DOF: 16/08/2019
AVISO por el que se da a conocer la página electrónica en la que pueden ser consultados los Lineamientos de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores

AVISO por el que se da a conocer la página electrónica en la que pueden ser consultados los Lineamientos de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.- Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.

ELSA JULITA VEITES ARÉVALO, Directora General del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 29, 36 tercer párrafo y 37 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículos 22, 59 fracciones I y XII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; artículo 15 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objetivo prioritario es coordinar, promover, apoyar, fomentar, vigilar y evaluar las acciones públicas, estrategias y programas que procuren el desarrollo humano integral de las personas adultas mayores.
Que el día veintiséis de junio de dos mil diecinueve en la Ciudad de México, se celebró la Segunda Sesión Ordinaria del Honorable Consejo Directivo del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), y por unanimidad de votos se aprobaron los Lineamientos de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, mismos que fueron previamente autorizados por el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI); instruyendo a la Directora General del Instituto para realizar las gestiones pertinentes para la publicación del documento en el Diario Oficial de la Federación.
Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo regula los actos emitidos por los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal paraestatal, estableciendo en su artículo 4, entre otras disposiciones, la obligación de que los actos administrativos de carácter general deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos.
Que con fundamento en el artículo 59 fracciones I y XII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y el artículo 15 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; corresponde a la persona que ocupe la Dirección General la representación legal de este Instituto y ejecutar en sus términos los acuerdos que dicte el Órgano de Gobierno.
Por lo expuesto y fundado anteriormente, se ordena la publicación en el Diario Oficial de la Federación el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA PÁGINA ELECTRÓNICA EN LA QUE PUEDEN SER
CONSULTADOS LOS LINEAMIENTOS DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE
TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
PRIMERO.- Con el objeto de que los servidores públicos del INAPAM y el público en general puedan consultar los Lineamientos de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia del INAPAM, se pone a disposición en la Normateca Interna del INAPAM las siguientes páginas de Internet:
https://inapamgob-my.sharepoint.com/:b:/g/personal/tic_inapam_gob_mx/EeuGAlkFvz9Nt9UeMo9ch9cByr9qy3sK35Zi7SvFIz3-OQ
y www.dof.gob.mx/2019/BIENESTAR/Lineamientosdel_Comite_de_Transparencia_del_INAPAM_2019.pdf
SEGUNDO.- Dichos lineamientos son de observancia obligatoria, y su aplicación y cumplimiento corresponde a todos los servidores públicos que conforman el INAPAM, por lo que se difunde en este medio la existencia del mismo ordenamiento para dar a conocer su contenido y alcance.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Los presentes Lineamientos de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia del INAPAM entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del Aviso en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Queda sin efecto cualquier disposición que se opongan a los presentes lineamientos.
Atentamente
Ciudad de México, a 1 de agosto de 2019.- La Directora General del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, Elsa Julita Veites Arévalo.- Rúbrica.
 
(R.- 484794)
 

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