CONVENIO Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco CONVENIO Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco. CONVENIO ESPECFICO EN MATERIA DE MINISTRACIN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVS DE LA SECRETARA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARA", POR CONDUCTO DEL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIN Y PROMOCIN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGA; LA T.R. MARA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; EL DR. ARTURO GARCA CRUZ, SECRETARIO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES; EL DR. EDUARDO PESQUEIRA VILLEGAS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. JUAN LUIS GERARDO DURÁN ARENAS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL DR. ALFONSO PETERSEN FARAH, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PBLICO DESCENTRALIZADO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE JALISCO Y EL MTRO. HCTOR RAFAEL PREZ PARTIDA, SECRETARIO DE PLANEACIN, ADMINISTRACIN Y FINANZAS, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 15 de abril de 2013, "LA SECRETARA" y "LA ENTIDAD" celebraron el ACUERDO MARCO DE COORDINACIN, con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales, mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de "LA ENTIDAD" con "LA SECRETARA", en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO". II. De conformidad con lo establecido en la cláusula TERCERA de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos que al efecto se celebren serán suscritos por EL DR. ALFONSO PETERSEN FARAH, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PBLICO DESCENTRALIZADO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE JALISCO Y EL MTRO. HCTOR RAFAEL PREZ PARTIDA, SECRETARIO DE PLANEACIN, ADMINISTRACIN Y FINANZAS por parte de "LA ENTIDAD", y por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud por sí misma, o asistida por los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tiene adscritos, por parte de "LA SECRETARA". III. "LA SECRETARA" tiene dentro de sus objetivos la atención de los retos de la salud que enfrenta el país, a los cuales se han asociado metas estratégicas, líneas de acción y actividades que corresponden a las prioridades del sector salud para contribuir al logro de sus objetivos, y destaca, en materia de salud pública, el fortalecer e integrar las acciones de promoción de la salud, prevención y control de enfermedades, las cuales se concretan en 36 Programas de Acción Específicos, en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS". DECLARACIONES I. "LA SECRETARA" declara que: I.1. El Dr. Pablo Antonio Kuri Morales, en su carácter de Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 8, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como el Artículo nico, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, modificado por el diverso publicado en el citado órgano de difusión oficial el 12 de enero de 2015, cargo que se acredita con la copia fotostática del nombramiento, la cual se acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento. I.2. La Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de ejecución, coordinación, dirección, supervisión y evaluación de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. I.3. Las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los secretariados técnicos de los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se acompañan como parte del Anexo 1 del presente instrumento. I.4. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, a las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, les corresponde, entre otras atribuciones, proponer las políticas y estrategias nacionales de los programas de prevención y promoción de la salud; participar en el ámbito de sus respectivas competencias en la instrumentación del Sistema de Protección Social en Salud; promover la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; establecer los procedimientos para la instrumentación y operación de la Estrategia de Prevención y Promoción de la Salud; y proponer o definir los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad del material y los insumos utilizados en "LOS PROGRAMAS". I.5. Cada una de las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud cuentan con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento. I.6. Para los efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja número 7, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México. II. "LA ENTIDAD" declara que: 1. Que el Mtro. Héctor Rafael Pérez Partida, en su carácter de Secretario de Planeación, Administración y Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 1, 2, 3 fracción I, 4 fracción IV, 6 fracción I, 12 fracción II y 14 fracciones XX y XXXVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; los artículos sexto y octavo transitorios del decreto 24395/LX/13 por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, ambos ordenamientos del Estado de Jalisco; así como el artículo 9 fracciones XXV Y XLVIII del reglamento interior de la Secretaría de Finanzas; y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 19 de noviembre de 2014, expedido por el C. Gobernador del Estado de Jalisco, que en copia fotostática se adjunta al presente como Anexo 1 para formar parte integrante de su contexto. 2. Que el Dr. Alfonso Petersen Farah, Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 1o., 2o., 3o. fracciones I, II, V, VI, X y XI y 10, fracciones I y XI de la Ley del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco, y con la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 23 de octubre de 2017, expedido por el C. Gobernador del Estado de Jalisco, que en copia fotostática se adjunta al presente como Anexo 1 para formar parte integrante de su contexto. 3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son proponer, coordinar y supervisar la política en materia de asistencia social, apoyar los programas de servicios de salud, atención médica social, prevención de enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 3, apartado A, fracciones I, XIII y XIV de la Ley Estatal de Salud y en los artículos 1o., 3o., 9o. y 13 de la Ley General de Salud. 4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. Baeza Alzaga Número 107, Zona Centro, C. P. 44100, en Guadalajara, Jalisco. Expuesto lo anterior, toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, así como que dichas ministraciones se sujeten a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicha Ley se señalan, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio Específico tiene por objeto ministrar recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, así como insumos federales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con "LA SECRETARA", en términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en la ejecución de "LOS PROGRAMAS", que comprende la realización de intervenciones y el cumplimiento de metas de cada uno de ellos, a fin de permitir a "LA ENTIDAD" su adecuada instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de Prevención y Promoción de la Salud. En los Anexos 2, 3 y 5 del presente instrumento, se mencionan "LOS PROGRAMAS" en los que se aplicarán tales recursos y en el Anexo 4 se precisan los Programas-Indicadores-Metas que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARA", anexos que debidamente firmados por "LAS PARTES" forman parte del mismo. La ministración de recursos federales que efectúe "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" se realizará conforme a la tabla siguiente: No. | UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIN | CLAVE DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO | MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARA" (Pesos) | RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES | INSUMOS FEDERALES | TOTAL | 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | P018 | 3,599,372.00 | 0.00 | 3,599,372.00 | 3 | Alimentación y Actividad Física | U008 | 8,300,000.00 | 0.00 | 8,300,000.00 | Subtotal | | 11,899,372.00 | 0.00 | 11,899,372.00 | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL | 1 | Salud Mental | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | Subtotal | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES | 1 | Seguridad Vial | P018 | 480,000.00 | 0.00 | 480,000.00 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | P018 | 350,000.00 | 0.00 | 350,000.00 | Subtotal | | 830,000.00 | 0.00 | 830,000.00 | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | U009 | 2,234,450.00 | 0.00 | 2,234,450.00 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | P018, U009 | 1,623,581.00 | 69,043.00 | 1,692,624.00 | Subtotal | | 3,858,031.00 | 69,043.00 | 3,927,074.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | P016 | 866,000.00 | 0.00 | 866,000.00 | Subtotal | | 866,000.00 | 0.00 | 866,000.00 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | P020 | 6,549,999.16 | 0.00 | 6,549,999.16 | 2 | Salud Materna y Perinatal | P020 | 11,763,965.29 | 0.00 | 11,763,965.29 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | P020 | 1,621,699.42 | 0.00 | 1,621,699.42 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | P020 | 3,747,824.00 | 0.00 | 3,747,824.00 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | P020 | 3,730,353.00 | 926,413.90 | 4,656,766.90 | 6 | Igualdad de Género en Salud | P020 | 334,596.00 | 0.00 | 334,596.00 | Subtotal | | 27,748,436.87 | 926,413.90 | 28,674,850.77 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | P018, U009 | 42,633.00 | 326,221.63 | 368,854.63 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | U009 | 5,361,650.00 | 6,856,059.45 | 12,217,709.45 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | U009 | 469,290.00 | 0.00 | 469,290.00 | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | U009 | 266,610.60 | 0.00 | 266,610.60 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | U009 | 123,780.00 | 0.00 | 123,780.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | U008 | 890,652.31 | 0.00 | 890,652.31 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | U008 | 5,151,373.00 | 0.00 | 5,151,373.00 | 12 | Atención del Envejecimiento | U008 | 322,355.35 | 0.00 | 322,355.35 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | U009 | 92,371.50 | 0.00 | 92,371.50 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | P018 | 0.00 | 575,571.64 | 575,571.64 | 15 | Eliminación de la Lepra | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | U009 | 330,563.41 | 0.00 | 330,563.41 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | U009 | 243,210.16 | 0.00 | 243,210.16 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | U009 | 10,000.00 | 0.00 | 10,000.00 | Subtotal | | 13,304,489.33 | 7,757,852.72 | 21,062,342.05 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA | 1 | Vacunación Universal | E036 | 3,873,360.00 | 153,778,312.40 | 157,651,672.40 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | P018 | 2,703,982.00 | 0.00 | 2,703,982.00 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | P018 | 654,820.00 | 0.00 | 654,820.00 | Subtotal | | 7,232,162.00 | 153,778,312.40 | 161,010,474.40 | Total de recursos federales a ministrar a "LA ENTIDAD" | | 65,738,491.20 | 162,531,622.02 | 228,270,113.22 | La ministración de recursos presupuestarios federales que realice "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", se hará considerando la estacionalidad del gasto y, en su caso, el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF). Los recursos presupuestarios federales otorgados a "LA ENTIDAD" se considerarán devengados para "LA SECRETARA", a partir de que ésta realice la entrega de los mismos a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", no así para "LA ENTIDAD". SEGUNDA. MINISTRACIN.- Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, "LA SECRETARA", con cargo a su presupuesto, ministrará a "LA ENTIDAD" recursos federales, en carácter de subsidios, hasta por la cantidad de $228,270,113.22 (DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL CIENTO TRECE PESOS 22/100 M.N.), para la realización de las intervenciones y el cumplimiento de las metas que contemplan "LOS PROGRAMAS". Los recursos presupuestarios federales por un monto de $65,738,491.20 (SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO PESOS 20/100 M.N.), se radicarán a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARA". Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3 del presente instrumento. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", se obliga a ministrar los recursos a que se refiere el párrafo anterior a la Unidad Ejecutora, junto con los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que "LA SECRETARA" le radique dichos recursos, de conformidad con "EL ACUERDO MARCO". Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora al Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco. Los recursos presupuestarios federales ministrados, que después de radicados en la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos de este Convenio, serán considerados por "LA SECRETARA" como recursos ociosos, debiendo "LA ENTIDAD" proceder a su reintegro junto con sus rendimientos financieros al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días naturales siguientes en que lo requiera "LA SECRETARA". Dicho reintegro aplicará también en aquellos casos en que los recursos sean desviados para propósitos distintos a los autorizados en el presente instrumento. Los insumos federales que suministre "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", por un monto total de $162,531,622.02 (CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTIDS PESOS 02/100 M.N.), serán entregados directamente al Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco. Los insumos federales que no sean destinados en tiempo y forma a "LOS PROGRAMAS" señalados en el Anexo 5 de este Convenio Específico, serán considerados por "LA SECRETARA" como recursos ociosos, por lo que las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrán solicitar su devolución para reasignarlos. "LAS PARTES" convienen expresamente que los recursos presupuestarios federales e insumos federales otorgados en el presente Convenio Específico, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de ministraciones posteriores en el ejercicio en curso, ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operaciones inherentes a las obras y equipamientos, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo. TERCERA. VERIFICACIN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LA SECRETARA" y "LA ENTIDAD" convienen en sujetarse a lo siguiente: 1. "LA SECRETARA" verificará, por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", que los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico, sean destinados para fortalecer la integralidad de las acciones de prevención y promoción de la salud de "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal. 2. Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que "LA SECRETARA" se compromete a ministrar y suministrar, respectivamente, a "LA ENTIDAD", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca. 3. "LA SECRETARA", por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrá controlar, vigilar, supervisar, dar seguimiento y evaluar en todo momento las obligaciones que asume "LA ENTIDAD", así como la aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se le entregan en el marco del presente instrumento. 4. "LA SECRETARA", por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normativa vigente y, en su caso, suspenderá o cancelará las subsecuentes ministraciones de recursos presupuestarios federales, cuando éstos no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD", para los fines objeto del presente Convenio Específico, o bien, se haya aplicado en contravención a sus cláusulas, o a las de "EL ACUERDO MARCO". 5. "LA SECRETARA", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión a efecto de observar los avances de "LOS PROGRAMAS", estando obligada "LA ENTIDAD", a la entrega del formato de certificación del gasto que se obtenga del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, en adelante, "SIAFFASPE", así como a exhibir la documentación comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento. 6. Para el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a "LA ENTIDAD", "LA SECRETARA" ha implementado el "SIAFFASPE", como una herramienta informática, utilizada para apoyar la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados a "LA ENTIDAD". CUARTA. INDICADORES Y METAS.- Los recursos federales que ministre "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" se aplicarán en "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, a fin de alcanzar las metas con base en los indicadores que se establecen en el Anexo 4 del presente instrumento. QUINTA. APLICACIN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que ministre y suministre, respectivamente, "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD", serán destinados, ejercidos y aplicados en forma exclusiva en las intervenciones y cumplimiento de metas de acuerdo a los indicadores que contemplan "LOS PROGRAMAS", en términos de lo estipulado en la Cláusula Primera de este Instrumento. Los recursos presupuestarios federales, a que refiere el párrafo anterior, deberán ser ejercidos con cargo a las partidas de gasto autorizadas por las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", a través del "SIAFFASPE", en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio). Los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico no podrán desviarse hacia cuentas en las que "LA ENTIDAD" maneje otro tipo de recursos ni traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal. La alineación de los recursos presupuestarios del Ramo 33, Aportación Estatal y Otra, así como los de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, a que hace referencia el APNDICE del presente Convenio, no forman parte de los recursos federales ministrados por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente Convenio, ya que sólo se señalan para efectos informativos, por lo que el control, vigilancia y supervisión respecto de la aplicación, ejercicio y comprobación de dichos recursos, serán responsabilidad de quienes tienen a su cargo dichas fuentes de financiamiento. En consecuencia, la información de la distribución de los recursos referidos en el presente párrafo se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". Las contrataciones de personal que realice "LA ENTIDAD" con los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico, se deberán realizar aplicando los perfiles contenidos en el Catálogo Sectorial de Puestos, vigente, las disposiciones administrativas de contratación de personal que establezca la Dirección General de Recursos Humanos de "LA SECRETARA" y los aspectos técnicos que para la operación de "LOS PROGRAMAS" se establezcan en el "SIAFFASPE". SEXTA. DOCUMENTOS PARA EL EJERCICIO Y COMPROBACIN DE RECURSOS.- Los requisitos y especificaciones, para el ejercicio y comprobación de recursos ministrados a través del presente Convenio, establecidos en los Criterios para la Contratación de Personal con Recursos del Ramo 12, 2018, así como en los Criterios para la Comprobación del Gasto 2018, registrados en el "SIAFFASPE", son de carácter obligatorio para "LAS PARTES" y forman parte integrante del presente instrumento. SPTIMA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- "LAS PARTES" convienen en que los gastos administrativos que deriven del cumplimiento del presente instrumento jurídico, deberán ser realizados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios. OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- "LA ENTIDAD", adicionalmente a las obligaciones establecidas en "EL ACUERDO MARCO", deberá: I. Registrar en el Módulo de Presupuesto-Registro de la Recepción, del "SIAFFASPE", dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos ministrados por "LA SECRETARA", objeto del presente Convenio, el archivo electrónico, en formato PDF, el recibo del Comprobante Fiscal Digital por Internet, CFDI, con el cual acredite la recepción de dichos recursos. II. Aplicar la totalidad de los recursos presupuestarios federales e insumos federales a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio Específico, exclusivamente para coordinar su participación con "LA SECRETARA", en la ejecución de "LOS PROGRAMAS", con estricta sujeción a los índices, indicadores y metas señalados en el Anexo 4 del presente instrumento, por lo que se hace responsable del ejercicio, uso, aplicación y destino de los citados recursos federales. III. Entregar a "LA SECRETARA", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados que tienen a cargo cada uno de "LOS PROGRAMAS", los certificados del gasto que se obtengan del "SIAFFASPE", respecto de la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados, así como de los reintegros a la Tesorería de la Federación que realice "LA ENTIDAD", elaborados y validados por el titular del Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco, o por aquel servidor público en quien éste delegue dichas funciones, conforme a la normativa aplicable en "LA ENTIDAD". IV. Obtener la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio Específico, la cual deberá estar a nombre del Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco y cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como con los requisitos que establezcan los Criterios para la Comprobación del Gasto 2018 señalados en el "SIAFFASPE". Dicha documentación comprobatoria se deberá cancelar con la leyenda "Operado", y se identificará con el nombre de "LOS PROGRAMAS" en los que se haya efectuado el gasto haciéndose mención expresa a que dichas erogaciones corresponden al ejercicio fiscal 2018. V. Registrar en el Módulo de Registro de Comprobaciones del "SIAFFASPE", en formato PDF, la documentación comprobatoria y justificatoria del gasto, que soporta los certificados del gasto, generados a través del "SIAFFASPE", que se entreguen a las unidades administrativas y órganos desconcentrados. VI. Mantener bajo su custodia, a través del Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco, por lo menos 5 años posteriores a su expedición, la documentación comprobatoria original de carácter técnico, administrativo y operativo del cumplimiento de las metas a que hace referencia el Anexo 4 del presente instrumento, y en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que estas últimas llegaran a requerirle. VII. Mantener bajo su custodia, a través del Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco, por lo menos 5 años a partir de la fecha de su expedición, la documentación comprobatoria y justificatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, y en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que estas últimas llegaran a requerirle. VIII. Mantener bajo su custodia, a través del Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco, la documentación comprobatoria original de los insumos federales suministrados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARA" y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle. IX. Informar a "LA SECRETARA", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", mediante los formatos que se generan a través del Módulo Informes Trimestrales del "SIAFFASPE", y con los requisitos solicitados en dicho Módulo, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación de los tres primeros trimestres del ejercicio fiscal 2018 y a más tardar el 15 de marzo de 2019, el informe correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2018, sobre la aplicación, destino y resultados obtenidos de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados y suministrados, respectivamente, así como del avance de "LOS PROGRAMAS", incluyendo el cumplimiento de las intervenciones y metas con base en sus indicadores, a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados finales de las acciones realizadas para el cumplimiento de objeto del presente instrumento. X. Reportar de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. XI. Manejar adecuadamente el ciclo logístico para la conservación y distribución oportuna de los insumos federales que se le suministren con motivo de este instrumento. XII. Mantener en condiciones óptimas de operación, los sistemas de red de frío para el mantenimiento de los insumos y vigilar la vigencia de los insumos federales suministrados de aplicación directa a la población de su circunscripción territorial, evitando la caducidad de los mismos. XIII. Verificar que todos los procedimientos referentes a la remodelación, modificación, ampliación y equipamiento de los laboratorios de referencia epidemiológica que se realicen en "LA ENTIDAD" cumplan con lo dispuesto por las leyes, reglamentos, decretos, circulares y normas de las autoridades competentes en materia de salubridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal. XIV. Registrar como activos fijos, los bienes muebles que serán adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento, de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia de ejercicio, registro y contabilidad del gasto público gubernamental. XV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico, una vez devengados conforme al avance del ejercicio e informar de ello en la cuenta pública de la Hacienda Pública Estatal y en los demás informes que le sean requeridos, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que en su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación se sujetará a las disposiciones federales aplicables. XVI. Contratar con recursos de "LA ENTIDAD", y mantener vigentes las pólizas de seguros y de mantenimientos preventivo y correctivo de los bienes muebles que sean adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento. XVII. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de "LOS PROGRAMAS" y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con cargo a los recursos federales que se ministren con motivo del presente Convenio, con apego a los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, o bien, con cargo a los recursos del Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco de "LA ENTIDAD", de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en el "SIAFFASPE". XVIII. Entregar de manera mensual a la Dirección General de Recursos Humanos de "LA SECRETARA", los reportes de nómina del personal contratado con cargo a los recursos que se ministren con motivo del presente instrumento, de conformidad con los plazos y la vigencia establecidos en "LOS PROGRAMAS", los cuales deberán contener al menos: el nombre, Registro Federal de Contribuyentes, Clave nica de Registro de Población, código (de acuerdo al catálogo de puestos y tabulador de sueldos de las ramas médica, paramédica y grupos afines vigente), Clave nica de Establecimientos de Salud, fecha de ingreso, vigencia del contrato, detalle y resumen de percepciones, deducciones, percepción neta, quincena de pago. XIX. Mantener actualizados los indicadores de desempeño, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos. XX. Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de las metas para las que se destinan los recursos federales ministrados. XXI. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD". XXII. Publicar el presente Convenio Específico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD". XXIII. Difundir en su página de Internet "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y presupuestarios, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. XXIV. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a los plazos y requisitos previstos en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, los recursos presupuestarios federales ministrados que al 31 de diciembre de 2018 no hayan sido devengados. XXV. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales ministrados por "LA SECRETARA", e informar a las diferentes instancias fiscalizadoras, cuando así lo requieran, el monto y fecha de dicho reintegro. La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales erogados a que se refiere la fracción VI de esta Cláusula, será responsabilidad del Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco. NOVENA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARA".- "LA SECRETARA", por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", estará obligada a: I. Ministrar los recursos presupuestarios federales a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento de conformidad con el Anexo 3 de este Convenio Específico. II. Suministrar los insumos federales al Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco de "LA ENTIDAD", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento, de conformidad con lo establecido y detallado en el Anexo 5 de este Convenio Específico. III. Verificar que los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se ministren y suministren, respectivamente, no permanezcan ociosos y que sean destinados únicamente para "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio Específico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias de fiscalización federales. IV. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el objeto para el cual serán destinados los recursos presupuestarios federales ministrados. V. Proporcionar la asesoría técnica necesaria a "LA ENTIDAD" a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, en los tiempos y para la prestación de los servicios relacionados con las materias de salubridad general. VI. Practicar, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión y establecer mecanismos para asegurar la aplicación de los recursos federales ministrados y el cumplimiento del objeto del presente instrumento. VII. Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar, a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, a la Secretaría de la Función Pública, a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Contraloría Estatal o equivalente de "LA ENTIDAD", así como a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARA" y, ésta a su vez, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los casos en que: a) Se determine suspender o cancelar la ministración de los recursos presupuestarios federales objeto de este convenio y b) Se reintegre a la Tesorería de la Federación los recursos federales que se hayan ministrados a "LA ENTIDAD". VIII. Informar en la cuenta pública de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico. IX. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento. X. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento serán ministrados y suministrados, respectivamente, a "LA ENTIDAD" de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de verificación, control, evaluación y fiscalización a que hace referencia la Cláusula Décima del presente instrumento. XI. Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos presupuestarios federales e insumos federales. XII. Emitir a más tardar el 15 de marzo de 2019, mediante el formato que se genere a través del "SIAFFASPE" el Acta de Conciliación de Insumos. XIII. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a la Auditoría Superior de la Federación. XIV. Publicar el presente Convenio Específico en el Diario Oficial de la Federación. XV. Difundir en su página de Internet "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y presupuestarios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. DCIMA. ACCIONES DE CONTROL, VIGILANCIA, SUPERVISIN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos que ministre "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento no pierden su carácter federal, por lo que el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación, corresponderá a "LA SECRETARA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las instancias de fiscalización federales que correspondan en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación que, en coordinación con las instancias de fiscalización federales, realicen los órganos de fiscalización de "LA ENTIDAD" y se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto público federal. DCIMA PRIMERA. RELACIN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. DCIMA SEGUNDA. VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2018. DCIMA TERCERA. MODIFICACIONES AL CONVENIO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD". En caso de contingencias para la realización de "LOS PROGRAMAS" previstos en este instrumento, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas necesarias que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas acordadas serán formalizadas mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DCIMA CUARTA. CAUSAS DE TERMINACIN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en "EL ACUERDO MARCO". DCIMA QUINTA. CAUSAS DE RESCISIN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse administrativamente en su totalidad, o bien, de forma parcial, por cada una de las unidades administrativas u órganos desconcentrados en lo concerniente a "LOS PROGRAMAS" que les corresponda, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO". DCIMA SEXTA. OBLIGATORIEDAD DEL ACUERDO MARCO.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Específico, "LAS PARTES" convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente instrumento como si a la letra se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado a los dos días del mes de enero de dos mil dieciocho. ANEXO 1 CONVENIO ESPECFICO EN MATERIA DE MINISTRACIN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE "LA SECRETARA", Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, POR CONDUCTO DE "LA ENTIDAD". Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "LA SECRETARA". 1 | Dr. Pablo Antonio Kuri Morales | Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud | 2 | Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete | Director General de Promoción de la Salud | 3 | Dr. Cuitláhuac Ruiz Matus | Director General de Epidemiología | 4 | T.R. María Virginia González Torres | Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental | 5 | Dr. Arturo García Cruz | Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes | 6 | Dr. Eduardo Pesqueira Villegas | Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva | 7 | Dr. Jesús Felipe González Roldán | Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades | 8 | Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga | Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA | 9 | Dr. Juan Luis Gerardo Durán Arenas | Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia | Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "LA ENTIDAD". 1 | Dr. Alfonso Petersen Farah | Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco | 2 | Mtro. Héctor Rafael Pérez Partida | Secretario de Planeación, Administración y Finanzas | C. Pablo Antonio Kuri Morales, Presente. Enrique Peña Nieto, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, he tenido a bien nombrarlo Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud. México, Distrito Federal, a 11 de diciembre de 2012. Rúbrica. Nombramiento revisado conforme a lo dispuesto por el Artículo 43, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Lic. Alfonso Humberto Castillejos Cervantes Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal. Rúbrica. De conformidad a lo dispuesto por los artículos 27 fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 12 fracciones V y VI del Reglamento Interior de esta Secretaría de Gobernación, queda registrado con el número 56 a foja 3, del "Libro de Nombramientos de Servidores Públicos que designa el Ejecutivo Federal". México, D.F., 27 de diciembre de 2012. TITULAR DE LA UNIDAD DE GOBIERNO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTCULOS 12 LTIMO PÁRRAFO, 34 FRACCIN I Y 103 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARA DE GOBERNACIN. FIRMA LA DIRECTORA DE COORDINACIN POLTICA CON LOS PODERES DE LA UNIN, LIC. MARA DE LOS ÁNGELES ARGUETA SÁNCHEZ. Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. LD 069/2013 México, D.F., a 1° de marzo de 2013 NOMBRAMIENTO Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete PRESENTE Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y en los numerales 152, fracción I, inciso a) y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, he tenido a bien nombrarle, a partir de esta fecha DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-310-1-CFKC002-0000036-E-L-C, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las funciones y responsabilidades que a ese cargo correspondan. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. LD-296/2013 México, D.F., a 16 de julio de 2013 NOMBRAMIENTO C. Cuitláhuac Ruiz Matus PRESENTE Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso II y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, he tenido a bien nombrarle, a partir de esta fecha. DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-316-1-CFKA001-0000033-E-L-V, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las funciones y responsabilidades que a ese cargo correspondan. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. SSA-C-147 NOMBRAMIENTO C. MARA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES Presente Dr. José Ángel Córdova Villalobos, Secretario de Salud, tengo a bien nombrarle con el carácter de: SERVIDOR PBLICO DE CARRERA TITULAR EN EL PUESTO DE SECRETARIA TCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL Con el rango de Dirección General con código de puesto CFKC001, sujeto al Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, adscrito al Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud Mental a partir del 28 de enero de 2010. Lo anterior con fundamento en los artículos 10 fracción II y Tercero Transitorio de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 5 y Quinto Transitorio de su Reglamento y 7 Fracción XXIV, del Reglamento Interior vigente de la Secretaría de Salud. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" México, D.F., a 5 de marzo de 2010. Dr. José Ángel Córdova Villalobos Secretario de Salud Rúbrica. Nombramiento No. LD-039/2017 DR. ARTURO GARCA CRUZ PRESENTE Con fundamento en los artículos 2, apartado B, fracción XXI y 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, Fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarle TITULAR DEL SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-315-1-M1C026P-0000015-E-L-C, adscrito al Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes. Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 1 de abril de 2017. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" EL SECRETARIO DE SALUD DR. JOS RAMN NARRO ROBLES Rúbrica. Nombramiento No. LD-001/2017 DR. EDUARDO PESQUEIRA VILLEGAS PRESENTE Con fundamento en los artículos 2, apartado C, fracción II y 7, fracciones XV, XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarle DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva. Al aceptar la encomienda, Usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 3 de enero de 2017. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" EL SECRETARIO DE SALUD DR. JOS RAMN NARRO ROBLES Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en Ia Administración Pública Federal Nombramiento No. LD-302/2013 México, D.F., a 18 de julio de 2013 NOMBRAMIENTO C. Jesús Felipe González Roldán PRESENTE Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso II y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, he tenido a bien nombrarle, a partir de esta fecha. DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-O00-1-CFKC002-0000080-E-L-4, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las funciones y responsabilidades que a ese cargo correspondan. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. LD-008/2013 México, D.F., a 1° de febrero de 2013. NOMBRAMIENTO DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÑIGA Presente Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; en los numerales 152, fracción III, inciso a) y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, he tenido a bien nombrarle, a partir de esta fecha DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/ SIDA Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de libre designación, rango de Dirección General, código 12-K00-1-CFK002-0000022-E-L-C, adscrita a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las funciones y responsabilidades que a ese cargo corresponden. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud Rúbrica. Nombramiento No. LD-307/2016 DR. JUAN LUIS GERARDO DURÁN ARENAS PRESENTE Con fundamento en los artículos 2 apartado C, fracción IX y 7, fracciones XV, XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso II y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarle DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. Al aceptar la encomienda, Usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma. Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2016. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" EL SECRETARIO DE SALUD DR. JOS RAMN NARRO ROBLES Rúbrica. ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO. Guadalajara, Jalisco, 23 veintitrés de octubre de 2017 dos mil diecisiete. Con fundamento en los artículos 36 y 50 fracción IX de la Constitución Política; 1, 2, 3 fracción I y 4 fracciones V y XIV, 6 fracción 1, 8, y 12 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los anteriores ordenamientos de esta Entidad Federativa; y en ejercicio de las facultades que los mismos me confieren, tengo a bien designar al Ciudadano ALFONSO PETERSEN FARAH, como Secretario de Salud del Gobierno del Estado de Jalisco, con efectos a partir del día 24 veinticuatro de octubre del año en curso; quien antes de tomar posesión de ese cargo deberá rendir ante el suscrito la Protesta de Ley respectiva. Dense los avisos correspondientes. Así lo resolvió el Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco JORGE ARISTTELES SANDOVAL DAZ, ante el Ciudadano Secretario General de Gobierno ROBERTO LPEZ LARA, quien lo refrenda de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 de la Constitución Política, 6 fracción I, 8, 11 fracción III, 12 fracción I y 13 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ambas legislaciones de esta Entidad Federativa. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE JALISCO. JORGE ARISTTELES SANDOVAL DAZ. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO. ROBERTO LPEZ LARA. Rúbrica. ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO. Guadalajara, Jalisco, 23 veintitrés de octubre de 2017 dos mil diecisiete. Con fundamento en los artículos 36 y 50 fracción IX de la Constitución Política; 1, 2, 3 fracción II y 4 fracciones V y XIV, 49 fracción I, 52, 54 fracción II y 59 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los anteriores ordenamientos de esta Entidad Federativa; y en ejercicio de las facultades que los mismos me confieren, así como en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 6 fracción II y 10 de la Ley del Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud Jalisco", tengo a bien designar al Ciudadano ALFONSO PETERSEN FARAH, como Director General de dicho Organismo, con efectos a partir del día 24 veinticuatro de octubre del año en curso; quien antes de tomar posesión de ese cargo deberá rendir ante el suscrito la Protesta de Ley respectiva. Dense los avisos correspondientes. Así lo resolvió el Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco JORGE ARISTTELES SANDOVAL DAZ, ante el Ciudadano Secretario General de Gobierno ROBERTO LPEZ LARA, quien lo refrenda de conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 de la Constitución Política, 6 fracción I, 8, 11 fracción III, 12 fracción I y 13 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ambas legislaciones de esta Entidad Federativa. EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE JALISCO. JORGE ARISTTELES SANDOVAL DAZ. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO. ROBERTO LPEZ LARA. Rúbrica. ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO. Guadalajara, Jalisco, a 19 de Noviembre de 2014 dos mil catorce. Con fundamento en los artículos 36 y 50 fracción IX de la Constitución Politica; 1, 2, 4 fracción V, 6 fracción I, 8, 9 y 12 fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ambos ordenamientos de esta Entidad Federativa, y en uso de las facultades que los mismos me confieren, con efectos a partir de esta fecha, tengo a bien nombrar como SECRETARIO DE PLANEACIN, ADMINISTRACIN Y FINANZAS, de la Administración Pública Centralizada, al C. HCTOR RAFAEL PREZ PARTIDA, quien antes de asumir el cargo, deberá rendir ante el suscrito, la Protesta de Ley respectiva. Lo anterior, en virtud de la renuncia presentada por su anterior Titular y que fue aceptada este mismo día. Dénse los avisos correspondientes. Así lo resolvió el Ciudadano JORGE ARISTTELES SANDOVAL DAZ, Gobernador Constitucional del Estado, ante el C. ROBERTO LPEZ LARA, Secretario General de Gobierno del Estado de Jalisco, que autoriza y da fe. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO JORGE ARISTTELES SANDOVAL DAZ Rúbrica. EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO ROBERTO LPEZ LARA Rúbrica. ANEXO 2 Identificación de fuentes de financiamiento de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 3,599,372.00 | 0.00 | 3,599,372.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,599,372.00 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 8,300,000.00 | 0.00 | 8,300,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 8,300,000.00 | TOTALES | 11,899,372.00 | 0.00 | 11,899,372.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 11,899,372.00 | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Salud Mental | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | TOTALES | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Seguridad Vial | 480,000.00 | 0.00 | 480,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 480,000.00 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 350,000.00 | 0.00 | 350,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 350,000.00 | TOTALES | 830,000.00 | 0.00 | 830,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 830,000.00 | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2,234,450.00 | 0.00 | 2,234,450.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,234,450.00 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 1,623,581.00 | 0.00 | 1,623,581.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,623,581.00 | TOTALES | 3,858,031.00 | 0.00 | 3,858,031.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,858,031.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 866,000.00 | 0.00 | 866,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 265,154,130.44 | 20,247,151.31 | 285,401,281.75 | 286,267,281.75 | TOTALES | 866,000.00 | 0.00 | 866,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 265,154,130.44 | 20,247,151.31 | 285,401,281.75 | 286,267,281.75 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 0.00 | 6,549,999.16 | 6,549,999.16 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 6,549,999.16 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 0.00 | 11,763,965.29 | 11,763,965.29 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 11,763,965.29 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 555,227.42 | 1,066,472.00 | 1,621,699.42 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,621,699.42 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 0.00 | 3,747,824.00 | 3,747,824.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,747,824.00 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 0.00 | 3,730,353.00 | 3,730,353.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,730,353.00 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 334,596.00 | 0.00 | 334,596.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 334,596.00 | TOTALES | 889,823.42 | 26,858,613.45 | 27,748,436.87 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 27,748,436.87 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 42,633.00 | 0.00 | 42,633.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 42,633.00 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 5,361,650.00 | 0.00 | 5,361,650.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 5,361,650.00 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 469,290.00 | 0.00 | 469,290.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 469,290.00 | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 266,610.60 | 0.00 | 266,610.60 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 266,610.60 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 123,780.00 | 0.00 | 123,780.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 123,780.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 890,652.31 | 0.00 | 890,652.31 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 890,652.31 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 1,038,818.00 | 4,112,555.00 | 5,151,373.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 5,151,373.00 | 12 | Atención del Envejecimiento | 193,769.35 | 128,586.00 | 322,355.35 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 322,355.35 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 92,371.50 | 0.00 | 92,371.50 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 92,371.50 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 15 | Eliminación de la Lepra | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 330,563.41 | 0.00 | 330,563.41 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 330,563.41 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 0.00 | 243,210.16 | 243,210.16 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 243,210.16 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 0.00 | 10,000.00 | 10,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 10,000.00 | TOTALES | 8,810,138.17 | 4,494,351.16 | 13,304,489.33 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 13,304,489.33 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | 1 | Vacunación Universal | 0.00 | 3,873,360.00 | 3,873,360.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,873,360.00 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 0.00 | 2,703,982.00 | 2,703,982.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,703,982.00 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 0.00 | 654,820.00 | 654,820.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 654,820.00 | TOTALES | 0.00 | 7,232,162.00 | 7,232,162.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7,232,162.00 | GRAN TOTAL No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/ INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNSTICO | SUBTOTAL | TOTALES | 27,153,364.59 | 38,585,126.61 | 65,738,491.20 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 265,154,130.44 | 20,247,151.31 | 285,401,281.75 | 351,139,772.95 | NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán ministrados a través del Ramo 12. ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) RAMO 12 | NO. | UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIN | COMISIN NACIONAL DE PROTECCIN SOCIAL EN SALUD | SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS | SMS XXI INSUMOS | SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS TOTAL | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA | 2 | Salud Materna y Perinatal | 0.00 | 0.00 | 0.00 | NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE. ANEXO 3 Calendario de Ministraciones (Pesos) 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | Febrero | 3,599,372.00 | Subtotal de ministraciones | 3,599,372.00 | P018 / CS010 | 3,599,372.00 | Subtotal de programas institucionales | 3,599,372.00 | | 3 | Alimentación y Actividad Física | Febrero | 8,300,000.00 | Subtotal de ministraciones | 8,300,000.00 | U008 / OB010 | 8,300,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 8,300,000.00 | | Total | 11,899,372.00 | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Salud Mental | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | Total | 0.00 | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Seguridad Vial | Febrero | 480,000.00 | Subtotal de ministraciones | 480,000.00 | P018 / AC020 | 480,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 480,000.00 | | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | Febrero | 350,000.00 | Subtotal de ministraciones | 350,000.00 | P018 / AC040 | 350,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 350,000.00 | | Total | 830,000.00 | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | Febrero | 2,234,450.00 | Subtotal de ministraciones | 2,234,450.00 | U009 / EE200 | 2,234,450.00 | Subtotal de programas institucionales | 2,234,450.00 | | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | Febrero | 1,623,581.00 | Subtotal de ministraciones | 1,623,581.00 | U009 / EE210 | 1,623,581.00 | Subtotal de programas institucionales | 1,623,581.00 | | Total | 3,858,031.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | Febrero | 866,000.00 | Subtotal de ministraciones | 866,000.00 | P016 / VH020 | 866,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 866,000.00 | | Total | 866,000.00 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | Febrero | 6,549,999.16 | Subtotal de ministraciones | 6,549,999.16 | P020 / CC010 | 6,549,999.16 | Subtotal de programas institucionales | 6,549,999.16 | | 2 | Salud Materna y Perinatal | Febrero | 11,763,965.29 | Subtotal de ministraciones | 11,763,965.29 | P020 / AP010 | 11,763,965.29 | Subtotal de programas institucionales | 11,763,965.29 | | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | Febrero | 1,621,699.42 | Subtotal de ministraciones | 1,621,699.42 | P020 / SR010 | 1,621,699.42 | Subtotal de programas institucionales | 1,621,699.42 | | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | Febrero | 3,747,824.00 | Subtotal de ministraciones | 3,747,824.00 | P020 / SR020 | 3,747,824.00 | Subtotal de programas institucionales | 3,747,824.00 | | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | Febrero | 3,730,353.00 | Subtotal de ministraciones | 3,730,353.00 | P020 / MJ030 | 3,730,353.00 | Subtotal de programas institucionales | 3,730,353.00 | | 6 | Igualdad de Género en Salud | Febrero | 334,596.00 | Subtotal de ministraciones | 334,596.00 | P020 / MJ040 | 334,596.00 | Subtotal de programas institucionales | 334,596.00 | | Total | 27,748,436.87 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | Febrero | 42,633.00 | Subtotal de ministraciones | 42,633.00 | U009 / EE070 | 42,633.00 | Subtotal de programas institucionales | 42,633.00 | | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | Febrero | 5,361,650.00 | Subtotal de ministraciones | 5,361,650.00 | U009 / EE020 | 5,361,650.00 | Subtotal de programas institucionales | 5,361,650.00 | | 5 | Prevención y Control del Paludismo | Febrero | 469,290.00 | Subtotal de ministraciones | 469,290.00 | U009 / EE020 | 469,290.00 | Subtotal de programas institucionales | 469,290.00 | | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | Febrero | 266,610.60 | Subtotal de ministraciones | 266,610.60 | U009 / EE020 | 266,610.60 | Subtotal de programas institucionales | 266,610.60 | | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | Febrero | 123,780.00 | Subtotal de ministraciones | 123,780.00 | U009 / EE020 | 123,780.00 | Subtotal de programas institucionales | 123,780.00 | | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | Febrero | 890,652.31 | Subtotal de ministraciones | 890,652.31 | U008 / OB010 | 890,652.31 | Subtotal de programas institucionales | 890,652.31 | | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | Febrero | 5,151,373.00 | Subtotal de ministraciones | 5,151,373.00 | U008 / OB010 | 5,151,373.00 | Subtotal de programas institucionales | 5,151,373.00 | | 12 | Atención del Envejecimiento | Febrero | 322,355.35 | Subtotal de ministraciones | 322,355.35 | U008 / OB010 | 322,355.35 | Subtotal de programas institucionales | 322,355.35 | | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | Febrero | 92,371.50 | Subtotal de ministraciones | 92,371.50 | U009 / EE060 | 92,371.50 | Subtotal de programas institucionales | 92,371.50 | | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 15 | Eliminación de la Lepra | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | Febrero | 330,563.41 | Subtotal de ministraciones | 330,563.41 | U009 / EE010 | 330,563.41 | Subtotal de programas institucionales | 330,563.41 | | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | Febrero | 243,210.16 | Subtotal de ministraciones | 243,210.16 | U009 / EE010 | 243,210.16 | Subtotal de programas institucionales | 243,210.16 | | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | Febrero | 10,000.00 | Subtotal de ministraciones | 10,000.00 | U009 / EE050 | 10,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 10,000.00 | | Total | 13,304,489.33 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA DE ACCIN ESPECFICO | 1 | Vacunación Universal | Febrero | 3,873,360.00 | Subtotal de ministraciones | 3,873,360.00 | E036 / VA010 | 3,873,360.00 | Subtotal de programas institucionales | 3,873,360.00 | | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | Febrero | 2,703,982.00 | Subtotal de ministraciones | 2,703,982.00 | P018 / IA010 | 102,982.00 | P018 / IA030 | 2,601,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 2,703,982.00 | | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | Febrero | 654,820.00 | Subtotal de ministraciones | 654,820.00 | P018 / CC030 | 543,440.00 | P018 / PP060 | 111,380.00 | Subtotal de programas institucionales | 654,820.00 | | Total | 7,232,162.00 | NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación- Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE. ANEXO 4 Programas-Indicadores-Metas de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 1.3.2 | Proceso | Número de Ferias de la salud interculturales (indígenas y migrantes) realizadas | No aplica | 120 | Ferias de promoción de la salud realizadas que cumplen los criterios de interculturalidad (indígenas y migrantes) | 6 | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 1.3.3 | Resultado | Número de albergues validados como promotores de la salud | No aplica | 20 | Cumplimiento de albergues validados | 3 | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 1.5.1 | Resultado | Número de escuelas validadas como promotoras de la salud | No aplica | 4,600 | Escuelas que cumplieron los criterios de validación para ser "escuelas promotoras de la salud" | 320 | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 6.1.2 | Resultado | Número de consultas otorgadas en los Servicios Estatales de Salud en los que la población usuaria presenta la CNS | Número de consultas otorgadas a la población usuaria en los Servicios Estatales de Salud | 64 | Proporción de consultas otorgadas en las SESA en las que la población usuaria presenta la Cartilla Nacional de Salud (CNS) con relación al total de consultas otorgadas. | 74 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 1.1.1 | Proceso | Número de Agentes de Salud capacitados en temas de salud pública | Total de Agentes de Salud esperados de acuerdo al número de población de la comunidad a certificarse como promotora de la salud | 100 | Agentes de Salud capacitados en temas de salud pública. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 1.1.2 | Proceso | Número de Procuradoras(es) de Salud capacitados en temas de salud pública | Total de Procuradoras(es) de Salud esperados de acuerdo al número de población de la comunidad a certificarse como favorable a la salud | 100 | Procuradoras(es) de Salud capacitados en temas de salud pública. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 1.3.1 | Proceso | Número de personal de salud capacitado, responsable de la coordinación y operación del Programa | Número de personal de salud responsable de la coordinación y operación del Programa, programado a recibir capacitación | 100 | Personal de salud capacitado, responsable de la coordinación y operación del Programa. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 2.3.1 | Proceso | Reuniones del comité estatal de comunidades saludables realizadas | Reuniones del comité estatal de comunidades saludables programadas | 100 | Reuniones de planeación y ejecución de acciones del comité estatal de comunidades saludables. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 2.4.1 | Resultado | Comunidades de 500 a 2500 habitantes certificadas como Promotoras de la Salud | Comunidades de 500 a 2500 habitantes programadas a certificarse como Promotoras de la Salud | 100 | Comunidades de 500 a 2500 habitantes certificadas como Promotoras de la Salud. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 2.5.1 | Proceso | Número de entornos certificados como favorables a la salud | Número de entornos programados a certificar como favorables a la salud | 100 | Generar espacios favorables a la salud, que trasciendan el aspecto y características físicas, con el fin de preservar, cuidar y proteger la salud de los individuos, familias y comunidades, por medio del desarrollo de competencias para el cuidado de la salud y la mejora del ambiente y del entorno. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 3.1.3 | Proceso | Número de municipios con personal del ayuntamiento capacitado en el año | Número total de municipios que se encuentran a la mitad del periodo de administración municipal en el año | 5 | Municipios que han capacitado a su personal en temas de Promoción de la Salud y de Salud Pública. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 3.5.1 | Proceso | Número de ferias integrales de promoción de la salud en espacios públicos que coadyuven a la prevención social de la violencia realizadas | Número de ferias integrales de promoción de la salud en espacios públicos que coadyuven a la prevención social de la violencia programadas | 100 | Ferias integrales de promoción de la salud en espacios públicos que coadyuven a la prevención social de la violencia. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 3.7.1 | Proceso | Número de municipios que reciben información de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud | Número total de municipios en el año | 100 | Municipios que reciben información de comunicación educativa sobre los efectos del cambio climático en la salud. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 3.8.1 | Proceso | Número de reuniones de la Red Estatal de Municipios por la Salud realizadas | Número de reuniones de la Red Estatal de Municipios por la Salud programadas | 100 | Reuniones con presidentes municipales de la Red Estatal de Municipios por la Salud, se consideran las reuniones de instalación de la Red y/o para la elaboración del programa anual de trabajo; de seguimiento y de evaluación de actividades. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 3.9.1 | Resultado | Número de municipios certificados como promotores de la salud en el año | Número total de municipios que concluyen el periodo de administración municipal en el año | 10 | Municipios que cumplieron con los requisitos de municipio activo y han realizado el 80% de avance del Programa Municipal de Promoción de la Salud. | 39 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 4.2.1 | Proceso | Número de jurisdicciones sanitarias supervisadas por el programa en el año | Número total de jurisdicciones sanitarias programadas a supervisar por el programa en el año | 100 | Jurisdicciones sanitarias supervisadas para evaluar la operación y avances del programa Entornos y Comunidades Saludables. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 1.1.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados | Número de eventos educativos programados | 100 | Mide el porcentaje de eventos educativos realizados hacia la población para informar y promover estilos de vida saludables en el tema de alimentación correcta y consumo de agua | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 2.1.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados. | Número de eventos educativos programados | 100 | Mide el porcentaje de eventos educativos realizados hacia la población para informar y promover sobre estilos de vida saludables en el tema de actividad física | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 3.1.1 | Proceso | Número de campañas realizadas | Número de campañas programadas | 100 | Mide la implementación de campañas educativas de los servicios estatales de salud para fomentar la adopción de una dieta correcta, consumo de agua simple potable, realización de actividad física y fomento de la lactancia materna. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 4.2.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados | Número de eventos educativos programados | 100 | Mide el porcentaje de eventos educativos realizados hacia la población para informar y promover sobre estilos de vida saludables en el tema de lactancia materna exclusiva como factor protector y la alimentación complementaria correcta. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 5.1.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados | Número de eventos educativos programados | 100 | Porcentaje de eventos educativos para la difusión de la cultura alimentaria tradicional. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 6.1.1 | Proceso | Capacitaciones impartidas | Capacitaciones programadas | 100 | El indicador está orientado a la capacitación y actualización del personal de promoción de la salud a nivel estatal, jurisdiccional y operativo. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 7.1.1 | Proceso | Número de supervisiones realizadas | Número de supervisiones programadas | 100 | El indicador está orientado para realizar visitas de monitoreo y supervisión, de las diferentes actividades derivadas del Programa de Alimentación y Actividad Física. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 7.2.1 | Resultado | Número de personas con hábitos correctos de alimentación y actividad física | Total de población encuestada | 10 | Porcentaje de la población que tiene correctos hábitos alimentarios y de actividad física | 10 | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Salud Mental | 1.1.1 | Proceso | Número de polígonos intervenidos por el programa de salud mental | Número total de polígonos meta | 80 | Tipo de intervención. Disposición de material informativo sobre actividades deportivas, culturales y recreativas al interior de la comunidad. Disposición de material informativo sobre factores de riesgo y protección dirigido a menores. Al menos un convenio suscrito con algún centro al interior de la comunidad que favorezca conductas saludables. | 4 | 1 | Salud Mental | 1.1.2 | Proceso | Número de unidades de consulta externa psiquiátrica con abasto suficiente de medicamento | Número de unidades de consulta externa psiquiátrica | 80 | Las unidades de consulta externa psiquiátrica deben contar con el abasto suficiente de medicamento para favorecer la prevención secundaria de los trastornos mentales y del comportamiento. | 11 | 1 | Salud Mental | 1.2.1 | Proceso | Número de campañas realizadas | Número de centros de salud más número de centros integrales de salud mental | 100 | Para que una unidad se considere intervenida al 100%, debe observar las tres acciones en el porcentaje indicado para constituir la meta 1. 30% 2. 40% 3. 30%. Al menos una de las acciones se contará como unidad intervenida. Tipo de intervención. 1. Disposición de material informativo sobre los trastornos mentales más prevalentes, al interior de las unidades de primer nivel. 2. Disposiciones de escalas de tamizaje de los trastornos más prevalentes de la entidad. 3. Participación activa en ferias de salud con temas de salud mental. | 5 | 1 | Salud Mental | 2.1.1 | Estructura | Número de hospitales generales con al menos una cama de psiquiatría | Número total de hospitales generales | 20 | Este indicador medirá en número de hospitales generales del sistema nacional de salud que cuenten con al menos una cama de psiquiatría | 2 | 1 | Salud Mental | 2.3.1 | Proceso | Porcentaje de personal médico y/o paramédico de centros de salud capacitado en la Guía de Intervención mhGAP | Total de personal médico y paramédico de centros de salud | 30 | Este indicador medirá el número de empleados médicos y paramédicos de centro de salud capacitados para utilizar la Guía mhGAP mediante la cual, este personal de salud no especializado contribuya a lograr la ampliación de cobertura de servicios. | 100 | 1 | Salud Mental | 4.4.3 | Proceso | Número de prendas de ropa de calle | Total de prendas de ropa existentes | 75 | Este indicador mide la implementación del Programa Invierno sin Frío al interior de los hospitales psiquiátricos. | 100 | 1 | Salud Mental | 4.5.1 | Proceso | Número de usuarios que asisten voluntariamente a los talleres de rehabilitación Psicosocial | Total de usuarios hospitalizados | 50 | Este indicador mide junto con el indicador, 4.5.2, 4.5.3 y 4.5.4 la implementación del Programa de Rehabilitación Psicosocial al interior de los hospitales psiquiátricos. | 50 | 1 | Salud Mental | 4.5.2 | Proceso | Número de usuarios que reciben apoyo económico por cada ocasión que asisten a los talleres de Rehabilitación Psicosocial | Total de usuarios que asisten al taller | 100 | Este indicador mide junto con el indicador 4.5.1, 4.5.3 y 4.5.4 la implementación del Programa de Rehabilitación Psicosocial al interior de los hospitales psiquiátricos. | 100 | 1 | Salud Mental | 4.5.3 | Proceso | Número de usuarios que asisten voluntariamente a salidas terapéuticas | Total de usuarios hospitalizados | 50 | Este indicador mide junto con el indicador 4.5.1, 4.5.2, 4.5.4, la implementación del Programa de Rehabilitación Psicosocial al interior de los hospitales psiquiátricos. | 100 | 1 | Salud Mental | 4.5.4 | Proceso | Banco de Reforzadores | No aplica | 1 | Este indicador mide junto con el Indicador 4.5.1, 4.5.2, 4.5.3, la implementación del Programa de Rehabilitación Psicosocial al interior de los hospitales psiquiátricos. | 1 | 1 | Salud Mental | 5.1.3 | Proceso | Número de personal que aplica los programas de Rehabilitación Psicosocial capacitado | Total de Personal que aplica los programas de Rehabilitación Psicosocial | 100 | Este indicador medirá la cantidad de personal capacitado para aplicar los programas de rehabilitación psicosocial al interior del hospital psiquiátrico. | 100 | 1 | Salud Mental | 5.1.5 | Proceso | Número de cursos realizados sobre derechos humanos y prevención de la tortura | Total de hospitales psiquiátricos | 33 | Este indicador medirá la cantidad de hospitales psiquiátricos capacitados en el tema de derechos humanos y prevención de la tortura. | 4 | 1 | Salud Mental | 6.1.3 | Proceso | Hospital psiquiátrico sin cuarto y/o patio de aislamiento | No aplica | 33 | Este indicador mide la ausencia de cuarto y/o patio de aislamiento al interior del hospital psiquiátrico. El aislamiento se considera violatorio de los derechos humanos y está tipificado como tortura en legislación internacional, por lo tanto debe ser eliminado. Los hospitales que, por indicaciones superiores estatales, tienen personas que han cometido un delito podrán contar con espacios especiales sólo para éstos. Es un indicador negativo, para obtener la meta 1, debe haber ausencia de cuarto y/o patio de aislamiento en cada hospital. | 1 | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Seguridad Vial | 1.1.1 | Proceso | Número de Observatorios Estatales de Lesiones con acta de creación | No aplica | 26 | Número de Observatorios Estatales de Lesiones con acta de creación entre el total de entidades federativas | 1 | 1 | Seguridad Vial | 1.5.1 | Resultado | Número de reportes del levantamiento y análisis de información sobre Factores de Riesgo. | No aplica | 25 | Levantamiento y análisis de información sobre Factores de Riesgo en al menos uno de los cinco municipios con el mayor número de defunciones causadas por accidentes de tránsito preferentemente. | 2 | 1 | Seguridad Vial | 2.2.1 | Proceso | Número de municipios prioritarios con propuesta de adecuación integral del marco legal en materia de seguridad vial | No aplica | 27 | Número de municipios prioritarios con propuesta de adecuación integral del marco legal en materia de seguridad vial entre el total de municipios prioritarios | 1 | 1 | Seguridad Vial | 3.2.2 | Proceso | Número de entidades federativas que difunden la Campaña Evita Comportamientos Riesgosos durante temporadas vacacionales | Total de entidades federativas | 32 | Del total de entidades federativas, se considerará el porcentaje de ellos que difundan la Campaña Evita Comportamientos Riesgosos a través de medios masivos de comunicación. | 1 | 1 | Seguridad Vial | 4.2.1 | Proceso | Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes activos | No aplica | 26 | Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes activos entre el total de entidades federativas | 1 | 1 | Seguridad Vial | 5.1.1 | Proceso | Número de municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría | Total de municipios prioritarios | 88 | Número de municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría entre el total de municipios prioritarios | 17 | 1 | Seguridad Vial | 6.1.1 | Proceso | Número de entidades federativas que cuentan con Centro Regulador de Urgencias Médicas en operación | No aplica | 21 | Número de entidades federativas que cuentan con Centro Regulador de Urgencias Médicas en operación entre el total de entidades federativas | 1 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 4.2.1 | Proceso | Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes que incorporan actividades dirigidas a la prevención de accidentes en grupos vulnerables | Total de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes | 59 | Se considerarán en el numerador a los Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes que incorporen a sus programas de trabajo acciones dirigidas a la prevención de accidentes en grupos vulnerables. La realización de dichas acciones se harán válidas a través de las actas de acuerdos de los COEPRA y los informes trimestrales de actividades que entregan periódicamente al STCONAPRA | 1 | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.1 | Resultado | Número de Sistemas Prioritarios cuyos indicadores finales de CAMEX aumentaron en 0.3 puntos con respecto del año anterior en cada una de las entidades federativas | Número de Sistemas Prioritarios programados por cada Entidad para mejorar | 100 | Porcentaje de sistemas con mejoría en su índice de desempeño | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.2 | Resultado | Número de Reportes de Información Epidemiológica Semanal (Boletines) publicados en la página de la Entidad | Número programado de Boletines Semanales por publicar | 100 | Porcentaje de Reportes de Información epidemiológica (Boletines) publicados | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.3 | Estructura | Número de U.V.E.H. avaladas por los CEVE, fortalecidas con personal capturista, médico y paramédico | Número de U.V.E.H. avaladas por los CEVE, que la Entidad programó para fortalecer con contratación de personal. | 100 | Porcentaje de Unidades de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria reforzadas con contratación de personal capturista, médico y paramédico | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.2.1 | Resultado | Número de Panoramas publicados | Número de Panoramas planeados (4) | 100 | Porcentaje de panoramas de Diabetes, de Morbilidad Materna Severa y otras enfermedades No Transmisibles, publicados | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 5.1.1 | Proceso | Número de eventos de capacitación operativa realizados | Número de eventos de capacitación operativa que la Entidad programó realizar | 100 | Porcentaje de eventos de capacitación para personal operativo en la Entidad | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 6.1.2 | Estructura | Número de Centros Estatales de RSI que operan en la Entidad | Número de centros de RSI estatales programados para operar en la Entidad | 100 | Porcentaje de centros estatales para el RSI instalados | 100 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 4.1.1 | Proceso | Número de diagnósticos con reconocimiento a la competencia técnica por el InDRE | Número de diagnósticos programados a la competencia técnica por el InDRE | 100 | Número de diagnósticos del marco analítico básico con reconocimiento a la competencia técnica por el InDRE | 2 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 5.1.2 | Proceso | Número de muestras procesadas del Marco Analítico Básico en el LESP | Número de muestras aceptadas del Marco Analítico Básico | 99 | Porcentaje de cobertura del servicio diagnóstico del Marco Analítico Básico | 100 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 6.1.1 | Proceso | Número de eventos de capacitación realizados | Número de eventos de capacitación programados | 100 | Porcentaje del cumplimiento de capacitación para fortalecer la cultura de calidad y bioseguridad en Laboratorio Estatal de Salud Pública | 1 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 2.2.1 | Proceso | Condones distribuidos a personas con VIH e ITS en Servicios Especializados. | No aplica | 112 | Mide el número de condones distribuidos en el año por persona con VIH e ITS que acuden a los servicios especializados (Saih y Capasits). | 112 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.1.1 | Resultado | Personas seropositivas no tratadas anteriormente cuyo primer recuento de linfocitos CD4 fue menor a 200 células/ml en la SS. | Personas seropositivas no tratadas anteriormente que tuvieron el primer recuento de linfocitos CD4 en el año en la SS. | 100 | Es la proporción de personas no tratadas anteriormente con un recuento de linfocitos CD4 menor a 200 células/ml, con respecto a la meta de personas no tratadas anteriormente, que tuvieron un primer recuento de CD4 durante el periodo de notificación en la Secretaría de Salud (SS). | 100 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1 | Resultado | Número de personas con VIH en tratamiento antirretroviral con carga viral suprimida en los últimos 12 meses (<1,000 copias/ml) en la Secretaría de Salud. | Número de personas con VIH en tratamiento antirretroviral en la Secretaría de Salud. | 90 | Mide el impacto la proporción de personas con VIH en tratamiento antirretroviral con carga viral suprimida (<1000 copias/ml). Una alta proporción de personas con carga viral suprimida implica una baja tasa de transmisión. el denominado basado en el programa permite medir la supresión viral de todas las personas en tratamiento, independiente de cuando empezaron tratamiento. | 90 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.3.1 | Proceso | Personas en TAR que refirieron a tratamiento para la TB activa en la Secretaría de Salud. | Personas con TB y VIH en la Secretaría de Salud. | 100 | Es el porcentaje de personas referidas a tratamiento para la TB activa en personas en TAR en la Secretaría de Salud, con respecto a las personas con TB y VIH registradas en la Secretaría de Salud. | 100 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 6.2.1 | Resultado | Porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical. | Meta de porcentaje de cambio entre el año base y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical. | 100 | Mide el porcentaje de cumplimiento del cambio entre el año base (2013) y el año de registro de casos nuevos confirmados de VIH y sida por transmisión vertical, con respecto a la meta de cambio anual. | 100 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 4.2.1 | Proceso | Total de mujeres de 40 a 69 años a las que se les realizó mastografía de tamizaje en el periodo de evaluación x 100 | Total de mujeres de 40 a 69 años programadas para mastografía de tamizaje en el periodo de evaluación | 29 | Mujeres programadas para tamizaje en el grupo blanco. | 35 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 4.3.1 | Proceso | Total de mujeres de 25 a 64 años a las que se les realizó tamizaje (citología o Prueba de VPH) en el periodo de evaluación x 100 (Citología de 1a. vez en la vida o primera vez después de tres años) | Total de mujeres de 25 a 64 años programadas para tamizaje en el periodo de evaluación | 59 | Mujeres de 25 a 64 años que cuentan con tamizaje por citología (de primera vez en la vida o primera vez después de 3 años) o prueba de VPH. | 68 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 4.4.1 | Proceso | Total de Pruebas de VPH realizadas para el tamizaje o de seguimiento de pacientes tratadas en clínicas de colposcopia x 100 | Total de Pruebas de VPH recibidas por el laboratorio para el tamizaje o de seguimiento de pacientes tratadas en clínicas de colposcopia | 97 | Pruebas de VPH adecuadas para su proceso | 97 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.4.1 | Estructura | Promedio estatal de los índices de satisfacción de requerimientos mínimos de clínicas de colposcopia y laboratorios de citología al cierre 2017 | Promedio estatal de los índices de satisfacción de requerimientos mínimos de clínicas de colposcopia y laboratorios de citología en 2016 | 9 | Mide el incremento en el ndice de evaluación de infraestructura (clínicas de colposcopia y laboratorios de citología) | 10 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.5.1 | Estructura | Total de citotecnólogos evaluados al cierre de 2017 x 100 | Número de citotecnólogos que interpretan citologías de tamizaje | 80 | Mide la proporción de citotecnólogos evaluados en el examen de certificación del Consejo Mexicano de Técnicos en Patología A.C. | 80 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.5.2 | Proceso | Total de técnicos radiólogos que al cierre 2017 han sido capacitados en control de calidad de mastografía (acumulado 2013-2017) x 100 | Total de técnicos radiólogos que toman mastografías | 80 | Mide la proporción de técnicos radiólogos que han sido capacitados en control de calidad de mastografía | 80 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 7.2.1 | Resultado | Total de mujeres con resultado BIRADS 4 y 5 en la mastografía de tamizaje que cuentan con biopsia x 100 | Total de mujeres con resultado BIRADS 4 y 5 en la mastografía de tamizaje | 95 | Mide la proporción de mujeres con resultado anormal en la mastografía que fueron evaluadas con biopsia del total de mujeres con resultado de BIRADS 4 o 5 | 95 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 7.2.2 | Resultado | Total de mujeres con resultado citológico igual o mayor a LEIAG que recibieron atención colposcópica x 100 | Total de mujeres con resultado citológico igual o mayor a LEIAG | 95 | Mide la proporción de mujeres de 25 a 64 años con resultado citológico igual o mayor a LEIAG con evaluación colposcópica | 95 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 8.2.1 | Estructura | Total de grupos de acompañamiento emocional con personal certificado en el estándar de acompañamiento emocional x 100 | Total de grupos de acompañamiento emocional en el programa | 100 | Mide la proporción de grupos de acompañamiento emocional con personal certificado en el Estándar Mexicano de Acompañamiento Emocional | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1 | Proceso | Número de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional, en la Secretaría de Salud | Total de consultas de primera vez otorgadas sin importar trimestre gestacional, en la Secretaría de Salud. | 50 | Proporción de consultas prenatales de primera vez otorgadas durante el primer trimestre gestacional, del total de consultas de primera vez para el control prenatal en la Secretaría de Salud. | 50 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.2.1 | Proceso | Número de Posadas AME supervisadas | Total de Posadas AME funcionando | 100 | Proporción de Posadas AME que están cumpliendo con los requisitos establecidos | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.3.1 | Proceso | Número de enlaces interculturales (intérpretes) capacitados que dan servicio en unidades resolutivas. | Total de enlaces interculturales (intérpretes) contratados. | 100 | Proporción de enlaces interculturales (intérpretes) capacitados del total de intérpretes programados a contratar para dar servicio en las unidades médicas resolutivas | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.5.1 | Estructura | Número de recursos humanos contratados por Ramo 12, para la atención de la salud materna y neonatal, en la Secretaría de Salud. | Total de recursos humanos programados a contratar por los Servicios Estatales de Salud, por el Ramo 12, para la atención de la salud materna y neonatal en el año | 100 | Proporción de recursos humanos que fueron contratados para la atención de la salud materna y neonatal, en la Secretaría de Salud, con respecto a los programados en el año. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.7.1 | Proceso | Número de recién nacidos con prueba de tamiz metabólico neonatal | Total de nacidos vivos en unidades de la Secretaría de Salud | 90 | Porcentaje de recién nacidos de la Secretaría de Salud, que se les realiza la prueba de tamiz neonatal metabólico | 90 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 3.1.1 | Proceso | Número de médicos especialistas actualizados en atención de emergencias obstétricas de hospitales resolutivos de la Secretaría de Salud. | Total de médicos especialistas en hospitales resolutivos de la Secretaría de Salud, programados por los Servicios Estatales de Salud a actualizarse durante el año. | 100 | Proporción de médicos especialistas actualizados en atención de emergencias obstétricas de los hospitales resolutivos de la Secretaría de Salud. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 3.1.2 | Proceso | Número de personal de salud de primer nivel de atención, capacitado en la atención pregestacional, prenatal, parto, puerperio y emergencias obstétricas | Total de personal de salud de primer nivel de atención, programado por los Servicios Estatales de Salud, a capacitar en la atención pregestacional, prenatal, parto, puerperio y emergencias obstétricas, en el año | 100 | Proporción de personal de salud de primer nivel de atención que fueron capacitados en la atención pregestacional, prenatal, parto, puerperio y emergencias obstétricas. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 6.2.1 | Proceso | Número de reuniones del Comité de Morbilidad y Mortalidad Materna estatal, realizadas. | 12 reuniones del Comité de Morbilidad y Mortalidad Materna estatal, programadas al año | 100 | Proporción de reuniones del Comité de Morbilidad y Mortalidad Materna estatal, realizadas con respecto a las programadas durante el año. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 6.3.1 | Proceso | Número de visitas de supervisión realizadas a las Jurisdicciones Sanitarias para revisar la salud materna y neonatal | Total de visitas de supervisión al total de las Jurisdicciones Sanitarias programadas por los Servicios Estatales de Salud, para revisar la salud materna y neonatal programadas en el año | 100 | Proporción de supervisiones realizadas para revisar las actividades de salud materna y neonatal, con respecto a las programadas a realizar en el año. | 100 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 3.1.1 | Estructura | Número de nuevos servicios amigables instalados para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente | Número de nuevos servicios amigables a instalar para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente | 318 | Corresponde al total de servicios amigables para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente, que se planea instalar durante el año. | 12 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 3.2.1 | Estructura | Número de servicios amigables en proceso de acreditación (con auto evaluación y plan de mejora en curso) | Número de servicios amigables programados para iniciar proceso de acreditación. | 235 | Servicios amigables incorporados al proceso de acreditación (con auto evaluación y plan de mejora en curso) | 12 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 3.4.1 | Proceso | Número de acciones comunitarias en salud sexual y reproductiva realizadas en el periodo | Acciones comunitarias en salud sexual y reproductiva realizadas | 117,655 | Actividades comunitarias realizadas a través de los servicios amigables, por promotores y brigadistas juveniles | 8,492 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 4.1.1 | Estructura | Número de personas capacitadas en temas de salud sexual y reproductiva con calificación mayor a 8 u 80% | Total de personas asistentes a los cursos y talleres de capacitación en temas de salud sexual y reproductiva. | 90 | Porcentaje de personal capacitado y sensibilizado, que acredite un aprovechamiento mayor o igual a 8 u 80% en la evaluación del taller o evento | 100 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 4.1.2 | Estructura | Número de personas capacitadas en temas de salud sexual y reproductiva | Total de personas programadas para capacitación en temas de salud sexual y reproductiva. | 4,200 | Personal de primer nivel de atención capacitado en temas de salud sexual y reproductiva | 200 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 4.4.1 | Resultado | Mujeres adolescentes usuarias activas de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud | Mujeres adolescentes usuarias de un método anticonceptivo | 506,899 | Mujeres adolescentes con vida sexual activa, que son usuarias activas de métodos anticonceptivos, y pertenecen a la población responsabilidad de la Secretaría de Salud | 23,580 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 1.1.1 | Resultado | No. de usuarias nuevas de la SSA: Número de mujeres que adoptan un método anticonceptivo por primera vez en la institución durante el año (incluye usuarias de condón masculino y femenino) | No aplica | 841,934 | Corresponde al número de nuevas aceptantes de métodos anticonceptivos durante el año, registradas en consulta externa (no incluye oclusiones tuberías bilaterales ni vasectomías) | 51,000 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.3.1 | Proceso | Número de personas capacitadas durante el año en temas de Planificación Familiar. | No aplica | 6,470 | Se refiere al porcentaje de personal capacitado respecto al número de personas a capacitar en el año (meta) | 300 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.6.1 | Proceso | Número de aceptantes de un método anticonceptivo (DIU, OTB, IMPLANTES y Hormonales) durante el postevento obstétrico y el puerperio | No aplica | 758,370 | Número de mujeres atendidas por algún evento obstétrico durante el año (parto, aborto o cesárea) que adoptan un método anticonceptivo durante los 42 días posteriores a la atención del evento. | 48,000 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.7.1 | Resultado | Número de usuarias activas de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud registradas en el SIS al término del periodo reportado (31 de marzo, 30 junio, 30 septiembre y 31 diciembre) | No aplica | 4,834,880 | Corresponde al número de mujeres de 15 a 49 años de edad que no son derechohabientes de instituciones de seguridad social y que utilizan un método anticonceptivo proporcionado o aplicado en la Secretaría de Salud | 205,431 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 4.5.1 | Proceso | Número de visitas de supervisión a realizar a las jurisdicciones sanitarias y unidades médicas | No aplica | 527 | Corresponde al total de visitas de supervisión y asesoría que se realizan durante el año a jurisdicciones y unidades médicas de primer nivel de atención. | 26 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 6.1.1 | Proceso | Número de hospitales a visitar y asesorar en materia de anticoncepción postevento obstétrico durante el año | No aplica | 120 | Corresponde al número de hospitales que atienden el mayor número de eventos obstétricos en la Secretaría de Salud que recibieron supervisión y asesoría por parte del nivel estatal para mejorar la cobertura y la calidad de los servicios de anticoncepción postevento obstétrico. | 10 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 6.3.1 | Estructura | Número de unidades médicas con servicios de planificación familiar instalados para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico (incluye centros de salud y hospitales). | Número de unidades médicas programadas para instalar servicios de planificación familiar para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. (Incluye hospitales con consulta externa y centros de salud urbanos). | 68 | Corresponde al número de centros de salud y hospitales con alta demanda de atención de enfermedades concomitantes (diabetes mellitus, hipertensión arterial, cáncer, sobrepeso, etc.) que cuentan con al menos un consultorio habilitado para la prestación de servicios de planificación familiar y anticoncepción para mujeres con alto riesgo obstétrico | 5 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 8.2.1 | Resultado | Número de vasectomías realizadas durante el año | No aplica | 19,984 | Se refiere al número de vasectomías realizadas en la Secretaría de Salud durante el año por cada 10 mil hombres de 20 a 64 años, responsabilidad de la Secretaría de Salud. | 2,600 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 1.1.1 | Proceso | Número de mujeres con marcadores de riesgo a quienes se les aplicó la herramienta de detección de violencia | Número estimado de mujeres con marcadores de riesgo | 25 | Número de herramientas de detección de la violencia aplicadas a mujeres de 15 años y más unidas respecto de las herramientas de detección programadas. | 25 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 1.1.2 | Proceso | Número de herramientas de detección de la violencia que resultaron positivas. | Número de herramientas de detección aplicadas | 30 | Número de herramientas de detección de la violencia familiar y de género que resultaron positivas respecto de las programadas para su aplicación en mujeres de 15 años y más unidas. | 30 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 1.2.1 | Proceso | Número de personal médico operativo capacitado y sensibilizado en la aplicación de la NOM 046. | Número de personal médico operativo | 100 | Número de personal médico operativo capacitado y sensibilizado en la aplicación de la NOM 046 respecto del personal médico operativo programado | 100 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2.1.2 | Resultado | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en los servicios especializados | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y de género severa, estimadas para su atención en los servicios especializados | 26 | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en servicios especializados respecto del número de mujeres programadas para su atención. | 26 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2.2.1 | Estructura | Número de visitas de supervisión para la operación de la NOM- 046-SSA2-2005 realizadas en los servicios esenciales y especializados de salud. | Número de visitas de supervisión para la operación de la NOM-046-SSA2-2005 programadas en los servicios esenciales y especializados de salud | 100 | Número de visitas de supervisión realizadas para la adecuada operación de la NOM-046-SSA2- 2005 en los servicios esenciales y especializados de salud respecto de las visitas de supervisión programadas. | 100 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2.4.1 | Resultado | Número de grupos formados para la reeducación de víctimas de violencia de pareja. | Número de grupos programados para la reeducación de víctimas de violencia de pareja | 100 | Número de grupos formados en las unidades esenciales de salud para la reeducación de víctimas de violencia de pareja con respecto a los grupos programados. | 100 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2.5.1 | Proceso | Número de mujeres de 15 años o más referidas de otras unidades de salud para su atención en servicios especializados. | Número de mujeres de 15 años y más unidas atendidas en servicios especializados | 70 | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y género severa atendidas en servicios especializados y que fueron referidas de otras unidades de salud respecto del número programado de mujeres referidas a servicios especializados. | 70 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 5.1.1 | Proceso | Número de materiales de promoción y difusión elaborados y difundidos. | Número de materiales de promoción y difusión programados para su elaboración y difusión | 100 | Número de materiales de promoción y difusión de una vida libre de violencia elaborados y difundidos a la población general respecto de los programados para su elaboración y difusión. | 100 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 6.2.1 | Resultado | Número de grupos formados para la reeducación de agresores de violencia de pareja. | Número de grupos programados para la reeducación de agresores de violencia de pareja | 100 | Número de grupos formados en las unidades esenciales de salud para la reeducación de agresores de violencia de pareja con respecto a los grupos programados. | 100 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1 | Resultado | Número de personas víctimas de violación sexual atendidas en las unidades de salud de manera adecuada y oportuna. | Número de personas víctimas de violación sexual que acudieron para su atención en las unidades de salud en las primeras 72 y hasta 120 horas según corresponda. | 100 | Porcentaje de casos de violación sexual atendidos de manera adecuada y oportuna con respecto a las que acudieron a los servicios de salud después del suceso. | 100 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 1.3.1 | Proceso | Número de mujeres beneficiadas por el CEI | No aplica | 28,880 | Número de mujeres beneficiadas por el Centro de Entretenimiento Infantil (CEI) respecto a lo programado | 420 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 1.3.2 | Proceso | Número de profesionales de la salud a quienes se aplicó el instrumento para evaluar la atención con perspectiva de género en las unidades de salud. | No aplica | 1,400 | Número de profesionales de la salud a quienes se aplicó el instrumento para evaluar la atención con perspectiva de género en las unidades de salud respecto a lo programado. | 118 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 2.1.1 | Proceso | Número de sesiones informativas con entrega de material realizadas | No aplica | 320 | Número de sesiones informativas realizadas con entrega de material sobre masculinidades saludables, derechos humanos y prevención del hostigamiento y acoso sexual (HAS). | 10 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 3.1.1 | Proceso | Número de personal de salud operativo capacitado en género en salud, no discriminación, derechos humanos y HAS. | No aplica | 17,735 | Número de personal de salud operativo capacitado en género en salud, no discriminación, derechos humanos y HAS respecto al personal programado a capacitar. | 536 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 3.1.2 | Proceso | Número de centros de salud con hospitalización, hospitales integrales, generales, especializados y psiquiátricos con al menos 4 directivas(os) capacitadas en género en salud, no discriminación, derechos humanos y HAS. | No aplica | 624 | Número de centros de salud con hospitalización, hospitales integrales, generales, especializados y psiquiátricos con al menos 4 directivas(os) capacitadas en género en salud, no discriminación, derechos humanos y HAS respecto a las unidades de salud totales. | 30 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 5.5.1 | Proceso | Número de personal directivo estatal capacitado en HAS. | No aplica | 640 | Número de personal directivo de los Servicios Estatales de Salud capacitado en materia de prevención del hostigamiento y acoso sexual respecto al personal directivo programado a capacitar | 20 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 5.5.2 | Proceso | Porcentaje de avance de las actividades para impulsar la política institucional en materia de prevención del hostigamiento y acoso sexual (HAS) | Porcentaje de avance de las actividades para impulsar la política institucional en materia de prevención del hostigamiento y acoso sexual (HAS) programado. | 100 | Porcentaje de avance de las actividades para impulsar la política institucional en materia de prevención del hostigamiento y acoso sexual (HAS) respecto a lo programado | 100 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 1.1.1 | Proceso | Dosis de vacuna antirrábica aplicadas | Dosis de vacuna antirrábica programadas a aplicar | 95 | Mide la cobertura de dosis de vacuna antirrábica aplicada en perros y gatos | 95 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 2.2.1 | Proceso | Número de personas agredidas o contactos que inician tratamiento | Número de personas agredidas o contactos valoradas según la normatividad vigente | 20 | Mide la cobertura de tratamientos antirrábicos iniciados a personas agredidas o contactos. | 20 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1 | Proceso | Número de perros y gatos esterilizados | Número de perros y gatos vacunados contra la rabia | 4 | Mide la cobertura de esterilizaciones quirúrgicas en perros y gatos en lugares de alta marginación con respecto a los vacunados | 4 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 4.1.1 | Proceso | Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio | Personas agredidas por animales sospechosos de padecer rabia | 69 | Mide la cobertura de muestras cerebros de animales agresores, enfermos y ferales que se envían al laboratorio con base en el número de personas agredidas. | 69 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | 3.2.1 | Proceso | Número de pacientes probables de brucelosis que reciben tratamiento de primera vez. | Número de pacientes con probable brucelosis positivos a la prueba de rosa de bengala. | 100 | Mide la cobertura de enfermos con diagnóstico probable de brucelosis que reciben tratamiento antibiótico. | 100 | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | 1.2.1 | Proceso | Pacientes con probable rickettsiosis a los que se ministró tratamiento | Pacientes con probable rickettsiosis | 100 | Mide la proporción de cobertura de tratamientos otorgados a los enfermos probables de rickettsiosis | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 1.1.1 | Proceso | Números de reuniones de Comités Intersectoriales realizadas | Números de reuniones de Comités Intersectoriales programadas | 4 | Mide el funcionamiento trimestral de los Comités mediante el porcentaje de cumplimiento de reuniones programadas. | 4 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 4.1.1 | Proceso | Número de Semanas con Captura de Información en Plataforma | Número de Semanas en el periodo | 48 | Mide la regularidad en el reporte semanal de actividades mediante el porcentaje de registro en Plataforma de manera trimestral | 48 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 4.3.1 | Proceso | ndice de Condición de Vivienda obtenido en Localidades prioritarias | Número de localidades prioritarias. | 100 | Mide la probabilidad trimestral de que una vivienda sea infestada por el vector de acuerdo a las características de las viviendas. | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 4.6.1 | Proceso | Casos nuevos de dengue tratados | Casos nuevos de dengue notificados | 100 | Mide la proporción de tratamiento a casos nuevos de Dengue. | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 5.2.1 | Proceso | Localidades Prioritarias con Ovitrampas | Número de Localidades Prioritarias | 100 | Mide semanalmente la variación de indicadores entomológicos de ovitrampas en las Localidades Prioritarias | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1 | Proceso | Número de Localidades con Acciones de Control Larvario | Número de Localidades prioritarias | 100 | Mide trimestralmente el cumplimiento en las acciones de control larvario en las localidades de riesgo. | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2 | Proceso | Número de Localidades prioritarias con Acciones de Nebulización Espacial en UBV | Número de Localidades prioritarias | 100 | Mide trimestralmente el porcentaje de cumplimiento de nebulización espacial en localidades prioritarias | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.3 | Proceso | Casos Probables atendidos con acciones de Rociado Intradomiciliar reportados en la Plataforma de Vigilancia Entomológica y Control Integral del Vector | Casos Probables Notificados en la Plataforma del SINAVE Vectores | 90 | Mide trimestral el porcentaje de cumplimiento de atención con rociado residual intradomiciliar a casos probables registrados en la Plataforma del SINAVE Vectores | 90 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.4.1 | Proceso | Localidades Prioritarias con Encuesta y Verificación Larvaria | Número de Localidades Prioritarias intervenidas para Control Larvario | 100 | Mide trimestralmente el porcentaje de Localidades prioritarias con encuesta y verificación larvaria en localidades intervenidas con Control Larvario. | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 9.1.1 | Proceso | Unidades Entomológicas y de Bioensayo en Funcionamiento | No aplica | 24 | Mide la proporción de Unidades Entomológicas y de Bioensayo funcionando con respecto a las Unidades Previstas a funcionar por entidad federativa | 1 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 9.6.1 | Proceso | Número de personal que aplica insecticidas adulticidas organofosforados con estudios de niveles de colinesterasa. | Número de personal que aplica insecticidas adulticidas organofosforados en el programa. | 100 | Mide la proporción de estudios realizados al personal que aplica Insecticidas Adulticidas Organofosforados en el que se vigilan efectos secundarios mediante estudios serológicos de Colinesterasa | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 13.1.1 | Proceso | Número de personal que recibe la capacitación con perspectiva de género para la atención y manejo clínico de pacientes con Dengue no Grave, Dengue con Signos de Alarma y Dengue Grave. | Todo personal de salud que participa en la atención y manejo clínico con pacientes con Dengue No Grave, Dengue con Signos de Alarma y Dengue Grave | 90 | Mide la proporción de personal de salud capacitado en atención y manejo clínico de pacientes con Dengue No Grave, Dengue con Signos de Alarma y Dengue Grave con perspectiva de género. | 90 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 15.1.1 | Proceso | Número de Estudios de Investigación Operativa Realizados | No aplica | 32 | Se medirá el grado de cumplimiento de los Estudios de Investigación Operativa Programados en Vigilancia, Prevención y Control del Dengue | 1 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.1.1 | Proceso | Número de Casos nuevos de paludismo con tratamiento. | Número total de casos nuevos de paludismo confirmados por microscopía. | 100 | Tratamiento oportuno a casos nuevos de paludismo. | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.2.1 | Proceso | Número de mujeres embarazadas con diagnóstico de paludismo que recibieron tratamiento | Total de mujeres embarazadas con diagnóstico de paludismo | 100 | Tratamiento oportuno a mujeres embarazadas con diagnóstico de paludismo | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.3.2 | Proceso | Total de gotas gruesa tomadas a casos probables de paludismo | Total de casos probables de paludismo reportados. | 100 | Porcentaje de detección oportuna de los casos probables de paludismo | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.6.1 | Proceso | Número de reuniones realizadas con el Comité Técnico Estatal para la Certificación de Área Libre de Paludismo | Número de reuniones programadas con el Comité Estatal de Certificación de Área Libre de Paludismo | 100 | Reuniones realizadas del Comité Técnico Estatal para gestionar, informar y realizar acciones que coadyuven a la certificación del estado como área libre de transmisión del paludismo | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 2.1.1 | Proceso | Número de puestos de notificación voluntarios, oficiales y privados en localidades prioritarias visitados de forma mensual | Total de puestos de notificación voluntarios, oficiales y privados existentes en las localidades prioritarias | 100 | Estima la proporción de visitas para el fortalecimiento de la detección y diagnóstico oportuno de paludismo en localidades prioritarias, a través de los puestos de notificación voluntarios, oficiales y privados. | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 2.3.1 | Proceso | Número de reuniones comunitarias realizadas para la información, educación y capacitación sobre paludismo en comunidades prioritarias | Número de reuniones comunitarias programadas para la información, educación y capacitación sobre paludismo en comunidades prioritarias | 100 | Mide la cobertura de información, educación y capacitación sobre el paludismo en las comunidades prioritarias para el empoderamiento de sus habitantes. | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 3.2.1 | Proceso | Número de personal de salud capacitado en paludismo sin exclusión de género | Total de personal de salud en el estado que realiza actividades de prevención y control de paludismo | 100 | Cuantifica el porcentaje del personal de salud capacitado en paludismo sin exclusión de género. | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 4.1.1 | Resultado | Número de localidades prioritarias con infestaciones larvarias menores al 1% de caladas positivas, posterior a la intervención de control. | Número de localidades prioritarias con positividad larvaria mayor a 1% en los estudios entomológicos previos | 100 | Mide la eficacia de las acciones realizadas por la comunidad para la eliminación y control de los criaderos de anofelinos | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 5.1.1 | Proceso | Número de localidades prioritarias trabajadas con eliminación de criaderos de anofelinos con participación comunitaria | Total de localidades prioritarias. | 100 | Estima la cobertura de localidades prioritarias trabajadas mediante la participación comunitaria en la eliminación de criaderos y hábitats de los anofelinos | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 7.1.1 | Proceso | Número de Localidades prioritarias con uso de pabellones impregnados con insecticidas | Total de localidades prioritarias | 100 | Estima la proporción de localidades prioritarias que usan pabellones impregnados de insecticida | 100 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 1.1.1 | Proceso | Número de serologías realizadas en menores de quince años. | No aplica | 4,000 | Toma de muestra serológica a menores de quince años de edad, residentes de localidades prioritarias. | 200 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 1.1.2 | Proceso | Total de localidades prioritarias con estudios entomológicos realizados. | No aplica | 118 | Número de localidades prioritarias con encuestas entomológicas. | 10 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 2.2.1 | Proceso | Número de localidades prioritarias con viviendas mejoradas con encalado exterior | No aplica | 118 | Promover el mejoramiento de las viviendas con materiales de la región (encalado exterior en el 20% de las viviendas), en localidades prioritarias | 8 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 3.1.1 | Proceso | Número de localidades rociadas con insecticida residual | Número de Localidades consideradas prioritarias | 100 | Número de localidades prioritarias en las que de acuerdo a los resultados de la vigilancia entomológica requieren rociado intradomiciliar, con el objetivo de disminuir a <3% los índices de infestación por triatóminos | 10 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 4.2.1 | Proceso | Número de tratamientos supervisados asignados a casos de infección por T. cruzi confirmados por LESP. | Número de casos confirmados por laboratorio estatal de salud pública o InDRE notificados en SUIVE (Sistema nico de Vigilancia Epidemiológica). | 100 | Total de casos confirmados de infección por T. cruzi diagnosticado por LESP (con valoración clínica y de laboratorio) en los que se ministra el tratamiento supervisado. | 75 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 5.1.1 | Proceso | Número de serologías diagnósticas para la detección de T. cruzi, realizadas a mujeres embarazadas residentes o procedentes de áreas prioritarias en control prenatal. | No aplica | 1,055 | Señala la oportunidad de detectar T. cruzi por diagnostico serológico en mujeres embarazadas residentes o procedentes de áreas prioritarias en control prenatal | 40 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 5.2.1 | Proceso | Número de pruebas diagnósticas confirmatorias por serología realizadas en el LESP a donadores de sangre procedentes de los CETS con pruebas doblemente reactivas a T. cruzi. | No aplica | 5,460 | Identifica el número de casos mediante pruebas confirmatorias a T. cruzi en los LESP que tuvieron doble reactividad al tamizaje realizado en los CETS | 300 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 1.5.1 | Proceso | Número de casos de leishmaniasis confirmados por el laboratorio (LESP) | No aplica | 475 | Casos Leishmaniasis que son confirmados mediante el diagnóstico por LESP. | 2 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 2.1.1 | Proceso | Número de capacitaciones realizadas (capacitación teórico-práctico) a personal médico, paramédico y operativo sobre clínica, prevención y control de la Leishmaniasis en las jurisdicciones de los estados prioritarios | No aplica | 14 | Brindar capacitación profesional y técnica para integrar vigilancia clínica, epidemiológica, de laboratorio, entomológica y ambiental para la prevención y el control de la Leishmaniasis, en las jurisdicciones con focos activos en los estados prioritarios | 4 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 3.1.1 | Proceso | Número tratamientos etiológicos supervisados a casos de leishmaniasis hasta su curación. | No aplica | 447 | Tratamiento etiológico de leishmaniasis bajo supervisión hasta su curación a todos los casos confirmados por laboratorio (LESP) | 2 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 4.1.1 | Proceso | Número de talleres comunitarios y al sector de turismo sobre medidas de prevención de la Leishmaniasis, realizadas en localidades de áreas prioritarias y turísticas con focos activos de transmisión de Leishmaniasis. | No aplica | 18 | Ofrecer información teórico- práctica para promover medidas preventivas individuales, familiares y colectivas en localidades y áreas turísticas prioritarias con focos activos de transmisión de Leishmaniasis. | 2 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 1.1.1 | Proceso | Número de localidades prioritarias con estudios escorpionológicos (anteriormente encuestas entomológicas) realizadas. | Número de localidades prioritarias. | 100 | El indicador medirá la proporción de localidades prioritarias en las que se hayan llevado a cabo estudios escorpionológicos para actualizar el inventario de especies de alacranes y estratificar el riesgo de acuerdo a la toxicidad de las especies identificadas. | 32 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 2.2.1 | Proceso | Número de localidades prioritarias con actividades de mejoramiento de la vivienda (viviendas que hayan tenido en el trimestre alguna de las siguientes: colocación de cielo raso, colocación de zoclo, encalado de paredes exteriores o instalación de pabellones impregnados con insecticida con participación comunitaria) | Número de localidades prioritarias (156 localidades) | 100 | Proporción de localidades prioritarias con mejoramiento de la vivienda a través de colocación de materiales locales en paredes y techo, eliminación de sitios de refugio de alacranes intra- domiciliarios mediante ordenamiento del medio, instalación de cielo raso, pabellones impregnados con insecticida en camas o cualquier otro sitio de reposo y pernocta. | 100 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 3.1.1 | Proceso | Número de localidades prioritarias rociadas con insecticida residual. | Número de localidades prioritarias. | 100 | Control químico de alacranes mediante rociado residual intradomiciliario en localidades prioritarias. | 32 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 4.2.1 | Proceso | Número de casos de IPPA tratados oportunamente (dentro de los primeros 30 minutos) por personal notificante voluntario. | Total de casos de IPPA tratados por personal voluntario. | 100 | Mejorar el acceso oportuno a servicios de salud de calidad mediante personal comunitario voluntario capacitado, para la administración de faboterápico específico en la misma localidad donde ocurra la picadura de alacrán. | 100 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 4.2.2 | Resultado | Número de casos de intoxicación por picadura de alacrán atendidos durante los primeros 30 minutos posteriores a la picadura de alacrán. | Total de casos de intoxicación por picadura de alacrán notificados. | 100 | El indicador medirá el número de casos tratados oportunamente con el faboterápico, estimado por aquellos pacientes que son tratados en los primeros 30 minutos después de haber sido picados por el alacrán. | 100 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 4.3.1 | Resultado | Número de casos de intoxicación por picadura de alacrán registrados en el SUIVE. | No aplica | 275,985 | Vigilar el impacto de las acciones de prevención y autocuidado, a través del monitoreo de la reducción en el número de casos de intoxicación por picadura de alacrán. | 47,219 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 1.1.1 | Proceso | Número de detecciones de diabetes mellitus realizadas en la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud | No aplica | 11,234,123 | Detecciones de Diabetes Mellitus realizadas en población de 20 años y más (corresponde al 33% de la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, restando la población de IMSS-PROSPERA del año correspondiente) | 795,631 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.1 | Proceso | Total de pacientes con DM en control glucémico mediante glucosa plasmática o HbA1c | No aplica | 205,118 | Contar con los insumos suficientes que permitan evaluar de manera periódica el control de los pacientes con diabetes mellitus (glucosa plasmática en ayuno entre 70 y 130 mg/l o bien, HbA1c menor a 7%) | 35,604 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.2 | Proceso | Número de pacientes con DM que al menos se les realizó una valoración de pies. | No aplica | 1,180,981 | Realizar acciones para fomentar la detección oportuna de complicaciones crónicas a través de exploración de pie en pacientes cin diagnóstico de DM. | 67,648 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.2.1 | Resultado | Número de GAM EC acreditados en el periodo correspondiente. | No aplica | 391 | Impulsar la acreditación de Grupos de Ayuda Mutua EC en el primer nivel de atención. | 19 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 1.1.1 | Proceso | Número de detecciones de Hipertensión arterial realizadas en la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud | No aplica | 11,234,123 | Detección oportuna de hipertensión arterial en la población (corresponde al 33% de la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, restando la población de IMSS-PROSPERA del año correspondiente) | 795,631 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 2.2.1 | Proceso | Número de personal contratado para la ENPyCOD | No aplica | 550 | Contratación del personal operativo, participando en Estrategia Nacional para la prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes y que realice las funciones acorde a lo marcado en los lineamientos | 28 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 4.2.1 | Resultado | Número de detecciones de Obesidad realizadas en la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud | No aplica | 11,234,123 | Detección oportuna de obesidad (corresponde al 33% de la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, restando la población de IMSS-PROSPERA del año correspondiente) | 795,631 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 4.2.2 | Proceso | Número de pacientes con hipertensión arterial en control con cifras menores de 140/90 mmHg | No aplica | 420,446 | Control en pacientes con Hipertensión Arterial que estén en tratamiento en el primer nivel de atención con cifras menores a 140/ 90 mmHg considerando los pacientes en tratamiento, ingresos, reingresos, pacientes regulares e irregulares | 47,779 | 12 | Atención del Envejecimiento | 1.1.1 | Resultado | Número de informes de asesorías y supervisiones realizadas | No aplica | 10 | Las asesorías y supervisiones permiten realizar intervenciones específicas en los procesos del Programa de Atención al Envejecimiento mejorando las acciones y fortalecer las medidas necesarias para la atención de salud de la persona adulta mayor | 26 | 12 | Atención del Envejecimiento | 2.1.2 | Estructura | Número de documentos técnicos elaborados o actualizados | Número de documentos técnicos programados | 2 | Elaborar o actualizar documentos técnicos, para la atención de las enfermedades de mayor relevancia en la persona adulta mayor. | 2 | 12 | Atención del Envejecimiento | 3.1.1 | Resultado | Número de encuestas aplicadas en las entidades federativas dirigidas a la persona adulta mayor | No aplica | 1 | Realizar la encuesta en la persona adulta mayor en entidades seleccionadas | 1 | 12 | Atención del Envejecimiento | 6.2.3 | Resultado | Personas adultas mayores con detecciones realizadas de Salud Mental (depresión y alteraciones de memoria) no asegurada | Población adulta mayor no asegurada | 30 | Es el número de personas adultas mayores (60 años y más) no aseguradas con detección en Salud Mental en sus componentes depresión y alteraciones de memoria | 30 | 12 | Atención del Envejecimiento | 6.2.4 | Resultado | Población masculina de 45 años y más no aseguradas con detecciones integradas por crecimiento prostático benigno realizadas | Población masculina de 45 años y más no aseguradas | 10 | Es la población masculina de 45 años y más no aseguradas con detección por crecimiento prostático benigno | 10 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 3.2.1 | Resultado | Semanas Estatales de Salud Bucal realizadas durante el año. | No aplica | 64 | Corresponde a la realización de las Semanas Estatales de Salud Bucal dos veces por año. | 2 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 4.5.1 | Resultado | Actividades Preventivas extramuros realizadas. | No aplica | 116,117,370 | Contempla la aplicación del Esquema Básico de Prevención en Salud Bucal para preescolares y escolares, así como actividades preventivas a población en general. | 9,363,513 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 7.4.1 | Resultado | Número de unidades aplicativas con servicio odontológico, con material educativo y didáctico de salud bucal. | No aplica | 2,972 | Se contemplan las unidades aplicativas que reciben material educativo y didáctico en materia de Salud Bucal. | 281 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 7.6.1 | Resultado | Número de cursos de capacitación realizados. | No aplica | 97 | Se contemplan los cursos de capacitación en las principales estrategias del programa. | 5 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 8.4.1 | Resultado | Número de visitas de supervisión realizadas. | No aplica | 4,290 | Se contemplan las supervisiones a unidades aplicativas en la entidad. | 370 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 8.5.1 | Resultado | Número de unidades centinela con seguimiento del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Patologías Bucales (SIVEPAB). | No aplica | 207 | Corresponde al seguimiento del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Patologías Bucales (SIVEPAB) en las unidades centinela, de las 32 entidades federativas. | 12 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 9.4.1 | Resultado | Número de consultas estomatológicas realizadas. | No aplica | 9,359,569 | Se contempla el total de consultas de primera vez y subsecuentes del servicio estomatológico. | 428,896 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.2.1 | Resultado | Número de eventos de capacitación en tuberculosis realizados. | No aplica | 128 | Eventos de capacitación dirigidos al personal de salud sobre la prevención y control de la tuberculosis, realizados en las entidades federativas. | 4 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.1 | Proceso | Número de sintomáticos respiratorios estudiados con baciloscopia. | Número de sintomáticos respiratorios programados | 90 | Detección de tuberculosis entre sintomáticos respiratorios | 90 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.2 | Proceso | Número de casos de tuberculosis ingresados a tratamiento | Número total de casos de tuberculosis programados | 100 | Iniciar tratamiento a los casos de tuberculosis nuevos y retratamientos (total de casos registrados: Nuevos, reingresos, recaídas y fracasos) | 100 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.3 | Proceso | Número de contactos menores de 5 años de edad con terapia preventiva con isoniacida. | Número de contactos menores de 5 años de edad, programados. | 90 | Iniciar a contactos de pacientes de tuberculosis niñas y niños menores de 5 años de edad, terapia preventiva con isoniacida (TPI). | 90 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1 | Proceso | Número de esquemas entregados para personas con tuberculosis farmacorresistente, que ingresaron a tratamiento con fármacos de segunda línea. | Número de personas con tuberculosis farmacorresistente esperados. | 90 | Tratamiento de segunda línea a personas con tuberculosis farmacorresistente. | 90 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 3.4.1 | Proceso | Número de personas con VIH que requirieron terapia preventiva con isoniacida | Número de personas con VIH programadas para terapia preventiva con isoniacida | 40 | Administrar terapia preventiva con isoniacida a personas con VIH que la requieran. | 40 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 5.1.1 | Proceso | Número de visitas de asesoría y supervisión realizadas a unidades de salud. | Número de visitas de asesoría y supervisión programadas a unidades de salud. | 90 | Realización de visitas de asesoría y supervisión programadas por nivel estatal a los niveles locales. | 90 | 15 | Eliminación de la Lepra | 1.1.1 | Proceso | Número de cursos de capacitación de lepra realizados. | Número de cursos de capacitación de lepra programados | 80 | Número de cursos de capacitación enfocados al manejo integral de todas las personas afectadas por lepra. | 80 | 15 | Eliminación de la Lepra | 1.2.1 | Resultado | Número de casos nuevos de lepra diagnosticados. | Número de casos nuevos de lepra programados | 80 | Número de casos nuevos de lepra encontrados de manera trimestral entre contactos de pacientes y en sintomáticos dermatológicos. | 80 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 1.1.1 | Proceso | Reuniones ordinarias trimestrales del Comité Estatal para la Seguridad en Salud realizadas. | No aplica | 128 | Verificar la realización de las reuniones ordinarias trimestrales del Comité Estatal para la Seguridad en Salud durante el año. Total 4 estatal (1 programada por trimestre) | 4 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 3.1.1 | Proceso | Cursos de capacitación realizados para el personal involucrado en la operación del programa de Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres. | No aplica | 64 | Cursos de capacitación realizados por la entidad federativa para el personal involucrado en la operación del programa de Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres. | 2 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 4.1.1 | Estructura | Kits de reservas estratégicas integrados. | No aplica | 96 | Integración de kits de insumos y medicamentos para la atención de emergencias en salud. | 3 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 5.1.1 | Resultado | Total de emergencias en salud (brotes y desastres) atendidas en menos de 48 horas | Total de emergencias en salud (brotes y desastres) registradas | 95 | Emergencias en salud atendidas con oportunidad (brotes y desastres en menos de 48 hrs.). | 95 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 5.2.1 | Proceso | Supervisiones realizadas | No aplica | 64 | Supervisión a las jurisdicciones sanitarias de mayor riesgo y niveles locales para verificar la operación integral del programa de Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres, con base en las cédulas de supervisión. | 2 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 1.1.1 | Proceso | Reuniones trimestrales del Grupo Estatal Intersectorial de EDA y cólera realizadas | No aplica | 128 | Reuniones ordinarias del Grupo Estatal Intersectorial de EDA y cólera. | 4 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 2.1.1 | Resultado | Casos de EDA de unidades de salud seleccionadas con muestra de hisopo rectal. | Total de EDAS registradas en el SUIVE de las unidades de salud del estado | 2 | Se refiere al porcentaje de casos de EDA que acuden a unidades de salud del sector salud, a quienes se les obtiene muestra con hisopo rectal para búsqueda de V. cholerae; mínimo al 2% de los casos de EDA que acuden a la unidad. | 2 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 3.1.1 | Proceso | Campañas de prevención realizadas. | No aplica | 32 | Realización de campañas de prevención para EDA y Cólera en zonas de riesgo identificadas. | 1 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 3.1.2 | Proceso | Operativos preventivos en áreas de riesgo realizados | No aplica | 32 | Realizar operativos preventivos en áreas de riesgo para EDA y cólera, por ejemplo: ferias, periodos vacacionales, zonas con aislamientos de V. cholerae, fiestas religiosas, grandes eventos, etc. | 1 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 4.1.1 | Estructura | Kits de insumos y medicamentos conformados | No aplica | 160 | Integración de kits de insumos y medicamentos para la atención médica de casos de diarrea y sospechosos de cólera en unidades de salud. | 5 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 5.1.1 | Proceso | Número de cursos y/o talleres realizados | No aplica | 64 | Realización de cursos y/o talleres para desarrollar habilidades y destrezas en los temas del programa de Prevención de EDA/ Cólera | 2 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 5.2.1 | Proceso | Supervisiones realizadas | No aplica | 64 | Supervisión a las jurisdicciones sanitarias y niveles locales para verificar la operación del programa de Prevención de EDAS y Cólera, con base en las cédulas de supervisión. | 2 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.3 | Proceso | Número de supervisiones realizadas en las unidades de salud de primer nivel de atención con actividades operativas del PAE-ERI. | No aplica | 72 | Supervisiones a realizar por parte del Programa Estatal a las unidades de salud de primer nivel de atención que realizan actividades operativas del PAE- ERI. | 1 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.4 | Resultado | Número de personas con factores de riesgo para Asma y EPOC estudiadas con espirometría. | Número de personas en riesgo para desarrollar asma y EPOC programadas | 70 | Detección oportuna de enfermedades respiratorias crónicas, Asma y Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) | 70 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA | NDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1 | Resultado | Dosis aplicadas a menores de un año correspondientes al esquema completo de vacunación para menores de un año de edad en un tiempo determinado. | Población de menores de un año de edad de responsabilidad para la Secretaría de Salud. | 90 | Porcentaje de menores de un año de edad que recibieron una dosis de vacuna BCG, tres dosis de vacuna Pentavalente acelular, tres dosis de vacuna contra Rotavirus, dos dosis de vacuna contra Neumococo y tres dosis de vacuna contra Hepatitis B; en un periodo determinado. | 90 | 1 | Vacunación Universal | 1.1.2 | Resultado | Dosis aplicadas de vacuna DPT en población de 4 años de edad en un periodo determinado | Población de cuatro años de edad, de acuerdo a la Distribución Poblacional de Responsabilidad Institucional para la Secretaría de Salud | 95 | Porcentaje de población de 4 años de edad, que recibieron la dosis de vacuna DPT en un periodo determinado | 95 | 1 | Vacunación Universal | 1.2.3 | Resultado | Dosis aplicadas y registradas en el Sistema de Información en Salud del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2018 | Total de población meta a vacunar con Vacuna Antiinfluenza Estacional | 70 | Logro de aplicación de la Vacuna de Influenza Estacional durante el último trimestre de 2018 | 70 | 1 | Vacunación Universal | 1.3.1 | Proceso | Capacitaciones realizadas del Programa Estatal de Vacunación Universal | No aplica | 5 | Capacitaciones realizadas para cada Semana Nacional de Salud, Sistema WVSSM y Calidad del Dato, del Programa Estatal de Vacunación Universal. | 5 | 1 | Vacunación Universal | 1.4.1 | Proceso | Número de supervisiones realizadas al Programa de Vacunación Universal. | Número de supervisiones programadas al Programa de Vacunación Universal. | 100 | Supervisiones realizadas del Programa de Vacunación Universal. | 100 | 1 | Vacunación Universal | 1.5.1 | Resultado | Dosis aplicadas de vacuna SRP en población de un año de edad en un tiempo determinado en el Sistema de Información de Salud | Población de entre 12 a 23 meses de edad de acuerdo a la Distribución Poblacional de Responsabilidad Institucional para la Secretaría de Salud | 95 | Porcentaje de población de entre 12 a 23 meses de edad que recibieron la dosis de vacuna SRP en un periodo determinado | 95 | 1 | Vacunación Universal | 1.5.2 | Resultado | Dosis aplicadas de vacuna SRP en población de seis años de edad en un tiempo determinado en el Sistema de Información en Salud | Población de seis años de edad de acuerdo a la Distribución Poblacional de Responsabilidad Institucional para la Secretaría de Salud | 95 | Porcentaje de población de seis años de edad, que recibieron la dosis de vacuna SRP en un periodo determinado | 95 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 1.2.1 | Proceso | Sumatoria del número de niñas y niños menores de 10 años de edad en control nutricional por desnutrición y bajo peso. | Total de niñas y niños menores de 10 años de edad con desnutrición y bajo peso. | 80 | Proporción de niñas y niños menores de 10 años de edad con desnutrición y bajo peso, ingresados a control nutricional. | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 1.2.2 | Proceso | Sumatoria del número de niñas y niños menores de 10 años de edad en control nutricional por sobrepeso y obesidad. | Total de niñas y niños menores de 10 años de edad con sobrepeso y obesidad. | 80 | Proporción de niñas y niños menores de 10 años de edad con sobrepeso y obesidad ingresados a control nutricional. | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 1.3.1 | Proceso | Número de Adolescentes de 10 a 19 años con detección de IMC y evaluación nutricional en el año. | Total de la población de 10 a 19 años en consulta de primera vez del año 2017 | 100 | Medir la cobertura de atención a los adolescentes, independiente al motivo de consulta, deberán contar con medición del IMC y evaluación del estado nutricional en el expediente. | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 2.1.1 | Proceso | Número de sesiones informativas sobre prevención de maltrato infantil realizadas | Número de sesiones informativas sobre prevención de maltrato infantil programadas. | 70 | El número de sesiones informativas otorgadas a madres, padres o tutores en prevención de maltrato infantil. | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 3.1.1 | Proceso | Número de supervisiones realizadas al Programa de Atención para la Salud de la Adolescencia. | Número de supervisiones programadas al Programa de Atención para la Salud de la Adolescencia. | 100 | Medir las supervisiones realizadas al Programa de Atención para la Salud de la Adolescencia. | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 3.1.2 | Proceso | Número de supervisiones realizadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia en el año. | Número de supervisiones programadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia en el año. | 80 | La proporción de supervisiones realizadas al Programa de Atención a la Salud de la Infancia en el año, con respecto a las supervisiones programadas | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 4.1.1 | Proceso | Número de personal de salud en contacto con el paciente del primer nivel de atención, capacitado en temas de atención integrada en la infancia y la adolescencia. | Total de personal de los servicios de salud del primer nivel de atención en contacto con el paciente. | 20 | La proporción del personal de salud del primer nivel de atención en contacto con el paciente, capacitado en temas de atención integrada en la infancia y la adolescencia en modalidad presencial o a distancia. | 100 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.1.1 | Proceso | Número de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda de primera vez que reciben tratamiento de hidratación oral Plan A o B, en el periodo. | Total de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda de primera vez en el periodo. | 98 | Proporción de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda de primera vez que reciben tratamiento de hidratación oral, Plan A y B. | 98 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.1.2 | Proceso | Número de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda de primera vez que reciben tratamiento de hidratación oral Plan C en el periodo. | Total de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda de primera vez en el periodo. | 2 | Las niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad diarreica aguda de primera vez que reciben tratamiento de hidratación oral Plan C. | 2 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.2.1 | Proceso | Número de menores de cinco años de edad con enfermedad respiratoria aguda de primera vez que reciben tratamiento sintomático. | Total de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad respiratoria aguda de primera vez. | 70 | Proporción de niñas y niños menores de cinco años de edad con enfermedad respiratoria aguda de primera vez que reciben tratamiento sintomático. | 70 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.4.1 | Proceso | Total de niñas y niños menores de un año de edad que recibieron consulta del niño sano de primera vez en el año. | Total de niñas y niños menores de un año de edad que recibieron consulta por primera vez en el año. | 30 | La proporción de niñas y niños menores de un año de edad que recibieron consulta del niño sano de primera vez en el año. | 30 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.5.1 | Proceso | Número de niñas y niños menores de cinco años de edad tamizados por primera vez en la vida con la prueba de Evaluación del Desarrollo Infantil. | Total de niñas y niños menores de cinco años de edad que recibieron consulta del niño sano de primera vez en el año. | 60 | Porcentaje de niñas y niños menores de 5 años de edad tamizados con la prueba de Evaluación del Desarrollo Infantil en la consulta del niño sano. | 60 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.5.2 | Proceso | Número de niñas y niños menores de cinco años de edad que reciben estimulación temprana por primera vez en el año. | Total de niñas y niños menores de cinco años de edad que fueron tamizados con la prueba de Evaluación del Desarrollo Infantil de primera vez en la vida, con resultado global: normal (verde) y rezago (amarillo). | 80 | La proporción de niñas y niños menores de cinco años de edad con resultado normal (verde) o rezago (amarillo) que acudieron por primera vez en el año a sesiones de estimulación temprana. | 80 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 6.2.1 | Proceso | Número total de GAPS en operación en la entidad federativa | Número de GAPS programados. | 100 | Medir los Grupos de Adolescentes Promotores de la Salud (GAPS) operando en la entidad federativa. | 100 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 1.1.1 | Proceso | Unidades Médicas supervisadas | Número de unidades médicas programadas para supervisión | 100 | Supervisar los procesos de búsqueda intencionada en el primer nivel de atención y acciones de atención a menores de 18 años con cáncer en la Unidad Médica Acreditada | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 1.2.1 | Proceso | Número de sesiones realizadas por los COECIA y sus Comités | Cuatro sesiones de COECIA | 100 | Realizar dos sesiones del COECIA y dos sesiones de los Comités Técnico, Normativo y Financiero, tal como lo establece la normatividad vigente | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 2.1.1 | Proceso | Número de personas capacitadas (pediatras, médicos generales, pasantes de servicio social y enfermeras de primer nivel de atención y UMA) para la identificación de signos y síntomas de sospecha de cáncer en niñas, niños y adolescentes y atención de menores de 18 años con cáncer | Número de personas programadas a capacitar (pediatras, médicos generales, pasantes de servicio social y enfermeras) | 100 | Capacitar a los médicos pasantes de servicio social en primer nivel de atención, médicos generales, pediatras y enfermeras de primer nivel de atención y de UMA | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 2.1.3 | Proceso | Número de casos de cáncer en menores de 18 años que cuentan con etapa o riesgo registrado en el RCNA | Total de menores de 18 años registrados en el RCNA registrados al periodo | 100 | Número de casos de cáncer en menores de 18 años que cuentan con etapa o riesgo registrado en el RCNA en relación al total de casos diagnosticados y registrados | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 3.1.1 | Proceso | Número de casos capturados en el Registro de Cáncer en Niños y Adolescentes | Total de casos registrados en el Sistema del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos | 100 | Registrar y actualizar el 100 % de casos de cáncer en menores de 18 años en el Registro Nacional de Cáncer en Niños y Adolescentes de acuerdo al Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 4.1.2 | Proceso | Capacitaciones realizadas en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital | Capacitaciones programadas en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital programadas | 100 | Capacitaciones en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 4.2.1 | Proceso | Número de Aulas activadas | Número de Aulas programadas que deben estar funcionando al cierre del año | 100 | Activación de nuevas aulas y entrega de insumos programados para las Aulas de la estrategia de Sigamos Aprendiendo en el Hospital en entidades federativas | 90 | NDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción y Número de Actividad General. ANEXO 5 Relación de insumos federales enviados en especie por "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública. 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | SIN DATOS | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | SIN DATOS | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | SIN DATOS | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 5.1.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Otros productos químicos de laboratorio Descripción complementaria: Reactivos y Biológicos en general elaborados por el Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud Pública. | 1.00 | 69,043 | 69,043.00 | TOTAL | 69,043.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Darunavir / Cobicistat Tableta Cada tableta contiene: Etanolato de darunavir equivalente a 800 mg de darunavir Cobicistat en dióxido de silicio equivalente a 150 mg de cobicistat Envase con 30 tabletas. | 2,960.00 | 1,493 | 4,419,280.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Etravirina. Tableta cada tableta contiene: Etravirina 200 mg. envase con 60 tabletas. | 5,429.27 | 791 | 4,294,552.57 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Dolutegravir / Abacavir / Lamivudina. Tableta. Cada tableta contiene: Dolutegravir sódico equivalente a 50 mg de dolutegravir Sulfato de abacavir equivalente a 600 mg de abacavir Lamivudina 300 mg Envase con 30 tabletas | 4,665.00 | 846 | 3,946,590.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Atazanavir. Cápsula Cada Cápsula contiene: Sulfato de atazanavir equivalente a 300 mg de atazanavir. Envase con 30 Cápsulas. | 2,641.32 | 6,667 | 17,609,680.44 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lamivudina. Solución Cada 100 ml contienen: Lamivudina 1 g Envase con 240 ml y dosificador. | 835.10 | 470 | 392,497.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Abacavir. Solución. Cada 100 ml contienen: Sulfato de abacavir equivalente a 2 g de abacavir. Envase con un frasco de 240 ml y pipeta dosificadora. | 578.00 | 175 | 101,150.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Abacavir. Tableta. Cada tableta contiene: Sulfato de abacavir equivalente a 300 mg de abacavir. Envase con 60 tabletas. | 475.00 | 1,183 | 561,925.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Tenofovir disoproxil fumarato o tenofovir. Tableta Cada Tableta contiene: Tenofovir disoproxil fumarato 300 mg o Tenofovir disoproxil fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxilo Envase con 30 Tabletas. | 2,000.12 | 3,100 | 6,200,372.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Darunavir. Tableta Cada Tableta contiene: Etanolato de darunavir equivalente a 600 mg de darunavir Envase con 60 Tabletas. | 4,978.59 | 3,511 | 17,479,829.49 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Efavirenz. Comprimido recubierto. Cada comprimido contiene: Efavirenz 600 mg. Envase con 30 comprimidos recubiertos. | 220.85 | 3,033 | 669,838.05 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Abacavir-lamivudina. Tableta. Cada tableta contiene: Sulfato de abacavir equivalente a 600 mg de abacavir. Lamivudina 300 mg. Envase con 30 tabletas. | 1,379.32 | 3,776 | 5,208,312.32 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Emtricitabina-tenofovir disoproxil fumarato. Tableta Recubierta Cada Tableta Recubierta contiene: Tenofovir disoproxil Fumarato 300 mg equivalente a 245 mg de tenofovir disoproxil Emtricitabina 200 mg Envase con 30 Tabletas Recubiertas. | 2,060.88 | 21,855 | 45,040,532.40 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Zidovudina. Solución Oral Cada 100 ml contienen: Zidovudina 1 g Envase con 240 ml. | 499.99 | 414 | 206,995.86 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Etravirina. Tableta Cada Tableta contiene: Etravirina 100 mg Envase con 120 Tabletas. | 5,429.27 | 93 | 504,922.11 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lopinavir-ritonavir. Solución Cada 100 ml contienen: Lopinavir 8.0 g Ritonavir 2.0 g Envase frasco ámbar con 160 ml y dosificador. | 1,714.00 | 275 | 471,350.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Raltegravir. Comprimido Cada Comprimido contiene: Raltegravir potásico equivalente a 400 mg de raltegravir Envase con 60 Comprimidos. | 3,610.07 | 12,250 | 44,223,357.50 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Ritonavir. Cápsula o Tableta Cada Cápsula o Tableta contiene Ritonavir 100 mg 2 envases con 84 Cápsulas cada uno. | 347.96 | 15,117 | 5,260,111.32 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lopinavir-ritonavir. Tableta Cada Tableta contiene: Lopinavir 100 mg Ritonavir 25 mg Envase con 60 Tabletas. | 1,100.00 | 125 | 137,500.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lopinavir-ritonavir. Tableta Cada Tableta contiene: Lopinavir 200 mg Ritonavir 50 mg Envase con 120 Tabletas. | 2,283.86 | 3,331 | 7,607,537.66 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Nevirapina. Tableta Cada Tableta contiene: Nevirapina 200 mg Envase con 60 Tabletas. | 376.56 | 1,861 | 700,778.16 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Didanosina. Cápsula con gránulos con capa entérica cada cápsula con gránulos con capa entérica contiene: Didanosina 250 mg. Envase con 30 cápsulas. | 657.47 | 10 | 6,574.70 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Maraviroc. Tableta Cada Tableta contiene: Maraviroc 150 mg Envase con 60 Tabletas. | 6,622.47 | 113 | 748,339.11 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Darunavir. Tableta Cada Tableta contiene: Etanolato de darunavir equivalente a 400 mg de darunavir Envase con 60 Tabletas. | 3,285.87 | 5,852 | 19,228,911.24 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lamivudina. Tableta Cada Tableta contiene: Lamivudina 150 mg Envase con 30 Tabletas | 394.00 | 431 | 169,814.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lamivudina/zidovudina. Tableta Cada Tableta contiene: Lamivudina 150 mg Zidovudina 300 mg Envase con 60 Tabletas. | 772.00 | 2,149 | 1,659,028.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Dolutegravir. Tableta. Cada tableta contiene: Dolutegravir sódico equivalente a 50 mg de dolutegravir. Envase con 30 tabletas. | 3,335.47 | 1,664 | 5,550,222.08 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo. Tableta Cada Tableta contiene: Efavirenz 600 mg Emtricitabina 200 mg Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg equivalente a 245 mg Tenofovir disoproxil Envase con 30 Tabletas. | 2,332.03 | 31,181 | 72,715,027.43 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Emtricitabina. Cápsula Cada Cápsula contiene: Emtricitabina 200 mg Envase con 30 Cápsulas. | 343.00 | 114 | 39,102.00 | TOTAL | 265,154,130.44 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Lamivudina. Solución Cada 100 ml contienen: Lamivudina 1 g Envase con 240 ml y dosificador. Descripción complementaria: Lamivudina | 835.10 | 28 | 23,382.80 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Efavirenz, emtricitabina, tenofovir fumarato de disoproxilo. Tableta Cada Tableta contiene: Efavirenz 600 mg Emtricitabina 200 mg Fumarato de disoproxilo de tenofovir 300 mg equivalente a 245 mg Tenofovir disoproxil Envase con 30 Tabletas. Descripción complementaria: Atripla para personas mayores de 13 años o mayores de 40 Kg. | 2,332.03 | 370 | 862,851.10 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Lopinavir-ritonavir. Solución Cada 100 ml contienen: Lopinavir 8.0 g Ritonavir 2.0 g Envase frasco ámbar con 160 ml y dosificador. Descripción complementaria: Kaletra para personas menores de 13 años o menores de 40 kg. | 1,714.00 | 14 | 23,996.00 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Abacavir. Solución. Cada 100 ml contienen: Sulfato de abacavir equivalente a 2 g de abacavir. Envase con un frasco de 240 ml y pipeta dosificadora. Descripción complementaria: Abacavir | 578.00 | 28 | 16,184.00 | TOTAL | 926,413.90 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I., Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml. | 398.00 | 111 | 44,178.00 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) Descripción complementaria: Con 5 ml de diluyente | 215.00 | 1,107 | 238,005.00 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) Descripción complementaria: Frasco 25 ml | 99.41 | 443 | 44,038.63 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Larvicida: Regulador de Crecimiento al 1.3% en sacos de 18.18 kilogramos | 30,140.12 | 16 | 482,241.92 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Larvicida Biorracional al 7.48% en cajas con 4,000 tabletas | 27,778.27 | 16 | 444,452.32 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Larvicida: Regulador de Crecimiento al 9.3% en caja con 4 tarros de 200 ml | 55,680.00 | 5 | 278,400.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida organofosforado al 41% microemulsión en bidón de 20 litros | 13,578.00 | 106 | 1,439,268.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida carbamato al 70% en cuñetes de 4.5 kg con 32 sobres de 143 gramos | 17,510.01 | 41 | 717,910.41 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida carbamato al 80% cuñete de 25 kg con 200 sobres de 125 gramos cada uno | 42,470.14 | 20 | 849,402.80 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida Organofosforado al 40% emulsión en agua en bidones de 20 litros | 14,400.00 | 33 | 475,200.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida organofosforado en base oleosa al 13.624% en tambos de 208 litros | 135,574.00 | 16 | 2,169,184.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Etambutol, tableta de 400 mg | 0.86 | 12,870 | 11,068.20 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Isoniazida, tableta de 300 mg | 0.43 | 21,600 | 9,288.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Pirazinamida, tableta de 400 mg | 0.46 | 17,190 | 7,907.40 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Rifampicina, tableta de 300 mg | 2.87 | 21,780 | 62,508.60 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.3.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Isoniazida, tableta dispersable de 100 mg | 0.43 | 5,076 | 2,182.68 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Amikacina. Solución Inyectable. Cada ampolleta o frasco ámpula contiene: Sulfato de amikacina equivalente a 500 mg de amikacina. Envase con 1 ampolleta o frasco ámpula con 2 ml. | 4.34 | 1,040 | 4,513.60 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Amoxicilina + Ácido Clavulánico 875 mg + 125 mg, comprimido recubierto | 3.09 | 429 | 1,325.61 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Clofazimina, cápsula de 100 mg | 17.51 | 1,274 | 22,307.74 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Capreomicina, polvo para inyección 1g | 131.22 | 767 | 100,645.74 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Cicloserina, cápsula de 250 mg | 9.49 | 4,485 | 42,562.65 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Etambutol, tableta de 400 mg | 0.86 | 8,788 | 7,557.68 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Isoniazida, tableta de 300 mg | 0.43 | 2,860 | 1,229.80 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Levofloxacino, tableta de 250 mg | 1.16 | 4,823 | 5,594.68 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Linezolid, tableta de 600 mg | 52.90 | 156 | 8,252.40 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Meropenem, 1 vial de 1 g de solución inyectable | 88.56 | 442 | 39,143.52 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Moxifloxacino, tableta de 400 mg | 13.94 | 8,411 | 117,249.34 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Protionamida, tableta de 250 mg | 2.87 | 5,616 | 16,117.92 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Pirazinamida, tableta de 400 mg | 0.46 | 16,497 | 7,588.62 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Imipenem y cilastatina. Solución Inyectable Cada frasco ámpula con polvo contiene: Imipenem monohidratado equivalente a 500 mg de imipenem. Cilastatina sódica equivalente a 500 mg de cilastatina. Envase con un frasco ámpula | 60.00 | 624 | 37,440.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Kanamicina. Solución Inyectable Cada frasco ámpula contiene: Sulfato de kanamicina 1 g Envase con un frasco ámpula. | 37.78 | 117 | 4,420.26 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 3.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Isoniazida, tableta de 300 mg, | 0.43 | 155,040 | 66,667.20 | TOTAL | 7,757,852.72 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1.4 | Ramo 12-Apoyo Federal | Vacuna acelular antipertussis, con toxoides diftérico y tetánico adsorbidos, con vacuna antipoliomielítica inactivada y con vacuna conjugada de haemophilus influenzae tipo b. Suspensión Inyectable Cada dosis de 0.5 ml de vacuna reconstituida contiene: Toxoide diftérico purificado ³ 30 UI. Toxoide tetánico purificado ³ 40 UI. Toxoide pertússico purificado adsorbido 25 mg. Con o sin pertactina 8 mg. Hemaglutinina filamentosa purificada adsorbida 25 mg. Virus de la poliomielitis tipo 1 inactivado 40 UD*. Virus de la poliomielitis tipo 2 inactivado 8 UD*. Virus de la poliomielitis tipo 3 inactivado 32 UD*. Haemophilus influenzae Tipo b 10 mg. (conjugado a la proteína tetánica). *Unidades de antígeno D. Envase con 1 dosis en jeringa prellenada de Vacuna acelular Antipertussis con Toxoides Diftérico y Tetánico Adsorbidos y Vacuna Antipoliomielítica inactivada y 1 dosis en frasco ámpula con liofilizado de Vacuna conjugada de Haemophilus influenzae tipo b, para reconstituir con la suspensión de la jeringa. | 208.97 | 371,350 | 77,601,009.50 | 1 | Vacunación Universal | 1.2.3.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Vacuna antiinfluenza. Suspensión Inyectable Cada dosis de 0.5 ml contiene: Fracciones antigénicas purificadas de Virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas: A/ California/7/ 2009 (H1N1) 15 ?g HA A/Perth/16/2009 (H3N2) 15 ?g HA Cepa análoga A/Wisconsin/ 15/2009 B/Brisbane/60/2008 15 ?g HA Envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). | 64.27 | 1,185,270 | 76,177,302.90 | TOTAL | 153,778,312.40 | Gran total | 427,685,752.46 | NOTA: La descripción del objeto para el que serán utilizados los insumos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio), del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE, los cuales serán consumidos conforme a las metas e indicadores de cada Programa. Relación de insumos federales enviados en especie por "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública financiados con la fuente de financiamiento de Anexo IV-Apoyo Federal L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | CANTIDAD (VOLUMEN) | SIN DATOS | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | CANTIDAD (VOLUMEN) | SIN DATOS | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA | NDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | CANTIDAD (VOLUMEN) | SIN DATOS | NOTA: Para el programa de Planificación Familiar y Anticoncepción a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva; los programas de Diabetes Mellitus, Obesidad y Riesgo Cardiovascular y la Prevención y Control de la Tuberculosis a cargo del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; y para el programa de Vacunación Universal a cargo del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, tendrán como fuente de financiamiento adicional recursos del Anexo IV-Apoyo Federal, los cuales serán ministrados a través del Ramo 12. NDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de actividad General y Número de Acción Específica. APNDICE La información de la distribución de los recursos presupuestarios del Ramo 33, Aportación Estatal y Otra, así como los de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". Resumen de recursos por fuente de financiamiento (Monto pesos) No. | UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIN | SPPS RAMO 12 | SUBTOTAL | RAMO 33 | APORTACIN ESTATAL | OTRA | SUBTOTAL | CNPSS | TOTAL | ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG | SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO | RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES | INSUMOS | RECURSOS FINANCIEROS FASSA â P FASSA â C RECTORA | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | 310 DIRECCIN GENERAL DE PROMOCIN DE LA SALUD | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,067,786.80 | 0.00 | 0.00 | 1,067,786.80 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,067,786.80 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 3,599,372.00 | 0.00 | 3,599,372.00 | 995,174.00 | 0.00 | 0.00 | 995,174.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,594,546.00 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 8,300,000.00 | 0.00 | 8,300,000.00 | 373,500.00 | 0.00 | 0.00 | 373,500.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 8,673,500.00 | Total: | 11,899,372.00 | 0.00 | 11,899,372.00 | 2,436,460.80 | 0.00 | 0.00 | 2,436,460.80 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 14,335,832.80 | 313 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL | 1 | Salud Mental | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 47,323,190.29 | 0.00 | 0.00 | 47,323,190.29 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 47,323,190.29 | Total: | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 47,323,190.29 | 0.00 | 0.00 | 47,323,190.29 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 47,323,190.29 | 315 SECRETARIADO TCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIN DE ACCIDENTES | 1 | Seguridad Vial | 480,000.00 | 0.00 | 480,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 480,000.00 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 350,000.00 | 0.00 | 350,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 350,000.00 | Total: | 830,000.00 | 0.00 | 830,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 830,000.00 | 316 DIRECCIN GENERAL DE EPIDEMIOLOGA | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2,234,450.00 | 0.00 | 2,234,450.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,234,450.00 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 1,623,581.00 | 69,043.00 | 1,692,624.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,692,624.00 | Total: | 3,858,031.00 | 69,043.00 | 3,927,074.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,927,074.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 866,000.00 | 0.00 | 866,000.00 | 19,336,000.00 | 0.00 | 0.00 | 19,336,000.00 | 0.00 | 0.00 | 285,401,281.75 | 305,603,281.75 | Total: | 866,000.00 | 0.00 | 866,000.00 | 19,336,000.00 | 0.00 | 0.00 | 19,336,000.00 | 0.00 | 0.00 | 285,401,281.75 | 305,603,281.75 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GNERO Y SALUD REPRODUCTIVA | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6,549,999.16 | 0.00 | 6,549,999.16 | 25,307,820.00 | 0.00 | 0.00 | 25,307,820.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 31,857,819.16 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 11,763,965.29 | 0.00 | 11,763,965.29 | 956,139.48 | 0.00 | 0.00 | 956,139.48 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 12,720,104.77 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 1,621,699.42 | 0.00 | 1,621,699.42 | 1,768,000.00 | 0.00 | 0.00 | 1,768,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,389,699.42 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 3,747,824.00 | 0.00 | 3,747,824.00 | 2,665,245.60 | 0.00 | 0.00 | 2,665,245.60 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 6,413,069.60 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 3,730,353.00 | 926,413.90 | 4,656,766.90 | 1,032,992.00 | 0.00 | 0.00 | 1,032,992.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 5,689,758.90 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 334,596.00 | 0.00 | 334,596.00 | 22,350.00 | 0.00 | 0.00 | 22,350.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 356,946.00 | Total: | 27,748,436.87 | 926,413.90 | 28,674,850.77 | 31,752,547.08 | 0.00 | 0.00 | 31,752,547.08 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 60,427,397.85 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 42,633.00 | 326,221.63 | 368,854.63 | 59,537,757.95 | 0.00 | 0.00 | 59,537,757.95 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 59,906,612.58 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 101,281.00 | 0.00 | 0.00 | 101,281.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 101,281.00 | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 9,360.00 | 0.00 | 0.00 | 9,360.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 9,360.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 5,361,650.00 | 6,856,059.45 | 12,217,709.45 | 126,663,071.00 | 0.00 | 0.00 | 126,663,071.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 138,880,780.45 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 469,290.00 | 0.00 | 469,290.00 | 18,604,059.70 | 0.00 | 0.00 | 18,604,059.70 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 19,073,349.70 | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 266,610.60 | 0.00 | 266,610.60 | 1,660,871.40 | 0.00 | 0.00 | 1,660,871.40 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,927,482.00 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 124,206.10 | 0.00 | 0.00 | 124,206.10 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 124,206.10 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 123,780.00 | 0.00 | 123,780.00 | 32,265,337.05 | 0.00 | 0.00 | 32,265,337.05 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 32,389,117.05 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 890,652.31 | 0.00 | 890,652.31 | 1,149,450.00 | 0.00 | 0.00 | 1,149,450.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,040,102.31 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 5,151,373.00 | 0.00 | 5,151,373.00 | 3,810,430.92 | 0.00 | 0.00 | 3,810,430.92 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 8,961,803.92 | 12 | Atención del Envejecimiento | 322,355.35 | 0.00 | 322,355.35 | 516,000.00 | 0.00 | 0.00 | 516,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 838,355.35 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 92,371.50 | 0.00 | 92,371.50 | 9,196,482.00 | 0.00 | 0.00 | 9,196,482.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 9,288,853.50 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 0.00 | 575,571.64 | 575,571.64 | 3,263,695.94 | 0.00 | 0.00 | 3,263,695.94 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,839,267.58 | 15 | Eliminación de la Lepra | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 382,555.50 | 0.00 | 0.00 | 382,555.50 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 382,555.50 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 330,563.41 | 0.00 | 330,563.41 | 3,719,592.00 | 0.00 | 0.00 | 3,719,592.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,050,155.41 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 243,210.16 | 0.00 | 243,210.16 | 2,348,343.54 | 0.00 | 0.00 | 2,348,343.54 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,591,553.70 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 10,000.00 | 0.00 | 10,000.00 | 922,806.74 | 0.00 | 0.00 | 922,806.74 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 932,806.74 | Total: | 13,304,489.33 | 7,757,852.72 | 21,062,342.05 | 264,275,300.84 | 0.00 | 0.00 | 264,275,300.84 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 285,337,642.89 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA | 1 | Vacunación Universal | 3,873,360.00 | 153,778,312.40 | 157,651,672.40 | 86,186,452.65 | 0.00 | 0.00 | 86,186,452.65 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 243,838,125.05 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 2,703,982.00 | 0.00 | 2,703,982.00 | 4,790,376.46 | 0.00 | 0.00 | 4,790,376.46 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7,494,358.46 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 654,820.00 | 0.00 | 654,820.00 | 133,750.00 | 0.00 | 0.00 | 133,750.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 788,570.00 | Total: | 7,232,162.00 | 153,778,312.40 | 161,010,474.40 | 91,110,579.11 | 0.00 | 0.00 | 91,110,579.11 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 252,121,053.51 | Gran Total: | 65,738,491.20 | 162,531,622.02 | 228,270,113.22 | 456,234,078.12 | 0.00 | 0.00 | 456,234,078.12 | 0.00 | 0.00 | 285,401,281.75 | 969,905,473.09 | NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente Apéndice, se encuentran identificados en los siguientes módulos del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE: Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio); Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 33 (Formato Reporte de ramo 33 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio), y Módulo de Reportes-Presupuestación-Anexo IV-PRORESPPO (Formato 20% del Anexo IV-PRORESPPO. Reporte de montos por insumo, bien o servicio). Por la Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.- El Director General de Promoción de la Salud, Eduardo Jaramillo Navarrete.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Eduardo Pesqueira Villegas.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, Cuitláhuac Ruiz Matus.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Jesús Felipe González Roldán.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- La Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- El Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Arturo García Cruz.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Juan Luis Gerardo Durán Arenas.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado de los Servicios de Salud de Jalisco, Alfonso Petersen Farah.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación, Administración y Finanzas, Héctor Rafael Pérez Partida.- Rúbrica.
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