DOF: 24/01/2019
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Nayarit, Proyecto Diagnóstico sobre tod

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Nayarit, Proyecto Diagnóstico sobre todos los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres en los municipios que están dentro de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, que celebran la Secretaría de Gobernación y dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LA DECLARATORIA DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN EL ESTADO DE NAYARIT, MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICAN LOS TIEMPOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO Y LA EROGACIÓN Y COMPROBACIÓN DEL RECURSO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL MTRO. RAFAEL ADRIÁN AVANTE JUÁREZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR SU TITULAR LA DRA. ANGELA QUIROGA QUIROGA; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE NAYARIT, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO L.C. ANTONIO ECHEVERRIA GARCIA; ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. JOSÉ ANTONIO SERRANO GUZMÁN; EL SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS L.C. JUAN LUIS CHUMACERO DÍAZ, Y LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO PARA LA MUJER NAYARITA, LIC. LOURDES JOSEFINA MERCADO SOTO; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1.     Con fecha 19 de abril de 2018, se emitieron los "Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2018, en adelante los "Lineamientos", mismos que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2018.
2.     El día 31 de julio de 2018 el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECRETARÍA", y "EL GOBIERNO DEL ESTADO" celebraron un Convenio de Coordinación con el objeto de otorgar recursos federales a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", para el proyecto: "Diagnóstico sobre todos los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres en los municipios que están dentro de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", con una vigencia del 31 de julio de 2018 al 30 de noviembre de 2018.
3.      "EL CONVENIO", establece en su CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA, que el mismo podría adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
4.     El 29 de octubre de 2018 se emitió el "Acuerdo por el que se modifican los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2018", en adelante el "Acuerdo", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2018, el cual entró en vigor a partir de su publicación, que establece la modificación exclusivamente de los términos y plazos que establecen los "Lineamientos", a partir de la transferencia de recursos, incluyendo la vigencia de los citados convenios, en virtud de que resulta necesario ajustar las fechas contenidas en los mismos, lo anterior, derivado de que las transferencias de los recursos federales a las entidades federativas se realizaron a partir del mes de septiembre último, siendo que en los cronogramas de actividades que contienen los anexos técnicos que se suscribieron contemplan el periodo de tres meses para la elaboración y ejecución de los proyectos en
comento.
5.      El 23 de noviembre de 2018, mediante oficio número IPMN/DG/635/2018 el estado de Nayarit beneficiado con el Subsidió, solicita la modificación de los tiempos de ejecución del plan de trabajo y de erogación y comprobación del recurso, con fundamento en el lineamiento Décimo Noveno.
6.     Mediante Tercera Sesión Extraordinaria del 28 de noviembre de 2018, el Comité de Evaluación aprobó las modificaciones de los tiempos de erogación y comprobación del recurso y de ejecución del plan de trabajo, así como la celebración del Convenio Modificatorio.
Así "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES:
I.     "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1.   Reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en "EL CONVENIO".
II.    "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Reproduce y ratifica las declaraciones II.1, II.2 y de la II.4 a la II.7 y modifica la contenida en el número II.3, para quedar como sigue:
II.3   Asiste a la suscripción del presente convenio de coordinación el titular de la Secretaria General de Gobierno, el Lic. José Antonio Serrano Guzmán, con fundamento en los artículos 30 fracción, 31 fracción 1 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Nayarit, y los artículos 3 ° y 4 ° del Reglamento Interior de la Secretaria General de Gobierno.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en "EL CONVENIO".
Una vez expuestos los antecedentes y las declaraciones anteriores, las partes se sujetan a los términos consignados en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto. Sin modificar los términos y condiciones establecidas por las partes en "EL CONVENIO", con excepción de lo que en este convenio modificatorio se estipula, ambas partes, con fundamento en el numeral Décimo noveno del Acuerdo por el que se modifican los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2018 *y Cláusula Décima Quinta de "EL CONVENIO", convienen modifican los plazos y términos establecidos en las cláusulas QUINTA y DÉCIMA y la vigencia en la cláusula DÉCIMA SEPTIMA.
Las modificaciones identificadas se entenderán aplicables a aquellos apartados específicos de "EL CONVENIO" y su Anexo Técnico con lo que en estos se relacione.
SEGUNDA.- TÉRMINOS Y PLAZOS. Atendiendo a las reformas realizadas a los "Lineamientos", se modifican las clausulas Quinta y Décima a fin de adecuar los plazos y términos establecidos en los "Lineamientos", para quedar de la siguiente manera:
"QUINTA.- COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los Lineamientos, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto del Instituto para la Mujer Nayarita, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA y en el Anexo Técnico (que contiene las modificaciones al calendario de entregables) que determinan el cumplimiento del presente Convenio.
 
b.     Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2018.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d.     Realizar por conducto de la Secretaría u organismo encargado de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos y la normatividad aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento.
f.     Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como de la autenticidad de la misma.
g.     Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.     Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acrediten su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos y perspectiva de género.
j.      Entregar bimestralmente por conducto de la Titular del Instituto para la Mujer Nayarita a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los Lineamientos.
l.      En términos de los Lineamientos, presentar a "LA SECRETARÍA", a más tardar el 15 de enero de 2019, un Acta de cierre, firmada por la Titular del Instituto para la Mujer Nayarita en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre las partes que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la entidad federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2018 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso n) del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con
dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados y/o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
"DÉCIMA.- REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2018 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen los Lineamientos.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "LA SECRETARÍA" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "LA SECRETARÍA" otorgue la línea de captura a la entidad, esta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados."
TERCERA.- VIGENCIA. Atendiendo a las reformas realizadas a los "Lineamientos", se modifica la Cláusula Décima Séptima de "EL CONVENIO", a fin de ampliar su vigencia, la cual surtirá sus efectos a partir del día de su suscripción y al 31 de diciembre de 2018.
En razón de la ampliación antes mencionada, la Cláusulas Décima Séptima de "EL CONVENIO", quedan ampliadas de la siguiente manera:
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2018. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
CUARTA.- NO NOVACIÓN. Con excepción de lo previsto en el presente instrumento, "LAS PARTES" convienen que el resto del instrumento jurídico celebrado el 31 de julio de 2018 no se modifica, por lo que continuará surtiendo sus efectos en los términos originalmente pactados.
QUINTA.- PUBLICACIÓN. El presente instrumento se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Planeación y, en su caso, en el Periódico Oficial, Órgano de Difusión de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
SEXTA.- PARTE INTEGRANTE DE "EL CONVENIO". El presente instrumento jurídico forma parte integrante de "EL CONVENIO" celebrado el 31 de julio de 2018, y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance jurídico del presente Convenio Modificatorio, y por no haber dolo, lesión, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera afectar su validez, lo firman en tres tantos, en la Ciudad de México, a los treinta días del mes de noviembre de 2018.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Rafael Adrián Avante Juárez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Angela Quiroga Quiroga.-
Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado, Antonio Echevarría García.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, José Antonio Serrano Guzmán.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, Juan Luis Chumacero Díaz.- Rúbrica.- La Directora General del Instituto para la Mujer Nayarita, Lourdes Josefina Mercado Soto.- Rúbrica.
 

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