alerta Si el documento se presenta incompleto en el margen derecho, es que contiene tablas que rebasan el ancho predeterminado. Si es el caso, haga click aquí para visualizarlo correctamente.
 
DOF: 22/01/2020
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto denominado Mujeres abriendo caminos

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto denominado Mujeres abriendo caminos.

CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR SU TITULAR LA C. MARÍA CANDELARIA OCHOA ÁVALOS, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, C. ALEJANDRO ISMAEL MURAT HINOJOSA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, C. HÉCTOR ANUAR MAFUD MAFUD; EL SECRETARIO DE FINANZAS, C. VICENTE MENDOZA TÉLLEZ GIRÓN; LA SECRETARIA DE PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROMEXICANO, C. EUFROSINA CRUZ MENDOZA, TITULAR DE LA INSTANCIA RECEPTORA Y RESPONSABLE DEL PROYECTO, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1o. y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno de México reconoce y se obliga a cumplir con responsabilidad el mandato contenido en los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que México sea parte;
Que el Estado mexicano, ha suscrito y ratificado diversos instrumentos que buscan garantizar el respeto a la dignidad e integridad de las mujeres, su igualdad jurídica ante el varón, así como a la eliminación de la violencia y de todas las formas de discriminación contra la mujer; entre los cuales se encuentran, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer;
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, regula en su Título II, Capítulo V, el mecanismo de alerta de violencia de género contra las mujeres, el cual es de gran trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado Mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Oaxaca.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el DOF el 28 de diciembre de 2018, señala en el Anexo 13, "Erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres", una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio SEPIA/OS/014/2019 de fecha 20 de mayo de 2019, suscrito por la C. Eufrosina Cruz Mendoza, Secretaria de Pueblos Indígenas y Afromexicano del Estado de Oaxaca, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto denominado: "Mujeres abriendo caminos" en el Estado de Oaxaca.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2019 (Lineamientos), el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $6'720,000.00 (seis millones setecientos veinte mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto denominado: "Mujeres abriendo caminos". Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio CNPEVM/DGAAJPDHAV/522-11/2019 de fecha 16 de julio de 2019.
La entidad federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el ejercicio fiscal 2019, debiéndose apegar a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, C. Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.5. La Comisionada Nacional, C. María Candelaria Ochoa Ávalos cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.6. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 438011, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de constancia de suficiencia presupuestaria 314382.
I.7. Señala como su domicilio el ubicado en la calle Abraham González 48, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.
II. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 26 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, es un Estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Oaxaca, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, C. Alejandro Ismael Murat Hinojosa, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 30, 66 ,79 fracción XIX y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, así como 2, 6, 10 y 15 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.3. Asiste a la suscripción del presente Convenio de Coordinación, el Titular de la Secretaría General de Gobierno, C. Héctor Anuar Mafud Mafud, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, así como los artículos 3 fracción I, 7, 10, 15, 27 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, y los artículos 8 y 9 fracción II del Reglamento Interno de la Secretaría General de Gobierno.
II.4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, así como 26, 27 fracción XII y 45 fracciones XIII y XXI LVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, y los artículos 5, 6 fracción V y 7 fracciones III y IX del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, el C. Vicente Mendoza Téllez Girón, en su carácter de Secretario de Finanzas, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio.
II.5. La Secretaria de Pueblos Indígenas y Afromexicano, forma parte integrante de la Administración Pública Estatal dependiente del Poder Ejecutivo del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, a través de su Titular, C. Eufrosina Cruz Mendoza, asiste en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 3, fracción I, 10, 15, 27 fracción X y 43 fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, en relación con lo establecido en el artículo 43 del Decreto No. 632, Tomo CI, Sección Tercera, mediante el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 27 de abril de 2019, y 8, 9 fracciones III y VIII del Reglamento Interno de la Secretaría de Asuntos Indígenas.
II.6. Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos de forma complementaria al proyecto materia del presente Convenio, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7. Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio legal ubicado en Carretera Oaxaca Istmo km 11.5 sin número, interior 7, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, código postal 68270.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Oaxaca, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, las medidas de prevención descritas en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en el Estado de Oaxaca, particularmente las descritas en los numerales 4 y 5, que se mencionan a continuación:
III. Medidas de prevención
...
4. El diseño de una estrategia de prevención de la violencia contra las mujeres indígenas y afromexicanas al interior de sus comunidades, que tenga por objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Deberá contener el fortalecimiento y certificación de personas que traduzcan en las lenguas representativas.
5. La elaboración de un estudio para determinar la situación del derecho de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en los municipios que se rigen por sistemas normativos internos, que permita establecer un diálogo, para que desde el respeto a su autonomía se generen o fortalezcan los mecanismos existentes para garantizar la atención, prevención, sanción y erradicación de la violencia contra ellas.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los Lineamientos.
III.6 Se comprometen a apegarse a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto denominado: "Mujeres abriendo caminos", que permita dar cumplimiento a las medidas de prevención de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, para el Estado de Oaxaca, específicamente las Medidas de Prevención 4 y 5 antes descritas.
Dicho proyecto se realizará de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico que forma parte del presente instrumento jurídico, el cual establece las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de actividades lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "LA SECRETARÍA" asignará la cantidad de $6'720,000.00 (Seis millones setecientos veinte mil pesos 00/100 M.N.), para el proyecto denominado: "Mujeres abriendo caminos", del Estado de Oaxaca.
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de su Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
Plaza:                         Puebla, Sucursal 0078 Sonata Puebla
CLABE:                       042650016004964722
Cuenta Bancaria:           01600496472
Banco:                        Banca Mifel, S.A., Institución de Banca Múltiple,
                                 Grupo Financiero Mifel
A nombre de:                GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA
Nombre de la cuenta:      "GOB EDO OAX SEFIN MUJERES ABRIENDO CAMINOS 2019"
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "LA SECRETARÍA" la factura CFDI prevista en el lineamiento Décimo sexto de los Lineamientos.
Una vez que "LA SECRETARÍA" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", este deberá emitir a través de la Secretaría de Finanzas, la factura complemento CFDI en formato PDF y XML.
Para "LA SECRETARÍA", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "LA SECRETARÍA".
Los recursos que el Comité asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, por lo que "LA SECRETARÍA" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "LA SECRETARÍA". El Comité, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"LA SECRETARÍA" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que estas se comprometen a sacar a "LA SECRETARÍA" de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de los previstos en los Lineamientos, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del proyecto denominado: "Mujeres abriendo caminos".
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el Gobierno Estatal.
c.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
 
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SECRETARÍA". Además de los previstos en los Lineamientos, "LA SECRETARÍA", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, dentro de los treinta días naturales siguientes después de haber suscrito el Convenio de Coordinación correspondiente, y habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
d.    Si el seguimiento al proyecto aprobado es susceptible de realizarse a través de visitas de seguimiento: Realizar visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los Lineamientos, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA y en el Anexo Técnico del presente Convenio.
b.    Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2019.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d.    Realizar por conducto de la Secretaría u organismo encargado de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos y la normatividad aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento.
f.     Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como de la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acrediten su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos y perspectiva de género.
j.     Entregar bimestralmente por conducto de la Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano del Gobierno del Estado de Oaxaca, instancia receptora y responsable del proyecto, a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los Lineamientos.
 
l.     En términos de los Lineamientos, presentar a "LA SECRETARÍA", a más tardar el 15 de enero de 2020, un Acta de cierre, firmada por la Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano del Gobierno del Estado de Oaxaca, instancia receptora y responsable del proyecto, en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre las partes que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la entidad federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2019 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso n) del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados y/o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la persona que fue designada mediante el oficio SEPIA/OS/015/2019 signado por la Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano del Estado de Oaxaca, y por "LA SECRETARÍA" la persona que fue designada mediante el oficio CNPEVM/DGAAJPDHAV/522-11/2019 signado por la Titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano del Estado de Oaxaca, instancia receptora y responsable del proyecto, informará a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento y el inciso e), del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el ejercicio fiscal 2019, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes a la conclusión del cierre del ejercicio fiscal en términos de los Lineamientos.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano del Estado de Oaxaca.
En el caso de "LA SECRETARÍA", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los lineamientos sexto, décimo quinto y décimo sexto de los Lineamientos.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2019 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen los Lineamientos.
 
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "LA SECRETARÍA" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "LA SECRETARÍA" otorgue la línea de captura a la entidad, esta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "LA SECRETARÍA" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el lineamiento Trigésimo Tercero de los Lineamientos, procederá a dar por terminado el presente Convenio y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Contraloría General (o similar) de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
 
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2019. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo. En caso de que se presente alguna discrepancia, deberá sujetarse a lo que dispone el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio se publicará en el Diario Oficial Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 26 fracción II, inciso a) del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "LA SECRETARÍA".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 30 días del mes de septiembre de 2019.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, María Candelaria Ochoa Ávalos.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, Alejandro Ismael Murat Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón.- Rúbrica.- La Secretaria de Pueblos Indígenas y Afromexicano, Titular de la Instancia Receptora y Responsable del Proyecto, Eufrosina Cruz Mendoza.- Rúbrica.
 
ANEXO TÉCNICO
DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA EL PROYECTO DENOMINADO: "MUJERES ABRIENDO CAMINOS" QUE CELEBRAN LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN; LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA.
1.    Nombre, objeto y descripción de "El Proyecto":
§     Nombre o denominación: "Mujeres abriendo caminos".
§     Objeto: Propiciar cambios culturales con perspectiva de género a través del fortalecimiento de las mujeres de comunidades indígenas y afromexicanas en el ejercicio de sus derechos humanos, mediante un conjunto de acciones entre las que destacan pláticas implementadas a lo largo de los 30 municipios señalados en la cobertura geográfica para la detección y prevención de la violencia de género hacia las mujeres en el Estado de Oaxaca.
§     Descripción: El proyecto consiste en propiciar el acercamiento con mujeres indígenas y afromexicanas en poblaciones pertenecientes a los municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Oaxaca, a través de la dotación de servicios integrales por medio de pláticas informativas (sobre temas de salud, atención psicológica y jurídica, entre otras) y fortalecimiento de habilidades y conocimientos sobre sus derechos humanos, a través de una estrategia de detección y prevención de la violencia de género contra las mujeres indígenas y afromexicanas, con perspectiva de género e interculturalidad.
       Reconociendo que la situación de mayor vulnerabilidad que presentan las mujeres indígenas y afromexicanas, requiere la implementación de acciones diversificadas y novedosas, que se realicen con respeto a la cosmovisión de los Pueblos Indígenas, a la interacción comunitaria en general y entre hombres y mujeres, así como en los tiempos y circunstancias propias de las regiones de Oaxaca. Este proyecto se plantea que al mismo tiempo que se brindan servicios de nutrición y salud, acercamiento a tecnologías de información y comunicación, se proporcione información y herramientas, principalmente a mujeres para el conocimiento de sus derechos y prevención y atención de distintos tipos de violencias.
2.    Fecha de solicitud del Subsidio:
§     Fecha de solicitud: 21 de mayo de 2019
§     Oficio: SEPIA/OS/014/2019
§     Autoridad solicitante de la entidad federativa: Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano.
3.    Instancia Estatal Responsable y Receptora del "El Proyecto":
Nombre: Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano
§     Descripción de las responsabilidades:
En su carácter de instancia estatal responsable y receptora, la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano, adquiere las responsabilidades que se establecen en la cláusula Quinta del presente Convenio de Coordinación, así como, las señaladas en el Lineamiento Trigésimo primero de los Lineamientos para la Obtención y Aplicación de Recursos Destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2019.
4.    Monto aprobado:
§     Cantidad aprobada por la CONAVIM: $6'720,000.00 (Seis millones setecientos veinte mil pesos 00/100 M.N.)
5.    Fecha estimada del inicio del Proyecto:
Fecha: El proyecto dará inicio una vez que el recurso federal sea asignado a la cuenta del gobierno del Estado de Oaxaca.
6.    Fecha estimada para la conclusión del Proyecto:
Fecha: 31 de diciembre de 2019
7.    Descripción del proyecto:
§     Resumen: El proyecto consiste en propiciar el acercamiento con mujeres indígenas y afromexicanas en poblaciones pertenecientes a los municipios con Declaración de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Oaxaca, a través de la dotación de servicios integrales (salud sexual y reproductiva, nutrición, conocimiento, identificación de la violencia de género contra las
mujeres, uso de las herramientas informáticas para denuncias por violencia, autoayuda, orientación para el conocimiento y ejercicio de sus derechos con perspectiva intercultural, asistencia jurídica, psicológica, así como a las de procuración, seguridad y administración de Justicia) pláticas de información, y fortalecimiento de habilidades y conocimientos, a través de una estrategia de Detección y Prevención de la violencia de género contra las mujeres indígenas y afromexicanas, con perspectiva de género e interculturalidad.
Medida de seguridad, de prevención o de justicia, a la cual debe contribuir el proyecto, o bien la propuesta contenida en las conclusiones del informe al que hace referencia el artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida de Libre de Violencia: El proyecto en cuestión está orientado al cumplimiento de las medidas de prevención de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, para el Estado de Oaxaca específicamente:
III. Medidas de prevención
...
4.- El diseño de una estrategia de prevención de la violencia contra las mujeres indígenas y afromexicanas al interior de sus comunidades, que tenga por objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Deberá contener el fortalecimiento y certificación de personas que traduzcan en las lenguas representativas;
5.- La elaboración de un estudio para determinar la situación del derecho de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en los municipios que se rigen por sistemas normativos internos, que permita establecer un diálogo, para que desde el respeto a su autonomía se generen o fortalezcan los mecanismos existentes para garantizar la atención, prevención, sanción y erradicación de la violencia contra ellas
§     Objetivo general: Propiciar cambios culturales a través del fortalecimiento de las mujeres de comunidades indígenas y afromexicanas en el ejercicio de sus derechos humanos, mediante un conjunto de acciones para la detección y prevención de la violencia de género, que se implementará en los treinta municipios con población indígena y afromexicana señalados en la cobertura geográfica, y con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.
§     Objetivos específicos, cada uno con su meta e indicadores de gestión proceso y, en su caso, indicadores de resultado para verificar su implementación y cumplimiento:
C1.- Promoción de los Derechos Humanos de las Mujeres y la Perspectiva de Género
OBJETIVO ESPECÍFICO
INDICADOR DE
GESTIÓN O DE
PROCESO
META.
INDICADOR DE
RESULTADO
1.1.-Fortalecer y fomentar el
conocimiento de los Derechos
Humanos fundamentales, de las
mujeres indígenas y afro mexicanas,
entre la población de los municipios
con declaratoria de alerta de
violencia de género contra las
mujeres en el Estado de Oaxaca,
principalmente el relativo a vivir una
vida libre de todo tipo de violencia.
Número de Mujeres
con conocimientos en
Derechos Humanos de
los municipios
señalados en la
cobertura geográfica
del proyecto.
90 a 100% del total de
las mujeres que
recibieron las 60 pláticas
impartidas en materia de
Derechos Humanos
Fundamentales.
Documento de
Sistematización de
actividades con relación a
la meta (Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la meta).
 
OBJETIVO ESPECÍFICO
INDICADOR DE
GESTIÓN O DE
PROCESO
META
INDICADOR DE
RESULTADO
1.2.- Proporcionar formación a las
Autoridades Municipales,
Representantes de Instituciones del
Gobierno Estatal en las Regiones en la
aplicación de políticas públicas con
perspectiva de género e
interculturalidad.
Porcentaje de
Servidoras y
Servidores Públicos
Municipales con
conocimientos en
Derechos Humanos
de las Mujeres
80 a 100% del total de
Servidoras y Servidores
Públicos Municipales y
personal adscrito a
Instituciones del Gobierno
Estatal que tomaron la
plática de formación para
la aplicación de políticas
públicas con perspectiva
de género e
interculturalidad.
Documento de
Sistematización de
actividades con
relación a la meta
(Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la
meta).
 
OBJETIVO ESPECÍFICO
INDICADOR DE
GESTIÓN O DE
PROCESO
META
INDICADOR DE
RESULTADO
1.3.- Propiciar el acercamiento con los
hombres de la comunidad, para
incluirlos en el análisis de las nuevas
masculinidades, con perspectiva de
género e interculturalidad, así como en
el conocimiento de los Derechos
Humanos Fundamentales de las
Mujeres.
Porcentaje de hombres
con conocimientos en
Derechos Humanos de
las Mujeres así como
en las nuevas
masculinidades
80 a 90% del total de los
hombres que tomaron las
pláticas y obtuvieron
conocimientos en el
análisis de las nuevas
masculinidades, con
perspectiva de género e
interculturalidad, así como
de los Derechos
Humanos Fundamentales
de las Mujeres.
Documento de
Sistematización de
actividades con
relación a la meta
(Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la
meta).
 
C2.- Detección temprana de casos de VIH-SIDA
OBJETIVO ESPECÍFICO
INDICADOR DE
GESTIÓN O DE
PROCESO
META
INDICADOR DE
RESULTADO
2.1.- Brindar servicios de
detección temprana, de VIH-
SIDA a las mujeres y hombres de
las Comunidades Indígenas y
Afromexicanas.
Porcentaje de municipios
del total de los 30
seleccionados que
realizaron servicios de
detección de VIH SIDA a
mujeres.
Los 30 municipios de la
cobertura realicen
servicios de prueba
rápida de detección de
VIH-SIDA, orientado a
mujeres.
Documento de
Sistematización de
actividades con relación a la
meta (Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la meta).
Número de hombres a
quienes se realizó prueba
rápida de detección de
VIH-SIDA.
200 hombres a quienes
se realizó prueba rápida
de detección de VIH-
SIDA.
Documento de
Sistematización de
actividades con relación a la
meta (Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la meta).
Número de pruebas
rápida de detección de
VIH-SIDA/número de
mujeres canalizadas a
COESIDA
90 a 100% de las
mujeres que se
practicaron una prueba e
identificadas con VIH-
SIDA canalizadas a
COESIDA.
Documento de
Sistematización de
actividades con relación a la
meta (Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la meta).
Total de atendidos/ total de referidos a quienes se realizó prueba rápida de detección de VIH-SIDA, canalizados a COESIDA
90 a 100% de los hombres que se practicaron una prueba e identificados con VIH-SIDA canalizados a COESIDA.
Documento de Sistematización de actividades con relación a la meta (Evidencias relacionadas con el cumplimiento de la meta).
 
C3.- Apoyo Nutricional a mujeres sus hijas e hijos
OBJETIVO ESPECÍFICO
INDICADOR DE
GESTIÓN O DE
PROCESO
META
INDICADOR DE
RESULTADO
3.1.-Proporcionar asesoría
para mejorar la salud
nutricional de las mujeres, así
como de sus hijas e hijos.
Número de mujeres que
participaron en la
plática de preparación
de alimentos nutritivos
90 a 100% del total de las
mujeres que participaron en
las pláticas en los municipios
definidos en la cobertura
geográfica y que tuvieron
conocimientos en la
preparación de alimentos
nutritivos.
Documento de
Sistematización de
actividades con relación a la
meta (Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la meta).
 
Número de mujeres a
quienes se tomó su
peso y talla por
municipio.
1 Registro de mujeres a
quienes se les tomó su peso y
talla, por municipio.
Se estima un mínimo de 300
y un máximo de 9000
mujeres.
Documento de
Sistematización de
actividades con relación a la
meta (Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la meta).
 
Número de hijas a
quienes se tomó su
peso y talla.
1 Registro de niñas a quienes
se tomó su peso y talla.
Se estima un mínimo de 300
y un máximo de 3000 niñas.
Documento de
Sistematización de
actividades con relación a la
meta (Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la meta).
 
Número de hijos a
quienes se tomó su
peso y talla.
1 Registro de niños a quienes
se tomó su peso y talla.
Se estima un mínimo de 300
y un máximo de 3000 niños.
Documento de
Sistematización de
actividades con relación a la
meta (Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la meta).
3.2.- Dotar a las mujeres de
insumos para la preparación
de alimentos nutritivos
Número de mujeres a
quienes se entregó
insumos comestibles
para la preparación de
alimentos saludables.
Mínimo 300 mujeres y
máximo de 9000 mujeres a
quienes se entregó insumos
comestibles para la
preparación de alimentos
saludables.
Documento de
Sistematización de
actividades con relación a la
meta (Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la meta).
 
C4.- Prevención y detección de la violencia de género
OBJETIVO ESPECÍFICO
INDICADOR DE GESTIÓN O DE
PROCESO
META
INDICADOR DE
RESULTADO
4.1.- Coadyuvar en el
conocimiento de las mujeres
sobre los tipos y modalidades
de la violencia de género, que
les permita realizar su
identificación y
desnaturalización de la
violencia de género.
Número de mujeres que
participaron en la plática sobre
tipos y modalidades de la
violencia de género.
Municipios donde se
desarrollaron pláticas mujeres
sobre los tipos y modalidades de
la violencia de género.
90 a 100% del total de las
mujeres atendidas por
medio de las pláticas y
acciones del proyecto y
que obtuvieron
conocimientos sobre
tipos y modalidades de la
violencia de género.
Documento de
Sistematización de
actividades con
relación a la meta
(Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la
meta).
4.2.-Proporcionar a las Mujeres
Indígenas y Afromexicanas un
conocimientos sobre la
tecnología informática, como
instrumento para la
identificación de posibles
situaciones de violencia en su
contra.
Número de mujeres a quienes se
les proporcionó equipo de
cómputo y asesoró para su
manejo, en el que se le
compartieron imágenes de
situaciones de violencia para su
identificación.
Número de pláticas/
capacitaciones impartidas.
90 a 100% del total de las
mujeres que obtuvieron
conocimientos sobre el
manejo de un equipo de
cómputo para la
identificación de posibles
situaciones de violencia
en su contra.
Documento de
Sistematización de
actividades con
relación a la meta
(Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la
meta).
 
4.3.-Dotar a las Mujeres
Indígenas y Afromexicanas de
conocimientos que les permitan
conformar grupos de autoayuda
en su propio Municipio, para
casos de violencia de género.
Número de mujeres que
recibieron información para la
conformación de grupos de
autoayuda y los principios
básicos.
Número de pláticas/
capacitaciones impartidas.
90 a 100% del total de las
mujeres que obtuvieron
conocimientos para la
conformación de grupos
de autoayuda en su
Municipio, para casos de
violencia de género.
Documento de
Sistematización de
actividades con
relación a la meta
(Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la
meta).
4.4.-Brindar a las mujeres
Indígenas y Afromexicanas
asesoría y orientación para el
adecuado ejercicio de sus
Derechos, con perspectiva de
género e interculturalidad.
Una asesoría por municipio
señalado en la cobertura
geográfica del proyecto.
Número de mujeres que
recibieron asesoría jurídica y
psicológica para el adecuado
ejercicio de sus Derechos.
30 sesiones de asesoría
(jurídica y psicológica)
para el adecuado
ejercicio de sus
Derechos, con
perspectiva de género e
interculturalidad.
Documento de
Sistematización de
actividades con
relación a la meta
(Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la
meta).
4.5.-Generar el registro sobre
instituciones regionales,
estatales y municipales que
brindan servicios de apoyo a
las mujeres víctimas de
situación de violencia de
género.
Número de Directorios
Regionales elaborados
Mínimo 1 directorio de
Servicios institucionales
para mujeres en situación
de violencia, (como meta
mínima).
Documento de
Sistematización de
actividades con
relación a la meta
(Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la
meta).
Número de Directorios
distribuidos
Mínimo 1 directorio
distribuido en cada una
de las instancias
municipales estratégicas
de 30 los municipios,
(como meta mínima).
Documento de
Sistematización de
actividades con
relación a la meta
(Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la
meta).
4.6.- La instancia estatal
responsable y receptora del
proyecto, podrá coordinarse en
el ámbito de sus atribuciones
con las Instituciones
encargadas de proporcionar
asistencia jurídica, psicológica,
así como a las de procuración,
seguridad y administración de
Justicia.
Gestionar la coordinación con
Instituciones Municipales y
Estatales encargadas de brindar
servicios a mujeres en situación
de violencia.
Generar acuerdos con
autoridades de
instituciones Municipales
y Estatales encargadas
de brindar servicios a
mujeres en situación de
violencia, la meta mínima
son 2 acuerdos.
Documento de
Sistematización de
actividades con
relación a la meta
(Evidencias
relacionadas con el
cumplimiento de la
meta).
 
§     Metodología:
En primer término, se considera el análisis estratégico, como un proceso que se lleva a cabo para contar con información oficial sobre la incidencia de casos de violencia contra las Mujeres dentro de 30 Municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Oaxaca que cuentan con Población Indígena y Afromexicana,
Con base en lo anterior, se trabajará en primer lugar con la coordinación y participación de las Autoridades Municipales y Estatales, para concientizar la importancia no sólo de dar atención a la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, sino también la obligación de llevar a cabo acciones con perspectiva de género en sus Comunidades, para mejorar las condiciones generales de la Población.
Se realizarán pláticas y acciones en los treinta municipios señalados en la cobertura geográfica sobre temas de salud sexual y reproductiva, nutrición, conocimiento, identificación de la violencia de género contra las mujeres, uso de las herramientas informáticas para denuncias por violencia, autoayuda, orientación para el conocimiento y ejercicio de sus derechos con perspectiva intercultural, asistencia jurídica, psicológica, así como a las de procuración, seguridad y administración de Justicia.
 
Y por supuesto se aplicará una metodología participativa, tipo constructivista es decir que recupere la sabiduría de las mujeres, sus situaciones, obstáculos y casos de éxito, que nos compartan durante la ejecución de las pláticas y/o talleres respecto a las forma en que se establecen las relaciones de género en sus comunidades, a fin de fortalecer el ejercicio de sus derechos.
Una vez implementado se realizará la sistematización de la información para verificar el logro de los objetivos. Asimismo servirá para los informes correspondientes que se entregarán a la CONAVIM.
§     Población beneficiaria:
Beneficiarios directos: Mujeres indígenas y afromexicanas habitantes de 30 Municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Oaxaca señalados en la cobertura geográfica que participen en las pláticas y acciones que implementará el proyecto. Asimismo hombres de las comunidades en los que se apliquen las acciones del proyecto.
Se estima un mínimo de 30 mujeres participantes por municipio, que puede incrementar por la convocatoria hasta 9000 mujeres.
Beneficiarios indirectos: Hijas e hijos acompañantes de las mujeres, en un promedio de 2 niñas y niños por cada mujer asistente.
Participantes indirectos: Autoridades Municipales y Estatales que serán beneficiadas a través de la capacitación, formación y sensibilización, lo que impactará positivamente en el desempeño de sus actividades en la atención de la violencia de género contra las mujeres.
§     Actores estratégicos:
Ø   Autoridades Municipales y Estatales
Ø   Defensoría Pública
Ø   Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca
Ø   Fiscalía de Justicia del Estado de Oaxaca
Ø   Secretaría de Seguridad Pública estatal
Ø   Secretaría de Salud Estatal
§     Cobertura geográfica:
       30 Municipios del Estado de Oaxaca, a saber:
1.      Huautla de Jiménez
2.      Mazatlán Villa de Flores
3.      Candelaria Loxicha
4.      San Agustín Loxicha
5.      Santa María Tonameca
6.      Santo Domingo de Morelos
7.      Villa de Tututepec de Melchor Ocampo
8.      San Pedro Pochutla
9.      Santiago Jamiltepec
10.     Santiago Pinotepa Nacional
11.     Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza
12.     San Juan Guichicovi
13.     Salina Cruz
14.     Santo Domingo Tehuantepec
15.     Heróica Ciudad de Tlaxiaco
16.     Heroica Ciudad de Huajuapan de León
17.     San Juan Mixtepec
18.     Santa María Apazco
19.     Santa María Yucuhiti
 
20.     San Juan Bautista Valle Nacional
21.     Acatlán de Pérez Figueroa
22.     San Juan Bautista Tuxtepec
23.     Miahuatlán de Porfirio Díaz
24.     Putla Villa de Guerrero
25.     Ixtlán de Juárez
26.     Santo Domingo Tepuxtepec
27.     Oaxaca de Juárez
28.     Santa Lucía del Camino
29.     Villa de Zaachila
30.     Tlacolula de Matamoros

8.    Perfil de la o las personas que estarán a cargo de la implementación de "El Proyecto"
Ø   Persona especialista en sistema normativo interno de los pueblos y comunidades indígenas.
Ø   Persona especialista en psicología y género con una perspectiva multicultural.
Ø   Persona con experiencia en perspectiva de género y derechos humanos que tenga experiencia para coordinar el proyecto de preferencia con formación en antropología o sociología.
Ø   Facilitadores que auxilien en la replicación del trabajo en las regiones de manera simultánea. Para lo cual requieren experiencia de participación en proyectos sociales en campo.
Ø   Persona especialista en nutrición y en salud alimentaria.
Las personas que participen en la ejecución de las actividades de este proyecto deberán acreditar previamente su capacidad, destreza e idoneidad con documentos que así lo demuestren, con una trayectoria o experiencia de al menos dos años, lo cual debe acreditarse mediante Currículum Vitae y documentación que avale tal experiencia.
 
9.     Descripción de las actividades que realizarán las autoridades involucradas en el Proyecto en la entidad federativa para su ejecución:
1)   Dar cumplimiento a lo establecido en los lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2019.
2)   Realizar las gestiones administrativas ante las instituciones correspondientes con el objeto de que sean transferidos los recursos federales a la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano.
3)   Cumplir con lo establecido en el Lineamiento Trigésimo primero Capitulo IX de los Lineamientos.
4)   Realizar los procesos de licitación y adjudicación necesarios para la contratación de las consultoras, prestadoras de servicios o personas físicas, necesarias para la correcta ejecución de los recursos en estricto apego a la normatividad aplicable.
5)   Controlar, revisar y administrar el avance del proyecto.
6)   Gestionar los pagos generados de la ejecución del proyecto.
7)   Entregar de manera bimestral un informe de resultados sobre los avances físicos y financieros a la CONAVIM.
8)   Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales.
9)   Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación de "El Proyecto" financiado con los recursos otorgados.
10)  Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de la Cuenta Pública.
11)  Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH y su Reglamento.
10.   Proyección del costo del proyecto, que incluya un cronograma de gasto y actividades:
Actividades
Octubre
Noviembre
31 de diciembre
de 2019
Total
(IVA Incluido)
Revisión y estudio de instrumentos y herramientas aplicadas en el ámbito internacional, nacional y local para la detección de riesgo feminicida en los ámbitos de procuración de justicia y salud.
$10,000.00
 
 
$10,000.00
Revisión de estudio de diagnósticos, informes, datos oficiales y estadísticas públicas que permitan identificar las características y manifestaciones de la violencia contra las mujeres y niñas en Oaxaca.
$10,000.00
 
 
$10,000.00
Elaboración de informe final
 
 
$40,000.00
$40,000.00
Otros Gastos
 
 
$6,000.00
$6,000.00
Diseño y coordinación del proyecto
$64,000.00
$64,000.00
$64,000.00
$192,000.00
Diseño de cuestionarios para Autoridades Municipales.
$30,000.00
 
 
$30,000.00
Diseño de encuestas para mujeres.
 
Diseño de folleto informativo para grupos de autoayuda.
$5,000.00
 
 
$5,000.00
Diseño de cartas descriptivas para talleres de capacitación a mujeres/ Autoridades Municipales/ hombres.
$50,000.00
 
 
$50,000.00
Diseño de hojas de registro, formatos de referencia y contrarerefencia
$25,000.00
 
 
$25,000.00
Diseño de programas:
$58,000.00
 
 
 
1.- Sistema informático para detectar casos de violencia contra las mujeres.
$58,000.00
2.- Sistema de captura de información.
 
 
 
Grabación y edición de clips de video en lengua materna por cada tipo de violencia dirigidos a hombres y mujeres
$150,000.00
 
 
$150,000.00
Grabación y edición de clips/masculinidades
$58,500.00
 
 
$58,500.00
Diseño de materiales de difusión: Trípticos, dípticos, display, lonas, carteles, etc.
$20,000.00
 
 
$20,000.00
Diseño e integración de información para Directorio de servicios regionales.
$5,000.00
 
 
$5,000.00
Elaboración de acuerdos y contratos de prestación de servicios profesionales.
$20,000.00
 
 
$20,000.00
Diseño de formatos de atención a usuarias por servicio.
$15,000.00
 
 
$15,000.00
Mapeo de rutas y sistematización de información diagnóstica de arranque de los 30 Municipios.
$25,000.00
 
 
$25,000.00
Adquisición de los equipos móviles, así como de mobiliario y equipo técnico informático y contratación de internet satelital.
$2,571,500.00
 
 
$2,571,500.00
Adquisición de utensilios, accesorios de cocina e insumos para preparación de alimentos de nutrición.
$752,490.00
 
 
$752,490.00
Adquisición de material didáctico y lúdico para impartir talleres
$220,000.00
 
 
$220,000.00
Impresión de material de difusión, cuestionarios, directorios y formatos diversos.
$408,500.00
 
 
$408,500.00
 DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO.
 
 
 
 
Implementación del proyecto en regiones 1 y 2.
$462,703.00
 
 
$462,703.00
Sistematización de informe mensual de avance físico-financiero.
$49,300.00
 
 
$49,300.00
Implementación del proyecto en regiones 3 y 4.
$462,703.00
 
 
$462,703.00
Sistematización de informe mensual de avance físico-financiero.
$49,300.00
 
 
$49,300.00
Implementación del proyecto en regiones 5, 6 y 7.
 
$462,703.00
 
$462,703.00
Sistematización de informe mensual de avance físico-financiero.
 
$49,300.00
 
$49,300.00
Implementación del proyecto en región 8.
 
 
$462,701.00
$462,701.00
Sistematización del proyecto, integración del informe final y entregables.
 
 
$49,300.00
$49,300.00
Total:
(IVA Incluido)
 
 
 
$6'720,000. 00
(Seis millones
setecientos veinte
mil pesos 00/100
M.N.) Incluye
impuestos
 
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 30 días del mes de septiembre de 2019.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, María Candelaria Ochoa Ávalos.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, Alejandro Ismael Murat Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, ctor Anuar Mafud Mafud.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón.- Rúbrica.- La Secretaria de Pueblos Indígenas y Afromexicano, Titular de la Instancia Receptora y Responsable del Proyecto, Eufrosina Cruz Mendoza.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 15/04/2024

DOLAR
16.6693

UDIS
8.129594

TIIE 28 DIAS
11.2488%

TIIE 91 DIAS
11.4235%

TIIE 182 DIAS
11.5815%

TIIE DE FONDEO
11.03%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024