DOF: 16/11/2018
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República, entidades de la Administración Pública Federal, de los gobiernos de las entidades federativas y municipios, que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República, entidades de la Administración Pública Federal, de los gobiernos de las entidades federativas y municipios, que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos con la empresa CYCMEX Comercializadora y Construcciones Mexicana S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V.- Órgano Interno de Control.- Expediente: SANC/0005/2017.

CIRCULAR No. 003/2018
Asunto: Aviso de Inhabilitación
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal,
de los gobiernos de las entidades
federativas y municipios.
Presentes.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones IX y XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 99 fracción I, numeral 12 y 16, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 2, 8 y 9, párrafo primero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 77 y 78, fracción IV, así como párrafos segundo y tercero de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de la Resolución de veinticuatro de octubre de dos mil dieciocho, que se dictó dentro del expediente número SANC/0005/2017, mediante la cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la Empresa CYCMEX COMERCIALIZADORA Y CONSTRUCCIONES MEXICANA S.A. DE C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet, deberán abstenerse, en términos de lo dispuesto en la fracción IV del artículo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de recibir propuestas o celebrar contratos con dicha empresa de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses.
Los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de esta Circular en términos del artículo 270 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Las entidades federativas y municipios, deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las obras públicas y servicios relacionados con las mismas que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
En caso de que al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, la empresa no haya pagado la multa impuesta a través de la resolución de quince de octubre de dos mil dieciocho, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente, en términos de lo establecido en el artículo 78, párrafo tercero, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Atentamente:
Paraíso, Tabasco, a 5 de noviembre de 2018.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., José Guadalupe Félix de la Cruz.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 23/04/2024

DOLAR
17.1243

UDIS
8.128333

TIIE 28 DIAS
11.2450%

TIIE 91 DIAS
11.3926%

TIIE 182 DIAS
11.5498%

TIIE DE FONDEO
11.00%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024