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DOF: 28/02/2019
ACUERDO número 06/02/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación Inicial y Básica Comunitaria para el ejercicio fiscal 2019

ACUERDO número 06/02/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación Inicial y Básica Comunitaria para el ejercicio fiscal 2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 43, último párrafo y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XI, XXI, XXII y penúltimo párrafo, 23, 26, 27, 35 y Anexos 10, 18, 25 y 26 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, así como los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas;
Que asimismo, el referido precepto prevé que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, mismas que deberán ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación;
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019 establece en sus artículos 3, fracción XXI y 26 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquéllos señalados en su Anexo 25;
Que en virtud de que el 1 de diciembre de 2018 inició una nueva administración del Ejecutivo Federal, en el marco de lo dispuesto en los artículos 43, último párrafo y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como el transitorio Quinto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, las reglas de operación deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el último día hábil de febrero;
Que las reglas de operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, y
Que en cumplimiento de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 06/02/19 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
EDUCACIÓN INICIAL Y BÁSICA COMUNITARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019
ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación Inicial y Básica Comunitaria para el ejercicio fiscal 2019, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, 28 de febrero de 2019.- El Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma
Barragán.- Rúbrica.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA EDUCACIÓN INICIAL Y BÁSICA COMUNITARIA PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2019
ÍNDICE
GLOSARIO
1.     INTRODUCCIÓN
2.     OBJETIVOS
2.1.      General
2.2.      Específicos
3.     LINEAMIENTOS
3.1.      Cobertura
3.2.      Población objetivo
3.3.      Beneficiarios(as)
3.3.1.      Requisitos
3.3.2.      Procedimiento de selección
3.4.      Características de los apoyos (tipo y monto)
3.4.1       Devengo, aplicación y reintegro de los recursos
3.4.1.1    Devengos
3.4.1.2    Aplicación
3.4.1.3    Reintegros
3.5.       Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
3.6.      Participantes
3.6.1.      Instancia(s) ejecutora(s)
3.6.2.      Instancia(s) normativa(s)
3.7.      Coordinación institucional
4.     OPERACIÓN
4.1.      Proceso
4.2.      Ejecución
4.2.1.      Avances físicos y financieros
4.2.2.      Acta de entrega-recepción
4.2.3.      Cierre del ejercicio
5.     AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
6.     EVALUACIÓN
6.1.       Interna
6.2.       Externa
7.     TRANSPARENCIA
7.1.      Difusión
7.2.      Contraloría social
8.     QUEJAS Y DENUNCIAS
 
ANEXOS
1.   Trámites para la instalación de los Servicios de Educación Básica Comunitaria.
Glosario
Acciones compensatorias: Conjunto de apoyos en especie otorgados a los gobiernos de las entidades federativas para contribuir a reducir el rezago educativo en el ámbito rural e indígena en poblaciones con altos grados de marginación y pobreza.
Alumna(o): Persona matriculada en cualquier grado de las diversas modalidades, tipos, niveles y servicios de Educación Básica en el modelo de educación comunitaria.
APEC: Asociación Promotora de Educación Comunitaria, es la representación de madres y padres de familia, tutores y personas de la comunidad atendida por el Consejo Nacional de Fomento Educativo, la cual tiene por objeto promover la impartición de los diferentes niveles de educación básica y la difusión cultural, así como colaborar y contribuir, en la medida de sus posibilidades, en el establecimiento y desarrollo de los servicios educativos.
Apoyo económico: Monto económico que el Consejo Nacional de Fomento Educativo, concede a las figuras y ex figuras educativas, para promover su permanencia en el Sistema Educativo Nacional o para solventar gastos extras, para inscripciones, reinscripciones, continuar estudiando, culminar estudios, o por enfermedad o defunción. Así como para el traslado, hospedaje y alimentación a las sedes de formación, así como a las jornadas de observación y apoyo a la práctica docente. Estos apoyos podrán ser diferenciados.
Auxiliares didácticos: Paquete de artículos y materiales que se destinan a las escuelas y servicios de educación comunitaria para apoyar las actividades de enseñanza y aprendizaje.
Campaña Nacional de Promoción: Periodo durante el cual las Oficinas de representación en los estados del CONAFE realizan actividades de promoción con el fin de captar jóvenes que están por concluir o que ya concluyeron sus estudios de nivel secundaria, de tipo medio superior o superior, para que participen como Líderes para la Educación Comunitaria. La difusión se realiza principalmente mediante visitas directas a planteles escolares y se refuerza con mensajes a través de los medios de comunicación masiva.
Cobertura: Atención a niñas, niños, adolescentes, jóvenes, padres, madres, cuidadores y embarazadas, cuidadores de niños, con respecto a universos potenciales.
Comunidad: Grupo o conjunto de personas que comparte elementos en común, tales como espacio geográfico, idioma, costumbres, valores, tareas, visión del mundo, edad, estatus social, etc.
CONAFE: Consejo Nacional de Fomento Educativo, es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Educación Pública. El CONAFE tiene por objeto el fomento educativo a través de la prestación de servicios de educación inicial y educación básica comunitaria con equidad educativa e inclusión social, a la población potencial.
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio con autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines, de conformidad con la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Bienestar, que tiene como objeto normar y coordinar la evaluación de la política nacional de desarrollo social y las políticas, programas y acciones que ejecuten las dependencias públicas, así como establecer los lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza, garantizando la transparencia, objetividad y rigor técnico en dicha actividad.
Convenio de Colaboración: Instrumento jurídico que celebran el Poder Ejecutivo Federal, por conducto del CONAFE, y por la otra, el Poder Ejecutivo de los Gobiernos Estatales, con el objeto de establecer las bases conforme a las cuales las partes llevarán a cabo acciones de fomento educativo.
Convenio específico de colaboración: Acuerdo de voluntades signado entre el CONAFE y las secretarías o institutos de Educación Estatal, donde se establecen las acciones, procesos y procedimientos para la asignación de recursos destinados a las escuelas seleccionadas para su atención, a través de las unidades administrativas designadas y/o el Órgano Ejecutor Estatal, mismos que se sujetan a las bases dispuestas en la materia por la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal y que incluyen la colaboración operativa de los programas del CONAFE.
CPC: Comité de Participación Comunitaria a favor de la primera infancia, agrupación integrada por madres, padres y/o adultos que participan en la crianza de niñas y niños de 0 a 3 años once meses de edad, de localidades atendidas con educación inicial del CONAFE para favorecer el desarrollo de las/os niñas/os; y
promover la participación comunitaria en las diferentes actividades, con un carácter autogestivo de la comunidad en el proceso operativo del programa, desde el diagnóstico, la planeación de las acciones y la implementación de las mismas.
Cuidadores (as): Personas involucradas en la crianza de las niñas y los niños de 0 a 3 años 11 meses de edad.
DAF: Dirección de Administración y Finanzas, unidad administrativa adscrita al CONAFE.
DAJ: Dirección de Asuntos Jurídicos, unidad administrativa adscrita al CONAFE.
DCC: Dirección de Comunicación y Cultura, unidad administrativa adscrita al CONAFE.
DDyCSP: Dirección de Delegaciones y Concertación con el Sector Público, unidad administrativa adscrita al CONAFE.
DECIS: Dirección de Educación Comunitaria e Inclusión Social, unidad administrativa adscrita al CONAFE.
DEI: Dirección de Educación Inicial, unidad administrativa adscrita al CONAFE.
DOF: Diario Oficial de la Federación.
DPE: Dirección de Planeación y Evaluación, unidad administrativa adscrita al CONAFE.
Educación comunitaria: Corresponde a la educación inicial y educación básica (preescolar, primaria y secundaria) que el CONAFE otorga, con base en un modelo pedagógico pertinente que responde a las necesidades y características de la población de los grupos sociales en situación de vulnerabilidad de las localidades que registran altos y muy altos niveles de marginación y/o rezago social. La operación de los servicios de educación básica se desarrolla por medio de figuras educativas, que a través de su servicio social proporcionan educación frente a grupo.
Equipamiento para las figuras educativas: Algunos artículos y/o prendas de uso personal que el CONAFE proporciona a las figuras educativas, para apoyar sus condiciones de servicio social y estancia en comunidad.
Estructura educativa de educación comunitaria. Grupo conformado por las figuras educativas que participan en el proceso de asesoría y operación del servicio de educación inicial y educación básica que opera el CONAFE.
Figuras educativas: Son aquellas personas que, de manera voluntaria, a través de la suscripción de los instrumentos jurídicos respectivos, planean, desarrollan y/o evalúan acciones pedagógicas, artísticas y culturales, de formación y acompañamiento establecidas por el CONAFE en los servicios de educación inicial y educación básica comunitaria, conforme al modelo de educación que opera.
Figuras educativas certificadas: Figura educativa voluntaria, que cuenta con certificado que reconoce el conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que posee sobre educación inicial y básica comunitaria.
Formación: Comprende un conjunto de acciones formativas y operativas orientadas al desarrollo o construcción de conocimientos, habilidades y actitudes para un mejor desempeño de las figuras educativas involucradas en la educación comunitaria.
Formación inicial: Proceso que el CONAFE desarrolla para capacitar a los aspirantes a Figuras Educativas antes de incorporarse a los servicios educativos.
Grado de marginación: Es una medida elaborada por el Consejo Nacional de Población, que permite diferenciar unidades territoriales según las carencias padecidas por la población, como resultado de la falta de acceso a la educación, la residencia en viviendas inadecuadas, los ingresos monetarios insuficientes y la residencia en localidades pequeñas.
Grado de rezago social: Es un subcomponente del índice de rezago educativo elaborado por CONEVAL, el cual considera el carácter multidimensional de la pobreza incorporando indicadores de educación, acceso a servicios de salud y otros servicios básicos, calidad y espacios en la vivienda, así como número de personas con actividades laborales por familia.
Grupos sociales en situación de vulnerabilidad: Aquellos núcleos de población y personas que, por diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impiden alcanzar mejores niveles de vida y, por lo tanto, requieren de la atención e inversión del Gobierno para lograr su bienestar.
 
Igualdad de género: Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía, organismo con autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.
Inscripción: Registro de ingreso de alumnas y alumnos a una etapa, nivel o grado de la educación básica, media superior o superior con el fin de iniciar el historial escolar y académico.
LEC: Líderes para la Educación Comunitaria, figura educativa, preferentemente originaria de la región a la que se le asigna, que presta su servicio social educativo en localidades atendidas por el CONAFE y que ha pasado por un proceso de captación y formación inicial relacionado con el desarrollo de habilidades para la enseñanza.
LFPRH: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
LFTAIP: Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
LGCG: Ley General de Contabilidad Gubernamental.
LGE: Ley General de Educación.
LGPDPPSO: Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
LGTAIP: Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Localidad: Área geográfica circunscrita a un municipio o demarcación territorial, ocupado por una o más viviendas, las cuales pueden estar habitadas o no. Este lugar es reconocido por un nombre dado por la ley o la costumbre.
Material escolar: Artículos para uso de alumnos, alumnas y figuras educativas, tales como bolígrafos, cuadernos, gises, gomas, juegos de geometría, lápices, etc., que apoyan los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Materiales de apoyo didáctico para las figuras educativas: Manuales, guías y propuestas pedagógicas escritas que apoyan y orientan los procesos de intervención en este ámbito y que se proporcionan a las figuras educativas, de acuerdo con el Programa educativo o estrategia de fortalecimiento educativo en que participan.
Microplaneación: Proceso que permite identificar la demanda potencial al mismo tiempo que busca la optimización de los recursos ya existentes. Conlleva un modelo de asignación o reasignación de recursos.
MIR: Matriz de Indicadores de Resultados, consta de cuatro filas por cuatro columnas en la cual se registra, en forma resumida, información sobre un programa presupuestario. Las filas de la matriz presentan información acerca de cuatro distintos niveles de objetivos llamados Fin, Propósito, Componentes y Actividades.
MML: Metodología del Marco Lógico, es una herramienta para facilitar el proceso de conceptualización, diseño, ejecución y evaluación de proyectos orientados a procesos.
Modalidad educativa: Servicio educativo de los niveles de inicial, preescolar, primaria y secundaria, que se brinda a niños y niñas, adolescentes en edad escolar y responde a las necesidades, características e intereses de la población. Las modalidades incluyen mestizos, indígenas, migrantes y jornaleros agrícolas migrantes.
OEE: Órgano Ejecutor Estatal, unidad administrativa designada por la autoridad educativa estatal, encargada de la operación de acciones compensatorias en coordinación con las Oficinas de representación en los estados, del CONAFE.
Oficina de representación en los estados Oficina de representación del CONAFE en cada una de las 31 entidades de la República Mexicana, que organiza, opera y controla lo que desarrolla el CONAFE en los estados del país.
Participación comunitaria: Promoción de formas asociativas y organizativas de una comunidad frente a las adversidades o factores que frenan el crecimiento, con el objetivo de ejecutar acciones para lograr un mayor bienestar común.
Participación social: Es la intervención de los ciudadanos en la toma de decisiones respecto al manejo
de los recursos y las acciones que tienen un impacto en el desarrollo de sus comunidades. La Participación Social en la Educación, tiene como principal objetivo lograr la autogestión de las escuelas, mediante la ampliación de su margen de toma de decisiones para coadyuvar en la construcción de una eficiente planeación estratégica de los centros escolares.
Perspectiva de género: Concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.
Prácticas de crianza: Son las acciones de cuidado, atención, educación y socialización que hacen las madres, padres, embarazadas y cuidadores de manera cotidiana con las niñas y los niños de 0 a 3 años 11 meses de edad, y que influyen significativamente en sus vidas.
Preescolar comunitario: Nivel educativo correspondiente a educación básica que el CONAFE opera en comunidades en situación de vulnerabilidad, rurales, indígenas y en contextos migrantes.
Primaria comunitaria: Nivel educativo correspondiente al tipo básico que el CONAFE opera en comunidades en situación de vulnerabilidad, rurales, indígenas y migrantes.
PRODET: Programación Detallada Anual, es el producto que se obtiene del proceso de microplaneación y es un listado final de servicios educativos por municipio y localidad que son atendidos por el CONAFE, así como aquellos propuestos como de nueva creación para un nuevo ciclo escolar.
Programa: Al presente Programa de Educación Inicial y Básica Comunitaria.
Promotor(a) educativo(a): Figura educativa que participa voluntariamente y en forma concertada con su respectiva Oficina de representación en los Estados y que conduce en su comunidad el servicio de educación inicial. Puede o no estar certificada.
Recurso comprometido: El momento contable del gasto que refleja la aprobación por autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio.
Recurso devengado: El momento contable del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas.
Recurso no devengado: Se refiere a aquellos recursos presupuestarios no ejercidos ni comprometidos al 31 de diciembre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Rezago social: Considera el carácter multidimensional de la pobreza incorporando indicadores de educación, de acceso a servicios de salud, de servicios básicos de calidad y espacios en la vivienda, y activos en el hogar.
Secretaría de Educación Estatal (SEE): Dependencia del gobierno estatal o su equivalente, responsable de la educación pública en los estados.
SED: Sistema de Estudios a Docentes, sistema mediante el cual se fomenta la continuidad educativa de las ex figuras educativas que son quienes concluyeron su servicio social en el CONAFE, promoviendo su incorporación y permanencia en el sistema educativo nacional y en instituciones de otros países, en los niveles de educación media superior, superior o de programas de capacitación para el trabajo.
Servicio de educación inicial: Servicio, gestionado y acordado por los padres, madres, embarazadas y/o cuidadores de la localidad para participar y beneficiarse de las actividades de educación inicial bajo el modelo de educación comunitaria.
Servicio educativo: Conjunto integrado de recursos pedagógicos, didácticos, organizativos y de infraestructura, de acuerdo con el modelo de educación comunitaria, mediante los cuales el CONAFE ofrece atención en educación inicial, preescolar, primaria y secundaria.
Servicio social educativo: Actividad de carácter temporal y voluntaria durante la cual, los jóvenes egresados de secundaria, bachillerato o educación superior mediante el otorgamiento de una ayuda
económica, participan como figuras educativas del CONAFE en la impartición de la educación básica bajo el modelo de educación comunitaria, a través de la suscripción de los instrumentos jurídicos respectivos.
SFP: Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal.
SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal.
SICS: Sistema Informático de la Contraloría Social, se diseñó para que las distintas instancias gubernamentales involucradas en la promoción de la contraloría social capturen la información relativa a su ámbito de competencia.
SIIINAFE: Sistema Integral de Información e Infraestructura Nacional para el Fomento Educativo, concentra la información referente al Programa de Educación Inicial y Básica Comunitaria, estrategias de apoyo a la educación, SED y beca "Acércate a tu Escuela".
TESOFE: Tesorería de la Federación.
Útiles escolares: Artículos escolares básicos para el apoyo del aprendizaje de alumnos y alumnas asignados en un ciclo escolar determinado.
1. INTRODUCCIÓN
Debido a la necesidad de abrir oportunidades de acceso a la educación básica a los niños que vivían en las pequeñas localidades rurales, el Gobierno Federal crea en 1971 al CONAFE, como un Organismo Público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios. En 1973 se emprende el Programa de Cursos Comunitarios con Educación Primaria en el estado de Guerrero, y cinco años después se generaliza en 31 entidades. En el ciclo escolar 1981-1982, inicia el servicio de educación preescolar; y en 1992 el Programa para el Desarrollo de la Educación Inicial no Escolarizada. Educación Secundaria
En Educación Inicial, el CONAFE beneficia a casi 330 mil infantes menores de 4 años de todo el país, este servicio es impartido por más de 26 mil promotoras educativas, mediante la participación activa de embarazadas, padres, madres y cuidadores.
En Educación Básica Comunitaria, el CONAFE atiende a más de 300 mil niñas y niños. Todos los servicios son multigrado y algunos multinivel, atendidos por jóvenes Líderes para la Educación Comunitaria (LEC).
Los servicios educativos se ubican en localidades menores de 2,500 habitantes, con alto y muy alto grado de marginación y rezago social, cuyas características son: bajo índice de desarrollo humano, dificultad de acceso a servicios básicos y alta movilidad poblacional.
La población que se atiende es rural, indígena, jornaleros agrícolas, migrantes, circense y en situación de vulnerabilidad. Los alumnos suelen contribuir con trabajo (remunerado o no) al sostenimiento de la familia, que además tienen padres con baja o nula escolaridad.
De acuerdo con la información sobre la "Integración Territorial" (iter), 2010 publicada por el INEGI había un total de 5,203,520 de niñas, niños y adolescentes de 3 a 14 años que viven en localidades de menos de 2,500 habitantes con alta y muy alta marginación y rezago social; de los cuales 891,860 no asisten a la escuela. En el mismo orden de ideas, con información sobre la medición de la pobreza realizada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) se identifican más de 4.3 millones de menores de 3 años que habitan en localidades urbanas y rurales por debajo de la línea de bienestar.
Desde el 2010 el promedio de atención en educación básica comunitaria se ha mantenido entre los 330 mil estudiantes, y 400 mil para educación inicial; considerando que la tendencia de la dinámica de los datos mantiene un crecimiento exponencial, el gran desafío del CONAFE implica el desarrollo de estrategias flexibles para incrementar la cobertura; entre ellas la apertura de servicios nuevos y con mayor capacidad, operación de modalidades diversas de atención escolar y ajuste de la organización de los elementos curriculares y normativos para una operación de los programas acorde a las características y necesidades de la población demandante.
Conviene destacar que el CONAFE se encuentra en un proceso de transformación integral con la finalidad de ampliar la cobertura y mejorar la calidad y equidad de los servicios educativos que otorga. Dicha transformación incluye, el diseño e implementación de un nuevo modelo educativo, el cual incluirá importantes cambios en el plan y programas de estudio, materiales educativos, formas de organización escolar, captación y formación de figuras educativas con otros perfiles profesionales, modalidad en el otorgamiento de los servicios educativos, instalaciones educativas, entre otros elementos.
 
Para cumplir con su objetivo, el CONAFE opera programas educativos y de desarrollo comunitario. Entre ellos, se encuentra el Programa de Educación Inicial y Educación Básica Comunitaria. Mediante este Programa, el CONAFE canaliza los recursos y apoyos a las comunidades marginadas, a fin de que cuenten con servicios de educación inicial, preescolar, primaria y secundaria. Estos apoyos incluyen el financiamiento, capacitación y acompañamiento de figuras educativas; la entrega de materiales educativos y útiles escolares la realización de actividades culturales, deportivas y de desarrollo comunitario; y la mejora de infraestructura y equipamiento de las instalaciones donde se ofrece el servicio. Asimismo, provee de útiles escolares y otros apoyos a los alumnos de escuelas del sistema educativo regular como mecanismo compensatorio a sus condiciones de pobreza y marginación.
Este programa opera con recursos autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019.
El presente documento establece las reglas de operación que deberán observarse en la ejecución del programa, con el fin de maximizar su beneficio entre la población objetivo.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 179 del RLFPyRH, el CONAFE verificó que el programa objeto de las presentes Reglas de Operación no se contrapone, afecta ni presenta duplicidades con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo.
2. OBJETIVOS
2.1. General
Incrementar las oportunidades de acceso, permanencia y aprovechamiento de niños, niñas, adolescentes; y mediante convenios de colaboración interinstitucionales, a jóvenes y adultos, que viven en localidades de alta y muy alta marginación o rezago social, para que concluyan con éxito su educación básica.
2.2. Específicos
·   Establecer servicios educativos que garanticen un funcionamiento suficiente y eficaz en localidades de alta y muy alta marginación o rezago social.
·   Procurar la asignación de figuras educativas a cada uno de los servicios de educación inicial y básica comunitaria para la atención pertinente, inclusiva y efectiva.
·   Gestionar la dotación a los servicios de educación inicial y educación básica comunitaria de infraestructura.
·   Dotar de útiles escolares a los servicios educación comunitaria, así como a escuelas primarias del sistema regular seleccionadas a través de acciones compensatorias.
3. LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura
El CONAFE tiene presencia en 31 Entidades Federativas.
3.2. Población objetivo
Niñas, niños, adolescentes y, mediante convenios, jóvenes y adultos de grupos sociales en situación de vulnerabilidad, y localidades rurales e indígenas que registran altos y muy altos niveles de marginación o rezago social; que deben recibir atención del CONAFE sin que sus circunstancias específicas de carácter socioeconómico, físico, mental, de identidad cultural, origen étnico o nacional, situación migratoria o bien, relacionadas con aspectos de género, preferencia sexual, creencias religiosas o prácticas culturales dificulten el acceso y atención.
En educación inicial, la población objetivo la constituyen embarazadas, niñas y niños de 0 a 3 años once meses, así como sus madres, padres y cuidadores.
En educación básica comunitaria, la población objetivo son las niñas, niños y adolescentes de 3 a 16 años.
3.3. Beneficiarios /as
Son beneficiarios/as del programa niñas, niños, adolescentes, jóvenes, madres, padres, embarazadas y cuidadores de grupos sociales en situación de vulnerabilidad, y localidades rurales e indígenas que registran altos y muy altos niveles de marginación o rezago social.
3.3.1. Requisitos
Para obtener el beneficio de los servicios educativos que brinda el CONAFE, las personas habitantes de la
comunidad interesada, las autoridades comunales o municipales, o cualquier otra instancia gubernamental, deberá presentar: una solicitud mediante escrito libre para la instalación o reapertura de un servicio educativo, dirigida a la Oficinas de representación del CONAFE en el estado donde se ubica la localidad, con los siguientes datos: nombre de la localidad o campamento agrícola, municipio, número de habitantes y de beneficiarios/as, especificación del tipo de servicio requerido (inicial, preescolar, primaria o secundaria) y un croquis o mapa de referencia geográfica.
El procedimiento de solicitud es gratuito y puede efectuarse durante todo el año. La solicitud puede enviarse a los correos electrónicos: atencionciudadana@conafe.gob.mx y ue.mt@conafe.gob.mx; o bien entregarse directamente en la Oficina de representación del CONAFE en los estados de lunes a viernes, de 9:00 am. a 3:00 pm. La dirección de cada Oficina de representación del CONAFE en los estados puede ser consultada en la página: https://www.gob.mx/conafe/acciones-y-programas/delegaciones-estatales-26616.
El plazo máximo para dar respuesta a la solicitud es de tres meses a partir de la recepción de ésta. Si se requiere más información por parte de la Oficina de representación del CONAFE en los estados, la persona solicitante tendrá 15 días hábiles para entregarla. La Oficina de representación del CONAFE en los estados será la responsable de entregar la respuesta por escrito en el domicilio del solicitante o a través del correo electrónico que éste indique.
Para participar en las acciones compensatorias que brinda el CONAFE, las escuelas del sistema regular deberán reunir las siguientes características: estar ubicadas en localidades de alta y muy alta marginación o rezago social, o en localidades indígenas; tener matrícula en condiciones de bajo logro educativo o en riesgo de abandono escolar; estar incluidas en los convenios de colaboración que se celebrarán con la autoridad educativa local de cada entidad federativa, en los que se concertará las proporciones de financiamiento y las acciones específicas que dichas autoridades deberán realizar para reducir y superar dichos rezagos. A partir de estos criterios, el CONAFE selecciona las escuelas que serán beneficiadas con este tipo de acciones. Las autoridades educativas estatales podrán sugerir algunos ajustes a las propuestas.
3.3.2. Procedimiento de selección
Educación Inicial y Básica Comunitaria
Procedimiento para la selección de la población beneficiaria
Etapa
Actividad
Responsable
1. Solicitud de apertura y reapertura de servicios educativos
Solicitar la instalación del servicio a la instancia del CONAFE en el estado, cumpliendo los requisitos descritos en el numeral 3.2 de las presentes Reglas de Operación. (Anexo 1)
Habitantes de las localidades.
2. Registro de servicios nuevos y reaperturas.
Realizar el registro de los servicios solicitados, así como las reaperturas, a través de la herramienta SIIINAFE.
Las Oficinas de representación en los estados, y en su caso el OEE.
3. Selección de beneficiarios.
Determinar si la localidad mencionada en la solicitud cumple con lo señalado en el numeral 3.2 "Población objetivo" del nivel educativo correspondiente, cotejar con las metas y verificar la disponibilidad presupuestal, para emitir el dictamen de autorización.
Dar a conocer a la Oficina de representación del CONAFE en los estados la resolución.
La DPE.
4. Respuesta al solicitante.
Comunicar por escrito a la persona interesada la respuesta emitida por la DPE del CONAFE, indicando a partir de qué fecha se proporcionará el servicio solicitado, en un plazo no mayor a tres meses.
Las Oficinas de representación en los estados,
5. Autorización del servicio.
Gestionar por medio de la Oficina de representación del CONAFE en la entidad, la asignación de la clave de servicio ante la autoridad educativa estatal.
Seleccionar la o las figuras educativas que han sido formadas, y entregarles el oficio de asignación del servicio educativo.
Oficinas de representación en los estados,
6. Apertura del servicio.
Asegurar la presencia de la promotora, LEC o la figura educativa en la comunidad, mediante un oficio de asignación del servicio educativo.
Realizar la inscripción de los beneficiarios.
Las Oficinas de representación en los estados,
Figuras educativas
7. Integración del padrón de beneficiarios.
Integrar el registro de localidades que cuenta con información de los beneficiarios, a través del SIIINAFE.
Las Oficinas de representación en los estados, y la DPE.
Acciones compensatorias
Procedimiento para la selección de la población beneficiaria
Etapa
Actividad
Responsable
·   Definición del universo de atención
Construir el universo de atención bajo criterios de marginación, pobreza y necesidades complementarias de apoyo que se especifique en los convenios de colaboración con las autoridades educativas locales, siempre con sujeción a las disponibilidades presupuestales y prioridades de atención del CONAFE.
La DPE
 
El Programa adoptará, en lo procedente, el modelo de estructura de datos del domicilio geográfico establecido en el acuerdo por el que se aprueba la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010. Lo anterior en estricta observancia al Acuerdo antes referido y a los oficios circulares con números 801.1.-279 y SSFP/400/124/2010 emitido por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, respectivamente.
Los componentes que integran el modelo de estructura de datos del domicilio geográfico son:
COMPONENTES
ESPACIALES
DE REFERENCIA
GEOESTADÍSTICOS
Vialidad
Núm. Exterior
Área Geoestadística Estatal o de la Ciudad de México
Carretera
Núm. Interior
Área Geoestadística Municipal o Demarcación Territorial de la Ciudad de México
Camino
Asentamiento Humano
Localidad
 
Código Postal
 
 
Descripción de ubicación
 
 
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
Adicionalmente a los recursos públicos asignados, el CONAFE podrá allegarse de recursos complementarios provenientes de instituciones gubernamentales y no gubernamentales, para el impulso y cumplimiento de su objeto.
La participación de mujeres y hombres en la solicitud y elegibilidad de los apoyos que proporciona el presente Programa será en igualdad de oportunidades.
Para la planeación, operación y ejecución de los servicios del modelo de educación comunitaria, el CONAFE podrá otorgar los apoyos que a continuación se describen:
Tipo de apoyo
Población objetivo
Monto o porcentaje
Periodicidad
Apoyos económicos.
Figuras educativas de educación inicial y básica comunitaria, ex figuras educativas de educación básica.
Monto asignado a cada figura, de acuerdo con el presupuesto asignado y lo establecido en los lineamientos específicos. (https://cnfsiiinafe.conafe.gob.mx/normateca)
De acuerdo con lo establecido en los lineamientos específicos. (https://cnfsiiinafe.conafe.gob.mx/normateca)
Materiales educativos y equipamiento para el desarrollo de las actividades de las figuras educativas.
Alumnos(as), padres, madres, cuidadores y tutores, figuras educativas de educación inicial y básica comunitaria.
Monto asignado, de acuerdo con el presupuesto autorizado y lo establecido en los lineamientos específicos. (https://cnfsiiinafe.conafe.gob.mx/normateca)
Cada ciclo operativo y escolar, de acuerdo con lo establecido en los lineamientos específicos. (https://cnfsiiinafe.conafe.gob.mx/normateca)
Apoyo para el desarrollo y participación en actividades académicas, culturales y deportivas.
Niños y niñas, adolescentes, jóvenes, padres, madres, cuidadores y tutores, figuras y ex figuras educativas, y otros miembros de la comunidad.
Monto de acuerdo con el presupuesto asignado y las actividades específicas.
De acuerdo con las actividades específicas.
Útiles escolares para los alumnos y alumnas de los servicios educativos comunitarios y escuelas compensadas.
Alumnos y alumnas de los servicios educativos del CONAFE y escuelas compensadas.
De acuerdo con los recursos autorizados.
Cada ciclo escolar.
Apoyo para el financiamiento de proyectos desarrollo comunitario.
La escuela y la comunidad de las localidades atendidas por el CONAFE.
De acuerdo con los recursos disponibles.
Durante el año fiscal
Apoyo en casos excepcionales o emergentes que pongan en riesgo la permanencia o conclusión de los trayectos educativos.
Niñas, niños, adolescentes, jóvenes, madres y padres de familia que por su condición de vulnerabilidad necesitan ser apoyados.
De acuerdo con los recursos disponibles.
Durante el año fiscal.
 
Se podrán otorgar apoyos adicionales a los arriba señalados para atender las necesidades en la operación de los servicios educativos del CONAFE con base en el modelo educativo que opere, siempre y cuando exista la suficiencia presupuestal.
Sólo podrán exigir los datos y documentos anexos estrictamente necesarios para tramitar la solicitud y acreditar si el beneficiario potencial cumple con los criterios de elegibilidad.
3.4.1. Devengo, aplicación y reintegro de los recursos
3.4.1.1. Devengos
Cuando el beneficiario del presente programa sea una persona física o, en su caso, personas morales distintas a los gobiernos de las entidades federativas o municipios, los recursos se considerarán devengados una vez que se haya constituido la obligación de entregar el recurso al beneficiario por haberse acreditado su elegibilidad antes del 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2019, con independencia de la fecha en la que dichos recursos se pongan a disposición para el cobro correspondiente a través de los mecanismos previstos en estas Reglas de Operación y en las demás disposiciones aplicables.
Los recursos se considerarán vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago cuando a través de un instrumento legal se haya asumido la obligación o compromiso de realizar una erogación en favor de un tercero, o cuando el programa de trabajo objeto del apoyo autorizado determine dichas erogaciones.
3.4.1.2. Aplicación
El CONAFE tendrá la obligación de aplicar los recursos recibidos para el objeto y los fines que les fueron otorgados a más tardar el 31 de diciembre de 2019.
 
Oficinas de representación en los estados, del CONAFE que reciben los apoyos tendrán la obligación de ejercer y comprobar los recursos recibidos para los fines que les fueron otorgados.
El CONAFE tendrá la obligación de reintegrar a la TESOFE los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio no hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago, de conformidad a la normatividad establecida.
3.4.1.3. Reintegros
Los reintegros de los recursos se efectuarán conforme lo establecido en los Artículos 74 al 79 de la LFPRH y 174, 175, 176 al 181 de su reglamento.
Cuando en las actividades de seguimiento o supervisión del programa, el CONAFE identifique que los recursos fueron destinados a fines distintos a los autorizados o bien existan remanentes en su aplicación, la instancia estatal del CONAFE estará obligada a realizar el reintegro de dichos recursos al CONAFE central, para que éste los reintegre a la TESOFE, así como, en su caso, el entero de los rendimientos que se hubieren generado, en un plazo no mayor a 15 días naturales contados a partir de la notificación formal.
Los recursos presupuestarios no devengados por el CONAFE al cierre del ejercicio fiscal 2019, los no destinados por estos para los fines autorizados del programa y aquellos que al cierre del ejercicio no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago, se deberán reintegrar a la TESOFE, en términos de lo dispuesto en el Artículo 176 del RLFPRH se realizarán mediante línea de captura, el CONAFE solicitará la línea de captura, y realizará el reintegro a la misma, registrando el comprobante del depósito correspondiente.
Asimismo, si al cierre del ejercicio fiscal 2019 el CONAFE conserva recursos incluyendo los rendimientos obtenidos, deberá reintegrarlos a la TESOFE dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal 2019, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 54 tercer párrafo de la LFPRH.
3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento y suspensión
Al instalarse el servicio educativo los beneficiarios tienen derecho a recibir la atención pedagógica y didáctica, de acuerdo a la normalidad mínima de operación, acorde al nivel educativo que corresponde, y a través de una figura educativa; recibir materiales didácticos y útiles escolares, información oportuna y suficiente sobre el desempeño académico y las condiciones de promoción, acreditación y certificación de los estudiantes.
Las comunidades donde se instalan los servicios educativos deberán procurar mantener la matrícula, disponer un espacio físico en condiciones óptimas para el desarrollo de las actividades educativas, así como participar en las comisiones y actividades de la APEC y CPC.
Las Oficinas de representación en los estados del CONAFE y, en su caso, el Órgano Ejecutor Estatal, de manera coordinada, deberán formalizar la firma de los convenios con las APEC y CPC.
Los servicios sólo podrán suspenderse, de manera temporal o definitiva, en caso del incumplimiento de los convenios con las APEC y CPC, o en caso fortuito o de fuerza mayor; la comunidad deberá realizar las gestiones institucionales para reanudarlos. La solicitud de cancelación de los servicios educativos tendrá que realizarse expresamente en las Oficinas de representación del CONAFE en los estados.
3.6. Participantes
3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)
Las oficinas centrales del CONAFE, a través de la DEI y DECIS, determinan el modelo educativo para la educación inicial y básica comunitaria, y los procesos de formación de las figuras educativas; además, a través de la DPE, verifican que los recursos presupuestarios se utilicen para los fines establecidos y realizan la detección de las localidades potenciales. Dicha información se socializa con las Oficinas de representación del CONAFE en los estados, a fin de focalizar la atención. .
Las Oficinas de representación en los estados, son responsables de proporcionar formación inicial, permanente y asesoría y acompañamiento a las promotoras y Líderes para la Educación Comunitaria; son las encargadas de elaborar la propuesta de atención de servicios a través del SIIINAFE; coordinan la instalación y operación de los servicios de educación inicial y básica comunitaria en las entidades y, finalmente, son las encargadas de resguardar y conservar la documentación comprobatoria correspondiente a la etapa de entrega-recepción de los servicios educativos.
 
Con respecto a las acciones compensatorias, el Órgano Ejecutor Estatal es el responsable de proporcionar formación inicial, permanente y asesoría y acompañamiento a los Asesores Pedagógicos Itinerantes y de la distribución de los apoyos que se otorgan a las escuelas compensadas. y, finalmente, son los encargados de resguardar y conservar la documentación comprobatoria correspondiente a la etapa de entrega-recepción.
3.6.2. Instancia(s) normativas(s)
La DPE, con el acompañamiento de la DEI y DECIS, que son las instancias normativas del Programa, así como la responsable de interpretar las Reglas de Operación y resolver las dudas y aspectos no contemplados en las mismas conforme a la normatividad aplicable.
3.7. Coordinación institucional
El CONAFE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del RLFPyRH, verificó que el programa objeto de las presentes RO no se contrapone, afecta ni presenta duplicidades con otros programas y acciones del Gobierno Federal.
El CONAFE podrá establecer acciones de colaboración con las autoridades federales, estatales y municipales, las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes RO y de la normativa aplicable, a fin de evitar duplicidades con otros programas del Gobierno Federal.
Además el CONAFE podrá establecer acciones de colaboración y concertación con los sectores social y privado en los ámbitos nacional o internacional, para asegurar el cumplimiento de su objeto y fortalecer las acciones de fomento educativo con la intervención que le corresponda a las Secretarías de Relaciones Exteriores y de Educación Pública.
Para el mejor cumplimiento de las acciones que se ejecutan a través del Programa, se podrán realizar los ajustes necesarios en su planeación y operación, estableciendo los acuerdos, la colaboración y vinculación interinstitucional correspondientes, en el marco de las disposiciones jurídicas aplicables en la materia, lo establecido por las presentes Reglas de Operación, así como en función de la capacidad operativa y la disponibilidad presupuestal.
4. OPERACIÓN
4.1. Proceso
Para educación inicial y educación básica comunitaria:
Proceso: Instalación de Servicios Educativos
Etapa
Actividad
Responsable
Planeación y programación
·   Dictaminar la viabilidad de la apertura y reapertura de servicios educativos, y con base en la disponibilidad de recursos elaborar el anuncio de metas institucionales para el ciclo escolar.
Oficinas centrales (DPE, DDyCSP y DAF) y Oficinas de representación del CONAFE en los estados.
Difusión, promoción y comunicación del programa
·   Diseñar y difundir la Campaña Nacional de Promoción del programa y captación de figuras educativas.
Oficinas centrales (DEI, DECIS y DCC)
Oficinas de representación en los estados del CONAFE y OEE
Solicitud de apertura y reapertura de servicios educativos
·   Solicitar la instalación del servicio a la instancia del CONAFE en el estado, cumpliendo los requisitos descritos en el numeral 3.2 de las presentes Reglas de Operación.
Habitantes de las localidades, autoridades estatales y municipales.
Instalación del servicio educativo
·   Gestionar la Clave de Centro de Trabajo ante las autoridades educativas en los estados.
·   Informar vía oficio a los solicitantes que el servicio ha sido autorizado y la fecha en que se iniciarán las actividades.
Las Oficinas de representación en los estados del CONAFE.
Asignación de figuras educativas formadas
·   Asignar a cada servicio las figuras educativas capacitadas.
·   Notificar por oficio a las figuras educativas.
Las Oficinas de representación en los estados del CONAFE.
Integración de la APEC y el CPC.
·   Convocar a los habitantes de la localidad mayores de 18 años para conformar la APEC o el CPC en un proceso democrático.
Las Oficinas de representación en los estados del CONAFE, miembros de la comunidad constituidos en APEC y CPC y figuras educativas.
Operación y seguimiento.
·   Gestionar la asignación de útiles escolares, materiales y auxiliares didácticos a los servicios educativos.
·   Brindar seguimiento y apoyo pedagógico a las figuras educativas.
Oficinas de representación en los estados del CONAFE.
Oficinas centrales (DPE, DEI, DECIS, DCC, DDyCSP, DAF).
 
Proceso: Acciones compensatorias
Etapa
Actividades
Responsables
Definición del universo de atención
·   Construir el universo de atención bajo los criterios que se especifiquen en los convenios específicos de colaboración.
La DPE y la DDyCSP
Adquisición de útiles escolares y materiales educativos.
·   Gestionar la adquisición de los útiles escolares y materiales educativos, para el universo de atención.
·   Administrar el envío de los útiles escolares y materiales educativos para las escuelas compensadas con el apoyo de las autoridades educativas estatales.
La DAF y la DDyCSP
Entrega de útiles y apoyos a las escuelas compensadas.
·   Entregar a las escuelas compensadas los útiles escolares y los apoyos.
Autoridades educativas estatales
 
4.2. Ejecución
4.2.1. Avances físicos y financieros
La DAF y la DPE, formularán trimestralmente el reporte de los avances sobre la aplicación de los recursos y/o de las acciones que se ejecuten bajo su responsabilidad con cargo a los recursos otorgados mediante este Programa, mismo que deberán remitir a la Unidad de Administración y Finanzas de la SEP y a la Subsecretaría de Egresos de la SHCP durante los 10 días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta. Invariablemente, la instancia ejecutora deberá acompañar a dicho reporte, la explicación de las variaciones entre el presupuesto autorizado, el modificado y, el ejercido y entre las metas programadas y las alcanzadas.
Dichos reportes deberán identificar y registrar la población atendida, diferenciada por sexo, grupo de edad, región del país, entidad federativa, municipio, población indígena y personas con discapacidad, cuando corresponda. Esta información se enviará a la DAF, a través de la DPE.
Los reportes permitirán dar a conocer los avances de la operación del Programa en el periodo que se reporta, y la información contenida en los mismos será utilizada para integrar los informes institucionales correspondientes.
 
Será responsabilidad de la DAF y la DPE concentrar y analizar dicha información, para la toma oportuna de decisiones.
4.2.2. Acta de entrega-recepción
No aplica.
4.2.3. Cierre de ejercicio fiscal
El CONAFE, a través de la DAF, estará obligado a realizar, como parte de su informe correspondiente al cuarto trimestre del año fiscal 2019, una estimación de cierre (objetivos, metas y gasto) conforme a lo establecido por la SHCP en los respectivos Lineamientos de Cierre de Ejercicio Fiscal; mismo que se consolidará con los informes trimestrales de avance físico-financiero, a más tardar 10 días hábiles después del cierre del ejercicio.
Los recursos devengados y no cobrados por el CONAFE se ajustarán a lo señalado en el segundo párrafo del Artículo 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
5. AUDITORÍA CONTROL Y SEGUIMIENTO
Los recursos presupuestarios del programa mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales para efectos de su fiscalización y transparencia, por lo tanto podrán ser revisados por la SFP o instancia fiscalizadora correspondiente que se determine; por el Órgano Interno de Control en la SEP y/o auditores independientes contratados para dicho fin, en coordinación con los Órganos Locales de Control; por la SHCP; por la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
Como resultado de las acciones de auditoría que se lleven a cabo, la instancia de control que las realice mantendrá un seguimiento interno que permita emitir informes de las revisiones efectuadas, dando principal importancia a la atención en tiempo y forma de las anomalías detectadas hasta su total solución.
6. EVALUACIÓN
6.1. Interna
La DPE podrá instrumentar un procedimiento de evaluación interna con el fin de monitorear el desempeño del Programa construyendo, para tal efecto, indicadores relacionados con sus objetivos específicos, de acuerdo con lo que establece la Metodología de Marco Lógico. Dichos procedimientos se operarán considerando la disponibilidad de los recursos humanos y presupuestarios de las instancias que intervienen.
En el marco del Sistema de Evaluación del Desempeño que se sustenta en el Artículo 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como en el Artículo 303 de su Reglamento y en los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007 y modificado mediante diverso publicado en el referido órgano informativo el 9 de octubre de 2007, y como parte de la evaluación interna, es obligación contar con la MIR para los programas presupuestarios. En este caso se construye la Matriz de Indicadores de Resultados para el Programa E066 Educación Inicial y Básica Comunitaria, la cual es validada por la SEP y la SHCP. El seguimiento de la MIR se realiza de manera trimestral a través de los sistemas informáticos de ambas secretarías.
Además, se deberán incorporar indicadores específicos que permitan evaluar la incidencia de los programas presupuestarios en la igualdad entre mujeres y hombres, la prevención de la violencia de género y de cualquier forma de discriminación de género, discapacidad, origen étnico, u otras formas. Dichos indicadores se deberán construir en coordinación entre la Dirección de Educación Inicial, Dirección de Educación Comunitaria e Inclusión Social, Dirección de Delegaciones y Concertación con el Sector Público, Dirección de Comunicación y Cultura, la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Planeación y Evaluación, adscritas al CONAFE, con el fin de incorporar los elementos señalados en las estrategias transversales del Plan Nacional de Desarrollo y del Programa Sectorial de Educación.
6.2. Externa
La Dirección General de Evaluación de Políticas es la unidad administrativa ajena a la operación de los programas que, en coordinación con el CONAFE, instrumentará lo establecido para la evaluación externa de programas federales, de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, el Decreto del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de Evaluación. Dicha evaluación deberá incorporar la perspectiva de género.
Asimismo, es responsabilidad del CONAFE cubrir el costo de las evaluaciones externas, continuar y, en su caso, concluir con lo establecido en los Programas Anuales de Evaluación de años anteriores. En tal sentido y una vez concluidas las evaluaciones del Programa, éste habrá de dar atención y seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora.
Por otro lado, al ser de interés institucional del CONAFE, a través de la DPE, podrá llevar a cabo evaluaciones externas que no estén contempladas en el Programa Anual de Evaluación emitido por el CONEVAL, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria o bien en el marco de los créditos externos que suscribe el CONAFE con organismos internacionales, a través de la asesoría técnica que brindan.
Las presentes Reglas de Operación fueron elaboradas bajo el enfoque de la MML, conforme a los criterios emitidos conjuntamente por el CONEVAL y la SHCP mediante oficio números 307-A-2009 y VQZ.SE.284/08, respectivamente, con fecha del 24 de octubre de 2008.
La MIR y las metas autorizadas conforme al PEF para el ejercicio fiscal 2019, se encuentran disponibles en el portal de transparencia presupuestaria, en el apartado del Sistema de Evaluación del Desempeño, en la siguiente dirección electrónica: https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx
7. TRANSPARENCIA
7.1. Difusión
Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se dará amplia difusión al Programa a nivel nacional, y se promoverán acciones similares por parte de las autoridades locales y municipales. La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de este Programa deberán incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Además, se deberán difundir todas aquellas medidas que contribuyen a promover el acceso igualitario entre mujeres y hombres a los beneficios del Programa.
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 70, fracción XV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el CONAFE tendrá la obligación de publicar y mantener actualizada la información relativa a los programas de apoyos.
El Directorio de Oficinas de representación en los estados se podrá consultar en: https://www.gob.mx/CONAFE/acciones-y-programas/delegaciones-estatales-26616
7.2. Contraloría social
El CONAFE promueve la participación de la población beneficiaria del Programa, a través de la integración y operación de comités de contraloría social, para que éstas realicen el seguimiento, la supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como para apoyar el ejercicio de la transparencia y rendición de cuentas sobre la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograr lo anterior, el Programa se sujeta al Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016 y a las disposiciones establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016, para llevar a cabo la promoción y operación de las acciones necesarias para la integración y operación de la Contraloría Social.
La integración de los Comités de Contraloría Social (CCS) se lleva a cabo convocando a una asamblea con los beneficiarios del Programa en la cual se promueve la elección de las y los integrantes del comité mediante votación, procurando la participación paritaria de hombres y mujeres.
El CONAFE realizará la promoción y operación de la Contraloría Social, a través de sus 31 Oficinas de representación en los estados, en colaboración con los Órganos Ejecutores Estatales (OEE), mediante las siguientes estrategias: planeación, difusión, capacitación y seguimiento. Acciones que se realizan con base en el Esquema de Operación, Guía Operativa y el Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social (PATCS), validado por la Unidad de Operación Regional de Contraloría Social de la Secretaría de la Función Pública.
Cada Oficina de representación en los estados, con la colaboración de los OEE, deberá integrar un
Programa Estatal de Trabajo de Contraloría Social (PETCS), de acuerdo con sus universos de atención, que incluya la descripción de las actividades, productos, responsables, metas y calendarización de fechas para su cumplimiento. La Dirección de Delegaciones y Concertación con el Sector Público del CONAFE brinda asesoría y seguimiento a la ejecución de las actividades señaladas en el PETCS.
La difusión de la información relacionada con el programa federal y procedimientos e instrumentos para realizar las actividades de contraloría social se realiza a través de la Ventanilla Única Nacional del CONAFE, en la sección de Contraloría Social, a través de la siguiente liga: https://www.gob.mx/conafe/acciones-y-programas/contraloria-social-68739
Ahí se publican los documentos normativos, materiales de capacitación y difusión que son distribuidos en la comunidades y escuelas beneficiadas, en las Oficinas de representación en los estados y en las oficinas centrales del CONAFE.
Acciones Generales de Contraloría Social
Acciones Generales de Contraloría Social
(actividad)
Responsable
Organizar la constitución de los Comités de Contraloría Social integrando funciones de contraloría social a las Asociaciones Promotoras de Educación Comunitaria (APEC), los Consejos Escolares de Participación Social (CEPS) y los Comités de Participación Comunitaria (CPC) a favor de la primera infancia, así como capacitar a la estructura educativa.
La representación federal a través de los Coordinadores de Contraloría Social de la Oficina de representación en los estados del CONAFE y el personal operativo asignado por el OEE para coordinar las acciones de contraloría social
Proporcionar la capacitación a los y las servidores (as) públicos (as) y a las personas integrantes de los Comités de Contraloría Social.
Los/as Coordinadores/as de Contraloría Social de las Oficinas de representación en los estados, del CONAFE y del OEE, con apoyo de personal de la cadena operativa designada.
Brindar capacitación y asesoría a las personas integrantes de los Comités de Contraloría Social para que éstos realicen adecuadamente sus actividades de supervisión y vigilancia.
Los/as Coordinadores/as de Contraloría Social de las Oficinas de representación en los estados del CONAFE y del OEE apoyados por el personal de la cadena operativa designado.
Los/as Coordinadores/as de Contraloría Social serán capacitados a nivel central.
Captar los Informes de Comités de Contraloría Social.
Los/as Coordinadores/as Estatales de Contraloría Social de la Oficina de representación en los estados y del OEE a través de las figuras de la cadena operativa designadas para apoyar en la recaudación de Informes de Comités de Contraloría Social.
Recabar el total de formatos que elaboran los Comités de Contraloría Social en la ejecución de sus actividades de vigilancia sobre los apoyos y servicios que proporciona el CONAFE.
Los/as Coordinadores/as Estatales de Contraloría Social en las Oficinas de representación en los estados y de los OEE deberán capturarlos en el Sistema Informático de Contraloría Social (SICS) en los tiempos establecidos en la Guía Operativa según el ámbito de sus responsabilidades.
Al término del ejercicio fiscal se elaborará un reporte de cumplimiento relacionado a los procesos de registro, en el SICS, de evidencias de las actividades de contraloría realizadas por comités y la calidad de información reportada.
La Dirección de Delegaciones y Concertación con el Sector Público elaborará un reporte para cada entidad y presenta un análisis general de resultados alcanzados en el ejercicio fiscal.
 
Para favorecer las actividades de colaboración con los gobiernos estatales o municipales, se incluye un apartado de Contraloría Social en los convenios específicos de colaboración que permite establecer los mecanismos y acciones puntuales para impulsar y apoyar los programas de Contraloría Social en los estados,
así como la rendición de cuentas.
A fin de avanzar en el proceso de transparencia y rendición de cuentas, los Coordinadores Estatales de Contraloría Social de las Oficinas de representación en los estados, del CONAFE y en los OEE deberán incrementar su meta de conformación de Comités de Contraloría Social en relación con la meta establecida del año inmediato anterior, garantizando el seguimiento permanente de los comités establecidos, ya que éstos una vez instalados deberán concluir con las actividades programadas de contraloría. En los casos especiales en los que se desintegren, se deberán sustituir para cumplir con la meta de comités comprometida.
Con el objeto de facilitar el acceso a la información necesaria para el cumplimiento de las funciones de las contralorías sociales, con relación a este Programa se designa como enlace permanente al subdirector de Apoyos para la Operación, de la Dirección de Delegaciones y Concertación con el Sector Público del CONAFE, quien podrá ser localizado en los teléfonos (55) 3600- 2500, 3600 25 11 y/o al correo electrónico contraloriasocial@conafe.gob.mx.
Los comités de contraloría social podrán presentar solicitudes de información, sugerencias, quejas y denuncias sobre la aplicación y ejecución de este Programa, conforme al mecanismo establecido en el apartado 8 de las presentes Reglas de Operación.
Toda la información y documentación derivadas de las acciones de contraloría social debe conservarse en las Oficinas de representación en los estados, del CONAFE y en los OEE, según corresponda, con la finalidad de integrar los expedientes completos de los comités (en versión electrónica con los documentos escaneados y física), ya que esta información es objeto de auditoría por parte de la Unidad de Operación Regional de Contraloría Social de la Secretaría de la Función Pública o de la Auditoría Superior de la Federación.
8. QUEJAS Y DENUNCIAS
Las quejas y denuncias de la ciudadanía en general se captarán vía personal, escrita, telefónica o por internet en las oficinas del Órgano Interno de Control del CONAFE, ubicadas en Avenida Universidad 1200, Piso 1, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México. C.P. 03330, en la Ciudad de México. El horario de atención es de lunes a viernes de 10 am a 6 pm.
Mediante escrito libre por servicio postal a la siguiente dirección: Avenida Universidad 1200, Piso 1, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México. C.P. 03330, dirigido al Titular del Órgano Interno de Control o al Titular del Área de Responsabilidades y de Quejas en el CONAFE.
Se recomienda que el escrito contenga los detalles de su asunto, orientándose en dar respuesta a las siguientes preguntas: ¿qué?, ¿quién?, ¿dónde?, ¿cuándo? y ¿cómo?
Al correo electrónico: responsabilidadesyquejas@conafe.edu.mx
Al número telefónico: (55) 3600 2511 extensión 11022. En un horario de 10 am a 6 pm, de lunes a viernes, donde un servidor público le atenderá y asesorará.
En caso de cualquier conducta ilícita que se cometa dentro del CONAFE, deberá hacerlo del conocimiento a la DAJ, al número telefónico: (55) 3600 2511 extensión 11026. En un horario de 10 am a 6 pm, de lunes a viernes, donde un servidor público le atenderá y asesorará, a efecto de que presente la denuncia correspondiente ante la fiscalía de servidores públicos u órgano jurisdiccional competente.
Anexo 1
Solicitud de servicios de educación comunitaria
Trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios.
·   CONAFE-00-010-A Solicitud de una escuela de nivel preescolar del CONAFE.
Disponible en la dirección electrónica:
https://www.gob.mx/tramites/ficha/solicitud-de-una-escuela-de-nivel-preescolar-delconafe/
CONAFE2365
·   CONAFE-00-010-B Solicitud de una escuela de nivel primaria del CONAFE.
Disponible en la dirección electrónica:
https://www.gob.mx/tramites/ficha/solicitud-de-una-escuela-de-nivel-primaria-delconafe/
CONAFE2366
·   CONAFE-00-010-C Solicitud de una escuela de nivel secundaria del CONAFE.
Disponible en la dirección electrónica:
 
https://www.gob.mx/tramites/ficha/solicitud-de-una-escuela-de-nivel-secundaria-delconafe/
CONAFE2367
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