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DOF: 26/02/2019
ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2019

ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.

JORGE CARLOS ALCOCER VARELA, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 26 y 27, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, así como 5, apartado D, fracción IV y 7, fracciones XVI y XXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, el Presupuesto de Egresos de la Federación, señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos que deberán sujetarse a reglas de operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;
Que el artículo referido, establece que las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación, respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes;
Que el Organismo Descentralizado denominado Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, es una entidad de la Administración Pública Federal, agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de Salud, como se desprende del artículo 5, apartado D, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 2018;
Que en términos de lo dispuesto por el artículo 26, párrafo primero, y el Anexo 25, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018, el Programa de Atención a Personas con Discapacidad estará sujeto a las reglas de operación que para tal efecto se emitan;
Que la programación y presupuestación del gasto público comprende las actividades que deberán realizar las dependencias y entidades para dar cumplimiento a los objetivos, políticas, estrategias, prioridades y metas con base en indicadores de desempeño, contenidos en los programas que se derivan del Plan Nacional de Desarrollo, y en su caso, de las directrices que el Ejecutivo Federal expida en tanto el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 sea emitido, en términos del artículo 24, fracción I de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
Que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, es responsable de la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, así como de dar seguimiento al cumplimiento de sus objetivos y evaluar sus resultados;
Que el Programa de Atención a Personas con Discapacidad no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal en cuanto a diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo;
Que los recursos y las acciones destinadas a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales deberán apegarse a los lineamientos y mecanismos que determinen la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en sus respectivos ámbitos de competencia y de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, y
Que los gastos indirectos del Programa de Atención a Personas con Discapacidad para el Ejercicio Fiscal 2019, se ajustarán a lo establecido en el Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2012; así como el Decreto por el que se modifica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013; los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados el 30 de enero de 2013; los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados el 22 de febrero de 2016, y las disposiciones de austeridad y disciplina presupuestaria contenidas en el Capítulo II, del Título Tercero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
 
ARTÍCULO ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el Ejercicio Fiscal 2019, formuladas por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los veintiún días del mes de febrero de dos mil diecinueve.- El Secretario de Salud, Jorge Carlos Alcocer Varela.- Rúbrica.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2019
CONTENIDO
1.     Introducción.
2.     Glosario de términos.
3.     Objetivos.
3.1.    General.
3.2.    Específico.
4.     Lineamientos.
4.1.    Cobertura.
4.2.    Población Objetivo.
4.3.    Beneficiarios del Programa.
4.3.1.  Requisitos para las Instancias Ejecutoras del Programa.
4.3.2.  Procedimiento de selección.
4.4.    Características de los Apoyos y Vertientes.
4.5.    De los Proyectos del Programa.
4.5.1.  De los Proyectos.
4.5.2.  Modificaciones de Proyectos.
4.5.3.  Del Padrón de la Población Objetivo Beneficiada.
4.5.4.  Indicadores de los Proyectos.
4.6.    Derechos, Obligaciones y Sanciones.
4.6.1.  Derechos de las Personas con Discapacidad.
4.6.2.  Obligaciones.
4.6.2.1   Obligaciones de las Personas con Discapacidad.
4.6.2.2.  Obligaciones de las Instancias Ejecutoras del Programa.
4.6.2.3.  Obligaciones de la Instancia Normativa.
4.6.2.4.  Obligaciones de la Instancia Coordinadora Nacional del Programa.
4.6.3.  Sanciones por incumplimiento.
4.7.    Participantes.
4.7.1.  Instancias Ejecutoras.
4.7.2.  Instancia Normativa.
4.7.3.  Instancia Coordinadora Nacional del Programa.
5.     Operación.
5.1.    Proceso.
5.1.1.  Diagrama de Flujo del Proceso.
5.2.    Gastos para la Operación de Contraloría Social.
5.3.    Criterios para el Esquema de Complementariedad.
5.4.    Coordinación Interinstitucional.
6.     Criterios para la Asignación de Subsidios a Proyectos.
 
6.1.    Asignación de Recursos para la Atención de Proyectos Estatales en Materia de Discapacidad.
6.2.    Asignación de Subsidios para la Atención de Proyectos Especiales y de Alto Impacto, Situaciones de Contingencia o Emergencia y/o Políticas Públicas, así como los Proyectos de las OSC.
6.3.    Recursos Adicionales.
7.     Ejecución.
7.1.    Ejercicio de los Subsidios.
7.1.1.  Comprobación del Gasto.
7.2.    Avances Físico-Financieros.
7.3.    Informe Final de Resultados.
8.     Auditoría, Control y Vigilancia.
9.     Evaluación.
9.1.    Evaluación Interna.
9.2.    Evaluación Externa.
10.   Transparencia.
11.   Participación Social.
11.1.   Participación en Proyectos.
11.2.   Contraloría Social.
12.   Quejas y Denuncias.
13.   Anexos.
1. Introducción.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en concordancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, prevé en su artículo 1o. que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, asimismo en su artículo 4o., párrafos cuarto y quinto, establece los derechos humanos que toda persona tiene a la protección de la salud y a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
Con base en el Manual de Programación y Presupuesto 2019, Anexo 5: Directrices hacia el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el programa se alinea a la Directriz 2 Bienestar social e Igualdad, toda vez que contribuye a las siguientes líneas de acción:
·   El bienestar prioritariamente para los grupos vulnerables, quienes sufren por carencias, olvido y abandono; en especial, a los pueblos indígenas de México. Por el bien de todos, primero los pobres.
·   El bienestar desde una perspectiva de derechos y de ciclo de vida: mujeres, primera infancia, niñas, niños, jóvenes, adultos mayores, personas con discapacidad.
Por su parte, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad contempla la protección y las medidas que el Estado debe facilitar para que las Personas con Discapacidad puedan gozar de los derechos que les permitan acceder a condiciones de inclusión, en un marco de respeto e igualdad de oportunidades.
Situación de las Personas con Discapacidad en México.
Para 2016, conforme a las estimaciones del Módulo de Condiciones Socioeconómicas de la Encuesta Nacional de Ingreso y Gasto en los Hogares (ENIGH), en nuestro país existían 8.8 millones de personas con alguna discapacidad, de ellas el 51.5% son mujeres (4.5 millones) y el 48.5% hombres; poco más de la mitad del total de la población que presenta alguna discapacidad son adultos mayores de 60 años (50.5%).
De los 8.8 millones de personas con discapacidad reportadas en el MEC-MCS-ENIGH 2016, 4.3 millones se encuentran en pobreza con 2.2 carencias promedio, de ellos 3.5 millones son pobres moderados con ingresos por debajo de la línea de bienestar económico y 1.9 carencias promedio; adicionalmente 0.9 millones se encuentran en pobreza extrema, con ingresos por debajo de la línea de bienestar mínimo y 3.6 carencias promedio. La principal carencia reportada fue el rezago educativo con 48.7%, seguida del acceso a la seguridad social con 40.2%.
De conformidad con los resultados de ENADID 2014, las discapacidades reportadas por las personas
fueron caminar, subir o bajar usando sus piernas (22.2%); ver (aunque use lentes) (20.2%); mover o usar sus brazos o manos (11.4%); aprender, recordar o concentrarse (13.4%); escuchar (aunque use aparato auditivo) (11.6%); bañarse, vestirse o comer (8.2%); hablar o comunicarse (6.2%); problemas emocionales o mentales (6.8%).
En el informe sobre La discapacidad en México elaborado por el INEGI y con información del ENADID 2014, el Instituto señala que el 47.5% de las discapacidades reportadas por personas menores de 15 años, tienen sus causas por problemas surgidos durante el nacimiento, 50.2% en niños y 44% en niñas. En el caso de los adultos el 50% de las discapacidades reportadas en este grupo de edad se originan por enfermedades, quienes también reportan las siguientes causas: 14% por edad avanzada y 13.4% por accidente. Finalmente las personas adultas mayores señalan como los orígenes de la discapacidad enfermedades (38%) y edad avanzada (51.6%).
Es altamente significativo el número de Personas con Discapacidad que demandan el otorgamiento de servicios que coadyuven a promover el ejercicio pleno de sus derechos. Sin duda el derecho a la salud es uno de los derechos más importantes para este grupo de población que vive con alguna discapacidad.
Los servicios que se otorgan en el país para la atención a Personas con Discapacidad, tendrán que fortalecerse para su mejora, ampliar la cobertura y brindar las ayudas funcionales que ese grupo de población requiere, con el propósito de aumentar, mantener o mejorar sus habilidades y capacidades, que promuevan su desplazamiento o mejoren la comunicación, en el caso de los auxiliares auditivos.
Por lo anterior, para el SNDIF es una prioridad atender la problemática consistente en la falta de acceso a medios que promuevan oportunidades para la inclusión social de las Personas con Discapacidad que viven en las zonas urbanas y rurales del país.
La falta de oportunidades para la inclusión de las Personas con Discapacidad impide su pleno desarrollo y, por ende, su participación en las actividades diarias de la sociedad. La necesidad de contar con ayudas funcionales, la insuficiente infraestructura y equipamiento para ofrecer los servicios de rehabilitación, las pocas oportunidades para la capacitación y la participación en actividades productivas y, entre otros temas, las limitadas condiciones de accesibilidad en el país, hacen que prevalezcan las condiciones de exclusión de este grupo de población.
En este tenor, el SNDIF, a través del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, impulsa una política pública que contribuye a facilitar la inclusión social de las Personas con Discapacidad en un marco de igualdad de oportunidades que promueva el ejercicio pleno de los derechos de las Personas con Discapacidad. Así, con este Programa se espera contribuir, en un mediano plazo, a que las Personas con Discapacidad tengan acceso a diversos medios que promuevan su inclusión social.
2. Glosario de términos.
Accesibilidad: Las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las Personas con Discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales;
Apoyos: Los Subsidios que otorga el Gobierno Federal a través del SNDIF a los Beneficiarios de este Programa;
Asistencia Social: El conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión o desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva;
Ayuda Funcional: Los instrumentos, dispositivos o herramientas que permiten a las Personas que presentan una Discapacidad temporal o permanente, realizar actividades que sin dicha ayuda no podrían ser realizadas o requieran de un mayor esfuerzo para su realización;
Ayudas Técnicas: Los dispositivos tecnológicos y materiales que permiten habilitar, rehabilitar o compensar una o más limitaciones funcionales, motrices, sensoriales o intelectuales de las Personas con Discapacidad;
Beneficiarios del Programa: Los SEDIF, SMDIF y las OSC que brinden atención a las Personas con Discapacidad, a través de sus proyectos apegados a este Programa;
CIPOB: Cédula de Información de la Población Objetivo Beneficiada;
Convenio de Concertación: El instrumento jurídico que suscriben el SNDIF y las OSC para la asignación de los recursos, con el objetivo de ejecutar un Proyecto alineado al Programa;
 
Convenio de Coordinación: El instrumento jurídico que suscriben el SNDIF y los SEDIF para la asignación de los recursos con el objetivo de ejecutar un Proyecto alineado al Programa;
CURP: Clave Única de Registro de Población;
DGAJ: Dirección General de Asuntos Jurídicos;
DGPOP: Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto;
DGR: Dirección General de Rehabilitación;
Discapacidad: Es la consecuencia de la presencia de una deficiencia o limitación en una persona, y que resulta de su interacción con diversas barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás;
ENADID: Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica;
Entidad Federativa: Los Estados de la República Mexicana y la Ciudad de México;
Expediente Técnico: El archivo administrativo integrado y resguardado por el ejecutor del Proyecto y por la DGR que concentra los siguientes documentos: el Proyecto aprobado, el Convenio original firmado, copia del recibo que en derecho corresponda emitido por la Instancia Ejecutora, relación de gastos firmada por la Instancia Ejecutora incluyendo copia legible de los comprobantes fiscales (facturas y/o recibos electrónicos) así como los documentos de verificación de comprobantes fiscales digitales emitidos por el SAT y, en su caso, copia del reintegro que se haga a la TESOFE, Informe de Avance Físico Financiero, Informe Final de Resultados y Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada o Padrón de la Población Objetivo Beneficiada, Bitácora Fotográfica y Acta de Entrega Recepción de Obras o Equipos a Municipios y/o Beneficiarios del Programa;
Igualdad de Oportunidades: El proceso de adecuaciones, ajustes y mejoras o adopción de acciones afirmativas necesarias en el entorno jurídico, social, cultural y de bienes y servicios, que faciliten a las Personas con Discapacidad su inclusión, integración, convivencia y participación en igualdad de oportunidades con el resto de la población;
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía;
Instancia (s) Ejecutora (s): Los SEDIF, los SMDIF y las OSC que sean responsables de la ejecución de Proyectos en el marco del Programa, estas últimas siempre que su focalización sea hacia la atención de las Personas con Discapacidad y cumplan con la normativa federal vigente para ser sujetos de Apoyo;
Instancia Coordinadora Nacional del Programa: La DGR, de conformidad con el artículo 30, fracción III, del Estatuto Orgánico del SNDIF;
Instancia Normativa: La UAIS, de conformidad con en el artículo 16, fracciones I a IV, del Estatuto Orgánico del SNDIF;
LFFAROSC: Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil;
MEC-MCS-ENIGH: Modelo Estadístico de Continuidad del Módulo de Condiciones Socioeconómicas de la Encuesta Nacional de Ingreso y Gasto en los Hogares;
Número de Control: La clave con que se identifica a los Proyectos que quedan registrados en el inventario de Obras y acciones, asignado por la Unidad de Asistencia e Integración Social;
Obras: La construcción, remodelación, ampliación o adecuación de bienes inmuebles;
OIC: Órgano Interno de Control;
Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC): Todas aquellas organizaciones sociales constituidas legalmente para el cuidado, atención o salvaguarda de los derechos de las Personas con Discapacidad o cuya finalidad sea apoyar y facilitar su participación en decisiones relacionadas con el diseño, aplicación y evaluación de programas para su desarrollo e inclusión social;
PEF: Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019;
Personas con Discapacidad: Toda persona que por razón congénita o adquirida presenta una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás;
Prevención: La adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzcan deficiencias físicas, intelectuales, mentales y sensoriales;
 
Programa: El Programa de Atención a Personas con Discapacidad;
Proyecto: El instrumento documental que integra Obras o acciones que contribuyen a un objetivo común y que están alineadas a las vertientes del Programa;
Reglas: Las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad;
Rehabilitación: Proceso de duración limitada y con un objetivo definido, de orden médico, social y educativo, entre otros, encaminado a facilitar que una Persona con Discapacidad alcance un nivel físico, mental, sensorial óptimo, que permita compensar la pérdida de una función, así como proporcionarle una mejor integración social;
Revisión Técnica: El análisis realizado para determinar si las condiciones de funcionalidad y operatividad de las Obras o acciones contenidas en un Proyecto son acordes al objetivo del mismo y cuyo resultado deberá expresarse en términos de viabilidad;
RFC: Registro Federal de Contribuyentes;
RFOSC: Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil;
SAT: Sistema de Administración Tributaria;
SEDIF: Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia;
SFP: Secretaría de la Función Pública;
SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
SMDIF: Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia;
SNDIF: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;
Subsidio: Recursos fiscales aprobados en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Programa;
TESOFE: Tesorería de la Federación, y
UAIS: Unidad de Asistencia e Integración Social del SNDIF.
3. Objetivos.
3.1. General.
Contribuir a que las Personas con Discapacidad cuenten con medios para su inclusión social.
3.2. Específico.
Fomentar la ejecución de Obras y/o acciones enfocadas a que las Personas con Discapacidad cuenten con medios que promuevan su inclusión social, a través de la instrumentación de Proyectos.
4. Lineamientos.
4.1. Cobertura.
El programa tiene cobertura nacional.
4.2. Población Objetivo.
Personas con Discapacidad, preferentemente aquellas en situación de pobreza y pobreza extrema, atendidas por el SNDIF, SEDIF, SMDIF y OSC en todo el territorio nacional.
4.3. Beneficiarios del Programa.
Los SEDIF, los SMDIF y las OSC que brinden atención a las Personas con Discapacidad, a través de sus proyectos alineados a este Programa.
4.3.1. Requisitos para las Instancias Ejecutoras del Programa.
a)     Las Instancias Ejecutoras deberán presentar a la UAIS, a través de oficio, su Proyecto en el Formato para la Identificación y Validación de Proyectos que en su caso corresponda (Anexo 2 y Anexo 2A). Dichos Proyectos deberán cumplir con lo establecido en el numeral 4.5.1, así como con el resto de las características planteadas en las Reglas. Estos Proyectos deberán ser presentados durante el primer trimestre del año. Con el propósito de cumplir con lo anterior, las Instancias Ejecutoras podrán dirigirse a Prolongación Xochicalco, No. 947, segundo piso, Colonia Santa Cruz Atoyac, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03310, Ciudad de México, o comunicarse al número telefónico 01 (55) 3003 2200, extensiones 4021 o 4012.
 
I.      Los Proyectos presentados por los SEDIF, serán elaborados en el Formato para la Identificación y Validación de Proyectos para SEDIF (Anexo 2).
II.     Los Proyectos presentados por las OSC, serán elaborados en el Formato para la Identificación y Validación de Proyectos para OSC (Anexo 2A).
III.    Cuando las Instancias Ejecutoras sean los SMDIF, deberán enviar sus proyectos a través del SEDIF que les corresponda.
       El destino de los recursos no asignados se regirá por lo dispuesto en las presentes Reglas, así como por lo que al efecto determine la Instancia Normativa.
b)     Las Instancias Ejecutoras, deberán contar con una cuenta bancaria específica que identifique los recursos que se otorgarán a través de este Programa, que los distinga de cualquier otro Programa Federal, Local o Municipal o de recursos adicionales de organismos del sector privado y otras organizaciones.
       Una vez aperturada la cuenta bancaria, deberán presentar, a la Instancia Coordinadora Nacional del Programa, original de la certificación de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del titular de la cuenta, que incluya el número de cuenta, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones, que permita realizar transferencias electrónicas de fondos, a través de los sistemas de pago, con nombre, número del ejecutivo bancario, cargo y firma del personal de la institución bancaria.
De forma adicional a los requisitos previamente planteados, las OSC que pretendan ser Instancias Ejecutoras, deberán:
a)     Contar con recibos que reúnan los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales aplicables;
b)     Que el objeto social de la OSC sea congruente con los objetivos del Programa;
c)     Estar inscritas en el RFOSC y mantener actualizada, conforme a la LFFAROSC, la información correspondiente a la vigencia de su representación legal, objeto social, domicilio legal, órganos de gobierno y dirección;
d)     Estar inscritas en el Directorio Nacional de las Instituciones de Asistencia Social, en los términos establecidos en el Capítulo VIII de la Ley de Asistencia Social;
e)     Declarar bajo protesta de decir verdad, no llevar a cabo acciones de proselitismo hacia partidos políticos, asociación política nacional, sindicato o religión alguna y no tener entre sus directivos o representantes a funcionarios públicos, representantes de elección popular o miembros del Poder Judicial, de cualquiera de los tres órdenes de gobierno, y
f)     Haber cumplido con las obligaciones en los términos a que se refieren los artículos 7, fracción V de la LFFAROSC y 14 de su Reglamento.
4.3.2. Procedimiento de selección.
Podrán ser sujetos de selección aquellos Proyectos que cumplan con los requisitos determinados en estas Reglas y que obtengan un dictamen de viabilidad técnica que deberá realizar la Instancia Coordinadora Nacional del Programa.
El apoyo a los proyectos está estrictamente sujeto a disponibilidad presupuestal.
4.4. Características de los Apoyos y Vertientes.
Los recursos de este Programa son Subsidios federales que, para fines de su aplicación y fiscalización no pierden su carácter federal; su aplicación se ajustará a lo establecido en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como en los artículos 175 y 176 de su Reglamento. Estos recursos deben ser utilizados únicamente en la operación del Programa, de conformidad con las disposiciones aplicables, las presentes Reglas y los Convenios respectivos.
Durante la operación del Programa, las Instancias Ejecutoras y la Población Objetivo Beneficiada deberán observar que la administración de los recursos se realice bajo los principios de austeridad, honestidad y combate a la corrupción. Los recursos destinados a las Entidades Federativas para sufragar las acciones previstas en el Programa, se considerarán devengados en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento.
Los recursos para la implementación y operación de este Programa serán los que se aprueben en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019 y serán transferidos a las instancias ejecutoras, en los términos de las presentes Reglas y de acuerdo con los Convenios que se suscriban conforme a los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables en la materia.
 
Los Apoyos del presente Programa se refieren a los Subsidios federales otorgados a las Instancias Ejecutoras para la realización de las obras y/o acciones de los Proyectos aprobados conforme a las siguientes vertientes y acciones:
Vertiente A: Acciones en salud para la Atención a Personas con Discapacidad.
Acciones
Clave
Apoyos a Financiar
Listado específico
A.1. Todas las destinadas a la adquisición de ayudas funcionales y equipo relacionado con la rehabilitación e inclusión de las Personas con Discapacidad.
A.1.1
Adquisición de ayudas funcionales.
Definición: Aquellos instrumentos dispositivos o herramientas que permiten, a las Personas que presentan una Discapacidad temporal o permanente, realizar actividades que sin dicha ayuda no podrían ser realizadas o requerirían de un mayor esfuerzo para su realización. Listado:
1. Motores: Muletas, caminadores, andadores, deambuladores, bastones, control de postura, inmovilizadores, etc.
2. Auditivos: Auxiliares auditivos, audífonos y equipo auditivo.
3. Visuales: Software especializados, material en Braille etc.
A.1.2
Adquisición de equipo de estimulación eléctrica.
 
A.1.3
Adquisición de equipo de hidroterapia.
 
A.1.4
Adquisición de equipo para atención médica especializada en rehabilitación.
 
A.1.5
Adquisición de sillas de ruedas.
Manuales, eléctricas, de elevación, bipedestación y deportivas.
A.1.6
Adquisición de equipo y material radiológico.
 
A.1.7
Adquisición de prótesis y órtesis.
1. Tipos de órtesis: cabeza, cuello, hombro, brazo, codo, muñeca, digital, tronco, rodilla, pie, tobillo y miembros inferiores.
2. Tipos de prótesis: ortopédicas o de extremidades, oculares, auditivas, faciales o maxilofaciales.
A.1.8
Elaboración de prótesis y órtesis.
 
A.1.9
Adquisición de materia prima para órtesis y prótesis.
 
A.1.10
Adquisición de medicamentos y material curativo para rehabilitación.
 
 
A.2.* Todas las destinadas a proporcionar atención especializada a Personas con Discapacidad.
A.2.1
Atención médica y paramédica especializada.
Otros: Ortopedistas, traumatólogos, neurólogos, cirujanos, psicólogos, psiquiatras, oftalmólogos, otorrinolaringólogos, médicos internistas y pediatras.
A.2.2
Atención por parte de trabajo social.
 
A.2.3
Atención de asesoría y capacitación.
A.2.4
Atención de terapistas y rehabilitadores.
A.2.5
Atención de ortesistas y protesistas.
A.2.6
Atención de enfermeras y auxiliares de enfermería.
A.2.7
Pago y realización de estudios clínicos y de gabinete.
A.3. Todas las destinadas y orientadas a promover la salud y prevenir la Discapacidad.
A.3.1
Asesoría especializada para la prevención de la discapacidad.
A.3.2
Campañas de educación y capacitación en el área de prevención de la Discapacidad.
A.3.3
Difusión en medios de comunicación para prevención de la Discapacidad.
A.3.4
Acciones para promover los servicios de salud en Discapacidad.
 
Vertiente B: Acciones de infraestructura y equipamiento para la atención de las Personas con Discapacidad.
Acciones
Clave
Apoyos a Financiar
Listado específico
B.1. Todas las de remodelación de infraestructura de centros y unidades de atención y rehabilitación para Personas con Discapacidad.
B.1.1
Remodelación de espacios para la accesibilidad.
 
B.1.2
Remodelación de espacios e instalaciones para rehabilitación.
B.1.3
Adecuación y adaptación de espacios y mobiliario.
B.2 Todas las de construcción de infraestructura para las Personas con Discapacidad.
B.2.1
Construcción de espacios con Accesibilidad.
Rampas, adaptación de baños, bardas, muros, estacionamientos, accesos, banquetas, señalizaciones nacionales e internacionales, elevadores, circulaciones verticales y horizontales, vestidores, puertas, barandales, rutas libres de obstáculos, letreros táctiles, escaleras, jardineras, muretes, rejas, comedores, regaderas y vestidores, barras de apoyo horizontal, retretes y sanitarios.
B.3. Todas las de operación y equipamiento de Centros, Instituciones y Unidades Básicas de Rehabilitación para la atención de las Personas con Discapacidad.
B.3.1
Adquisición de mobiliario especial y equipo médico y paramédico para la atención de las Personas con Discapacidad.
 
B.3.2
Equipamiento para transporte adaptado.
Adaptación de automóviles y transporte público.
B.3.3
Equipamiento de cómputo y/o audiovisual que incida directamente en procedimientos de capacitación o de atención directa a las Personas con Discapacidad.
 
 
Vertiente C: Acciones de Desarrollo para la inclusión laboral, educativa y social de las Personas con Discapacidad.
Acciones
Clave
Apoyos a Financiar
Listado específico
C.1. Acciones encaminadas para la inclusión laboral de las Personas con Discapacidad.
C.1.1
Cursos y talleres de capacitación laboral.
 
C.1.2
Programas de inclusión laboral.
C.1.3
Entrenamiento por parte de personal especializado en el área laboral.
C.2 Acciones encaminadas a apoyar el desarrollo educativo, cultural, recreación, deporte y arte.
C.2.1
Adquisición de equipo y material para Personas con Discapacidad.
C.2.2
Fabricación de prótesis deportivas.
C.2.3
Becas deportivas para la participación en competencias nacionales e internacionales.
C.2.4
Entrenamiento por parte de personal especializado en el área.
C.2.5
Celebración de los Juegos Nacionales Deportivos sobre silla de ruedas.
C.3 Todas aquellas orientadas y encaminadas a su desarrollo social integral.
C.3.1
Apoyo a programas de desarrollo social.
C.3.2
Actividades de investigación para las Personas con Discapacidad.
C.3.3
Proyectos de innovación para las Personas con Discapacidad.
* Sólo para Organizaciones de la Sociedad Civil.
Aquellos proyectos que impliquen la donación directa de ayudas funcionales o procesos de capacitación para la Población Objetivo del Programa, deberán promover el principio de igualdad de género, procurando beneficiar a igual número de mujeres que de hombres.
4.5. De los Proyectos del Programa.
4.5.1. De los Proyectos.
Un Proyecto comprende Obras o acciones que corresponden a una o más de las vertientes del Programa indicadas en el numeral 4.4., que es apoyado con Subsidios federales, una vez que es formalizado el Convenio correspondiente. Para su autorización, los SEDIF, los SMDIF (a través de los SEDIF) y las OSC deben presentar a la UAIS la propuesta respectiva, en la que se señalen las características, la justificación y el impacto que tendrían en la comunidad las Obras o acciones que se pretende realizar.
Los Proyectos serán elaborados por los SEDIF, los SMDIF o las OSC y deben incluir:
a)     Nombre del Proyecto;
b)     Objetivo, mismo que deberá ser congruente con los objetivos del Programa;
c)     Domicilio del ejecutor del Proyecto, en caso de proceder;
d)     Localización geográfica del Proyecto;
e)     Cobertura Geográfica del Proyecto, en el que deberá describir área o listar colonias, barrios, municipios, entre otros;
f)     Padrón de la Población Objetivo Beneficiada o estimación de la Población Objetivo que se espera atender y descripción por tipo de Discapacidad;
g)     Vida útil del Proyecto;
h)     Problemática que se pretende atender;
i)      Antecedentes y/o situación actual del Proyecto;
j)      Alineación con el Plan Nacional de Desarrollo y/o con el Programa Sectorial de Salud y/o con el Programa Nacional de Asistencial Social, Plan Estatal o Municipal de Desarrollo, entre otros;
k)     Alineación a los criterios establecidos en las vertientes del Programa;
l)      Obras y/o acciones y su costo estimado, y
m)    Metas e indicadores de evaluación.
Para el análisis y desarrollo de los proyectos, los SEDIF, los SMDIF y las OSC, podrán impulsar y fomentar la participación de instituciones competentes en el tema de Discapacidad, para que participen en la elaboración del Proyecto.
Considerando las características de algunas Obras y acciones, podrán constituirse como Proyecto, adicionales a los establecidos en las vertientes establecidas en el numeral 4.4, las siguientes:
a)     Obras de Infraestructura y Equipamiento ejecutadas por una Asociación de Municipios;
b)     Acciones que contribuyan a alentar la coordinación intersectorial y la asociación municipal de manera conjunta, para realizar una Obra o acción;
c)     Acciones de Monitoreo Ciudadano dedicados al análisis de los problemas de las comunidades en torno a la situación de las Personas con Discapacidad y sus familias, en particular a las relativas a la igualdad de oportunidades; la prevención de la violencia en todas las formas y la generación de una cultura de respeto e inclusión; y aquellas que generen información para sustentar la formulación de políticas públicas de los gobiernos de las Entidades Federativas y de los municipios, y
d)     Estudios especializados en materia de Discapacidad, realizados por Instituciones Educativas de nivel Superior.
4.5.2. Modificaciones de Proyectos.
La modificación de Proyectos, podrá aplicar cuando haya cambios en las Obras o acciones comprometidas en el Proyecto.
 
En caso de que existan modificaciones, los SEDIF, los SMDIF (a través de los SEDIF) o las OSC, deberán dirigir oficio de solicitud de autorización de modificación y Proyecto modificado a la DGR, para que realice el análisis y, en su caso, emita el oficio de autorización. Las modificaciones podrán presentarse siempre y cuando la fecha de conclusión del Proyecto no rebase el ejercicio fiscal.
Para el caso de las solicitudes de modificación autorizadas, la DGR enviará a la Instancia Normativa, copia del oficio de solicitud de modificación del Proyecto modificado y de la respuesta otorgada.
Cuando el SEDIF o el SMDIF obtengan ahorros en la aplicación de los Subsidios, la DGR podrá autorizar el uso de economías del presupuesto originalmente aprobado y, si es el caso, la consecuente modificación a las metas de dichos Proyectos y/o la UAIS podrá aprobar nuevos Proyectos con dichos ahorros.
Para realizar modificaciones a la denominación o a los montos del Proyecto, se requerirá la autorización de la UAIS y se formalizará en un Addendum del Convenio de Coordinación celebrado con algún SEDIF o se realizará un Convenio Modificatorio, instrumento que será publicado en la Gaceta Oficial de la Entidad Federativa y en el Diario Oficial de la Federación; esto último no aplica para los Convenios de Concertación firmados con OSC.
4.5.3. Del Padrón de la Población Objetivo Beneficiada.
El SNDIF, a través de la Instancia Coordinadora Nacional del Programa, integrará un padrón de la Población Objetivo Beneficiada que refiera a cada uno de los Proyectos presentados por los SEDIF, los SMDIF y las OSC, en los términos establecidos en el PEF, así como en el Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales.
Dichos padrones deberán contener, por lo menos la siguiente información:
a)     CURP;
b)     Nombre;
c)     Sexo;
d)     Fecha de nacimiento, y
e)     Tipo de apoyo otorgado.
La información del padrón deberá ser publicada conforme a lo previsto en la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas aplicables, y estará disponible en la página electrónica del SNDIF http://sitios.dif.gob.mx/transparencia/transparencia_focalizada/planeacion_institucional/
El Programa adoptará, en lo procedente, el modelo de estructura de datos del domicilio geográfico establecido en el Acuerdo por el que se aprueba la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010.
Lo anterior en estricta observancia al Acuerdo antes referido y a los oficios circulares con números 801.1.-279 y SSFP/400/124/2010 emitidos por la SHCP y SFP, respectivamente.
Los componentes que integrarán, en su caso, el Domicilio Geográfico son:
Componentes
Espaciales
De referencia
Geoestadísticos
Vialidad.
No. Exterior.
Área Geoestadística Estatal o de la Ciudad de México.
Carretera.
No. Interior.
Área Geoestadística Municipal o Delegacional.
Camino.
Asentamiento Humano.
Localidad.
 
Código Postal.
 
 
Descripción de Ubicación.
 
4.5.4. Indicadores de los Proyectos.
Las Instancias Ejecutoras deberán presentar indicadores relacionados con el cumplimiento de las metas planteadas en sus Proyectos, que permitan medir el impacto de los resultados obtenidos por los Proyectos, según su naturaleza. Dichos indicadores deberán figurar en el apartado 14, del Formato para la Identificación y Validación de Proyectos, Anexos 2 y 2A.
Algunos ejemplos sobre la forma en que se deberán presentar dichos indicadores, son los siguientes:
Indicador
Fórmula
Porcentaje de Personas con Discapacidad beneficiadas a través de la ejecución del Proyecto.
(Número de Personas con Discapacidad beneficiadas a través de la ejecución del proyecto/Número de Personas con Discapacidad que se pretende beneficiar) X 100.
Porcentaje de Obras y/o acciones realizadas a través de la ejecución del Proyecto.
(Número de Obras y/o acciones realizadas a través de la ejecución del Proyecto/Número de Obras y/o acciones que se pretende realizar) X 100.
Porcentaje de atención a mujeres con Discapacidad.
(Número de mujeres con Discapacidad atendidas /Número de Personas con Discapacidad atendidas) X 100.
 
4.6. Derechos, Obligaciones y Sanciones por Incumplimiento.
4.6.1. Derechos de las Personas con Discapacidad.
Las Personas con Discapacidad beneficiadas a través de la ejecución de los Proyectos tienen derecho a:
a)     Recibir por parte de las Instancias Ejecutoras, un trato digno, respetuoso, equitativo y sin discriminación en los términos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad;
b)     Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieren realizado ante las Instancias Ejecutoras, y
c)     Recibir los apoyos o servicios derivados de los Proyectos instrumentados por las Instancias Ejecutoras conforme a lo que establezcan estas Reglas y la legislación vigente.
4.6.2. Obligaciones.
4.6.2.1. Obligaciones de las Personas con Discapacidad.
Las Personas con Discapacidad beneficiadas a través de la ejecución de Proyectos, atenderán los requisitos establecidos en las Reglas, así como los que determinen las Instancias Ejecutoras y la Instancia Normativa, entre los que podrá figurar la siguiente información:
a)     Manifestar, si les es requerido, bajo protesta de decir verdad, los datos solicitados en la CIPOB Anexo 3, relativos a nombre, edad, sexo, domicilio, situación socio-económica, CURP, grado máximo de estudios, número de dependientes económicos, entre otros, y
b)     Informar al SNDIF, si le fuera requerido, sobre la aplicación de los Apoyos por parte de las Instancias Ejecutoras del Programa.
4.6.2.2. Obligaciones de las Instancias Ejecutoras del Programa.
Las Instancias Ejecutoras tendrán las siguientes obligaciones:
a)     Cumplir en tiempo y forma con las disposiciones establecidas en estas Reglas y en los instrumentos que se suscriban para este propósito;
 
b)     Integrar las propuestas de proyectos y presentarlos a la UAIS para su valoración y aprobación;
c)     Para el caso de los SEDIF, recibir, integrar y autorizar oportunamente las propuestas de proyectos municipales y remitirlas a la UAIS;
d)     Enviar a la UAIS los Proyectos valorados como viables debidamente firmados, a través de oficio y acompañados por los requisitos establecidos en el numeral 4.3.1. de estas Reglas; con la finalidad de que se aprueben y, se realice y suscriba el Convenio correspondiente;
e)     Enviar a la DGR, la documentación soporte para la elaboración de los Convenios correspondientes;
f)     Suscribir el Convenio correspondiente;
g)     Aperturar una Cuenta Bancaria específica que identifique los recursos que se otorgarán mediante el Programa, que los distinga de cualquier otro Programa Federal, Local o Municipal o de recursos adicionales de Organismos del Sector Privado y otras Organizaciones.
h)     Ejercer los recursos financieros otorgados por el SNDIF exclusivamente para los fines para los que fueron autorizados y conforme a lo dispuesto en estas Reglas y en la normativa federal aplicable;
i)      Ejecutar los proyectos y por lo tanto realizar, o en su caso contratar, la ejecución de las Obras o acciones especificadas en el Proyecto, así como supervisar y dar seguimiento a las mismas, de conformidad con la normativa aplicable;
j)      Efectuar pagos y liberar los recursos presupuestarios con base en los criterios normativos establecidos por la SHCP;
k)     Garantizar que los apoyos o servicios emanados de la ejecución de los proyectos, sean canalizados efectivamente a la Población Objetivo y que ésta reúna las condiciones de elegibilidad señaladas en las Reglas;
l)      Validar que las CIPOB o el padrón de la Población Objetivo Beneficiada de cada Proyecto identifiquen a Personas con Discapacidad, preferentemente que vivan en situación de pobreza;
m)    Supervisar la aplicación correcta de las CIPOB o del padrón de la Población Objetivo Beneficiada del Programa e integrar y proporcionar las bases de datos de la Población Objetivo Beneficiada a la DGR en formato electrónico y físico;
n)     Verificar que los datos de la Población Objetivo Beneficiada de cada Proyecto guarden congruencia con aspectos geográficos y físicos, entre otros;
o)     En caso de ser necesario, gestionar y enviar a la DGR las solicitudes de modificación de Proyecto, previa revisión, validación e integración del Expediente Técnico respectivo, siempre y cuando la fecha de conclusión del Proyecto no rebase el ejercicio fiscal correspondiente;
p)     Proporcionar a la DGR, la documentación de comprobación del gasto, de acuerdo a lo mencionado en el numeral 7.1.1. de las Reglas.
q)     Integrar el Expediente Técnico del Proyecto conforme a lo dispuesto en estas Reglas;
r)     Coadyuvar con la UAIS para la observancia, verificación y cualquier información que se requiera en el desarrollo del Proyecto;
s)     Verificar la colocación de letreros y/o placas alusivas al inicio y al término de cada Obra o acción, según corresponda, conforme al numeral 10 de las Reglas;
t)     Realizar la promoción y difusión de las acciones del Programa, enunciando en todo momento la leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa";
u)     Llevar a cabo las actividades de Contraloría Social de acuerdo al Esquema de Contraloría Social aprobado para el Programa;
v)     Dar todas las facilidades a los órganos competentes para llevar a cabo la fiscalización y verificación de los Proyectos apoyados por el Programa;
 
w)    Proporcionar oportunamente la información que les sea solicitada por el SNDIF y demás instancias facultadas para operar, vigilar o fiscalizar la operación en general del Programa; asimismo, sobre la aplicación de los recursos, y
x)     Observar la normativa federal aplicable.
4.6.2.3. Obligaciones de la Instancia Normativa.
El SNDIF a través de la UAIS será la Instancia Normativa del Programa y responsable de:
a)     Recibir, evaluar y aprobar los Proyectos;
b)     Firmar los Convenios;
c)     En coordinación con la DGR, elaborar los indicadores que permitan evaluar y tomar decisiones respecto a la ejecución del Programa, y
d)     Podrá realizar revisiones a fin de verificar la ejecución de Proyectos.
4.6.2.4. Obligaciones de la Instancia Coordinadora Nacional del Programa.
La DGR será la Instancia Coordinadora Nacional del Programa y responsable de:
a)     Efectuar la Revisión Técnica de las propuestas de los proyectos a fin de emitir el Dictamen sobre su viabilidad y hacerlo del conocimiento de la UAIS. El Dictamen deberá efectuarse con apego a las disposiciones que, para tal efecto, emitan la UAIS y la DGR;
b)     Apoyar técnicamente a los SEDIF, los SMDIF y a las OSC, que así lo requieran en el marco de los Proyectos del Programa;
c)     Gestionar ante la DGAJ la elaboración de los Convenios que coadyuven al cumplimiento del Programa;
d)     Gestionar ante la DGPOP, la ministración de los recursos del Programa;
e)     En caso de ser necesario, en coordinación con la UAIS, realizar revisiones a fin de verificar la adecuada ejecución de los Proyectos aprobados en el marco del Programa;
f)     Enviar la información a la UAIS sobre el estado de las comprobaciones de los recursos otorgados a los Proyectos;
g)     Integrar y resguardar el Expediente Técnico, con el apoyo de las Instancias Ejecutoras;
h)     Recibir, evaluar y autorizar las solicitudes de modificación de proyectos gestionadas por las Instancias Ejecutoras; y
i)      Recibir y revisar los documentos considerados en el numeral 7.1.1. de las Reglas relativo a comprobación del gasto.
4.6.3. Sanciones por incumplimiento.
De conformidad con lo dispuesto en el PEF, en el caso de que el SNDIF o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en las Reglas o en el ejercicio de los recursos, el SNDIF suspenderá la entrega de los Apoyos:
a)    Cuando la Instancia Ejecutara tenga a su cargo la realización de un solo proyecto, se solicitará reintegre el recurso recibido a la TESOFE. En caso de no hacerlo no se tomará en cuenta para los próximos ejercicios fiscales.
b)    Cuando la Instancia Ejecutora tenga a su cargo dos o más proyectos y se detectan desviaciones en al menos uno; en forma automática se suspende el otorgamiento inmediato del resto de los proyectos y tendrá que cumplir con la obligación de reintegración que marca el inciso a).
Sin detrimento de los aspectos establecidos en los Convenios.
4.7. Participantes.
4.7.1. Instancias Ejecutoras.
Los SEDIF, los SMDIF (a través de los SEDIF) y las OSC, serán responsables de la instrumentación de los proyectos, a través de la suscripción de los Convenios respectivos y del cumplimiento de lo establecido en los proyectos aprobados, debiendo destinar los recursos federales que reciban, exclusivamente a los objetivos y fines del Proyecto. La supervisión de los proyectos estará a cargo de las Instancias Ejecutoras del Programa.
 
Las Instancias Ejecutoras podrán auxiliarse de otras dependencias Federales, Estatales, Municipales, OSC, Instituciones de Educación Superior e Investigación, según lo determinado en el Proyecto presentado.
4.7.2. Instancia Normativa.
El SNDIF, a través de la UAIS, será la Instancia Normativa del Programa que interpretará cualquier aspecto operativo previsto o no en las Reglas, sin perjuicio de las disposiciones aplicables en la materia.
4.7.3. Instancia Coordinadora Nacional del Programa.
La DGR será la Instancia Coordinadora Nacional del Programa y será la responsable del desarrollo y operación del Programa en el ámbito nacional.
5. Operación.
5.1. Proceso.
Los Proyectos apoyados por el Programa, se llevarán a cabo con base en el Diagrama de Flujo del Proceso que se contiene en el numeral 5.1.1 de las Reglas, así como en las siguientes líneas generales:
a)     La identificación y validación de Proyectos se realizará de acuerdo a los plazos y procedimientos establecidos en el Diagrama de Flujo de las presentes Reglas, una vez que las Instancias Ejecutoras hayan acreditado los requisitos señalados en el numeral 4.3.1;
b)     La evaluación, aprobación o, en su caso, la no aprobación de Proyectos es responsabilidad de la UAIS, de forma que los SEDIF, los SMDIF (a través del SEDIF) o las OSC, deberán enviar sus propuestas durante el primer trimestre del año a las oficinas de la UAIS;
c)     Los SEDIF analizarán y, en su caso, gestionarán ante la UAIS, las solicitudes de proyectos presentadas por los municipios de su Entidad Federativa. Del mismo modo, los SEDIF correspondientes serán las instancias que comuniquen la aprobación de sus Proyectos a los SMDIF de su Entidad, en caso de que éstos sean aprobados por la UAIS;
d)     La DGR realizará la Revisión Técnica a las propuestas de proyectos, en apego a las disposiciones que para tal efecto emitan la UAIS y la DGR;
e)     Cuando los Proyectos no cumplan con la normativa del Programa, se hará del conocimiento de las Instancias Ejecutoras, para que se lleven a cabo las adecuaciones pertinentes y sean remitidos nuevamente a la UAIS en un término máximo de cinco días hábiles para continuar con el proceso establecido;
f)     Una vez efectuada la evaluación por parte de la UAIS, y en caso de que los Proyectos sean aprobados, ésta comunicará a las Instancias Ejecutoras sobre dicha aprobación. Asimismo, las Instancias Ejecutoras deberán enviar mediante oficio a la UAIS la versión final de sus Proyectos (firmados);
g)     La UAIS notificará por oficio a la DGR sobre la aprobación del Proyecto para que ésta inicie con las gestiones correspondientes;
h)     Las Instancias Ejecutoras deberán enviar a la DGR, los documentos que se le soliciten para la elaboración del Convenio correspondiente;
i)      Del mismo modo, las Instancias Ejecutoras remitirán a la DGR los documentos necesarios para el registro de la cuenta bancaria del Programa, entre los que se encuentran:
I)     Copia simple del contrato de la cuenta bancaria completo, con sus anexos de registro de firmas autorizadas cuando se trate de dependencias y entidades paraestatales;
II)     Original de la Certificación Bancaria de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario, que incluya el número de cuenta, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones, que permita realizar transferencias electrónicas de fondos, a través de los sistemas de pago, con nombre, número del ejecutivo bancario, cargo y firma del personal de la institución bancaria;
III)    Copia del RFC, expedido por la SHCP, del beneficiario de la cuenta de cheques;
IV)   Constancia del domicilio fiscal del beneficiario;
V)    Nombramientos e identificaciones de los firmantes de la cuenta, en el caso de los SEDIF;
 
VI)   Poder notarial e identificación del representante legal, solo para las OSC, y
VII)   Remitir oficio dirigido al Titular de la DGR en el que se solicita la radicación de los recursos federales en la cuenta bancaria que se señale para tal efecto, y
j)      Finalmente, para formalizar la participación en el Programa, las Instancias Ejecutoras suscribirán con el SNDIF el Convenio respectivo. En este instrumento se señalará el recurso autorizado para su ejecución.
5.1.1 Diagrama de Flujo del Proceso.

 

 

 

 

5.2. Gastos para la Operación de Contraloría Social.
Para el desarrollo de las acciones en materia de Contraloría Social, se podrán destinar recursos de hasta el 5 por ciento del monto total asignado para cada Proyecto.
 
5.3. Criterios para el Esquema de Complementariedad.
Con la finalidad de potenciar los recursos canalizados por el Gobierno Federal a través del Programa, los gobiernos de las Entidades Federativas incorporarán a los Municipios, OSC, Instituciones Académicas, Universidades, entre otras, en la ejecución de las obras y acciones, principalmente con aportaciones de recursos que complementen los Subsidios federales otorgados a cada Proyecto.
El esquema de complementariedad que, en su caso se determine, se deberá establecer en el Convenio respectivo, de conformidad a las presentes Reglas.
Las aportaciones del Gobierno Federal, de las Entidades Federativas, de los Municipios y de otros aportantes, se llevarán a cabo de acuerdo a lo señalado en la legislación y demás normativa aplicable al Programa. Cada instancia será responsable de mantener un registro de sus aportaciones conforme proceda.
5.4. Coordinación Interinstitucional.
Se realizará a través de la celebración de convenios que permitan alcanzar el objetivo señalado en el cuerpo de las presentes Reglas.
En los anexos 1 y 1A de las Reglas se dan a conocer los modelos de Convenio, tanto de Coordinación como de Concertación. Estos considerarán, además de lo establecido en las Reglas, lo siguiente:
1.     Especificar textualmente el objeto del instrumento, el monto del apoyo y el nombre del Proyecto que se ejecutará.
2.     Especificar textualmente la vigencia y la temporalidad de entrega de recursos, de acuerdo a la normativa aplicable.
3.     Especificar textualmente el esquema de complementariedad de recursos, en su caso.
Los Convenios de Coordinación celebrados, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación, de acuerdo a la normativa vigente.
6. Criterios para Asignación de Subsidios a Proyectos.
La asignación de los Subsidios destinados a Proyectos en el marco del Programa se realizará en función del presupuesto autorizado para Subsidios y siguiendo los dos criterios siguientes:
a)     Se podrán destinar recursos para la ejecución de Proyectos a las Entidades Federativas.
b)     Se podrán destinar recursos para la atención de Proyectos especiales y de alto impacto, situaciones de contingencia o emergencia y/o políticas públicas impulsadas por la Institución, así como los Proyectos de las OSC en materia de atención a Personas con Discapacidad.
A continuación, se describen los dos criterios:
6.1. Asignación de recursos para la atención de Proyectos estatales en materia de Discapacidad.
El criterio para la asignación de recursos podrá contemplar alguno de los siguientes elementos:
a)     Entidades Federativas que estén en posibilidad de concluir exitosamente el proyecto.
b)     Entidades Federativas cuyo equipamiento o reequipamiento de Centros de Rehabilitación y/o Unidades Básicas de Rehabilitación se considere como prioritario.
c)     Entidades Federativas cuyo proyecto coadyuve al fortalecimiento y/o cumplimiento de políticas públicas nacionales en materia de atención a Personas con Discapacidad, así como aquellos que permitan proyectar un mayor impacto social.
6.2. Asignación de Subsidios para la atención de Proyectos Especiales y de Alto Impacto, situaciones de contingencia o emergencia y/o políticas públicas; así como los Proyectos de las OSC.
Los recursos para estos Proyectos en materia de atención a Personas con Discapacidad podrán ser destinados a los SEDIF, los SMDIF y las OSC, con cobertura nacional.
6.3. Recursos adicionales.
En el caso de que el Programa reciba recursos adicionales, su destino se regirá por lo dispuesto en las
Reglas, así como por lo que al efecto determine la Instancia Normativa.
Para el caso de que el otorgamiento de recursos federales se llegue a realizar a partir del segundo semestre del año, la fecha de radicación consignada en los Anexos 1 y 1A, podrá sufrir variaciones de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.
7. Ejecución.
7.1. Ejercicio de los Subsidios.
Las Obras y/o acciones consideradas en los Proyectos y ejecutadas con Subsidios del Programa, están sujetas a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables en el ámbito federal.
Estos Subsidios se liberarán una vez aprobados los Proyectos y formalizados los Convenios. Adicionalmente, aquellos Proyectos que impliquen la construcción o adecuaciones de infraestructura, solo podrán ser apoyados cuando exista el tiempo necesario para su conclusión durante el presente ejercicio fiscal.
Los requisitos y formalidades de la ejecución de las Obras y/o acciones por contrato, son responsabilidad de las Instancias Ejecutoras y deberán observar lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como sus reglamentos respectivos y demás normativa aplicable.
Por cada ministración de recursos federales, la Instancia Ejecutora deberá enviar a la DGR el recibo de recepción de los recursos, en el caso de los SEDIF, el que emita la Secretaría de Finanzas o su equivalente en la Entidad Federativa, dentro de los cinco días hábiles posteriores a la recepción del recurso, el que deberá cumplir con lo siguiente:
a)     Ser expedido a nombre del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
b)     Domicilio Fiscal: Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03310, Ciudad de México.
c)     Registro Federal de Contribuyentes: SND7701134L0.
d)     Contener la fecha de emisión, fecha de recepción del recurso por la Secretaría de Finanzas o su equivalente, nombre del Programa y Proyecto, y consignar el importe de la ministración.
En este sentido, el SNDIF recabará previamente el Proyecto aprobado y el Convenio respectivo.
Las cuentas bancarias para administrar los Subsidios federales serán contratadas por el SEDIF, SMDIF (a través del SEDIF), por conducto de la Tesorería del Estado o su equivalente y por parte de las OSC de forma directa, y en todos los casos serán productivas.
El manejo de los recursos será de absoluta responsabilidad de los SEDIF, SMDIF u OSC según corresponda, y podrán ser auditados en cualquier momento por las autoridades competentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 69 y 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Durante el ejercicio presupuestario que corresponda, la DGR solicitará a las Instancias Ejecutoras, información relacionada con los avances físico-financieros de sus Proyectos con las observaciones y el soporte documental que se considere necesario.
Los Subsidios no ejercidos, así como aquellos que no se destinen a los fines establecidos en los Convenios correspondientes, deberán ser reintegrados a la TESOFE de conformidad a la normativa aplicable en la materia y se deberá informar a la DGR.
Los recursos de este Programa son Subsidios federales que para fines de su aplicación y fiscalización no pierden su carácter federal; su aplicación se ajustará a lo establecido en el artículo 75 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como en los artículos 175 y 176 de su Reglamento. Estos recursos deben ser utilizados únicamente en la operación del Programa, de conformidad con las disposiciones aplicaciones, las Reglas y los Convenios respectivos.
Reintegrar a la TESOFE los rendimientos financieros generados, así como los recursos que por cualquier motivo no hayan sido devengados al 31 de diciembre, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal conforme a las disposiciones aplicables.
Las presentes reglas sólo norman el otorgamiento de Subsidios cuyos beneficiarios sean los SEDIF, los SMDIF u OSC.
7.1.1. Comprobación del Gasto.
La comprobación del gasto de los Subsidios o Apoyos del Programa está bajo la responsabilidad de los SEDIF, los SMDIF o las OSC, por lo que éstos deberán cumplir con todas las disposiciones aplicables en materia de seguimiento, verificación o supervisión, evaluación, fiscalización y auditoría que señala la normativa federal.
Para efectos de la comprobación, por parte de las Instancias Ejecutoras, los documentos necesarios que deberán enviarse a la DGR son:
a)     Las CIPOB (ver Anexo 3) o el padrón de la Población Objetivo Beneficiada (ver Anexo 3A);
b)     Relación de gastos, firmada por la Instancia Ejecutora, anexando copia legible de los comprobantes que contengan los requisitos fiscales (facturas o recibos electrónicos), así como los documentos de verificación de comprobantes fiscales digitales emitidos por el SAT y, en su caso, copia del reintegro (s) que se haga (n) a la TESOFE (ver Anexo 6);
c)     Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero (ver Anexo 4);
d)     Acta de Entrega Recepción de Obras o equipo a municipio y/o Beneficiarios del Programa (cuando aplique por la naturaleza del Proyecto);
e)     Bitácora fotográfica, que evidencie la ejecución y finalización de las Obras o acciones, e
f)     Informe Final de Resultados (ver Anexo 5).
Los SEDIF, los SMDIF o las OSC serán responsables de llevar el registro y control de los recursos ejercidos a nivel Obra o acción. Los Expedientes Técnicos deberán contener la documentación listada con anterioridad, con el objeto de comprobar la erogación de los recursos de acuerdo a los montos y conceptos previstos para la ejecución de la Obra o acción, o en su caso, los ahorros presupuestarios obtenidos y enterados.
Los documentos originales de comprobación de gasto deberán ser conservados por los SEDIF, los SMDIF o las OSC, durante los plazos que dispone la normativa aplicable.
La entrega de los elementos documentales que integran la comprobación del gasto del ejercicio fiscal previo, constituye un requisito indispensable para la asignación de recursos posteriores.
7.2. Avances Físico-Financieros.
Por tratarse de un Programa a nivel nacional en el cual las Entidades Federativas son corresponsables de la transparencia en la información y difusión de los resultados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 181 de su Reglamento, la Secretaría de Salud en su carácter de Coordinadora Sectorial, enviará a la Cámara de Diputados, por conducto de las Comisiones correspondientes, a la SHCP y a la SFP, los informes trimestrales, que al efecto formule el SNDIF, sobre el presupuesto ejercido (financiero) y el cumplimiento de metas (físico) de las acciones de este Programa. Para tal efecto, las Instancias Ejecutoras deberán remitir estos informes, una vez radicados los recursos del Proyecto, durante los siguientes diez días hábiles posteriores a la terminación de cada trimestre.
Las Instancias Ejecutoras realizarán un seguimiento trimestral de avances físico-financiero, de la
aplicación de los recursos del Programa, así como de las metas presupuestarias con la finalidad de contar con dicha información en caso de ser requerida por el SNDIF; además, darán un seguimiento de las Obras, acciones y de la Población Objetivo Beneficiada, utilizando el formato identificado como anexo 4.
En caso de ser necesario, para asegurar la correcta ejecución de las Obras y acciones que se realicen con recursos del Programa, la UAIS, en coordinación con la DGR, podrá realizar la supervisión en campo, conjuntamente con las Instancias Ejecutoras; además, se promoverá la participación de la Población Beneficiada, representantes del Poder Legislativo y de la sociedad civil.
El SEDIF o SMDIF verificarán la actualización de la información del Proyecto aprobado y efectuarán visitas de verificación de las Obras o acciones, con el fin de identificar la situación que guardan, en especial los avances físicos y financieros, incluyendo evidencia fotográfica obtenida durante la visita, especialmente para aquellos proyectos que implique la realización de Obras de infraestructura.
En caso de que derivado de dichos informes se detecten irregularidades en la aplicación de los recursos del Programa, el SNDIF suspenderá la ministración de recursos y, en caso de comprobarse la irregularidad, las autoridades estatales deberán reintegrar la totalidad de los Apoyos recibidos por este Programa.
El incumplimiento sobre la forma y contenido de estos reportes e informes, será objeto de retención de las ministraciones de Subsidios, según se establece en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
7.3. Informe Final de Resultados.
Para cada uno de los Proyectos aprobados se deberá formular el correspondiente Informe Final de Resultados (ver Anexo 5). Dicho Informe debe enviarse a la DGR, a más tardar diez días hábiles después de concluido el ejercicio fiscal.
Las Instancias Ejecutoras con Proyectos apoyados por el Programa en el Ejercicio Fiscal anterior, que no hayan entregado al SNDIF el informe final completo de cada Proyecto, se considerarán en incumplimiento conforme a lo que establecen las presentes Reglas.
8. Auditoría, Control y Vigilancia.
La SHCP, la SFP, la Auditoría Superior de la Federación, las Contralorías Federales y Locales, así como los órganos de fiscalización en cada Entidad Federativa, podrán realizar actividades de fiscalización y auditoría respecto al ejercicio de los recursos del Programa, las cuales se sujetarán a las disposiciones jurídicas aplicables al ejercicio del gasto público.
Los órganos internos de control de cada orden de gobierno serán las instancias que, en sus respectivos ámbitos de competencia, vigilen la aplicación y comprobación del gasto directamente con las Instancias Ejecutoras.
9. Evaluación.
La evaluación del Programa se llevará a cabo de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, el PEF, los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de Evaluación correspondiente.
9.1. Evaluación Interna.
Con el objeto de enfocar la gestión del Programa al logro de resultados para mejorar las condiciones de vida de la Población Objetivo Beneficiada, así como de fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos, se evaluará la operación y resultados del Programa a través de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR). La evaluación se podrá complementar con un seguimiento de los recursos ejercidos, acciones ejecutadas y metas alcanzadas.
Los indicadores que servirán como parámetro para evaluar el desempeño del Programa, y que serán utilizados por la Instancia Normativa como parte de la rendición de cuentas, son los contenidos en la siguiente Matriz de Indicadores de Resultados:
 
Matriz de Indicadores de Resultados
S039 Programa de Atención a Personas con Discapacidad
Resumen Narrativo
Indicadores
Nombre
Definición
Método de cálculo
Frecuencia
de medición
Medios de verificación
Fin
Contribuir al bienestar e igualdad social mediante el acceso a medios que permitan la inclusión social de las personas con discapacidad.
Porcentaje de personas con discapacidad beneficiadas por el Programa, que cuentan con medios que promueven directamente su inclusión social.
Describe información sobre las personas con discapacidad reportadas por los ejecutores del programa como beneficiadas por el programa, que cuentan con medios que promueven directamente su inclusión social, con relación a la población total con discapacidad que se benefició por el Programa.
(Número de personas con discapacidad beneficiadas e incluidas socialmente de forma directa / Total de personas con discapacidad beneficiadas a través de proyectos) X 100.
Anual
Variable 1. Número de personas con discapacidad beneficiadas e incluidas socialmente de forma directa: Padrón de la Población Objetivo Beneficiada o Cédulas de Información de Población Objetivo Beneficiada bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social.; Variable 2. Total de personas con discapacidad beneficiadas a través de proyectos: Padrón de la Población Objetivo Beneficiada o Cédulas de Información de Población Objetivo Beneficiada bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social.
Propósito
Las personas con discapacidad cuentan con medios para su inclusión social.
Porcentaje de personas con discapacidad beneficiadas por el programa que cuentan con medios para su inclusión social.
Describe el porcentaje de personas con discapacidad beneficiadas por el programa que cuentan con medios para su inclusión social en relación a las personas que integran la población objetivo del Programa.
(Número de personas con discapacidad beneficiadas por el Programa que cuentan con medios para su inclusión social / Total de personas con discapacidad que integran la población objetivo del Programa) X 100.
Anual
Variable 1. Número de personas con discapacidad beneficiadas por el Programa que cuentan con medios para su inclusión social: Padrón de la Población Objetivo Beneficiada o Cédulas de Información de Población Objetivo Beneficiada bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social; Variable 2. Total de personas con discapacidad que integran la población objetivo del Programa: Ficha Técnica de la población objetivo del programa, bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social.
Componente
Obras y/o acciones ejecutadas que fomenten que las personas con discapacidad cuenten con medios para su inclusión social.
Porcentaje de Obras y/o acciones realizadas a favor de que las personas con discapacidad cuenten con medios para su inclusión social.
Mide el porcentaje de Obras y/o acciones realizadas a favor de las personas con discapacidad, en relación con las Obras y/o acciones comprometidas en los proyectos.
(Número de Obras y/o acciones financiadas a través de los proyectos / Total de Obras y/o acciones comprometidas en los proyectos) X 100.
Anual
Variable 1. Número de Obras y/o acciones financiadas a través de los proyectos: Información proporcionada por las Instancias Ejecutoras, a través del Informe Final de Resultados que está bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social; Variable 2. Total de Obras y/o acciones comprometidas en los proyectos: Formato para la identificación y validación de proyectos autorizados que está bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social.
Actividad
Instrumentación de proyectos dirigidos a que las personas con discapacidad cuenten con medios para su inclusión social.
Porcentaje de proyectos instrumentados dirigidos a que las personas con discapacidad cuenten con medios para su inclusión social.
Mide la proporción de proyectos instrumentados en favor de las personas con discapacidad con relación a los proyectos autorizados a las instancias ejecutoras.
(Número de proyectos instrumentados / Total de proyectos autorizados a las instancias ejecutoras) X 100.
Semestral
Variable 2: Total de proyectos autorizados a las instancias ejecutoras: Informe de Gestión de Proyectos bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social; Variable 1: Número de proyectos instrumentados: Información proporcionada por las Instancias Ejecutoras, a través del Informe Final de Resultados que está bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social
Aplicación de encuesta a las personas con discapacidad beneficiadas con acciones realizadas por el Programa.
Porcentaje de personas con discapacidad encuestadas que consideran que mejoró su calidad de vida con las acciones realizadas por el Programa.
Mide la proporción de las personas con discapacidad encuestadas que consideran que mejoró su calidad de vida con las acciones realizadas a través de la instrumentación de proyectos con relación al total de personas con discapacidad que respondieron la encuesta aplicada.
(Número de personas con discapacidad encuestadas que consideran que mejoró su calidad de vida con las acciones del Programa / Total de personas con discapacidad beneficiadas que respondieron la encuesta de percepción ) X 100.
Anual
Variable 2: Total de personas con discapacidad beneficiadas que respondieron la encuesta de percepción: Informe de Medición del Grado de Satisfacción de la Población Objetivo Beneficiada del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, disponible y bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social; Variable 1: Número de personas con discapacidad encuestadas que consideran que mejoró su calidad de vida con las acciones del Programa: Informe de Medición del Grado de Satisfacción de la Población Objetivo Beneficiada del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, disponible y bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social.
Aprobación de proyectos dirigidos a que las personas con discapacidad cuenten con medios para su inclusión social.
Porcentaje de acciones realizadas para la aprobación de proyectos.
Mide las acciones que se llevan a cabo de manera cronológica para aprobar los proyectos dirigidos a que las personas con discapacidad cuenten con medios para su inclusión social con relación a las acciones programadas para la aprobación de proyectos.
(Número de acciones realizadas para la aprobación de proyectos / Total de acciones programadas para la aprobación de proyectos) X 100.
Semestral
Variable 2: Total de acciones programadas para la aprobación de proyectos: Programa Anual de Trabajo de la Unidad de Asistencia e Integración Social.; Variable 1: Número de acciones realizadas para la aprobación de proyectos: Información y documentación que integra el expediente administrativo que está bajo el resguardo de la Unidad de Asistencia e Integración Social.
 
 
9.2. Evaluación Externa.
La evaluación del Programa se llevará a cabo de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, el PEF correspondiente, los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de Evaluación correspondiente.
10. Transparencia.
De conformidad con lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas aplicables, el SNDIF divulgará las presentes Reglas en la página electrónica del SNDIF http://sitios.dif.gob.mx/transparencia/transparencia_focalizada/planeacion_institucional/, así como a través de los demás medios que considere pertinentes. Las Instancias Ejecutoras realizarán las acciones que consideren pertinentes para la difusión y promoción de las mismas.
La DGR como Instancia Coordinadora Nacional del Programa, en seguimiento y coordinación con las Instancias Ejecutoras del Programa, realizará la promoción y divulgación de las acciones del Programa, dando a conocer las acciones a realizar, las Personas con Discapacidad beneficiarias y los resultados cuantitativos y cualitativos obtenidos.
Para conocimiento de la sociedad en general, al inicio de la obra o acción, las Instancias Ejecutoras deberán colocar en un lugar visible de la localidad o en el área en la que se realicen los trabajos, un letrero con la siguiente información:
a)     Las características generales de las obras o acciones;
b)     Nombre del Ejecutor;
c)     La fecha de inicio y término (vigencia del Convenio);
d)     La población y comunidades beneficiadas;
e)     Las metas físicas;
f)     El monto de los recursos aportados por la Federación, por los gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios correspondientes y, en su caso, por los propios Beneficiarios del Programa, y
g)     Indicar que las obras o acciones se realizan en el marco del Programa, con la participación del SNDIF, de los gobiernos de las Entidades Federativas y de los municipios y, en su caso, de la población objetivo beneficiada.
Se deberá incluir en la papelería y documentación oficial del Programa, y en toda publicidad y promoción que adquieran las Instancias Ejecutoras tales como anuncios en medios electrónicos, escritos y gráficos y de cualquier otra índole, la leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
Los letreros y las placas se deberán elaborar y colocar con cargo a los recursos asignados a la Instancia Ejecutora, incluyendo el logotipo o imagen corporativa de cada uno de los participantes.
11. Participación Social.
La participación social tiene como propósito impulsar la participación de la población objetivo beneficiada y de los ciudadanos en la ejecución, control y vigilancia de las acciones y obras desarrolladas en el marco del Programa.
Esta participación será promovida especialmente en torno a la implementación de proyectos, la creación de Contralorías Sociales, y proyectos de monitoreo y aval ciudadano en los términos de la normativa aplicable.
11.1. Participación en proyectos.
En materia de participación comunitaria, las autoridades Estatales y en su caso, Municipales, así como las Instancias Ejecutoras, podrán promover que la población residente:
a)     Participe en las acciones para la organización de la comunidad que apoye la toma de decisiones y las actividades de planeación, programación, ejecución, control, vigilancia, seguimiento, operación y mantenimiento de las Obras y acciones que se lleven a cabo.
b)     Participe en la conformación y operación de la Contraloría Social.
 
c)     Participe en la ejecución de obras y acciones mediante aportaciones económicas, mano de obra, especie e intelectuales.
El SNDIF promoverá la participación de las OSC en la realización de acciones a través de Convenios de Concertación, verificando que cumplan con lo establecido en la LFFAROSC e instrumentos jurídicos similares o supletorios, y suscribirán con estas organizaciones el Convenio correspondiente.
11.2 Contraloría Social.
Se promoverá la participación de la población objetivo beneficiada del Programa, a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograr lo anterior, la Instancia Normativa, la Coordinadora Nacional y las ejecutoras deberán sujetarse a los "Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, emitidos por la SFP y realizar las acciones necesarias para la integración y operación de la Contraloría Social, de acuerdo al Esquema validado por la SFP y a los documentos normativos establecidos por el Programa.
12. Quejas y Denuncias.
La SFP, el SNDIF y el OIC respectivo, en el ejercicio de sus facultades, podrán realizar indistintamente, en todo momento y conforme a sus respectivos ámbitos de competencia, la inspección, fiscalización y vigilancia de los recursos federales, incluyendo la revisión programática-presupuestaria; así como, en su caso, atender las quejas y denuncias que se presenten sobre su manejo. Para tal efecto la Instancia Ejecutora del Programa conservará en forma ordenada y sistemática, toda la documentación comprobatoria de los actos que realice conforme a las disposiciones de la normativa aplicable.
Podrá denunciarse toda acción u omisión, que produzca o pueda producir daños al ejercicio de los derechos.
La denuncia podrá realizarse por cualquier persona, bastando que se presente por escrito y contenga:
a)    Nombre, domicilio y demás datos que permitan la identificación del denunciante, en su caso, de su Representante Legal;
b)    Se podrá presentar la denuncia ante la autoridad competente sobre cualquier hecho, acto u omisión;
c)     Los datos que permitan identificar al presunto sujeto infractor, y
d)    Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.
Las inconformidades, quejas o denuncias respecto de la operación, entrega de apoyos, ejecución o algún otro aspecto relacionado con este Programa, podrán ser presentadas por la población objetivo beneficiada o por la población en general, a través de los siguientes canales institucionales de quejas y denuncias:
Secretaría de la Función Pública.
Avenida de los Insurgentes Sur 1735, Col. Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México.
contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
Número telefónico (55) 2000-3000, extensión 2164.
Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE).
Blvd. Adolfo López Mateos No. 2836, Col. Tizapán San Ángel, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, C.P. 01090, Ciudad de México.
FEPADETEL: 01 800 833 7233 y (55) 5346 3103.
fiscalenlinea@pgr.gob.mx
www.fepadenet.pgr.gob.mx
Órgano Interno de Control en el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Prolongación Xochicalco No. 947,
Col. Santa Cruz Atoyac, Demarcación Territorial Benito Juárez,
Ciudad de México, C.P. 03310.
01 (55) 3003 2200, Ext. 2522 y 7280.
 
mvazquez@dif.gob.mx y luis.sarabia@dif.gob.mx
https://www.gob.mx/difnacional
13. Anexos.
Anexo 1. Modelo de Convenio de Coordinación.
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO "DIF NACIONAL" REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, ________________________________, ASISTIDO POR EL JEFE DE UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL,_____________________, ASÍ COMO POR EL DIRECTOR GENERAL DE REHABILITACIÓN _________________, Y POR LA OTRA PARTE, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO O DE LA CIUDAD DE MÉXICO___________________, EN ADELANTE EL "DIF ESTATAL", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, ____________________, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
ANTECEDENTES.
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto, establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, apartado A, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de convenios de coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y las entidades federativas se planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros rubros, la participación de dichas entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3 señala que se entiende por asistencia social a el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4, fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida Ley, define entre otros, que son sujetos de la Asistencia Social, las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; los adultos mayores; así como las personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales.
Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 28, establece que el "DIF NACIONAL" será el coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. De igual forma, el artículo 54, establece que el "DIF NACIONAL" promoverá la organización y participación de la comunidad para contribuir en la prestación de servicios asistenciales para el Desarrollo Integral de la Familia. La participación de la comunidad, de acuerdo con lo establecido por el artículo 55, debe estar encaminada a fortalecer su estructura y a propiciar la solidaridad de la población.
IV. En congruencia con lo anterior, con fecha ________________, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a
Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2019", en lo sucesivo referidas como las "REGLAS DE OPERACIÓN", mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las Personas con Discapacidad cuenten con los medios para su inclusión social.
DECLARACIONES.
I. El "DIF NACIONAL" declara que:
I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, respectivamente; teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables, y conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia.
I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el "DIF ESTATAL", para la ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad.
I.3 El Oficial Mayor, suscribe el presente Instrumento Jurídico con fundamento en el Acuerdo Delegatorio de Facultades publicado en el Diario Oficial de la Federación, que se encuentre en vigor al momento de la suscripción del presente convenio, así como con el artículo 19, fracción XXI del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
I.4 El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social y el (la) Director (a) General de Rehabilitación, se encuentran facultados para la formalización del presente Instrumento Jurídico, de conformidad con los artículos, 14, fracción XXVII, 16, fracciones I, X y XI, 24, fracción IX y 30 fracción III, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
I.5 De acuerdo con los artículos 12, fracción XII de la Ley de Asistencia Social, y artículo 2, fracciones II, III y X, de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de Asistencia Social.
I.6 El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, establece la Meta Nacional ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las Personas con Discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria en una abierta a la tolerancia y la diversidad.
En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las instituciones que la integran.
En la Estrategia del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 __________. "________________________", se señalan las siguientes líneas de acción:
___________________________________________________________________________________.
_____________________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________________.
I.7 En términos de los artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación, celebra el presente Convenio como instrumento de Coordinación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad con el "DIF ESTATAL" para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de discapacidad y con ello
propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa.
I.8 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Ciudad de México.
II. El "DIF ESTATAL" declara que:
II.1 Es un Organismo Público Descentralizado del Poder Ejecutivo de ________ con personalidad jurídica y patrimonio propios creado por __________, publicado en el ________________ el día ___________________.
II.2 Es el Rector de la Asistencia Social en el Estado de_____________, entendiendo como ésta el conjunto de acciones que tienden a mejorar y modificar las circunstancias de carácter social, así como la protección física y mental de los individuos, coordinando el acceso a los mismos garantizando la participación de los sectores social y privado. Tiene entre sus objetivos, _______________________________.
II.3 El Titular del Sistema Estatal DIF __________, acredita su personalidad con ______________________, con el cual se encuentra facultado para celebrar el presente Convenio de Coordinación.
II.4 Es facultad del Titular del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de ________________, celebrar los Convenios, Acuerdos, Contratos Administrativos y Ejecutar los actos administrativos y jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del Organismo, con fundamento en ___________, publicado en, ________, el día__________.
II.5 Entre sus atribuciones se encuentra el promover y prestar servicios de asistencia social a la población, así como la capacitación de recursos humanos para su atención.
II.6 Señala como domicilio legal para todos los fines y efectos legales que se deriven del presente Convenio, el ubicado en _____________________________.
III. "LAS PARTES" declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el presente Convenio, en beneficio de la población vulnerable del país;
III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente Convenio puede derivar para el país y para ambas partes;
III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de Coordinación;
III.4 Es su deseo suscribir el presente Instrumento Jurídico, concurriendo en el territorio de __________, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de Personas con Discapacidad de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables; y
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto materia del presente Convenio.
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4 º, 25 y 26 Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Planeación; 1, 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3, 4, 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social; 6, fracción II, 7, fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178, párrafo segundo y tercero y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 14, fracción XXVII, 16, fracciones I, X, XI, XIV, 19, fracción XXI, 24, fracción IX y 30, fracción III del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2019, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio de Coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
 
CLÁUSULAS.
PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente Convenio es la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios, para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad para el ejercicio fiscal 2019, así como establecer las bases y procedimientos de coordinación entre "LAS PARTES", para la ejecución del Proyecto específico denominado "____________________________", en lo sucesivo "EL PROYECTO", así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el marco de las "REGLAS DE OPERACIÓN" y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato para la identificación y validación del "EL PROYECTO".
SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, en las disposiciones contenidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN", y el número de Precompromiso SAP ___________, el "DIF NACIONAL" aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las "REGLAS DE OPERACIÓN" hasta por un monto de __________________ (_______________), que se radicarán en una sola exhibición.
"LAS PARTES" convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria.
TERCERA. - NATURALEZA DE LOS RECURSOS. - Los recursos que aporta el "DIF NACIONAL" para el cumplimiento del objeto del presente Convenio y que se realizan de conformidad con las "REGLAS DE OPERACIÓN", serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados al "DIF ESTATAL" y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio.
Asimismo, "LAS PARTES" aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este Convenio estará a cargo de "DIF NACIONAL", la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación de dichos recursos, estará exclusivamente a cargo del "DIF ESTATAL", de conformidad con la normativa aplicable.
Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de diciembre de 2019, así como aquellos en que el "DIF NACIONAL" o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, incluyendo rendimientos financieros e intereses por el "DIF ESTATAL", en los términos que señalen las disposiciones aplicables; el "DIF ESTATAL" tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas, a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social del "DIF NACIONAL".
CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Los recursos que proporcione "DIF NACIONAL", se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva que "DIF ESTATAL" se obliga a abrir de manera especial y exclusiva para la administración de los recursos federales materia del presente Instrumento Jurídico, a través de su Secretaría de Finanzas o su equivalente en la entidad federativa del Estado, con el fin de que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines "EL PROYECTO", de conformidad con lo señalado en el quinto párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
La Secretaría de Finanzas o su equivalente en la entidad federativa, deberá de emitir el recibo correspondiente al ingreso de los recursos transferidos por el "DIF NACIONAL", el día que se reciba, mismo que deberá remitirse al organismo a más tardar en los siguientes cinco (5) días hábiles a satisfacción del "DIF NACIONAL", y en congruencia con lo dispuesto, tanto en las "REGLAS DE OPERACIÓN", como en el presente Convenio.
COMPROMISOS DE "LAS PARTES"
QUINTA.- El "DIF NACIONAL", se compromete a realizar las acciones siguientes:
a) Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la Cláusula Segunda de este
Convenio, previo cumplimiento del "DIF ESTATAL" de las obligaciones a su cargo, referidas en la Cláusula Cuarta;
b) Otorgar la asesoría y orientación al "DIF ESTATAL" cuando éste se la solicite, y
c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
SEXTA.- El "DIF ESTATAL" se compromete a:
a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio, se realicen de acuerdo con lo señalado en las disposiciones de las "REGLAS DE OPERACIÓN" y demás normativa aplicable;
b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la Cláusula Segunda de este Convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines de "EL PROYECTO", así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestarios;
c) Celebrar Convenios y/o acuerdos con los gobiernos de los municipios de la entidad federativa, para que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades objeto de este Convenio;
d) Presentar los informes de Avance Físico Financiero a la Dirección General de Rehabilitación del "DIF NACIONAL" a más tardar durante los primeros diez (10) días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta. Los informes deberán ser acompañados con la justificación de las variaciones entre la meta de cobertura programada y la alcanzada, así como entre el presupuesto autorizado, el modificado y el ejercido, y en su caso, el reporte de las medidas de ahorro, austeridad y eficiencia aplicadas durante el periodo que se informa;
e) Presentar al "DIF NACIONAL", la información necesaria para el informe de Cuenta Pública de los apoyos a que se refiere el presente Convenio, con base en los formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer "DIF NACIONAL";
f) Entregar al "DIF NACIONAL", el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este Convenio, de forma física y electrónica a la Dirección General de Rehabilitación, con copia a la Unidad de Asistencia e Integración Social después de concluido el objeto del presente Convenio a los diez (10) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal 2019;
g) Entregar a la Dirección General de Rehabilitación del "DIF NACIONAL", la documentación de Comprobación de Gastos, debidamente firmados y rubricados por la Instancia Ejecutora consistentes en:
1.     Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes que contengan los requisitos fiscales (facturas, y/o recibos) y fichas de depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos parcial o totalmente);
2.     Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT);
3.     Informes Trimestrales de Avance Físico Financiero;
4.     Bitácora Fotográfica;
5.     Informe Final de Resultados;
6.     Cédulas de Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón la Población Objetivo Beneficiada, y
7.     Acta Entrega de Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de que aplique.
Lo anterior a efecto de garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los beneficiarios del Programa.
h) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos federales presupuestarios, y en su caso, los
productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no devengados al 31 de diciembre de 2019, así como aquellos en que el "DIF NACIONAL" o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, debiendo informar por escrito lo anterior a la Dirección de Finanzas del "DIF NACIONAL";
i) Conservar debidamente resguardada, durante cinco (5) años, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan;
j) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización de "EL PROYECTO", el Informe Final de Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de Obras o Equipo a Municipio (s) y/o Beneficiario (s);
k) Dar seguimiento, verificar el desarrollo y ejecución de los compromisos contenidos en el objeto del presente Convenio, de conformidad con las "REGLAS DE OPERACIÓN";
l) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 de octubre de 2016;
m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y documentación desagregada por rubro que soliciten el "DIF NACIONAL", y/o los Órganos Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran;
n) Realizar, o en su caso contratar la ejecución de los proyectos de servicios y obras que se requieran, así como supervisar las acciones, de conformidad con la normativa aplicable;
o) Adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y comunicación con el "DIF NACIONAL" para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Lo anterior, sin perjuicio de que los órganos fiscalizadores correspondientes lleven a cabo las acciones de vigilancia, control y evaluación a fin de verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo del "DIF ESTATAL", en los términos contenidos en el presente Convenio;
p) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del "DIF NACIONAL", tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción "EL PROYECTO", y
q) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, las "REGLAS DE OPERACIÓN" y las demás aplicables conforme a la legislación nacional.
"LAS PARTES" acuerdan que para efectos del inciso d) y f) de esta Cláusula, los Informes de Avance o Final de "EL PROYECTO", serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el "DIF ESTATAL" acepta que la información contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos pueda ser verificada por las unidades administrativas del "DIF NACIONAL" o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables.
SÉPTIMA. - Con el fin de dar cumplimiento al artículo 26, fracción II, inciso a) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, así como el numeral 10. titulado "Transparencia" de "LAS REGLAS DE OPERACIÓN", "LAS PARTES" se comprometen a que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos, electrónicos escritos, gráficos y de cualquier otra índole inherente al Programa objeto del presente Convenio, deberá enunciar la siguiente leyenda:
"Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa."
OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- "LAS PARTES" promoverán la Contraloría Social como una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.2. de las "REGLAS DE OPERACIÓN" y en los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, vigentes.
NOVENA.- REPRESENTANTES DE "LAS PARTES".- Para la adecuada operación de las actividades a
que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización "EL PROYECTO" "LAS PARTES", designan al respecto a los siguientes representantes:
"DIF NACIONAL"
OFICIAL MAYOR DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
 
"DIF ESTATAL"
 
DIRECTOR (A) GENERAL
Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas.
DÉCIMA.- SUSPENSIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- "DIF ESTATAL" acepta que, en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente Convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el "DIF NACIONAL" suspenderá la entrega de los apoyos asignados a "EL PROYECTO" materia de este Convenio, por lo que se deberá reintegrar el recurso recibido a la TESOFE; cuando la instancia ejecutora tenga a su cargo dos o más proyectos y se detecten desviaciones en al menos uno; en forma automática se suspende el otorgamiento inmediato del resto de los proyectos y tendrá que cumplir con la obligación de reintegrarlo a la TESOFE.
Son causas de suspensión, además, las siguientes:
a) Que no aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados;
b) Que se incumpla con la ejecución de "EL PROYECTO" sujeto de apoyo;
c) Que no se acepte la realización de visitas de supervisión, cuando así lo soliciten el "DIF NACIONAL", los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d) Que no se entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos de "EL PROYECTO";
e) La inviabilidad de "EL PROYECTO", debido a la alteración o cambio en las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras, ya sea por parte del "DIF NACIONAL" o del "DIF ESTATAL";
f) Que se presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados;
g) Por motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales;
h) Que existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i) Cuando el "DIF NACIONAL" o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos, y
j) En general, cuando exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente Convenio, las "REGLAS DE OPERACIÓN" y las disposiciones que derivan de éstas.
El "DIF ESTATAL" acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda, así como los intereses y rendimientos generados.
DÉCIMA PRIMERA.- CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente Convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo del "DIF ESTATAL", a partir de la firma de este Convenio, el "DIF NACIONAL" o las unidades administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente.
DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- "LAS PARTES", convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados a "EL PROYECTO" al que se refiere el presente Convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del Padrón de Beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus Avances Físicos-Financieros en las páginas electrónicas oficiales que tengan disponibles.
CONVENCIONES GENERALES.
DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este Convenio de Coordinación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la parte, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el día 31 de diciembre de 2019, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el Convenio, con los datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario.
DÉCIMA QUINTA.- MINISTRACIÓN DEL RECURSO.- En cumplimiento a las disposiciones contenidas en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ministración del recurso podrá otorgarse a partir de la fecha de firma del presente Convenio, hasta el día 31 de diciembre de 2019.
No obstante, lo anterior "LAS PARTES", estarán sujetas a lo publicado anualmente en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, a las disposiciones y recomendaciones hechas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las demás autoridades competentes que para tal efecto emitan.
DÉCIMA SEXTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente Convenio, serán pactadas de común acuerdo entre "LAS PARTES" y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN.- "LAS PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente Convenio de Coordinación.
DÉCIMA OCTAVA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente Convenio, "LAS PARTES" lo resolverán de común acuerdo; de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DÉCIMA NOVENA.- PUBLICACIÓN.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación y 178 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el presente Convenio de Coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Enteradas "LAS PARTES" de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, a los _____ días del mes de _____ de 2019.
POR EL "DIF NACIONAL"
OFICIAL MAYOR DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
POR EL "DIF ESTATAL"
DIRECTOR (A) GENERAL
 
JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL
DIRECTOR (A) GENERAL DE REHABILITACIÓN
DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
Anexo 1A. Modelo de Convenio de Concertación.
CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO EL "DIF NACIONAL" REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, _____________________, ASISTIDO POR EL JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, __________________________________, ASÍ COMO POR EL DIRECTOR (A) GENERAL DE REHABILITACIÓN ____________________________, Y POR LA OTRA, ____________________, EN ADELANTE "LA OSC", REPRESENTADA POR LA _______________________, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
ANTECEDENTES.
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto, establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
Asimismo, determina en su artículo 25, que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, Apartado A, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
II. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 14, 28, 32, 37, 38, 39 y 40, establece que el Plan y los Programas especificarán las acciones que serán objeto de concertación por el Ejecutivo Federal, con los grupos sociales interesados, pudiéndose concertar con ellos o con los particulares la ejecución de dicho Plan y los referidos programas.
III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3 señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4 fracciones I, inciso b), V y VI, de la referida ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; los adultos mayores; así como las personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales.
Asimismo, la Ley de Asistencia Social, en su artículo 21, establece que el Gobierno Federal promueva la participación correspondiente de la sociedad en la planeación, ejecución y evaluación de la Política Nacional de Asistencia Social a través de concertar acciones y establecer acuerdos y convenios de concertación con los sectores sociales y privados y con instituciones académicas, grupos y demás personas físicas y morales interesadas en la prestación de servicios de asistencia social, situación que se ratifican en el artículo 44 del citado ordenamiento legal.
IV. La Ley Federal de Presupuestos y Responsabilidad Hacendaria, establece en su artículo 25, fracción VI, que la programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los anteproyectos que elaboran con base en la interrelación que en su caso exista con los acuerdos de concertación con los sectores sociales y privados.
V. El Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece en su artículo 178 párrafo segundo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal podrán celebrar convenios con personas morales sin fines de lucro para que participen en la ejecución de los programas sujetos a reglas de operación.
VI. En congruencia con lo anterior, con fecha ________________, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2019", en lo sucesivo referidas como las "REGLAS DE OPERACIÓN", mismo que tiene como objetivo general, contribuir a que las personas con discapacidad cuenten con medios para su inclusión social.
 
DECLARACIONES.
I. El "DIF NACIONAL" declara que:
I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio y personalidad jurídica propios, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, respectivamente; teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables, y conforme a sus atribuciones y funciones; actúa en coordinación con Dependencias y Entidades Federales, Estatales y Municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia.
I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones, reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con "LA OSC", para la ejecución de actividades específicas en materia de discapacidad.
I.3 El Oficial Mayor, suscribe el presente Instrumento Jurídico con fundamento en el Acuerdo Delegatorio de Facultades publicado en el Diario Oficial de la Federación, que se encuentre en vigor al momento de la suscripción del presente convenio, así como con el artículo 19, fracción XXI del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
I. 4 El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social y el (la) Director (a) General de Rehabilitación, se encuentran facultados para la formalización del presente Instrumento Jurídico, de conformidad con los artículos, 14, fracción XXVII, 16, fracciones I, X y XI, 24, fracción X y 30, fracción III, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
I.5 De acuerdo con los artículos 12, fracción XII, de la Ley de Asistencia Social, y 2, fracciones II, III y X, de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de Asistencia Social.
I.6 El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, establece la Meta Nacional ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Asimismo, se buscará asegurar la vigencia efectiva de los derechos de las Personas con Discapacidad y contribuir a su desarrollo integral, lo que transita por su inclusión al mercado de trabajo y la dinámica social, además de impulsar, con el apoyo de los medios de comunicación y la sociedad civil, estrategias que coadyuven a transformar la actual cultura excluyente y discriminatoria en una abierta a la tolerancia y la diversidad.
En materia de salubridad, el objetivo es asegurar el acceso a los servicios de salud. En otras palabras, se busca llevar a la práctica este derecho constitucional. Para ello, se propone fortalecer la rectoría de la Secretaría de Salud y promover la integración funcional a lo largo de todas las instituciones que la integran.
En la Estrategia del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 "_____________________________", se señalan las siguientes líneas de acción:
_____________________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________________.
I.7 En términos de los artículos 28, 32, 37, 38, 39, 40 y 41 de la Ley de Planeación, celebra el presente Convenio como instrumento de concertación en Materia de Atención a Personas con Discapacidad con "LA OSC" para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación.
I.8 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Ciudad de México.
II. "LA OSC" declara que:
II.1 Es _______________________, constituida legalmente mediante el Testimonio de la Escritura Pública número _____________________, de fecha _____________, otorgada ante la fe del Licenciado ___________, Notario Público número _____________ de (entidad)_______, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio (entidad)_______, bajo el número de folio ________.
 
II.2 Su objeto social comprende, entre otros, ___________________ así como las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables.
II.3 Su representante legal acredita su personalidad con el Testimonio de la Escritura Pública número, ___________, de fecha _____________________, otorgada ante la fe del Licenciado__________________, Notario Público número_______, de (entidad) __________, mediante la cual se encuentra facultada para celebrar el presente Convenio de Concertación.
II.4 Su Registro Federal de Contribuyentes es ____________.
II.5 Señala como domicilio para los efectos legales de este Convenio, el ubicado __________________________________.
II.6 Reconoce, comprende y acepta cumplir con las obligaciones e instrumentos en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
III. "LAS PARTES" declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta a asistencia social, es su interés y voluntad suscribir el presente Convenio, en beneficio de la población vulnerable del país;
III.2 Reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente Convenio, puede derivar para el país y para ambas partes;
III.3 Reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de Concertación;
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, asegurando la adecuada ejecución conjunta de acciones concertadas por ambas en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de Personas con Discapacidad, de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables, y
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto materia del presente Convenio.
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, 38 y 39 de la Ley de Planeación; 1, 25, fracción VI, 75, fracción II, segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3, 4, 19, 21, 44, 45, inciso d) y demás relativos de la Ley de Asistencia Social; 6, fracción II, 7, fracciones I, II, III, IV, V y VI, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; 22, fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 14, fracción XXVII, 16, fracciones I, X, XI, XIV, 19, fracción XXI, 24, fracción X y 30 fracción III, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para el ejercicio fiscal 2019, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio de Concertación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLÁUSULAS.
PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente Convenio es la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios para la ejecución del Programa de Atención a Personas con Discapacidad para el ejercicio fiscal 2019, así como establecer las bases y procedimientos de concertación, entre "LAS PARTES" para la ejecución del Proyecto específico denominado_____________________________________ (en lo sucesivo "EL PROYECTO"), en el marco de las "REGLAS DE OPERACIÓN" y conforme a las especificaciones que se establecen en el formato para la identificación y validación de "EL PROYECTO".
SEGUNDA.- APORTACIÓN DE RECURSOS.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, en las disposiciones contenidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN", y el número de Precompromiso SAP ___________, el "DIF NACIONAL" aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las "REGLAS DE OPERACIÓN" hasta por un monto de ______________ (______________________), que serán transferidos a más tardar el día ____________ del Ejercicio Fiscal 2019, en una sola exhibición.
"LAS PARTES" convienen en que el otorgamiento y fecha de radicación de dichos recursos podrá sufrir variaciones atendiendo a la disponibilidad presupuestaria.
TERCERA.- NATURALEZA DE LOS RECURSOS.- Los recursos que aporta el "DIF NACIONAL" para el
cumplimiento del objeto del presente Convenio y que se realizan de conformidad con las "REGLAS DE OPERACIÓN", serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados a "LA OSC" y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio.
Asimismo, "LAS PARTES" aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este Convenio, estará a cargo del "DIF NACIONAL", y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de "LA OSC", de conformidad con la normativa aplicable.
Los recursos que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se hayan devengado al 31 de diciembre de 2019, así como aquellos en que el "DIF NACIONAL" o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en su ejercicio, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, incluyendo rendimientos financieros e intereses por "LA OSC", en los términos que señalen las disposiciones aplicables; "LA OSC" tiene la obligación de informar lo anterior a la Dirección de Finanzas, a la Dirección General de Rehabilitación y a la Unidad de Asistencia e Integración Social del "DIF NACIONAL".
CUARTA.- CUENTA BANCARIA.- Para los recursos que proporcione el "DIF NACIONAL", "LA OSC" se obliga a abrir de manera especial y exclusiva una cuenta bancaria dentro del presente Ejercicio Fiscal, en la que se deberá distinguir contablemente su origen e identificar las erogaciones que correspondan a los fines de "EL PROYECTO" o documento según se trate de conformidad con lo señalado en las "REGLAS DE OPERACIÓN" y en el presente Convenio.
Los depósitos de los recursos federales estarán sujetos a la presentación por parte de "LA OSC", de los recibos fiscales correspondientes, así como a la documentación comprobatoria que en derecho corresponda a satisfacción del "DIF NACIONAL", y de conformidad con lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
COMPROMISOS DE "LAS PARTES".
QUINTA.- EL "DIF NACIONAL", se compromete a realizar las acciones siguientes:
a) Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la Cláusula Segunda de este Convenio, previo cumplimiento de "LA OSC" de las obligaciones a su cargo, referidas en la Cláusula Cuarta;
b) Otorgar asistencia técnica y orientación a "LA OSC", cuando ésta la solicite, así como la asesoría y capacitación necesaria, con base a sus programas asistenciales en materia de asistencia social;
c) Ninguna de "LAS PARTES" podrán ceder o transmitir parcial o totalmente los derechos y obligaciones contenidas en el presente Convenio, y
d) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN".
SEXTA.- "LA OSC" se compromete a:
a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio, se realicen de acuerdo a lo señalado en las disposiciones de las "REGLAS DE OPERACIÓN" y demás normativa aplicable;
b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la Cláusula Segunda de este Convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos. Estos recursos deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines de "EL PROYECTO" materia del presente Instrumento Jurídico, así como para llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c) Presentar los informes de Avance Físico-Financiero a la Dirección General de Rehabilitación de "DIF NACIONAL" a más tardar durante los primeros diez (10) días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta. Los informes deberán ser acompañados con la justificación de las variaciones entre la meta de cobertura programada y la alcanzada, así como entre el presupuesto autorizado, el modificado y el ejercido, y en su caso, el reporte de las medidas de ahorro, austeridad y eficiencia aplicadas durante el periodo que se informe;
d) Presentar al "DIF NACIONAL", la información necesaria para el informe de Cuenta Pública de los apoyos a que se refiere el presente Convenio, con base en los formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el "DIF NACIONAL";
e) Entregar, a la Dirección General de Rehabilitación del "DIF NACIONAL", la documentación de Comprobación de Gastos, debidamente firmada y rubricada por la Instancia Ejecutora consistentes en:
1.     Relación de Gastos, con la copia legible de los comprobantes que contengan los requisitos fiscales (facturas y/o recibos) y fichas de depósito de reintegro en caso de que no sean ejercidos los recursos
parcial o totalmente;
2.     Documento de verificación de los comprobantes fiscales emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT);
3.     Informes trimestrales de Avance Físico Financiero;
4.     Bitácora Fotográfica;
5.     Cédulas de información de la población Objetivo Beneficiada (CIPOB) y/o Padrón de la población Objetivo Beneficiada, y
6.     Acta de Entrega Recepción de Obras o Equipo a Municipio y/o Beneficiarios, en caso de que aplique.
Lo anterior, a efecto de garantizar que sean correctamente canalizados los recursos a los beneficiarios del Programa.
f) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos federales presupuestarios y, en su caso, los productos financieros que no hayan sido destinados a los fines autorizados o no se encuentren devengados al 31 de diciembre de 2019, así como aquellos en que el "DIF NACIONAL" o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos en los términos que señalen las disposiciones aplicables. Debiendo informar lo anterior por escrito a la Dirección de Finanzas del "DIF NACIONAL";
g) Conservar debidamente resguardada, durante cinco (5) años, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que, con base en el presente Instrumento Jurídico se entregan;
h) Presentar a la Dirección General de Rehabilitación, la documentación de comprobación, las evidencias (bitácora fotográfica) que acrediten la finalización del "EL PROYECTO", el Informe Final de Resultados y en su caso, el Acta de Entrega Recepción de obras o equipo a municipio (s) y/o beneficiario (s);
i) Dar seguimiento, verificar el desarrollo y ejecución de los compromisos contenidos en el objeto del presente Convenio, de conformidad con las "REGLAS DE OPERACIÓN";
j) Promover la Contraloría Social en las localidades beneficiadas por el Programa de Atención a Personas con Discapacidad, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016;
k) Publicar los Avances Físico-Financieros en las páginas de Internet que, en su caso, tenga disponibles, así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen "LAS PARTES";
l) Verificar el desarrollo de cada obra o acción materia de este Instrumento Jurídico;
m) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión y brindar oportunamente la información y documentación desagregada por rubro que soliciten el "DIF NACIONAL", y/o los Órganos Fiscalizadores Federales competentes, para los efectos que dichas instancias requieran;
n) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del "DIF NACIONAL", en las acciones de difusión, divulgación y promoción de "EL PROYECTO";
o) Conformar el expediente técnico referido en las "REGLAS DE OPERACIÓN", que contenga la documentación probatoria de los recursos otorgados, así como aplicar en su totalidad los mismos, garantizando su liberación expedita, debiendo destinarlos, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen exclusivamente a los fines de "EL PROYECTO" materia del presente Instrumento Jurídico. Debido a lo anterior, se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos, así como de llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales, y
p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019; las "REGLAS DE OPERACIÓN", y las demás aplicables conforme a la normativa vigente.
"LAS PARTES" acuerdan que para efectos de los incisos c) y e) de esta Cláusula, los Informes de Avance o Final de "EL PROYECTO", serán enviados, recibidos o archivados en forma física, a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, "LA OSC" acepta que esta información contenida en los informes enviados a través de dichos medios, producirá los mismos efectos jurídicos que la contenida en documentos con firma autógrafa, reconociéndole la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por
las unidades administrativas del "DIF NACIONAL" o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables.
SÉPTIMA.- Con el fin de dar cumplimiento al artículo 26, fracción II, inciso a) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, así como el numeral 10 titulado "Transparencia" de las "REGLAS DE OPERACIÓN", "LAS PARTES", se comprometen a que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos, electrónicos escritos, gráficos y de cualquier otra índole inherente al Programa objeto del presente Convenio, deberá enunciar la siguiente leyenda:
"Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa"
OCTAVA.- CONTRALORÍA SOCIAL.- "LAS PARTES" promoverán la contraloría social como una práctica de transparencia y control de rendición de cuentas, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.2. de las "REGLAS DE OPERACIÓN" y en los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, vigentes.
NOVENA.- REPRESENTANTES DE "LAS PARTES".- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente Instrumento Jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto "LAS PARTES", designan al respecto a los siguientes representantes:
"DIF NACIONAL"
OFICIAL MAYOR DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
"LA OSC"
 
Los representantes Titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, por lo que se refiere al representante del "DIF NACIONAL" deberá tener cuando menos, el nivel jerárquico inferior siguiente al del representante Titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas, por lo que se refiere al suplente del Representante Legal de "LA OSC", de igual manera deberá contar con el instrumento notarial que acredite su personalidad.
DÉCIMA.- SUSPENSIÓN DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS.- "LA OSC" acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente Convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el "DIF NACIONAL", suspenderá, la entrega de los apoyos asignados a "EL PROYECTO" materia de este Convenio, por lo que se deberá reintegrar el recurso recibido a la TESOFE; cuando la instancia ejecutora tenga a su cargo dos o más proyectos y se detecten desviaciones en al menos uno; en forma automática se suspende el otorgamiento inmediato del resto de los proyectos y tendrá que cumplir con la obligación de reintegrarlo a la TESOFE.
Son causas de suspensión, además, las siguientes:
a) Que no se apliquen los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados;
b) Que se incumpla con la ejecución de "EL PROYECTO" sujeto de apoyo;
c) Que no se acepte la realización de visitas de supervisión, cuando así lo solicite el "DIF NACIONAL", los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d) Que no entregue a la Unidad de Asistencia e Integración Social a través de la Dirección General de Rehabilitación, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos de "EL PROYECTO";
e) La inviabilidad de "EL PROYECTO", debido a alteración o cambio en las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras; ya sea por parte de "LA OSC" o del "DIF NACIONAL";
f) Que presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados;
g) Por motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales;
h) Que existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i) Cuando el "DIF NACIONAL" o algún órgano de fiscalización detecten desviaciones o incumplimientos
en el ejercicio de los recursos, y
j) Cuando exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente Convenio, las "REGLAS DE OPERACIÓN" y las disposiciones que derivan de éstas.
"LA OSC" acepta que, ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará a la Tesorería de la Federación, los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda, así como los intereses y rendimientos generados.
DÉCIMA PRIMERA. - CONTROL Y VIGILANCIA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente Convenio, corresponderá indistintamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los Órganos Fiscalizadores Federales competentes y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la "LA OSC", a partir de la firma del presente Convenio el "DIF NACIONAL" o las Unidades Administrativas de éste podrán ordenar la realización de visitas de supervisión, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de los Órganos Fiscalizadores Federales competentes o cualquier otra autoridad competente.
DÉCIMA SEGUNDA.- TRANSPARENCIA.- "LAS PARTES", convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados a "EL PROYECTO" al que se refiere el presente Convenio; consecuentemente, promoverán la publicación del Padrón de Beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus Avances Físicos-Financieros en las páginas electrónicas que tengan disponibles.
CONVENCIONES GENERALES.
DÉCIMA TERCERA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este Convenio de Concertación, permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la parte, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad, por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
DÉCIMA CUARTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el día 31 de diciembre de 2019, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el Convenio, con los datos generales de la parte que así lo desea terminar, con por lo menos 30 (treinta) días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución, deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario.
DÉCIMA QUINTA.- MINISTRACIÓN DEL RECURSO.- En cumplimiento a las disposiciones contenidas en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la ministración del recurso podrá otorgarse a partir de la fecha de firma del presente Convenio, hasta el día 31 de julio de 2019.
No obstante, lo anterior "LAS PARTES", estarán sujetas a lo publicado anualmente en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, a las disposiciones y recomendaciones hechas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, así como a las demás autoridades competentes que para tal efecto emitan.
DÉCIMA SEXTA.- MODIFICACIONES.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente Convenio, serán pactadas de común acuerdo entre "LAS PARTES" y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DIFUSIÓN.- "LAS PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente Convenio de Concertación.
DÉCIMA OCTAVA.- CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente Convenio, "LAS PARTES" lo resolverán de común acuerdo; de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder debido a su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
 
Enteradas "LAS PARTES" de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Concertación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, a los ____ días del mes de _____________ del 2019.
POR EL "DIF NACIONAL"
OFICIAL MAYOR
JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL.
DIRECTOR (A) GENERAL DE REHABILITACIÓN.
DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
POR "LA OSC"
APODERADO LEGAL
 
Anexo 2. Formato para la Identificación y Validación de Proyectos de SEDIF.
Unidad de Asistencia e Integración Social
Dirección General de Rehabilitación
PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
FORMATO PARA LA IDENTIFICACIÓN Y VALIDACIÓN DE PROYECTOS PARA SEDIF
PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto.
Lugar y fecha de emisión del proyecto
 
 
1. Datos Generales
Nombre del Sistema Estatal DIF
 
Nombre del Director (a) General del SEDIF
 
Domicilio
 
Teléfono
Correo electrónico
Página Web
 
 
 
2. Nombre del Proyecto
 
3. Objetivo del Proyecto
 
 
SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida.
4. Localización Geográfica del Proyecto
Municipio (s)
Localidad (es)
 
 
5. Cobertura del Proyecto
Municipio (s)
Localidad (es)
 
 
6. Población que se espera atender, (número y descripción por tipo de discapacidad)
 
7. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas
 
8. Vida útil del proyecto y narración de los motivos
 
TERCERA PARTE: Obras y acciones.
9. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS
 
10. Lista y descripción de las OBRAS (describir vertiente, acción, clave y apoyo a financiar, de acuerdo al numeral 4.4. de las Reglas de Operación)
 
Obras
Fecha de inicio
Fecha de término
 
 
 
Costo estimado de las obras
Concepto
Cantidad
Precio Unitario
Total
 
 
 
 
Total de obras
 
 
11. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES
 
12. Lista y descripción de las ACCIONES (describir vertiente, acción, clave y apoyo a financiar, de acuerdo al numeral 4.4. de las Reglas de Operación)
 
Acciones
Fecha de inicio
Fecha de término
 
 
 
Costo estimado de las acciones
Concepto
Cantidad
Precio Unitario
Total
 
 
 
 
Total de acciones
 
 
Costo total del proyecto (obras y acciones)
 
 
CUARTA PARTE: Metas e indicadores.
13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar por trimestre
 
14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 9 "Evaluación" de las reglas de operación)
Indicador
Documento, informe o fuente de verificación
 
 
 
QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos.
15. Relaciones interinstitucionales
Institución
Puntos de coordinación o concertación
 
 
 
 
 
16. Factores críticos de éxito
 
 
SEXTA PARTE: Responsables de seguimiento y control del proyecto.
17. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación
Nombre
Cargo o puesto
Teléfono y correo electrónico
 
 
 
 
 
 
 
________________________________________
Nombre y firma del Director (a) General del SEDIF
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el Programa.
Anexo 2A. Formato para la Identificación y Validación de Proyectos de OSC.
Unidad de Asistencia e Integración Social
Dirección General de Rehabilitación
PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
FORMATO PARA LA IDENTIFICACIÓN Y VALIDACIÓN DE PROYECTOS PARA OSC
PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto.
Lugar y fecha de emisión del proyecto
 
 
1. Datos Generales
Entidad Federativa
 
Nombre de la OSC
 
Nombre del (de la) Representante Legal de la OSC
 
Domicilio
 
Teléfono
Correo electrónico
Página Web
 
 
 
2. Nombre del Proyecto
 
3. Objetivo del Proyecto
 
 
SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida.
4. Localización Geográfica del Proyecto
Municipio (s)
Localidad (es)
 
 
5. Cobertura del Proyecto
Municipio (s)
Localidad (es)
 
 
6. Población que se espera atender, (número y descripción por tipo de discapacidad)
 
7. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas
 
8. Vida útil del proyecto y narración de los motivos
 
 
TERCERA PARTE: Obras y acciones.
9. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS
 
10. Lista y descripción de las OBRAS (describir vertiente, acción, clave y apoyo a financiar, de acuerdo al numeral 4.4. de las Reglas de Operación)
 
Obras
Fecha de inicio
Fecha de término
 
 
 
Costo estimado de las obras
Concepto
Cantidad
Precio Unitario
Total
 
 
 
 
Total de obras
 
 
11. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES
 
12. Lista y descripción de las ACCIONES (describir vertiente, acción, clave y apoyo a financiar, de acuerdo al numeral 4.4. de las Reglas de Operación)
 
Acciones
Fecha de inicio
Fecha de término
 
 
 
Costo estimado de las acciones
Concepto
Cantidad
Precio Unitario
Total
 
 
 
 
Total de acciones
 
 
Costo total del proyecto (Obras y acciones)
 
 
CUARTA PARTE: Metas e indicadores.
13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar por trimestre
 
14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 9 "Evaluación" de las Reglas de Operación)
Indicador
Documento, informe o fuente de verificación
 
 
 
QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos.
15. Relaciones interinstitucionales
Institución
Puntos de coordinación o concertación
 
 
 
16. Factores críticos de éxito
 
 
SEXTA PARTE: Responsables de seguimiento y control del proyecto.
17. Cadena de mando de la OSC responsable del seguimiento, control y evaluación
Nombre
Cargo o puesto
Teléfono y correo electrónico
 
 
 
 
18. Persona moral responsable de la ejecución del proyecto
Nombre de la organización
 
Objeto social de la organización
 
Clave única de inscripción al registro (CLUNI)
 
Nombre del responsable del proyecto
 
Cargo (adscripción)
 
Teléfono y fax
 
Correo electrónico
 
 
 
__________________________________________
Nombre y Firma del (de la) Representante Legal de la Organización de la Sociedad Civil
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el Programa.
Anexo 3. Cédula de Información de la Población Objetivo Beneficiada.

Unidad de Asistencia e Integración Social
Dirección General de Rehabilitación
Programa de Atención a Personas con Discapacidad
CÉDULA DE INFORMACIÓN DE LA POBLACIÓN OBJETIVO BENEFICIADA (CIPOB)
Cédula de Información del Beneficiario (CIPOB)
Dependencia
12
Unidad Administrativa
NHK-
12360
Programa
S039
Lugar y Fecha de Elaboración
 
 
Datos del Responsable del Llenado de la CIPOB
(Solo en caso de que el Beneficiario requiera ayuda)
Nombre(s)
Apellido Paterno
Apellido Materno
Cargo
 
 
 
 
 
Datos del Beneficiario
Nombre(s)
 
Edad
 
Escolaridad
 
Apellido
Paterno
 
Sexo
 
Ocupación
 
Apellido
Materno
 
Lugar de
Nacimiento
 
Teléfono
 
RFC
 
Nacionalidad
 
Celular
 
CURP
 
Estado Civil
 
Correo
Electrónico
 
 
Tipo de Limitación en la Actividad del Beneficiario (marque con una X)
Caminar o
Moverse
Ver
Mental
Escuchar
Hablar o
Comunicarse
Atención o
Aprendizaje
Auto cuidado
 
 
 
 
 
 
 
Otra, especifique
 
 
Domicilio del Beneficiario
Tipo de
Vialidad
(Av., Calle,
Privada,
Cerrada, etc.)
Nombre de vialidad
No.
Ext.
No.
Int.
Tipo del Asentamiento
Humano (Col., Barrio,
Pueblo, Ejido, etc.)
Nombre del
Asentamiento
Humano
 
 
 
 
 
 
Nombre de la Localidad
Municipio o Delegación
Entidad Federativa
Código
Postal
 
 
 
 
Entre vialidades; tipo y nombre
Descripción de Ubicación
 
 
 
Datos del Padre o Tutor del Beneficiario (solo en los casos que aplique)
Nombre (s)
Apellido Paterno
Apellido Materno
 
 
 
 
Parentesco con el Beneficiario (marque con una X)
Padre
Madre
Tutor
Hermano (a)
Abuelo (a)
Tío (a)
 
 
 
 
 
 
Otro, especifique
 
De los Integrantes del Hogar del Beneficiario
¿Cuántas personas
viven normalmente
en su vivienda?
 
¿Cuántas personas
de su familia viven
normalmente en su
vivienda?
 
¿Cuál es el monto
aproximado del
Ingreso Mensual de la
Familia?
 
 
Trabajo, Servicio Médico, Deporte y Otros (marque con una X)
¿Usted o
algún
miembro
de su
familia
cuenta con
algún
apoyo del
gobierno?
1
Despensa DIF
 
 
¿Tiene
usted
derecho a
recibir
servicios
médicos?
1
IMSS
 
 
¿Practica usted algún
deporte?
2
PROSPERA
(SEDESOL)
 
2
ISSSTE
 
SI
NO
3
Hábitat
(SEDESOL)
 
3
ISSSTE Estatal
 
En caso afirmativo
especifique ¿Cuál?
4
LICONSA
 
4
PEMEX,
SEDENA o
SEMAR
 
 
5
Guardería o
Estancias
Infantiles (IMSS,
ISSSTE,
SEDESOL, DIF,
etc.)
 
5
Seguro Popular
o para una
Nueva
Generación
 
¿Pertenece a alguna
organización de la
Sociedad Civil?
6
Apoyos Adultos
Mayores
(Gobierno
Federal, Estatal
o Municipal)
 
6
Seguro privado
 
SI
NO
7
Madres Solteras
(Gobierno
Federal, Estatal
o Municipal)
 
7
NO tiene
derecho a
servicios
médicos
 
En caso afirmativo
especifique
¿Cuál?
8
Otro,
especifique:
 
8
Otra institución,
especifique:
 
 
 
 
 
 
Cuestionario (marque con una X)
Las siguientes preguntas tienen como objetivo contar con una retroalimentación del Programa.
Es importante resaltar que el apoyo es otorgado por el Gobierno Federal (SNDIF), a través de una instancia ejecutora
(SEDIF, SMDIF y OSC), por lo que se le solicita responder de forma precisa y objetiva.
¿Qué tipo de apoyo fue otorgado a través del programa?
 
¿Cómo este tipo de apoyo contribuyó a solucionar su
problema?
 
¿En qué porcentaje el apoyo otorgado ha contribuido a
solucionar el problema?
20%
40%
60%
80%
100%
¿Considera que el apoyo otorgado mejoró su calidad de vida?
SI
NO
¿Considera que este tipo de apoyos mejoran el desarrollo
social del municipio, estado o país?
SI
NO
¿Considera que este tipo de apoyos deben continuar?
SI
NO
¿Considera que este tipo de programas que proporcionan
estos apoyos son oportunos y responden a sus necesidades?
SI
NO
Si requiriera este tipo de apoyos en materia de atención a
personas con discapacidad ¿volvería a solicitarlo?
SI
NO
¿Por qué?
 
 
Observaciones y Comentarios
 
 
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado ante la autoridad competente y sancionado de acuerdo con la ley aplicable.
 
 
NOMBRE Y FIRMA DEL BENEFICIARIO
 
 
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el Programa.
Anexo 3A. Padrón de la Población Objetivo Beneficiada.

Anexo 4. Informe de Avance Físico-Financiero.

Unidad de Asistencia e Integración Social
Dirección General de Rehabilitación
PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
INFORME DE AVANCES FÍSICO- FINANCIEROS
Fecha de elaboración del informe
Trimestre que se informa (marque con X)
 
Ene-Mar
Abr-Jun
Jul-Sep
Oct-Dic
Fecha de Radicación del Subsidio del Proyecto
 
 
Datos Generales
Nombre del Ejecutor
(SEDIF, SMDIF u OSC)
 
Nombre del Director (a) General o
Apoderado (a) Legal
 
Domicilio
 
Teléfono
Correo electrónico
Página Web
 
 
 
 
Nombre del Proyecto
Instrucciones: El que señala en el Formato para la Identificación y Validación de Proyectos.
 
Objetivo del Proyecto
Instrucciones: El que señala en el Formato para la Identificación y Validación de Proyectos.
PRIMERA PARTE. INFORME DEL DESARROLLO DEL PROYECTO.
Informe Analítico Descriptivo del Proyecto
Instrucciones: Realice una descripción detallada de las etapas de desarrollo del proyecto hasta el punto en el que se encuentra, destacando su congruencia con los objetivos y metas del mismo, así como los indicadores que expresen el impacto, avances y resultados a la presentación del informe que corresponda (primero, segundo, tercero o cuarto).
 
 
SEGUNDA PARTE. AVANCE FÍSICO.
Reporte de Avance en Metas
Descripción de la Meta
Porcentaje de Avance de la Meta
Acciones desarrolladas para alcanzar las metas
Instrucciones:
En esta sección se deben incluir las metas que se plantearon en el proyecto.
Instrucciones:
En este punto se debe indicar el progreso estimado en porcentaje del avance de las metas.
Instrucciones:
La serie de actividades, medidas, acciones u obras según corresponda que se han realizado con el fin de lograr las metas con base a su avance y cronograma.
 
Información de los Recursos Financieros Otorgados
Instrucciones: En este punto se debe especificar con claridad las acciones, equipos, obras, insumos, etc. que se hayan adquirido o efectuado con los recursos asignados. Esta información debe coincidir con la reportada en su proyecto en los puntos correspondientes del 8 al 11 (Tercera parte. Obras y Acciones del Formato para la Identificación y Validación de Proyectos).
Descripción de
Obras y/o
acciones
Presupuesto
solicitado
Presupuesto
ejercido
Número de
factura
Observaciones
Lista de las Obras o acciones indicadas en el proyecto.
Relación de la cantidad original de artículos que se presupuestó en el proyecto
Presupuesto efectivamente ejercido al momento de hacer el informe.
Número de factura entregada relacionada con la acción.
Comentarios relacionados con la información solicitada.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
Informe Gráfico de Avances
Instrucciones:
En este apartado debe acompañar las fotografías (bitácora fotográfica) impresas que permitan observar los avances alcanzados en el trimestre desde distintos ángulos como se indica en las Reglas de Operación, antes y durante la ejecución del proyecto. En el caso de que sean Acciones NO podrán ser fotografías extraídas de internet o de folleto alguno.
 
TERCERA PARTE. JUSTIFICACIÓN.
Observaciones
En caso de tener un retraso o incumplimiento de la(s) meta(s) deberá justificar y argumentar la(s) razón(es) adjuntando las evidencias correspondientes.
 
_______________________________________
Nombre y firma del Director General /Apoderado Legal
El presente informe trimestral deberá entregarse a más tardar 10 días hábiles posteriores a la finalización del
trimestre correspondiente.
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el Programa.
Anexo 5. Informe Final de Resultados.
 

Unidad de Asistencia e Integración Social
Dirección General de Rehabilitación
PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
INFORME FINAL DE RESULTADOS
Fecha de elaboración del Informe
Monto del recurso otorgado
 
 
Fecha Radicación del subsidio del Proyecto
 
 
Datos Generales
Nombre del Ejecutor
(SEDIF, SMDIF U OSC)
 
Nombre del Director (a) General o
Apoderado (a) Legal
 
Domicilio
 
Teléfono
Correo electrónico
Página Web
 
 
 
 
Nombre del Proyecto
Instrucciones: El que señala en el Formato para la Identificación y Validación de Proyectos.
 
Objetivo del Proyecto
Instrucciones: El que señala en el Formato para la Identificación y Validación de Proyectos.
 
PRIMERA PARTE. INFORME DEL DESARROLLO DEL PROYECTO.
Informe Analítico-Descriptivo del Proyecto
Instrucciones:
Realice una descripción detallada sobre las etapas de desarrollo del proyecto desde su inicio hasta el final,
destacando la concordancia de este proyecto con respecto al proyecto para alcanzar los objetivos y metas
del mismo.
SEGUNDA PARTE. AVANCE FÍSICO FINANCIERO.
Metas Específicas del Proyecto
Descripción de la meta
Porcentaje de avance de la
meta
Acciones desarrolladas para
alcanzar la meta
Instrucciones:
En esta sección se debe incluir
las metas que se plantearon en el
punto 12 (Cuarta parte. Metas)
del formato para la Identificación y
Validación de Proyectos.
Instrucciones:
En este punto se debe indicar el
porcentaje de avance de las
metas y en su caso la explicación
lo más detallada posible de por
qué no se alcanzaron dichas
metas en el apartado contiguo
(Acciones desarrolladas para
alcanzar las metas)
Instrucciones:
Proporcione la información que
conforme a su Cronograma de
actividades desarrolló durante el
proyecto.
TERCERA PARTE. BENEFICIARIOS.
Padrón de la Población Objetivo Beneficiada (agrupada por tipo de discapacidad)
Instrucciones:
En este apartado se deberá proporcionar el número total de la Población Objetivo Beneficiada, por medio
de un padrón de beneficiarios de acuerdo al punto 4.5.3 de las Reglas de Operación o la Cédula de
Información de la Población Objetivo Beneficiada (CIPOB) (Anexo 3), además de adjuntar las mismas de
forma impresa y en medio electrónico.
 
Municipios/Personas Beneficiados
Instrucciones:
Proporciona la descripción específica de cuáles fueron los municipios y cómo se les benefició a través del
proyecto, es decir, detalladamente el equipamiento, insumos, material u obra según corresponda.
Ejemplo: En este proyecto se beneficiaron a 5 municipios:
Municipio
Recursos u obra
Cantidad
Gómez Palacios
Recortadoras
5
Parras
Aparatos de alineamiento Otto
bok
2
Atlapula
Aparato de alineamiento de
prótesis en diseño modular
1
 
 
 
 
 
CUARTA PARTE. OBSERVACIONES (EN CASO DE SER NECESARIO).
Observaciones
Instrucciones: En caso de tener un retraso o incumplimiento de la(s) meta(s) deberá justificar y argumentar
la(s) razón(es) adjuntando las evidencias correspondientes.
 
QUINTA PARTE. CONTRALORÍA SOCIAL.
Contraloría Social
Acciones realizadas por el Coordinador de Participación Social y Responsable en los SEDIF y SMDIF (a
través del SEDIF u OSC)
1.    Informar al SNDIF el nombre y datos del
Coordinador de Participación Social y Responsable.
Se deberá señalar si se realizaron las actividades
de contraloría social, de conformidad con la Guía
Operativa de Contraloría Social del Programa de
Atención a Personas con Discapacidad.
2.    Elaboración de un Programa Estatal de Trabajo
de Contraloría Social.
 
3.    Constitución y Registro de los Comités de
Contraloría Social.
 
4.    Diseño del Plan de Difusión.
 
5.    Capacitación a los Responsables de
Contraloría Social en el SEDIF y SMDIF (a través
de los SEDIF).
 
6.    Elaboración de Cédulas de Vigilancia e Informe
Anual.
 
7.    Mecanismos para la Captación, Investigación y
Atención de Quejas y Denuncias.
 
8.    Acciones para el Registro y Seguimiento a las
actividades de Promoción y Operación de la
Controlaría Social.
 
 
SEXTA PARTE. ANEXOS.
Bitácora Fotográfica
Fotografías, (bitácora fotográfica) que acrediten la ejecución de las Obras y/o acciones.
Instrucciones: Las imágenes deberán ser capturadas de diferentes ángulos si se realizaron Obras. En caso de ser Acciones, NO podrán ser tomadas de internet o de folletos. El tamaño de las fotos anexadas deberán ser no menores a 5 x 5 cm y no mayor de 10 x 10 cm.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Acta de Entrega Recepción de Obras o Equipo a Municipios y/o Beneficiarios (solo en caso de que aplique)
.
 
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Nombre y firma del Director (a) General de SEDIF / Apoderado (a) Legal de OSC
El presente informe final deberá entregarse a más tardar 10 días hábiles posteriores a la finalización del
trimestre correspondiente.
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el Programa.
Anexo 6. Relación de Gasto.

 
Unidad de Asistencia e Integración Social
Dirección General de Rehabilitación
PROGRAMA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RELACIÓN DE GASTOS
Fecha de elaboración del informe
Monto del Recurso Otorgado
 
 
Fecha de Radicación del Subsidio del Proyecto
 
 
Datos Generales
Nombre del Ejecutor
(SEDIF, SMDIF u OSC)
 
Nombre del Director (a) General o Apoderado (a) Legal
 
Domicilio
 
 
Teléfono
Correo electrónico
Página Web
 
 
 
 
Nombre del Proyecto
 
Instrucciones: El que señala en el Formato para la Identificación y Validación de Proyectos.
 
 
Objetivo del Proyecto
 
Instrucciones: El que señala en el Formato para la Identificación y Validación de Proyectos.
 
 
Detalles del Gasto
Fecha de Factura
Número de Factura
Número de Validación SAT
Nombre del Proveedor o Prestador del Servicio
Concepto de Facturas
Obra o Acción en que se usó el Recurso
Importe Total
día/mes/año de la fecha en que se realizó el proyecto
Número de factura entregada
Número de Validación SAT
Nombre del proveedor o prestador del servicio
Descripción de la factura
Reseña de las Obras o acciones señaladas en el proyecto a las que se refiere el gasto
Importe
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total Recurso Ejercido
 
Reintegro
 
Total
 
 
Elaboró
 
Visto Bueno
 
Autorizó
 
 
 
 
 
 
Responsable del Proyecto
 
Director (a) General o Apoderado (a) Legal
 
Área Finanzas o Contabilidad SEDIF/OSC
 
La presente relación de gastos deberá entregarse a más tardar 10 días hábiles posteriores a la finalización del
ejercicio fiscal correspondiente y deberán anexarse las copias de los comprobantes fiscales (recibos y/o
facturas) y su correspondiente verificación ante el SAT.
Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los
establecidos en el Programa.
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