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DOF: 17/12/2020
ACUERDO por el que se da a conocer el formato que deberán usar los interesados, para realizar el trámite de aprobación de personas acreditadas para evaluar la conformidad de las normas oficiales mexicanas de eficiencia energética

ACUERDO por el que se da a conocer el formato que deberán usar los interesados, para realizar el trámite de aprobación de personas acreditadas para evaluar la conformidad de las normas oficiales mexicanas de eficiencia energética.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL FORMATO QUE DEBERÁN USAR LOS INTERESADOS, PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE APROBACIÓN DE PERSONAS ACREDITADAS PARA EVALUAR LA CONFORMIDAD DE LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA.
ODÓN DEMOFILO DE BUEN RODRÍGUEZ, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee), con fundamento en los artículos 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6, 7 fracción V, 8 fracciones IV, V, XIV y XV, 43, 44 y 46 de Ley General de Mejora Regulatoria; 17, 18, fracciones I, IV y V, y 36 fracción IX de la Ley de Transición Energética; 55 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 79 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 apartado F, fracción II, 8, fracciones XIV, XV y XXX, 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; Artículo Único del Acuerdo por el que se Delegan en el Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de julio de 2014, y
CONSIDERANDO
Que la Ley General de Mejora Regulatoria, establece las bases para llevar a cabo la mejora regulatoria sistemática de los trámites que aplica la Administración Pública Federal;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, señala en su numeral III Economía, Objetivo 3.5 establecer una política energética soberana, sostenible, baja en emisiones y eficiente para garantizar la accesibilidad, calidad y seguridad energética, que el sector energético se plantea como una de las palancas estratégicas para impulsar el desarrollo económico de México y que esta medida impulsará el aprovechamiento sustentable de la energía en el país, como un elemento estratégico que fortalezca las políticas de seguridad energética durante los próximos años.
Que el artículo 55 de la Ley de Infraestructura de la Calidad señala que, una vez obtenida la acreditación, las personas interesadas en operar como Organismos de Evaluación de la Conformidad para la Evaluación de la Conformidad de Normas Oficiales Mexicanas, deberán de presentar la solicitud de aprobación ante la Autoridad Normalizadora de que se trate.
Que en el Programa de Mejora Regulatoria 2019-2020, se incluyó la desregulación del trámite CONUEE-00-001 Aprobación de personas acreditadas para la evaluación de la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas de Eficiencia Energética, por lo que se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL FORMATO QUE DEBERÁN USAR LOS INTERESADOS,
PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE APROBACIÓN DE PERSONAS ACREDITADAS PARA EVALUAR LA
CONFORMIDAD DE LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
ARTICULO ÚNICO.- Para conocimiento de los interesados en aprobarse como organismo de evaluación de la conformidad (laboratorios de prueba, organismos de certificación y unidades de inspección) en alguna de las normas oficiales mexicanas de eficiencia energética se expide el formato de solicitud del trámite CONUEE-00-001 Aprobación de personas acreditadas para la evaluación de la conformidad de normas oficiales mexicanas de eficiencia energética; el cual se encuentran en el anexo del presente Acuerdo y cuyo uso será obligatorio en la fecha de entrada en vigor del mismo.
TRANSITORIO
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se abroga el Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán usar los interesados, para realizar el trámite de aprobación de personas acreditadas para evaluar la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas de eficiencia energética, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2008.
Anexo
Secretaría de Energía
Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía
Solicitud de aprobación de organismos para la evaluación de la conformidad de Normas Oficiales Mexicanas de eficiencia energética
Homoclave del formato
 
Fecha de publicación en el DOF
CONUEE-00-001
 
/ /
 
 
 
Folio (uso exclusivo de la Conuee)
 
Fecha de recepción (uso exclusivo de la Conuee)
 
 
/ /
DD / MM / AAAA
 
Antes de llenar este formato lea el instructivo de llenado.
La captura de todos los datos es obligatoria para el proceso de la solicitud de aprobación (sólo se permite omitir la información cuando exista una indicación al respecto)
·     Laboratorios de prueba
(LP)
·      Unidades de
inspección (UI)
·  Organismos de
certificación (OC)
 
 
I. Datos generales
Nombre o razón social:
CURP (solo en caso de ser persona física):
RFC:
Domicilio
Calle:
Número exterior:
Número Interior (opcional):
Colonia:
Localidad (opcional):
Código postal:
Municipio, Alcaldía o Demarcación territorial:
Estado:
Entre que calles (opcional):
Teléfono fijo:
Extensión (opcional):
Teléfono móvil:
Correo electrónico:
Correo electrónico de respaldo (opcional):
 
II. Información y datos específicos
Indicar la materia a la que pertenece su acreditación:
 
Norma(s) Oficial(es) Mexicana(s) de eficiencia energética en la(s) que solicita la aprobación:
1.-
2.-
3.-
4.-
5.-
Nota: Utilizar los números necesarios
 
 
Exclusivamente para las solicitudes de aprobación de Laboratorios de Prueba, describir las pruebas establecidas en las NOM-ENER
Pruebas
NOM-ENER e incisos
1.-
 
2.-
 
3.-
 
4.-
 
Nota: Utilizar los números necesarios
Si el formato de aprobación corresponde a Unidades de Inspección, señalar el "Tipo" que se le otorgó en su acreditación:
                   Tipo A                              Tipo B                               Tipo C
 
III. otras actividades o declaraciones
Especifique cualquier otra actividad que desempeñe actualmente, diferente al alcance de la aprobación:
 
 
IV. Datos del representante autorizado
Nombre del representante autorizado:
 
Cargo o puesto que ocupa dentro de la organización:
 
 

Declaro bajo protesta de decir verdad que los datos contenidos en la presente solicitud son ciertos.

Acepto que los datos personales que se recaben sean utilizados en actividades complementarias para la realización de la finalidad que se señalan; así como, para fines distintos que resulten compatibles o complementarios relacionados con el trámite de la aprobación de los OEC.
 
Sin no desea que sus datos personales se utilicen para estas finalidades adicionales, sea tan amble de manifestar su voluntad en sentido contrario:
 
 
Instructivo de llenado
Consideraciones generales para su llenado:
      Este formato se debe llenarse en línea.
      Sólo se reciben las solicitudes debidamente requisitadas.
      Los campos destinados para uso exclusivo de la Conuee se determinan de la manera siguiente:
A)   Folio: seguido de la letra A, B o C (A, para Laboratorios de prueba; B, para Unidades de Inspección y C para Organismos de certificación), seguido de un número consecutivo para cada OEC, seguido de "/" y finalmente seguido de las dos cifras finales del año correspondiente.
B)   Fecha de recepción: se determina cuando la solicitud ha sido aceptada por el área de evaluación de la conformidad de la Conuee. (Solicitud debidamente llenada que incluye los documentos anexos).
Trámite al que corresponde el formato: (La solicitud se realiza exclusivamente en línea)
CONUEE-00-001 Solicitud de aprobación de organismos para la evaluación de la conformidad de Normas Oficiales Mexicanas de eficiencia energética.
Número del Registro Federal de Trámites y Servicios: CONUEE-00-001
Fecha de autorización de la forma por parte de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria:
Fundamento jurídico Administrativo:
17, 18, 36 fracción IX y 120 de la Ley de Transición Energética. (DOF 24/12/2015)
Artículo 55 de la Ley de Infraestructura de la Calidad. (DOF 01/07/2020)
Artículo 79 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. (DOF 14/01/1999 y sus reformas) o artículo que lo sustituya del Reglamento de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
 
 
2 apartado F, fracción II, 8, fracciones XIV, XV y XXX, 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía. (DOF 31/10/2014)
ACUERDO por el que se delegan en el Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, las facultades que se indican. (DOF 21/07/2014)
Documentos anexos (escaneados):
1.   Acreditación (vigente) en las Normas Oficiales Mexicanas de eficiencia energética, otorgada por la entidad de acreditación. (Debe contener el detalle del alcance acreditado).
2.   Documento que lo acredite como representante autorizado del OEC.
3.   Documentos que comprueben el cumplimiento del artículo 55 de la LIC.
Tiempo de respuesta:
12 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.
Quejas:
Órgano Interno de Control de la Secretaría de Energía
Tel. 55 5000 6000 Ext. 1012
Correo electrónico: oic@energia.gob.mx
Atención de consultas para realizar el trámite:
55 3000 1000 Ext. 1319, 1228, 1161 y 1267.
Correos electrónicos: norma.morales@conuee.gob.mx,
antonio.garrido@conuee.gob.mx,
alberto.lopez@conuee.gob.mx o
rafael.nava@conuee.gob.mx
 
Términos y condiciones
 
Avisos de privacidad:
La Conuee a través de la Dirección de Normatividad en Eficiencia Energética (DNEE), es responsable del uso, tratamiento y protección de los datos personales recabados a través de este trámite que usted realice por medio electrónico, observando para ello lo previsto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPSO) y demás normativa que resulte aplicable.
¿Qué datos personales se recaban y con qué finalidad?
Los datos personales que se recaben serán utilizados para las siguientes finalidades:
·  Verificar y confirmar su identidad, así como la autenticidad de la información que nos proporción, para contar con un registro que permita identificar con precisión quien solicita el trámite.
·  Acreditar los requisitos necesarios para proveer el trámite que solicita la DNEE de la Conuee.
·  Integrar expedientes y base de datos necesarios motivo del otorgamiento de la aprobación, así como las obligaciones que se deriven del mismo.
·  Mantener una base histórica con los fines estadísticos.
De conformidad con el trámite o servicio que solicita, se utilizará de manera enunciativa más no limitativa los siguientes datos personales.
·  Datos de identificación personal, nombre, denominación o razón social, domicilio, teléfono (fijo y móvil), correo electrónico, registro federal de contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP).
De manera adicional los datos personales que se recaben, podrán ser utilizados en actividades complementarias para la ejecución de los objetivos que se señalan; el tratamiento de datos personales será el que resulte necesario, adecuado y relevante en relación con las finalidades previstas en este aviso de privacidad, así como para fines distintos que resulten compatibles o complementarios relacionados con el trámite de la aprobación de los OEC.
Sin no desea que sus datos personales se utilicen para estas finalidades adicionales, al momento de su registro deberá manifestar su voluntad en sentido contrario. Esto no será motivo ni condicionante para resolver sobre el trámite que se está solicitando.
Fundamento para el tratamiento de los datos personales.
La Conuee dará el trato a los datos personales que se recaben a través del sistema con fundamento en los artículos 16,18, 21, 22, 25, 26 y 65 de la LGPDPSO.
Transferencia de datos personales.
Sus datos personales no serán transmitidos, difundidos ni distribuidos, salvo lo señalado en el artículo 22 de la LGPDPSO o en el caso que exista consentimiento expreso de su parte por medio escrito o por un medio de autenticación similar. Sólo tendrá acceso a esta información el titular de los datos, sus representantes legales y los servidores públicos facultados para ello.
Para conocer mayor información sobre los términos y condiciones en que serán tratados sus datos personales, y la forma en que deberá ejercer sus derechos, puede consultar el "aviso de privacidad integral" en la página: https://www.gob.mx/conuee/acciones-y-programas/aviso-de-privacidad-integral-175514
 
 
Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2020.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, Odón Demófilo de Buen Rodríguez.- Rúbrica.

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