
 
 
IV.3
Porcentaje de casos nuevos de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
IV.4
Porcentaje de detecciones de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
V. Hipertensión Arterial Sistémica
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
V.1
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica en tratamiento
 
 
 
 
 
 
V.2
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica controlados
 
 
 
 
 
 
V.3
Porcentaje de casos nuevos de Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
V.4
Porcentaje de detecciones de Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VI. Obesidad
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
VI.1
Porcentaje de pacientes con Obesidad en tratamiento
 
 
 
 
 
 
VI.2
Porcentaje de pacientes con Obesidad controlados
 
 
 
 
 
 
VI.3
Porcentaje de casos nuevos de Obesidad
 
 
 
 
 
 
VI.4
Porcentaje de detecciones de Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VII. Dislipidemias
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
VII.1
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias en tratamiento
 
 
 
 
 
 
VII.2
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias controlados
 
 
 
 
 
 
VII.3
Porcentaje de casos nuevos de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
VII.4
Porcentaje de detecciones de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIII. Síndrome Metabólico
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
VIII.1
Porcentaje de casos nuevos de Síndrome metabólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IX. Cáncer Cervicouterino
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
IX.1
Porcentaje de detecciones oportunas de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
IX.2
Porcentaje de detecciones de Virus de Papiloma Humano
 
 
 
 
 
 
IX.3
Porcentaje de casos nuevos de Displasia (leve, moderada y severa)
 
 
 
 
 
 
IX.4
Porcentaje de casos nuevos de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
X. Cáncer de Mama
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
X.1
Porcentaje de detecciones por exploración para cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
X.2
Porcentaje de casos nuevos de cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XI. Control Prenatal y Puerperio
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
XI.1
Porcentaje de detecciones de mujeres embarazadas en el primer trimestre de gestación
 
 
 
 
 
 
XI.2
Proporción de consultas a mujeres embarazadas
 
 
 
 
 
 
XI.3
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez
 
 
 
 
 
 
XI.4
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez referidas a un segundo o tercer nivel
 
 
 
 
 
 
XI.5
Proporción de consultas de seguimiento a puérperas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XII. Prevención de defectos al nacimiento
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
XII.1
Porcentaje de mujeres en edad fértil que recibieron ácido fólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIII. Planificación Familiar
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
XIII.1
Porcentaje de mujeres activas de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
XIII.2
Porcentaje de puérperas aceptantes de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIV. Atención Odontológica
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
XIV.1
Promedio de pacientes que reciben consulta odontológica
 
 
 
 
 
 
XIV.2
Porcentaje de acciones preventivas odontológicas
 
 
 
 
 
 
XIV.3
Porcentaje de acciones curativas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XV. Vacunación
 
ALCANZADO AL
PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2o. Trimestre
3er. Trimestre
4o. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
XV.1
Porcentaje de vacunación en embarazadas
 
 
 
 
 
 
XV.2
Porcentaje de vacunación en menores de 9 años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Análisis cualitativo de cada Indicador con sus respectivos avances en el periodo que se reporta:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Causas por las que se obtuvieron los resultados
 
Acciones para mejorar
 
 
 
 
 
 
 
 
I.1
 
I.2
 
 
 
 
 
 
 
I.3
 
 
 
 
 
 
 
I.4
 
 
 
 
 
 
 
I.5
 
 
 
 
 
 
 
I.6
 
.
 
 
 
 
 
 
 
.
 
 
 
 
 
 
 
.
 
 
 
 
 
 
 
XIV.2
 
 
 
 
 
 
 
XIV.3
 
 
 
 
 
 
 
XV.1
 
 
 
 
 
 
 
XV.2
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
ANEXO 8 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
12101
HONORARIOS
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad.
HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS DERIVADO DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA FAM.
13202
GRATIFICACION DE FIN DE AÑO
Asignaciones por concepto de gratificación de fin de año al personal de las entidades. GRATIFICACION DE FIN DE AÑO PARA EL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA FAM.
37101*
PASAJES AEREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISION
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES AEREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES AEREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PUBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37201*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISION
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
 
37204*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PUBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento
37501*
VIATICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISION
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503*
VIATICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
37504*
VIATICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PUBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN AREAS RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
39202
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 "Servicios Personales". EXCLUSIVO PARA PAGO DE PEAJE
 
 
 
* PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS ASIGNADAS PARA COORDINADOR Y SUPERVISORES, EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, CUANDO ESTE SEA CONVOCADO POR "LA SECRETARIA" (DGPLADES), SE AUTORIZA LA APLICACION DE RECURSOS DE ESTE CONVENIO PARA CUBRIR SUS GASTOS DE TRASLADO Y VIATICOS
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
ANEXO 8 A DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
APLICACION DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
21101
MATERIALES Y UTILES DE OFICINA
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos de oficina, para el uso en las unidades médicas móviles federales, tales como: artículos papelería, libretas, carpetas, útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras, sacapuntas; entre otros.
26102
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHICULOS TERRESTRES, AEREOS, MARITIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PUBLICOS Y LA OPERACION DE PROGRAMAS PUBLICOS
Asignaciones destinadas a la adquisición de gasolina para vehículos federales (unidades médicas móviles) del Programa FAM.
27101
VESTUARIO Y UNIFORMES
Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas de vestir: ropa de tela, y a la fabricación de accesorios de vestir: camisas, pantalones, calzado; uniformes e insignias para el personal de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
29501
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico), entre otros correspondientes a las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
29601
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, tapetes, limpiadores, volantes, gatos hidráulicos o mecánicos de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
33401
SERVICIOS PARA CAPACITACION A SERVIDORES PUBLICOS
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan en el Programa conforme al numeral 6.5.3 de la Reglas de Operación 2018.
35401
INSTALACION, REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico, entre otros), de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
35501
MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE VEHICULOS TERRESTRES, AEREOS, MARITIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de unidades médicas móviles federales del Programa FAM y su planta de luz o de emergencia.
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
 
ANEXO 9 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES, CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
PERSONAL EN EL ESTADO DE CAMPECHE
NIVEL ESTATAL
PERSONAL AUTORIZADO PARA CONTRATACION POR HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS, DERIVADO DE LA PRESTACION DE SERVICIOS
DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA.
 
 
 
 
 
 
 
 
CODIGO
DESCRIPCION
No.
PAGO DE
HONORARIOS POR
LA PRESTACION DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL
DE GRATIFICACION
DE FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACION
TOTAL DE
PERCEPCIONES
CFMA0001
COORDINADOR (DIR. AREA "A")
1
$47,973.69
$5,330.41
$53,304.10
12
$639,649.20
CF500000
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MEDICA "A")
1
$33,531.45
$3,725.72
$37,257.17
12
$447,086.04
CF500000
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MEDICA "A")
1
$33,531.45
$3,725.72
$37,257.17
3
$111,771.51
 
 
 
 
 
 
 
$1,198,506.75
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MOVIL TIPO 0
 
CODIGO
DESCRIPCION
No.
PAGO DE
HONORARIOS POR
LA PRESTACION DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL
DE GRATIFICACION
DE FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACION
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
4
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
12
$825,385.92
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
4
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$688,966.08
 
 
 
 
 
 
 
$1,514,352.00
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MOVIL TIPO 1
 
CODIGO
DESCRIPCION
No.
PAGO DE
HONORARIOS POR
LA PRESTACION DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL
DE GRATIFICACION
DE FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACION
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
12
$412,692.96
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$344,483.04
 
 
 
 
 
 
 
$757,176.00
 
UNIDAD MOVIL TIPO 2
 
CODIGO
DESCRIPCION
No.
PAGO DE
HONORARIOS POR
LA PRESTACION DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL
DE GRATIFICACION
DE FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACION
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
4
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
12
$825,385.92
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
4
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$688,966.08
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
4
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
12
$1,272,230.40
 
 
 
 
 
 
 
$2,786,582.40
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MOVIL TIPO 3
 
CODIGO
DESCRIPCION
No.
PAGO DE
HONORARIOS POR
LA PRESTACION DE
SERVICIOS (BRUTO
MENSUAL)
PARTE
PROPORCIONAL
DE GRATIFICACION
DE FIN DE AÑO *
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACION
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
12
$412,692.96
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$344,483.04
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
2
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
12
$636,115.20
 
 
 
 
 
 
 
$1,393,291.20
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL
 
$7,649,908.35
 
 
 
 
 
 
 
 
* La asignación presupuestal correspondiente a la parte proporcional de gratificación de fin de año, se encuentra programada para ministrarse en el último
trimestre del año
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
 
ANEXO 10 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2018
ENTIDAD FEDERATIVA:
 
 
 
TRIMESTRE:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
MES:
SECRETARIA DE FINANZAS
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
 
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
 
CUENTA PRODUCTIVA
No. DE CUENTA PRODUCTIVA
 
ENERO
 
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
 
MARZO
 
 
 
 
ABRIL
 
 
 
 
MAYO
 
 
 
 
JUNIO
 
 
 
 
JULIO
 
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
 
MONTO TRIMESTRAL
 
 
 
 
MONTO TOTAL ACUMULABLE
$ -  
$ -  
$ -
 
 
 
 
 
 
 
 
*ENVIAR LOS 15 PRIMEROS DIAS, AL TERMINO DEL TRIMESTRE.
 
 
 
 
 
 
 
 
________________________________
________________________________
____________________________________
RESPONSABLE DE LA INFORMACION
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS DE
SALUD (O SU EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE
LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD
(O SU EQUIVALENTE)
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
ANEXO 11 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2018
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Capítulo de
gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Reintegro
TESOFE (1)
 
No. Cuenta
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimientos
reintegrados a
TESOFE (2)
1000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Secretaría
de Finanzas
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Servicios
de Salud
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
________________________________
________________________________
____________________________________
 
RESPONSABLE DE LA INFORMACION
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS
SERVICIOS DE SALUD (O SU EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
 
 
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
ANEXO 12 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACION DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCION MEDICA
PROGRAMA DE VISITAS A REALIZAR EN EL ESTADO DE CAMPECHE
 
PERIODO DE VISITA:
DEL MES DE: ABRIL A OCTUBRE DE 2018
 
De conformidad con el Modelo de Supervisión y la información de las Plataformas Informáticas para el Seguimiento y Supervisión del Programa, se podrán realizar visitas, en cumplimiento de lo especificado en las Cláusulas TERCERA fracciones I, III y V y Octava fracción III del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Campeche con el propósito de verificar la operación el uso adecuado de los recursos presupuestarios transferidos con carácter de subsidios por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, anteriormente señalado, y el estado general que guarden los bienes dados en comodato. Por lo que con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $7,873,408.35 (Siete millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos ocho pesos 35/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Campeche, por conducto de la Secretaría de Salud, el Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, la Secretaría de Finanzas y la Contraloría de la Administración Pública Estatal.
Firmas de los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 del Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y
Desarrollo del Sector Salud, José Meljem Moctezuma.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Malaquías López Cervantes.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, Rafael Rodríguez Cabrera.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas, América del Carmen Azar Pérez.- Rúbrica.- La Secretaria de la Contraloría de la Administración Pública Estatal, Laura Luna García.- Rúbrica.

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