DOF: 10/06/2019
SEGUNDA Resolución General por la que se determina el monto del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o

SEGUNDA Resolución General por la que se determina el monto del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.

SEGUNDA RESOLUCIÓN GENERAL POR LA QUE SE DETERMINA EL MONTO DEL VALOR TOTAL DE
LOS ACTIVOS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY DE INVERSIÓN
EXTRANJERA
La Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 9o. y 26 fracción IV de la Ley de Inversión Extranjera, y 3 último párrafo del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, y
CONSIDERANDO
Que con fundamento en el artículo 26, fracción IV de la Ley de Inversión Extranjera, la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras tiene dentro de sus atribuciones establecer los criterios para la aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias sobre inversión extranjera, mediante la expedición de resoluciones generales.
Que conforme al artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera se requiere resolución favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, para que la inversión extranjera pueda participar, directa o indirectamente, en una proporción mayor al cuarenta y nueve por ciento en el capital social de sociedades mexicanas, cuyo valor total de activos al momento de someter la solicitud de adquisición, rebase el monto que determine anualmente la Comisión.
Que el último párrafo del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, establece que la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras determinará el monto a que se refiere el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera, mediante una Resolución General.
Que actualmente, el monto a que se refiere el párrafo anterior es de $18,211,163,933.16 pesos (dieciocho mil doscientos once millones ciento sesenta y tres mil novecientos treinta y tres pesos con dieciséis centavos), de conformidad con la Primera Resolución General por la que se determina el monto del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 2018.
Que la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras determinó fijar para el presente año un nuevo monto del valor de los activos de sociedades mexicanas, que será considerado para la adquisición por parte de la inversión extranjera, directa o indirecta, en una proporción mayor al cuarenta y nueve por ciento de su capital social, de conformidad con el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera.
Que conforme a lo establecido en el Anexo I Reservas I-M-4, I-M-5 y I-M-6 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte; el Anexo I, Lista de México, Reserva I-M-F-4 del Tratado de Libre Comercio entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos; el Anexo 6 referido en los Capítulos 7 y 8, del Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón; el Anexo I, Lista de México, Reserva I-M-F-5 del Acuerdo de Integración Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú; el Anexo I, Lista de México, Reserva I-MX-5 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua; el Anexo I, Lista de México Notas Horizontales, I-MX-5 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Panamá; el Anexo I, Lista de México Notas Horizontales I-MX-5 del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, entre la República de Colombia, la República de Chile, la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos y el ANEXO I, LISTA DE MÉXICO NOTAS INTRODUCTORIAS ANEXO I-MÉXICO-6 del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico, el monto del valor de los activos aplicable para la adquisición de más del cuarenta y nueve por ciento de las acciones de una empresa mexicana por parte de inversionistas de los Estados Unidos de América, Canadá, Chile, Japón, Perú, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Colombia, Panamá, Australia, Nueva Zelanda, Singapur y Vietnam, será ajustado anualmente de acuerdo a la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México, de conformidad con lo que publique el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
Que la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México durante 2018 fue de 7.4%. (1)
Que al aplicarle la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México durante el año 2018 al monto referido en la Primera Resolución General señalada en el cuarto considerando, resultó un aumento de $1,347,626,131.05 pesos (mil trescientos cuarenta y siete millones seiscientos veintiséis mil ciento treinta y un pesos con cinco centavos), por lo que el nuevo monto del valor de activos que estará vigente para 2019, y en tanto no se emita una nueva Resolución General, es de $19,558,790,064.21 pesos (diecinueve mil quinientos cincuenta y ocho millones setecientos noventa mil sesenta y cuatro pesos con veintiún centavos).
SEGUNDA RESOLUCIÓN GENERAL POR LA QUE SE DETERMINA EL MONTO DEL VALOR TOTAL DE
LOS ACTIVOS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY DE INVERSIÓN
EXTRANJERA
ÚNICO. Para efectos de lo previsto en el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera, la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras ha determinado como monto del valor total de los activos de las sociedades mexicanas de que se trate, el de $19,558,790,064.21 pesos (diecinueve mil quinientos cincuenta y ocho millones setecientos noventa mil sesenta y cuatro pesos con veintiún centavos).
TRANSITORIOS
PRIMERO. La presente Resolución General entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se abroga la Primera Resolución General por la que se determina el monto del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 2018.
Una vez enterada y analizado el contenido del proyecto de la "Segunda Resolución General por la que se determina el monto del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera", cuya vigencia será a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y hasta en tanto no se emita nueva Resolución General, en mi carácter de integrante y Presidenta de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, otorgo mi aprobación a dicha Resolución, en los términos planteados.
Atentamente,
Ciudad de México, a 31 de mayo de 2019.- La Secretaria de Economía y Presidenta de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, Graciela Márquez Colín.- Rúbrica.
 
 
1     De conformidad con la publicación realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía el 25 de febrero de 2019 Producto Interno Bruto Nominal Trimestral según actividad en 2018 https://www.inegi.org.mx/app/tabulados/v3/default.aspx?pr=18&vr=1&in=6&tp=20&wr=1&cno=2

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 27/03/2024

DOLAR
16.6780

UDIS
8.111173

TIIE 28 DIAS
11.2475%

TIIE 91 DIAS
11.4543%

TIIE 182 DIAS
11.6133%

TIIE DE FONDEO
11.06%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024