DOF: 25/11/2020
ACUERDO mediante el cual se da a conocer el domicilio oficial temporal de la sede central del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral

ACUERDO mediante el cual se da a conocer el domicilio oficial temporal de la sede central del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

ALFREDO DOMÍNGUEZ MARRUFO, con fundamento en los artículos 590-A, 590-B y 590-C de la Ley Federal del Trabajo; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 19-B de la Ley Federal de Derechos; 4 y 22 fracción VI de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral; y 15 fracción XX del Estatuto Orgánico del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral; con el objetivo de brindar certeza y seguridad jurídica a los interesados, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL DOMICILIO OFICIAL TEMPORAL DE LA
SEDE CENTRAL DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL
ÚNICO. Se informa a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, así como al público en general; que para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar, a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, el domicilio oficial temporal de la Sede Central del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, es el ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos número 1968, Colonia Los Alpes, en la Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01010, en la Ciudad de México, en un horario de atención al público en general de 09:00 a 18:00 horas en días hábiles.
Ubicándose las oficinas del Centro en el domicilio antes señalado, como se indica: La Dirección General; la Coordinación General de Registro de Asociaciones; y la Coordinación General Territorial en el PH; la Coordinación General de Desarrollo Institucional; la Coordinación General de Conciliación Individual y la Coordinación General de Conciliación Colectiva en el piso uno; la Coordinación General de Registro de Contratos Colectivos en el piso dos, la Coordinación General de Verificación en el piso ocho; la General de Asuntos Jurídicos en el piso cuatro; y la Coordinación General de Administración y Finanzas en el piso siete.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los dieciocho días del mes de noviembre de 2020.- El Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, Alfredo Domínguez Marrufo.- Rúbrica.
(R.- 500782)
 

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