alerta Si el documento se presenta incompleto en el margen derecho, es que contiene tablas que rebasan el ancho predeterminado. Si es el caso, haga click aquí para visualizarlo correctamente.
 
DOF: 18/10/2019
ACUERDO de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía por el que modifica el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el Ejercicio Fiscal 2019

ACUERDO de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía por el que modifica el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el Ejercicio Fiscal 2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA POR EL QUE MODIFICA EL MANUAL QUE REGULA LAS PERCEPCIONES DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019.
La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 Apartado B, 123 Apartado B fracción IV, 126 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32, 33, 34 y 35 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; 3, 5, 33 fracción II, 45, 65 y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 8 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos; 52 y 77 fracción XIV de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y 5 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y
CONSIDERANDO
Que derivado del incremento salarial autorizado por la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) para el ejercicio fiscal 2019 por concepto de sueldos, salarios y prestaciones en términos mensuales, se requiere una actualización de los niveles de sueldos y salarios establecidos en los Tabuladores del personal operativo de carácter presupuestal permanente y eventual.
Que de acuerdo a la actualización del monto de las prestaciones económicas denominadas: "Compensación por desarrollo y capacitación", "Previsión social múltiple", "Despensa", "Ayuda por servicios" y "Ayuda de transporte", autorizado por la Junta de Gobierno del INEGI para el personal operativo de carácter presupuestal permanente y eventual, es necesario actualizar las disposiciones normativas que las regulan.
Que en virtud de que en el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el ejercicio fiscal 2019, se incluyen los Tabuladores de percepciones brutas mensuales y las prestaciones económicas del personal operativo de carácter presupuestal permanente y eventual, la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- Se modifica el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el ejercicio fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2019, en sus artículos 24 y 25, y los Anexos 1A, 1B y 6, para quedar en los términos siguientes:
Artículo 24.- La ayuda para despensa consiste en el otorgamiento de 885 pesos mensuales al personal operativo, y de 785 pesos mensuales al personal de enlace y mando.
Artículo 25.- En el caso de las prestaciones al personal operativo se incluirán los siguientes conceptos:
I.     Ayuda de transporte; por un importe mensual de 690 pesos;
II.     Previsión social múltiple; por un importe mensual de 645 pesos;
III.    Ayuda por servicios; por un importe mensual de 625 pesos, se exceptúa de esta prestación al personal con plaza de carácter presupuestal eventual, y
IV.   Compensación por desarrollo y capacitación; por un importe mensual de 1,700 pesos. Este concepto forma parte de la base de cálculo para determinar las cuotas de las y los trabajadores, y las aportaciones del Instituto a favor del ISSSTE.
 
Estos conceptos se otorgarán en efectivo, en forma quincenal, a través del pago de nómina.
ANEXO 1 A.- PERSONAL OPERATIVO PERMANENTE
TABULADOR DE PERCEPCIONES BRUTAS MENSUALES PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS
CONSIDERADOS COMO PERSONAL OPERATIVO DE CARÁCTER PRESUPUESTAL PERMANENTE DEL
INEGI, DEL EJERCICIO FISCAL 2019
NIVEL
ZONA ECONÓMICA II
ZONA ECONÓMICA III
SUELDO BASE
BRUTO
COMPENSACIÓN
GARANTIZADA BRUTA
SUELDO BASE
BRUTO
COMPENSACIÓN
GARANTIZADA BRUTA
RA3
8,597.00
4,570.00
9,047.00
4,372.00
RA2
8,597.00
4,132.00
8,997.00
3,991.00
RA1
8,597.00
3,682.00
8,997.00
3,735.00
SA3
8,597.00
3,458.00
9,212.00
3,267.00
SA2
8,597.00
3,075.00
9,212.00
3,061.00
SA1
8,597.00
2,864.00
8,042.00
3,885.00
TA3
8,597.00
2,678.00
8,157.00
3,512.00
TA2
8,597.00
2,476.00
8,157.00
3,432.00
TA1
8,597.00
2,300.00
8,157.00
3,302.00
UA3
8,497.00
2,235.00
9,142.00
2,276.00
UA2
8,177.00
2,393.00
8,657.00
2,527.00
UA1
7,917.00
2,390.00
8,167.00
2,471.00
WA3
7,567.00
2,148.00
7,857.00
2,383.00
WA2
7,527.00
1,983.00
7,857.00
2,025.00
WA1
7,527.00
1,877.00
7,657.00
2,022.00
 
ANEXO 1 B.- PERSONAL OPERATIVO EVENTUAL
TABULADOR DE PERCEPCIONES BRUTAS MENSUALES PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS
CONSIDERADOS COMO PERSONAL OPERATIVO DE CARÁCTER PRESUPUESTAL EVENTUAL DEL
INEGI, DEL EJERCICIO FISCAL 2019
NIVEL
ZONA ECONÓMICA II
ZONA ECONÓMICA III
SUELDO BASE
BRUTO
COMPENSACIÓN
GARANTIZADA BRUTA
SUELDO BASE
BRUTO
COMPENSACIÓN
GARANTIZADA BRUTA
T11
8,252.00
2,917.00
8,607.00
3,002.00
T10
8,227.00
2,867.00
8,597.00
2,992.00
T09
7,952.00
2,802.00
8,302.00
2,902.00
T08
7,902.00
2,672.00
8,247.00
2,802.00
T07
7,877.00
2,267.00
8,197.00
2,487.00
T06
7,852.00
1,697.00
8,147.00
1,892.00
T05
7,827.00
1,402.00
8,102.00
1,402.00
T04
7,777.00
1,402.00
8,052.00
1,402.00
T03
7,727.00
1,402.00
8,002.00
1,402.00
T02
7,627.00
1,402.00
7,927.00
1,402.00
T01
6,253.00
1,402.00
6,709.00
1,402.00
 
ANEXO 6
LIMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y
GEOGRAFÍA_NETOS MENSUALES (pesos)
Tipo de Personal
Sueldos y Salarios
Prestaciones
Percepción Ordinaria Total
(En efectivo y en especie)
Mínimo
Máximo
Mínimo
Máximo
Mínimo
Máximo
Personal Operativo
7,787
10,885
4,790
4,845
12,577
15,730
 
Nota:
El presente ANEXO 6 no contempla los demás puestos existentes en el Instituto Nacional de Estadística y Geografía debido a que éstos permanecen con los mismos límites de percepción ordinaria, por lo que se mantiene la aplicación de las remuneraciones de dichos puestos.
Reglas de aplicación de tabuladores y prestaciones:
1.     Los presentes tabuladores consignan los sueldos totales mensuales que se otorgan al personal operativo de carácter presupuestal permanente y eventual del Instituto, el cual se integra por el sueldo base bruto y la compensación garantizada bruta. En ambos casos no se incorporan prestaciones.
2.     Los montos que se muestran están calculados para ser pagados al personal operativo que trabaja la jornada laboral establecida.
3.     En los importes del sueldo base bruto y de la compensación garantizada bruta, no están incluidas la prima vacacional y otras prestaciones, por lo que éstas deberán calcularse y ser otorgadas en términos de la normatividad aplicable.
4.     El aguinaldo o gratificación de fin de año que corresponde al personal operativo de carácter presupuestal y eventual del Instituto contemplado en los tabuladores, se aplicará sujetándose a lo autorizado por la Junta de Gobierno.
5.     El sueldo base bruto determinará las cuotas y aportaciones de seguridad social consignadas en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y en las demás disposiciones aplicables en la materia.
6.     Los tabuladores y las prestaciones económicas: "Compensación por desarrollo y capacitación", "Previsión social múltiple", "Despensa", "Ayuda por servicios" y "Ayuda de transporte", tendrán una aplicación retroactiva al 01 de enero de 2019 para el personal con plaza de carácter presupuestal permanente y se otorgarán de manera proporcional considerando los periodos efectivamente laborados con los niveles salariales que se hubiesen ocupado. En el caso del tabulador y prestaciones económicas para el personal con plaza de carácter presupuestal eventual deberá observarse lo siguiente:
a) Sólo aplicará para las contrataciones que se realicen a partir del 01 de noviembre de 2019.
b) No aplican retroactividades.
c) Las Unidades Administrativas no podrán cancelar contratos de plazas eventuales vigentes al 31 de octubre de 2019 para realizar contrataciones que tengan entre otros fines el de aplicar el nuevo tabulador y la actualización de las prestaciones económicas.
Transitorio.
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo se aprobó en términos del Acuerdo No. 9ª/ VII /2019, aprobado en la Novena Sesión 2019 de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, celebrada el 8 de octubre de dos mil diecinueve.- Presidente, Julio Alfonso Santaella Castell; Vicepresidentes, Enrique de Alba Guerra, Adrián Franco Barrios, Paloma Merodio Gómez y Enrique Jesús Ordaz López.- Rúbricas.
Ciudad de México, a 10 de octubre de 2019.- Hace constar lo anterior el Coordinador General de Asuntos Jurídicos, Jorge Ventura Nevares, en ejercicio de la atribución que le confiere lo dispuesto por la fracción IV del artículo 46 del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Rúbrica.
 
(R.- 487706)
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 22/04/2024

DOLAR
17.2120

UDIS
8.128491

TIIE 28 DIAS
11.2450%

TIIE 91 DIAS
11.3926%

TIIE 182 DIAS
11.5498%

TIIE DE FONDEO
11.00%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024