EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Centro de Restauración Familiar Vida y Libertad, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. TOMÁS HERNÁNDEZ CASIANA DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA CENTRO DE RESTAURACION FAMILIAR VIDA Y LIBERTAD.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada CENTRO DE RESTAURACION FAMILIAR VIDA Y LIBERTAD, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Rafael Nieto, Número 13, Colonia Campo Comercial La Curva, Municipio Cerro Azul, Estado de Veracruz, Código Postal 92510.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Rafael Nieto, Número 13, Colonia Campo Comercial La Curva, Municipio Cerro Azul, Estado de Veracruz, Código Postal 92510, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representante, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Reunir dentro de la asociación personas que deseen promover o practicar el culto religioso propio de la misma, formar parte de las misiones y dirigirse a otras partes a impartir las enseñanzas religiosas establecidas en la santa biblia".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Tomás Hernández Casiana.
VI.- Relación de asociados: María de Jesús Jiménez Barrenechea, Emelina Terán Intriago, Juan Isidro Alarcón Hernández y Asunción Martínez Gallardo.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Consejo Directivo", integrado por las personas y cargos siguientes: Tomás Hernández Casiana, Presidente; Margarita Gabriel Tenorio, Vicepresidente; Marian del Rocío Rolon Castillo, Secretaria; Gilberto Medina Aguilar, Tesorero; Juan Carlos Hernández Gabriel, Primer Vocal; y José Daniel Cigarroa Canseco, Segundo Vocal.
IX.- Ministros de culto: Tomás Hernández Casiana y Margarita Gabriel Tenorio.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los siete días del mes de septiembre de dos mil dieciocho.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.