DOF: 24/09/2020
EXTRACTO del Acuerdo por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral designa la nueva integración del Comité Técnico de Seguimiento para el acompañamiento en el diseño e implementación del Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación de

EXTRACTO del Acuerdo por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral designa la nueva integración del Comité Técnico de Seguimiento para el acompañamiento en el diseño e implementación del Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.

Extracto del ACUERDO por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral designa la nueva integración del Comité Técnico de Seguimiento para el acompañamiento en el diseño e implementación del Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Instituto Nacional Electoral. INE/CG287/2020 de fecha 7 de septiembre de 2020.
GLOSARIO
[...]
ANTECEDENTES
[...]
CONSIDERANDOS
[...]
18.   Para ello, se consultó a diversas instituciones sobre su interés en participar en el citado Comité en los términos establecidos en la ENCCÍVICA y a través de las y los académicos especialistas que en su caso designasen de manera honorífica. Por lo que se proponen a las siguientes instituciones:
·   Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey
·   Instituto Tecnológico Autónomo de México
·   Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México
·   El Colegio de México
·   Centro de Investigaciones y Docencia Económicas
·   Universidad de Guadalajara
·   El Colegio de la Frontera Norte
19.   Las instituciones antes citadas deberán designar anualmente a las y los académicos, titular y suplente que participarán en las sesiones. El Comité tendrá las funciones siguientes:
1)    Reunirse periódicamente, en modalidad presencial y/o a distancia de manera virtual, para apoyar en los trabajos de acompañamiento en la implementación de la ENCCÍVICA, en particular del diseño y operación del Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación; la DECEYEC, por su parte, en calidad de Secretaría Técnica le brindará el auxilio que estime pertinente para documentar las actividades que realice, además de comunicar oportunamente la modalidad de reunión, así como su organización.
2)    Asesorar en los procesos de diseño, implementación y evaluación de los tres mecanismos del sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación que prevé dicha Estrategia.
3)    Proponer criterios de evaluación, construcción y puesta en marcha de los instrumentos de evaluación e indicadores que sean necesarios para una mejor medición de las acciones y proyectos de la ENCCÍVICA, así como aquellas medidas para mejorar el funcionamiento de los mecanismos de información y
operación del citado sistema, pudiendo, además, emitir opiniones técnicas que le sean requeridas sobre proyectos que el INE o en forma colaborativa se realicen, las cuales serán puestas a consideración de la DECEYEC, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
4)    Formular y presentar recomendaciones para la difusión, comunicación y socialización de los proyectos de la Estrategia, las cuales serán puestas a consideración de la DECEYEC, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
5)    Sistematizar y analizar, con el apoyo de la DECEYEC, todos los datos generados en el sistema de información y en el mecanismo de operación, para lo cual podrá solicitar aclaraciones, formular recomendaciones y proponer los ajustes que considere pertinentes, las cuales serán puestas a consideración de la Dirección Ejecutiva, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
6)    Sugerir mecanismos de participación ciudadana en los procesos de monitoreo, seguimiento y evaluación de los programas, proyectos y actividades institucionales de la Estrategia, así como en el Mecanismo de Seguimiento y Gobernanza, los cuales serán puestos a consideración de la DECEYEC, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
7)    Diseñar y proponer procesos evaluativos que permitan profundizar los valores democráticos, registrando y midiendo el autoaprendizaje y el cambio, el empoderamiento cívico de las y los ciudadanos, además de sugerir modificaciones en las estructuras y procedimientos institucionales orientados a favorecer la participación ciudadana en los espacios públicos, los cuales serán puestos a consideración de la DECEYEC, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica. Y,
8)    Contribuir en la capacitación de quienes intervengan en el Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación con el propósito de potenciar su conocimiento y utilización.
20.   Con la finalidad de que en las representaciones que designen las instituciones se garantice la participación de mujeres, las instituciones enviarán la propuesta de designación a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y de Educación Cívica; quien deberá verificar que por lo menos tres titulares sean mujeres, en caso contrario, realizará las acciones tendientes para que alguna de las instituciones proponga a una mujer como titular para la anualidad de que se trate.
Con base en lo anterior, el Consejo General emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba la integración del Comité Técnico de Seguimiento para el acompañamiento en el diseño e implementación del Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación de la ENCCÍVICA.
SEGUNDO. El Comité Técnico de Seguimiento a que hace referencia el punto anterior estará integrado por representantes de las instituciones académicas siguientes:
·   Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey
·   Instituto Tecnológico Autónomo de México
·   Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México
 
·   El Colegio de México
·   Centro de Investigaciones y Docencia Económicas
·   Universidad de Guadalajara
·   El Colegio de la Frontera Norte
TERCERO. Las instituciones académicas designarán a sus académicos/as especialistas (titular y suplente) que participen en el Comité Técnico de Seguimiento, que tendrá las funciones que han quedado establecidas en el punto 19 de la parte considerativa de este acuerdo.
CUARTO. El período de actividades del Comité Técnico iniciará con la aprobación del presente Acuerdo y concluirá el 31 de diciembre de 2023.
QUINTO. La DECEYEC como Secretaría Técnica del Comité, formulará a dicho Comité los requerimientos del Instituto relativos al Sistema de Monitoreo, Evaluación y Seguimiento y proveerá en todo momento el apoyo e información necesaria a sus integrantes, para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
SEXTO. El Comité Técnico deberá sesionar de forma periódica en modalidad presencial y/o a distancia de manera virtual y, a través de la DECEYEC, informará de sus labores a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica, a la JGE y al Consejo General. El Comité Técnico y su Secretaría Técnica acordarán un cronograma de actividades para cada año, así como las características, herramientas y tecnologías de comunicación e intercambio de información.
SÉPTIMO. Para facilitar la operación del Comité en el Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica, las y los integrantes de dicho Comité podrán establecer criterios, recomendaciones y proyectos de trabajo para su adecuada instrumentación y para una mayor participación de los actores estratégicos, los cuales serán puestos a consideración de la DECEYEC, informando en su momento a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
OCTAVO. El Comité Técnico, a través de la DECEYEC, presentará a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica, un informe de carácter anual sobre las actividades realizadas y de la operación del sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación y, en general, de los resultados que la implementación de la Estrategia esté arrojando.
NOVENO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que notifique su designación, así como el contenido del presente Acuerdo a las instituciones académicas que integrarán el Comité, a efecto que a la brevedad asuman las funciones que les han sido encomendadas.
DÉCIMO. La DECEYEC en su carácter de Secretaría Técnica deberá convocar a la brevedad a las y los integrantes del Comité Técnico de Seguimiento para la sesión de instalación, misma que de acuerdo con el presente Acuerdo puede realizarse de manera presencial y/o a distancia de manera virtual. Asimismo, las diferentes sesiones de este Comité podrán llevarse a cabo de manera virtual mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación que de común acuerdo establezcan el Comité y la Secretaría Técnica.
DÉCIMO PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por parte del Consejo General.
DÉCIMO SEGUNDO. Las y los integrantes el Comité Técnico desempeñarán sus funciones y realizarán sus actividades de forma honorífica, por lo que no recibirán gratificación alguna por parte del INE.
DÉCIMO TERCERO. Publíquese...
El Acuerdo completo se encuentra disponible para su consulta en la dirección electrónica: https://www.ine.mx/tercera-sesion-extraordinaria-del-consejo-general-07-de-septiembre-de-2020/
Página DOF: www.dof.gob.mx/2020/INE/CGext202009_07_ap_2.pdf
 
Ciudad de México, 7 de septiembre de 2020.- El Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Roberto Heycher Cardiel Soto.- Rúbrica.
 

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