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DOF: 28/02/2019
REGLAS de Operación para Apoyos a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural

REGLAS de Operación para Apoyos a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural.

Anexo 3
REGLAS DE OPERACIÓN PARA APOYOS A LOS SECTORES AGROPECUARIO, FORESTAL, PESQUERO
Y RURAL
INDICE
1.     INTRODUCCION
2.     OBJETIVOS
3.     LINEAMIENTOS
3.1.   PROGRAMA
3.1.1.   APOYO PARA ORGANIZACIÓN DE PRODUCTORES Y ESTRUCTURACION DE PROYECTOS PARA EL FINANCIAMIENTO
3.1.1.1.    OBJETIVOS ESPECIFICOS
3.1.1.2.    POBLACION OBJETIVO
3.1.1.3.    CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS
3.1.2.   APOYO PARA FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN EMPRESARIAL Y REDES DE VALOR
3.1.2.1    OBJETIVOS ESPECIFICOS
3.1.2.2    POBLACION OBJETIVO
3.1.2.3    CARACTERISTICAS DEL APOYO
3.1.3.   MONTOS MAXIMOS Y TEMPORALIDAD DE LOS APOYOS 3.1.1. Y 3.1.2.
3.1.4.   TRÁMITE PARA LOS APOYOS 3.1.1. Y 3.1.2.
3.1.4.1.    PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
3.1.4.2.    REQUISITOS PARA ACCEDER A LOS APOYOS
3.1.4.3. MECANICA OPERATIVA PARA LOS APOYOS
3.1.5.   APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS
3.1.5.1.    OBJETIVOS ESPECIFICOS
3.1.5.2.    POBLACION OBJETIVO
3.1.5.3.    CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS
3.1.6.   MONTOS MAXIMOS Y TEMPORALIDAD DEL APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS
3.1.7.   TRÁMITE DEL APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS
3.1.7.1.   PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
3.1.7.2.    REQUISITOS DEL APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS
3.1.7.3.   MECANICA OPERATIVA DEL APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS
3.1.8.   PARTICIPANTES
3.1.8.1.    EJECUTORES
3.1.8.2.    INSTANCIAS NORMATIVAS
4.     OPERACION
4.1.   PROCESO
4.1.1.   PLAZOS PREVENTIVOS
4.2.   DERECHOS, SANCIONES Y RESPONSABILIDADES
4.2.1.   DE APLICACION GENERAL
4.2.2.   RESPONSABILIDADES
4.2.3.   SUPERVISIÓN
4.3.   COORDINACION INSTITUCIONAL
4.4.   EJECUCION
4.4.1.   AVANCES FISICOS Y FINANCIEROS
4.4.2.   CIERRE DE EJERCICIO
 
4.4.3.   RECURSOS NO DEVENGADOS
5.     AUDITORIA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
5.1.  INTEGRACION DE PADRONES
5.2.  APLICACION DE CRITERIOS DE REGULACION BASICA Y NORMAS DE CONTABILIDAD
6.     EVALUACION
6.1.   INTERNA
6.2.   EXTERNA
7.     TRANSPARENCIA
7.1.   DIFUSION
7.2.   CONTRALORIA SOCIAL
8.     QUEJAS Y DENUNCIAS
8.1.  MECANISMOS, INSTANCIAS Y CANALES
8.1.1.   MECANISMO
8.1.2.   INSTANCIAS CAPTADORAS
8.1.3.   CANALES
TRANSITORIOS
RELACION DE ANEXOS:
ANEXO 1      AUTORIZACION PARA VERIFICAR POSIBLES QUEBRANTOS O CASTIGOS A LA BANCA DE DESARROLLO Y CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES DE ACUERDO AL ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
ANEXO 2      REPORTE DE LA APLICACION DE CREDITO Y SEGUIMIENTO
ANEXO 3      SOLICITUD DE APOYO
ANEXO 3 A   PRESUPUESTO PARA LA FORMULACION, GESTION Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS
ANEXO 3 B   TEMARIO DEL SERVICIO DE CAPACITACION
ANEXO 3 C   DIAGNOSTICO Y FORTALECIMIENTO
ANEXO 3 D   PLAN DE ASESORIA
ANEXO 3 E   EXPANSION DE ESTRUCTURAS DE PRESTADORES DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS
ANEXO 3 F   ESTANCIAS DE CAPACITACION
ANEXO 3 G   PLAN DE DESCUENTO Y GARANTIA SIN FONDEO
ANEXO 4      RELACION DE BENEFICIARIOS FINALES
ANEXO 5      ACTA DE ENTREGA-RECEPCION Y REPORTE DE APLICACIÓN DE LOS RECURSOS
ANEXO 6      DECLARATORIA DE SEGURIDAD SOCIAL
ANEXO 7      INDICADORES
ANEXO 8      DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO DE SELECCION DE LOS APOYOS
ANEXO 9      DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO DE SELECCION DE LOS APOYOS DE REDUCCION DE COSTOS FINANCIEROS (TASA DE INTERES Y PRECIO DE SERVICIO DE GARANTÍA).
ANEXO 10    DEFINICIONES
ANEXO 11    REQUISITOS PARA SOLICITAR REGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS ANTE FIRA
ANEXO 12    TERMINOS DE REFERENCIA PARA EVENTOS DE CAPACITACION
1. INTRODUCCION
La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) en su artículo 77 establece que en el Presupuesto de Egresos se señalarán los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación con
el objeto de que la aplicación de los recursos públicos se realice con base en criterios de eficiencia, eficacia, economía, honestidad y transparencia.
El otorgamiento de los apoyos previstos en estas Reglas de Operación estará sujeto a los recursos presupuestales incluidos para tal fin en los flujos de efectivo de los fideicomisos que integran a los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA) conforme a lo aprobado en el Presupuesto de Egresos del año correspondiente y en los términos aprobados por los Comités Técnicos de FIRA.
Los fideicomisos que integran FIRA destinarán recursos a cada uno de los apoyos que comprenden estas Reglas de Operación, los cuales podrán ser redistribuidos entre cada uno de ellos en función de la demanda que se observe. En el presente documento se establece la forma en que operarán los diversos apoyos de los fideicomisos que integran FIRA (FONDO, FEFA, FEGA y FOPESCA).
Las presentes Reglas de Operación tienen como propósito fortalecer la organización de productores para facilitar su acceso al financiamiento y su integración en las redes de valor; así como desarrollar la productividad, rentabilidad e integración de sus empresas, propiciando la sostenibilidad de los recursos naturales; con el fin de incrementar su participación en los mercados.
Los apoyos a que se refieren las presentes Reglas de Operación son los siguientes:
A.    APOYO PARA ORGANIZACION DE PRODUCTORES Y ESTRUCTURACION DE PROYECTOS PARA EL FINANCIAMIENTO.
B.    APOYO PARA FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN EMPRESARIAL Y REDES DE VALOR.
C.    APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS.
Las presentes Reglas de Operación se sujetan a la normativa aprobada por los Comités Técnicos de FIRA y a la contenida en las disposiciones, manuales y procedimientos de operación expedidos por los Fideicomisos, a las políticas y criterios que al respecto emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México en su carácter de fiduciario, a las estipulaciones contractuales celebradas entre los Fideicomisos y los Intermediarios Financieros participantes, así como a las demás disposiciones legales aplicables.
Vínculo con la Matriz de Indicadores para Resultados
Los avances y resultados que se obtengan de la operación de los apoyos incluidos en las presentes Reglas de Operación se medirán con los indicadores estratégicos y de gestión diseñados para tal efecto.
2. OBJETIVOS
Propiciar el acceso formal al sistema financiero, de los productores y empresas de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural y su integración en las redes de valor, mediante apoyos que les permitan organizarse para constituirse como sujetos de crédito, el fortalecimiento de sus empresas, su articulación a los mercados; considerando la aplicación de tecnologías de producción sostenible, así como el fortalecimiento de los Intermediarios Financieros y otras Entidades relacionadas con el otorgamiento de financiamiento para ampliar y profundizar la cobertura de servicios financieros en el medio rural.
3. LINEAMIENTOS
Los apoyos previstos en las presentes Reglas de Operación tendrán cobertura nacional, excepto los servicios de capacitación y misiones comerciales o tecnológicas que también pueden llevarse a cabo en el extranjero.
Los solicitantes de los apoyos a que hacen referencia las presentes Reglas de Operación deberán identificarse mediante la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en el caso de personas morales o la Clave Única de Registro de Población (CURP), en el caso de personas físicas.
FIRA podrá verificar los presupuestos y cotizaciones que presenten los solicitantes, con base en las condiciones prevalecientes en el mercado que corresponda, así como la relación de beneficiarios y los comprobantes de gastos realizados. De ser necesario, FIRA podrá solicitar información adicional para mayor
soporte al dictamen de la solicitud de que se trate.
No se autorizarán apoyos a los solicitantes, personas físicas o morales, que hayan causado un daño patrimonial a cualquiera de los fideicomisos que integran FIRA, o participado como socios o como miembros de los órganos de administración de Intermediarios Financieros que hayan causado un daño patrimonial a cualquiera de tales fideicomisos.
No será elegible de apoyo la contratación de servicios especializados entre los prestadores respectivos (proveedores) y las personas físicas y/o morales solicitantes, cuyos socios y/o directivos sean comunes, así como en los que pueda resultar algún beneficio para parientes consanguíneos hasta el cuarto grado por afinidad.
La cuota de inscripción de los servicios de capacitación podrá ser elegible de apoyo, cuando esté considerada en el presupuesto de quien proporcione los servicios, debiendo ser Instituciones de Educación Superior, Centros de Desarrollo Tecnológico (CDT ´s), Intermediarios Financieros, Agentes de Cambio Tecnológico o Prestadores de Servicios Especializados previamente registrados por FIRA.
Los solicitantes deben otorgar poder y autorización a FIRA para que, a través de la página de Internet que para tal efecto estableció la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, solicite y obtenga de las Instituciones de Banca de Desarrollo, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y los fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal, la información que muestre que dicho solicitante no ha ocasionado quebranto o castigo a las referidas entidades financieras derivado de alguna operación de crédito, en términos del Anexo 1 "Autorización para verificar posibles quebrantos o castigos a la banca de desarrollo y cumplimiento de las obligaciones fiscales de acuerdo al artículo 32-D del código fiscal de la federación" de las presentes Reglas de Operación.
Así mismo, el solicitante deberá estar al corriente en sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
Los eventos de capacitación a los que se refieren las presentes Reglas, serán desarrollados por los CDT ´s con los que cuenta FIRA, y en caso de que la oferta de servicios solicitados no esté disponible podrán realizarse por proveedores externos.
Los eventos de capacitación elegibles de apoyo estarán enfocados a cumplir con el propósito de propiciar el acceso formal al sistema financiero de los productores y empresas de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural y su integración en las redes de valor. Considerando fundamentalmente los términos de referencia (Anexo 12); así como, los eventos que FIRA publique en su página de Internet.
Las solicitudes que cumplan con los criterios de elegibilidad y con todos los requisitos establecidos, se atenderán de acuerdo al orden cronológico de su presentación, y en función de la disponibilidad presupuestal de recursos.
Las solicitudes de Organizaciones Nacionales y Regionales de productores, Sistemas Productos Nacionales y Organismos Promotores, serán atendidas por FIRA previa presentación del plan anual de trabajo que considere el desarrollo de proyectos productivos elegibles de recibir los apoyos que otorga FIRA, eventos para la integración de los productores a las redes de valor o eventos relacionados con el desarrollo de capacidades administrativas, productivas o de comercialización, con el fin de establecer prioridades de atención conforme a su elegibilidad y disponibilidad de recursos. En estos casos, los solicitantes de apoyos para eventos de capacitación deberán informar, en el ejercicio siguiente en el que se les haya apoyado, de aquellos proyectos en los que sus agremiados hubiesen obtenido financiamiento, fondeo o garantía FIRA, bajo los compromisos acordados en el plan anual de trabajo presentado, en su caso FIRA no autorizará nuevos eventos de capacitación. Los apoyos de este Programa no pueden ser utilizados para fines políticos.
Los Prestadores de Servicios Especializados que sean requeridos para la prestación de los Servicios de Formulación, Evaluación, y Gestión de Proyectos, así como el Seguimiento y Supervisión de Crédito, deberán estar habilitados por FIRA.
 
Así mismo los Prestadores de Servicios Especializados que desarrollen funciones de Capacitación en la "modalidad Nacional", Asesoría o Consultoría deberán estar registrados en FIRA.
En esos casos deberán presentar la información requerida en el Anexo 11, publicándose la relación de Prestadores de Servicios Especializados en el portal de FIRA en Internet.
Para el caso de eventos de capacitación que se ofertan al público en general, tales como Foros, Congresos, Seminarios, Cursos o Talleres, entre otros, en los que exista interés por parte de FIRA de apoyar a sus clientes actuales y/o potenciales para que participen en éstos eventos, los proveedores de servicios deberán ser incluidos en el directorio de instituciones capacitadoras de FIRA. En estos casos se podrá cubrir el rubro de Inscripción establecido por la organización, empresa o entidad que coordina este tipo de eventos.
3.1. PROGRAMA
3.1.1. APOYO PARA ORGANIZACION DE PRODUCTORES Y ESTRUCTURACION DE PROYECTOS PARA EL FINANCIAMIENTO
3.1.1.1. OBJETIVOS ESPECIFICOS
a. Incrementar la base de sujetos de crédito, para su inserción al financiamiento.
b. Dotar a la población objetivo de los conocimientos necesarios para la formación de sujetos de crédito y estructuración de proyectos, con el fin de que desarrollen sus empresas, en función de la calidad de sus recursos, procesos y buenas prácticas empresariales.
3.1.1.2. POBLACION OBJETIVO
Personas físicas o morales que puedan ser sujetos de crédito de los Intermediarios Financieros que operan con FIRA; así como los Prestadores de Servicios Especializados que participen en el mercado de asesoría y consultoría para los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural; estudiantes y egresados de Universidades que participen en apoyo a dichos sectores.
3.1.1.3. CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS
Servicios de Capacitación
a.    Promoción a la Organización, Financiamiento y Desarrollo Tecnológico.
-      Realización dentro del territorio nacional de eventos de promoción de programas, servicios y apoyos de FIRA, de los Intermediarios Financieros y de otras entidades que atienden a la población objetivo de FIRA, así como temática relacionada con innovaciones y transferencia de tecnologías. También están incluidos los eventos solicitados por las Organizaciones Nacionales y Regionales de Productores, los Sistemas Productos Nacionales, los Organismos Promotores, los planes de las organizaciones y empresas de los productores y temas relacionados con la Contraloría Social, entre otros.
b.    Capacitación Nacional y en el Extranjero
-      Determinar la figura de organización legal más adecuada para los productores, con base en aspectos legales, fiscales y contables y para la organización de productores de la población objetivo con potencial para ser sujetos de crédito.
-      Educación Financiera: elementos relacionados con la obtención, operación y cumplimiento de obligaciones del financiamiento; las opciones disponibles para acceder al crédito y ejecutar esquemas para su masificación, así como temas relacionados con el ahorro, seguros y fondos de garantía, entre otros.
-      Para la organización de productores de la población elegible con potencial para ser sujetos de crédito. FIRA podrá proporcionar este servicio en sus CDT ´s, o a través de convenios de cooperación técnico-financiera, o de colaboración con Instituciones de Educación Superior, Prestadores de Servicios Especializados, Agentes de Cambio Tecnológico, Entidades o Instituciones Públicas.
-      Para la realización de diagnósticos, de planes estratégicos y de negocio, de contabilidad, y de requerimientos fiscales, legales, laborales, administrativos, financieros.
 
-      Para la evaluación integral de la empresa, la elaboración del proyecto productivo, y el plan básico de negocio, que permita el acceso a fuentes de financiamiento formal.
-      Para adquirir conocimientos sobre mecanismos para administración de proyectos y de riesgos tales como: contingencias climáticas, financieras, comerciales o de otro tipo.
-      Para fortalecer las competencias de Prestadores de Servicios Especializados, a través de adquirir o actualizar conocimientos y habilidades que identifiquen, promuevan e induzcan la organización de productores y su formación como sujetos de crédito; así como el conocimiento y actualización sobre tecnologías, servicios financieros en sus diferentes modalidades y mecanismos para la administración de proyectos y riesgos tales como: contingencias climáticas, financieras, comerciales y de otro tipo.
c.    Eventos de Demostración
-      Para eventos de demostración de tecnologías prácticas y de interés para la población objetivo, que utilicen resultados sobresalientes de otros productores, empresas, CDT's, Instituciones de Educación Superior, así como Agentes de Cambio Tecnológico.
d.    Misiones Comerciales o Tecnológicas Nacionales o en el Extranjero
-      Para participar en misiones comerciales o tecnológicas en territorio nacional o el extranjero, con el fin de identificar, observar o analizar tecnologías, productos, servicios, que permitan a los beneficiarios incorporar elementos para mejorar sus procesos productivos, productividad y rentabilidad y a los prestadores de servicios especializados mejorar los servicios otorgados a los productores. El apoyo considera visitas a Empresas, Ferias, Exposiciones, Instituciones de Educación Superior, Intermediarios Financieros y otras visitas relacionadas con aspectos crediticios, financieros, comerciales o tecnológicos.
e.    Formación de asesores
-      Para la formación de asesores técnicos que atiendan en campo las líneas prioritarias, redes de valor y/o esquemas de negocio definidos por FIRA, que aprovechen las oportunidades de desarrollo identificadas en diagnósticos o mapeos de redes.
f.     Estancias de Capacitación
-      Para desarrollar capacidades y competencias productivas y técnicas de egresados y estudiantes del último año, de Instituciones de Educación Superior, en carreras vinculadas a los sectores agropecuario, pesquero, forestal y rural, mediante estancias de capacitación.
Servicios de Asesoría
Los servicios de asesoría o consultoría técnica se otorgarán únicamente a organizaciones y/o empresas de productores quienes presentarán la solicitud de los apoyos o bien mediante los asesores o consultores técnicos.
a.    Asesor
-      Para que asesores técnicos organicen productores, en las vertientes de transferencia de tecnología; educación financiera; desarrollo y operación de esquemas y modelos de negocio. Lo anterior tomará como punto de partida los resultados del mapeo de redes de valor y/o los proyectos de interés de FIRA.
-      Para mejorar la eficiencia en el uso de recursos, incrementar la producción, elevar la calidad de productos, generar ahorros, establecer controles productivos, diseñar e implementar unidades de transferencia de tecnologías y otras que mejoren la productividad y rentabilidad de las empresas de organizaciones de productores.
b.    Consultor Técnico
 
-      Para que consultores técnicos especializados promuevan y ejecuten el diseño, estructuración, establecimiento, operación, coordinación, supervisión y desarrollo de esquemas de negocio con base en el resultado del diagnóstico y mapeo de redes de valor definidas por FIRA.
c. Formación, gestión, trámite y registro de figuras legales
-      Para la formación, gestión, trámite y registro de figuras legales; así como para modificaciones relacionadas con actas constitutivas y poderes notariales.
Servicios de Consultoría
a.    Consultoría
-      Para la elaboración de diagnósticos, y el diseño e implementación de ofertas tecnológicas que incidan en el mejoramiento de la productividad y la rentabilidad.
-      Para la investigación y el desarrollo de mercados, la realización de estudios de mercado, de estrategias de mercadotecnia y/o de promoción, y la contratación de servicios de información especializada, así como actividades que permitan coadyuvar en la identificación y estructuración de proyectos de impacto regional.
Servicios para la Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos.
a.    Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos
-      Para la formulación y gestión de proyectos de inversión que involucren crédito refaccionario para productores de los segmentos de Microempresa, Empresa familiar y Pequeña Empresa; así como para el primer crédito de capital de trabajo de nuevos sujetos de crédito que sean de los segmentos anteriormente señalados. La gestión debe contemplar: la integración de expedientes de crédito, el trámite correspondiente ante los Intermediarios Financieros hasta su descuento con FIRA, y el seguimiento en campo de la aplicación del crédito. El resultado de dicho seguimiento deberá ser entregado a FIRA.
3.1.2. APOYO PARA FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN EMPRESARIAL Y REDES DE VALOR
3.1.2.1 OBJETIVOS ESPECIFICOS
a. Fortalecer las competencias productivas, tecnológicas, financieras y empresariales de los productores mediante mejoras tecnológicas, formación de recurso humano, eficiencia en procesos administrativos, contables, comercialización y mercadotecnia.
b. Desarrollo y fortalecimiento de Prestadores de Servicios Especializados y Agentes de Cambio Tecnológico privados, para atender a las empresas y organizaciones de productores.
c. Integrar a productores y sus empresas en alianzas estratégicas para fortalecer su participación en las redes de valor y el establecimiento de relaciones de negocio de largo plazo.
d. Impulsar el desarrollo de proyectos que incorporen tecnologías innovadoras que contribuyan al mejoramiento del medio ambiente, la producción sostenible y la generación de energías alternativas, uso eficiente del agua y la energía y uso racional de los recursos naturales.
e. Inducir la reducción, control y/o remediación de los gases de efecto invernadero que se generan en las actividades de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural, y mitigar sus efectos sobre el medio ambiente.
3.1.2.2 POBLACION OBJETIVO
Personas físicas o morales que sean sujetos de crédito de los Intermediarios Financieros que reciben fondeo y/o garantía de FIRA, cuyo monto de crédito y/o garantía FIRA sea de hasta 4 millones de UDIS por acreditado final.
Adicionalmente, serán elegibles de apoyo sin considerar el límite de 4 millones de UDI en monto de crédito
y/o garantía FIRA por acreditado final, aquellas empresas, comercializadoras u otras entidades que participen en esquemas de desarrollo de proveedores, o que apoyen la integración de los productores a las redes de valor o proyectos con beneficios al medio ambiente.
También serán elegibles de apoyo Prestadores de Servicios Especializados que participen en el desarrollo del mercado de asesoría y consultoría, y ofrezcan sus servicios en el Sector Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural, sean o no sujetos de crédito de FIRA.
3.1.2.3 CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS
Servicios de Capacitación
a.    Capacitación Nacional y en el Extranjero
-      Para obtener conocimientos relacionados con las características del producto y las condiciones que demanda el mercado objetivo.
-      Para la actualización de productores, y personal de empresas de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural, en temas relacionados con tecnología y mejoras en procesos de acondicionamiento del producto, de logística, de comercialización, de desarrollo y administración de centros de acopio, de empaque y de unidades de servicios.
-      Para el desarrollo de habilidades directivas de gerentes, directores o integrantes del consejo de administración o de vigilancia de empresas u organizaciones de productores que reciban financiamiento de FIRA.
-      Para adquirir y aplicar conocimientos relativos al desarrollo de redes de valor, esquemas de desarrollo de proveedores, tendencias de consumidores, aspectos legales, contables, fiscales y portafolio de proveedores de estos servicios, desarrollo de la infraestructura comercial, logística de acceso a nuevos mercados e identificación de oportunidades de negocio.
-      Para documentar y difundir casos de éxito; desarrollar modelos replicables de éxito; participar o realizar encuentros empresariales y mesas de negocios; para ampliar y replicar las experiencias exitosas, derivadas de la integración de redes de valor y desarrollo de proveedores. Estos servicios podrán realizarse a iniciativa de FIRA.
-      Para conocer los beneficios de la implementación de proyectos de eficiencia energética y uso racional del agua.
-      Para conocer tecnologías disponibles, que permitan desarrollar proyectos con beneficios al medio ambiente, producción de energías alternativas, gestión de residuos y biocombustibles.
-      Para que Prestadores de Servicios Especializados adquieran o actualicen conocimientos y/o habilidades que les permitan identificar, promover, asesorar e inducir la adopción y establecimiento de proyectos con beneficios al medio ambiente, de energías alternativas, de gestión de residuos, de producción de biocombustibles y de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
b.    Estancias de capacitación
-      Para adquirir conocimientos y habilidades en nuevas tecnologías y procesos, a través de estancias de capacitación en empresas, organizaciones, Intermediarios Financieros, Prestadores de Servicios Especializados, Instituciones de Educación Superior, Agentes de Cambio Tecnológico, Entidades o Instituciones Públicas.
c.    Eventos de Demostración
-      Para eventos de demostración de tecnologías de interés para la población objetivo con resultados sobresalientes que estén utilizando otros productores, empresas, CDT's, Instituciones de Educación Superior, así como Agentes de Cambio Tecnológico, incluyendo tecnologías que beneficien al medio ambiente.
 
d.    Misiones Comerciales o Tecnológicas Nacionales o en el Extranjero
-      Para participar en misiones comerciales o tecnológicas en territorio nacional o el extranjero, con el fin de identificar, observar o analizar tecnologías, productos, servicios, que permitan a los beneficiarios incorporar elementos para mejorar sus procesos productivos, productividad, rentabilidad e implementar proyectos con beneficios al medio ambiente. El apoyo contempla visitas a Empresas, Ferias, Exposiciones, Instituciones de Educación Superior, Intermediarios Financieros y otras visitas relacionadas con aspectos crediticios, financieros, comerciales o tecnológicos.
-      Para participar en misiones comerciales, ferias y exposiciones, que permitan a la población objetivo promover sus productos en mercados nacionales e internacionales.
Servicios de Asesoría
a.    Asesor
-      Para mejorar la tecnología y eficiencia en el uso de los recursos, incrementar la producción, mejorar la calidad de productos, implementar controles productivos-administrativos, y establecer unidades de transferencia de tecnología y otras que mejoren la productividad y rentabilidad y los procesos de las empresas.
-      Para desarrollar sistemas y procedimientos que permitan instrumentar controles eficientes y oportunos, relacionados con volumen de entrega, calidad, trazabilidad, almacenaje, comercialización, ingresos, y costos, entre otros.
-      Para que asesores técnicos operen y consoliden proyectos de integración de esquemas de negocio desarrollados con base en el resultado de los diagnósticos y mapeo de redes de valor definidas por FIRA.
b.    Consultor Técnico
-      Para que consultores técnicos promuevan y ejecuten el diseño, estructuración, establecimiento, operación, coordinación, supervisión y desarrollo de esquemas de negocio con base en el resultado de los diagnósticos y mapeo de redes de valor definidos por FIRA.
c.    Gerente General
-      Para que empresas u organizaciones de productores contraten servicios gerenciales que por su nivel de desarrollo no cuenten con estructura gerencial profesional, y que por sus volúmenes de operación requieran de dicha estructura.
-      Para el establecimiento, la operación y el seguimiento en campo de proyectos que brinden beneficios al medio ambiente, incluyendo la elaboración de registros de comportamiento.
d.    Expansión de Estructuras de Prestadores de Servicios Especializados
-      Para que Prestadores de Servicios Especializados expandan sus estructuras e incrementen su capacidad de atención a empresas u organización de productores. El personal que se integre a los Prestadores de Servicios Especializados no requerirá habilitación o registro previo de FIRA, salvo en aquellos casos en que realice funciones de evaluación de proyectos, supervisión de crédito y/o asistencia técnica a productores.
e.    Estructuras Técnicas de Empresas Parafinancieras
-      Para que las empresas parafinancieras participen en la capacitación, asesoría e integración de los productores acreditados, a la red de valor; éstas podrán solicitar los servicios de capacitación, asesoría y consultoría para sus acreditados.
Servicios de Consultoría
a.    Consultoría
-      Para identificar y diseñar tecnologías y procesos de producción que satisfagan las características del producto que demanda el mercado objetivo.
 
-      Para el establecimiento y la administración de centros de acopio, de empaque y de unidades de servicios, que permitan un manejo eficiente de los productos, desde su producción hasta su comercialización.
-      Para mejorar los procesos productivos, tecnológicos, administrativos y comerciales; caracterizar los productos; elaborar diagnósticos y estudios; adoptar tecnologías y conocimientos del mercado y de la agroindustria.
-      Para identificar y desarrollar esquemas de administración de riesgos, tales como: fondos de aseguramiento, coberturas de precios, seguros, FINCAS u otros.
-      Para la creación de nuevas empresas que permitan acceder a los productores al mercado en mejores condiciones.
-      Para la elaboración de manuales y procedimientos; para desarrollo gerencial; para fortalecer el gobierno corporativo; para mejorar los procesos operativos, administrativos, contables, financieros; para prospección de mercados y estrategias de mercadotecnia; desarrollo de marcas y patentes; diseño de nuevos productos; certificaciones; trazabilidad; tecnología de información y páginas web; entre otros.
-      Para la elaboración del diagnóstico, análisis de la industria, mapeo de redes, detección de mercado objetivo, oportunidades de negocio, identificación de oferta y demanda, y proyecto de desarrollo de proveedores; con el fin de concretar esquemas de integración.
-      Elaboración e implantación de manuales, procedimientos y competencias necesarias para la obtención de certificaciones que permitan a los participantes integrarse a la red de valor en mejores condiciones, así como incrementar su productividad y rentabilidad, diferenciar los productos, aumentar la confianza del comprador, disminuir riesgos, gestión de cumplimientos, entre otros.
-      Para diseñar y desarrollar nuevos productos, con base en características organolépticas, nutracéuticas, probióticas, funcionales, de conveniencia, y de tecnología, entre otras.
-      Para diseñar y elaborar proyectos orientados a mejorar la infraestructura comercial de las empresas que participen en procesos de desarrollo de proveedores e integración de redes de valor; en aspectos relacionados con el manejo post-cosecha, conservación de productos, diseño y mejora de empaques, embalajes y redes de frío.
-      Para investigación de mercados, diseño de estrategias de mercadotecnia y/o promoción, desarrollo y registro de marcas, publicidad y páginas web; que permitan ampliar las ventas de los productos que se generen en los procesos de integración de redes de valor y desarrollo de proveedores.
-      Para diseñar y elaborar proyectos relativos al establecimiento de Centros Logísticos de Abasto; que permitan incrementar la eficiencia de los procesos de acopio, selección, acondicionamiento, empaque, almacenamiento y distribución de productos agropecuarios, forestales y pesqueros.
-      Para la ejecución y el seguimiento de esquemas de integración que fortalezcan la participación de los productores en las redes de valor, así como el establecimiento de relaciones de negocio de largo plazo.
-      Para elaborar diagnósticos, diseñar e implementar proyectos orientados al desarrollo de fuentes limpias, alternativas y renovables de producción de energía y/o que brinden beneficios al medio ambiente (en especial producción de biocombustibles y uso eficiente del agua).
-      Para diseñar e implementar tecnologías que utilicen "ecotecnias", relacionadas con la eficiencia energética y el impacto de los procesos productivos al medio ambiente.
 
Servicios para la Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos.
a.    Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos
-      Para la formulación, gestión y seguimiento de proyectos de inversión, con beneficios al medio ambiente o que involucren crédito refaccionario para Microempresas, Empresa Familiar, Pequeña Empresa y Empresa Mediana. La gestión y seguimiento debe contemplar: la integración de expedientes de crédito, el trámite correspondiente ante los Intermediarios Financieros hasta su descuento con FIRA, el seguimiento en campo de la aplicación del crédito. El resultado de dicho seguimiento deberá ser entregado a FIRA. Los Prestadores de Servicios Especializados que realicen las actividades de evaluación de proyectos y seguimiento de crédito, deberán estar habilitados por FIRA.
3.1.3. MONTOS MAXIMOS Y TEMPORALIDAD PARA LOS APOYOS 3.1.1 y 3.1.2. 1/
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Capacitación
3/
Promoción a la Organización,
Financiamiento y Desarrollo
Tecnológico
Alimentación y Hospedaje
(participante/día)
Cuota registro
(participante/evento)
100,000 UDIS por
evento 2/
Hasta 30 días
por participante
por año fiscal.
250 UDIS
250 UDIS
Nacional 4/
Alimentación y Hospedaje
(participante/día)
Cuota inscripción
(participante/evento)
100,000 UDIS por
evento
250 UDIS
1,100 UDIS
En el Extranjero
Transporte y seguro
(participante/evento)
Cuota inscripción
(participante/evento)
100,000 UDIS por
evento
3,900 UDIS
2,000 UDIS
Misión Comercial o Tecnológica
Nacional
Alimentación y Hospedaje
(participante/día)
Transporte y seguro
(participante/evento)
100,000 UDIS por
evento
250 UDIS
1,200 UDIS
Misión Comercial o Tecnológica en el
Extranjero
Transporte y seguro (participante/evento)
100,000 UDIS por
evento
3,900 UDIS
Eventos de Demostración
100% de gastos directos hasta
250 UDIS por participante por evento
100,000 UDIS por
evento
Estancias de Capacitación
Hasta 1,250 UDIS por mes por participante
15,000 UDIS por
estancia
Hasta 12 meses,
por única vez
Formación de Asesores Técnicos
Alimentación y Hospedaje
(participante/día)
Cuota inscripción
(participante/evento)
100,000 UDIS por
evento
Hasta 60 días
por participante
por año fiscal
250 UDIS
1,100 UDIS
Nota: Para el caso de Diplomados dentro del Servicio de Capacitación, el apoyo podrá ser de hasta 1,100 UDIS por cada módulo.
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Asesoría
Concepto
Prestador de Servicios Especializados Persona Física o
Moral (Monto Mensual en UDIS)
Monto Máximo
Anual
Hasta 5 años
Estructuras Técnicas de Empresas
Parafinancieras o Entidad Financiera
5/
Hasta 6,000
Hasta 500,000
UDIS por
Empresa
Parafinanciera o
Entidad
Financiera
Asesor 4/
Hasta 6,000
Hasta 100,000
UDIS por
organización y/o
empresa de
productores
Consultor Técnico 4/
Hasta 10,000
Hasta 120,000
UDIS
 
Gerente General
Hasta 8,000 UDIS por mes por gerente
Hasta 96,000
UDIS
2 años por única
vez por empresa
 
Gestión, trámite y registro de figuras
legales
Hasta 3,500 UDIS
Hasta 3,500 UDIS
Por sujeto de
crédito
formalizado por
única vez
 
Expansión de estructuras para
prestadores de servicios
especializados
Hasta 3,000 UDIS por técnico por mes por empresa
Hasta 36,000
UDIS por técnico
 
Por año
 
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Consultoría
De acuerdo a las necesidades aplicables a cada uno de los apoyos
140,000 UDIS
Por año
 
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Formulación,
Gestión y
Seguimiento de
Proyectos 6/
3% del monto de créditos refaccionarios a productores que sean de los segmentos de
Microempresas, Empresa familiar y Pequeña Empresa, y 1% del monto del primer crédito para
capital de trabajo de nuevos sujetos de crédito que sean de los segmentos anteriormente
mencionados. (No serán elegibles de este apoyo los créditos al amparo del Esquema de
Financiamiento a PyMES Rurales).
6% del monto de
créditos
refaccionario y
2% del monto de
créditos para
capital de trabajo
cuando sean en
localidades de
Alto y muy Alto
grado de
marginación
Por única vez por
crédito
 
Los importes de los apoyos se cubrirán a través de reembolsos.
1/ De manera excepcional, estos apoyos podrán ser modificados en sus condiciones de programas establecidos en las presentes reglas, o bien tratarse de nuevos apoyos.
2/ El monto máximo por modalidad de capacitación para Promoción a la Organización, Financiamiento y Desarrollo Tecnológico y Capacitación Nacional será de hasta 100,000 UDIS, excepto en el caso de eventos de Organizaciones Nacionales y Regionales de Productores con un límite de hasta 500,000 UDIS acumulado para este tipo de eventos de capacitación por año por organización. En este supuesto, la propuesta de evento de capacitación específico estará sujeta a la autorización del Comité de Créditos Mayores de FIRA. Estos montos están sujetos a la asignación y disponibilidad de recursos presupuestales.
3/ En eventos de capacitación (excepto en la modalidad de estancias) en los que no se incluye cuota de inscripción y se requiere que prestadores de servicios especializados registrados con FIRA participen como coordinadores de eventos, se podrá incluir como concepto de apoyo hasta un 15% de gastos de coordinación, sin rebasar el límite máximo por beneficiario y por evento.
4/ Para el caso de Proyectos de Desarrollo de Proveedores (PDP), las empresas tractoras podrán solicitar apoyos de capacitación, asesoría (modalidades de asesor y consultor técnico) a cuenta y orden de las organizaciones o empresas de productores con las que están participando en el esquema de integración. En estos casos, el límite máximo de apoyo se aplica por cada organización o empresa de productores participante como proveedor en el PDP.
El reembolso se realizará a las Organizaciones y/o Empresas de Productores proveedoras, y en los casos de proveedores individuales, el reembolso les será realizado a través de la empresa tractora o a través del prestador de servicios especializados que otorga el servicio de asesoría o consultoría.
5/ Para la Asesoría Técnica en aspectos productivos a productores habilitados por Empresas Parafinancieras o Entidad Financiera, que operan servicios financieros de FIRA.
6/ Estos porcentajes se aplican sobre el monto del crédito descontado. El importe correspondiente se otorgará en dos partes: 50% al descuento y 50% a la entrega del reporte de la aplicación del crédito (Anexo 2). En los proyectos con beneficios al Medio Ambiente, también es elegible la Mediana Empresa.
3.1.4. TRÁMITE PARA LOS APOYOS 3.1.1. Y 3.1.2.
 
3.1.4.1. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
La selección de los Beneficiarios de los Apoyos inicia a partir de que la oficina de FIRA que corresponda al domicilio geográfico del solicitante recibe de la Población Objetivo la solicitud y los documentos adicionales debidamente requisitados, continuando con su revisión, evaluación y dictamen de la viabilidad de la solicitud de Apoyo considerando como criterios de resolución, que los solicitantes pertenezcan a la Población Objetivo; que la solicitud se apegue a las características de los Apoyos que se establecen en estas Reglas; que el monto del Apoyo solicitado corresponda a los montos establecidos en las Reglas; así como a la disponibilidad presupuestal. Las solicitudes que cumplan con lo anterior y que estén completas serán atendidas conforme al principio de primeras entradas-primeras salidas.
El proceso de selección termina una vez que la población objetivo recibe respuesta oficial a su solicitud. La respuesta a las solicitudes se dará en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de su ingreso a la Unidad Administrativa en cuya área de influencia se ubica geográficamente el domicilio del solicitante. Cuando la solicitud esté incompleta y/o incorrecta, dentro de los primeros 5 días hábiles de recibida la solicitud, FIRA informará al solicitante que debe completar y/o corregir la solicitud en un plazo no mayor de 5 días hábiles, vencido este plazo, la solicitud será rechazada automáticamente. Si la solicitud es presentada dentro del plazo establecido con la documentación corregida y completa, comenzará a contabilizarse el plazo de 10 días hábiles para emisión de respuesta. Si al presentar la solicitud por segunda vez ésta se encuentra incompleta o incorrecta se rechazará de manera definitiva.
3.1.4.2 REQUISITOS PARA ACCEDER A LOS APOYOS
La población objetivo podrá solicitar los apoyos en función de las necesidades de su proyecto, a través de la oficina de FIRA que le corresponda conforme a su ubicación geográfica, previa presentación de la documentación siguiente:
a. Solicitud del apoyo, anexando la información complementaria de acuerdo al tipo de servicio solicitado, y conforme a los formatos establecidos en los Anexos 3, 3A, 3B, 3C, 3D, 3E y 3F; según corresponda:
Modalidades del Servicio
Documentación requerida
Anexo
1
Anexo 3
Anexo
3A
Anexo
3B
Anexo
3C
Anexo
3D
Anexo
3E
Anexo
3F
Servicio de Capacitación
Promoción a la organización, financiamiento y desarrollo tecnológico
X
X
 
X
 
 
 
 
Nacional o en el extranjero
X
X
 
X
 
 
 
 
Eventos de demostración
X
X
 
X
 
 
 
 
Misión comercial o tecnológica nacional o en el extranjero
X
X
 
X
 
 
 
 
Estancias de capacitación
X
X
 
 
 
 
 
X
Formación de asesores técnicos
X
X
 
X
 
 
 
 
Servicio de Asesoría
Estructuras técnicas de empresas parafinancieras o entidades financieras
X
X
 
 
 
X
 
 
Asesor
X
X
 
 
 
X
 
 
Consultor técnico
X
X
 
 
 
X
 
 
Gerente general
X
X
 
 
 
X
 
 
Gestión, trámite y registro de figuras legales
X
X
 
 
 
 
 
 
Expansión de estructuras de prestadores de servicios especializados
X
X
 
 
 
 
X
 
Servicio de Consultoría
Consultoría
X
X
 
 
 
 
 
 
Servicio de Formulación, Gestión y Seguimiento de Proyectos
Formulación, gestión y seguimiento de proyectos
X
X
X
 
 
 
 
 
b. Identificación oficial del solicitante, o del representante legal en el caso de personas morales.
c. Presupuesto y cotizaciones de los proveedores de servicio, que incluya conceptos y montos que
apliquen.
d. Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social o declaratoria de no estar obligado a inscribirse en el IMSS.
Cuando algún servicio de capacitación o consultoría se realice a iniciativa de FIRA, se debe presentar únicamente la documentación mencionada en el punto "c" anterior, y la solicitud se sustituirá por una justificación.
3.1.4.3. MECANICA OPERATIVA
a. El solicitante debe presentar a la oficina FIRA correspondiente la documentación a que se refiere el numeral 3.1.4.2., en un plazo de al menos 10 días hábiles previos al inicio del servicio respectivo.
b. Las solicitudes que rebasen los montos máximos y/o la temporalidad mencionadas en el numeral 3.1.3., deberán presentarse en un plazo de al menos 20 días hábiles previos al inicio del servicio, en las oficinas de FIRA para someterse a la consideración de sus instancias facultadas.
c. El solicitante recibirá la respuesta en un plazo máximo de 10 días hábiles, posteriores a la presentación de la documentación completa y correcta. Para los casos mencionados en el inciso "b" anterior, la respuesta será entregada en un plazo máximo de 20 días hábiles.
d. Para recibir el apoyo correspondiente, el solicitante deberá presentar:
i. Acta de Entrega-Recepción y Reporte de Aplicación de Recursos de los apoyos para el fomento a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural a través de los fideicomisos que integran FIRA, conforme al Anexo 5.
ii. Relación de beneficiarios, conforme al Anexo 4.
e. El solicitante recibirá los recursos en la cuenta bancaria que haya indicado, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la presentación de la documentación completa y correcta, descrita en el inciso "d" anterior.
f. Para el reembolso de los apoyos autorizados los solicitantes deberán presentar a FIRA la documentación en un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de terminación del servicio. En caso que la documentación sea presentada después de dicho plazo, no se realizará el reembolso correspondiente.
El comprobante fiscal emitido por FIRA y el Acta de Entrega-Recepción y Reporte de Aplicación de Recursos forman parte del expediente del otorgamiento del Apoyo, y constituye prueba documental que certifica su entrega. En aquellos casos donde FIRA reciba una prestación de servicio, el prestador deberá proporcionar comprobante fiscal.
3.1.5. APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS.
3.1.5.1. OBJETIVOS ESPECIFICOS
a.    Contribuir al desarrollo de la oferta de servicios financieros en los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural para facilitar el acceso al crédito formal a la población objetivo de FIRA.
b.    Inducir el fortalecimiento de intermediarios financieros, Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras, y el uso de esquemas integrales de administración de riesgos.
3.1.5.2. POBLACION OBJETIVO
Personas físicas o morales, con proyectos viables del Sector Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural del país; así como Intermediarios Financieros que operen en forma directa con FIRA; también Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras, que operen servicios financieros de FIRA.
Adicionalmente serán elegibles de apoyo las personas físicas o morales que participan en proyectos que contribuyen a mitigar la volatilidad de precios hasta por los primeros 5 años de vigencia del crédito.
3.1.5.3. CARACTERISTICAS DE LOS APOYOS
 
Servicios de Capacitación Nacional y en el Extranjero
Para difundir programas, normatividad, productos y servicios relacionados con FIRA, para que desarrollen y fortalezcan capacidades relacionadas con la estructuración y evaluación de proyectos y para la promoción de productos y servicios de FIRA y/o de los Intermediarios Financieros No Bancarios (IFNB), Intermediarios Financieros Bancarios (IFB), Empresas Parafinancieras (EP), Empresas Masificadoras de Crédito (EMC) o Entidades Financieras (EF), a personas físicas o morales que cuenten con proyectos viables de los sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural.
Para que IFNB, IFB, EP, EMC y EF, certifiquen competencias de sus ejecutivos y operadores, relacionadas con el proceso de crédito; para que diseñen y desarrollen productos financieros que satisfagan las necesidades de las empresas del sector rural, así como aquellas para iniciar o mejorar la operación con Sociedades de Información Crediticia.
Servicios de Consultoría
Para que IFNB, IFB, EP y EF, contraten servicios para la elaboración de diagnóstico, plan estratégico, plan de fortalecimiento operativo, financiero, de negocio y de mercadotecnia; diseño y desarrollo de productos financieros, fortalecimiento de gobierno corporativo, manuales, metodologías de crédito, PDC, sistemas de administración integral de riesgos y desarrollo de infraestructura electrónica que permita realizar transacciones financieras eficientes.
Para que IFNB contraten servicio de calificación de riesgo de crédito corporativo y/o administrador de activos financieros, con las calificadoras autorizadas por la CNBV; para que sufraguen gastos derivados de procesos de bursatilización de la cartera.
Para EP y EMC aplica la elaboración de diagnóstico y plan de fortalecimiento para su conversión a Entidad Financiera, para la contratación del sistema de información de acreditados, con alguna de las sociedades crediticias autorizadas por la CNBV.
Servicio de Expansión de Estructuras de Intermediarios Financieros, Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras
Para la contratación o subcontratación de personal que participe en cualquier etapa del proceso de crédito. Los Intermediarios Financieros solicitantes deberán incrementar el monto de sus operaciones de descuento o garantía sin fondeo con productores de los segmentos de Microempresa, Empresa Familiar y Pequeña Empresa, durante el periodo de 365 días naturales que se autorice.
En el caso de Intermediarios Financieros que participan en el PROAF, EP, EMC y EF para ser elegibles de este apoyo, el beneficiario deberá contar previamente con un diagnóstico y un programa de fortalecimiento en operación.
El personal contratado o, en su caso, subcontratado por los intermediarios financieros, EP, EMC y/o EF no requiere habilitación o registro previo de FIRA, salvo en aquellos casos en que realice funciones de evaluación de proyectos, supervisión de crédito y/o asistencia técnica a productores y empresas.
Reducción de costos financieros (tasa de interés)
Para los productores que sean sujetos de crédito de los Intermediarios Financieros o EP o EMC o EF, con fondeo de FIRA, en lo correspondiente a los programas: Programa permanente a zonas afectadas por desastres naturales, Programa Especial para el Financiamiento a la Población Prioritaria, Programa de Apoyo a la Agricultura Familiar (PROAF), Proyectos que contribuyen a la mitigación de la volatilidad de precios y Proyectos ubicados en Zonas Económicas Especiales, conforme a los criterios que establezca FIRA.
a.     Programa permanente a zonas afectadas por desastres naturales.
       Créditos elegibles: Todas las operaciones que se descuenten con FIRA, por toda la vigencia del crédito.
b.     Programa Especial para el Financiamiento a la Población Prioritaria.
       Créditos elegibles: Créditos para capital de trabajo, créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento financiero para inversión fija, hasta por los primeros cinco años de vigencia del crédito.
c.     Programa de Apoyo a la Agricultura Familiar (PROAF).
 
       Créditos elegibles: Operaciones de crédito otorgadas por intermediarios financieros que participen en el PROAF y que hayan sido fondeadas por FIRA directa o indirectamente para créditos de capital de trabajo e inversión fija en conceptos de inversión elegibles para el servicio de garantía FEGA.
d.     Proyectos que contribuyen a la mitigación de la volatilidad de precios.
       Créditos elegibles: Para capital de trabajo, créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento para inversión fija, hasta por los primeros cinco años de vigencia del crédito.
e.     Proyectos ubicados en Zonas Económicas Especiales.
Créditos elegibles, refaccionarios y operaciones de arrendamiento financiero para inversión fija en moneda nacional hasta por los primeros cinco años de vigencia del crédito.
Para determinar el monto de los apoyos se creará al momento del descuento, una provisión de recursos calculando los importes de los apoyos en tasa de interés respectivos que se otorgarían para toda la vida del crédito, conforme a su calendario de amortizaciones.
No serán elegibles de apoyo en tasa las operaciones de microcrédito, factoraje, ni créditos con garantías líquidas mayores al 50%, o créditos estructurados que no correspondan a la actividad primaria ni créditos quirografarios o para reestructuración de pasivos.
El pago de la bonificación se hará con base en lo que se estipule en los programas. En caso de que se registren prepagos, el apoyo se ajustará al periodo efectivo y saldo del crédito.
El apoyo se entregará al acreditado en tanto cumpla con sus obligaciones de crédito, otorgándose como un estímulo al pago oportuno del crédito. A fin de asegurar que se reciba el beneficio y fomentar la transparencia, el monto de la bonificación se otorgará directamente por FIRA a los acreditados en la cuenta bancaria que designen.
En el caso de EP, EMC y EF, éstas deberán informar a sus intermediarios financieros el nombre completo y RFC con homoclave y clabe bancaria en la que se le hará el depósito del apoyo a sus acreditados.
En los dos casos anteriores, el otorgamiento en cada periodo se realizará cuando los intermediarios financieros registren el monto de participación actualizado de cada uno de los acreditados finales y, en su caso, el incumplimiento de obligaciones crediticias de éstos.
Si los intermediarios financieros identifican que se realizó un pago en forma errónea debido a que se proporcionó información incorrecta a FIRA, serán responsables de gestionar la recuperación del apoyo y no se podrá sustituir el beneficiario.
Para todo lo no expresamente previsto en el presente programa se aplicará lo establecido en la normativa vigente de FIRA.
Precio de Servicio de Garantía:
Este apoyo aplica a los créditos nuevos para capital de trabajo, créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento financiero para inversión fija cubiertos con garantía FEGA.
FIRA podrá establecer el porcentaje del apoyo al Precio de Servicio de Garantía, el monto máximo de crédito elegible y demás características, previa aprobación de sus Comités Técnicos.
La elegibilidad de este apoyo se determina al momento de disponer el Servicio de Garantía FEGA, considerando el monto a disponer y segundas ministraciones automáticas registradas en los sistemas de FIRA.
El pago de la bonificación se hará con base en lo que se estipule en los programas. En caso de que se registren prepagos, el apoyo se ajustará al periodo efectivo y saldo del crédito.
Quedan excluidos de este apoyo los casos de reestructuraciones de pasivos.
El apoyo se calcula y reserva al momento de registro de la garantía FEGA y se otorga para toda la vigencia del crédito en tanto cumpla con sus obligaciones de crédito, otorgándose como un estímulo al pago oportuno. El monto de las bonificaciones se otorgará directamente a los beneficiarios en la cuenta bancaria que designen.
En el caso de las EP, EMC y EF, éstas deberán informar a los intermediarios financieros a través de los cuales operan, el listado de beneficiarios a los que se les otorgará la bonificación, incluyendo el nombre completo, RFC con homoclave y clabe bancaria en la que se le realizará la transferencia electrónica del apoyo a sus acreditados.
En los dos casos anteriores, el otorgamiento en cada periodo se realizará cuando los intermediarios
financieros registren el monto de participación actualizado de cada uno de los acreditados finales y, en su caso, el incumplimiento de obligaciones crediticias de éstos.
Si los intermediarios financieros identifican que se realizó un pago en forma errónea debido a que se proporcionó información incorrecta a FIRA, serán responsables de gestionar la recuperación del apoyo y no se podrá sustituir el beneficiario.
Apertura de Centros de Atención de Intermediarios Financieros No Bancarios y Entidades Financieras:
Los Intermediarios Financieros No Bancarios y Entidades Financieras que operen en forma directa con FIRA podrán recibir apoyo para la apertura de centros de atención al público.
Los conceptos elegibles de este apoyo son exclusivamente los costos de adaptación de inmuebles, adquisición de mobiliario de oficina, software y hardware para plataforma informática y equipo de comunicación.
No serán elegibles de apoyo los intermediarios que hayan recibido apoyos similares del Gobierno Federal, para la apertura de un mismo centro de atención al público.
Corresponsales:
Apoyo a los Intermediarios Financieros Bancarios, SOFIPO y SCAP que operen en forma directa con FIRA y autorizadas por las autoridades financieras para establecer corresponsales, podrán recibir apoyo para el desarrollo de sistemas o plataforma tecnológica para administrar procesos, transacciones y control de los corresponsales, para el equipamiento en los conceptos siguientes: Adquisición de dispositivo de comunicación satelital, escáner, antena, equipo de comunicación, lector de código de barras, terminal corresponsal y cliente, computadora y otros accesorios relacionados con Tecnología Informática (TI).
El corresponsal podrá ser contratado por un administrador de redes por cuenta y orden de un Intermediario Financiero Bancario, SOFIPO o SCAP.
No serán elegibles los intermediarios que hayan recibido apoyos similares del Gobierno Federal.
Respaldo de financiamientos:
Para la constitución de instrumentos financieros que permitan respaldar créditos, otorgados a productores dedicados a actividades primarias de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural, con proyectos productivos o de comercialización, estratégicos de impacto regional.
Los apoyos otorgados deberán aplicarse en instrumentos financieros de fácil realización y/o ejecución (fondos líquidos, recursos líquidos que se afecten a fideicomisos como fuente de pago, entre otros), para cubrir total o parcialmente el saldo del crédito de que se trate, en caso de incumplimiento.
Por tratarse de un apoyo para respaldar financiamientos otorgados por un Intermediario Financiero, a solicitud del beneficiario podrá otorgarse un anticipo del apoyo una vez cumplidos los requisitos y que presente la constancia de autorización de línea de crédito o del contrato de crédito.
Cuando un crédito respaldado con este apoyo sea liquidado conforme a lo contratado, el beneficiario podrá disponer del importe correspondiente.
La Agencia FIRA correspondiente someterá a consideración de la instancia facultada, la solicitud considerando el importe del proyecto a financiar; con base en la resolución de dicha instancia y la disponibilidad de recursos se emitirá la respuesta.
Apoyo para la Adquisición de Coberturas de Precios:
Este apoyo se otorga a través de reembolsos directos, para cubrir parte del costo de esquemas de cobertura contra variaciones en los precios de los insumos y/o de los bienes de productores de los Sectores Agropecuario, Forestal y Pesquero.
El apoyo se otorga a:
-      Personas físicas o morales que tengan algún crédito fondeado y/o garantizado con FIRA y se dediquen a actividades primarias en alguno de los sectores anteriores.
-      También se otorgará a personas físicas o morales que participen en las etapas de procesamiento y/o comercialización y que estén en alguno de los casos siguientes:
 
a.   Empresas de los productores primarios que procesen y/o comercialicen su propia producción.
b.   Procesadores y comercializadores que estén incluidos en algún programa de desarrollo de proveedores o se trate de una empresa parafinanciera que apoye a los productores primarios. Para éstos, será indispensable que cuenten con un contrato de compra-venta del (los) producto(s) físico(s) bajo cualquier modalidad.
Otras características del apoyo para la adquisición de coberturas de precios:
a.   Los apoyos para la contratación de cobertura de precio que otorgue FIRA no deberán duplicarse con los apoyos que otorguen otras entidades gubernamentales para un mismo concepto (o contrato de cobertura).
b.   Se podrá otorgar apoyo para opciones de compra o venta que se formalicen con contratos estandarizados, y que coticen en bolsas organizadas. También se podrán otorgar apoyos para la adquisición de opciones correspondientes que permitan operar la Agricultura por Contrato entre productores y consumidores o comercializadores. Las opciones se podrán celebrar a través de alguna de las corredurías especializadas que tengan contrato con FIRA.
c.    Los contratos de cobertura no deberán tener un plazo mayor a 1 año.
d.   No podrán adquirirse opciones con fines especulativos, ni en mercados extrabursátiles.
3.1.6. MONTOS MAXIMOS Y TEMPORALIDAD DE LOS APOYOS PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Capacitación
Nacional
Alimentación y
Hospedaje (participante/
día)
Cuota inscripción
(participante/evento)
100,000 UDIS por evento
Hasta 30 días por
participante por año fiscal
250 UDIS
1,100 UDIS
Extranjero
Transporte y seguro
(participante/evento)
Cuota inscripción
(participante/evento)
100,000 UDIS por evento
3,900 UDIS
2,000 UDIS
.
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Consultoría 1/
70% del costo en el primer año
50% del costos a partir del segundo año
Hasta 250,000 UDIS
Hasta 175,000 UDIS
Por año calendario
Para intermediarios financieros participantes en el PROAF:
70% del costo en el primer año
60% del costo en el segundo año
50% del costo a partir del tercer año
Hasta 200,000 UDIS
Hasta 170,000 UDIS
Hasta 150,000 UDIS
Por año calendario
1/ La consultoría es elegible únicamente para Intermediarios Financieros No Bancarios que operen en forma directa con FIRA; así como para Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras que demuestren haber descontado operaciones con recursos FIRA, por un monto total mayor al equivalente a un millón de UDIS, durante los 12 meses anteriores a la fecha de la solicitud correspondiente.
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Expansión de
Estructuras de
Intermediarios
Financieros,
Empresas
Parafinancieras,
Entidades
Masificadoras de
Crédito y Entidades
Financieras
a.  Banca Múltiple: Personal operativo.
    Compromiso de incremento de operación 18 millones de UDIS (descuento o garantía sin fondeo) por ejecutivo, incluyendo al menos, 20% (3.6 millones de UDIS) en crédito refaccionario.
Personal operativo:
36,000 UDIS por
ejecutivo
Hasta 12 meses
por ejecutivo
b.  Intermediarios Financieros No Bancarios:
    i. Personal Operativo.
    ii. Personal directivo de segundo nivel.
    Compromiso de incremento de operación 4 millones de UDIS (descuento o garantía sin fondeo) por ejecutivo, incluyendo al menos, 20% (800 mil UDIS) en crédito refaccionario.
Personal operativo:
60,000 UDIS por
ejecutivo
Personal directivo:
96,000 UDIS por
año por funcionario
Hasta 12 meses
por ejecutivo
Para Personal
directivo: por
única vez
c.  Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito, Entidades Financieras: Personal directivo de segundo nivel. Compromiso de incremento de crédito: 2 millones de UDIS por personal directivo de segundo nivel, incluyendo al menos, 15% (300 mil UDIS) en crédito refaccionario.
Personal directivo:
60,000 UDIS por
año por Personal
directivo
Hasta 12 meses
por personal
Por única vez
 
d.  Intermediarios financieros que participen en el PROAF: Personal técnico-operativo y financiero: Técnico de Nivel Medio y Nivel Licenciatura. El personal Técnico de Nivel Medio deberá generar al menos 600 mil UDIS de créditos anualmente, Para personal con nivel licenciatura deberá generar al menos 2 millones de UDIS de crédito anualmente 1/.
30,000 UDIS por
año por nivel
técnico operativo.
60,000 UDIS por
año por personal
con Licenciatura
Hasta 12 meses
por ejecutivo
 
    En lo correspondiente a los incisos a., b. y c.: el monto del pago del Apoyo se hará en proporción al promedio simple de los porcentajes de cumplimiento de los compromisos de incremento total y de crédito refaccionario en los segmentos de Microempresa, Empresa Familiar y Pequeña Empresa.
    1/ El pago del apoyo se hará conforme a los porcentajes establecidos en el apartado del "Servicio de Expansión de Estructuras de Intermediarios Financieros, Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras", con base al cumplimiento del monto total de generación de créditos, sin diferenciar por tipo de crédito.
   El reembolso se realizará posterior a la finalización del periodo o al cumplimiento del 100% de los compromisos de incremento que correspondan a cada una de las modalidades anteriores.
 
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo
Límite de Crédito de Referencia
Temporalidad
Reducción de Costos Financieros 1/
Programa permanente a zonas afectadas por desastres naturales:
El Apoyo será de hasta 1.5 pp.
Hasta 10 millones de UDIS de saldo de crédito por siniestro por empresa o grupo de interés común.
En este importe no se considera el financiamiento que se otorgue a las Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras, y que éstas transfieran a los productores primarios.
Apoyo durante toda la vigencia del crédito.
Programa Especial para el Financiamiento a la Población Prioritaria: Para la actividad primaria de los Sectores Agropecuario, Forestal y Pesquero.
El Apoyo será de hasta 2 pp.
Hasta 160,000 UDIS de necesidades de financiamiento por acreditado final.
Elegibles los créditos para capital de trabajo, créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento financiero para inversión fija.
Hasta por los primeros 5 años de vigencia del crédito.
Programa de Apoyo a la Agricultura Familiar (PROAF). Productores con unidades de baja escala, cuyos ingresos se sustentan en las actividades agropecuarias y rurales, utilizan predominantemente mano de obra familiar. El Apoyo será de hasta 2 pp.
Créditos de bajo monto de hasta 33,000 UDIS por acreditado para una producción orientada al mercado
Apoyo durante toda la vigencia del crédito.
Proyectos que contribuyen a la mitigación de la volatilidad de precios.
El apoyo será de hasta 1 pp.
Hasta por los primeros 10 millones de UDIS de saldo de crédito por empresa o grupo de interés común.
Elegibles los créditos para capital de trabajo, créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento para inversión fija.
Hasta por los primeros 5 años de vigencia del crédito.
Proyectos Ubicados en Zonas Económicas Especiales
El apoyo será de hasta 1 pp.
En Zonas Económicas Especiales son elegibles créditos en moneda nacional con un límite de financiamiento de hasta 10 millones de UDIS por empresa o grupo de interés común.
Hasta por los primeros 5 años de vigencia del crédito.
1/ La Reducción del costo financiero y vigencia serán bajo las características específicas que determinen los Comités Técnicos de FIRA al momento de la autorización, y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de FIRA o los que se obtengan de otras fuentes distintas al patrimonio de FIRA.
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo de Crédito de
Referencia
Temporalidad
Precio Servicio de Garantía
Región Sur-Sureste y Municipios incluidos en la Cruzada Nacional contra el Hambre hasta 50% del costo del precio de la prima
Financiamientos hasta por los primeros 30 millones de UDIS por acreditado o grupo de personas que representen riesgo común para FIRA para cualquier porcentaje de apoyo; en créditos en dólares se efectuará la conversión a moneda nacional al momento de la operación. No se considerará en este saldo el financiamiento que se otorgue a la empresa para transferirlo a productores primarios, actuando como Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito o Entidades Financieras.
Hasta el vencimiento
del crédito
Municipios incluidos en la declaratoria de Zonas Económicas Especiales, apoyo hasta de 50% en el precio de la prima. Para créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento financieros para inversión fija.
Mitigación a la volatilidad de precios hasta 50% del costo del precio de la prima 1/
Créditos refaccionarios y operaciones de arrendamiento financiero para inversiones fijas hasta 50% del costo del precio de la prima. En proyectos elegibles en el Programa de Fomento a la Innovación en el Sector Agroalimentario, para la cobertura nominal hasta del 80% en créditos para inversión fija se cobrará el precio equivalente a la cobertura nominal del 50%. El diferencial en el precio de ambas primas de garantía será subsidiado a las empresas acreditadas y será cubierto con los recursos que SAGARPA, CONACYT u otra entidad destinen para tal fin o, en su caso, con recursos de FEGA de acuerdo al presupuesto específico autorizado por los Comités Técnicos.
Proyectos con beneficio al medio ambiente hasta 50% del costo del precio de la prima.
Créditos de hasta 33,000 UDIS por acreditado otorgados por intermediarios financieros participantes en el PROAF, hasta 70% del costo del servicio de la prima.
Para preservar el incentivo a los intermediarios financieros para hacer un buen seguimiento de su cartera, el precio del Servicio de Garantía FEGA será el valor que resulte mayor entre los precios con apoyo y:
a. El precio sin apoyo menos 53 pb (si la cobertura nominal es de hasta el 40%).
b. El precio sin apoyo menos 71 pb (si la cobertura nominal es mayor del 40% y hasta el 50%).
c. El precio sin apoyo menos 50 pb (en el caso del servicio FEGA complementario al FONAGA).El Comité Técnico de FIRA podrá determinar porcentajes de apoyo mayores en función de prioridades o situaciones específicas, sin rebasar el 90%.
1/ Los proyectos que contribuyen para mitigación a la volatilidad de precios serán elegibles conforme a los criterios que establezca FIRA
 
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Apertura de Centros de
Atención de IFNB y
Entidad Financiera, que
operan en forma directa
con FIRA
Hasta el 70% del costo de apertura
Compromiso de incremento de operación 2 millones de UDIS en los segmentos de Microempresa, Empresa Familiar y Pequeña Empresa (descuento o garantía sin fondeo) por Centro de Atención.
175,000 UDIS por
Centro de
Atención
Por única vez por Centro de
Atención
El pago del apoyo se hará en forma proporcional al cumplimiento del compromiso de incremento de operación. Los montos comprometidos son independientes a los del apoyo para Expansión de Estructuras.
El reembolso se realizará posterior a la finalización del periodo de apoyo o al cumplimiento del 100% del compromiso de incremento de operación.
 
Servicios de:
Modalidades, Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Corresponsales 1/
Los beneficiarios deben incrementar la operación en descuento y/o garantía sin fondeo, con productores de los segmentos de Microempresa, Empresa Familiar y Pequeña Empresa, equivalente a 1 millón de UDIS, en nuevos corresponsales que operen en poblaciones de hasta 50,000 habitantes, durante el periodo de 365 días naturales.
Hasta 3000 UDIS
por Corresponsal
para adquisición
de equipo
 
Por única vez por Corresponsal
1/ El IF podrá solicitar apoyo para más de un Corresponsal.
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Respaldo de
Financiamientos
Respaldar créditos elegibles otorgados por los Intermediarios Financieros con un importe de hasta 160,000 UDIS
En función de la disponibilidad
presupuestaria.
Por única vez por
proyecto.
 
Servicios de:
Modalidades y Monto de Apoyo Máximo
Límite Máximo
Temporalidad
Adquisición de
Cobertura de Precios
a. Actividades primarias del Sector Agrícola y Pesquero:
Hasta el 50% del costo de la cobertura (excluyendo comisiones de correduría).
15,000 UDIS por acreditado final
Anual
b. Actividades primarias del Sector Pecuario:
Hasta el 50% del costo de la cobertura (excluyendo comisiones de correduría)
55,000 UDIS por acreditado final, considerándose dentro de este monto hasta 15,000 UDIS para coberturas de insumos
Anual
c. Procesadores, consumidores y/o comercializadores (con contrato de compra-venta), de empresas de productores primarios o empresas con programas de desarrollo de proveedores o parafinancieras
Hasta 50% del costo de la cobertura (excluyendo comisiones de correduría)
15,000 o 55,000 UDIS por acreditado final, sin que el importe de apoyo total por proyecto exceda al monto que se les haya apoyado a los productores primarios para coberturas de precio
Anual
 
3.1.7. TRÁMITE PARA EL APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS
3.1.7.1. PROCEDIMIENTO DE SELECCION
En los servicios para Capacitación, Consultoría, Expansión de Estructuras de Intermediarios Financieros, y EP, EMC y EF y Apertura de Centros de Atención, la selección de los Beneficiarios de los Apoyos inicia a partir de que la oficina de FIRA que corresponda recibe de la Población Objetivo la solicitud y los documentos adicionales debidamente requisitados, y continúa con la revisión, evaluación y dictamen de la viabilidad de la solicitud de Apoyo considerando como criterios de resolución, los establecidos en las Reglas; así como a la disponibilidad presupuestal. Las solicitudes que cumplan con lo anterior y que estén completas serán atendidas conforme al principio de primeras entradas-primeras salidas.
El proceso de selección termina una vez que la población objetivo recibe respuesta oficial a su solicitud. La respuesta a la solicitud se dará en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de su ingreso a la Unidad Administrativa de FIRA. Cuando la solicitud esté incompleta y/o incorrecta, FIRA informará al solicitante que debe completar y/o corregir la solicitud en un plazo no mayor de 5 días hábiles, Vencido este plazo, la solicitud será rechazada automáticamente. Si la solicitud es presentada dentro del plazo establecido con la documentación corregida y completa, comenzará a contabilizarse el plazo de 10 días hábiles para emisión de respuesta. Si al presentar la solicitud por segunda vez ésta se encuentra incompleta o incorrecta se rechazará de manera definitiva.
Los apoyos correspondientes a Reducción de Costos Financieros, Precio del Servicio de Garantía y Coberturas de Precios, son gestionados por la Población Objetivo a través de los sistemas informáticos de FIRA, y son atendidos conforme se van presentando, así mismo la respuesta a la solicitud se expide en dichos sistemas, con base a los criterios de elegibilidad y disponibilidad de recursos presupuestales.
3.1.7.2. REQUISITOS PARA ACCEDER AL APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS
La población objetivo podrá solicitar los apoyos de su interés, a través de la oficina de FIRA que le corresponda de acuerdo a su ubicación geográfica, previa presentación de la documentación siguiente:
a.     Solicitud del apoyo, anexando la información complementaria de acuerdo al tipo de servicio solicitado, y conforme a los formatos establecidos según corresponda:
Modalidades del Servicio
Documentación requerida
Anexo
1
Anexo
3
Anexo
3B
Anexo
3C
Anexo
3G
Capacitación Nacional o en el Extranjero
X
X
X
 
 
Consultoría
X
X
 
X
 
Expansión de Estructuras de IFB
X
X
 
 
X
Expansión de Estructuras de EP, EMC y EF
X
X
 
X
X
Apertura de Centros de Atención
X
X
 
 
X
Corresponsales
X
X
 
 
X
Respaldo de Financiamientos
X
X
 
 
 
De manera adicional se incluirá lo siguiente:
 
b.     Identificación oficial del solicitante, o del representante legal en el caso de personas morales.
c.     Presupuesto y cotizaciones de los proveedores de servicio, que incluya conceptos y montos que apliquen.
d.     Para el Servicio de Expansión de Estructuras incluir en formato libre el Plan de Contratación de Personal relacionado con el proceso de crédito.
e.     Para el Servicio de Respaldo de Financiamientos incluir el proyecto de inversión a financiar incluyendo el instrumento financiero para respaldar dicho financiamiento y la carta de autorización del crédito o términos y condiciones expedida por el Intermediario Financiero correspondiente o contratos de crédito de la línea con la empresa parafinanciera en su caso.
f.     Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social o declaratoria de no estar obligado a inscribirse en el IMSS.
g.     Cuando algún servicio de capacitación se realice a iniciativa de FIRA, se debe presentar únicamente la documentación mencionada en el punto "c" anterior, y la solicitud se sustituirá por una justificación.
Apoyos en Reducción de Costos Financieros y Precio del Servicio de Garantía:
a.     Los apoyos los tramitan los Intermediarios Financieros al momento de descontar los créditos y/o contratar el servicio de garantía FEGA, este trámite sustituye la solicitud del acreditado final.
b.     Los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación vigente. Al efecto, FIRA consultará el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los solicitantes susceptibles de recibir apoyos.
3.1.7.3. MECANICA OPERATIVA DEL APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS
En el caso de los servicios para Capacitación, Consultoría, Expansión de Estructuras de Intermediarios Financieros, EP, EMC, EF, Corresponsales y Apertura de Centros de Atención, la mecánica operativa es la siguiente:
a)    En los servicios para capacitación y consultoría, el solicitante debe presentar, en la oficina de FIRA correspondiente, la documentación señalada en 3.1.7.2, dentro de un plazo de al menos 10 días hábiles previos al inicio del evento. Para el caso de los servicios para Expansión de Estructuras de Intermediarios Financieros, EP, EMC y EF, Corresponsales y Centros de Atención, se deberá presentar la documentación en un plazo máximo de 60 días naturales posteriores a la contratación de los servicios respectivos.
b)    Los solicitantes deberán presentar a FIRA la documentación para el reembolso del apoyo autorizado en un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de terminación del servicio. En caso que la documentación sea presentada después de dicho plazo, no se realizará el reembolso correspondiente.
c)     Para recibir el reembolso correspondiente, el solicitante deberá presentar lo siguiente:
1)   Acta de Entrega-Recepción y reporte de aplicación de recursos de los Apoyos para el Fomento a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural a través de los fideicomisos que integran FIRA (Anexo 5).
2)   Relación de beneficiarios, conforme al Anexo 4.
d)    El solicitante recibirá los recursos en la cuenta bancaria que haya indicado, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la presentación de la documentación completa y correcta, descrita en el inciso "c" anterior.
Lo anterior excepto para los apoyos para Precio del Servicio de Garantía y Reducción de Costos Financieros, los cuales se pagarán de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.1.7.
El comprobante fiscal emitido por FIRA y el Acta de Entrega-Recepción y reporte de aplicación de recursos
forman parte del expediente del otorgamiento del apoyo, y por tanto constituyen prueba documental que certifica la entrega de recursos.
Para los casos de Consultoría y Expansión de Estructuras de Intermediarios Financieros los Prestadores de Servicios Especializados que requieran obtener el registro (en los casos en que proceda) deben presentar a la Unidad Administrativa correspondiente a su domicilio geográfico los requisitos establecidos en el Anexo 11 ésta revisará, analizará y de proceder, realizará el trámite correspondiente e informará al Prestador de Servicios Especializados el resultado.
En el caso del Respaldo de Financiamientos:
a.     El solicitante debe presentar en la oficina de FIRA, la documentación señalada en el numeral 3.1.7.2. dentro de un plazo mínimo de 20 días naturales previos a la disposición de los créditos.
b.     El solicitante recibirá la respuesta dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles posteriores a que presente la documentación completa y correcta.
c.     El solicitante deberá suscribir un convenio de concertación que estipule los compromisos y obligaciones para el uso adecuado de los apoyos.
d.     Para recibir el reembolso correspondiente, el solicitante debe presentar lo siguiente:
1)   Copia del contrato del crédito relativo al proyecto de inversión.
2)   Carta en la que el solicitante, o el representante legal de la persona moral solicitante, manifieste no haber solicitado o recibido apoyos para el mismo proyecto con otras fuentes.
3)   Relación de beneficiarios, conforme al Anexo 4.
El solicitante recibirá los recursos en la cuenta bancaria que haya indicado, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la presentación de la documentación completa y correcta, descrita en el inciso "d" anterior.
El comprobante del depósito de los apoyos para Reducción de costos financieros (tasa de interés), y Adquisición de Cobertura de Precios que FIRA realice en la cuenta del acreditado, será el documento que acredite la entrega recepción del apoyo.
En aquellos casos donde FIRA reciba una prestación de servicio, el prestador deberá proporcionar comprobante fiscal.
3.1.8. PARTICIPANTES
3.1.8.1. EJECUTORES
Para todos los Apoyos el ejecutor será FIRA a través de las unidades administrativas internas que se especifiquen en sus procedimientos.
3.1.8.2. INSTANCIAS NORMATIVAS
El Comité Técnico de cada Fideicomiso.
4. OPERACIÓN
4.1. PROCESO
Los solicitantes presentarán su solicitud en la oficina de FIRA que por su ubicación geográfica más les convenga, excepto los apoyos cuya solicitud se realiza vía electrónica, a través de los sistemas respectivos de FIRA. Dicha oficina entregará la respuesta a las solicitudes de apoyo conforme a la elegibilidad, cumplimento de los requisitos establecidos en estas Reglas de Operación y disponibilidad de recursos presupuestales.
Circunstancias especiales: FIRA podrá otorgar apoyos en condiciones diferentes a las señaladas en el numeral 3.1, debiendo presentarse la solicitud en la Oficina de FIRA correspondiente. Las solicitudes que por sus características no se ajustan a las condiciones establecidas en las presentes Reglas de Operación, deberán someterse a la consideración de las instancias facultadas de FIRA, mismas que valorarán la disponibilidad de recursos, así como la prioridad e importancia de los apoyos.
 
Las solicitudes de apoyo se autorizarán en base a las Reglas de Operación vigentes, y conservarán las condiciones de autorización durante la vigencia del apoyo correspondiente. No obstante, la entrega de los recursos a los solicitantes quedará sujeta a la disponibilidad de recursos presupuestales. En caso de que no se cuente con recursos presupuestales, quedarán sin efecto las autorizaciones de apoyos.
Todos los Apoyos que constituyan un subsidio o estímulo en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación, deberán cumplir con las disposiciones fiscales en los términos publicados en el Diario Oficial de la Federación.
Para los Apoyos que contemplan servicios que por sus características de ciclo productivo y periodo de operación incluya dos ejercicios fiscales para su realización y pago, se podrá refrendar el Apoyo con cargo al presupuesto del siguiente ejercicio fiscal siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal.
Cuando no se cumpla con lo contemplado en las presentes Reglas de Operación, FIRA podrá suspender el otorgamiento de apoyos al beneficiario final.
Las peticiones o requerimientos de apoyo que impliquen la interpretación de las presentes Reglas de Operación serán canalizados por conducto de las áreas de promoción, quien coordinará las respuestas y notificará al solicitante.
Los importes de los apoyos referenciados a UDIS mencionados en las presentes Reglas de Operación deberán convertirse a moneda nacional, utilizando el valor de la UDI publicada para el 1o. de enero del ejercicio fiscal en que se autorice el apoyo.
FIRA podrá destinar para gastos de operación hasta el 2% de los recursos asignados anualmente al presente Programa, para contratación de servicios que coadyuven en la operación, control, evaluación y seguimiento de los apoyos del programa.
4.1.1. PLAZOS PREVENTIVOS
FIRA dispone de hasta cinco (5) días hábiles para la revisión preliminar de la solicitud y de los requisitos complementarios que presente el beneficiario final, así como para emitir el aviso en caso que la documentación esté incompleta y/o incorrecta.
El solicitante, dispone de hasta cinco (5) días hábiles para corregir y/o completar la solicitud y los requisitos complementarios. De no recibir respuesta, FIRA dará por cancelada dicha solicitud.
Una vez que FIRA recibe la solicitud y los documentos complementarios, correctamente requisitados, se contabilizan los plazos para dar respuesta, mismos que se establecen en el apartado de Mecánica Operativa, según corresponda para cada programa de apoyo.
Los formatos requeridos por FIRA se detallan en los Anexos 1, 2, 3, 3A, 3B, 3C, 3D, 3E, 3F, 3G, 4, 5 y 6, de las presentes Reglas de Operación. En el Anexo 8 se presenta el diagrama de flujo del proceso de selección para los primeros dos Apoyos, mientras que la selección correspondiente al Apoyo para Ampliar la Cobertura de Servicios Financieros, específicamente para el apoyo en reducción de costos financieros y el apoyo en el precio de la prima de garantía FEGA, se realiza por los Intermediarios Financieros según sus procedimientos y sanas prácticas bancarias.
4.2. DERECHOS, SANCIONES Y RESPONSABILIDADES
4.2.1. DE APLICACION GENERAL
Los apoyos otorgados al amparo de las presentes Reglas de Operación, estarán destinados exclusivamente para los fines establecidos en las mismas; en consecuencia, los solicitantes se obligan a aplicarlos únicamente para los fines que en ellas se contemplan.
Los beneficiarios de este programa deben cumplir con las disposiciones establecidas en las presentes reglas de operación.
Los solicitantes tendrán derecho a exigir un trato equitativo, indistintamente del tipo de persona o género que lo solicite; a cambio deberán cumplir con los requisitos y las condiciones establecidas en las presentes Reglas de Operación.
 
FIRA puede rechazar los apoyos solicitados cuando se presenten las siguientes situaciones:
a. Cuando el solicitante proporcione información o documentación falsa o alterada para comprobar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad.
b. Cuando el solicitante gestione apoyos a través de un apoderado con antecedentes negativos con FIRA.
c. Cuando el proveedor que vaya a prestar servicios al solicitante tenga antecedentes negativos con FIRA.
d. Cuando no sea positivo el resultado de la consulta al SAT y/o del IMSS.
FIRA puede solicitar la devolución de apoyos ya otorgados más un costo financiero equivalente a dos veces la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) promedio a plazo de 28 días, publicada por el Banco de México vigente en el periodo y durante el término del incumplimiento y suspender el otorgamiento de nuevos apoyos, cuando se presenten las siguientes situaciones:
a. Proporcionar información o documentación falsa o alterada para comprobar el destino de los apoyos otorgados.
b. Proporcionar documentación falsa o alterada para obtener el apoyo respectivo.
c. Impedir o no dar facilidades para los actos de inspección o verificación por parte de personal de FIRA, de otras instancias autorizadas para ello y a quien FIRA designe para realizar esta labor.
d. Desviar los apoyos a fines distintos para los que fueron otorgados y/o haberlos invertido parcialmente.
e. Para los apoyos en Reducción de Costos Financieros, Precio de Garantía y Coberturas de Precios, si el Intermediario Financiero y/o el solicitante no captura en forma completa y correcta, en el tiempo establecido, el listado de acreditados finales o beneficiarios, se cancela el apoyo por la parte o proporción del crédito o apoyo atribuible a los acreditados finales o beneficiarios no registrados correctamente.
Cuando se presente alguna de las causales anteriores, FIRA solicitará la devolución del apoyo más el costo financiero, otorgando un plazo de hasta 30 días hábiles para que realicen la devolución, el plazo mencionado empezará a contar a partir de la fecha en que reciban la notificación. Así mismo, FIRA le suspenderá al beneficiario final el otorgamiento de apoyos desde el momento de la notificación hasta un año después de que regularicen esta situación. Para el caso del Apoyo Reducción de Costos Financieros (Tasa de interés y prima del servicio de garantía) cuando el beneficiario vuelva a estar al corriente de sus obligaciones financieras podrá ser susceptible de apoyo para los siguientes financiamientos.
En los casos en que los beneficiarios finales no realicen la devolución durante el plazo antes mencionado, FIRA procederá a registrarlos en sus controles de elegibilidad, a efecto de que continúe la suspensión en el otorgamiento de nuevos apoyos.
Los apoyos previstos en las presentes Reglas de Operación no se otorgarán a las personas físicas o morales que hayan ocasionado castigo o quebranto, por alguna operación de crédito, a las Instituciones de Banca de Desarrollo, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero o los fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal. Dicha prohibición aplica a los solicitantes de cualquier apoyo, así como a quienes soliciten los recursos para proveer a tales solicitantes los bienes o servicios objeto de los apoyos previstos en estas Reglas de Operación.
Los solicitantes de apoyos, que hayan generado un castigo o quebranto a la Banca de Desarrollo, Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero o fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal, cuyo saldo actual sea menor al equivalente a 1,000 UDIS serán elegibles de recibir apoyos de FIRA, cumpliendo con los demás requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación.
Para ello, a partir de la fecha de publicación de estas reglas en el Diario Oficial de la Federación, FIRA deberá consultar en la página de Internet que para tal efecto estableció la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, si el solicitante ha ocasionado castigo o quebranto a las Instituciones de Banca de Desarrollo, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero o los fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal; y por ende no pueda recibir apoyo. Lo anterior se realizará previo poder y autorización del solicitante, a través del formato que se presenta como Anexo 1.
 
Las Instituciones de Banca de Desarrollo, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y los fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal deberán informar lo conducente a FIRA a través de la página de Internet señalada en el párrafo anterior, a más tardar en los tres días hábiles siguientes a la solicitud que reciban. Si en tal plazo no se proporcionara la información, se entenderá que el solicitante no ha causado quebranto o castigo a dichas entidades.
Para el caso de los apoyos en los que se cuente con la consulta de las sociedades de información crediticia, ésta puede utilizarse como constancia de la consulta.
4.2.2. RESPONSABILIDADES
De los solicitantes de los apoyos:
a.     Son responsables de cumplir con los requisitos y condiciones vigentes del apoyo que se solicita.
b.     Proporcionar a FIRA la información y documentación complementaria que le sea requerida para el otorgamiento, seguimiento y control de los apoyos previstos en las presentes reglas.
c.     Los intermediarios financieros y/o FIRA a solicitud del beneficiario, registrarán las solicitudes de apoyos en los sistemas que FIRA tiene establecidos para tal fin, en los plazos señalados.
d.     La correcta aplicación de los apoyos establecidos en las presentes Reglas de Operación es responsabilidad exclusiva de los solicitantes, y no los exime del cumplimiento de sus obligaciones ante terceros.
e.     Dar las facilidades para que FIRA o a quien éste designe, pueda realizar la supervisión a los apoyos otorgados.
De FIRA
a.     Atender las solicitudes que presenten los solicitantes y otorgar los apoyos requeridos conforme a los criterios de elegibilidad contenidos en las presentes reglas.
b.     En los casos en que los solicitantes no realicen la devolución de recursos solicitada por las causales previstas en las presentes reglas, FIRA deberá registrarlos en sus controles de elegibilidad.
c.     Registrar en sus controles de elegibilidad a los proveedores de servicios (técnicos o despachos) que incurrieron en irregularidades en la gestión y operación de apoyos al amparo de las presentes reglas.
4.2.3. SUPERVISION
FIRA llevará a cabo el seguimiento y supervisión de la aplicación de los subsidios materia de las presentes Reglas a fin de que los mismos se apliquen de manera transparente en su distribución y comprobación verificando que sean canalizados a la población objetivo.
4.3. COORDINACION INSTITUCIONAL
Las acciones realizadas respecto a los apoyos previstos en las presentes Reglas de Operación serán informadas, a través de la Coordinadora, a la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable, al Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, pudiendo adicionalmente evaluar alternativas de coordinación con otras instancias y dependencias a partir de las recomendaciones que al respecto pudiera emitir la Comisión Intersecretarial referida.
Las Reglas de Operación y las políticas de FIRA son aprobadas por sus Comités Técnicos, en los cuales participan, entre otros, instituciones y dependencias de los sectores financiero, agropecuario, forestal, pesquero y rural, con lo que se procura la no duplicidad de programas en los sectores de atención.
Independientemente, FIRA llevará a cabo la coordinación con diversas entidades y organismos públicos y privados a nivel nacional e internacional, estableciendo en algunos casos convenios de concertación para el desarrollo de proyectos específicos de interés común y cuyo propósito principal sea el desarrollo y fortalecimiento de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural del país.
Con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades nacionales, el Programa, dentro del ámbito de sus disposiciones y de acuerdo a lo establecido en las presentes reglas de operación, en su caso, podrá identificar e implementar acciones que contribuyan al logro de los objetivos de la Cruzada contra el Hambre. Dichas acciones, conforme a las presentes reglas, podrán atender a los hogares y sus integrantes
que se encuentren en situación de pobreza extrema de alimentación, evaluados e identificados a partir de la información socioeconómica integrada al Sistema de Focalización de Desarrollo (SIFODE). Lo anterior, con base en los Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares y disponibles en la dirección: www.sedesol.gob.mx
Para implementar dichas acciones, el Programa podrá realizar los ajustes necesarios en su planeación y operación, estableciendo los acuerdos, la coordinación y vinculación interinstitucional correspondientes, sin menoscabo de lo establecido en las presentes reglas de operación y de las metas establecidas, así como en función de la capacidad operativa y disponibilidad presupuestal.
La Unidad Responsable del Programa deberá informar las acciones, presupuesto y avances en las metas e indicadores de las acciones que se desarrollen para dar cumplimiento a los objetivos de la Cruzada.
4.4. EJECUCION
4.4.1. AVANCES FISICOS Y FINANCIEROS
Por lo que se refiere a los apoyos que le corresponde operar, FIRA elaborará trimestralmente el reporte de los avances físicos y financieros de las acciones bajo su responsabilidad. Esta información permitirá conocer la eficiencia de la operación de los apoyos en el periodo que se reporta y será utilizada para integrar los informes institucionales que el Director General de FIRA presentará trimestralmente a sus Comités Técnicos, en los cuales se incluirá el avance de los indicadores del Anexo 7.
Adicionalmente, FIRA en cumplimiento a lo establecido en los artículos 78 tercer párrafo de la LFPRH y 181 del Reglamento de la LFPRH remitirá a la Cámara de Diputados el informe trimestral de avance de sus programas operados con recursos aprobados por el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación (DPEF), de acuerdo a lo que establecen los mencionados artículos.
4.4.2. CIERRE DE EJERCICIO
FIRA integrará el cierre de ejercicio programático presupuestal anual para cada uno de los apoyos a su cargo. Lo remitirán en documento y medios magnéticos, conforme a los plazos establecidos, a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y a las instancias correspondientes.
4.4.3. RECURSOS NO DEVENGADOS
En virtud de que los recursos fiscales asignados en el DPEF a FEGA son transferencias para inversión financiera, éstos se consideran recursos patrimoniales, por lo que no aplica su reintegro a la Tesorería de la Federación.
5. AUDITORIA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
Los recursos que la Federación otorga a través de los Programas de Apoyo de FIRA, podrán ser revisados por la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, la Tesorería de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
La SFP podrá practicar auditorías a través de sus áreas centrales o del Órgano Interno de Control (OIC).
Cuando las auditorías sean realizadas por las áreas centrales de la SFP, ésta informará los resultados a la Instancia Ejecutora y encargará su seguimiento al OIC.
En el caso de las auditorías que realice el OIC, los resultados obtenidos, válidos, significativos y debidamente fundamentados, se comunicarán al término de cada una de las revisiones a la Instancia Ejecutora, y trimestralmente a la SFP mediante el sistema de información establecido para tal fin.
El seguimiento a la instrumentación de las recomendaciones efectuadas para subsanar las observaciones determinadas, se realizará de conformidad al programa anual de trabajo del OIC.
De los resultados de las auditorías y revisiones, en los casos en que por su importancia se amerite, se dará conocimiento a la USVP.
En los casos en que exista probable responsabilidad en las observaciones determinadas, se enviará al área de responsabilidades para el trámite correspondiente.
 
5.1. INTEGRACION DE PADRONES
En los casos que así se requiera, se integrará un padrón de los beneficiarios para cada Apoyo, en los términos establecidos en el artículo 177 del reglamento de la LFPRH, mismo que formará parte del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales creado a partir del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2006.
En igual sentido, se integrará un padrón de los Intermediarios Financieros que participan en la distribución de los apoyos gubernamentales del Programa, o en su caso, como beneficiarios de éstos.
Ambos padrones y sus actualizaciones se enviarán a la SFP y serán integrados al Informe Trimestral, con base a lo que se establece en la LFPRH y a los lineamientos del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales.
5.2. APLICACION DE CRITERIOS DE REGULACION BASICA Y NORMAS DE CONTABILIDAD
Los Intermediarios Financieros que participan como mecanismos de distribución de estos apoyos, o sean beneficiarios de los mismos, deberán aplicar criterios y normas de regulación básica y de contabilidad.
Los Intermediarios Financieros actualmente regulados por la CNBV continuarán observando las disposiciones emitidas por esa entidad en esta materia.
En el caso de los Intermediarios Financieros no regulados por la CNBV que reciben apoyos o que participen como mecanismos de distribución de apoyos tendrán la obligación de aplicar los criterios de regulación prudencial básica y normas de contabilidad que define FIRA en sus Condiciones Generales de Operación, así como generar y entregar a FIRA información que posibilite su evaluación como Intermediario Financiero.
6. EVALUACION
6.1. INTERNA
El Director General de FIRA presentará trimestralmente a los Comités Técnicos un informe del desempeño del programa de apoyos. Dicho informe incluirá una evaluación mediante los indicadores del anexo 7 que se presenten para seguimiento e información.
6.2. EXTERNA
En cumplimiento con lo establecido en los artículos 78 de la LFPRH, 180 del Reglamento de la LFPRH y el DPEF para el ejercicio fiscal correspondiente, FIRA presentará la evaluación que corresponda conforme a lo dispuesto en los Lineamientos Generales de Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de Evaluación emitido por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL). La evaluación se realizará por institución académica, de investigación u organismo especializado, de carácter nacional o internacional, que cuente con reconocimiento y experiencia en la materia de cada apoyo en los términos de las disposiciones emitidas por la SHCP y la SFP de evaluación de cada programa.
7. TRANSPARENCIA
7.1. DIFUSION
Estas Reglas se publicarán en el Diario Oficial de la Federación en términos del artículo 77 de la LFPRH y la Instancia Ejecutora las difundirá en su página de Internet.
Asimismo, de acuerdo a la infraestructura y recursos disponibles FIRA dará difusión a nivel nacional a los apoyos a su cargo y se promoverán acciones similares por parte de sus oficinas en el interior del país. La información de los Apoyos se dará a conocer en la respectiva página de Internet de FIRA.
Las copias de los expedientes técnicos de los proyectos estarán disponibles oportunamente para su consulta en las oficinas que en el interior de la república tenga FIRA. La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de cada apoyo, deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
La información de montos y beneficiarios deberá ser publicada en la página oficial de FIRA: www.fira.gob.mx.
 
7.2. CONTRALORIA SOCIAL
La Contraloría Social estará a cargo de los miembros de la comunidad o instancia asociativa de los beneficiarios.
Con el propósito de incorporar a la ciudadanía en el control, vigilancia y evaluación de los apoyos, FIRA promoverá la formación de Comités de Contraloría Social que transparenten la operación de los apoyos considerados en las presentes Reglas de Operación.
Las acciones a fomentar serán las siguientes:
a.    Informar a la ciudadanía acerca de los apoyos otorgados, derechos y obligaciones de los mismos.
b.    Capacitar a los beneficiarios para que se constituyan en instancias de vigilancia y evaluación social.
c.     Establecer espacios de comunicación (reuniones vecinales, atención directa a beneficiarios, etc.).
d.    Promover la integración de organizaciones de la sociedad civil en acciones de contraloría social.
e.    Instrumentar mecanismos de captación y atención de quejas y denuncias.
La SFP y el OIC en FIRA verificarán, en lo correspondiente, la realización de dichas acciones.
8. QUEJAS Y DENUNCIAS
El Órgano Interno de Control a fin de regular y unificar el proceso de atención ciudadana así como la atención de resolución de procedimientos respecto a la actuación de los servidores públicos de los Fideicomisos FONDO, FEFA, FEGA y FOPESCA, acorde con el ejercicio de sus funciones y tomando en consideración la calidad en la prestación de los servicios que brinda FIRA, enuncia a continuación los criterios técnicos y operativos para llevar a cabo dicha actuación, a efecto de dar una respuesta oportuna a la población y constituirse en una unidad segura y confiable para la promoción y participación ciudadana.
8.1. MECANISMOS, INSTANCIAS Y CANALES
En cumplimiento al artículo 8o. Constitucional que establece el derecho de petición, es decir la obligación de la autoridad de dar respuesta a las peticiones ciudadanas y conforme a las facultades conferidas al Órgano Interno de Control en términos de lo dispuesto por los artículos 108, 109 y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37 fracciones XII, XVI y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3o. fracción III y 4o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y 1, 2 inciso C, 66 y 67 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; para vigilar, investigar y sancionar las conductas irregulares de los servidores públicos federales, aplicar la Ley en la materia, así como para recibir quejas, denuncias, consultas y sugerencias que presente la ciudadanía, relacionadas con la actuación de los servidores públicos y, desde luego, lo relacionado con la calidad de los trámites y servicios gubernamentales; en este contexto se establecen los siguientes mecanismos, instancias y canales, a efecto de que sean debidamente desahogadas.
8.1.1. MECANISMO
Las peticiones ciudadanas, quejas, denuncias, sugerencias y/o solicitudes, para ser tramitadas deberán reunir los requisitos de existencia y validez, conocidos como de fondo y forma, siendo los primeros la voluntad y objeto, y los segundos la capacidad, ausencia de vicios y legalidad.
Por tanto, será responsabilidad de la instancia captadora, verificar que las mismas reúnan los elementos de fondo y forma descritos, es decir:
a.     Que exista la voluntad libre del interesado en pleno uso de sus facultades físicas, mentales y con goce de sus derechos.
b.     Que esa voluntad se manifieste con la presentación de la petición ciudadana, queja, denuncia, sugerencia y/o solicitud.
c.     Que se formule con el propósito de hacer del conocimiento, en su caso, de la autoridad competente la conducta irregular en que incurrió, presuntamente, el servidor público en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, o bien, el servicio que no fue prestado o fue prestado en forma deficiente, estableciendo las circunstancias de tiempo, lugar y modo o circunstancias de ejecución, con el fin de generar efectos de derecho.
 
8.1.2. INSTANCIAS CAPTADORAS
La ciudadanía podrá presentar sus peticiones ante las siguientes instancias captadoras:
a.     En el de Área de Quejas ubicada en Oficina Central de FIRA.
b.     En la Unidad de Servicios ubicada en la Ciudad de México.
c.     En los buzones de quejas y denuncias ubicados en todas las oficinas de FIRA en la República Mexicana, así como en el buzón electrónico de la página de transparencia de FIRA.
d.     Vía telefónica, a través de los servidores públicos autorizados para la captación de peticiones ciudadanas e inconformidades.
8.1.3. CANALES
La ciudadanía podrá formular sus peticiones relacionadas con el actuar de los servidores públicos o con los servicios que presta FIRA en forma directa, telefónicamente, a través de medios electrónicos o por correspondencia, por conducto de las instancias captadoras ya enunciadas.
En la página de Internet www.fira.gob.mx pueden ser consultados los domicilios y números telefónicos de las oficinas de FIRA en todo el país.
TRANSITORIOS
Primero: Para los apoyos descritos en las presentes Reglas, se podrá participar conjuntamente con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y Gobiernos Estatales y Municipales, con la finalidad de homogenizar criterios y complementar los apoyos que se otorgan a la población del Sector Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural, en el ámbito de competencia de cada dependencia o entidad.
Segundo: Conforme al Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, FIRA orientará sus esfuerzos a favorecer los objetivos de dicha Cruzada.
Tercero: Los formatos que deben ser requisitados por los beneficiarios para acceder a los apoyos definidos en las presentes Reglas de Operación se encuentran publicados en la página de Internet www.fira.gob.mx, en la opción "Reglas de Operación para Apoyos a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural".
Cuarto: Para los apoyos de FIRA a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural cuyos padrones sean sujetos de envío al Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPP-G) que administra la Secretaría de la Función Pública, se solicitará a la población objetivo su domicilio geográfico, conforme a lo establecido en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010.
Quinto: A partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, las presentes Reglas de Operación serán las únicas aplicables para los apoyos que administra FIRA, por lo que quedará sin efecto cualquier otra Regla de Operación, adición, actualización o modificación que se hubiera publicado con anterioridad a éstas.
Sexto: FIRA deberá contribuir, en lo que corresponda, al fortalecimiento del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, con el fin de obtener el domicilio geográfico de Ia Población Objetivo de los Programas de Apoyo, de conformidad con lo establecido en el punto Cuarto transitorio anterior para lo cual se apegará al modelo de estructura de datos de domicilio geográfico establecido en Ia Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitida para el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el pasado 8 de noviembre de 2010 y publicada en el Diario Oficial de Ia Federación el 12 de noviembre de 2010, de conformidad con el Oficio Circular Conjunto Números 801.1.-271 y SSFP/400/118/2010 emitido por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Ia Función Pública el 18 de noviembre de 2010.
Séptimo: FIRA para el otorgamiento de los apoyos a los beneficiarios del presente Programa sujeto a Reglas de Operación, avanzará, en lo que corresponda, en la instrumentación de un mecanismo de dispersión vía electrónica, mediante el uso de productos bancarios.
Octavo: FIRA cumplirá con lo establecido en el numeral 11 de los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados el 30 de enero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación.
Las presentes Reglas de Operación se expiden en la Ciudad de México, el día 14 de febrero de dos mil
diecinueve.- El Director General de FIRA, Rafael Gamboa González.- Rúbrica.
ANEXO 1: AUTORIZACION PARA VERIFICAR POSIBLES QUEBRANTOS O CASTIGOS A LA BANCA DE DESARROLLO Y CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES DE ACUERDO AL ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
México, __ a ________________
(Oficina FIRA ante la que se solicita el apoyo)
Presente
(Nombre y datos de identificación del solicitante del apoyo y de su representante legal, en su caso), por medio del presente otorgo poder y autorizo al Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO); Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA); Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA) y al Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA), en su conjunto FIRA, para que solicite y obtenga de las instituciones de banca de desarrollo, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y los fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal, a través de la página de Internet que para tal efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de Administración Tributaria, la información que permita verificar que (el que suscribe o mi representada, según el caso) no ha ocasionado quebranto o castigo a las referidas entidades financieras derivado de alguna operación de crédito y que se encuentra al corriente de las obligaciones fiscales de acuerdo al Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y miscelánea fiscal vigente. Asimismo, otorgo poder y autorizo al Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO); Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA); Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA) y al Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA), en su conjunto FIRA, a las instituciones de banca de desarrollo, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y los fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal, para que proporcionen la mencionada información a la (Oficina FIRA ante la que se solicita el apoyo).
Lo anterior, exclusivamente para acreditar el requisito previsto en el numeral 3. LINEAMIENTOS de las Reglas de Operación para Apoyos a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural.
Atentamente
ANEXO 2: REPORTE DE LA APLICACION DE CREDITO Y SEGUIMIENTO
Prestador de Servicios Especializados: _________________________________
Clave de habilitación o registro: ____________
Fecha de descuento del crédito: ____ de ___________ de _______
 
Fecha de primera amortización: ____ de ___________ de _______
Fecha de verificación de inversiones realizadas: ___ de______________ del 20___
Agencia FIRA: ______________________________
Nombre del
acreditado
Intermediario
Financiero
ID del
crédito
Montos de crédito
otorgados ($) 1/
Municipio y
Estado
Inversión programada
Inversión realizada
Avío
Refaccionario
Nombre y
unidades
Monto
Nombre y unidades
Monto
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Descripción de la situación que guarda la empresa previo al fin del ciclo en el caso de créditos de avío y del primer vencimiento en el caso del crédito refaccionario, respecto de las posibilidades de pago:
 
Nombre y firma del representante
del Prestador de Servicios Especializados
registrado por FIRA.
Nombre y Firma
del acreditado o representante legal
1/ Se deberá de elaborar un reporte de aplicación de crédito para cada financiamiento. En el caso de personas morales se deberá elaborar reporte de aplicación y seguimiento de al menos 10 acreditados finales o del total si no rebasa este número.
Lugar y fecha:
ANEXO 3: SOLICITUD DE APOYO
____________________, _____ a ___ de _________de ____
Nombre de la oficina FIRA
Nombre del titular de la oficina FIRA.
Por medio de la presente, en mi carácter de representante legal y actuando por cuenta y orden de los beneficiarios finales, solicitamos a ustedes un apoyo por un importe de $x,xxx.xx (xxxxxx xxxxxxx xxxxxx 00/100 MN) para cubrir los costos derivados de lo siguiente:
Apoyo: ___________________________________________________________________________
Servicio: __________________________________________________________________________
 
Nombre del evento: _________________________________________________________________
Sede para la realización del apoyo (cuando aplique): ________________________________________
El periodo de realización del apoyo solicitado comprende del _____________ al _______________ de _____ y beneficiará a ________ (No. de: productores, técnicos, estudiantes, jóvenes, empleados o gerentes) dedicados a la (s) siguiente (s) actividades ___________________________________________ en el estado de ___________________________.
El objetivo general del apoyo solicitado es: _______________________________________________
Con el fin de recibir el reembolso del apoyo, solicitamos a ustedes que sea depositado en la(s) cuenta(s) con CLABE _______________________ del banco _____________________ a nombre de (persona(s) física(s) o moral(es))_______________________ con RFC ___________________________________.
Manifestamos que los (las) beneficiarios del apoyo cumplen con los criterios de elegibilidad de acuerdo a las Reglas de Operación para Apoyos a los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural vigentes y que en el caso de requerirse servicios de transporte para llevar a cabo el desarrollo del evento, queda bajo nuestra responsabilidad la contratación de un seguro contra accidentes de viaje por el periodo de su realización, incluyendo el de transportación.
Es de nuestro conocimiento que de no cumplir con las obligaciones establecidas en dichas Reglas de Operación, se procederá a suspender de manera temporal el otorgamiento de los apoyos a partir de la notificación correspondiente, la que contendrá la causa de la suspensión y la solicitud de devolución de los recursos, por lo que una vez recibido el aviso de notificación con la solicitud y requerimiento, me obligo incondicionalmente a su pago.
Declaramos bajo protesta de decir verdad, que no estamos recibiendo apoyo de otras instituciones públicas que dupliquen los apoyos.
Para los casos de proyectos de Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL): "Nos comprometemos a que si obtenemos recursos financieros para la ejecución del proyecto, reembolsaremos a FIRA los recursos recibidos hasta por un monto equivalente al 100% del valor del apoyo recibido, actualizado con respecto a la inflación registrada en el periodo del apoyo".
Atento a lo anterior, anexamos la siguiente documentación:
-      Información complementaria de acuerdo al tipo de servicio solicitado.
-      Identificación oficial de personas físicas o representante legal en el caso de personas morales.
-      Presupuesto con cotizaciones.
-      Autorización para verificar posibles quebrantos.
-      Consulta del SAT con opinión positiva.
-      Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social o declaratoria de no estar obligado a inscribirse en el IMSS.
Es de nuestro conocimiento que en el caso de que los beneficiarios del apoyo solicitado se encuentren registrados como acreditados con antecedentes negativos de crédito en el Módulo de Personas del SIIOF (SUSTRAE) de FIRA o que cuentan con algún antecedente negativo en el Sistema de Administración de Subsidios (SAS), NO serán elegibles de apoyo y por tanto en el caso de existir un dictamen positivo a nuestra solicitud se deducirá del reembolso del apoyo el importe que proporcionalmente corresponda.
___________________________________________________
Nombre y firma del representante legal o persona física
Nombre de la organización, empresa, industria, comercializadora u otra
ANEXO 3A: PRESUPUESTO PARA LA FORMULACION, GESTION Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS
Presupuesto para la formulación, gestión y seguimiento de proyectos
Prestador de Servicios Especializados: _________________________________
ID del Prestador de Servicios Especializados: _______Clave de habilitación o registro: __________
Período: _________ al ___________ de _______
 
Agencia FIRA: ______________________________
Empresa / acreditado o Esquema de Crédito
Intermediario Financiero
Montos de crédito ($) en los segmentos de Microempresas, Empresa familiar y Pequeña Empresa 1/
Municipio y Estado
Monto de crédito total. LAMAGM 2/
Apoyo Estimado ($)
Comentarios: Esquema, línea de producción, etc.
Avío
Refaccionario
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
1/ En los proyectos con beneficios al Medio Ambiente, también es elegible la Mediana Empresa.
2/ LAMAGM = Localidades de Alto y Muy Alto Grado de Marginación; de acuerdo a clasificación CONAPO y para los casos que aplique.
 
Atentamente
Firma del Representante de la Empresa (persona moral) o Prestador de Servicios Especializados
(persona física) registrado por FIRA
Nombre, Puesto
Lugar y fecha:
ANEXO 3 B: TEMARIO DEL SERVICIO DE CAPACITACION
I.     LUGAR Y FECHA:
II.    NOMBRE DEL EVENTO:
III.    OBJETIVO:
IV.   PROGRAMA:
FECHA
TEMARIO
EXPOSITORES
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
HORARIO:
 
 
 
 
ANEXO 3 C: DIAGNOSTICO Y FORTALECIMIENTO (Exclusivo para apoyos a Servicios de Consultoría, el formato es libre).
1.- En el Apoyo para Ampliar la Cobertura de Servicios Financieros, se deberá entregar a FIRA lo siguiente:
a) Diagnóstico de la situación actual del solicitante, Intermediarios Financieros No Bancarios que operen en forma directa con FIRA, así como para Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras que demuestren haber descontado operaciones con recursos FIRA, por un monto total mayor al equivalente a un millón de UDIS durante los 12 meses anteriores a la fecha de la solicitud correspondiente.
Debe ser elaborado por el proveedor de servicios contratado o por un tercero, que refleje la problemática que impide al solicitante tener una mejor productividad y/o rentabilidad. En el caso de programas estratégicos y/o condicionados por FIRA (Ejemplo: calificación corporativa de crédito y/o como administrador de activos financieros) o en eventos a iniciativa de FIRA, no se requiere este documento.
b) Plan de Fortalecimiento de competencias financieras y empresariales del solicitante debe incluir calendario de actividades, productos entregables, resultados esperados y las condiciones que aseguren la calidad de los servicios contratados.
 
ANEXO 3 D: PLAN DE ASESORIA
I. Información del Solicitante:
1.1      Solicitante:
1.2      Ubicación (Municipio y Estado):
1.3      Fecha de Constitución:
1.4      Línea de Producción:
1.5      Número de beneficiarios:
1.6      Representantes:
          Presidente:
          Secretario:
          Tesorero:
1.7:     Unidades a atender (Has, Cb, Millares, Un, Otras):
II. Información del Prestador de Servicios Especializados:
1.1      Nombre:
1.2      Dirección
          Teléfono
          Correo electrónico:
1.3      Municipio y Estado:
1.4      Técnicos Registrados por FIRA que otorgarán los servicios:
          Nombre                         Clave de Registro                         Vigencia de Registro
III. Información de los Servicios de Asesoría (Solicitante â PSE):
          3.3.1 Fecha de contrato o convenio de asesoría:
          3.3.2 Período de vigencia del contrato o convenio:
          3.3.3 Monto total del costo de los servicios de asesoría ($):
IV. Programa de Asesoría por proyecto (información mínima):
Nombre del Proyecto:
Línea(s) de producción:
Ciclo (s) productivo(s), en su caso:
 
 
Objetivo(s) del programa de asesoría:
1.
2.
3.
 
Principales problemas de la empresa a resolver
1.
2.
3.
 
Actividades relevantes a realizar: que se reflejarán en un calendograma o programa de actividades:
La actividad número 1 del asesor, es la elaboración del diagnóstico de línea base y definición de las metas del proyecto en indicadores de productividad, costos de producción y rentabilidad de las empresas que se atenderán con el servicio de asesoría.
1.
2.
3.
Registro de Indicadores para evaluar el impacto en la productividad
Indicador
Unidad
Línea
base
Meta año
1/
Proyección metas anuales
Año 2
Año 3
Año n
Productividad (ton/ha, kg/cb, un/turno, etc.)
 
 
 
 
 
 
Costo por unidad de producción
pesos
 
 
 
 
 
Ingreso total por unidad de producción
pesos
 
 
 
 
 
Utilidad neta por unidad de producción
pesos
 
 
 
 
 
Unidades en producción (ha, cb, vt, etc)
 
 
 
 
 
 
Unidades producidas (ton, kg, lt, etc)
 
 
 
 
 
 
 
Impactos Esperados: se refiere a incremento en volúmenes de producción, valor agregado de productos o servicios, reducción de costos, generación de empleos, montos de financiamiento, cumplimiento de obligaciones crediticias, en función del grado de madurez del proyecto, entre otros.
1.
2.
3.
De acuerdo a lo anterior, manifestamos nuestra conformidad respecto al Programa de Asesoría acordado con el Prestador de Servicios Especializados. Así mismo, nos comprometemos a poner a su disposición los reportes o recomendaciones derivadas del Plan de Asesoría recibido.
Sin otro particular.
Atentamente
Firma del (os) representante(s) legal del solicitante
Nombre(s) y puesto(s)
Nombre del Asesor Registrado por FIRA responsable del servicio:
Firma y clave del Técnico Registrado
Visto Bueno
Nombre y firma del representante legal del despacho responsable del contrato o convenio (en los casos que aplique). Clave de registro del despacho (cuando aplique)
Lugar y Fecha
Nota: utilizar papelería con membrete del solicitante, cuando exista.
ANEXO 3 E: APOYO DE EXPANSION DE ESTRUCTURAS PARA PRESTADORES DE SERVICIOS
ESPECIALIZADOS
Prestador de Servicios Especializados (Persona Moral)
 
Clave de registro:
 
Nombre y CURP del (los) Técnico (s) a contratar y/o subcontratar:
 
Período (hasta 12 meses):
Del
 
Al
 
N ° de Técnicos:
Actual
 
Proyectado
 
Programa de expansión:
Objetivo (Ampliar el mercado de servicios de capacitación, asesoría, consultoría, formulación, gestión, y seguimiento de proyectos que favorezcan la operación de nuevos sujetos de crédito, a través de los programas de FIRA)
 
Línea(s) de Producción:
 
Área(s) geográfica(s):
 
Clientes potenciales:
 
Servicios a proporcionar
En los Apoyos: Para Organización de Productores y Estructuración de Proyectos para el Financiamiento y Apoyo para Fortalecimiento y Articulación Empresarial y Redes de Valor.
Resultados Esperados:
Concepto 1/
Actual 2/
Proyectado
Servicios de capacitación, asesoría, consultoría
No. de proyectos generados:
 
 
No. de Beneficiarios Finales (clientes) nuevos con financiamiento:
 
 
Otros servicios: ____________________ (AxC, cobertura de precios, certificaciones, logística, etc.)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Servicios de formulación, gestión, y seguimiento de proyectos, fondeados con recursos de FIRA
Número de créditos
 
 
Número de acreditados
 
 
Monto créditos refaccionarios ($)
 
 
Monto créditos avío ($)
 
 
Monto créditos a Microempresas ($)
 
 
Monto créditos a Empresa Familiar $)
 
 
Monto créditos a Pequeña Empresa ($)
 
 
Monto créditos a Mediana Empresa ($) 3/
 
 
1/ Los conceptos son enunciativos y deben utilizarse conforme a los servicios que se proporcionan.
2/ Corresponde a los resultados de los doce meses anteriores a la solicitud del apoyo
3/ Aplica únicamente para proyectos con beneficios al medio ambiente y mitigación del cambio climático.
Relación de Técnico (s) a contratar y/o subcontratar
Nombre completo
Profesión y especialidad
Conocimientos o años de experiencia
 
 
 
 
 
 
Nota: Los técnicos que realizan formulación, gestión y seguimiento de proyectos, deben estar habilitados por FIRA.
        __________________________________                            ______________________________
          Prestador de Servicios Especializados                                      Técnico(s) a contratar y/o
                  Registrado por FIRA                                                     subcontratar
        (Nombre y Firma del representante legal)                                      (Nombre(s) y Firma(s))
                      Lugar y Fecha
 
ANEXO 3 F: ESTANCIAS DE CAPACITACION
 
Nombre de la empresa o entidad donde realizará la estancia:
Período de estancia:
Nombre del participante en la estancia:
1.    Objetivos
2.    Tareas a desarrollar:
2.1.    Durante el primer mes elaborar diagnóstico de la empresa en la que realice la Estancia (formato libre).
2.2.    Elaborar programa de trabajo y cronograma de actividades.
2.3.    Elaborar reportes mensuales y uno final al concluir la Estancia de capacitación que entregará a la empresa. Estos reportes deberán circunscribirse al Programa de trabajo concertado con la empresa en la que realiza la Estancia.
ANEXO 3 G: PLAN DE DESCUENTO Y GARANTIA SIN FONDEO
 
Intermediario Solicitante:1/
 
Período (hasta 12 meses):
Del
 
al
 
N ° tipo de personal a contratar y/o subcontratar: 2/
 
 
Plan de descuentos y garantía sin fondeo:
Periodo de
apoyo
solicitado
Descuento de
los segmentos de
Microempresas,
Empresa familiar
y Pequeña
Empresa (a)
Garantía sin
Fondeo de los
segmentos de
Microempresas,
Empresa familiar
y Pequeña
Empresa (b)
Total (a+b)
Incremento
nominal en el
periodo
solicitado ( c )
Descuento
Crédito
Refaccionario
de los segmentos
de
Microempresas,
Empresa familiar
y Pequeña
Empresa ( d )
% participación
Crédito
Refaccionario
de los
segmentos de
Microempresas,
Empresa familiar
y Pequeña
Empresa (d)/ (c)
*100
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1/ Intermediarios Financieros, Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras
2/ personal operativo o directivo; en PROAF se considera técnicos de nivel medio o con licenciatura
Período base (últimos 12 meses):
Incremento programado en descuento y garantía sin fondeo en el periodo solicitado: $______
Periodo últimos doce
meses
Descuento de los segmentos de
Microempresas, Empresa familiar y
Pequeña Empresa (a)
Garantía sin Fondeo de los
segmentos de Microempresas,
Empresa familiar y Pequeña
Empresa  (b)
Total (a+b)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Relación de personal a contratar o subcontratar:
Nombre
CURP
Profesión
Ubicación geográfica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Manifestamos que obran en nuestro poder y a su disposición los documentos que avalan la contratación y/o subcontratación del personal relacionado en el cuadro anterior.
Así mismo, reconocemos y aceptamos que somos responsables de las obligaciones laborales de los ejecutivos que se contraten para el cumplimiento del presente programa, incluyendo aquellas en materia de seguridad social, por lo que en nuestro carácter de patrón somos los únicos responsables, obligándonos a sacar en paz y a salvo a FIRA de cualquier responsabilidad que se le pretenda imputar.
Resultados obtenidos
Incremento obtenido en descuento y garantía en los segmentos de Microempresas, Empresa familiar y Pequeña Empresa en el periodo autorizado:
$
Porcentaje de participación de crédito refaccionario descontado en los segmentos de Microempresas, Empresa familiar y Pequeña Empresa:
%
Número de personal contratado o subcontratado:
 
Monto de apoyo total a recibir de FIRA:
$
Monto de apoyo pagado por FIRA:
$
Saldo del apoyo FIRA (a favor o en contra):
$
 
Atentamente
Representante del Intermediario Financiero, Empresa Parafinanciera, Entidad Masificadoras de Crédito o Entidad Financiera
Nombre, firma y Puesto
Nota: utilizar papelería membretada del Intermediario Financiero
ANEXO 4: RELACION DE BENEFICIARIOS FINALES
Lugar y fecha:
Apoyo :
Nombre del evento:
Monto autorizado ($):
Localidad de desarrollo del evento:
 
CURP
Nombre de los beneficiarios
finales del Apoyo (Personas
físicas: Apellidos paterno,
materno y Nombre(s)); Personas
morales: razón social)
Género (F
/ M) (No
aplica
para
personas
morales)
Monto de
participación
en pesos
No. de días en
capacitación
(personas
físicas)
Domicilio (localidad)
municipio y entidad
federativa
Firma o
Huella
digital 1/
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SUMA:
 
 
 
 
 
 
1/ Aplica sólo para los servicios de capacitación (Promoción a la organización, financiamiento y desarrollo tecnológico, Nacional, En el extranjero, Misión comercial o tecnológica nacional, Misión comercial o tecnológica en el extranjero y eventos de demostración) y Asesoría (Consultor Técnico y Asesor). Este apartado debe ser requisitado para apoyos con hasta 40 participantes.
 
ANEXO 5: ACTA DE ENTREGA-RECEPCION Y REPORTE DE APLICACION DE RECURSOS
ACTA ENTREGAâRECEPCION 1/
 
En la ciudad de ___________________, del Estado de __________ siendo las __:__ horas del día _______de ______del_______; se reunieron en (lugar específico) _______________________   ______________________________________________________________________________________________________________________
El C. _____________________________ en su carácter de representante legal de (Persona moral) _________________________________ y actuando por cuenta y orden de los beneficiarios finales, quién recibió el apoyo identificado con el ID _____________ del Sistema de Administración de Subsidios de FIRA (SAS), hace constar la entrega y la recepción a entera satisfacción del apoyo descrito a continuación, cuya operación de referencia quedó consignado en el comprobante fiscal emitido por FIRA.
Apoyo
Servicio
Modalidad
Monto $
 
 
 
 
 
 
El, C. ________________________________________ como Representante Legal de los beneficiarios del apoyo descrito en la presente Acta, declara haber recibido a su entera satisfacción la cantidad de $____________________ (Importe con letra) por modalidad del Apoyo antes descrito, por lo que libera a FIRA
(FEFA o FEGA) de cualquier responsabilidad derivada de su otorgamiento y aplicación.
Se anexa reporte de la aplicación de los recursos y de las actividades realizadas.
Una vez que fue leída la presente, se firma para constancia al calce, por los que en ella intervinieron, siendo las ___:___ horas del día ____ de ____________ de 201_.
                 __________________________                     _________________________
                         Nombre y Firma                                          Nombre y Firma
                          Representante                                    Legal Titular oficina FIRA
1/ Adecuar en el caso de que se trate de persona (s) física (s); no aplica cuando se trate de eventos a iniciativa de FIRA
 
REPORTE DE APLICACIÓN DE RECURSOS
APOYO ID: ___________
Nombre del Solicitante:
_____________________________________________________________________________________
Apoyo:
_____________________________________________________________________________________
Nombre del evento: _________________________________________________________________
Monto del apoyo autorizado:  _______________________________________________
Monto del apoyo comprobado:          ________________________________________
Objetivos Generales:
Programados:
 
Resultados:
 
Programa, actividades o indicadores:
Programadas:
Resultados:
 
 
 
 
 
 
 
 
Aplicación en la organización, empresa u otra entidad de los servicios recibidos:
 
 
Para el caso del servicio de asesoría (modalidad asesor), requisitar el siguiente cuadro:
Indicador
Unidad
Línea base
Meta año n
Resultado año
n
Productividad (ton/ha, kg/cb, un/turno, etc.)
 
 
 
 
Costo por unidad de producción
pesos
 
 
 
Ingreso total por unidad de producción
pesos
 
 
 
Utilidad neta por unidad de producción
pesos
 
 
 
Unidades en producción (ha, cb, vt, etc)
 
 
 
 
Unidades producidas (ton, kg, lt, etc)
 
 
 
 
 
_________________________________________________
Nombre y firma del solicitante o representante legal
Nombre y firma del titular de la oficina que operó el apoyo en eventos a Iniciativa de FIRA
ANEXO 6: DECLARATORIA DE SEGURIDAD SOCIAL
(Lugar)______________________, a _____ de ________ de ____
Nombre de la Oficina que operará el apoyo
Nombre del titular
Presente.
El que suscribe (nombre de la persona que aparecerá en el SIIOF/SAS como solicitante del apoyo) con CURP / R.F.C. (Física/Moral) _________________, como beneficiario del (Nombre del tipo de Servicio que recibirá), con domicilio en_____________________________________________________; mismo que señalo para oír y recibir toda clase de notificaciones, por medio de la presente, DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que:
No estoy obligado a inscribirme ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por no tener trabajadores a mi cargo, conforme a la Ley del Seguro Social.
Lo anterior conforme a lo señalado en las "Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social", aprobadas por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mediante Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR, del 10 de diciembre de 2014, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015 y modificadas a través del ACUERDO ACDO.SA1.HCT.250315/62.P.DJ dictado por el H. Consejo Técnico del IMSS, relativo a la autorización para modificar la Primera de las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
PROTESTO LO NECESARIO
______________________________________________________
(NOMBRE Y FIRMA O HUELLA DIGITAL DEL SOLICITANTE DEL APOYO O EN CASO DE PERSONA
MORAL EL NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DE LA ORGANIZACIÓN O EMPRESA)
"Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa"
ANEXO 7: INDICADORES
Jerarquía de
Objetivos
Matriz de Indicadores para Resultados
Resumen Narrativo
Indicadores
Medios de
verificación
Supuestos
Fin
(Impacto)
Contribuir al desarrollo económico incluyente mediante el otorgamiento de productos financieros especializados con acompañamiento técnico y mitigación de riesgos a las personas físicas y morales que realizan actividades productivas en los sectores agropecuario, forestal, pesquero, alimentario y del medio rural
Generales Indicador
Nombre del indicador: Crédito total impulsado
Dimensión del indicador: Eficacia
Tipo de indicador: Estratégico
Método de cálculo: ((Cartera fondeada con recursos FIRA (saldo de cartera de descuento) + cartera fondeada por los intermediarios financieros con garantía de FIRA (saldo de garantía sin fondeo) + saldo de las garantías pagadas por FEGA, FONAGA y Otros fondos) en el año n / (Cartera fondeada con recursos FIRA (saldo de cartera de descuento) + cartera fondeada por los intermediarios financieros con garantía de FIRA (saldo de garantía sin fondeo) + saldo de las garantías pagadas por FEGA, FONAGA y Otros fondos) programada en el año n) * 100.
Unidad de medida: Porcentaje
Desagregación geográfica: Nacional
Frecuencia de medición: Anual
Saldo total impulsado con crédito y garantía sin fondeo de FIRA: Sistemas Informáticos de FIRA. Sistema Informático Integral de las Operaciones de FIRA (SIIOF) y el Sistema de Inteligencia de Negocios Enterprise Bussines Intelligent System (Sistema EBIS).
Las variables de la economía nacional que inciden en actividades crediticias se mantienen estables en el mediano plazo
Generales Indicador 1/
Nombre del indicador: Crédito directo e impulsado de la Banca de Desarrollo
Dimensión del indicador: Eficacia
Tipo de indicador: Estratégico
Método de Cálculo: (Saldo de Crédito Directo al Sector Privado + Saldo de Crédito Inducido a través de Garantías sin Fondeo al Sector Privado + Saldo de las Bursatilizaciones de Cartera de Crédito Apoyadas) / Producto Interno Bruto) x 100
Desagregación geográfica: Nacional
Frecuencia de medición: Anual.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Unidad de Banca de Desarrollo
 
Propósito (Resultados)
Las personas físicas y morales que realizan actividades en los sectores agropecuario, forestal, pesquero, alimentario y del medio rural reciben apoyos para acceder al financiamiento integral y garantías de crédito.
Generales Indicador
Nombre del indicador: Porcentaje de personas físicas y morales que reciben apoyos
Dimensión del indicador: Eficacia
Tipo de indicador: Estratégico
Método de cálculo: (Número de personas físicas y morales que reciben apoyos otorgados por FIRA en el año n / Número de personas físicas y morales programadas a recibir apoyos en el año n)*100
Unidad de medida: Porcentaje
Desagregación geográfica: Nacional
Frecuencia de medición: Anual
Personas físicas y morales con apoyo: Sistemas Informáticos de FIRA. Sistema Informático Integral de las Operaciones de FIRA (SIIOF)
La política pública dirigida a las áreas de interés de los sectores atendidos se mantiene estable en el mediano plazo
...1/ La información de este indicador será cargada en el Módulo PbR por la Unidad de Evaluación del Desempeño de la SHCP.
Componente (Productos y Servicios)
Apoyos para el fortalecimiento y articulación empresarial y redes de valor otorgados
Generales Indicador
Nombre del indicador: Porcentaje de apoyos para el fortalecimiento y articulación empresarial y redes de valor
Dimensión del indicador: Eficacia
Tipo de indicador: Estratégico
Método de cálculo: (Monto otorgado de apoyos para el fortalecimiento y articulación empresarial y redes de valor en el periodo en el año n / Monto de apoyos para el fortalecimiento y articulación empresarial y redes de valor programados en el año n)*100
Unidad de medida: Porcentaje
Desagregación geográfica: Nacional
Frecuencia de medición: Semestral
Apoyos para el fortalecimiento y articulación empresarial y redes de valor: Sistemas Informáticos de FIRA. Sistema informático Integral de las Operaciones de FIRA (SIIOF).
Existe suficiencia presupuestal para los apoyos
 
Apoyos para ampliar la cobertura de servicios financieros otorgados
Generales Indicador
Nombre del indicador: Porcentaje de apoyos para ampliar la cobertura de servicios financieros
Dimensión del indicador: Eficacia
Tipo de indicador: Estratégico
Método de cálculo: (Monto otorgado de apoyos para ampliar la cobertura de servicios financieros en el periodo en el año n / Monto de apoyos para ampliar la cobertura de servicios financieros programados en el año n)*100
Unidad de medida: Porcentaje
Desagregación geográfica: Nacional
Frecuencia de medición: Semestral
Monto de apoyos para ampliar la cobertura de servicios financieros: Sistemas Informáticos de FIRA. Sistema Informático Integral de las Operaciones de FIRA (SIIOF).
 
 
Apoyos para organización de productores y estructuración de proyectos para el financiamiento otorgados
Generales Indicador
Nombre del indicador: Porcentaje de apoyos para organización de productores y estructuración de proyectos para el financiamiento
Dimensión del indicador: Eficacia
Tipo de indicador: Estratégico
Método de cálculo: (Monto otorgado de apoyos para organización de productores y estructuración de proyectos para el financiamiento en el periodo en el año n / Monto de apoyos para organización de productores y estructuración de proyectos para el financiamiento programados en el año n)*100
Unidad de medida: Porcentaje
Desagregación geográfica: Nacional
Frecuencia de medición: Semestral
Monto de apoyo para la
organización de productores y estructuración de proyectos para el financiamiento: Sistemas Informáticos de FIRA. Sistema Informático Integral de las Operaciones de FIRA (SIIOF).
 
 
Actividad (Acciones y Procesos)
Capacitación de productores y técnicos
Generales Indicador
Nombre del indicador: Porcentaje de eventos de capacitación
Dimensión del indicador: Eficacia
Tipo de indicador: Gestión
Método de cálculo: (Número de eventos de capacitación en el periodo en el año n / Número de eventos de capacitación programados en el año n)*100
Unidad de medida: Porcentaje
Desagregación geográfica: Nacional
Frecuencia de medición: Trimestral
Eventos de capacitación: Sistemas informáticos de FIRA. Sistema de Administración de Subsidios (SAS)
Los productores y técnicos se interesan en mejorar sus conocimientos y competencias para desarrollar proyectos productivos
Administración de solicitudes de consultoría
Generales Indicador
Nombre del indicador: Porcentaje de solicitudes de consultoría
Dimensión del indicador: Eficacia
Tipo de indicador: Gestión
Método de cálculo: (Número de solicitudes de consultoría realizadas en el periodo n / Número de solicitudes de consultoría programadas en el año n) * 100
Unidad de medida: Porcentaje
Desagregación geográfica: Nacional
Frecuencia de medición: Trimestral
Solicitudes de consultoría: Sistemas informáticos de FIRA. Sistema de Administración de Subsidios (SAS)
Administración de solicitudes de asesoría
Generales Indicador
Nombre del indicador: Porcentaje de solicitudes de asesorías
Dimensión del indicador: Eficacia
Tipo de indicador: Gestión
Método de cálculo: (Número de solicitudes de asesorías realizadas en el periodo n / Número de solicitudes de asesorías programadas en el año n) * 100
Unidad de medida: Porcentaje
Desagregación geográfica: Nacional
Frecuencia de medición: Trimestral
Solicitudes de asesorías: Sistemas informáticos de FIRA. Sistema Informático Integral de las Operaciones de FIRA (SIIOF)
 
 
Registro de prestadores de servicios especializados
Generales Indicador
Nombre del indicador: Porcentaje de prestadores de servicios especializados registrados con FIRA.
Dimensión del indicador: Eficacia
Tipo de indicador: Gestión
Método de cálculo: (Número de prestadores de servicios especializados registrados con FIRA en el periodo en el año n / Número de prestadores de servicios especializados programados por FIRA en el año n)*100
Unidad de medida: Porcentaje
Desagregación geográfica: Nacional
Frecuencia de medición: Trimestral
Prestadores de servicios: Sistemas informáticos de FIRA. Sistema Informático Integral de las Operaciones de FIRA (SIIOF)
Los Prestadores de Servicios Especializados actuales y potenciales responden a los estímulos para expandir los servicios en los sectores agropecuario, forestal, pesquero y rural
 
ANEXO 8: DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO DE SELECCION DE LOS APOYOS

ANEXO 9: DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE LOS APOYOS DE REDUCCIÓN DE COSTOS FINANCIEROS (TASA DE INTERES Y PRECIO DE SERVICIO DE GARANTÍA)
 

ANEXO 10: DEFINICIONES
Para los efectos de las presentes Reglas, se entenderá por:
ACREDITADO FINAL: Persona física o moral que, recibe financiamiento con recursos de FIRA (fondeo y/o servicio de garantía), de manera directa de los Intermediarios Financieros o a través de una empresa que recibe y distribuye el financiamiento (Empresas Parafinancieras, Empresas Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras). En el caso de empresas que no distribuyen el financiamiento, acreditado final corresponde al acreditado directo del intermediario financiero. En la normativa que mencione límites de crédito por acreditado final, para el caso de personas morales, el intermediario financiero podrá aplicar los límites a las personas físicas que integran a la persona moral, debiendo capturar en los sistemas de FIRA a estos últimos.
AGENTES DE CAMBIO TECNOLOGICO: Organismos y empresas públicas o privadas que dentro de sus objetivos se encuentra impulsar la productividad y rentabilidad del sector agroalimentario, mediante instrumentos de cambio tecnológico. Dentro de ellos se consideran los Centros de Desarrollo y Entrenamiento Privados, Empresarios Guía, Centro Internacional de Mejoramiento de Maíz y Trigo (CIMMyT) y el Consejo Nacional Agropecuario.
APOYOS: Apoyos para el Fomento de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural que otorgan recursos fiscales o propios según se definen en las presentes reglas y que son los siguientes:
 
a)   APOYO PARA ORGANIZACION DE PRODUCTORES Y ESTRUCTURACION DE PROYECTOS PARA EL FINANCIAMIENTO.
b)   APOYO PARA FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN EMPRESARIAL Y REDES DE VALOR.
c)   APOYO PARA AMPLIAR LA COBERTURA DE SERVICIOS FINANCIEROS.
ARTICULACIÓN EMPRESARIAL: La cooperación entre empresas independientes, basada en la complementariedad de recursos entre diferentes firmas relacionadas y orientadas a lograr ventajas competitivas que no podrían alcanzar en forma individual.
ASESOR: Prestador de Servicios Especializados, persona física profesionista registrado en FIRA, que tiene como función brindar asistencia técnica, así como guiar y orientar a los productores y empresarios, a través de servicios complementarios a las actividades productivas de las agroempresas. Se caracteriza por tener conocimiento puntual de las actividades que realizan sus clientes y por ofrecer soluciones que ayuden a impulsar su negocio, mediante asesoría y el acompañamiento técnico en campo.
BENEFICIARIO: Se consideran como beneficiarios, para efecto del otorgamiento de Apoyos, las personas físicas o morales señaladas como población objetivo en las "Reglas de operación para apoyos a los sectores agropecuario, forestal, pesquero y rural".
CENTRO DE ATENCION: Establecimiento secundario dotado de recursos humanos y materiales con representación permanente y con cierta autonomía de gestión a través de la cual se desarrollan total o parcialmente las actividades de la sociedad o institución matriz.
CENTROS DE DESARROLLO TECNOLOGICO (CDT's): son unidades de producción administradas por FIRA bajo criterios empresariales, que cuentan con infraestructura para la generación y promoción de agronegocios, utilizando herramientas como la demostración del negocio y sus tecnologías, capacitación a técnicos y productores, así como servicios de consultoría especializada.
CENTROS DE DESARROLLO Y ENTRENAMIENTO PRIVADOS: Empresa privada administrada con criterios empresariales, con la infraestructura necesaria para identificar, divulgar, validar y demostrar tecnologías, proporcionar capacitación, consultoría, asesorías y realizar diversas actividades relacionadas con los sectores agropecuario, forestal, pesquero y rural.
CERTIFICADO DE REDUCCION DE EMISIONES (CER): Certificado de reducción de emisiones, equivalente a una tonelada métrica de CO2 que no fue emitida a la atmósfera.
COMITES TECNICOS DE FIRA: Órgano Máximo de Gobierno de FIRA.
CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS LABORALES (CONOCER): Entidad paraestatal sectorizada por la Secretaría de Educación Pública, que impulsa el desarrollo del modelo de gestión por competencias con el fin de elevar la competitividad y la alta productividad en los diversos sectores del País.
CONSULTOR ESPECIALIZADO: Persona física o moral registrado en el directorio de FIRA, con experiencia en un área particular del conocimiento o tecnología, con competencias para dar soluciones específicas en finanzas, producción, comercialización, administración, certificaciones, legislación, diseño, procesos, organización, administración de riesgos, tecnología de información, redes de valor, mercadotecnia, energías renovables, entre otros servicios.
CONSULTOR TECNICO (Estructurador de proyectos): Persona física o moral con amplia experiencia, conocimiento, liderazgo tecnológico en la red de valor y/o en el ámbito de negocio en que ofrece sus servicios, registrado en el directorio de FIRA, y que tiene como función dar capacitación, asesoría, formación y/o coordinación de los asesores técnicos requeridos para la atención y desarrollo de esquemas de negocio y/o
redes de valor definidas por FIRA.
CORRESPONSAL BANCARIO: Persona física o moral que establece relaciones o vínculos de negocio con un Intermediario Financiero Bancario con objeto de ofrecer, a nombre y por cuenta de éste, servicios financieros, conforme a lo establecido en las disposiciones de la CNBV, que se ubique en poblaciones de hasta 50,000 habitantes. En todo momento, la responsabilidad por las operaciones que realiza el Corresponsal Bancario recae en el Intermediario Financiero Bancario.
DEMOSTRACION TECNOLOGICA: Evento que tienen como objetivo la difusión de conocimientos, la transferencia e intercambio de tecnologías, experiencias y buenas prácticas que mejoren la eficiencia, rentabilidad y productividad de las empresas de los productores en los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural.
ECOTECNIAS: Es una serie de tecnologías desarrolladas para aprovechar eficientemente los recursos naturales y materiales y permitir la elaboración de productos y servicios, así como el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y materiales diversos para la vida diaria.
EGRESADOS: Profesionistas de hasta 3 años de egresados de Instituciones de Educación Superior; en licenciaturas o posgrados afines al Sector Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural; con promedio de al menos 80 sobre una escala de 100 o su equivalente en otras escalas y que cuenten con cédula profesional.
EMPRESA: Estructura legalmente constituida para desarrollar actividades primarias, industriales, mercantiles o de servicios con fines lucrativos.
EMPRESAS CALIFICADORAS: Personas morales cuyo objeto social es exclusivamente la prestación habitual y profesional del servicio consistente en el estudio, análisis, opinión, evaluación y dictaminación sobre la calidad crediticia de valores o intermediarios financieros, que cuentan con autorización de la CNBV.
EMPRESA FAMILIAR: Persona física o moral con actividades económicas en el sector primario y/o rural, y monto de crédito hasta 33,000 UDIS por acreditado final.
EMPRESA GRANDE: Persona física o moral cuyo giro económico se encuentre en el sector primario, transformación de productos agropecuarios, forestales y pesqueros, agroalimentario o actividades rurales no agropecuarias, y monto de crédito superior a 4 millones de UDIS por acreditado final.
EMPRESA PARAFINANCIERA (EP): Persona moral del sector privado que tiene un posicionamiento en la red de valor y que, por sus condiciones empresariales, capacidad de gestión y poder de negociación, puede realizar actividades que complementan las funciones que ofrecen los intermediarios financieros autorizados para operar directamente con FIRA, que sin ser sustitutos de ellos, y siendo sujetos de crédito, pueden recibir apoyos y fondeo, otorgar financiamiento y servicios complementarios a sus socios y/o clientes de acuerdo a su objeto social, participando en el riesgo, administración y recuperación del financiamiento.
EMPRESA TRACTORA (ET): Se refiere a los agentes económicos dentro de una red que tienen los incentivos, las capacidades y los recursos para poder impulsar la mejora de la red de valor.
ENTIDAD MASIFICADORA DE CRÉDITO (EMC): Personas morales proveedoras de insumos, bienes y servicios que adicionalmente otorgan financiamiento con recursos que reciben de intermediarios financieros en operación directa con FIRA, sin tener relación en el proceso productivo con los acreditados finales.
ENTIDAD FINANCIERA (EF): Entidades reconocidas conforme al Artículo 3 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y a la normativa vigente de FIRA con Intermediarios Financieros No Bancarios, tales como: Sociedades Financieras de Objeto Múltiple reguladas y no reguladas, Sociedades Financieras Populares (SOFIPO), Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SCAP), Uniones de Crédito y Almacenes Generales de Depósito.
 
ENERGIA ALTERNATIVA: Toda aquella fuente de energía que no implica la quema de combustibles fósiles.
ENERGIAS RENOVABLES: Aquellas reguladas por la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, cuya fuente reside en fenómenos de la naturaleza, procesos o materiales susceptibles de ser transformados en energía aprovechable por la humanidad, que se regeneran naturalmente, por lo que se encuentran disponibles de forma continua o periódica. Ejemplo a) El viento; b) La radiación solar, en todas sus formas; c) El movimiento del agua en cauces naturales o artificiales; d) La energía oceánica en sus distintas formas; e) El calor de los yacimientos geotérmicos; f) Los bioenergéticos, que determine la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.
ENTIDADES DE CERTIFICACION Y EVALUACION (ECE): Personas morales, organizaciones o instituciones públicas o privadas, unidades administrativas de alguna dependencia, entidad o su similar en los niveles de gobierno federal, estatal o municipal, acreditada por el CONOCER para capacitar, evaluar y/o certificar las competencias laborales de las personas, con base en estándares de competencia inscritos en el registro nacional de estándares de competencia, así como para acreditar, previa autorización del CONOCER, centros de evaluación y/o evaluadores independientes en uno o varios estándares de competencia en un periodo determinado.
ESTANCIA DE CAPACITACION: Se refiere al periodo de tiempo que los beneficiarios ocupan en una Empresa, Organización, Centro de Desarrollo Tecnológico, Instituciones de Educación Superior, Agentes de Cambio Tecnológico, Intermediario Financiero, Prestadores de Servicios Especializados, así como en Entidades Financieras o Instituciones Públicas, para adquirir conocimientos teórico - prácticos mediante un programa de trabajo, incluye los días de traslado.
ESTUDIANTES: Personas físicas del último año de estudios en licenciaturas o posgrados afines al Sector Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural, de Instituciones de Educación Superior; sin adeudos de materias, con promedio de al menos 80 sobre una escala de 100 o su equivalente en otras escalas.
FINCAS: Fondos de Inversión y Contingencia para el Desarrollo. Es un instrumento para la administración del riesgo, integrado por los propios productores, quienes a través de este medio, se organizan y asumen la responsabilidad de otorgarse a sí mismos servicios de: seguro agrícola, garantía de créditos, cobertura de precios y otras contingencias no previstas.
FIRA: Son un conjunto de fondos de fomento constituidos por el Gobierno Federal como fideicomitente, en el Banco de México como fiduciario, con el fin de celebrar operaciones de préstamo y descuento y otorgar garantías de crédito para los sectores agropecuario, forestal y pesquero, así como para la agroindustria y otras actividades conexas, afines o que se desarrollen en el medio rural; asimismo, está dentro de su mandato el otorgamiento de apoyos que utilizan como medio los servicios de capacitación, asistencia técnica, consultoría y transferencia de tecnología a dichas actividades.
Los Fideicomisos que integran FIRA son:
FONDO.- Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura.
FEFA.- Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios.
FEGA.- Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios.
FOPESCA.- Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras.
Estos Fideicomisos forman parte del Sistema Bancario Mexicano y operan en segundo piso por conducto de los Intermediarios Financieros que estén autorizados para operar con FIRA, las cuales pueden otorgar financiamientos directamente al acreditado final o bien a otro intermediario para que éste los haga llegar a los
acreditados finales. Asimismo, FIRA otorga apoyos a productores, empresas, intermediarios financieros o empresas y prestadores de servicios especializados para actividades de capacitación, asistencia técnica, consultoría y transferencia de tecnología dentro de los sectores objetivos de FIRA.
Los apoyos de FIRA previstos en estas Reglas de Operación podrán otorgarse a través del fideicomiso del sistema FIRA que los Comités Técnicos autoricen.
GASTOS DE COORDINACIÓN:    Se refiere a los gastos que pueden erogarse de manera previa, durante o posterior a un evento necesarios para poder realizarlo, tales como renta de salones y/o equipos audiovisuales, elaboración de material didáctico, gastos de transportación al lugar del evento, gastos de transportación de ponentes, pagos de servicios que por su naturaleza requieren ser cubiertos al momento de su contratación, gasto telefónico, hospedaje y viáticos de los coordinadores, uso de vehículo, combustibles, peajes, y en general todos los gastos relacionados con la agenda o logística para realizar los eventos.
GRUPO DE INTERES COMUN: Se entiende como grupo de interés común lo establecido como Riesgo Común, en la Circular Única de Bancos emitida por la CNBV o lo establecido en la regulación vigente para cada tipo de intermediario.
INDUSTRIA: Empresas que transforman o dan valor agregado a productos primarios.
INDUSTRIA RELACIONADA: Empresas que proveen productos o servicios que demandan las empresas de producción, transformación o comercialización en una red de valor.
INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR (IES): Para efectos de estas reglas se considera a las Universidades, y Tecnológicos con nivel de licenciatura; El Instituto Panamericano de Alta Dirección de Empresa; Institutos de Investigación y Desarrollo que participan en actividades relacionadas con los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural, que cuenten con programas incluidos en el padrón del Programa Nacional de Posgrados de Calidad del CONACYT (PNPC) o incorporadas a la Secretaría de Educación Pública que cuenten con prestigio o nivel de calidad reconocida.
INTERMEDIARIOS FINANCIEROS (IF): Son todas aquellas Instituciones que pueden celebrar operaciones con FIRA de descuento, préstamo y/o garantías para otorgar a sus clientes o acreditados.
INTERMEDIARIO FINANCIERO BANCARIO (IFB): Institución de Banca Múltiple.
INTERMEDIARIO FINANCIERO NO BANCARIO (IFNB): Se considerarán IFNB a las siguientes sociedades autorizadas y/o constituidas conforme a las leyes y/o regulación que les resulte aplicable: Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES), Sociedades Financieras Populares (SOFIPO), Almacenes Generales de Depósito (ALMACENES), Uniones de Crédito (UNIONES), Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (COOPERATIVAS), Arrendadoras Financieras y Empresas de Factoraje.
LOCALIDADES DE ALTO Y MUY ALTO GRADO DE MARGINACION: Referidas a la clasificación vigente del Consejo Nacional de Población (CONAPO).
MECANISMO DE DESARROLLO LIMPIO (MDL): Es un mecanismo que permite la emisión de "Certificados de Reducción de Emisiones" a las empresas y/o productores que lleven a cabo actividades o proyectos que reduzcan o capturen Gases de Efecto Invernadero (GEI), sometiéndose para tal efecto al proceso de certificación descrito y supervisado por la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.
MEDIANA EMPRESA: Personas física o moral, con actividades económicas en el sector primario, de transformación de productos agropecuarios, forestales y pesqueros, sector agroalimentario y actividades rurales no agropecuarias, y monto de crédito hasta 4 millones de UDIS por acreditado final.
MICROEMPRESA: Persona física, que se dedican a actividades primarias y/o actividades rurales no
agropecuarias, y monto de crédito hasta 10,000 UDIS por acreditado final.
MISIONES COMERCIALES O TECNOLOGICAS: se refiere a los eventos que requieren desplazar a la población objetivo en el territorio nacional o al extranjero, con el fin de identificar, observar o analizar tecnologías, productos, servicios, que permitan a los beneficiarios incorporar elementos para mejorar su productividad, productividad y rentabilidad y sostenibilidad. El apoyo contempla visitas a Empresas, Ferias, Exposiciones, Instituciones de Educación Superior, Intermediarios Financieros y otras visitas relacionadas con aspectos crediticios, financieros, comerciales o tecnológicos.
MODULO DE RIEGO: Asociación de usuarios del servicio de riego.
MONTO DE CRÉDITO: Suma de los créditos vigentes otorgados con recursos de FIRA a un acreditado final, más el importe del crédito solicitado.
NUEVO SUJETO DE CREDITO: Persona física o moral que no está registrada en los sistemas de cartera de FIRA.
ORGANISMO CERTIFICADOR (OC): Persona moral, organización o institución pública o privada, unidad administrativa de algunas dependencias, entidad o su similar en los niveles de gobierno federal, estatal o municipal acreditada por el CONOCER, para certificar las competencias de las personas, con base en estándares de competencia inscritos en el registro nacional de estándares de competencia, así como para acreditar, previa autorización del CONOCER, centros de evaluación y/o evaluadores independientes en uno o varios estándares de competencia, inscritos en el registro nacional de estándares de competencia, durante el periodo determinado.
ORGANISMO PROMOTOR: Asociaciones Civiles y Sociedades Civiles sin fines de lucro que en su objeto social consideren el desarrollo integral sostenible de la población rural, mediante acciones de asistencia técnica, capacitación y promoción de los programas públicos. Estos organismos facilitan la capacitación, la difusión de los programas de financiamiento y la constitución de nuevos sujetos de crédito con productores del Sector Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural que en forma individual enfrentan obstáculos para acceder al crédito y a los beneficios de diversos programas de apoyo.
ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES: Asociación o agrupación de personas físicas o morales que realizan principalmente actividades de producción primaria y de la economía rural, que se constituyen legalmente para realizar actividades de organización, servicios, promoción y gestoría de apoyos financieros y tecnológicos para el desarrollo de sus integrantes relacionados con actividades del Sector Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural.
ORGANIZACIONES NACIONALES Y REGIONALES DE PRODUCTORES: Personas morales de los sectores social y privado con cobertura nacional o regional constituidas con el fin de llevar a cabo actividades de carácter económico y social a favor de sus agremiados o que representan a algún Sistema Producto a nivel nacional.
PEQUEÑA EMPRESA: Persona física o moral con alguna actividad en el sector primario y/o rural, y el monto de crédito no rebasa los 160,000 UDIS por acreditado final.
PRESTADORES DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS: Personas Morales o Personas físicas con actividad empresarial que otorgan servicios de consultoría, capacitación, asesoría, transferencia de tecnología y otros relacionados con el financiamiento (originación, administración, supervisión y recuperación) a los diferentes participantes en el sector agroalimentario.
PROAF: Programa de Agricultura Familiar: Programa que integra apoyos con productos financieros y tecnológicos para atender necesidades de crédito de productores con unidades de baja escala, cuyos ingresos se sustentan en las actividades agropecuarias y rurales, utilizan predominantemente mano de obra familiar y demandan créditos de bajo monto de hasta 33,000 UDIS por acreditado.
 
PROYECTO: Necesidades de financiamiento que tiene un sujeto de crédito en un ciclo productivo para llevar a cabo su actividad productiva; esto significa que, si se trata de un proyecto de inversión (Crédito refaccionario) que conlleva el requerimiento de crédito para conceptos de avío y/o capital de trabajo complementario, el importe acumulado de ambos corresponde al monto por proyecto. Conjunto de inversiones necesarias para alcanzar los objetivos y metas en un programa o subprograma de inversión tendientes a la creación y ampliación de productividad.
PROYECTO DE DESARROLLO DE PROVEEDORES (PDP): Proyecto que lleva a cabo una estrategia de integración de pequeños y medianos productores con una empresa tractora que busca abastecerse de materia prima adecuada, continua y suficiente, para atender las necesidades del consumidor final y que mediante herramientas financieras, tecnológicas, organizativas, de gestión de calidad y administración de riesgo, busca fortalecer las competencias de pequeños y medianos productores agropecuarios para convertirse en proveedores de mercados de mayor valor.
PROYECTO DE IMPACTO REGIONAL: Proyectos rentables y sostenibles identificados a través de diagnósticos y/o mapeos de redes, en actividades elegibles para FIRA que influyen en el mejoramiento del bienestar socioeconómico de las poblaciones de más de un municipio o entidad federativa, tomando en cuenta la heterogeneidad en las necesidades y oportunidades de desarrollo de los territorios participantes; estos proyectos pueden contar para su diseño, desarrollo e implementación con la coordinación interinstitucional y/o de distintos niveles de gobierno (federal, estatal y municipal).
PROYECTOS SOSTENIBLES: Son iniciativas que se desarrollan en el medio rural o en empresas del segmento objetivo de atención de FIRA y que, al tiempo que consideran las dimensiones de viabilidad económica, ambiental y social en sus actividades, atienden, en lo particular, alguna o varias de las siguientes áreas: causas y efectos del cambio climático; conservación y uso racional de los recursos naturales; desarrollo de fuentes de energía renovable; uso eficiente del agua y la energía; y desarrollo e implementación de modelos para el financiamiento de proyectos en apoyo a grupos vulnerables o comunidades en desventaja (base de la pirámide).
REDES DE VALOR: Interacción de los diversos participantes en torno a una actividad productiva desde el aprovisionamiento de insumos, producción, transformación y distribución de los diferentes bienes y servicios relacionados hasta llegar al consumidor final.
RENIECYT: Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas. Es un instrumento de apoyo a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación del país a cargo del CONACYT a través del cual identifica a las instituciones, centros, organismos, empresas y personas físicas o morales de los sectores público, social y privado que llevan a cabo actividades relacionadas con la investigación, y el desarrollo de la ciencia y la tecnología en México.
RENAPO: Registro Nacional de Población.
SERVICIO DE ASESORIA: Servicio otorgado por prestadores de servicios especializados para la solución de problemas o necesidades básicas en aspectos técnico - productivos, de administración y de gestión.
SERVICIOS DE CAPACITACION: Considera modalidades de apoyo para Promoción al Financiamiento y Desarrollo Tecnológico, Eventos Nacionales, Eventos en el Extranjero, Misión Comercial o Tecnológica Nacional, Misión Comercial o Tecnológica en el Extranjero, Estancias de Capacitación y Eventos de Demostración; en los que la población objetivo puede participar con apoyos de FIRA, incluye capacitación virtual, cursos, talleres, seminarios, foros, congresos, conferencias, diplomados; visitas a empresas, ferias,
exposiciones, Instituciones de Educación Superior, Intermediarios Financieros y otras visitas relacionadas con servicios crediticios, financieros; participación en eventos demostrativos en empresas de los productores y otras, CDT's, Instituciones de Educación Superior, Agentes de Cambio Tecnológico, industrias, entre otras.
SERVICIO DE CONSULTORIA: Servicio otorgado por prestadores de servicios especializados con la finalidad de resolver problemas o necesidades específicas, que por su especialización no pueden ser resueltas por el servicio de asesoría.
SISTEMA NACIONAL DE COMPETENCIAS: Instrumento del gobierno federal que contribuye a la competitividad económica, al desarrollo educativo y al progreso social de México, con base en el fortalecimiento de las competencias de las personas.
SISTEMA PRODUCTO: Conjunto de elementos y agentes concurrentes de los procesos productivos de productos agropecuarios, incluidos el abastecimiento de equipo técnico, insumos productivos, recursos financieros, la producción primaria, acopio, transformación, distribución y comercialización.
SUJETO DE CREDITO: Es la persona natural o jurídica que reúne los requisitos para ser evaluado y posteriormente ser favorecido con el otorgamiento de un crédito, en efectivo o venta de un artículo con facilidades de pago.
TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA: Proceso mediante el cual las Personas Físicas (PF) o Personas Morales (PF) de la población objetivo incorporan y aplican conocimientos tecnológicos a sus sistemas productivos, de procesamiento, comerciales y de servicios, entre otros, que les permiten mejorar la eficiencia, rentabilidad y productividad de sus empresas.
UNIDAD DE INVERSION (UDIS): Unidad de cuenta cuya equivalencia en moneda nacional publica el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación.
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Oficinas foráneas de FIRA denominadas Agencias, Residencias Estatales, CDT ´s y Subdirecciones ubicadas en las entidades federativas, en donde la población objetivo puede presentar las solicitudes de Apoyo, las direcciones y teléfonos se pueden consultar en el portal institucional (www.fira.gob.mx).
UNIDADES DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA: Son aquellas que incorporan tecnologías de producción, transformación, comercialización o servicios.
ANEXO 11: REQUISITOS PARA SOLICITAR REGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS ANTE FIRA
No.
Documentación requerida (formato
PDF) para el Registro de Consultores
y Asesores
Asesor
Asesor
PROAF
Consultor
Técnico
Consultor
Especializado
Persona Física
1
Currículum vítae.
X
X
X
X
2
Constancia que compruebe licenciatura como mínimo
X
 
X
X
3
Constancia que compruebe estudios de técnico nivel medio o bachillerato
 
X
 
4
Documento que acredite que el solicitante cuenta con experiencia para ofrecer los servicios en los cuales pretende obtener su Registro.
X
X
X
X
5
Copia de cédula de Identificación Fiscal (RFC) actualizada y vigente.
X
X
X
X
6
Copia de identificación oficial vigente (IFE, Pasaporte o Cédula profesional).
X
X
X
X
7
Fotografía a color en formato jpg.
X
X
X
X
8
Programa de trabajo a realizar con la población objetivo de FIRA.
X
X
X
 
9
Plan de oferta de servicios a proporcionar a la población objetivo de FIRA.
 
 
 
X
Persona Moral
10
Información General de la Empresa
 
X
X
11
Acta constitutiva y en su caso también las modificaciones
 
X
X
12
Documento que acredite que el solicitante cuenta con experiencia para ofrecer los servicios en los cuales pretende obtener su Registro.
 
X
X
13
Copia de cédula de Identificación Fiscal (RFC) de la empresa, actualizada y vigente.
 
X
X
14
Plan de oferta de servicios a proporcionar a la población objetivo de FIRA.
 
 
X
15
Programa de trabajo a realizar con la población objetivo de FIRA.
 
X
 
16
Relación de consultores con estudios nivel licenciatura como mínimo, integrante de la empresa o subcontratada.
 
X
X
*Para el caso de renovación de registro, el PSE deberá presentar según corresponda al tipo de Registro solicitado, los indicadores de cumplimiento del programa de trabajo o plan de servicios proporcionados a la población objetivo de FIRA que sirvió de base para obtener el registro inicial.
ANEXO 12: TERMINOS DE REFERENCIA PARA EVENTOS DE CAPACITACION
Los eventos de capacitación susceptibles de apoyo estarán enfocados a cumplir con el propósito de propiciar el acceso formal al sistema financiero de los productores y empresas de los Sectores Agropecuario, Forestal, Pesquero y Rural al Financiamiento e integración en las redes de valor, al fortalecimiento e integración en las redes de valor; propiciar la formación y fortalecimiento de Prestadores de Servicios Especializados, fortalecer preparación de estudiantes, así como fortalecer a los Intermediarios Financieros que operen en forma directa con FIRA, Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras Reconocidas por la Legislación, que operen servicios financieros de FIRA.
Los eventos deben inducir y facilitar a la población objetivo organizarse para constituirse como sujetos de crédito, desarrollar sus capacidades productivas, fortalecer sus empresas, integrarse económicamente a las redes de valor, vincularse a los mercados en mejores condiciones, usar energías alternativas, aplicar tecnologías de producción sostenible; así como el fortalecimiento de los Intermediarios Financieros, Empresas Parafinancieras, Entidades Masificadoras de Crédito y Entidades Financieras, que operen servicios
financieros de FIRA, para que estén en condiciones de ampliar y profundizar la cobertura de servicios financieros completos en el medio rural.
Considerando principalmente los temas siguientes:
-      Inducción de productores a su organización formal, desarrollo de la educación financiera y esquemas de masificación del crédito; estructuración y formación de figuras asociativas legales.
-      Análisis de recursos, planeación estratégica, formulación de proyectos productivos y elaboración de planes básicos de negocio.
-      Mejoras al proceso productivo (tecnologías, capacitación y desarrollo de habilidades), análisis de mercado y de la demanda del producto, demostración de tecnologías y capacitación para utilizar herramientas de administración de riesgos tales como: FINCAS, seguros, coberturas, agricultura por contrato y fianzas.
-      Para la integración de los productores a las redes de valor o eventos relacionados con el desarrollo de capacidades administrativas, productivas o de comercialización,
-      Formación y certificación de prestadores de servicios que estén orientados a la estructuración de proyectos, la formación y desarrollo de sujetos de crédito, la promoción a la organización, financiamiento y el desarrollo tecnológico.
-      Para la Adopción de Innovaciones Tecnológicas, conocimiento de las características del producto que demanda el mercado, oferta tecnológica que mejore procesos productivos y formación del recurso humano, establecimiento de Unidades de Transferencia de Tecnología, mejoras de procesos para el acondicionamiento del producto, de logística, de comercialización, de desarrollo y administración de centros de acopio, de empaque y de unidades de servicios.
-      Para el desarrollo de habilidades directivas de gerentes, directores o integrantes del consejo de administración o de vigilancia de empresas u organizaciones de productores que reciban financiamiento de FIRA.
-      Para el Análisis de la Red de Valor, identificación de oportunidades de negocio que faciliten la integración al mercado, y para obtener certificaciones requeridas en la Integración a redes de valor y en el desarrollo de nuevos productos.
-      Para la Operación y Consolidación de los Esquemas de Integración, desarrollar y fortalecer la red de proveedores; abrir nuevos mercados; desarrollar centros logísticos de abasto, infraestructura comercial y logística de acceso a mercados.
-      Para promoción, ejecución, diseño, estructuración, establecimiento, operación, coordinación, supervisión y desarrollo de esquemas de negocio con base en el resultado del diagnóstico y mapeo de redes de valor.
-      Para proyectos con beneficios al medio ambiente, difusión, adopción de tecnologías e implementación de proyectos relacionados con uno o más de los aspectos siguientes: reducir causas
y efectos del cambio climático, uso eficiente del agua y la energía, conservación del medio ambiente, uso racional de los recursos naturales, el desarrollo de biocombustibles y fuentes de energía renovables.
-      Para procesos de obtención de certificados negociables de reducción de gases de efecto invernadero.
-      Para difundir programas, normatividad, productos y servicios relacionados con FIRA.
-      Para que ejecutivos y operadores internos y externos de Intermediarios Financieros, o de empresas parafinancieras, desarrollen y fortalezcan sus capacidades y certifiquen sus competencias relacionadas con el proceso de crédito y otros servicios financieros que demanda la población objetivo de FIRA.
-      Para la elaboración de los planes estratégico, operativo, financiero y de negocios, de Intermediarios Financieros No Bancarios y de empresas parafinancieras.
-      Para que Intermediarios Financieros No Bancarios, empresas parafinancieras y entidades financieras reconocidas por la legislación, diseñen y desarrollen productos financieros que satisfagan las necesidades de las empresas del sector rural.
-      Para la formación y desarrollo de competencias de asesores técnicos.
-      Eventos relacionados con el sector agroalimentario**
Los eventos de capacitación serán desarrollados por los Centros de Desarrollo Tecnológico CDT ´s con los que cuenta FIRA y en caso de que la oferta de servicios solicitada no esté disponible, podrá realizarse por los proveedores Registrados.
Los CDT ´s de FIRA son: CDT Tezoyuca, ubicado en el estado de Morelos; CDT Tantakin, ubicado en el estado de Yucatán; CDT Salvador Lira López, ubicado en el estado Michoacán; CDT Villadiego, ubicado en el estado de Guanajuato y CDT La Noria, ubicado en el estado de San Luis Potosí.
___________________________
 

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