DOF: 24/11/2023
ACUERDO que modifica al diverso por el que se suspende el cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de p

ACUERDO que modifica al diverso por el que se suspende el cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria de Economía, con fundamento en los artículos 34, fracciones I y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., fracción III, 5o., fracción III, 6o., 17 y 27 de la Ley de Comercio Exterior, y 5, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el 24 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se suspende el cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia (Acuerdo);
Que el 24 de noviembre de 2022 se publicó en el DOF el Acuerdo que modifica al diverso por el que se suspende el cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, mediante el cual se amplía la vigencia del Acuerdo hasta el 24 de noviembre de 2023;
Que las condiciones que dieron origen a la emisión del Acuerdo aún se encuentran presentes, aunado a que el Gobierno de México continúa implementando estrategias que permitan equilibrar los efectos de la tendencia inflacionaria y evitar la caída en el consumo de los hogares mexicanos, se estima necesario prorrogar su vigencia por un año más, y
Que en virtud de lo antes señalado y en cumplimiento a lo establecido por la Ley de Comercio Exterior, las disposiciones a las que se refiere el presente instrumento cuentan con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, por lo que se expide el siguiente:
ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE SUSPENDE EL COBRO DE LAS CUOTAS
COMPENSATORIAS IMPUESTAS A LAS IMPORTACIONES DE SULFATO DE AMONIO ORIGINARIAS
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA,
INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA
Único. Se reforma el artículo Primero Transitorio del Acuerdo por el que se suspende el cobro de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de sulfato de amonio originarias de los Estados Unidos de América y de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de mayo de 2022 y su posterior modificación, para quedar como sigue:
"PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y concluirá su vigencia el 24 de noviembre de 2024".
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 22 de noviembre de 2023.- La Secretaria de Economía, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.
 

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