DOF: 25/11/2020
ACUERDO por el que se aprueban las reformas al Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía

ACUERDO por el que se aprueban las reformas al Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno.

La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52 y 77 fracción IX de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y 5 fracción IX del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS REFORMAS AL
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA
ÚNICO.- Se reforma el inciso d) de la fracción VII del artículo 3, la fracción VIII del artículo 11, las fracciones I, X y XVI del artículo 38, las fracciones I, IV y V del artículo 39, las fracciones I y II del artículo 40, las fracciones I y V del artículo 40 Bis, la fracción XII del artículo 41, la fracción XX del artículo 42, el artículo 45, el último párrafo del artículo 46; Se adicionan las fracciones XVIII Bis, XVIII Ter y XVIII Quáter al artículo 23 Bis, la fracción I Bis del artículo 39, la fracción I Bis y XV Bis del artículo 40 Bis, las fracciones XII Bis y XX Bis al artículo 41, la fracción XX Bis del artículo 42, las fracciones XXIV Bis y XXIV Ter del artículo 43; Se deroga la fracción X del artículo 39, las fracciones III y IV del artículo 40 Bis, todos ellos del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 3.- ...
VII.      ...
          a) ...
          b) ...
          c) ...
          d) Dirección General Adjunta de Apoyo Normativo y Administración de Riesgos.
ARTÍCULO 11.- ...
VIII.     Coordinar la elaboración de proyectos de disposiciones normativas relacionados con el ámbito de competencia de la Unidad Administrativa a su cargo, y someterlos a la consideración del Presidente del Instituto y de la Junta de Gobierno, en términos de la normativa aplicable;
ARTÍCULO 23 Bis.- ...
XVIII    Bis. Desarrollar conceptos y definiciones para mantener actualizado el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte México, así como las clasificaciones de productos asociadas a dicho Sistema, que contribuyan a la elaboración de nomenclaturas, abreviaturas, identificadores, directorios, símbolos, y demás elementos que permitan garantizar la homogeneidad y comparación de la información económica desde la captación y procesamiento de ésta, hasta la etapa de su presentación y publicación;
XVIII    Ter. Proporcionar de manera periódica información, generada dentro de su ámbito de competencia, con el objeto de alimentar el Sistema de Cuentas Nacionales;
XVIII    Quáter. Llevar a cabo actividades relacionadas con la vinculación y conciliación de estadísticas económicas de su competencia, considerando información nacional y extranjera, proporcionada por instituciones públicas y privadas, con el objeto de detectar y cuantificar las diferencias, así como explicar las causas de las discrepancias entre los datos, para contribuir a la medición de la actividad económica en su conjunto;
...
ARTÍCULO 38.- ...
I.        Coordinar la estrategia de vinculación acordada con el Presidente, entre el Instituto y los poderes ejecutivo y legislativo, organismos autónomos, medios de comunicación, sector privado, sector académico y organismos no gubernamentales, así como con organismos internacionales, para fortalecer las relaciones institucionales con dichos sectores, promover el desarrollo del Sistema y fomentar la cultura estadística y geográfica;
...
X.       Dirigir y coordinar la estrategia de fomento a la cultura estadística y geográfica;
 
...
XVI.     Proponer las disposiciones normativas en materia del Servicio Público de Información, datos abiertos, atención a usuarios, detección de necesidades de información, difusión, vinculación institucional, comunicación, identidad institucional y de fomento a la cultura estadística y geográfica, y supervisar su aplicación;
...
ARTÍCULO 39.- ...
I.         Coordinar las acciones de comunicación externa del Instituto encaminadas al desarrollo del Sistema, al posicionamiento del Instituto y al fomento a la cultura estadística y geográfica;
I Bis.   Diseñar y producir contenidos y materiales gráficos y audiovisuales, para implementar la estrategia de comunicación externa del Instituto, así como en apoyo a los operativos del Instituto y al programa de fomento a la cultura estadística y geográfica;
...
IV.       Diseñar campañas de comunicación en medios tradicionales y digitales para implementar la estrategia de comunicación externa del Instituto;
V.       Coordinar las acciones de comunicación social del Instituto, así como capacitar a los representantes de los medios de comunicación en el uso y aprovechamiento de los productos y servicios que ofrece el Instituto, en términos de lo dispuesto en la Estrategia Anual de Comunicación Social y en la estrategia de fomento a la cultura estadística y geográfica;
...
X.       Se Deroga;
...
ARTÍCULO 40.- ...
I.         Coordinar las acciones de vinculación del Instituto con los Poderes Ejecutivo y Legislativo, organismos autónomos, sector privado, sector académico y organismos no gubernamentales, con la finalidad de desarrollar el Sistema; fomentar la cultura estadística y geográfica y fortalecer las relaciones institucionales con dichos sectores;
II.        Fungir como enlace del Instituto ante los Poderes Ejecutivo y Legislativo, organismos autónomos, sector privado, sector académico y organismos no gubernamentales a nivel federal, para atender los temas relacionados con el ámbito de competencia de la Unidad Administrativa de su adscripción;
...
ARTÍCULO 40 Bis.- ...
I.        Coordinar y dirigir las acciones para la prestación del Servicio Público de Información, la difusión de la información estadística y geográfica que produce e integra el Instituto, así como para la elaboración de la estrategia y el programa de fomento a la cultura estadística y geográfica, con la finalidad de promover el Sistema y facilitar la accesibilidad de la información.
I Bis.   Coordinar el diseño de las disposiciones normativas en materia del Servicio Público de Información, datos abiertos, atención a usuarios, detección de necesidades de información y fomento a la cultura estadística y geográfica;
II.        ...
III.       Se deroga;
IV.       Se deroga;
V.       Coordinar las acciones de detección de necesidades; atención a usuarios; y fomento a la cultura estadística y geográfica en el ámbito estatal, en colaboración con la Coordinación General de Operación Regional;
...
XV Bis. Fomentar la cultura estadística y geográfica, a través de los productos y servicios educativos que
brinda la Secretaría de Educación Pública;
...
ARTÍCULO 41.- ...
XII.      Coordinar los servicios de apoyo a la Junta de Gobierno, al Presidente y a las Unidades Administrativas del Instituto, para el análisis de los proyectos de disposiciones normativas de su competencia, la integración de diagnósticos normativos y la generación de propuestas para contribuir a la mejora, actualización y sistematización del marco normativo del Instituto, en términos de las disposiciones aplicables;
XII Bis.Coordinar las acciones para el registro, difusión y promoción de las disposiciones normativas que expida la Junta de Gobierno, el Presidente y las Unidades Administrativas del Instituto; así como, para el cumplimiento de las disposiciones aplicables al Instituto en materia de mejora regulatoria.
...
XX Bis. Proponer y coordinar las acciones que permitan la implementación, desarrollo y fortalecimiento del control interno, la administración de riesgos, la continuidad de las operaciones y la documentación de los procesos del Instituto;
...
ARTÍCULO 42.- ...
...
XX.      Aplicar las penas convencionales a cargo de los proveedores, contratistas y compradores por el incumplimiento en los contratos de su responsabilidad;
XX Bis. Dar atención y seguimiento a las acciones previstas en el Programa Institucional de Igualdad de Género correspondiente y promover las mismas entre las Unidades Administrativas, y
...
ARTÍCULO 43.- ...
...
XXIV    Bis Dar seguimiento al cumplimiento de las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales y las acciones competencia de la Unidad de Transparencia del Instituto;
XXIV    Ter Dar seguimiento a las acciones ordenadas por el Comité de Transparencia en términos de lo establecido por las disposiciones normativas aplicables y vigilar el adecuado cumplimiento de los acuerdos adoptados por dicho órgano colegiado;
ARTÍCULO 45.- La Dirección General Adjunta de Apoyo Normativo y Administración de Riesgos, contará con las atribuciones específicas siguientes:
I.        Promover, coordinar y asesorar la implantación y mejora continua del control interno institucional;
II.        Coordinar la implementación de estrategias y acciones para la Administración de riesgos en el Instituto, así como la implementación de las acciones y mecanismos para la continuidad de las operaciones institucionales, conforme a las disposiciones aplicables;
III.       Apoyar las acciones que en materia de riesgos, sean acordadas en el seno del Comité de Administración de Riesgos en términos de lo dispuesto por las disposiciones normativas aplicables;
IV.      Fomentar y coordinar la realización de acciones para fortalecer una cultura de respeto a la legalidad, así como el cumplimiento normativo y el comportamiento ético entre los servidores públicos del Instituto, en coordinación con las instancias competentes;
V.       Apoyar las acciones a realizar por el Comité de Ética en términos de lo dispuesto por las disposiciones normativas aplicables y vigilar el adecuado cumplimiento de los acuerdos adoptados por dicho Órgano Colegiado;
VI.      Dirigir los servicios de apoyo para el análisis de los proyectos de disposiciones normativas internas, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones aplicables;
VII.      Plantear acciones para la mejora y sistematización del marco normativo institucional, incluyendo la integración de diagnósticos normativos;
 
VIII.     Coordinar la publicación de las disposiciones que conforman el marco normativo del Instituto en la herramienta institucional establecida para tal efecto, así como definir las acciones y mecanismos para su promoción y divulgación;
IX.      Coordinar el registro de las disposiciones normativas que sean emitidas por las Unidades Administrativas;
X.       Emitir recomendaciones a las Unidades Administrativas para contribuir a la mejora, actualización y sistematización del marco normativo institucional, así como para la documentación de los procesos a su cargo;
XI.       Asesorar a las Unidades Administrativas en la documentación de los procesos institucionales a su cargo, conforme a las mejores prácticas en la materia;
XII.      Formular a las Unidades Administrativas solicitudes de información y documentación para el cumplimiento de las atribuciones a su cargo;
XIII.     Suscribir y dar seguimiento a los contratos y convenios, y sus modificaciones, que afecten el presupuesto de la Dirección General de Administración, en el ámbito de su competencia, vigilar su cumplimiento y autorizar su finiquito; en su caso dictaminar sobre la terminación anticipada o rescisión de los mismos;
XIV.     Aplicar las penas convencionales a cargo de los proveedores, contratistas y compradores por el incumplimiento en los contratos de su responsabilidad, y
XV.     Las facultades que expresamente le otorga a su Titular el artículo 13 de este Reglamento.
ARTÍCULO 46.- ...
...
Para el desahogo de las atribuciones que este numeral confiere a la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, el Titular de la misma contará con el auxilio de la Dirección de Consultoría Jurídica, la Dirección de Asuntos Contenciosos y la Dirección de Normatividad y Seguimiento a Junta de Gobierno, en quienes podrá delegar aquéllas que correspondan a su respectivo ámbito de competencia determinado en su correspondiente Manual de Organización, sin perjuicio de su ejercicio directo por el Titular de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos. Para el cumplimiento de sus atribuciones en el ámbito territorial coordinará las áreas de apoyo jurídico con que cuenten las Direcciones Regionales y Coordinaciones Estatales.
Transitorios
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- A partir de la fecha señalada en el Transitorio Primero, los asuntos en trámite se continuarán substanciando por las Unidades Administrativas a que hacen referencia las presentes reformas y de conformidad con las atribuciones y facultades conferidas.
TERCERO.- La Dirección General de Administración del Instituto realizará las acciones necesarias para que los recursos humanos, financieros y materiales asignados a las Unidades Administrativas que por virtud de las presentes reformas al Reglamento se modifican, sean transferidos a las Unidades Administrativas que correspondan en los términos del mismo y de conformidad con la normatividad administrativa aplicable, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria del Instituto.
CUARTO.- Las referencias que en diversas disposiciones administrativas se realicen a la Dirección General Adjunta de Administración de Riesgos y Transparencia, deben entenderse hechas a la Dirección General Adjunta de Apoyo Normativo y Administración de Riesgos.
El presente Acuerdo se aprobó en términos del Acuerdo No. 10ª/IV/2020, aprobado en la Décima Sesión 2020 de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, celebrada el diez de noviembre de dos mil veinte.- Presidente, Julio Alfonso Santaella Castell.- Vicepresidentes, Enrique de Alba Guerra, Paloma Merodio Gómez, Adrián Franco Barrios y Enrique Jesús Ordaz López.
Ciudad de México, a 11 de noviembre de 2020.- Hace constar lo anterior el Coordinador General de Asuntos Jurídicos, Jorge Ventura Nevares, en ejercicio de la atribución que le confiere lo dispuesto por la fracción IV, del artículo 46 del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Rúbrica.
 
(R.- 500827)
 

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