DOF: 18/09/2020
ACUERDO por el que se suspende temporalmente la operación del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, denominado CompraNET

ACUERDO por el que se suspende temporalmente la operación del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, denominado CompraNET.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

ACUERDO 101 /2020
ARTURO HERRERA GUTIÉRREZ, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 1o., 2o., fracción I, 14, 16, 26 y 31, fracciones XXV y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Transitorios Octavo, Décimo y Décimo Tercero del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; 28, párrafo tercero y 31 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2, fracción II, y 56, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, fracción II, y 74, segundo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 4o., 6o, fracción XXIX y 8o., del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y Transitorio Décimo del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los recursos económicos públicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administren con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados; para lo cual, las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen los diferentes entes públicos, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes;
Que de conformidad con las nuevas atribuciones con que cuenta la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de contrataciones públicas, por virtud del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, y específicamente a las previstas en el artículo 31, fracción XXV de dicha Ley, corresponde a esta Dependencia del Ejecutivo Federal planear, establecer y conducir la política general en materia de contrataciones públicas reguladas por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
Que tales ordenamientos jurídicos establecen que el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, denominado CompraNet, tiene como fin primordial contribuir a la generación de una política general en la Administración Pública Federal en materia de contrataciones; propiciar la transparencia y seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, así como de las contrataciones de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y generar la información necesaria que permita la adecuada planeación, programación y presupuestación de las contrataciones públicas y su evaluación integral;
Que conforme a los artículos 56, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 74, segundo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en relación con el Transitorio Décimo Tercero del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, se establece que corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la administración del sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, denominado CompraNet, en el cual las dependencias, entidades y los demás sujetos de dichas Leyes, deberán incorporar la información que ésta les requiera;
Que, resulta indispensable fortalecer dicho sistema para que opere de manera óptima, para lo cual se hace necesario que la infraestructura tecnológica en que se aloja se encuentre actualizada y cuente con el mantenimiento adecuado para su funcionamiento, acciones que permitirán que CompraNet contribuya a la eficiencia y transparencia de los procedimientos de contratación que realice el Estado Mexicano, y
Que con el fin de estar en posibilidad de llevar a cabo la actualización y mantenimiento de la plataforma tecnológica que sustenta CompraNet, y continuar garantizando la seguridad, calidad y el adecuado desempeño de dicho sistema, resulta necesario suspender su operación por un tiempo mínimo indispensable de 4 días, para lo cual se prorrogan los plazos de los días hábiles que se señalan en el cuerpo del presente instrumento, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA OPERACIÓN DEL SISTEMA
ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL SOBRE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS
MISMAS, DENOMINADO COMPRANET
PRIMERO.- Con el propósito de realizar la actualización y mantenimiento de la plataforma tecnológica que soporta el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así como sobre Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, denominado CompraNet, se suspende la operación de dicha plataforma a partir de las 00:01 horas del sábado 19 de septiembre de 2020 y hasta las 23:59 horas del martes 22 de septiembre de 2020 (Tiempo del centro), y en consecuencia los entes públicos referidos en los artículos 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, deberán suspender los plazos y términos de los procedimientos de contratación que se encuentren contenidos en dicho periodo.
SEGUNDO.- Los entes públicos referidos en los artículos 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, no deberán considerar las horas y días a que se refiere el numeral anterior, dentro de los términos y plazos que, en su caso, se tengan estipulados para el cumplimiento de obligaciones o la realización de actos que se vean afectados por la suspensión de la operación de CompraNet relacionados con los procedimientos de contratación.
TERCERO.- Los entes públicos referidos en los artículos 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, una vez que culmine el periodo de suspensión, deberán reanudar los plazos y términos que hubieran resultado afectados en los procedimientos de contratación, y prorrogar los mismos por al menos un periodo igual al de la duración de la suspensión temporal únicamente por lo que se refiere a los días hábiles, esto es 48 horas posteriores a las 23:59 horas del 22 de septiembre de 2020.
CUARTO.- Tratándose del acto de presentación y apertura de proposiciones, para modificar los plazos y términos correspondientes a cada uno de los procedimientos de contratación, de conformidad con lo señalado en el numeral anterior, los entes públicos referidos en los artículos 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, realizarán previo a la suspensión los ajustes necesarios en CompraNet, y en caso de que se presenten limitaciones técnicas para efectuar dichos ajustes, deberán solicitar a la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la realización de éstos en CompraNet, a la cuenta de correo electrónico compranet@hacienda.gob.mx
QUINTO.- Los entes públicos referidos en los artículos 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, deberán difundir a través de CompraNet, previo a la suspensión del sistema para conocimiento de los participantes de los procedimientos de contratación, las modificaciones de los plazos y términos que de acuerdo con los numerales Tercero y Cuarto de este instrumento, realicen específicamente en los procedimientos de contratación que se vean afectados por la suspensión objeto de este Acuerdo.
SEXTO.- En relación con lo dispuesto por los artículos 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para el caso en los que los entes públicos referidos en los artículos 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, hubieren enviado para su publicación en el Diario Oficial de la Federación el resumen de convocatorias a la licitación pública y éstas no se hubieren publicado en CompraNet por la suspensión de su operación en cuestión, no será necesario detener dicho trámite de publicación, ni volver a promover una nueva, ello toda vez que el cómputo de los plazos para la realización del acto de presentación y apertura de proposiciones, se realizará a partir del día de publicación de la convocatoria en CompraNet.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente.
 
Ciudad de México, a los 17 días del mes de septiembre de 2020.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Arturo Herrera Gutiérrez.- Rúbrica.
 

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