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DOF: 18/10/2019
ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social (PCS), para el ejercicio fiscal 2019

ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social (PCS), para el ejercicio fiscal 2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.- Instituto Nacional de Desarrollo Social.

MARÍA LUISA ALBORES, Secretaria de Bienestar, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; y Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.
Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Bienestar", entre ellos, el Programa de Coinversión Social, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas.
Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Mejora Regulatoria.
Que tomando en cuenta que con oficio número 312.A.-02319 del 01 de octubre de 2019, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió la autorización presupuestaria correspondiente a las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el ejercicio fiscal 2019, y la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria mediante oficio número CONAMER/19/6219 de fecha 16 de octubre de 2019, emitió el dictamen respectivo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE
COINVERSIÓN SOCIAL (PCS), PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019
ÚNICO: Se emiten las reglas de operación del Programa de Coinversión Social (PCS), para el ejercicio fiscal 2019.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del Programa de Coinversión Social, para el ejercicio fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2017.
Dado en la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil diecinueve.- La Secretaria de Bienestar, María Luisa Albores González.- Rúbrica.
Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social (PCS) para el ejercicio fiscal 2019 (S070)
1 Introducción
El Programa de Coinversión Social tiene como propósito contribuir a garantizar que las personas ejerzan de manera efectiva sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, con énfasis en la reducción de brechas de desigualdad, así como contribuir a disminuir las condiciones de vulnerabilidad y discriminación que enfrentan las poblaciones y territorios en dónde se asientan las personas de comunidades indígenas
El PCS atiende lo mandatado en al artículo 8 de la Ley General de Desarrollo Social; así como lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 en sus artículos 21 (Anexo 13) y 23 (Anexo 10), este es el marco legal de las presentes Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social (PCS), y atiende lo determinado en el DECRETO por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2019.
El catálogo de localidades indígenas de CONAPO 2010, nos arroja que los Estados con la mayor densidad de población indígenas en localidades de muy alta marginación son: 1) Chiapas con el 28.92%; 2) Oaxaca con el 20.27; 3) Guerrero con el 18.34%; 4) Veracruz con el 10.22% y 5) Puebla con el 8.16%.
Según datos del Índice de Marginación, CONAPO, 2010, la población indígena se agrupa en 42,848 localidades de alta y muy alta marginación. Esta población, en general, se caracteriza por presentar desigualdades y carencias para el acceso a los bienes y servicios básicos, fundamentalmente en tres dimensiones: educación, vivienda e ingresos. Solamente nueve de los 15,385 asentamientos indígenas se encuentran en los grados bajo y muy bajo de marginación, lo cual demuestra el problema estructural característico de los pueblos indígenas.
Su situación es precaria y con diversos rezagos, por ejemplo, de la población indígena de 15 a 59 años 26.8% señalan que no cursaron ningún año de educación básica; el 26.8% cuentan con algún año de primaria, pero no la terminaron y un 52.6% terminó la primaria. El 25.9% de las mujeres indígenas y el 14.8% de los hombres indígenas, presentan un rezago educativo. El 28% habita en viviendas sin acceso a agua entubada. El 94.5% de la población vive en hogares familiares. Un 16.2% de los hogares indígenas cuentan con jefas de familia y el 25.6% de las mujeres participa en actividades económicas. Las mujeres indígenas de entre 12 y 49 años tienen en promedio 2.2 hijos.
El gobierno federal impulsará una nueva vía hacia el desarrollo para el bienestar, una vía en la que la participación de la sociedad resulta indispensable y que puede definirse con este propósito: construiremos la modernidad desde abajo, entre todos y sin excluir a nadie.
Por lo anterior, y con la intención de atender a las personas que habiten en zonas de población mayoritariamente indígena con alta y muy alta marginación, el Programa de Coinversión Social (PCS) tiene como fin contribuir al bienestar social de las personas que habitan en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el desarrollo de proyectos de cohesión social.
En este sentido, el PCS busca generar una complementariedad con los programas prioritarios del Gobierno Federal y potenciar el desarrollo sostenible de las comunidades, fomentando la participación ciudadana y procesos organizativos, gestionados por las propias comunidades indígenas para enfrentar la desigualdad imperante, la marginación, exclusión y que atiendan las causas que permitan el ejercicio efectivo de sus derechos humanos, desarrollen estrategias de cohesión e integración social para construir un país más justo e igualitario.
El PCS se alinea al numeral 2. Política Social, del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
El cual busca ayudar a construir un país con bienestar social, promoviendo el desarrollo sostenible, una cultura para la paz, para el bienestar y para todos.
El objetivo más importante del gobierno de la Cuarta Transformación es que, en 2024, la población de México esté viviendo en un entorno de bienestar.
El gobierno de México está comprometido a impulsar el desarrollo sostenible, que en la época presente se ha evidenciado como un factor indispensable del bienestar. Se le define como la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. Además, se guiará por una idea de desarrollo que subsane las injusticias sociales e impulse el crecimiento económico sin provocar afectaciones a la convivencia pacífica, a los lazos de solidaridad, a la diversidad cultural ni al entorno. Es, en este tenor que, a través del PCS también se pondrán en marcha proyectos que contribuyan al desarrollo sostenible para, posteriormente, incidir en la cohesión social.
El gobierno federal impulsará las modalidades de comercio justo de economía social y solidaria.
Por último, dado que nuestro país ha ratificado su compromiso de contribuir con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el PCS priorizará iniciativas alineadas al siguiente objetivo: 1. Poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo.
Lo anterior, en el marco de las atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que establece que corresponde a la Secretaría de Bienestar I. Fortalecer el bienestar, el desarrollo, la inclusión y la cohesión.
Que la misión del Indesol consiste en: "Fomentar la participación ciudadana y la organización social y comunitaria a través de la capacitación, el intercambio de experiencias y la articulación a nivel regional y temático entre los diversos actores sociales con el apoyo de recursos físicos, materiales, financieros y humanos para generar sinergias que propicien mayores vínculos y lazos sociales a fin de avanzar en proyectos que incidan en el desarrollo social y productivo para consolidar la cohesión social, con el fin de lograr un México en paz e incluyente, en el marco de la gobernabilidad democrática, desde una perspectiva de desarrollo integral, pleno respeto a los derechos humanos e igualdad de género."
Asimismo, se atenderá lo establecido en el artículo octavo del Acuerdo por el que emiten los lineamientos que regulan las funciones de las delegaciones de programas para el desarrollo en el caso de que el programa se coordine o vincule con ellas.
El PCS se propone impulsar por medio de proyectos comunitarios la cohesión social, la perspectiva de género, el desarrollo sostenible, para contribuir al bienestar de personas en municipios indígenas de alta y muy alta marginación, así como en municipios con alto o muy alto índice de violencia.
En el Anexo 1 se presenta un glosario con los conceptos y siglas utilizadas en las presentes Reglas de Operación.
2 Objetivos
2.1 Objetivo General
Contribuir al bienestar social de las personas que habitan en municipios indígenas con alta y muy alta
marginación mediante el desarrollo de proyectos de cohesión social.
2.2 Objetivo Específico
Impulsar la cohesión social de personas en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el apoyo de proyectos de cohesión social.
3 Lineamientos
3.1 Cobertura
El PCS tiene cobertura nacional.
3.2 Población Objetivo
Este programa está dirigido a las personas de municipios indígenas que comprende a la población que habita en localidades de por lo menos 100 habitantes y dónde al menos el cuarenta por ciento (40%) se identifique como población indígena y catalogados de alta y muy alta marginación, conforme al Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2019, así como en el Catálogo de Localidades Indígenas 2010.
3.3 Criterios y Requisitos de Participación.
 
Criterios
Requisitos
(Documentos solicitados)
1. Personas que habiten en un municipio indígena con alta y muy alta marginación, interesados en presentar un proyecto.
1. Acta de Asamblea Comunitaria (AAC) debidamente integrada conforme a lo establecido en el Anexo 4.
2. El proyecto tendrá que ser ejecutado por integrantes de la comunidad mayores de edad, preferentemente en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres.
2. Enviar a través del SIGEPCS AAC (Anexo 4) en la cual se acredite la conformación de un Comité de Participación Comunitaria (CPC).
3. Acreditar la identidad de las personas que integran el CPC.
3. Presentar copia de CURP e identificación oficial de cada una de las personas que integran el CPC (credencial para votar con fotografía vigente, credencial del INAPAM, Cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte vigente, cédula profesional o constancia emitida por autoridad municipal).
4. Contar con un proyecto que cumpla con los requisitos que marcan las presentes Reglas de Operación, así como con las bases que establezca la convocatoria en la que participa.
4. Presentar el proyecto en el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos (Anexo 3) mediante el SIGEPCS, en la dirección electrónica www.gob.mx/indesol
5. Las personas de la comunidad deberán coinvertir recursos no monetarios para la ejecución del proyecto.
5. En el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos (Anexo 3) las personas de la comunidad deberán desglosar su coinversión no monetaria.
6. Las personas de la comunidad que reciban apoyos del PCS no podrán recibir recursos por parte de otros Programas federales para las mismas actividades señaladas en el proyecto durante el ejercicio fiscal correspondiente.
Las personas de la comunidad podrán recibir apoyos de otros Programas federales para actividades complementarias al proyecto.
 
6. En el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos, el CPC deberá comprometerse a no recibir apoyos de otros programas federales para las mismas actividades señaladas en el proyecto durante el presente ejercicio fiscal.
En caso de recibir apoyos para actividades similares o complementarias, deberá informar a la Instancia Ejecutora a través del Informe Final, el monto de los recursos recibidos y las sinergias alcanzadas para la realización del proyecto.
7. Las personas de la comunidad tienen derecho a presentar un solo proyecto por ejercicio fiscal.
7. La instancia verificará, durante la etapa de dictaminación, el cumplimiento del criterio.
8. Ningún integrante del CPC podrá ser servidor(a) público(a), ni tener vínculos familiares con alguno de estos.
 
8. Manifestar por escrito, bajo protesta de decir verdad, que ninguno de los integrantes del CPC es cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado por ambas líneas, ascendente o descendente, por afinidad hasta el cuarto grado; o civiles, de algún servidor(a) público(a).
 
3.3.1 Del Comité de Participación Comunitaria
Mediante Asamblea comunitaria se elegirá a los integrantes del Comité de Participación Comunitaria, de manera interna, democrática y transparente para ocupar los siguientes cargos: un(a) Representante, Secretario(a) y Tesorero(a), cuyas funciones serán las siguientes:
Del(la) Representante:
·   Representar, junto con los(as) demás miembros, al CPC en la firma del Convenio de Concertación con el Indesol.
·   Abrir conjuntamente con el(la) Secretario(a) y Tesorero(a) una cuenta bancaria mancomunada.
·   Ejercer mancomunadamente con los integrantes del CPC los recursos.
·   Dar seguimiento a las etapas operativas del proyecto.
·   Rendir Informes Parciales sobre el avance del proyecto a la Asamblea.
·   Atender visitas de seguimiento y solicitudes de información que el PCS realice.
·   Presentar ante la Unidad Responsable del PCS los Informes Parcial y Final, conforme a lo dispuesto en los Anexos 9 y 10 de las Reglas de Operación del PCS y en los tiempos señalados en el Convenio de Concertación.
Del(la) Secretario(a):
·   Representar, junto con los(as) demás miembros, al CPC en la firma del Convenio de Concertación con el Indesol.
·   Abrir conjuntamente con el(la) Representante y Tesorero(a) una cuenta bancaria mancomunada.
·   Ejercer mancomunadamente con los integrantes del CPC los recursos.
·   Integrar la evidencia documental (facturas, informes, recibos de pago y otros documentos que se generen) de las metas comprometidas en el proyecto y del recurso otorgado por el programa.
·   Reunir la documentación requisitada en la convocatoria del PCS.
 
·   Elaborar los Informes Parcial y Final, conforme a lo dispuesto en los Anexos 9 y 10 de las Reglas de Operación del PCS.
·   Atender solicitudes de información realizadas por el Comité de Contraloría Social (CCS) de su comunidad.
Del(la) Tesorero(a):
·   Representar, junto con los(as) demás miembros, al CPC en la firma del Convenio de Concertación con el Indesol.
·   Abrir conjuntamente con el(la) Representante y Secretario(a), una cuenta bancaria mancomunada.
·   Administrar de manera honesta, eficiente y transparente los recursos otorgados por el PCS, con la finalidad de cumplir con el objetivo del proyecto.
·   Ejercer mancomunadamente con los integrantes del CPC los recursos.
·   Recabar las facturas, recibos simples y listas de raya, que se generen por pagos realizados en el marco del proyecto.
·   Entregar las facturas, recibos simples y listas de raya al(la) Secretario(a) para la integración de los Informes Parcial y Final de Actividades del Proyecto.
En general:
·   Dar seguimiento y supervisión a todas las etapas del proyecto.
·   Fomentar la participación activa y digna de los(as) demás miembros de su CPC y de la comunidad durante la ejecución del proyecto.
·   Ejecutar las acciones y acuerdos tomados por el CPC y la Asamblea
Cabe señalar que ninguno de los integrantes del CPC podrá ocupar más de un cargo dentro del mismo.
3.4 Criterios de Selección de los proyectos
Los Criterios de Selección utilizados en el proceso de dictaminación de proyectos considerarán, como eje principal, que los proyectos impulsen la cohesión social en municipios indígenas con alta y muy alta marginación con la finalidad de contribuir al bienestar social, privilegiando en todo momento los principios de respeto y ejercicio de los derechos humanos; así como los Criterios de Selección señalados en el Anexo 5 de las presentes Reglas de Operación.
3.5 Tipos y Montos de los Apoyos
3.5.1 Tipo de Apoyo
El PCS otorga recursos públicos para el desarrollo de proyectos que beneficien a municipios indígenas con alta y muy alta marginación, los cuales deben apegarse a lo establecido en las convocatorias que publique el Indesol, a través de su página www.gob.mx/indesol y en los módulos de atención.
Los apoyos que otorga el PCS son recursos públicos federales, catalogados como subsidios, otorgados para fomentar el desarrollo de actividades que mejoren la cohesión social, por lo que estarán sujetos a la normatividad aplicable.
Los recursos del Programa se componen por aportaciones federales, que se asignarán a favor de la comunidad indígena representada por el CPC, a través de la cuenta mancomunada, directamente a los beneficiarios.
Los recursos federales del programa son subsidios y se regirán en los términos establecidos en el Artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que señala:
 
"Artículo 175. Los subsidios se considerarán devengados una vez que se haya constituido la obligación de entregar el recurso al beneficiario por haberse acreditado su elegibilidad antes del 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal..."
Los apoyos de este Programa son gratuitos y serán otorgados en función de la capacidad operativa y disponibilidad presupuestal autorizada en el Presupuesto de Egresos de la Federación del presente ejercicio fiscal.
Para el cumplimiento de los objetivos del Programa, los proyectos presentados por las comunidades indígenas se deberán alinear con las siguientes vertientes:
·   Inclusión e Integración Social: Proyectos que contribuyan a la inclusión e integración de los municipios indígenas con alta y muy alta marginación por medio de acciones encaminadas a promover la participación, la organización, la articulación y construcción de redes de apoyo personales, familiares, comunitarias a fin de construir relaciones incluyentes, no-violentas y solidarias; prevengan las adicciones y conductas antisociales, así como, el fomento del ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales en condiciones de igualdad no-discriminación.
·   Desarrollo comunitario: Proyectos que contribuyan al proceso de relación social entre personas de comunidades que comparten un mismo territorio o localidad y busca mejorar su vida en los ámbitos económico, cultural y social, cuidando su medio ambiente, por medio de la participación activa, su autodeterminación colectiva de manera sostenible y organizada, que garantice la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.
·   Mejoramiento comunitario: Proyectos que generen la participación de las personas en municipios indígenas con alta y muy alta marginación para mejorar espacios públicos mediante su mantenimiento, rehabilitación y/o equipamiento, a fin de mejorar la cohesión social.
3.5.2 Montos de los Apoyos
El monto máximo de recursos que podrá otorgarse por proyecto se establecerá en cada convocatoria, en función de las características y objetivos de la misma. En ningún caso podrá otorgarse a un proyecto más de ochocientos mil pesos.
La comunidad deberá coinvertir recursos no monetarios para la ejecución del proyecto.
Los apoyos otorgados, no pierden su naturaleza de recursos federales, por lo que los recursos no devengados al 31 de diciembre correspondiente al cierre de cada ejercicio fiscal, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación.
Se asignará un monto mayor por proyecto, que no rebase los ochocientos mil pesos, según se indique en cada convocatoria que se publique en el Diario Oficial de la Federación, en la página electrónica www.gob.mx/indesol, conforme a los siguientes criterios:
Los proyectos que contemplen la adquisición de equipo para favorecer proyectos de Desarrollo comunitario sostenible y construcción de redes.
Los proyectos que integren objetivos y metas orientados a favorecer la cohesión social y el desarrollo comunitario.
3.6 Derechos y Obligaciones
3.6.1 Derechos
Las comunidades indígenas tienen derecho a:
1.     Recibir asesoría y capacitación gratuita, así como información acerca del estatus de su proyecto, la cual estará disponible en la dirección electrónica www.gob.mx/indesol, de acuerdo con los mecanismos establecidos para tal efecto por el Indesol.
2.     Acceder a los apoyos que otorga el PCS, conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
 
3.     Los miembros de la comunidad podrán presentar una queja o denuncia por el mal uso del ejercicio de los recursos contra el/la Representante, Tesorero (a) y Secretario (a).
3.6.2 Obligaciones
Las obligaciones de las comunidades indígenas serán:
1.     Sujetarse a lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación, convocatoria en la que participe y demás normatividad aplicable.
2.     Acusar de recibo y responder, en los plazos indicados, a los comunicados, notificaciones u oficios entregados a través de medios electrónicos.
3.     Atender las solicitudes de información, entrevistas y/o visitas de campo del Indesol a efecto de verificar la información del proyecto.
4.     Atender las visitas de seguimiento, así como los requerimientos de información de la instancia ejecutora y órganos de control y vigilancia presentando, en caso de ser requerido, el original de la documentación comprobatoria del ejercicio de los recursos federales. El Indesol podrá coordinarse para las visitas de seguimiento con la Unidad de Coordinación de Delegaciones.
5.     Tomar la capacitación sobre la información para el inicio, ejecución del proyecto que estará disponible en la dirección electrónica www.gob.mx/indesol.
6.     Constituir un Comité de Contraloría Social (CCS) conforme a lo establecido en el Anexo 13.
7.     Si durante la ejecución del proyecto, se realiza un cambio en los integrantes del CPC se deberá informar a la Instancia Ejecutora, durante los siguientes cinco días hábiles a dicho cambio, mediante escrito libre. En caso de que la información esté incompleta, la Instancia Ejecutora le informará al Representante del CPC en un plazo no mayor a cinco días hábiles para que la subsane, dentro de un plazo igual.
8.     Proporcionar la información que le sea requerida por la Instancia Ejecutora para la realización de las evaluaciones al Programa.
3.7 Instancias Participantes
3.7.1 Instancia ejecutora
El Indesol es la Instancia Ejecutora, responsable de la coordinación y operación del PCS.
3.7.2 Instancia Normativa
El Indesol es la instancia responsable de la normatividad del PCS. Es la única facultada para interpretar las presentes Reglas de Operación y resolver cualquier situación no prevista en las mismas.
3.7.3 Coordinación Interinstitucional
El Indesol establecerá la coordinación necesaria para que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros Programas o acciones del Gobierno Federal; la coordinación interinstitucional y vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y reducir gastos administrativos.
Con este mismo propósito, la Instancia Ejecutora podrá establecer acciones de coordinación con instituciones, programas o acciones de los tres órdenes de gobierno, mediante el establecimiento de un documento normativo, mismo que justificará la aportación de la contraparte de la Instancia Ejecutora. La comprobación del ejercicio del recurso se llevará a cabo en el marco de las presentes Reglas de Operación y demás normatividad aplicable.
4 Mecánica Operativa
4.1 Ejercicio y Aprovechamiento de los Recursos
Para lograr un mejor ejercicio y aprovechamiento de los recursos, la Instancia Ejecutora realizará una calendarización eficiente; asimismo, preverá que las aportaciones se realicen y ejerzan de manera oportuna, en apego a la normatividad aplicable.
4.2 Proceso de Operación
4.2.1 Promoción de las Convocatorias
El PCS publicará las convocatorias en el Diario Oficial de la Federación, en la página electrónica www.gob.mx/indesol y en los módulos de atención, según el modelo que se adjunta como Anexo 2.
El periodo de apertura de las convocatorias será establecido en las mismas, de acuerdo con las prioridades del PCS.
El PCS podrá publicar convocatorias en coordinación con una o más dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas o municipios, de acuerdo con la suficiencia presupuestal.
4.2.2 Del Registro de los Proyectos
El CPC enviará, mediante el SIGEPCS, el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos (Anexo 3), debidamente llenado con toda la información solicitada y se le hará llegar una notificación con el folio de participación a través del SIGEPCS. En caso de que falte algún documento, se enviará una notificación mediante correo electrónico. El plazo para subsanar no podrá exceder de cinco días hábiles.
Una vez recibida la documentación, en el plazo establecido, se clasificará el proyecto como "completo", pasando a la etapa de dictaminación. En caso de que no envíe los documentos faltantes, su solicitud quedará con estatus de recepción incompleta. En ambos casos se emitirá la notificación correspondiente a través de correo electrónico.
Los resultados de la etapa de recepción se darán a conocer a través de la página electrónica www.gob.mx/indesol o en los módulos de atención, en un plazo no mayor a quince días hábiles, a partir del cierre de la convocatoria.
4.2.3 De las sesiones de dictaminación de los proyectos
La dictaminación consistirá en evaluar los proyectos de manera colegiada, tomando en cuenta en primera instancia la viabilidad del proyecto, su apego a los objetivos y temáticas de la convocatoria en la que participa, su contribución para fortalecer la cohesión social.
El resultado de la dictaminación de los proyectos será definitivo y quedará asentado en el Acta de Dictaminación.
4.2.3.1 Integración de los comités de dictaminación de proyectos
El comité estará integrado por dos personas designadas por el(la) Titular del Indesol; por una persona servidora pública de la Secretaría de Bienestar y una persona del ámbito académico o especialista, quienes tendrán el papel de revisores. Cada uno de los integrantes del Comité Dictaminador contarán con experiencia acorde a los temas de los proyectos que se dictaminen.
4.2.3.2 Resultado de las sesiones de dictaminación de los proyectos
El resultado de las dictaminaciones se dará a conocer en un plazo no mayor a quince días hábiles después del cierre de cada convocatoria, a través de la página electrónica www.gob.mx/indesol.
En ningún caso o momento se publicarán los nombres de los(as) revisores(as) vinculados a cada proyecto durante el presente ejercicio fiscal, por considerarse información clasificada con carácter de confidencial, al contener datos personales, en términos de lo que establece el Decreto por el que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 26 de enero de 2017.
4.2.3.3 De los proyectos apoyados y no apoyados
Una vez publicados los resultados de la dictaminación de los proyectos, el PCS los dará a conocer en un periodo máximo de quince días hábiles, distinguiendo aquéllos que son apoyados y aquéllos que no serán apoyados.
Sólo aquellos proyectos que hayan sido clasificados como "no apoyados" por causa de insuficiencia presupuestaria, podrán cambiar a "apoyados" dependiendo del orden de prioridad, establecido en el numeral 4.2.3.4. Lo anterior de acuerdo con la suficiencia presupuestal del PCS.
Para los proyectos apoyados, el PCS podrá declarar como "no apoyados" a aquéllos que se encuentren en cualquiera de los siguientes casos:
1.     Cuando el PCS cuente con información documentada, adicional y posterior a la dictaminación, que impida que el proyecto sea apoyado. Esta decisión deberá estar fundada y motivada.
2.     Cuando el CPC renuncie a continuar en el proceso.
3.     Cuando el CPC no atienda las observaciones y/o recomendaciones de las personas revisoras o indicaciones del PCS durante la etapa de ajuste del proyecto.
4.     Cuando no exista suficiencia presupuestaria.
5.     Cuando el PCS detecte, en cualquier etapa del proceso, que más de un proyecto cuenten con información o contenido similares.
6.     Si no entregan completos dentro de los diez días hábiles a partir de la fecha del Instrumento Jurídico, los siguientes documentos:
a)    Recibo de pago (Anexo 7)
b)    Copia del estado de cuenta bancaria mancomunada del CPC que contenga la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos, número de cuenta y nombre de la Institución Bancaria, con emisión no mayor a tres meses.
4.2.3.4 Del orden de prioridad para la asignación de los recursos
Con apego a las presentes Reglas de Operación, el PCS asignará los recursos a los proyectos, tomando en cuenta el siguiente orden:
1.     La calificación obtenida en la dictaminación. Los proyectos serán ordenados de mayor a menor calificación y se procederá a asignar los recursos a los mismos, hasta agotar el monto total de la convocatoria.
En caso de que 2 o más proyectos obtengan la misma calificación, se utilizará como criterio de asignación el consecutivo menor en el folio de recepción.
2.     La disponibilidad presupuestal del PCS. Si hubiese remanente de recursos o ampliación presupuestal, de acuerdo con el numeral 4.1 de las presentes Reglas de Operación, se podrán otorgar recursos a los proyectos.
4.2.4 Del proceso de ajuste de proyectos
El CPC deberá realizar las modificaciones al proyecto, atendiendo las observaciones formuladas por el Comité Dictaminador y las recomendaciones de la Instancia Ejecutora que se le envíen. Tendrá un primer
plazo de cinco días hábiles para atender todas las modificaciones, de persistir alguna modificación a realizar, tendrá un segundo plazo de tres días hábiles a partir de la fecha en que se le haya notificado a través del correo electrónico. Si el CPC no atiende en su totalidad la solicitud de ajuste en dicho plazo, el proyecto no será apoyado. Cabe señalar que, con el fin de asegurar el cumplimiento del objetivo de los proyectos apoyados, la Instancia Ejecutora podrá realizar modificaciones en el presupuesto presentado con el fin de lograr un mayor impacto en los resultados.
4.2.5 De la suscripción del Instrumento jurídico
Una vez ajustado el proyecto, la Instancia Ejecutora enviará por correo electrónico el Instrumento Jurídico (Anexo 6), el cual deberá firmar cada integrante del CPC en un plazo que no exceda los cinco días hábiles contados a partir del día siguiente en que lo reciban, en caso contrario, se entenderá que renuncian al recurso.
En caso de que el Instrumento Jurídico presente alguna inconsistencia o error con la información proporcionada por el CPC, éste deberá informarlo a la Instancia Ejecutora dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que recibió el Instrumento Jurídico.
4.2.6 Instrumento Modificatorio
Si durante la ejecución del proyecto se presentan causas de fuerza mayor que, a juicio de alguna de las partes, ameriten modificaciones al Instrumento Jurídico suscrito, lo solicitará mediante escrito por medios electrónicos, en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la identificación de la causa, detallando los términos propuestos para la modificación de éste.
El Instrumento Modificatorio se realizará siempre y cuando no se afecte la esencia del objetivo del proyecto.
La Instancia Ejecutora analizará la solicitud y en un plazo no mayor a cinco días hábiles informará sobre la procedencia o improcedencia de ésta. En caso de que la Instancia Ejecutora solicite documentación adicional, lo notificará dentro de los cinco días hábiles y el CPC contará con cinco días hábiles para enviar la información requerida.
De ser procedente, la Instancia Ejecutora enviará el Instrumento Modificatorio por correo electrónico, al CPC, quien contará hasta con cinco días hábiles para firmarlo. De no realizarlo, la instancia ejecutora podrá cancelar la solicitud y deberán cumplir los términos convenidos en el Instrumento Jurídico original.
4.2.7 Terminación Anticipada
El Instrumento Jurídico suscrito podrá darse por terminado de manera anticipada, en los siguientes casos:
1.     Cuando el CPC lo solicite mediante escrito libre dirigido a la instancia ejecutora, detallando el motivo que lo origina. La Instancia Ejecutora atenderá la solicitud en un plazo que no podrá exceder de cinco días hábiles.
2.     La Instancia Ejecutora podrá dar por terminado el Instrumento Jurídico sin responsabilidad para éste, por causa de fuerza mayor o por disponibilidad presupuestal, dando aviso a través de correo electrónico al CPC, en un plazo máximo de cinco días hábiles.
3.     Cuando la Instancia Ejecutora detecte incumplimientos a los compromisos establecidos en el Instrumento Jurídico, requerirá al CPC para que, en un plazo máximo de cinco días hábiles, rinda un informe pormenorizado respecto a dichos incumplimientos y manifieste lo que a su derecho convenga. La Instancia Ejecutora, con base en la información existente y la proporcionada por el CPC, resolverá la procedencia o no de la Terminación Anticipada, en un plazo máximo de cinco días hábiles.
4.2.8 Del ejercicio de los recursos
Los recursos se entregarán en dos ministraciones para la ejecución del proyecto y se depositarán en la cuenta bancaria mancomunada del CPC, una vez que haya cumplido los requisitos que indique el PCS para la
transferencia de recursos.
Para la primera ministración, el CPC deberá enviar mediante el SIGEPCS, lo siguiente:
1.     Copia del estado de cuenta bancaria mancomunada del CPC, que contenga la CLABE interbancaria de 18 dígitos, número de cuenta y nombre de la Institución Bancaria.
2.     Recibo de Pago original (Anexo 7) firmado por los integrantes del CPC que incluya nombre completo, firma y señale el monto recibido.
La segunda ministración se entregará en función de la valoración obtenida en el Informe Parcial de Actividades del Proyecto (Anexo 9).
La Instancia Ejecutora podrá determinar no entregar la segunda ministración, cuando los resultados obtenidos en la valoración del Informe Parcial de Actividades del Proyecto no cumplan con lo establecido en el Instrumento Jurídico.
4.2.8.1 Control y comprobación de gastos
El CPC deberá ejercer los recursos obtenidos conforme a los rubros y conceptos autorizados en el Instrumento Jurídico que suscriba con la Instancia Ejecutora y dentro del periodo de la vigencia de éste.
Los recursos deberán comprobarse de acuerdo a lo establecido en el formato "Comprobación Simplificada de Gastos" (Anexo 8).
Periódicamente el/la Representante, Tesorero (a) y Secretario (a) del CPC deberán informar a la comunidad sobre los avances en la ejecución de proyecto y el uso de los recursos. Las evidencias de las reuniones, así como los informes serán material probatorio que deberán entregar al finalizar la ejecución del proyecto.
La Instancia Ejecutora podrá otorgar los recursos en una sola exhibición en los siguientes casos:
1.     Cuando se apoyen proyectos o se suscriban instrumentos jurídicos, durante el tercer cuatrimestre del ejercicio fiscal;
2.     Cuando reciban una aportación del PCS no mayor a $100,000.00 M/N (Cien mil pesos, Moneda Nacional);
3.     Cuando el Comité Dictaminador o el PCS lo recomiende, por las características técnicas del proyecto o de acuerdo a la naturaleza de la convocatoria.
4.2.9 Causas de retención o cancelación de recursos.
1.     Cuando se determine que el/la Representante, Tesorero (a) o Secretario (a) del CPC hizo uso indebido de los recursos del Programa de Coinversión Social o existan situaciones documentadas que pongan en grave riesgo la ejecución del proyecto, la consecuencia será la cancelación del Instrumento Jurídico.
2.     Cuando se detecte que el/la Representante, Tesorero (a) o Secretario (a) del CPC presentó facturas, recibos simples y listas de raya presuntamente apócrifos, o que no sean reconocidos por los proveedores que los expiden; o documentación probatoria que no corresponda al proyecto apoyado.
4.2.10 Visitas de Campo
El PCS realizará visitas de campo en los lugares donde se estén ejecutando los proyectos. Estas visitas corresponderán como mínimo al 25% del total de los proyectos apoyados.
4.2.11 Informe de Actividades
El CPC entregará, a través del SIGEPCS o medios electrónicos que el PCS establezca, los Formatos del Informe Parcial y Final del Proyecto (Anexos 9 y 10).
4.2.12 De los reportes de actividades de los proyectos apoyados
 
El Programa de Coinversión Social evaluará en los Informes Parcial y Final de los proyectos apoyados, con base en los criterios e indicadores de evaluación establecidos en el Anexo 11.
En caso de que durante el proceso de evaluación de los Informes Parcial y Final de los Proyectos apoyados la Instancia Ejecutora requiera al CPC información adicional relacionada con el proyecto, se le notificará a través del SIGEPCS, o medios electrónicos, y se le otorgará un plazo de cinco días hábiles. De no recibir respuesta por parte del CPC, el PCS concluirá la evaluación con la información disponible.
El PCS hará llegar por SIGEPCS o medios electrónicos, la "Cédula de Observaciones y/o Recomendaciones" derivadas de la evaluación de los Informes de Actividades, siendo responsabilidad del CPC asegurarse de revisarla y solventar.
Si el resultado de la evaluación del Informe Final del Proyecto (Anexo 10) es igual o mayor a 80 puntos, el PCS dará por terminadas las acciones del proyecto, sin perjuicio de las revisiones posteriores por parte de las Instancias de Control y Vigilancia a que quedará sujeta la documentación comprobatoria correspondiente al mismo, en los términos establecidos en las presentes Reglas de Operación.
En caso de que el resultado de la evaluación del Informe Final del Proyecto sea menor a 80 puntos, la comunidad quedará impedida para participar en el PCS durante el siguiente ejercicio fiscal.
4.3 Gastos de Operación
Para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, supervisión, seguimiento, Contraloría Social y evaluación externa del PCS, el Indesol podrá destinar recursos de hasta el 5.27% del presupuesto asignado al PCS.
5. Evaluación
Conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y con la finalidad de identificar y atender posibles áreas de mejora en el diseño, gestión y resultados del Programa, y de esta forma fortalecer su mecanismo de intervención, se deberán realizar, al menos, las evaluaciones externas consideradas en el Programa Anual de Evaluación (PAE), que emitan la SHCP y el CONEVAL. Lo anterior permitirá fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos ejercidos por el Programa.
Las evaluaciones externas que se realicen al Programa serán coordinadas por la Dirección General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales (DGEMPS), en conjunto con el Programa, conforme a lo señalado en los "Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal" (Lineamientos) publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007 y deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en el PAE. Los Lineamientos y el PAE pueden consultarse en la página electrónica http://www.coneval.org.mx
Adicionalmente a las evaluaciones establecidas en el PAE y conforme a lo dispuesto en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos, se podrán llevar a cabo evaluaciones complementarias que resulten apropiadas conforme a las necesidades del Programa y los recursos disponibles, las cuales también serán coordinadas por la DGEMPS en conjunto con el Programa.
La DGEMPS publicará los resultados de las evaluaciones externas de acuerdo con los plazos y términos previstos en la normatividad vigente, a través del portal de Internet de la Secretaría de Bienestar (http://www.gob.mx/bienestar); asimismo, para el caso de las entidades sectorizadas, adicionalmente éstas deberán publicar en sus portales de internet los resultados en comento.
6 Indicadores
Los indicadores de Propósito y Componente de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa están contenidos en el Anexo [12] de las presentes Reglas de Operación. La información correspondiente a estos indicadores será reportada por el Indesol en el Portal Aplicativo de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público (PASH).
La totalidad de los indicadores de la MIR se encuentran disponibles para su consulta en la siguiente liga: http://www.gob.mx/bienestar, así como en la página del programa: www.gob.mx/indesol
7 Seguimiento, Control y Auditoría
Con el propósito de corroborar la correcta operación del Programa, se llevará a cabo el seguimiento al ejercicio de los recursos y a las acciones ejecutadas, resultados, indicadores y metas alcanzadas.
7.1 Seguimiento físico y operativo
El PCS deberá realizar un ejercicio de seguimiento físico y operativo en campo de sus apoyos, acciones o servicios entregados, cuya metodología deberá ser elaborada con base en los elementos técnicos mínimos que defina la DGEMPS. Asimismo, la DGEMPS establecerá el mecanismo para la validación de dicha metodología, previo a su aplicación en campo y revisará el informe final del ejercicio; asimismo, analizará su consistencia metodología y sus resultados.
7.2 Control y Auditoría
Las Instancias Ejecutoras serán responsables de la supervisión directa de las obras, proyectos o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla la normatividad aplicable, mientras que las Unidades Responsables del Programa y las Delegaciones de Programas para el Desarrollo en las entidades federativas serán responsables de verificar el seguimiento al avance y la correcta terminación y entrega de las obras, proyectos y/o acciones, así como de la solicitud y resguardo de la comprobación documental del gasto ejercido, firmada por la Instancia Ejecutora. Deberá dejarse evidencia de la confirmación de su autenticidad en los medios electrónicos implementados por la autoridad fiscal y asegurar su debido resguardo, considerando que los recursos federales de este Programa, ejecutados por las entidades federativas, no pierden su carácter federal al ser entregados a la misma, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización por las siguientes Instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: la Auditoría Superior de la Federación; el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar; por la Secretaría de la Función Pública (SFP) en coordinación con los órganos de control de los gobiernos locales.
La instancia Ejecutora dará todas las facilidades a dichas Instancias Fiscalizadoras para realizar, en el momento en que lo juzguen pertinente, las auditorías, visitas de inspección que consideren necesarias; asimismo, efectuarán las acciones necesarias para dar atención a las recomendaciones planteadas en cada una de las observaciones, independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, por la inobservancia de esta disposición la Unidad Responsable del Programa determinará con base en lo anterior si suspende o limita la ministración de los recursos federales.
8 Transparencia
8.1 Difusión
Estas Reglas de Operación, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, están disponibles para su consulta en las Delegaciones de Programas para el Desarrollo, en la página electrónica oficial de la Secretaría de Bienestar: www.gob.mx/bienestar, así como en el sitio web: https://www.gob.mx/indesol
Conforme a la Ley General de Desarrollo Social, así como al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, la publicidad y la información relativa a este Programa deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales e incluir la siguiente leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
8.2 Protección de Datos Personales
8.2.1. Aviso de Privacidad
 
Los datos personales recabados serán utilizados con las finalidades siguientes: validar que se cumplan con los requisitos de elegibilidad para ser persona sujeta de derecho de este Programa; asimismo, serán integrados en los sistemas de datos personales de la Secretaría de Bienestar y podrán ser transmitidos a otros entes públicos de los tres órdenes de gobierno en el ejercicio de facultades propias, compatibles o análogas, para la realización de compulsas y la integración del Padrón Único de Beneficiarios. Por lo tanto, se garantiza la protección de los datos personales que sean recabados, en cumplimiento con las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información pública aplicables.
El ejercicio los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales recabados, se podrá realizar a través de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Bienestar con domicilio en Av. Paseo de la Reforma No.116, piso 10, Col. Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de atención de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00, o bien por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia en http://www.plataformadetransparencia.org.mx.
El aviso de privacidad integral, se puede consultar en el portal de Internet de la Secretaría de Bienestar en: https://www.gob.mx/bienestar
Lo anterior, se informa en cumplimiento con los artículos 26 y 27 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
8.3 Contraloría Social
Se promoverá la participación de las personas beneficiarias del Programa a través de la integración y operación de Comités de Contraloría Social, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
El Programa deberá sujetarse a lo establecido en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, con el fin de promover y realizar las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social, bajo el Esquema validado por la Secretaría de la Función Pública (Anexo 13).
8.4 Conformación del Padrón de Beneficiarios de los Programas Integrales para el Desarrollo
El padrón del Programa estará conformado por la Instancia Ejecutora del mismo.
8.5 Acciones de Blindaje Electoral
En la operación y ejecución de los recursos federales y proyectos sujetos a las presentes reglas de operación, se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente, contenidas en las leyes Federales y/o Locales aplicables, los acuerdos emitidos por las autoridades administrativas electorales tanto de carácter federal como local, así como aquellas específicas que sean emitidas de forma previa para los procesos electorales federales, estatales y municipales, por la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia, con la finalidad de prevenir que el uso y manejo de los recursos públicos y programas sociales se vea relacionado con fines partidistas y/o político-electorales; todo ello con la firme intención de garantizar los principios de imparcialidad y equidad durante los comicios.
Con estas acciones se fomenta la cultura de la transparencia, la legalidad y la rendición de cuentas, se refrenda el compromiso de respetar el principio de imparcialidad y se busca prevenir e inhibir las conductas contrarias a la normatividad que regula la actuación en el servicio público, haciendo énfasis en aplicación de los principios de legalidad, honradez, integridad, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.
9 Perspectiva de Género
En el ámbito de su competencia, el Programa deberá incorporar acciones de carácter temporal (acciones afirmativas) que permitan a las mujeres el pleno ejercicio de los derechos sociales de manera igualitaria.
10 Enfoque de Derechos Humanos
 
Con el objetivo de generar las condiciones necesarias para el acceso equitativo en términos de disponibilidad, accesibilidad, y calidad en las acciones que realiza este Programa, se implementarán mecanismos que hagan efectivo el acceso a la información gubernamental y se asegurará que el acceso a los apoyos y servicios se únicamente con base en lo establecido en estas Reglas, sin discriminación o distinción alguna.
De igual manera, se fomentará que las y los servidores públicos involucrados en la operación del Programa, promuevan, respeten, protejan y garanticen el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las y los beneficiarios, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, brindando en todo momento un trato digno y de respeto a la población objetivo, con apego a los criterios de igualdad y no discriminación.
Asimismo, el Programa fomentará la vigencia efectiva y respeto irrestricto de los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad, como lo son jóvenes, personas con discapacidad, personas en situación de calle, migrantes, personas adultas mayores, afrodescendientes y de los pueblos indígenas, entre otros, tomando en consideración sus circunstancias, a fin de contribuir a generar conocimiento y acciones que potencien su desarrollo integral e inclusión plena.
En cumplimiento a la Ley General de Víctimas y atendiendo las reglas de operación vigentes, se favorecerá el acceso al Programa de las personas inscritas en el Registro Nacional de Víctimas que se encuentren en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación, mediante solicitud escrita, fundada y motivada que emane de autoridad competente.
Además, en los casos en que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación dicten medidas a favor de determinada persona o grupos de personas, o el primero de los órganos mencionados emita una recomendación o conciliación, se procurará adoptar las acciones que permitan dar celeridad a su inscripción como beneficiaria del programa y garantizar con ello el ejercicio de sus derechos humanos, sin menoscabo del cumplimiento a los criterios establecidos en las presentes reglas de operación.
11. Casos de Emergencia o Desastre
Para facilitar la continuidad de los apoyos otorgados a las personas beneficiarias, el Programa elaboró y definió el protocolo para casos de emergencia o desastre, al que deberá dar cumplimiento el programa en los casos que lo amerite. El Protocolo podrá ser consultado en la siguiente liga: https://www.gob.mx/indesol
12. Denuncias y Solicitudes de Información
Las personas beneficiarias o interesadas, tienen derecho a solicitar información relacionada con el presente Programa y sus Reglas de Operación, así como a presentar denuncias en contra de servidores públicos de la Secretaría de Bienestar, por el incumplimiento en la ejecución, operación o entrega de apoyos, ante las instancias correspondientes:
12.1 Denuncias
Las denuncias podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica o cualquier otro medio electrónico de comunicación y/o mediante comparecencia ante las oficinas que ocupa el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar a través de:
a)    Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar:
Para recepción de quejas y denuncias
Teléfono: 555328-5000,
Ext. 51508
Larga distancia sin costo:
800-714-8340
 
Correo electrónico: organo.interno@bienestar.gob.mx
Página Web: https://www.gob.mx/bienestar
Ruta: Realiza tu queja o denuncia en línea aquí.
Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.
b)    En la Secretaría de la Función Pública
Ciudad de México y Área metropolitana:
Teléfono: 552000-3000
Larga distancia sin costo:
800-3862-466
De Estados Unidos: 800-4752-393
Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
Página electrónica: https://www.gob.mx/sfp
Domicilio: Insurgentes Sur 1735, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México.
c)     Delegaciones de Programas para el Desarrollo en las entidades federativas, a través del BUZÓN colocado para tal efecto;
También, se pone a disposición de la ciudadanía la posibilidad de la presentación de denuncias para reportar hechos, conductas, situaciones o comportamientos que se contrapongan a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, trámite inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios y que se puede consultar en la página electrónica: https://www.gob.mx/conamer, con la Homoclave: BIENESTAR13-001.
12.2 Solicitudes de información
Las solicitudes de información, podrán realizarse ante el Área de Atención Ciudadana, por escrito y/o vía telefónica, a través de:
a) Indesol: Área de Atención Ciudadana
De lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 hrs
Teléfono: 555554-0390 ext. 68666
Larga distancia: 800-7188-624 y 800-7188-621
Correo electrónico:
pcs.atencionciudadana@indesol.gob.mx
Domicilio: Segunda Cerrada de Belisario Domínguez No. 40, Colonia Del Carmen, Alcaldía Coyoacán C.P. 04100, Ciudad de México.
b) Delegaciones de Programas para el Desarrollo en las Entidades Federativas, a través del área de atención ciudadana.
Anexo 1
Glosario de Términos
Acciones Afirmativas: Conjunto de medidas de carácter temporal correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
Acta de Dictaminación: Documento en el que se asienta el resultado de la evaluación del proyecto mediante un dictamen técnico con las observaciones, así como los nombres y firmas de las personas integrantes del Comité de Dictaminación y de la Secretaría Técnica.
Ajuste de proyectos: Etapa en la cual las comunidades indignas realizan modificaciones a los proyectos apoyados con base en las disposiciones que establecen las presentes Reglas.
 
Anexo Técnico: Documento que forma parte del Convenio de Concertación y que contiene los siguientes compromisos: Objetivo General, Municipios, Metas, Beneficiarios, Recursos Materiales y Humanos y Materiales probatorios, que conviene el Comité de Participación Comunitaria con la Secretaria de Bienestar.
Asamblea Comunitaria. Es una de las instituciones tradicionales de los pueblos indígenas. Es el órgano máximo de representación y decisión en una comunidad indígena. Es una estructura que funciona como cohesionadora de la comunidad. En el PCS se promoverá y privilegiará la participación de la asamblea comunitaria, en las distintas tareas y procesos de la operación del Programa.
Beneficiarios: Comunidades indígenas que reciban apoyos y que cumplan los requisitos de las presentes Reglas de Operación.
Bienestar Social: Es el conjunto de factores materiales y humanos que contribuyen a mejorar la calidad de vida de las personas que conforman una sociedad y posibilitan su existencia, por medio de la satisfacción de las necesidades humanas y el desarrollo de sus capacidades.
Brechas de Desigualdad: Son las desigualdades existentes entre mujeres y hombres en cuanto a oportunidades, acceso, control y uso de recursos, bienes y servicios que les permiten garantizar su bienestar y desarrollo humano. Las brechas de género son construidas sobre las diferencias biológicas y son el producto histórico de actitudes y prácticas discriminatorias tanto individuales como sociales e institucionales que obstaculizan el disfrute y ejercicio igualitario de los derechos humanos por parte de mujeres y hombres.
Catálogo de Claves de Entidades Federativas, Municipios y Localidades (CENFEMUL): Cambió su nombre a Catálogo Único de Claves de Áreas Geoestadísticas Estatales, Municipales y Localidades; se menciona en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos.
Cohesión Social: Describe todo aquello que permite sostener el entramado social de las personas y comunidades y que lo constituyen en solidaridad. Se refiere a la existencia de mecanismos sociales de inclusión de personas y comunidades, así como de estrategias de integración que propicien la participación corresponsable en la toma de decisiones, en la realización de acciones para el bienestar colectivo y la solidaridad.
Coinversión No Monetaria: Aportación en especie, tanto recursos humanos como materiales, que pueden ser muebles o inmuebles.
Comité de Participación Comunitaria: Es un conjunto de personas que residen en municipios indígenas con alta y muy alta marginación que se reúnen para solicitar el apoyo que otorgue el PCS para el desarrollo de un proyecto. Estará integrado por un(a) Representante, un(a) Tesorero(a) y un(a) Secretario(a) quienes serán electos de manera democrática en la Asamblea Comunitaria.
Comunidad: Agrupación humana que cuenta con una o más de las siguientes características: un espacio territorial demarcado o definido, una historia común, una lengua, una forma de organización social y un sistema normativo propio.
Comunidad Indígena: Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, que forman una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres. (art 2 de la CPEUM).
Convenio de Concertación: Es un instrumento jurídico que se celebra entre el Indesol y el Comité de Participación Comunitaria que la Asamblea Indígena elige; incluye un objetivo específico, los responsables del proyecto, el tiempo de ejecución, compromisos, obligaciones, consecuencias y sanciones.
Convocatoria: Documento que establece las bases para que las comunidades indígenas se interesen en participar en el PCS presentando proyectos.
CURP: Clave Única de Registro de Población.
Derechos Humanos: Son el conjunto de derechos y libertades fundamentales para el disfrute de la vida humana en condiciones de plena dignidad y se definen como intrínsecos a toda persona por el mero hecho de pertenecer al género humano.
Derechos Sociales: Se refiere a aquellos derechos cuyos elementos básicos son específicamente sociales: educación, salud, trabajo, alimentación nutritiva y de calidad, vivienda digna y decorosa, y medio ambiente sano.
Desarrollo Comunitario: Proceso de relación social entre personas que comparten un mismo territorio o localidad que busca mejorar su vida en los ámbitos económico, cultural y social, cuidando su medio ambiente, por medio de la participación activa, su autodeterminación colectiva de manera sostenible y organizada, que garantice la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.
Diagnóstico: Es un punto de partida para la elaboración de cualquier proyecto y debe apuntar a una condición o situación específica y, por tanto, requiere lograr cambios positivos en la calidad de vida de la población a atender, dicha población se denominará población beneficiaria.
La elaboración de un diagnóstico se basa siempre en un estudio o colecta de datos, que relacionados, permite llegar a una síntesis o interpretación.
Dictaminación: Es un proceso que consiste en evaluar los proyectos de manera colegiada, tomando en cuenta la viabilidad del proyecto, su apego a los objetivos y temáticas de las Reglas de Operación, su contribución para fortalecer la inclusión y cohesión social.
Discapacidad: Concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con discapacidad y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.
Discriminación: Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional, ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los Derechos Humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: El origen étnico o nacional, el color de la piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud, o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; también, se entenderá como discriminación la homofobia, la misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.
Discriminación Contra las Mujeres: Denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera de la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer.
Exclusión Social: Se refiere a la falta de participación de segmentos de la población en la vida social, económica y cultural de sus respectivas sociedades debido a la carencia o falta de acceso a derechos, recursos y capacidades básicas (acceso a la legalidad, al mercado laboral, a la educación, a las tecnologías de la información, a los sistemas de salud y protección social) factores que hacen posible una participación social plena.
Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos: Formulario que deberán utilizar las comunidades indígenas para solicitar recursos del PCS.
Igualdad de Género: La igualdad entre mujeres y hombres implica la eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los ámbitos de la vida, que se genere por pertenecer a cualquier sexo.
 
Inclusión Social: Es la acción de favorecer la integración de todas las personas a una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades, garantizando el ejercicio pleno de los derechos sociales para toda la población.
Indesol: Instituto Nacional de Desarrollo Social.
Instancia Ejecutora: El Indesol
Instancia Normativa: El Indesol en términos del numeral 3.7.2 de las presentes Reglas.
Instrumento Jurídico: Convenio de Concertación que se celebra entre la Instancia Ejecutora y los integrantes del Comité de Participación Comunitaria en representación de la comunidad indígena a ser beneficiada por el PCS.
Integración Social: Es el desarrollo de acciones afirmativas que fomentan la toma de decisiones, la participación activa de los integrantes de un colectivo humano en asuntos de la vida en común.
Lenguaje Incluyente: La manera de redactar las Reglas de Operación, eliminando o modificando aquellas expresiones sexistas que invisibilizan a las mujeres, las subordinan, las humillan y/o las estereotipan.
Localidad: De acuerdo con el Marco Geoestadístico es el lugar ocupado con una o más edificaciones utilizadas como viviendas, las cuales pueden estar habitadas o no, este lugar es reconocido por un nombre dado por alguna disposición legal o de costumbre.
Matriz de Indicadores para Resultados (MIR): Es una herramienta que permite vincular los distintos instrumentos para el diseño, organización, ejecución, seguimiento, evaluación y mejora de los programas, resultado de un proceso de planeación realizado con base en la Metodología de Marco Lógico.
Mejoramiento Comunitario: Proyectos que generen la participación de las personas en municipios indígenas con alta y muy alta marginación para mejorar espacios públicos mediante su mantenimiento, rehabilitación y/o equipamiento, que mejore la cohesión social.
Mismas Actividades: Se refiere cuando una comunidad presenta las mismas acciones comprometidas en el proyecto con que participa en el PCS en otros Programas federales para solicitar apoyo para su ejecución.
Módulo de Atención: Son las ventanillas de atención de los Programas para el Desarrollo, y como Centros Integradores del Desarrollo para el fortalecimiento de la cohesión y participación social.
Municipio Indígena: Es la unidad básica más cercana entre gobernantes y ciudadanía, y lugar donde se desarrollan las actividades de la vida cotidiana; es la institución donde su población indígena es de 40% y más; sus autoridades y representantes son elegidas conforme a sus sistemas normativos propios, siendo la Asamblea General el órgano máximo de representación y decisión.
Objetivo General del Proyecto: Es el resultado o cambio de mediano y largo plazo que orientará las acciones o estrategias a seguir.
Padrón Único de Beneficiarios (PUB): Base de datos que contiene la información de todos los padrones de beneficiarios de todos los programas de desarrollo social.
Paridad de Género: Principio que se utiliza para promover y garantizar la participación igualitaria entre hombres y mujeres.
Participación Social: Elemento esencial en la que la sociedad participa para resolver problemas específicos, hallar soluciones comunes y hacer que voluntades diferentes concurran en una sola acción compartida. Asimismo, es un mecanismo que permite articular en un territorio la demanda de bienes y servicios públicos con su oferta por parte de los tres ámbitos de gobierno. La participación social es, además, un componente esencial de la planeación, la ejecución y la evaluación de los programas institucionales y proyectos comunes.
Persona: Individuo que forma parte de un hogar, es decir, que declara que hace vida en común dentro de una misma vivienda y puede estar unido o no por parentesco con otros individuos, que comparten los gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina.
Perspectiva de Género: Se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.
Proyecto Comunitario: Conjunto de objetivos y acciones concretas, interrelacionadas y coordinadas entre sí, que se realizan con el fin de resolver un problema en particular y/o producir determinados bienes y servicios capaces de satisfacer necesidades, para lograr cambios en la calidad de vida de la población en situación de pobreza, exclusión, marginación, discapacidad, desigualdad por género o vulnerabilidad (población beneficiaria).
Redes de Protección Social: Es un instrumento que atiende a personas en situación de vulnerabilidad: coordinación de esfuerzos de distintos actores involucrados en procesos de promoción social, actividades y acompañamiento para estar en posibilidades de atender a población en situación de pobreza, exclusión, marginación, discapacidad, desigualdad por género o vulnerabilidad social.
Redes de Solidaridad: Relaciones sociales que catalizan el apoyo mutuo para enfrentar situaciones adversas o para construir soluciones a problemas comunes.
Redes Sociales: Conjunto de diversos tipos de relaciones y articulaciones sociales que mantienen los individuos y colectividades para unir esfuerzos y voluntades, y así generar sinergias, en torno a un propósito común.
Representante del Comité de Participación Comunitaria: Cargo asignado mediante la conformación del Comité de Participación Comunitaria, y que tiene como fin coordinar, organizar y dar seguimiento a la ejecución del proyecto, así como realizar el ejercicio mancomunado de los recursos otorgados por el PCS.
Reporte Final de Actividades del Proyecto: Documento que contiene los resultados al término de la ejecución del proyecto.
Reporte Parcial de Actividades del Proyecto: Se refiere al informe parcial que entrega el Comité de Participación Comunitaria de acuerdo a lo que establezca el convenio respectivo, necesario para poder recibir la segunda ministración.
RFC: Es el Registro Federal de Contribuyentes para los efectos del artículo 29-A, fracción IV, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, cuando no se cuente con la clave en el Registro Federal de Contribuyentes, se consignará la clave en el Registro Federal de Contribuyentes Genérico: XAXX010101000.
Secretaría: Secretaría de Bienestar.
Secretario del Comité de Participación Comunitaria: Persona designada por el Comité de Participación Comunitaria que se encarga del resguardo de la documentación que se genere en el marco de la ejecución del Proyecto.
Sesiones de dictaminación: Consiste en evaluar los proyectos de manera colegiada, tomando en cuenta en primera instancia la viabilidad del proyecto, su apego a los objetivos y temáticas de la convocatoria, su contribución para la cohesión social.
SIGEPCS: Sistema de Gestión del PCS.
Tejido Social: Es todo aquello que es común a los(as) integrantes de una sociedad o a quienes pertenecen a una comunidad; es lo que los une e identifica, y les permite ser parte de una misma tradición, una propia cultura. Es la solidaridad que se logra por las relaciones significativas entre las personas de una familia o una comunidad.
Tesorero del Comité de Participación Comunitaria: Persona designada por el Comité de Participación Comunitaria que se encarga de administrar, ejercer, comprobar e informar sobre el ejercicio de los recursos otorgados en el marco del Programa.
Violencia contra las mujeres: Cualquier acción u omisión basada en el género de las mujeres que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.
ANEXO 2
CONVOCATORIA DIRIGIDA A PERSONAS DE COMUNIDADES INDÍGENAS QUE HABITAN EN MUNICIPIOS DE ALTA Y MUY ALTA MARGINACIÓN PARA PRESENTAR PROYECTOS DE COHESIÓN SOCIAL Y DESARROLLO COMUNITARIO (CS), DENTRO DEL PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL.
La Secretaría de Bienestar, por conducto del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 41 del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar, y en los numerales 3.3, 3.4, 3.5.1, 3.5.2. y 4.2.1, de las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el _____ de __________de 201__, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el Artículo 1o., que en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la Constitución establece y queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Asimismo, en el artículo 25, se establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Adicionalmente, señala en el artículo 26 inciso A, que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
Que, en el marco de protección de los Derechos Humanos, diversas reformas constitucionales han consolidado los derechos sociales, tales como el acceso a la educación pública y a la salud, la igualdad, la protección a niñas, niños y adolescentes haciendo prevalecer el interés superior del menor, el derecho a la alimentación y a la vivienda digna, la protección de los derechos indígenas, el derecho a la cultura, a un medio ambiente sano y acceso al agua, entre otros.
Que la Ley General de Desarrollo Social establece en su artículo 6 que son derechos para el desarrollo social la educación, salud, alimentación, vivienda, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
 
Que, en el 2007, la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) definió la "cohesión social" como la interacción entre los mecanismos de inclusión y exclusión social, así como las respuestas, percepciones y disposiciones en que la ciudadanía actúa frente al modo en que éstos operan. Por otra parte, el mismo organismo internacional en el 2010 replantea el concepto para definirlo como: "la capacidad de las instituciones para reducir de modo sustentable las brechas sociales con apoyo ciudadano".
Que el 25 de septiembre de 2015 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, aprobó un conjunto de objetivos globales para erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) plantean la consecución de un conjunto de metas vinculadas con la adopción de una nueva agenda de desarrollo, cimentada en la colaboración entre distintos actores sociales y políticos, aprovechar el impulso generado por los Objetivos de Desarrollo del Milenio y continuar con un ambicioso programa de desarrollo para después de 2015.
Que el objetivo general del Programa de Coinversión Social (PCS), es contribuir al bienestar social de las personas que habitan en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el desarrollo de proyectos de cohesión social, por lo que con base en las anteriores consideraciones se emite la siguiente:
CONVOCATORIA
Cohesión Social y Desarrollo Comunitario (CS)
Dirigida a comunidades de municipios indígenas para la presentación de proyectos de acuerdo con los siguientes términos:
I.     Objetivos.
General
Propiciar la cohesión social y el desarrollo comunitario en localidades indígenas en municipios de alta y muy alta marginación, por medio de proyectos que promuevan, la participación y la solidaridad comunitaria con perspectiva de género, Derechos Humanos y sustentabilidad.
Específicos
1.     Fortalecer la inclusión e integración social, mediante acciones que fomenten la corresponsabilidad comunitaria, el respeto y ejercicio de los Derechos Humanos, la igualdad y equidad de género, así como el rechazo a toda forma de discriminación.
2.     Impulsar el desarrollo económico y productivo de las comunidades, mediante acciones y estrategias sustentables y sostenibles, el desarrollo de capacidades en cadenas de valor, así como la aplicación de innovaciones tecnológicas, que promuevan la cohesión territorial como el acceso a ingresos para contrarrestar las desigualdades y que permitan a las personas mejorar sus condiciones de vida.
3.     Fomentar la organización y participación social para la apropiación de los espacios públicos, mediante su mantenimiento, rehabilitación y/o equipamiento, que propicien una mejor convivencia comunitaria.
II. Características de los proyectos.
II.1. Los proyectos que se presenten deberán enmarcarse en alguna de las siguientes vertientes, descritas en el numeral 3.5.1 de las Reglas de Operación del PCS.
·  Inclusión e Integración Social: Proyectos que contribuyan a la inclusión e integración de los municipios indígenas con alta y muy alta marginación por medio de acciones encaminadas a promover la participación, la organización, la articulación y construcción de redes de apoyo personales, familiares, comunitarias a fin de construir relaciones incluyentes, no-violentas y solidarias; que prevengan las adicciones y conductas antisociales, así como el fomento del ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales en condiciones de igualdad y no-discriminación.
 
·  Desarrollo comunitario: Proyectos que contribuyan al proceso de relación social entre integrantes de personas que comparten un mismo territorio o localidad y buscan mejorar su vida en los ámbitos económico, cultural y social, cuidando su medio ambiente, por medio de la participación activa, su autodeterminación colectiva de manera sostenible y organizada, que garantice la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.
·  Mejoramiento comunitario: Proyectos que generen la participación de las personas en municipios indígenas con alta y muy alta marginación para mejorar espacios públicos mediante su mantenimiento, rehabilitación y/o equipamiento a fin de mejorar la cohesión social.
II.2. Los proyectos deberán orientarse a alguna de las siguientes temáticas en función de los objetivos propios de la convocatoria:
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 1 (Fortalecer la inclusión y la participación social, mediante acciones que fomenten la corresponsabilidad comunitaria, el respeto a los Derechos Humanos, la igualdad de género y el rechazo a toda forma de discriminación.)
1.1   Impulsar proyectos que informen, sensibilicen y prevengan las violencias en contra de personas, prioritariamente, hacia mujeres y niñas en situación de exclusión o vulnerabilidad.
1.2   Apoyar proyectos que incentiven la participación y conformación de grupos comunitarios para fomentar el ejercicio de los derechos humanos: económicos, sociales, culturales, ambientales, de los pueblos indígenas, de niñas y niños, de las mujeres, de las personas mayores y con discapacidad, con enfoque de equidad de género e intercultural.
1.3   Promover la cultura de la organización y participación como impulsora del desarrollo social y los derechos culturales como fundamento de la cohesión social, igualdad, inclusión, integración y construcción de ciudadanía intercultural (foros de expresión, charlas de arte, obras de teatro y danza, talleres artísticos, orquestas comunitarias), que propicien el intercambio, reconocimiento y preservación de prácticas y expresiones culturales locales.
1.4   Fomentar proyectos para adolescentes y jóvenes en temas de educación sexual y reproductiva, como el embarazo adolescente, así como en la prevención de adicciones.
1.5   Diseñar e implementar estrategias o propuestas que promuevan la atención, el respeto de sus derechos, la autonomía y la vida independiente de personas con discapacidad, mediante metodologías de atención, así como de la dotación de insumos y equipos para su rehabilitación.
1.6   Proyectos dirigidos a realizar actividades artísticas, deportivas, recreativas y culturales, que contribuyan a ejercer el derecho de las comunidades a vivir en paz y a disfrutar de espacios públicos libres de violencia.
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 2 (Favorecer el desarrollo económico y productivo de las comunidades, mediante acciones y estrategias sustentables, así como la aplicación de innovaciones tecnológicas, que incrementen el acceso a los ingresos y a la igualdad de oportunidades de las personas para mejorar sus condiciones de vida.)
2.1   Aprovechar sosteniblemente los recursos naturales, así como la restauración, rehabilitación y conservación de los ecosistemas montañosos, incluida su diversidad biológica, por medio de adopción de técnicas y tecnologías ecológicas respetuosas del medio ambiente, así como el rescate de saberes ancestrales de las comunidades, promoviendo y fomentando la participación activa y corresponsable de las comunidades en un marco de equidad de género.
2.2   Proyectos que contribuyan a ejercer el derecho humano al agua y saneamiento, mediante acciones que fomenten su disposición suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible, para su uso personal y doméstico.
2.3   Fortalecimiento de la organización comunitaria para el ejercicio al derecho a un medio ambiente sano, por medio de la reforestación, recuperación y conservación de flora, fauna y especies nativas
(incluido el maíz criollo, entre otras) y/o protección y saneamiento ambiental y la gestión de residuos sólidos, para preservar la biodiversidad y para proteger la herencia genética y cultural del país en riesgo o peligro de extinción, así como la promoción y capacitación en la producción de abonos orgánicos, productos biológicos para control de plagas e infraestructura para la producción familiar y local para la autonomía alimentaria.
2.4   Fomentar el equipamiento, adecuación y habilitación de unidades productivas comunitarias agropecuarias, agroforestales y de acuacultura, así como para la comercialización de artesanías y productos locales, tanto para su acopio, como de procesos formativos para el desarrollo de capacidades, darles valor agregado a sus productos y/o incorporarse a cadenas de valor.
2.5   Fomentar la inclusión laboral en la actividad económica, a través del equipamiento de unidades productivas para mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad, mujeres, personas adultas mayores y jóvenes, generando auto empleo y empoderamiento económico.
2.6   Proyectos participativos orientados al mejoramiento de las viviendas, a través de la instalación de celdas solares, ecotecnias e infraestructura básica, entre otros.
2.7   Fomentar la cohesión social con la promoción de estrategias de protección civil, así como la elaboración de planes de adaptación y mitigación de posibles riesgos provocados por cambios ambientales o desastres naturales, para salvaguardar la integridad de las personas.
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 3 (Fomentar la participación social para la apropiación de los espacios públicos mediante su mantenimiento, rehabilitación y/o equipamiento, que propicien el desarrollo de actividades comunitarias.)
3.1   Mejorar el entorno físico de las comunidades a través de la rehabilitación, mantenimiento y equipamiento de espacios públicos o comunitarios como parques recreativos y deportivos, bibliotecas que promuevan su apropiación pública y fortalezcan el tejido como la integración social.
3.2   Proyectos orientados al mejoramiento y/o equipamiento de casas de cultura, ejidales, de salud, de la mujer indígena, centros de salud y planteles educativos.
II.3. Los proyectos serán revisados con base en los siguientes criterios de selección establecidos en el numeral 3.4 de las Reglas de Operación del PCS:
1.     Que el proyecto corresponda a los objetivos y temáticas de la convocatoria.
2.     Cumplimiento de los criterios de asignación de montos, según la convocatoria en la que participen y al tipo de proyecto
3.     Contar con diagnóstico participativo que identifique el problema de la población objetivo, sus causas y la importancia de atenderlo.
4.     Forma de interacción, operación y vinculación de la comunidad en la ejecución del proyecto.
5.     Congruencia entre diagnóstico, objetivo, metas, actividades, material probatorio y presupuesto del proyecto.
6.     Que las metas establecidas den claridad de lo que se hará, en qué cantidad y dónde, además de que su realización contribuya al cumplimiento del objetivo del proyecto.
7.     La calendarización de las actividades deberá ser congruente con las metas establecidas en el proyecto y apegarse a los tiempos de ejecución establecidos en la convocatoria.
8.     Que los recursos contemplados dentro del presupuesto estén completamente relacionados con la ejecución del proyecto y el cumplimiento de sus metas.
9.     Mecanismos que propicien la transparencia y rendición de cuentas a la comunidad en la utilización de los recursos otorgados para la ejecución del proyecto.
10.   Si el proyecto propuesto es complementario a algún programa del Gobierno Federal que se encuentre beneficiando a la comunidad.
 
11.   Que el proyecto fortalezca la cohesión social de la comunidad propiciando su participación, cooperación y confianza.
La cobertura de la presente Convocatoria será en las comunidades indígenas que comprende a la población que habita en localidades de por lo menos 100 habitantes y dónde al menos el cuarenta por ciento (40%) se identifique como población indígena y catalogados de alta y muy alta marginación, en los Estados y Municipios mencionados a continuación.
 
ENTIDAD
NOMBRE DEL MUNICIPIO
 
 
 
 
 
En las localidades que se mencionan en el siguiente link:
https://www.gob.mx/
III. Montos de apoyo.
El monto total destinado para la presente convocatoria será por la cantidad de $ ( pesos 00/100 M.N.) que podrá modificarse de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.
El monto máximo de aportación del PCS por proyecto para las comunidades indígenas será:
Hasta $800´000.00, ochocientos mil pesos 00/100 M.N., para los proyectos que se ejecuten con temas del objetivo específico 3, así como aquellos que se enfoquen en la instalación de paneles solares.    
Hasta $700´000.00, setecientos mil pesos 00/100 M.N., para los proyectos que se ejecuten con temas del objetivo específico 2.
Hasta $600´000.00, seiscientos mil pesos 00/100 M.N., para los proyectos que se ejecuten con temas del objetivo específico 1.
El monto máximo de aportación por proyecto podrá ajustarse a la baja de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, los resultados de la etapa de dictaminación o con el fin de asegurar el cumplimiento del objetivo de los proyectos apoyados.
Los recursos se entregarán conforme a lo establecido en el numeral 4.2.8 Del ejercicio de los recursos de las Reglas de Operación.
IV. Conceptos presupuestales permitidos.
En la presente convocatoria serán apoyados:
Los recursos humanos y/o materiales presupuestados en cada proyecto buscan ser considerados como medio de fomentar el bienestar, la cohesión y el capital social de las personas beneficiarias y en ningún caso podrán tener otro destino.
V. Criterios y requisitos de participación de los actores sociales.
Podrán participar los actores sociales que cumplan con lo establecido en el numeral 3.3 de las Reglas de Operación del PCS, que se menciona a continuación:
 
Criterios
Requisitos
(Documentos solicitados)
1. Personas que habiten en un municipio indígena con alta y muy alta marginación, interesados en presentar un proyecto.
1. Acta de Asamblea Comunitaria (AAC) debidamente integrada conforme a lo establecido en el Anexo 4.
2. El proyecto tendrá que ser ejecutado por integrantes de la comunidad mayores de edad, preferentemente en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres.
2. Enviar a través del SIGEPCS AAC (Anexo 4) en la cual se acredite la conformación de un Comité de Participación Comunitaria (CPC).
3. Acreditar la identidad de las personas que integran el CPC.
3. Presentar copia de CURP e identificación oficial de cada una de las personas que integran el CPC (credencial para votar con fotografía vigente, credencial del INAPAM, Cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte vigente, cédula profesional o constancia emitida por autoridad municipal).
4. Contar con un proyecto que cumpla con los requisitos que marcan las presentes Reglas de Operación, así como con las bases que establezca la convocatoria en la que participa.
4. Presentar el proyecto en el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos (Anexo 3), mediante el SIGEPCS, en la dirección electrónica www.gob.mx/indesol.
5. Las personas de la comunidad deberán coinvertir recursos no monetarios para la ejecución del proyecto.
5. En el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos (Anexo 3) las personas de la comunidad deberán desglosar su coinversión no monetaria.
6. Las personas de la comunidad que reciban apoyos del PCS no podrán recibir recursos por parte de otros Programas federales para las mismas actividades señaladas en el proyecto durante el ejercicio fiscal correspondiente.
Las personas de la comunidad podrán recibir apoyos de otros Programas federales para actividades complementarias al proyecto.
 
6. En el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos, el CPC deberá comprometerse a no recibir apoyos de otros programas federales para mismas actividades señaladas en el proyecto durante el ejercicio fiscal correspondiente.
En caso de recibir apoyos para actividades similares o complementarias, deberá informar a la Instancia Ejecutora a través del Informe Final, el monto de los recursos recibidos y las sinergias alcanzadas para la realización del proyecto.
7. Las personas de la comunidad tienen derecho a presentar un solo proyecto por ejercicio fiscal.
7. La instancia verificará, durante la etapa de dictaminación, el cumplimiento del criterio.
8. Ningún integrante del CPC podrá ser servidor(a) público(a), ni tener vínculos familiares con alguno de estos.
 
8. Manifestar por escrito, bajo protesta de decir verdad, que ninguno de los integrantes del CPC es cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado por ambas líneas, ascendente o descendente, por afinidad hasta el cuarto grado; o civiles, de algún servidor(a) público(a).
VI. Recepción de los proyectos.
El periodo de recepción de los proyectos será a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el cierre de la misma, que será de un periodo de 15 días naturales. Para la presente convocatoria el PCS recibirá electrónicamente proyectos, en función del techo presupuestal destinado para su operación. Dicha recepción se hará mediante el SIGEPCS.
VII. Resultados.
Los proyectos que cuenten con la documentación completa en el SIGEPCS, serán dictaminados de acuerdo al esquema señalado en los numerales 4.2.3 de las Reglas de Operación del PCS que dice La dictaminación consistirá en evaluar los proyectos de manera colegiada, tomando en cuenta en primera instancia la viabilidad del proyecto, su apego a los objetivos y temáticas de la convocatoria en la que participa, su contribución para fortalecer la cohesión social.
El resultado de la dictaminación será definitivo y quedará asentado en el Acta de Dictaminación.
El comité estará integrado por dos personas designadas por el(la) Titular del Indesol; por una persona servidora pública de la Secretaría de Bienestar y una persona del ámbito académico o especialista, quienes tendrán el papel de revisores. Cada uno de los integrantes del Comité Dictaminador contarán con experiencia acorde a los temas de los proyectos que se dictaminen.
El resultado de los dictámenes, la relación de quienes participaron en el proceso de dictaminación, se darán a conocer en un plazo no mayor a quince días hábiles después del cierre de cada convocatoria, a través de la página electrónica www.gob.mx/indesol
Durante el presente ejercicio fiscal en ningún caso se publicarán los nombres de las y los dictaminadores vinculados a cada proyecto, por considerarse Información clasificada con carácter de confidencial, al contenerse datos personales en términos de lo que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Una vez publicados los resultados de la dictaminación de los proyectos elegibles, la Instancia Ejecutora los dará a conocer, en un periodo máximo de quince días hábiles, distinguiendo aquéllos que son susceptibles de ser apoyados con recursos y aquéllos que no serán apoyados de acuerdo al numeral 4.2.3.3. que dice Una vez publicados los resultados de la dictaminación de los proyectos, el PCS los dará a conocer en un periodo máximo de quince días hábiles, distinguiendo aquéllos que son apoyados y aquéllos que no serán apoyados.
Sólo aquellos proyectos que hayan sido clasificados como "no apoyados" por causa de insuficiencia presupuestaria, podrán cambiar a "apoyados" dependiendo del orden de prioridad, establecido en el numeral 4.2.3.4. Lo anterior de acuerdo con la suficiencia presupuestal del PCS.
VIII. Información.
El Indesol será la Instancia Ejecutora de los proyectos correspondientes a la Convocatoria.
Es obligación de las comunidades indígenas, conocer y sujetarse a lo dispuesto en las Reglas de Operación del PCS que rigen la presente Convocatoria de acuerdo al numeral 3.6 Derechos y Obligaciones, las cuales proporcionan información sobre la normatividad, características y operación del PCS, mismas que están disponibles en la página electrónica: www.gob.mx/indesol
Para mayor información dirigirse al Indesol, a los teléfonos 800 718-8621; 5554 0390, extensiones, 68384, 68386, por correo electrónico a raul.zaragoza@indesol.gob.mx (recepción y captura de proyectos); 68351, 68364, 68365, 68430 y 68436 o por correo electrónico a pcs.atencionciudadana@indesol.gob.mx (dudas sobre el propósito de la convocatoria).
La información presentada por los Comités de Participación Comunitaria estará sujeta a las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
"Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
Dado en la Ciudad de México, a los << día, mes y año con letra, >>.- La Titular del Instituto Nacional de Desarrollo Social, Luz Beatriz Rosales Esteva.-Rúbrica.
Anexo 3
Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos
 
El presente formato es de libre reproducción. Es obligatorio revisar las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social disponibles en el sitio web www.gob.mx/indesol.
Para cualquier aclaración, duda o comentario respecto al llenado del formato o a los documentos para registrar el proyecto, sírvase contactarnos en convocatoriasindesol@indesol.gob.mx o a los teléfonos 555554-0390, en la Ciudad de México y área metropolitana, o del interior de la República al 800-7188- 621 o terminación 86-24, con las extensiones 68384, 68386, 68364, 68365, 68351 y 68436.
1.     Portada
1.1   Nombre y Ubicación de la Comunidad.
1.2   Nombre del proyecto.
1.3   Convocatoria.
1.4   Vertiente.
1.5   Temática de la convocatoria.
2.     Justificación
       En este apartado se debe explicar la necesidad e importancia (el por qué) de ejecutar el proyecto en la comunidad. Para ello es necesario detallar la problemática y/o la necesidad que hay en la comunidad (definida en consenso con todos los/las integrantes de la comunidad) y que el proyecto pretende atender; exponga los antecedentes e identifique el contexto general que lo enmarca, así como los/las beneficiarios(as) que buscan atender y las consecuencias de no emprender medidas que las atiendan; a través de las siguientes preguntas:
2.1   ¿Cuál es el problema identificado o la necesidad que hay en la comunidad, que se pretende atender?
2.2   ¿Por qué se tiene el problema y cómo afecta a la comunidad?
2.3   ¿Cuáles son los recursos y obstáculos que tienen en su comunidad para ejecutar el proyecto?
 
Recursos
Obstáculos
 
 
 
 
3.     Delimitación del área geográfica y de la población beneficiaria
       3.1 Describir brevemente el nombre y características de la región por atender. Por ejemplo, número de habitantes, pueblo indígena o afromexicano y condiciones específicas de los beneficiarios (mujeres, jóvenes, niñas, niños, adolescentes, mujeres con discapacidad, etc.).
       3.2 Incidencia del proyecto
       Indique el nombre del Estado, Municipio, Localidad y Comunidad.
 
Estado
Municipio
Localidad
Comunidad
Pueblo
 
 
 
 
 
 
       3.3 Población beneficiaria
       Especifique el número de personas beneficiarias del proyecto, desglosado en hombres y mujeres y edad.
 
Personas Beneficiarias
Mujeres
Hombres
Total
Niños y niñas (0- 12 años)
 
 
 
Adolescentes (13-17 años)
 
 
 
Jóvenes (18 a 29 años)
 
 
 
Adultos/as (30-65 años)
 
 
 
Adultos/as mayores (más de 65 años)
 
 
 
Población total
 
 
 
       3.3.1 Complementariedad con otros programas de gobierno
       Indicar si los integrantes de la población beneficiaria reciben apoyo de algún Programa de Gobierno. En su caso, detalle cuál y cómo.
4.     Objetivo
       El objetivo del proyecto debe definir claramente el/los logro/s que se espera/n alcanzar al final del proyecto y los medios más importantes a través de los cuales se logrará el propósito general.
5.     Metas o productos cuantificables
       Invariablemente se debe señalar el número de cada una de las metas o productos que se piensan alcanzar, es decir deben ser cuantificables y medibles de lo comprometido en el objetivo y deben indicar qué hará, cuánto y en dónde se realizará.
       Las metas deben ser congruentes con el objetivo planteado y con los recursos solicitados (No plantear recursos que no se comprometen en las metas).
       Para cada una de las metas debe incluir material probatorio que proporcionen evidencia del cumplimiento de cada meta. Plantear máximo tres metas.
 
Metas o productos
Material
Probatorio
¿Qué hará?
¿Cuánto?
¿Dónde?
 
1.
 
 
 
 
2.
 
 
 
 
3.
 
 
 
 
 
Ejemplos de materiales probatorios:
 
Materiales probatorios:
Ejemplos:
Que dan evidencia del cambio
esperado en la población
beneficiaria o de los logros
alcanzados
·  Testimonios en video.
·  Acta de entrega recepción de equipo o insumos.
·  Bitácoras.
·  Análisis de encuestas aplicadas.
·  Reportes pre y post.
·  Sistematización de evaluaciones.
·  Memorias.
·  Relatorías.
·  Guías metodológicas.
·  Trípticos.
·  Volantes.
Que dan narrativa en
imágenes de la actividad o
proceso realizado:
·  Memoria fotográfica descriptiva.
·  Memoria videográfica descriptiva.
Que permiten identificar a los/
as beneficiarios/as
·  Listas de asistencia.
·  Memoria descriptiva de participantes.
 
6.     Calendarización de las actividades
       Detallar las actividades propuestas para alcanzar cada una de las metas o resultados esperados, así como la programación mensual para la realización de cada una de ellas.
       Las actividades deben ser acordes y equilibradas en relación con el personal que las ejecuta, recursos solicitados y cobertura del proyecto.
       Las actividades deben ser verificables, deben referirse a actividades que puedan ser identificadas, en virtud de que se les estará dando seguimiento.
 
Meta
Actividad
Oct
Nov
Dic
1.
 
1.1
 
 
 
 
1.2
 
 
 
 
1.3
 
 
 
2.
 
2.1
 
 
 
 
2.2
 
2.3
3.
 
3.1
 
 
 
 
3.2
 
3.3
 
7.     Forma de trabajo, gestión y operación en la ejecución del proyecto
       De acuerdo con las actividades a desarrollar, describa la forma de trabajo, gestión y operación que se piensan aplicar en la consecución de las metas. Interesa conocer sobre todo las estrategias de trabajo y de acercamiento que se aplicarán con las y los beneficiarios del proyecto.
       Deberá detallar cómo las personas de la comunidad colaborarán en el desarrollo del proyecto, especificando funciones y responsabilidades, esto con el fin de promover su compromiso y participación entre los miembros de la comunidad.
8.     Presupuesto detallado
       8.1 De acuerdo a las actividades y metas del proyecto, detallar los conceptos de gastos, deben estar desglosados en recursos materiales y/o humanos, en cantidad o volumen, precio unitario, monto solicitado al PCS y costo total del proyecto. Los relacionados con equipamiento, actividades sustantivas o montos elevados deben incluir su especificación.
       No deben ser genéricos ni incluir ambigüedades, como varios, gastos generales, insumos, diversos, lote, etc.
 
Rubro
Descripción del concepto
Cantidad o
volumen
Precio
unitario
Costo
Total
Recursos
materiales
 
 
$
$
Subtotal de recursos materiales
$
$
Recursos
humanos
 
 
$
$
Subtotal de recursos humanos
$
$
 
Monto
solicitado al
PCS
$
 
8.2 Describa en qué consistirá la coinversión no monetaria de las personas de la comunidad para la ejecución del proyecto:
9.     Transparencia y rendición de cuentas
       Describa qué estrategias utilizará para hacer participar a toda la comunidad, para informarle sobre el origen, uso y eficacia de los recursos solicitados al PCS, así como de los resultados de la ejecución del proyecto.
10.   Cohesión Social de la comunidad
       En esta sección, responda las siguientes preguntas con el fin de proporcionar información sobre el fortalecimiento de la identidad y los valores comunitarios, así como del mejoramiento de la organización y participación de los miembros de la comunidad, que se generará con la ejecución del proyecto.
10.1    ¿Cuál es el beneficio directo que tendrá la comunidad con la ejecución del proyecto?
10.2    Describa la participación de la comunidad en cada etapa del proyecto (Identificación de la
problemática o necesidad, planeación, ejecución y evaluación del proyecto).
10.3    ¿Cómo contribuye la ejecución del proyecto a fortalecer el sentido de compromiso, colaboración, confianza, equidad y solidaridad entre los miembros de la comunidad?
11.   Datos personales de los representantes del proyecto.
       Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales, del Programa de Coinversión Social (PCS), conforme a los principios establecidos en la "Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública" y "Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados", y demás disposiciones aplicables.
       Lo anterior se informa en cumplimiento del Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005.
       11.1 Responsable del Proyecto
·   Nombre completo (nombre, apellido materno y apellido paterno)
·   Correo electrónico.
·   CURP
·   Teléfono con lada
·   Teléfono celular
·   Domicilio, Calle, No. exterior, No. interior, Colonia, Municipio, Código postal.
       11.2 Tesorero (a)
·   Nombre completo (nombre, apellido materno y apellido paterno)
·   Correo electrónico.
·   CURP
·   Teléfono con lada
·   Teléfono celular
·   Domicilio, Calle, No. exterior, No. interior, Colonia, Municipio, Código postal
       11.3 Secretario (a)
·   Nombre completo (nombre, apellido materno y apellido paterno)
·   Correo electrónico.
·   CURP
·   Teléfono con lada
·   Teléfono celular
·   Domicilio, Calle, No. exterior, No. interior, Colonia, Municipio, Código postal
PROTESTA
·  En virtud de la naturaleza y operatividad del Programa de Coinversión Social, en el que participa este proyecto, manifiesto expresamente mi consentimiento de sujetarme a criterios de Transparencia y Rendición de Cuentas, aceptando que la información pública que contiene este formato puede transmitirse de manera parcial o total a quien lo solicite vía INFOMEX. Lo anterior, atendiendo lo previsto en el marco de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el entendido de que la información confidencial (datos personales) o reservada que contiene queda protegida, conforme a las disposiciones aplicables.
 
·  Acepto que cualquier notificación o requerimiento de información o documentación relacionada con este proyecto, se envíe a través del SIGEPCS y/o a los siguiente(s)correo (s) electrónico(s):
·  Me comprometo a no recibir apoyos de otros programas federales para las mismas actividades señaladas en el presente proyecto.
·  Declaro que no existen relaciones de interés o nexos de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta en cuarto grado entre las y los integrantes del Comité de Participación Comunitaria y las y los servidores públicos, encargados de otorgar o autorizar los apoyos y estímulos públicos.
·  Ratifico que el Comité de Participación Comunitaria no tiene entre sus integrantes a servidores/as públicos/as, representantes de elección popular, integrantes del Poder Judicial o de cualquiera de los tres órdenes de gobierno.
·  Declaro bajo protesta de decir verdad que toda la información asentada en este documento es cierta.
·  Nombre(s) y firma(s) del/a Representante del proyecto, Tesorero(a) y Secretario(a).
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
Instructivo de llenado
Elementos básicos para la presentación de proyectos
 
Núm.
Dice
Debe anotarse
1.
Portada
Especificar los datos generales de la comunidad y del proyecto.
2.
Justificación
Especificar la importancia de ejecutar el proyecto, así como la problemática o necesidad que se pretende atender.
3.
Delimitación del área geográfica y de la población beneficiaria
Especificar la comunidad que se pretenden atender con la ejecución del proyecto, características de la región (número de habitantes, pueblo indígena y/o afromexicano); así como número de beneficiarios desglosado en hombres y mujeres y edad.
4.
Objetivo
Mencionar de manera clara y precisa el objetivo del proyecto, el propósito que se espera alcanzar y los medios que se utilizarán para alcanzarlo.
5.
Metas o productos cuantificables (Plantear máximo tres metas)
Detallar las metas o productos que se pretenden alcanzar con la ejecución del proyecto, éstas deben ser cuantificables.
6.
Calendarización de las actividades
Especificar la programación mensual de las actividades planteadas en el proyecto, se deberán establecer fechas exactas. La calendarización no podrá rebasar el ejercicio fiscal vigente.
7.
Forma de trabajo, gestión y operación en la ejecución del proyecto
Especificar la forma de trabajo, gestión y operación que se utilizarán para la implementación de las actividades, las estrategias de trabajo y de acercamiento que se aplicarán con los beneficiarios y los planteamientos teóricos y conceptuales.
8.
Presupuesto detallado
Precisar el monto solicitado para la ejecución del proyecto, desglosado por rubros de recursos materiales y humanos.
9
Transparencia y rendición de cuentas
Describir qué estrategias utilizará para hacer participar a toda la comunidad, para informarle sobre el origen, uso y eficacia de los recursos públicos.
10.
Cohesión Social de la comunidad
Detalle como el proyecto contribuirá a fortalecer la identidad y los valores comunitarios, así como a mejorar la organización y participación de los miembros de la comunidad.
11
Datos personales de los representantes del proyecto
Especificar los datos personales del/la Representante del proyecto, Tesorero(a) y Secretario(a).
Anexo 4
Elementos que debe contener un Acta de Asamblea Comunitaria (AAC)
 
El Contenido del Acta de Asamblea Comunitaria debe contener por lo menos los siguientes elementos:
a)    Proemio identificando hora, fecha, lugar, comunidad, localidad y entidad federativa donde se celebra la asamblea comunitaria.
b)    Orden del día, donde se contenga:
I.      Verificación de quórum.
II.     Objetivos de la reunión.
III.    Análisis y validación del proyecto comunitario.
IV.    Validación de los integrantes que conforman el Comité de Participación Comunitaria solicitante, y nombramiento de su Representante, Secretario(a) y Tesorero(a).
V.    Reconocimiento y validación de los(as) integrantes de Comité de Contraloría Social.
VI.    Validación de la procedencia de los(as) integrantes del Comité de Participación Comunitaria.
c)     Nombres, cargos, firmas o huellas de las Autoridades Tradicionales que legitiman la asamblea, de los integrantes del Comité de Participación Comunitaria, y de los integrantes del Comité de Contraloría Social
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
Anexo 5
Criterios de Selección
1.     Que el proyecto corresponda a los objetivos y temáticas de la convocatoria.
2.     Cumplimiento de los criterios de asignación de montos, según la convocatoria en la que participen.
3.     Contar con diagnóstico participativo que identifique el problema de la población objetivo, sus causas y la importancia de atenderlo.
4.     Forma de interacción, operación y vinculación de la comunidad en la ejecución del proyecto.
5.     Congruencia entre diagnóstico, objetivo, metas, actividades, material probatorio y presupuesto del proyecto.
6.     Que las metas establecidas den claridad de lo que se hará, en que cantidad y dónde, además de que su realización contribuya al cumplimiento del objetivo del proyecto.
7.     La calendarización de las actividades deberá ser congruente con las metas establecidas en el proyecto y apegarse a los tiempos de ejecución establecidos en la convocatoria.
8.     Que los recursos contemplados dentro del presupuesto estén completamente relacionados con la ejecución del proyecto y el cumplimiento de sus metas.
9.     Mecanismos que propicien la transparencia y rendición de cuentas a la comunidad en la utilización de los recursos otorgados para la ejecución del proyecto.
10.   Si el proyecto propuesto es complementario a algún programa del Gobierno Federal que se encuentre beneficiando a la comunidad.
11.   Que el proyecto fortalezca la cohesión social de la comunidad propiciando su participación,
cooperación y confianza.
Anexo 6
CONVENIO DE CONCERTACIÓN
CONVENIO DE CONCERTACIÓN QUE EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, REPRESENTADA POR LA LIC. LUZ BEATRIZ ROSALES ESTEVA, EN SU CARÁCTER DE TITULAR DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO SOCIAL; Y POR LA OTRA, EL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN COMUNITARIA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ________________________________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE, __________________________________, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO/A Y ___________________________________, EN SU CARÁCTER DE TESORERO/A, TODOS ELLOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN COMUNITARIA, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ EL "INDESOL", Y "EL COMITÉ", RESPECTIVAMENTE, O "LAS PARTES" DE MANERA CONJUNTA; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su numeral II denominado "Política Social, Construir un país con bienestar", establece que el objetivo más importante de la Cuarta Transformación, es que, en 2024, la población de México esté viviendo en un entorno de bienestar. Coadyuvando a construir un país con bienestar social, promoviendo el desarrollo sostenible, una cultura para la paz, para el bienestar y para todos.
II.- Que el artículo 3 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, establece que en los Anexos 14, 16 al 19 y 28 al 30, se comprenden los recursos para la atención de grupos vulnerables; la adaptación y mitigación de los efectos del cambio climático; el desarrollo de los jóvenes; la atención de niñas, niños y adolescentes; la prevención del delito, combate a las adicciones, rescate de espacios públicos y promoción de proyectos productivos; la conservación y mantenimiento carretero; subsidios para organismos descentralizados estatales, y la distribución del programa hidráulico: subsidios para entidades federativas. En el Anexo 14, titulado "Recursos para la Atención de Grupos Vulnerables, en el Ramo 20 Bienestar", se integra al Programa de Coinversión social.
III.- Que el artículo 29 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, dispone que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Bienestar se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía, conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas.
IV. Que el Programa de Coinversión Social para el Ejercicio Fiscal 2019, en adelante "PCS", tiene como finalidad contribuir a garantizar que las personas ejerzan de manera efectiva sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, poniendo énfasis en la reducción de brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, así como contribuir a disminuir las condiciones de vulnerabilidad y discriminación que enfrentan las poblaciones y territorios en dónde se asientan las personas de comunidades indígenas.
V. Que de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social mencionadas, en adelante "Reglas de Operación PCS 2019", publicadas en el diario Oficial de la Federación el __________________de 2019, tiene como objetivo general, el de contribuir al bienestar social de las personas que habitan en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el desarrollo de proyectos de cohesión social y como objetivo específico, el de impulsar la cohesión social de personas en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el apoyo de proyectos de cohesión social.
 
VI. Que según las "Reglas de Operación PCS 2019", numeral 3.2, la población objetivo del Programa son las personas de municipios indígenas que comprende a la población que habita en localidades de por lo menos 100 habitantes y dónde al menos el cuarenta por ciento (40%) se identifique como población indígena y catalogados de alta y muy alta marginación, con apego al Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2019, así como en el Catálogo de Localidades Indígenas 2010.
VII. Que el numeral 3.7.1 de las "Reglas de Operación PCS 2019", el "INDESOL" es la instancia ejecutora, responsable de la coordinación y operación del PCS.
VIII. Que el proyecto presentado por "EL COMITÉ" en la vertiente <<Nombre de la vertiente>> de la "Convocatoria <<Nombre de la convocatoria>>, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha <<día>> de <<mes>> de 2019, fue evaluado mediante un dictamen técnico emitido por una Comisión Dictaminadora, integrada con lo previsto en las Reglas de Operación PCS 2019.
IX. Que en razón con el anterior numeral, el "INDESOL" ha determinado apoyar con recursos federales a "EL COMITÉ" a través del mencionado Programa, a efecto de que se ejecute el proyecto denominado: <<Nombre del proyecto>>, con registro de participación No <<Folio del proyecto>>.
DECLARACIONES
I. El "INDESOL" declara que:
a) La Secretaría de Bienestar, es una Dependencia del Ejecutivo Federal que forma parte de la Administración Pública Federal Centralizada, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2, fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. De conformidad con el artículo 32 de la Ley antes citada, tiene entre sus atribuciones, fortalecer el bienestar, el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación, supervisión y seguimiento, en términos de ley y con los organismos respectivos, de las políticas de combate efectivo a la pobreza y atención específica a las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos; coordinar las acciones que incidan en el bienestar de la población, el combate a la pobreza y el desarrollo humano, fomentando un mejor nivel de vida; coadyuvar en las políticas públicas que garanticen el pleno ejercicio de los derechos y el desarrollo de los pueblos indígenas.
b) Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Bienestar, de conformidad con los artículos 2, inciso B, subinciso 1; 37, 38, 41 y 42 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Bienestar. Entre sus atribuciones se encuentran apoyar la intervención de la sociedad en las tareas de desarrollo social y bienestar común, mediante la aplicación se fondos institucionales.
c) De conformidad con los artículos 37, fracciones VII y XXVI, 41 y 42 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Bienestar, la LIC. LUZ BEATRIZ ROSALES ESTEVA, en su carácter de TITULAR DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO SOCIAL, tiene facultades para firmar el presente Convenio.
d) Conforme a las "Reglas de Operación PCS 2019", el "INDESOL" es la instancia responsable de aplicar la normatividad del Programa.
e) Para los efectos del presente Convenio, señala como su domicilio, el ubicado en Segunda Cerrada de Belisario Domínguez No. 40, Colonia del Carmen, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, C.P. 04100.
II. "EL COMITÉ" declara que:
a) Acredita su personalidad jurídica de conformidad con lo señalado en el Acta de Asamblea Comunitaria de fecha _______ en la que las autoridades tradicionales indígenas (o las autoridades locales) y la población de la comunidad (hacer referencia a municipio o localidad y la normatividad correspondiente) _____________ validó y otorgó su reconocimiento al Comité de Participación Comunitaria identificado en este acto como "EL COMITÉ", de conformidad con lo dispuesto en los artículos _________ de la Constitución Política del Estado de______, y _____ de la Ley ____________ para el Estado de______.
b) De conformidad con lo señalado en el Acta de Asamblea en la que se dio la conformación del Comité de Participación Comunitaria, se le nombró representante por mayoría de votos entre sus integrantes.
 
c) Manifiesta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que no se encuentra en alguno de los siguientes supuestos:
I. Exista entre la comunidad y los servidores públicos, encargados de otorgar o autorizar los apoyos y estímulos públicos, relaciones de interés o nexos de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta en cuarto grado, o sean cónyuges, y
II. Contratar con recursos públicos federales otorgados por el "INDESOL" a personas con nexos de parentesco con los integrantes de la comunidad, ya sea por consanguinidad o afinidad hasta en cuarto grado, para la realización del proyecto.
d) En la Asamblea Comunitaria, se acordó que "EL COMITÉ", puede suscribir el presente Convenio, de conformidad con las Reglas de Operación PCS 2019, para la ejecución del proyecto aprobado.
e) No tiene fines de lucro o de proselitismo partidista, sindical o religioso alguno y que sus actividades están dirigidas a tareas de bienestar.
f) Manifiesta bajo protesta de decir verdad, que sus integrantes no son funcionarios públicos, representantes de elección popular o miembros del Poder Judicial, de cualquiera de los tres órdenes de gobierno.
g) Para los efectos del presente Convenio, señala como su domicilio legal el ubicado en la calle de <<Calle del domicilio del COMITÉ >>, No. <<Número del domicilio del COMITÉ >>, Colonia <<Colonia del domicilio del COMITÉ >>, C.P. <<Código Postal del domicilio del COMITÉ >>, en <<Ciudad del domicilio del COMITÉ >>, del Estado de <<Estado del domicilio del COMITÉ >>.
h) Suscribe el presente Convenio, en su carácter como representante y coordinador del proyecto, tal como ha sido designado.
i) Autoriza publicar los datos establecidos en el presente instrumento jurídico en la página electrónica de el "INDESOL" www.gob.mx/indesol, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
j) Manifiesta, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, no haber proporcionado información para la elaboración de proyectos cuyas actividades sean coincidentes con las contenidas en el proyecto detallado en el presente instrumento jurídico, independientemente de que se trate de una comunidad distinta; asimismo reconoce que frente a su incumplimiento se podrá configurar la terminación anticipada del presente Convenio.
De conformidad con lo expuesto y con fundamento en los artículos 26 y 32, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 37, 38 y 39, de la Ley de Planeación; 1, 4, 6, 24, 25, 54, 74, 75, 77 y 79, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4, 24 y 43 fracción V, de la Ley General de Desarrollo Social; 3 y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 23 y 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; 1, 3 y 29 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019; 1, 85, 176, 178 y 179, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 fracción II, 47 y 48 , del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social; 1, 2, 3, 37, 38, 41 y 42, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Bienestar; en el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL para el Ejercicio Fiscal 2019 publicado en el Diario Oficial de la Federación el ___ de ________ de 2019; y en general, de los demás ordenamientos jurídicos aplicables, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio de Concertación al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. "LAS PARTES" convienen en concertar y coordinar esfuerzos e invertir recursos para que se ejecute el proyecto seleccionado y presentado por "EL COMITÉ", denominado: <<nombre del proyecto>>, cuyo objeto es <<objetivo del proyecto>>.
SEGUNDA. APORTACIONES. Para la realización del objeto del presente Convenio, se prevé una inversión total de $<<monto en número de la aportación total>> (<<monto en letra de la aportación total>> pesos 00/100 M. N.)>>, conforme a la siguiente distribución:
 
El "INDESOL" aportará la cantidad de $<<monto en número de la aportación>>, (<<monto en letra de la aportación>> pesos 00/100 M.N.), como parte de los recursos federales del Programa de Coinversión Social 2019, provenientes de los recursos del Ramo Administrativo 20 "Bienestar", correspondientes al Capítulo 4000 "Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas", partida 43101 "Subsidios a la Producción".
Estos recursos federales estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal del PCS y a las autorizaciones correspondientes para el ejercicio fiscal de 2019. "EL COMITÉ" expedirá un RECIBO al "INDESOL", por cada una de las ministraciones recibidas, como comprobante, hasta completar el monto total del apoyo federal otorgado.
Estos recursos se entregarán en una exhibición o en dos ministraciones. En el supuesto de que se haga en dos ministraciones, la primera de ellas se entregará posterior a la firma de este Convenio. La segunda ministración quedará condicionada a la entrega del Reporte Parcial, conforme a lo previsto a las Reglas de Operación PCS 2019 y el presente instrumento jurídico.
TERCERA. EJERCICIO DE LOS RECURSOS. El ejercicio de los recursos federales a que se refiere la cláusula anterior, así como la realización del objeto del presente Convenio quedan bajo la exclusiva responsabilidad de "EL COMITÉ", de conformidad con lo establecido en el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos que firmado y rubricado se acompaña y forma parte integral de este instrumento jurídico, por lo que deberá ejercer los recursos federales aportados por el "INDESOL", en los términos descritos y conforme a las Reglas de Operación PCS 2019.
En ningún caso "EL COMITÉ" podrá ejercer los recursos federales recibidos en conceptos no señalados en el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos. No podrán destinarse recursos del PCS a gastos de administración; compra de bienes inmuebles; otorgamiento de fondos para cualquier tipo de crédito; pago de nómina, ni de los impuestos o prestaciones que por este concepto se generen; pago de derechos o gastos legales; pago de seguros o pago de impuestos distintos a los autorizados.
A partir de la fecha de firma del presente instrumento, "EL COMITÉ" podrá empezar a ejercer los recursos entregados por el "INDESOL" para el cumplimiento del objetivo del proyecto.
CUARTA. OBLIGACIONES. "EL COMITÉ" se obliga a:
A. Llevar a cabo las acciones correspondientes para el cumplimiento del objeto del presente Convenio sujetándose a las Reglas de Operación PCS 2019, y en los instrumentos normativos y técnicos que se derivan de dicha normatividad y demás disposiciones jurídicas y administrativas que rigen el ejercicio del gasto público, observando que se cumplan los principios de eficacia, eficiencia, honestidad y transparencia, en el ejercicio de los recursos federales otorgados.
B. Solicitar oportunamente y ante las autoridades competentes, los permisos o licencias que se requieran para la realización de las acciones a que se refiere el inciso anterior, conforme a la normatividad aplicable en la materia.
C. Asistir, cuando sea el caso, a la Reunión Informativa para el Inicio y Ejecución de Proyectos. en la fecha establecida por la Instancia Ejecutora.
D. Asistir a las reuniones de seguimiento y de presentación de resultados a que sea convocado por la Instancia Ejecutora.
E. Recibir los recursos federales en una cuenta bancaria mancomunada a nombre del Representante, Secretario/a y Tesorero/a señalados/as en el Acta de Asamblea que "EL COMITÉ" entregó al "INDESOL"; de conformidad en lo establecido en el numeral 4.2.8 de las Reglas de Operación PCS 2019.
F. Ejercer en un plazo no mayor al de la vigencia de este Convenio los recursos federales a que se refiere la Cláusula SEGUNDA.
G. Conformar un expediente del proyecto, que deberá contener todos los documentos y probatorios de la realización del mismo. Deberá incluir:
I)       Proyecto original,
II)      Ficha de recepción del proyecto,
III)     Formato de aceptación de resultados de dictaminación,
 
IV)     Proyecto ajustado,
V)      Materiales probatorios comprometidos en el proyecto ajustado,
VI)     Acuse de recibo de entrega de los informes parcial y final, y
VII)    Documentación comprobatoria del correcto ejercicio del gasto, de acuerdo a lo establecido por las Reglas de Operación PCS 2019.
VIII).   Resguardar el expediente del proyecto por 5 (cinco) años, contados a partir del año posterior al del desarrollo del proyecto.
IX)     Presentar un Reporte Parcial de avances y un Reporte Final de actividades del proyecto objeto del presente Convenio, conforme a lo establecido en el numeral 4.2.12 de las Reglas de Operación PCS 2019. El Reporte Parcial deberá presentarse a más tardar <<el ___ de ___ de 2019>> y el Reporte Final deberá presentarse a partir de que se concluyan las acciones del proyecto y hasta el treinta y uno de enero de 2020. Ambos Reportes se deberán presentar en términos de lo señalado en el numeral citado con antelación.
H. Reintegrar, mediante depósito, directamente a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se hubiesen destinado a los fines autorizados, o aquéllos que por cualquier motivo no estuviesen devengados al 31 de diciembre de 2019, más los rendimientos financieros obtenidos, dentro de los quince días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal. Dentro del mismo plazo, se deberá hacer llega al INDESOL copia del comprobante de reintegro para su registro correspondiente.
I. Reintegrar, mediante depósito directamente a la TESOFE los recursos federales que les sean solicitados con motivo de la evaluación del Reporte Final por concepto de incumplimiento, así como aquéllos que les sean requeridos por los órganos de fiscalización, y/o de control y vigilancia competentes, en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la fecha en que haya recibido el requerimiento. Asimismo, deberá cubrir la carga financiera que en su caso determine y solicite la TESOFE.
J. Insertar, en su caso, el nombre del "INDESOL" o el logotipo del "INDESOL", en calidad de colaboradores en las publicaciones financiadas con recursos federales que se emitan durante el desarrollo del proyecto que nos ocupa, proporcionando al "INDESOL" los ejemplares que correspondan conforme a lo establecido en la convocatoria.
De igual forma, "LAS PARTES" deberán dar aviso por escrito, cuando se pretenda publicar o difundir alguno(s) de los productos en otro tipo de publicaciones o trabajos.
En su caso, en esta publicación deberá agregarse la siguiente leyenda: "Este material se realizó con recursos del PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 (PCS), operado por el Instituto Nacional de Desarrollo Social, sin embargo, el INDESOL no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por los autores del presente trabajo".
K. Cumplir con los objetivos y metas señalados en el presente instrumento jurídico, así como con los aspectos convenidos en el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos que forma parte de este Convenio.
L. A proporcionar toda la información que se contiene en el Anexo 9, de las Reglas de Operación PCS 2019 y en caso contrario, se aplicarán las sanciones correspondientes, tales como las precisadas en los Criterios e Indicadores del Seguimiento y Evaluación de Proyectos (Anexo IX), así como administrativas, penales o cualquier otra.
M. Proporcionar la información que solicite la instancia que realice la evaluación externa del Programa, así como permitir la realización de las visitas que considere necesarias para cumplir con dicho propósito.
N. Entregar como parte del material probatorio, fotografías y videos que acrediten fehaciente e indubitablemente, las actividades realizadas durante la ejecución del proyecto, mismas que pasarán a formar parte del acervo documental, fotográfico y videográfico del "INDESOL".
O. En el caso de incumplimiento a los compromisos pactados en este Convenio o derivado de la evaluación de su Reporte Final de actividades, "EL COMITÉ" reintegrará a la TESOFE los recursos que resulten del cálculo correspondiente realizado por el "INDESOL".
P. "EL COMITÉ" se comprometen a la debida ejecución del proyecto, haciéndose responsables solidarios y mancomunados en el cumplimiento del ejercicio de los recursos, incluyendo el reintegro y sus respectivas cargas financieras, en caso de incumplimiento por parte de "EL COMITÉ".
QUINTA. DUPLICIDAD DE APOYOS. "EL COMITÉ" manifiesta que, al momento de la presentación del proyecto, no se ha ostentado con la misma atribución en algún otro proyecto en el presente ejercicio fiscal, y no ejecutar igual función, en diverso proyecto apoyado con recursos del PCS.
En el supuesto de detectar algún incumplimiento, el "INDESOL" se encuentra facultado para cancelar la aportación programada con cargo a los recursos federales otorgados, por lo que "EL COMITÉ" asume esta obligación en cuanto a la retribución, que en su caso se genere, y a reintegrar los recursos que resulten y les sean requeridos; sin perjuicio responder a las posibles sanciones a que se haga acreedor ante el incumplimiento de las disposiciones legales.
Asimismo, "EL COMITÉ" reconoce que se encuentra enterado y conforme de la responsabilidad como representante ante el "INDESOL", así como frente a cualquier otra instancia fiscalizadora, y/o de control y vigilancia que tenga atribuciones, respecto a la debida ejecución del proyecto descrito en la Cláusula Primera del presente Convenio y en el Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos.
SEXTA. OBLIGACIONES DEL "INDESOL". El "INDESOL" se obliga a:
A. Vigilar que los recursos federales otorgados a "EL COMITÉ" se canalicen exclusivamente al objeto del presente Convenio.
B. Incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que le permitan vigilar la aplicación de los recursos federales y dar seguimiento a los informes de resultados (parcial y final, y otros en caso de requerirlos) del proyecto, con base en la información proporcionada por "EL COMITÉ", de acuerdo con lo establecido en las Reglas de Operación PCS 2019.
C. Poner a disposición de "EL COMITÉ" en la página electrónica www.gob.mx/indesol, los formatos para la presentación de los Reportes Parcial y Final según corresponda, que deberá presentar completos en tiempo y forma con el propósito de conocer el avance y resultado en la realización del objeto del presente Convenio
SÉPTIMA. EVALUACIÓN. El "INDESOL" en corresponsabilidad con "EL COMITÉ", realizará la evaluación de los avances o resultados de los proyectos con base en los Reportes recibidos y demás acciones de seguimiento, en concordancia con lo establecido en los numerales 3.6.2, 4.2.8, 4.2.9, 4.2.11 y 4. 2.12 de las Reglas de Operación PCS 2019.
OCTAVA. SEGUIMIENTO, CONTROL Y AUDITORIA.- Las acciones de control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la cláusula Segunda, corresponderán al Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar, a la Secretaría de la Función Pública (SFP), a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), así como a la Auditoría Superior de la Federación (ASF), conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables.
No obstante, lo anterior, "EL INDESOL" deberá realizar el seguimiento físico y operativo en campo de sus apoyos entregados, de acuerdo con lo establecido en las Reglas de Operación PCS 2019.
NOVENA. EXCEPCIÓN. En caso de adaptación y/o adecuación de inmuebles de infraestructura o equipo, realizados o adquiridos con los recursos federales aportados por el "INDESOL", deberán ser asegurados, conservados y operados por "EL COMITÉ" en beneficio de la población objetivo, por un período no menor de 5 años posteriores al presente ejercicio fiscal, durante los cuales el "INDESOL" podrá solicitar la información respectiva. Ante el incumplimiento de esta disposición, el "INDESOL", estará en posibilidad de proceder legalmente según la normatividad aplicable.
DÉCIMA. SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN. El "INDESOL", podrá realizar el seguimiento y supervisión de las acciones correctivas para el cumplimiento de los compromisos establecidos en cada uno de los apartados del proyecto.
"EL COMITÉ" atenderá y facilitará las actividades de seguimiento que realice el "INDESOL", las que podrán ser visitas, reuniones, seminarios y otras modalidades, a fin de conocer los avances del proyecto apoyado. Cuando se trate de visitas de seguimiento, éstas se efectuarán en las instalaciones y lugares donde se estén ejecutando las actividades del proyecto.
 
DÉCIMA PRIMERA. ASESORÍA. El "INDESOL" previa solicitud de "EL COMITÉ", se compromete a proporcionar asesoría y capacitación durante el desarrollo del proyecto.
DÉCIMA SEGUNDA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR. "LAS PARTES" aceptan que la titularidad de los derechos de autor en su aspecto patrimonial, que deriven del material probatorio del proyecto apoyado con recursos del PCS, corresponderá a la Parte cuyo personal haya realizado el trabajo que sea objeto de publicación, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo. "LAS PARTES" convienen que las publicaciones de diversas categorías (estudios, diagnósticos, artículos, libros, folletos, páginas web, base de datos, entre otros), así como las coproducciones y la difusión de éstos, que llegarán a generarse en virtud del presente instrumento, se realizarán de común acuerdo y podrán utilizar los resultados obtenidos en sus respectivas actividades.
DÉCIMA TERCERA. NOTIFICACIONES. "EL COMITÉ" autoriza expresamente a que toda notificación relacionada con citatorios, requerimientos, informes o documentos relativos al proyecto a ejecutar al amparo del presente Convenio se realizará en forma electrónica, a través de la dirección de correo <<correo electrónico>> de "EL COMITÉ", de conformidad con lo establecido en el artículo 35, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo-
DÉCIMA CUARTA. TERMINACIÓN. Concluida la vigencia del presente instrumento y si el resultado de la evaluación del Reporte Final resulta "Excelente" o "Suficiente", el "INDESOL" dará por terminada la acción del proyecto, sin perjuicio de las revisiones posteriores por parte de las instancias fiscalizadoras y/o de control y vigilancia. En caso de que durante el proceso de evaluación de los Reportes de Actividades, el "INDESOL" requerirá a "EL COMITÉ" información adicional y relacionada con el proyecto, se le notificará mediante el Correo electrónico, otorgándole un plazo de cinco días hábiles para que envíe por correo electrónico, en el entendido de que de no recibir respuesta por parte de "EL COMITÉ", el "INDESOL" concluirá la evaluación con la información disponible, tomando en cuenta las características y particularidades de cada proyecto, así como los aspectos convenidos en este instrumento jurídico. No quedando liberado "EL COMITÉ" de las responsabilidades que pudieran ser determinadas por las instancias fiscalizadoras, y/o de control y vigilancia, sobre el ejercicio y comprobación de los recursos; de conformidad con lo establecido en los numerales 5 y 7 de las Reglas de Operación PCS 2019.
DÉCIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD LABORAL. "EL COMITÉ" asume plenamente cualquier tipo de responsabilidad, que con motivo de la celebración de este Convenio pudiera derivarse de alguna relación laboral con el personal que la ejecuta, relevando de toda responsabilidad obrero-patronal, administrativa y/o civil al "INDESOL". Asimismo, "LAS PARTES" aceptan y reconocen que no son aplicables a este Convenio las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, ni de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado "B", del artículo 123 Constitucional, por lo que bajo ninguna circunstancia podrá considerarse al "INDESOL" como patrón sustituto o solidario.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada, en términos de lo dispuesto por el numeral 4.2.7 de las Reglas de Operación PCS 2019.
DÉCIMA SÉPTIMA. REINTEGRO DE RECURSOS FEDERALES. "LAS PARTES" acuerdan que los recursos federales aportados por el "INDESOL", y de conformidad con el presente instrumento, que no sean devengados al 31 de diciembre de 2019 por "EL COMITÉ", deberán ser reintegrados a la TESOFE dentro de los quince días naturales siguientes al fin del ejercicio fiscal, sin que para ello tenga que mediar petición alguna.
Los recursos federales que, en su caso, no se destinaran a los fines autorizados en el presente Instrumento deberán ser reintegrados a la TESOFE por "EL COMITÉ" dentro de los cinco (5) días naturales siguientes a la fecha en que "INDESOL" se lo solicite a ésta; la solicitud a que se hace referencia deberá hacerse por escrito.
En los casos de los dos supuestos establecidos en los párrafos anteriores el reintegro deberá incluir los rendimientos financieros que generen esos recursos; situación que habrá de realizar "EL COMITÉ" solicitando la información correspondiente a la Dirección General Adjunta de Vinculación y Coinversión Social del "INDESOL", para que se realice el reintegro a la Tesorería de la Federación conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables.
DÉCIMA OCTAVA. RESPONSABILIDADES. En caso de que "EL COMITÉ" incurriera en mal uso o disposición indebida de los recursos entregados, o en incumplimiento de los compromisos adquiridos en este
Convenio, el "INDESOL" está facultada para ejercer las acciones jurídicas ante la autoridad competente en contra de "EL COMITÉ" o de quien resulte responsable.
DÉCIMA NOVENA. INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS. Para el caso de que se suscitase alguna controversia respecto a la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, "LAS PARTES" acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.
VIGÉSIMA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. "LAS PARTES" acuerdan que estarán exentas de toda responsabilidad por incumplimiento de las acciones enmarcadas en el presente Convenio debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditados por "EL COMITÉ" siempre y cuando medie aviso por escrito al "INDESOL" en los siguientes cinco días hábiles a ocurrida el suceso y se cuente con el acuse de recibo respectivo.
VIGÉSIMA PRIMERA. MODIFICACIONES. En el caso de que, durante la ejecución del proyecto, se presenten situaciones que a juicio de "LAS PARTES" ameriten cambios al instrumento jurídico suscrito, se podrá firmar excepcionalmente un Convenio Modificatorio, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.2.6 de las Reglas de Operación PCS 2019, que surtirá efectos a partir de la fecha de su firma, con la obligatoriedad de suscribirlo "EL COMITÉ".
VIGÉSIMA SEGUNDA. ACCIONES DE DIFUSIÓN, DE CONTRALORÍA SOCIAL Y DE BLINDAJE ELECTORAL. Se dará cumplimiento a las acciones de Difusión, de Contraloría Social y de Blindaje Electoral, en los términos establecidos en los numerales 8.1, 8.3 y 8.5 de las Reglas de Operación PCS 2019.
VIGÉSIMA TERCERA. VIGENCIA. El presente Convenio entrará en vigor a partir de su firma y tendrá vigencia hasta el total cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo, sin que excedan del 31 de diciembre de 2019.
Leído que fue el presente Convenio de Concertación y enteradas "LAS PARTES" que en él intervienen del contenido y alcance legal, conformes con los términos del mismo, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los (día de firma del convenio) del mes de (mes de firma del convenio) de 2019.
 
POR EL "INDESOL"
LIC. LUZ BEATRIZ ROSALES ESTEVA,
TITULAR DEL INSTITUTO NACIONAL DE
DESARROLLO SOCIAL
POR "EL COMITÉ"
<<Cargo del Representante>>
________________________________
<<Nombre del Representante del COMITÉ>>
POR "EL COMITÉ"
<<Cargo del Representante>>
________________________________
<<Nombre del Representante del COMITÉ>>
POR "EL COMITÉ"
<<Cargo del Representante>>
________________________________
<<Nombre del Representante del COMITÉ>>
 
Anexo 7
Recibo de Pago
_______________ a _______ de ______________ del _____
En la comunidad ______________________, perteneciente a la localidad _______________________ del Municipio de _______________ del Estado de _________________, estamos de acuerdo con la ejecución del proyecto de nombre _________________________________________________ con folio _____________________ mismo que nos beneficiará de forma directa y coordinaremos a través de un Comité de Participación Comunitaria que designamos mediante Asamblea Comunitaria y que está integrado por ___________________________________________ quien es su Representante, ___________________________________________ quien funge como Secretario(a) y ___________________________________________ quien desempeña el papel de Tesorero(a), y que al mismo tiempo figuran como responsables de la ejecución del proyecto y el ejercicio de los recursos.
Por tal motivo nos servimos del presente para acreditar que RECIBÍMOS de la Secretaría del Bienestar, por medio del Instituto Nacional de Desarrollo Social la cantidad de $____________ M/N (_________________________________), para ejecutar el proyecto arriba mencionado en el marco de lo dispuesto en las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social (PCS).
 
Por la Comunidad
Representante
___________________
Nombre y Firma del
Representante
Por la Comunidad
Secretario(a)
_______________________
Nombre y Firma del(la)
Secretario(a)
Por la Comunidad
Tesorero(a)
__________________________
Nombre y Firma del(la)
Tesorero(a)
 
* Se deberá anexar copia de identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar, pasaporte, cedula profesional)
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
Anexo 8
Comprobación Simplificada de Gastos
Los gastos serán comprobados por los Comités de Participación Comunitaria mediante el siguiente Esquema de Comprobación Simplificada de Gastos.
 
Clasificación
Conceptos
Presupuestales
permitidos
Comprobación
Elementos que debe contener:
Equipamiento y
servicios
Adquisición de bienes y
servicios en establecimientos
que emiten factura o recibo
fiscal
Factura o recibo
fiscal
· A nombre del Instituto Nacional de Desarrollo Social.
· RFC IND920604A49.
· Listado de los bienes y servicios adquiridos y su costo.
Construcción,
mantenimiento y
equipamiento
Adquisición de materiales de
construcción, bienes y
servicios en locales que no
emiten facturas con requisitos
fiscales
Recibo simple
· Número y fecha del recibo.
· Nombre y domicilio del prestador de servicio o establecimiento.
Construcción,
mantenimiento o
instalación
Pago de jornales y mano de
obra
Lista de raya
· Número y fecha de la lista de raya.
· Actividades realizadas.
· Período de tiempo.
· Lista de trabajadores, importe, identificación y firma.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
 
Anexo 9
Informe Parcial de Actividades del Proyecto
FOLIO No.
El presente informe deberá ser enviado a través del SIGEPCS en los plazos establecidos y firmado por el (la) Representante del Proyecto, Tesorero(a) y Secretario(a), debiendo anexar la documentación comprobatoria de la ejecución del proyecto y del ejercicio del recurso federal otorgado.
1. DATOS GENERALES
11.1    Periodo del que se informa: Del       al                    de 2019
11.2    Nombre y Ubicación de la Comunidad.
2. INFORMACIÓN DEL PROYECTO
 
Nombre del Proyecto:
 
Objetivo General:
 
Porcentaje en que considera se ha cumplido el objetivo del proyecto (puede incluir comentarios):
 
Comentarios:
 
3.    AVANCE EN EL LOGRO DE LAS METAS DEL PROYECTO:
 
Metas o productos comprometidas
Avance en
metas
% de
avance
Describa el avance
Material probatorio que entrega
para dar evidencia de los logros
reportados
Descripción
Cantidad
Lugar
1.
 
 
 
 
 
 
 
2.
 
 
 
 
 
 
 
3.
 
 
 
 
 
 
 
 
Si hubo retraso o incumplimiento en alguna meta, explique la(s) causa(s) y la(s) medida(s) tomada(s) para dar cumplimiento a lo comprometido.
4.    COHESIÓN SOCIAL DE LA COMUNIDAD
Describa el avance alcanzado a la fecha (Proporcione ejemplos que sustenten su respuesta, brindando información cualitativa y cuantitativa):
4.1   ¿Cuál es el beneficio directo logrado en la comunidad con la ejecución del proyecto?
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
4.2   Describa la participación de la comunidad en cada etapa del proyecto (Identificación de la problemática o necesidad, planeación, ejecución y evaluación del proyecto).
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
4.3   ¿Cómo ha contribuido la ejecución del proyecto a fortalecer el sentido de compromiso, colaboración, confianza, equidad y solidaridad entre los miembros de la comunidad?
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
5.    INCIDENCIA DEL PROYECTO
 
Lugar(es) en donde incidió el proyecto y de donde proceden las personas beneficiarias.
 
Estado
Municipio
Localidad
Comunidad
Pueblo
 
 
 
 
 
 
6.    POBLACIÓN BENEFICIARIA
Indique el número de personas beneficiarias directas atendidas a la fecha, desglosado en hombres y mujeres y edad.
 
Personas Beneficiarias
Mujeres
Hombres
Total
Niños y niñas (0- 12 años)
 
 
 
Adolescentes (13-17 años)
 
 
 
Jóvenes (18 a 29 años)
 
 
 
Adultos/as (30-65 años)
 
 
 
Adultos/as mayores (más de 65 años)
 
 
 
Población total
 
 
 
7.    EJERCICIO DE RECURSOS
7.1   Reporte de Gastos por Rubro (Especificando cada rubro en recursos humanos y materiales)
Es necesario adjuntar a este formato copia de los comprobantes de gastos realizados por rubro, de acuerdo con el Anexo 3 "Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos" y el Anexo 8 "Comprobación simplificada del gasto", y tomando en cuenta únicamente los recibos correspondientes al periodo que reporta.
 
Conceptos
Monto solicitado al PCS
Monto ejercido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Subtotal de recursos materiales
$
$
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Subtotal de recursos humanos
$
$
Total de Recursos Ejercidos
$
$
7.2   Comprobación de gastos conforme al Anexo 8 "Comprobación Simplificada del Gasto" de las Reglas de Operación del PCS
 
No.
Fecha
(dd/mm/aaaa)
Rubro/Concepto
Autorizado
Describa el
concepto tal y
como aparece en el
comprobante
Documentación comprobatoria del ejercicio de los recursos
del PCS
Monto Acumulado(1)
Número de
factura o recibo
Fecha de emisión
del comprobante
Monto del
comprobante
1
 
 
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
 
 
3
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Subtotal Recursos
Materiales
 
4
 
 
 
 
 
 
 
5
 
 
 
 
 
 
 
6
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Del
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL
 
 
7.3 Describa en qué consistió, a la fecha del informe, la coinversión no monetaria de las personas de la comunidad para la ejecución del proyecto:
8.    CUENTA BANCARIA (Adjuntar copia de los estados de cuenta bancarios correspondientes con información completa).
Quienes suscriben, el/la Representante del Proyecto, Tesorero(a) y Secretario(a), que participa en la Convocatoria __________, con el Proyecto _________, manifestamos bajo protesta de decir verdad que los recursos federales otorgados por el PCS para este proyecto, fueron depositados en la cuenta de cheques número_____ del banco_______, de la sucursal denominada _______, número de sucursal _______ de la Ciudad de ______en el Estado de _______.
QUIENES SUSCRIBEN, EL/LA REPRESENTANTE DEL PROYECTO, TESORERO(A) Y SECRETARIO(A) VALIDAN EL CONTENIDO DE TODO EL DOCUMENTO Y DECLARA(N) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE TODA LA INFORMACIÓN ASENTADA EN ESTE INFORME PARCIAL ES CIERTA Y QUE CUENTAN EN SUS ARCHIVOS CON LOS MATERIALES PROBATORIOS COMPLETOS Y DEBIDAMENTE ELABORADOS, ASÍ COMO CON LA INFORMACIÓN Y
DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA ORIGINAL QUE ACREDITA EL CORRECTO EJERCICIO DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PCS.
·  Nombre(s) y firma(s) del Representante del proyecto, Tesorero y Secretario.
Responsable del Proyecto
·   Nombre completo (nombre, apellido materno y apellido paterno)
·   Correo electrónico.
·   CURP
·   Teléfono con lada
·   Teléfono celular
·   Domicilio, Calle, No. exterior, No. interior, Colonia, Municipio, Código postal.
Tesorero (a)
·   Nombre completo (nombre, apellido materno y apellido paterno)
·   Correo electrónico.
·   CURP
·   Teléfono con lada
·   Teléfono celular
·   Domicilio, Calle, No. exterior, No. interior, Colonia, Municipio, Código postal
Secretario (a)
·   Nombre completo (nombre, apellido materno y apellido paterno)
·   Correo electrónico.
·   CURP
·   Teléfono con lada
·   Teléfono celular
·   Domicilio, Calle, No. exterior, No. interior, Colonia, Municipio, Código postal
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
Anexo 10
Informe Final de Actividades del Proyecto
FOLIO No.
El presente informe deberá ser enviado a través del SIGEPCS en los plazos establecidos y firmado por el (la) Representante del Proyecto, Tesorero(a) y Secretario(a), debiendo anexar la documentación comprobatoria de la ejecución del proyecto y del ejercicio del recurso federal otorgado.
1. DATOS GENERALES
1.1   Periodo del que se informa: Del         al                     de 2019
 
1.2   Nombre y Ubicación de la Comunidad.
2. INFORMACIÓN DEL PROYECTO
 
Nombre del Proyecto:
 
Objetivo General:
 
Porcentaje en que considera se ha cumplido el objetivo del proyecto (puede incluir comentarios):
 
Comentarios:
 
3. AVANCE EN EL LOGRO DE LAS METAS DEL PROYECTO:
 
Metas o productos comprometidas
Avance en
metas
% de
avance
Describa el avance
Material probatorio que entrega
para dar evidencia de los logros
reportados
Descripción
Cantidad
Lugar
1.
 
 
 
 
 
 
 
2.
 
 
 
 
 
 
 
3.
 
 
 
 
 
 
 
 
Si hubo retraso o incumplimiento en alguna meta, explique la(s) causa(s) y la(s) medida(s) tomada(s) para dar cumplimiento a lo comprometido.
4.    COHESIÓN SOCIAL DE LA COMUNIDAD
Describa el avance alcanzado a la fecha (Proporcione ejemplos que sustenten su respuesta, brindando información cualitativa y cuantitativa):
4.1   ¿Cuál es el beneficio directo logrado en la comunidad con la ejecución del proyecto?
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
4.2   Describa la participación de la comunidad en cada etapa del proyecto (Identificación de la problemática o necesidad, planeación, ejecución y evaluación del proyecto).
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
4.3   ¿Cómo ha contribuido la ejecución del proyecto a fortalecer el sentido de compromiso, colaboración, confianza, equidad y solidaridad entre los miembros de la comunidad?
       ____________________________________________________________________________________________________________
 
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
       ____________________________________________________________________________________________________________
5.    INCIDENCIA DEL PROYECTO
Lugar(es) en donde incidió el proyecto y de donde proceden las personas beneficiarias.
 
Estado
Municipio
Localidad
Comunidad
Pueblo
 
 
 
 
 
 
6.    POBLACIÓN BENEFICIARIA
Indique el número de personas beneficiarias directas atendidas a la fecha, desglosado en hombres y mujeres y edad.
 
Personas Beneficiarias
Mujeres
Hombres
Total
Niños y niñas (0- 12 años)
 
 
 
Adolescentes (13-17 años)
 
 
 
Jóvenes (18 a 29 años)
 
 
 
Adultos/as (30-65 años)
 
 
 
Adultos/as mayores (más de 65 años)
 
 
 
Población total
 
 
 
7.    EJERCICIO DE RECURSOS
7.1   Reporte de Gastos por Rubro (Especificando cada rubro en recursos humanos y materiales)
Es necesario adjuntar a este formato copia de los comprobantes de gastos realizados por rubro, de acuerdo con el Anexo 3 "Formato de Solicitud de Apoyo a Proyectos" y el Anexo 8 "Comprobación simplificada del gasto", y tomando en cuenta únicamente los recibos correspondientes al periodo que reporta.
 
Conceptos
Monto solicitado al PCS
Monto ejercido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Subtotal de recursos materiales
$
$
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Subtotal de recursos humanos
$
$
Total de Recursos Ejercidos
$
$
7.2   Comprobación de gastos conforme al Anexo 8 "Comprobación Simplificada del Gasto" de las Reglas de Operación del PCS
 
No.
Fecha
(dd/mm/aaaa)
Rubro/Concepto
Autorizado
Describa el
concepto tal y
como aparece en el
comprobante
Documentación comprobatoria del ejercicio de los
recursos del PCS
Monto Acumulado(2)
Número de
factura o recibo
Fecha de emisión
del comprobante
Monto del
comprobante
1
 
 
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
 
 
3
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Subtotal Recursos
Materiales
 
4
 
 
 
 
 
 
 
5
 
 
 
 
 
 
 
6
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Del
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL
 
 
7.3   Describa en qué consistió la coinversión no monetaria de las personas de la comunidad para la ejecución del proyecto:
8.    CUENTA BANCARIA (Adjuntar copia de los estados de cuenta bancarios correspondientes con información completa).
Quienes suscriben, el/la Representante del Proyecto, Tesorero(a) y Secretario(a), que participa en la Convocatoria __________, con el Proyecto _________, manifestamos bajo protesta de decir verdad que los recursos federales otorgados por el PCS para este proyecto, fueron depositados en la cuenta de cheques número_____ del banco_______, de la sucursal denominada _______, número de sucursal _______ de la Ciudad de ______en el Estado de _______.
QUIENES SUSCRIBEN, EL/LA REPRESENTANTE DEL PROYECTO, TESORERO(A) Y SECRETARIO(A) VALIDAN EL CONTENIDO DE TODO EL DOCUMENTO Y DECLARA(N) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE TODA LA INFORMACIÓN ASENTADA EN ESTE INFORME PARCIAL ES CIERTA Y QUE CUENTAN EN SUS ARCHIVOS CON LOS
MATERIALES PROBATORIOS COMPLETOS Y DEBIDAMENTE ELABORADOS, ASÍ COMO CON LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA ORIGINAL QUE ACREDITA EL CORRECTO EJERCICIO DE LOS RECURSOS OTORGADOS A TRAVÉS DEL PCS.
·        Nombre(s) y firma(s) del Representante del proyecto, Tesorero y Secretario.
       Responsable del Proyecto
·   Nombre completo (nombre, apellido materno y apellido paterno)
·   Correo electrónico.
·   CURP
·   Teléfono con lada
·   Teléfono celular
·   Domicilio, Calle, No. exterior, No. interior, Colonia, Municipio, Código postal.
Tesorero (a)
·   Nombre completo (nombre, apellido materno y apellido paterno)
·   Correo electrónico.
·   CURP
·   Teléfono con lada
·   Teléfono celular
·   Domicilio, Calle, No. exterior, No. interior, Colonia, Municipio, Código postal
Secretario (a)
·   Nombre completo (nombre, apellido materno y apellido paterno)
·   Correo electrónico.
·   CURP
·   Teléfono con lada
·   Teléfono celular
·   Domicilio, Calle, No. exterior, No. interior, Colonia, Municipio, Código postal
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social"
 
Anexo 11
Criterios e indicadores de seguimiento y evaluación de proyectos *1
 
Criterios
Indicadores
Valor con
Visita de
Campo
Valor sin
Visita de
Campo
Cumple con el indicador si:
NO CUMPLE con el
indicador si:
TRANSPARENCIA
Y RENDICIÓN DE
CUENTAS
(20%)
1
Ejercicio de
Recursos
15%
15%
·  Ejerció en el proyecto el total del recurso federal otorgado.
·  Ejerció la totalidad del recurso federal en conceptos autorizados en el Anexo Técnico.
·  Todos los comprobantes presentados cumplen con lo establecido en las Reglas de Operación del PCS.
·  No ejerció el total del recurso federal otorgado.
·  Parte del recurso federal fue ejercido en conceptos no autorizados en el Anexo Técnico.
·  Algunos de los comprobantes presentados NO cumplen con lo establecido en las Reglas de Operación del PCS.
2
Contraloría Social
5%
15%
El Comité de Participación Comunitaria proporciona los formatos que acreditan la conformación y operación del Comité de Contraloría Social para la vigilancia de las acciones del proyecto.
El Comité de Participación Comunitaria no proporcionó los formatos que acreditan la conformación y operación del Comité de Contraloría Social para la vigilancia de las acciones del proyecto.
 
SEGUIMIENTO
(20%)
1
Visita de Campo
20%
N/A
Es igual o mayor al 80% (ochenta por ciento) de cumplimiento de los criterios evaluados durante la visita de seguimiento en campo
Es menor que el 80% (ochenta por ciento) de cumplimiento de los criterios evaluados durante la visita de seguimiento en campo
N/A1
 
CUMPLIMIENTO
(35%)
1
Cumplimiento de
Metas
35%
45%
El material probatorio presentado (es igual o mayor que 90% (noventa por ciento) del comprometido) y SÍ da evidencia clara y consistente del cumplimiento de las metas, actividades, incidencia geográfica comprometida y atención a población beneficiaria del proyecto.
El material probatorio presentado es menor al 90% (noventa por ciento) del comprometido y NO da evidencia del cumplimiento de las metas, actividades, incidencia geográfica comprometida y atención a población beneficiaria del proyecto.
 
COHESIÓN
SOCIAL Y
PARTICIPACIÓN
(25%)
1
Logro del
Objetivo del
proyecto
5%
15%
El Comité de Participación Comunitaria dio evidencia clara y consistente del logro del objetivo del proyecto.
El Comité de Participación Comunitaria NO dio evidencia clara y consistente del logro del objetivo del proyecto
2
Cohesión Social
10%
10%
El Comité de Participación Comunitaria da evidencia de que el proyecto tuvo impacto en el entorno inmediato o comunidad (mejora en la comunicación familiar, en la convivencia social, en los mecanismos de inclusión, en el estado de ánimo colectivo; establecimiento de redes; sentido de pertenencia, entre otros).
El Comité de Participación Comunitaria no dio evidencia de que el proyecto haya tenido impacto en el entorno inmediato o comunidad.
3
Participación Comunitaria
10%
10%
El Comité de Participación Comunitaria da evidencia de haber fomentado la participación digna de la comunidad a la que estaba dirigida el proyecto.
El Comité de Participación Comunitaria no dio evidencia de haber propiciado la participación digna de la comunidad.
 
*1 La evaluación de los proyectos se hará con base en cuatro criterios y sus respectivos indicadores:
1. El criterio de Transparencia y Rendición de Cuentas tiene como propósito verificar el grado de transparencia con que el Comité de Participación Comunitaria está manejando los recursos federales que le han sido otorgados a la comunidad, el uso eficiente y honesto de los mismos y el grado de cumplimiento en relación a la comprobación del ejercicio de los recursos otorgados (rendición de cuentas), así como la manera en que organizadamente se verifica el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados.
2. El criterio de Seguimiento valorará el resultado obtenido en la Visita de Seguimiento en Campo;
3. El criterio de Cumplimiento valorará la entrega y calidad del material probatorio comprometido, el cual debe dar evidencia clara y consistente del cumplimiento de las Metas comprometidas, cumplimiento de las actividades para la obtención de las metas comprometidas, cumplimiento de la incidencia geográfica comprometida y atención a población beneficiaria del proyecto.
4. El criterio de Cohesión Social y Participación valorará el resultado del proyecto a partir del logro del objetivo del proyecto, así como si con su proyecto propició la participación comunitaria y cohesión social del grupo de población al que estaba dirigido.
II. Criterios para la asignación de la calificación final de proyectos del PCS 2019
Para obtener la calificación final del proyecto, se realizará una sumatoria de las calificaciones obtenidas en cada uno de los indicadores que conforman los criterios de evaluación descritos anteriormente, así como una valoración cuantitativa y cualitativa del desempeño del Comité de Participación Comunitaria en cada uno de los criterios de evaluación.
La calificación final de los proyectos podrá ser, de acuerdo a lo siguiente:
1.     Calificación final es igual o mayor a 80. El PCS dará por terminadas las acciones del proyecto.
2.     Calificación final menor a 80.- Quedará impedido para participar en el PCS durante el siguiente
ejercicio fiscal.
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
Anexo 12
Matriz de Indicadores de Resultados MIR
 
Detalle de la Matriz
Ramo:
20 - Desarrollo Social
Unidad Responsable:
D00 - Instituto Nacional de Desarrollo Social
Subfunción:
S070
Denominación del Pp:
Programa de Coinversión Social
Clasificación Funcional:
Finalidad:
2 - Desarrollo Social
Función:
2 - Vivienda y Servicios a la Comunidad
Subfunción:
7 - Desarrollo Regional
Actividad Institucional:
6 - Apoyo a las inversiones sociales de los gobiernos locales, de las organizaciones sociales y de la población rural
Fin
 
Objetivo
Orden
Supuestos
Contribuir al bienestar social de las personas que
habitan en los municipios indígenas, mediante la
cohesión social
1
Las condiciones sociales, políticas y
económicas del país son propicias para la
realización del programa. La población
indígena tiene a su alcance espacios de
interlocución con las instituciones
encargadas de la implementación de las
políticas públicas, para incidir en el
fortalecimiento de la cohesión social en su
municipio.
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de personas
con cohesión
social
El indicador
proporciona
el porcentaje
de personas
que habitan
en municipios
indígenas con
cohesión
social
(Personas que
habitan en
municipios
indígenas de alta y
muy alta
marginación que
son beneficiados
por la cohesión
social) /(Total de
personas que
habitan en
municipios
indígenas de alta o
muy alta
marginación)*100
Relativo
Porcentaje
Estratégico
Eficacia
Anual
Base de datos
de CONAPO
2010. Padrón
Único de
Beneficiarios.
 
Propósito
Objetivo
Orden
Supuestos
Contribuir al bienestar social de las personas que habitan en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el desarrollo de proyectos de cohesión social.
1
Se reciben suficientes proyectos que califican para ser apoyados. El PCS cuenta con recursos suficientes y condiciones para su entrega en tiempo y forma.
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de personas
en
municipios
indígenas de
alta y muy
alta
marginación
en las que se
ha impulsado
la cohesión
social.
El indicador
se refiere a
las personas
en municipios
indígenas
apoyados en
relación al
total de
personas que
habitan en los
municipios
participantes.
(Número de
personas de
municipios
indígenas de alta y
muy alta
marginación con
proyectos de
cohesión social)/
(Número de
personas de
municipios
indígenas de alta y
muy alta
marginación
participantes en el
PCS )*100
Absoluto
Porcentaje
Estratégico
Eficacia
Anual
Registros
administrativos
del Indesol
(Lista de
proyectos
participantes y
publicación en
página
electrónica de
proyectos
apoyados).
Componente 1
Objetivo
Orden
Supuestos
Impulsar la cohesión social de personas en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el apoyo de proyectos de cohesión social.
1
Las personas de los municipios indígenas aplican los apoyos para desarrollar actividades de cohesión en comunidades en situación de vulnerabilidad o exclusión.
 
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de personas
de
localidades
indígenas
que
participan en
los proyectos
de cohesión
social.
El indicador
se refiere a la
valoración de
las personas
que participan
en los
proyectos
para la
cohesión
social.
(Número de
personas
participantes en los
proyectos
apoyados)/(Número
de personas del
total de localidades
apoyados)*100
Relativo
Porcentaje
Gestión
Eficacia
Anual
Registros
administrativos
del Indesol:
Lista de
proyectos
apoyados,
Lista de
proyectos de
las
valoraciones
finales.
Componente 2
Objetivo
Orden
Supuestos
Impulsar la cohesión social en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el apoyo de proyectos de Inclusión e Integración Social.
2
Las personas de los municipios indígenas aplican los apoyos para desarrollar proyectos de Inclusión e Integración Social
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de proyectos
de Inclusión
e Integración
Social que
son
apoyados por
el PCS.
El indicador
se refiere a
los proyectos
de Inclusión e
Integración
Social
apoyados en
relación al
total de
proyectos
apoyados.
(Número de
proyectos de
Inclusión e
Integración Social
apoyados)/(Número
total de proyectos
apoyados por el
PCS)*100
Relativo
Porcentaje
Gestión
Eficacia
Anual
Registros
administrativos
del Indesol:
Lista de
proyectos
apoyados,
Lista de
proyectos de
las
valoraciones
finales.
 
Componente 3
Objetivo
Orden
Supuestos
Impulsar la cohesión social en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el apoyo de proyectos de Desarrollo Comunitario.
3
Las personas de los municipios indígenas aplican los apoyos para desarrollar proyectos de Desarrollo Comunitario.
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de proyectos
de Desarrollo
Comunitario
que son
apoyados por
el PCS.
El indicador
se refiere a
los proyectos
de Desarrollo
Comunitario
apoyados en
relación al
total de
proyectos
apoyados.
(Número de
proyectos de
Desarrollo
Comunitario
apoyados)/(Número
total de proyectos
apoyados por el
PCS)*100
Relativo
Porcentaje
Gestión
Eficacia
Anual
Registros
administrativos
del Indesol:
Lista de
proyectos
apoyados,
Lista de
proyectos de
las
valoraciones
finales.
Componente 4
Objetivo
Orden
Supuestos
Impulsar la cohesión social en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el apoyo de proyectos de Mejoramiento Comunitario.
4
Las personas de los municipios indígenas aplican los apoyos para desarrollar proyectos de Mejoramiento Comunitario.
 
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de proyectos
de
Mejoramiento
Comunitario
que son
apoyados por
el PCS.
El indicador
se refiere a
los proyectos
de
Mejoramiento
Comunitario
apoyados en
relación al
total de
proyectos
apoyados.
(Número de
proyectos de
Mejoramiento
Comunitario
apoyados)/(Número
total de proyectos
apoyados por el
PCS)*100
Relativo
Porcentaje
Gestión
Eficacia
Anual
Registros
administrativos
del Indesol:
Lista de
proyectos
apoyados,
Lista de
proyectos de
las
valoraciones
finales.
Actividades
Objetivo
Orden
Supuestos
A1/C1-C2-C3-C4. Promoción de la convocatoria del programa
1
El programa cuenta con recursos materiales y humanos suficientes para operar de forma apropiada.
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de
plataformas
de difusión.
Difundir las
convocatorias
a nivel
nacional en
las
plataformas
del Indesol.
(Número de
plataformas de
difusión empleados/
Número de
plataformas de
difusión
disponibles)*100
Relativo
Porcentaje
Gestión
Eficacia
Trimestral
Las
plataformas de
difusión del
Indesol son
eficaces en la
comunicación
de las
convocatorias
del Indesol.
Existen las
condiciones
políticas y
económicas
que permiten
realizar los
acuerdos
necesarios
para la
promoción de
las
convocatorias.
 
Objetivo
Orden
Supuestos
A2/C1 Ejecución de recursos
2
El programa cuenta con recursos económicos y humanos suficientes para operar de forma apropiada. No existen contratiempos u obstáculos por parte de las personas de los municipios indígenas para participar en las convocatorias.
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de recursos
económicos
ejercidos por
el programa
en los
proyectos
elegibles al
cierre del
ejercicio.
El indicador
mide la
proporción de
recursos
económicos
ejercidos en
proyectos
elegibles
durante el
ejercicio.
(Número de
proyectos elegibles
apoyados con
recurso)/(Número
de proyectos
elegibles)*100
Relativo
Porcentaje
Gestión
Eficiencia
Anual
Registros
Administrativos
del Indesol
[Reporte
financiero].
 
Objetivo
Orden
Supuestos
A2/C1 Ejecución de recursos en proyectos de Inclusión e Integración Social.
3
El programa cuenta con recursos económicos y humanos suficientes para operar de forma apropiada. No existen contratiempos u obstáculos por parte de las personas de los municipios indígenas para participar en las convocatorias.
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de proyectos
elegibles
apoyados de
Inclusión e
Integración
Social al
cierre del
ejercicio
El indicador
mide la
proporción de
proyectos
elegibles
apoyados de
Inclusión e
Integración
durante el
ejercicio.
(Número de
proyectos elegibles
apoyados de
Inclusión e
Integración Social)/
(Número de
proyectos elegibles
de Inclusión e
Integración Social)
*100
Relativo
Porcentaje
Gestión
Eficiencia
Anual
Registros
Administrativos
del Indesol
[Reporte
financiero].
 
Objetivo
Orden
Supuestos
A3/C2 Ejecución de recursos en proyectos de Desarrollo Comunitario.
4
El programa cuenta con recursos económicos y humanos suficientes para operar de forma apropiada. No existen contratiempos u obstáculos por parte de las personas de los municipios indígenas para participar en las convocatorias.
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de proyectos
elegibles
apoyados de
Desarrollo
Comunitario
al cierre del
ejercicio
El indicador
mide la
proporción de
proyectos
elegibles
apoyados de
Desarrollo
Comunitario
durante el
ejercicio.
(Número de
proyectos elegibles
apoyados de
Desarrollo
Comunitario) /
(Número de
proyectos elegibles
de Desarrollo
Comunitario)*100
Relativo
Porcentaje
Gestión
Eficiencia
Anual
Registros
Administrativos
del Indesol
[Reporte
financiero]
Objetivo
Orden
Supuestos
A4/C3 Ejecución de recursos en proyectos de Mejoramiento Comunitario
5
El programa cuenta con recursos económicos y humanos suficientes para operar de forma apropiada. No existen contratiempos u obstáculos por parte de las personas de los municipios indígenas para participar en las convocatorias.
 
Indicador
Definición
Método de Calculo
Tipo de
Valor de
la Meta
Unidad de
Medida
Tipo de
Indicador
Dimensión
del
Indicador
Frecuencia
de
Medición
Medios de
Verificación
Porcentaje
de proyectos
elegibles
apoyados de
Mejoramiento
Comunitario
al cierre del
ejercicio
El indicador
mide la
proporción de
proyectos
elegibles
apoyados de
Mejoramiento
Comunitario
durante el
ejercicio.
(Número de
proyectos elegibles
apoyados de
Mejoramiento
Comunitario) /
(Número de
proyectos elegibles
de Mejoramiento
Comunitario)*100
Relativo
Porcentaje
Gestión
Eficiencia
Anual
Registros
Administrativos
del Indesol
[Reporte
financiero]
 
Anexo 13
PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL
ESQUEMA DE CONTRALORÍA SOCIAL 2019
 
Conforme a lo señalado en la Ley General de Desarrollo Social y su Reglamento, así como el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, el Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol) presenta la estrategia para la ejecución de las actividades de promoción de la Contraloría Social del Programa de Coinversión Social (PCS).
Para efectos de estas actividades, se entiende por Instancia Normativa a la Dirección de Concertación y Gestión con Delegaciones (DCGD) como responsable directo de la Contraloría Social y a la Subdirección de Vinculación con Actores Sociales adscrita a su cargo, como Instancia Ejecutora, responsable de coordinar, operar y dar seguimiento a las actividades de la contraloría social en los estados.
I. ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN
La DCGD ejecutará actividades de difusión con cobertura en los estados en que incida el PCS, para dar a conocer la información relativa a su objetivo y la operación del Programa, así como las actividades de Contraloría Social, a través de algunos de los siguientes medios:
·  Portal de internet y redes sociales del Indesol.
·  Impresos como trípticos, dípticos y/o carteles informativos.
·  Electrónicos como boletines y postales.
·  Correo electrónico a los integrantes de los Comités de Participación Comunitaria (CPC), a quienes se les solicitará que fomenten y convoquen la participación de las personas que habitan en su comunidad.
·  Eventos y presentaciones que realice el Indesol con las comunidades indígenas y CPC que recibieron apoyo para sus proyectos.
II. CAPACITACIÓN Y ASESORÍA
La DCGD proporcionará la capacitación e información necesaria basándose en los módulos de capacitación señalados en la Guía Operativa de Contraloría Social del PCS y bajo el contenido siguiente:
·  Fundamentos, objetivos y marco jurídico de la Contraloría Social.
·  Promoción y difusión del PCS y del Esquema de Contraloría Social.
·  Organización y funcionamiento de los Comités de Contraloría Social.
·  Cuadernos de Trabajo y sus Anexos: Acta de Registro, de Sustitución de Integrante, Fichas Informativas, Solicitud de Información, Informe de Contraloría Social, Formato para Quejas y/o Denuncias y Minutas.
·  Actividades de promoción de la Contraloría Social: entrega y difusión de información, otorgamiento de capacitación y asesoría, recopilación de informes.
·  Atención a quejas y denuncias, así como seguimiento de los resultados en materia de contraloría social.
·  Registro y captura de las actividades de promoción y operación de la Contraloría Social en el
Sistema Informático de Contraloría Social (SICS).
La Subdirección de Vinculación con Actores Sociales será responsable y podrá apoyarse de las Delegaciones de Programas para el Desarrollo mediante sus módulos de atención para fomentar la Contraloría Social entre las comunidades indígenas que recibieron apoyo para sus proyectos, asistir a asambleas comunitarias para conformar Comités de Contraloría Social, brindar capacitación y asesoría a los integrantes de los Comités de Contraloría Social, capturar y registrar los Informes en el SICS y, en su caso, de recibir, atender y dar seguimiento a quejas y denuncias, de todos los proyectos en las entidades federativas.
III. SEGUIMIENTO
Con base en los objetivos y metas del Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social (PATCS) elaborado por la Instancia Normativa, se dará seguimiento a los resultados del registro de las actividades de Contraloría Social en el SICS, a fin de garantizar el cumplimiento de la promoción y operación de la Contraloría Social del PCS.
La Subdirección de Vinculación con Actores Sociales dará seguimiento a las actividades de Contraloría Social, así como a sus resultados, considerando lo siguiente:
·  Monitorear las actividades de promoción y difusión en el marco del Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social (PATCS).
·  Dar seguimiento a las acciones de Contraloría Social a través de las Actas de registro, Informes y Minutas que se registren en el SICS.
·  Fomentar el contacto vía telefónica, correo electrónico o a través de las Delegaciones de Programas para el Desarrollo mediante sus módulos de atención, con las comunidades indígenas que recibieron apoyo para sus proyectos e integrantes de los Comités de Contraloría Social para evaluar su operación, funcionamiento y conformidad.
·  Promover la difusión de información de las actividades que realizan los Comités de Contraloría Social a las comunidades indígenas apoyadas, con objeto de que conozcan y se apropien de las acciones de Contraloría Social en el PCS.
·  Recabar experiencias, comentarios, observaciones y recomendaciones de las actividades de Contraloría Social, para identificar los avances alcanzados o dificultades presentadas.
·  Evaluar los resultados de las actividades de Contraloría Social e implementar acciones para mejorar la promoción y vinculación con los CPC de las comunidades indígenas que tuvieron proyectos apoyados.
Se promoverá la vinculación de los mecanismos de seguimiento a las actividades de Contraloría Social, así como de sus resultados con los mecanismos de quejas y/o denuncias existentes.
IV. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
La DCGD promoverá, operará y dará seguimiento al Esquema y Guía Operativa de Contraloría Social en las entidades federativas a través de la Subdirección de Vinculación con Actores Sociales, a la cual se le asignarán claves de acceso al Sistema Informático para registrar las acciones y resultados de la contraloría social en los Estados.
La DCGD, en el marco de sus atribuciones, podrá concertar acciones y celebrar acuerdos de coordinación con los gobiernos estatales y municipales, con los Órganos Estatales de Control, así como con todos los actores sociales interesados, para promover y ejecutar este Esquema Contraloría Social en sus respectivos ámbitos de competencia.
La DCGD, a través de la Subdirección de Vinculación con Actores Sociales, realizará la difusión de las actividades de Contraloría Social entre los CPC de las comunidades indígenas que recibieron apoyo para sus proyectos y promoverán su participación en éstas y en la integración de los Comités de Contraloría Social.
Anexo 14

 
_______________________________
 
 
1     LA SUMA DE LOS GASTOS SE REALIZA AUTOMÁTICAMENTE.
2     LA SUMA DE LOS GASTOS SE REALIZA AUTOMÁTICAMENTE.

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UDIS
8.128018

CCP
9.76

CCP-UDIS
4.50

CPP
8.64

TIIE 28 DIAS
11.2450%

TIIE 91 DIAS
11.4029%

TIIE 182 DIAS
11.5604%

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100

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