CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Coahuila de Zaragoza, para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Coahuila de Zaragoza, para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARA DE GOBERNACIN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARA"; A TRAVS DE LA SUBSECRETARA DE DERECHOS HUMANOS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS, MTRO. RAFAEL ADRIÁN AVANTE JUÁREZ, SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y LA COMISION NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA COMISIONADA NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, DRA. ÁNGELA QUIROGA QUIROGA; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, ING. MIGUEL ÁNGEL RIQUELME SOLS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, ING. JOS MARA FRAUSTRO SILLER, EL SECRETARIO DE FINANZAS, LIC. BLAS JOS FLORES DÁVILA, Y EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO URBANO Y MOVILIDAD, ING. GERARDO ALBERTO BERLANGA GOTS, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
El 20 de mayo de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual contempla dentro del Enfoque Transversal (México en Paz), diversas líneas de acción como parte de la Estrategia III "Perspectiva de Género", entre las cuales se encuentran que: i) se establecerán medidas especiales orientadas a la erradicación de la violencia de género en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipios; ii) se simplificarán los procesos y se mejorará la coordinación en los planos federal, estatal y municipal, para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer; iii) se acelerará la aplicación cabal de las órdenes de protección para las mujeres que se enfrentan a riesgos, y iv) se incorporarán acciones específicas para garantizar la seguridad e integridad de las mujeres. Además, dentro del Enfoque Transversal "México con Responsabilidad Global", Estrategia III "Perspectiva de Género", se establece que se deberá promover y dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de género.
En relación con lo anterior, el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018 contiene como Objetivo 3. Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, reducir la discriminación y la violencia contra las mujeres; del cual se desprende la Estrategia 3.6. Coordinar la política nacional de prevención, atención y sanción para la erradicación de la violencia contra las mujeres. Dicha estrategia establece las siguientes líneas de acción: i) 3.6.1. Diseñar y coordinar una política integral para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, y ii) 3.6.2. Establecer mecanismos de coordinación en los órdenes de gobierno para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, para lo cual se prevé la creación y el fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres en las entidades federativas.
El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, órgano supervisor de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), emitió observaciones y recomendaciones al séptimo y octavo informe que México presentó durante 2010, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 18 de dicha Convención, dentro de las cuales se encuentran: i) Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer, y ii) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los Centros de Justicia para las Mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las niñas que son víctimas de la violencia, entre otras.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno Federal y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención
y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Coahuila de Zaragoza.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 publicado en el DOF el 29 de noviembre de 2017, señala en el Anexo 13 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) Identificar con precisión la población objetivo; ii) Incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) Prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio número DG/40/CJEM/2018 del 26 veintiséis de enero de 2018, suscrito por el Ing. José María Fraustro Siller, en su carácter de Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza .
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los "Criterios para Acceder a los Subsidios Destinados a la Creación o el Fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres en el Ejercicio Fiscal 2018" ("Criterios"), publicados el 21 de febrero de 2018 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $13'600,000.00 (trece millones seiscientos mil pesos 00/100 M.N.) exclusivamente para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras. Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio número CNPEVM/204-4/2018 del 16 dieciséis de marzo de 2018.
El Centro de Justicia para las Mujeres estará ubicado en la Avenida Industrial, Sin Número, Colonia Lomas del Norte, Código Postal 26089, Municipio de Piedras Negras, del Estado de Coahuila de Zaragoza.
La entidad federativa se compromete a concluir la primera etapa del Centro de Justicia para las Mujeres, que se construye en el ejercicio fiscal 2018. En caso de que la totalidad del proyecto (obra pública) se haya programado para su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su conclusión y adecuado funcionamiento.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.     "LA SECRETARA" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.   De conformidad con el artículo 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3.   El Subsecretario de Derechos Humanos tiene facultades para suscribir el presente instrumento
jurídico de conformidad con los artículos 2, apartado A, fracción IV, y 6 fracción IX del RISEGOB.
I.4.   La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, apartado C, fracción IX y 117 del RISEGOB, y Primero del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 ("Decreto"), y puede celebrar convenios de conformidad con las fracciones XIII y XVI del artículo Cuarto del decreto antes referido.
I.5.   La Comisionada Nacional cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente convenio, con fundamento en el artículo 70, fracción V del RISEGOB.
I.6.   Para dar cumplimiento al presente Convenio, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 438011, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, y con la constancia de suficiencia presupuestaria número 313813.
I.7.   Señala como su domicilio el ubicado en la calle Bucareli número 99, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.
II.    "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 42 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 1o. y 2o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, es un estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2.  El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, Ing. Miguel Ángel Riquelme Solís, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en el artículo 82 fracción V y XXX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, y los artículos 1, 2, 5, 8 fracción II, y 9 apartado A, fracciones VIII y XIX, y apartado B, fracción V, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.
II.3.  Asiste a la suscripción del presente convenio el Titular de la Secretaría de Gobierno, Ing. José María Fraustro Siller, con fundamento en los artículos 86, 88 y 93 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, así como los artículos 1, 4, 18 fracción I, 19 fracción XX, 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, y el artículo 8 fracción XV, Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4.  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 86, 88 y 93 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, así como los artículos 1, 4, 18 fracción II, 19 fracción XX y 22 fracciones IV y XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, y los artículos 4o. y 8o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, el Lic. Blas José Flores Dávila, en su carácter de Secretario de Finanzas, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio.
II.5.  Suscribe el presente convenio, el Titular de la Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad, Ing. Gerardo Alberto Berlanga Gotés, con fundamento en los artículos 86, 88 y 93 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, así como los artículos 1, 4, 18 fracción IX, 19 fracción XX y 29 fracciones III y VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, y los artículos 5o., 12 y 13 fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad.
II.6.  Para dar cumplimiento al presente Convenio, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 438011, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, y con la constancia de suficiencia presupuestaria número 313813.
II.7.  Es propietario del terreno ubicado en Avenida Industrial, Sin Número, Colonia Lomas del Norte, Código Postal 26089, municipio de Piedras Negras, en el Estado de Coahuila de Zaragoza, el cual tiene una superficie de 3,809.00m2, y cuenta con los permisos y requerimientos técnicos
necesarios para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres descrito en el Anexo Técnico.
       Acredita la propiedad del bien inmueble objeto del presente, con la Escritura Pública número Ciento Sesenta y Seis de fecha veinte de junio del dos mil dieciocho, pasada ante la fe del Notario Público número Dieciocho, Lic. Jesús Francisco Chávez García, misma que adjunta para pronta referencia. Asimismo, se acredita con el Decreto número 14 del 13 de abril de 2018, mediante el que el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza autoriza al Ayuntamiento de Piedras Negras a desincorporar del dominio público municipal el bien inmueble ubicado en el sector denominado Lomas Norte, con el fin de enajenarlo a título gratuito en favor del Gobierno del Estado de Coahuila, además del Acuerdo número 037/2018 suscrito por el Ayuntamiento del Municipio de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza, mediante el cual hace constar que fue donado por el cabildo municipal el inmueble de referencia para la construcción del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres del Estado de Coahuila.
II.8.  Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio legal el ubicado en Calle Castelar S/N, Colonia Saltillo Centro, municipio de Saltillo, del Estado de Coahuila de Zaragoza.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1.  Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2.  Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres.
III.3.  Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Coahuila de Zaragoza, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
III.4.  Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencia de género.
III.5.  Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los "Criterios", que regulan el presente convenio.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas víctimas de violencia.
"El Proyecto" se realizará de conformidad a lo especificado en el Anexo Técnico que forma parte del presente instrumento jurídico, el cual establece las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de avance físico-financiero de la obra en su numeral 18, que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
En caso de que la obra descrita en el numeral 1 del Anexo Técnico presente variaciones en cuanto a las necesidades técnicas o materiales durante su ejecución, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a informar a "LA SECRETARIA" de cualquier diferencia que altere la estimación de la obra de referencia.
SEGUNDA. ASIGNACIN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula
anterior, "LA SECRETARA" asignará la cantidad de $13,600,000.00 (trece millones seiscientos mil pesos 00/100 M.N.), exclusivamente para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza.
Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" aportará el terreno para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres descrito en la declaración II.7.
Los recursos federales se transferirán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en una ministración, a través de su Secretaría de Finanzas en la cuenta productiva específica aperturada previamente, en la que se manejarán exclusivamente los recursos federales a los que refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio y sus rendimientos, y no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios de "El Proyecto" de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Dicha cuenta se identifica con los siguientes datos:
 
Número de plaza:
605 Sucursal Saltillo Victoria
Clabe:
072078005944426530
Número de Cuenta Productiva Específica:
0594442653
Banco:
Banco Mercantil del Norte, S.A.
A nombre de:
Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza
Nombre del proyecto:
Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres en la Ciudad de Piedras Negras 2018
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "LA SECRETARA" el recibo provisional previsto en el Criterio 7.9 de los "Criterios", que regulan el presente convenio.
Una vez que "LA SECRETARA" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", éste deberá emitir a través de la Secretaría de Finanzas, una factura electrónica (Comprobante Fiscal Digital por Internet "CFDI") que contenga las mismas características que el recibo provisional, y remitirlo a la CONAVIM.
Para "LA SECRETARA", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "LA SECRETARA".
Los recursos que el Comité asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que "LA SECRETARA" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a ella. La CONAVIM, comunicará mediante oficio a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"LA SECRETARA" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones estará sujeta a las disposiciones jurídicas aplicables.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los "Criterios", para la realización del objeto del presente Convenio, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, el RLFPRH, y demás legislación aplicable en materia de subsidios;
b.    Dar todas las facilidades para la rendición de cuentas respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como para la planeación y asistencia técnica aportada por el Gobierno Estatal, y
c.     Revisar conjuntamente los informes mensuales que se presenten respecto del avance de "El
Proyecto" del Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza.
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SECRETARA". Además de lo previsto en los "Criterios" "LA SECRETARA", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, exclusivamente para la ejecución del proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA;
b.     Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de reportar la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento;
c.     Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo de los objetivos establecidos en el numeral 1 y de la meta comprometida en el numeral 13 del Anexo Técnico, a través de los informes mensuales en donde se reporta el avance físico y financiero del proyecto;
d.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento, y
e.     Realizar visitas aleatorias de seguimiento a los Centros de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza una vez que se encuentren en operación, con la finalidad de verificar su correcto funcionamiento y emitir observaciones y comentarios que deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de lo previsto en los "Criterios", "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA, SEGUNDA y en el Anexo Técnico del presente Convenio
b.    Aportar el inmueble a que se refiere la declaración II.7 del presente Convenio;
c.     Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2018;
d.    Iniciar las acciones para dar cumplimiento a El Proyecto, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del depósito que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del Estado de Coahuila de Zaragoza, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Gobernación, derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio;
e.     Realizar por conducto de la Secretaria de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad, las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos, y demás normatividad federal aplicable en la materia;
f.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones, licencias o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento;
g.    Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio, cuente con la documentación legal y oficial vigente que resulte necesaria para su ejecución;
h.    Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Secretaría de Gobierno la documentación justificativa y probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos;
 
i.     Integrar y resguardar por conducto de la Secretaría de Gobierno los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación de "El Proyecto" financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento;
j.     Equipar el inmueble, capacitar al personal y operar el Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza, por conducto de la Secretaría de Gobierno;
k.     Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Gobierno a "LA SECRETARA" a través de la CONAVIM y por conducto de la Titular de la Dirección General Adjunta de Políticas Públicas para la Prevención y Erradicación de la Violencia de la CONAVIM a cargo del proyecto de los Centros de Justicia para las Mujeres un informe de resultados sobre los avances físicos y financieros de "El Proyecto", obra o acción autorizadas y relacionadas con el objeto de este Convenio, en los términos previstos en el numeral 12.1.9 de los Criterios, con la evidencia documental que acredite dicho progreso, en el cual se deberá reflejar el avance en el cumplimiento del objeto del presente Convenio, los objetivos establecidos en el numeral 1 y la meta (o metas) establecida(s) en el numeral 13 del Anexo Técnico y, en su caso, los resultados de las acciones que se lleven a cabo de conformidad con este instrumento, dentro de los diez días hábiles siguientes a la conclusión de cada mes, contados a partir de la fecha de pago que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del Estado de Coahuila de Zaragoza, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Gobernación, derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio.
l.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la conclusión del ejercicio fiscal 2018;
m.    Presentar a "LA SECRETARA" dentro de los veinte días hábiles siguientes a la conclusión del ejercicio fiscal 2018, un Acta de Cierre firmada por el Titular de la Secretaría de Gobierno en la que se incluyan los objetivos, descripción y Meta de "El Proyecto"; los antecedentes de su ejecución desde la publicación de los "Criterios" en el DOF, el 21 de febrero de 2018; las acciones realizadas para la suscripción del Convenio de Coordinación y la transferencia de los recursos; los principales compromisos establecidos entre las partes que suscriben el Convenio de Coordinación; el reporte de las acciones administrativas que la entidad federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2018 para la correcta ejecución del subsidio otorgado y, en su caso, los compromisos que asume la entidad federativa si no presenta la documentación probatoria correspondiente, así como los demás requisitos mínimos establecidos en el numeral 12.1.20 de los "Criterios";
n.    Una vez que el Centro de Justicia para las Mujeres comience a operar, deberá llevar un registro puntual de todas las usuarias y servicios prestados en el mismo, mediante el reporte denominado Informe de Mujeres Atendidas, el cual será remitido a "LA SECRETARA", a través de la CONAVIM, en el formato que se proporcione para ello, de manera mensual, de forma impresa y electrónica;
o.    Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través de "LA SECRETARA", por conducto de la CONAVIM, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del Centro de Justicia para las Mujeres, y
p.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, Anexo Técnico que se suscriba y demás disposiciones federales aplicables a la materia.
SEXTA. ENLACES. La servidora pública que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, para "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la persona que fue designada mediante el oficio número DG/183/CJEM/2018 firmado por el Ing. José María Fraustro Siller Titular de la Secretaría de Gobierno, y para "LA SECRETARA" la persona en quien recaiga la titularidad de la Dirección General Adjunta de Políticas Públicas para la Prevención y Erradicación de la Violencia de la CONAVIM a cargo del proyecto de los Centros de Justicia para las Mujeres. A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las y los responsables internos de las
actividades encomendadas.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá notificar a la CONAVIM, cualquier cambio de la persona enlace y del personal responsable del seguimiento del subsidio y de "El proyecto" aprobado, en un plazo de 20 días hábiles contados a partir del cambio correspondiente, proporcionando los datos de contacto de quien asumirá dichas funciones.
SPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Gobierno deberá rendir de manera física y electrónica un informe de resultados a "LA SECRETARA", por conducto de la Titular de la Dirección General Adjunta de Políticas Públicas para la Prevención y Erradicación de la Violencia de la CONAVIM, en el que se reporte sobre las erogaciones del subsidio, el avance físico y financiero de "El Proyecto", obra o acción autorizada relacionada con el objeto de este Convenio, la disponibilidad financiera con la que cuenta y el presupuesto comprometido, devengado y ejercido en los términos previstos en el numeral 12.1.9 de los Criterios, con la evidencia documental que acredite dicho progreso, en el cual se deberá reflejar el avance en el cumplimiento del objeto del presente Convenio, los objetivos, meta y cronograma establecido en los numerales 1, 13 y 18 del Anexo Técnico y, en su caso, los resultados de las acciones que se lleven a cabo de conformidad con este instrumento, dentro de los diez días hábiles siguientes a la conclusión de cada mes, contados a partir de la fecha de pago que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del Estado de Coahuila de Zaragoza, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Gobernación, derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio.
OCTAVA. APLICACIN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva específica a la cual se trasferirá el subsidio en el ejercicio fiscal 2018, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación en los términos que establece la LFPRH.
NOVENA. DESTINO DE LOS RECURSOS. "LAS PARTES" convienen que los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", se destinarán exclusivamente para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza.
DCIMA. DOCUMENTACIN JUSTIFICATIVA Y PROBATORIA. El resguardo y conservación de la documentación original justificativa y probatoria correspondiente a la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Gobierno.
En el caso de "LA SECRETARA", la documentación justificativa es la que se señalan en los numerales 4, 5, 7.8, 7.9 y 7.11 de los "Criterios" y estará a cargo de la Titular de la Dirección General Adjunta de Políticas Públicas para la Prevención y Erradicación de la Violencia de la CONAVIM.
DCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles, incluyendo los rendimientos financieros que presente al 31 de diciembre de 2018 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los primeros 15 días naturales del ejercicio fiscal 2019, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 tercer párrafo, de la LFPRH y 85 segundo párrafo, del RLFPRH.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "LA SECRETARA" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "LA SECRETARA" otorgue la línea de captura a la entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM
copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. La misma obligación surgirá cuando se hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos de conformidad con este instrumento jurídico y el Anexo Técnico, incluyendo los importes equivalentes a las cargas financieras que se generen desde la fecha en que los mismos se hayan ejercido para cubrir gastos no autorizados, así como los rendimientos generados en el ejercicio fiscal inmediato posterior al que se otorgó el recurso.
DCIMA SEGUNDA. RELACIN LABORAL. El personal de cada una de "LAS PARTES" que interviene en la realización de las acciones materia de este Convenio de Coordinación, mantendrá su adscripción, relación y dependencia laboral en cada una de sus respectivas áreas, por lo que en ningún caso se considerarán patrones solidarios, sustitutos, ni de ninguna otra índole.
DCIMA TERCERA. DE LA SUSPENSIN O CANCELACIN DE RECURSOS. "LA SECRETARA" podrá solicitar el reintegro de los recursos que con motivo de este instrumento se asignen a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, previa audiencia de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", de conformidad con lo previsto en el artículo 83 del RLFPRH.
DCIMA CUARTA. FISCALIZACIN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "LA SECRETARA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Contraloría General de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción se reanudarán las tareas pactadas
DCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efecto a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el DOF en un plazo de 90 días hábiles a partir de su suscripción.
DCIMA SPTIMA. TERMINACIN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar cumplido el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan, y
b.    En los casos previstos en el numeral 13.2.7 de los "Criterios".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los
responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y probatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto del reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio estará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2018. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DCIMA NOVENA. SOLUCIN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización, ejecución y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo por "LAS PARTES".
VIGSIMA. INCUMPLIMIENTO. En el supuesto de que exista algún incumplimiento el presente convenio y/o los acuerdos que del mismo se deriven, "LA SECRETARA" a través de la CONAVIM, lo hará del conocimiento de los órganos fiscalizadores competentes sobre las acciones u omisiones que afecten el correcto ejercicio del subsidio otorgado, de conformidad con los artículos 54 de la LFPRH y los numerales 7.15, 12.2.7 y 13.2.8 de los "Criterios".
VIGSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" acuerdan que la información a la que tengan acceso se apegarán en todo momento a los principios establecidos en la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública, así como a la relativa a la protección de datos personales en posesión de Sujetos Obligados.
VIGSIMA SEGUNDA. DIFUSIN Y DIVULGACIN. Este Convenio se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 15 fracción V del Presupuesto de Egresos de la Federación 2018. De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno Federal a través de "LA SECRETARA".
VIGSIMA TERCERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será mediante oficio signado por la autoridad competente y se realizará en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con diez días hábiles de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en tres ejemplares en la Ciudad de México, a los 31 días del mes de julio de 2018.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Rafael Adrián Avante Juárez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ángela Quiroga Quiroga.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador, Miguel Ángel Riquelme Solís.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, José María Fraustro Siller.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Blas José Flores Dávila.- Rúbrica.- El Secretario de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad, Gerardo Alberto Berlanga Gotés.- Rúbrica.
ANEXO TCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIN PARA LA CREACIN DEL CENTRO DE
JUSTICIA PARA LAS MUJERES DE PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA DE ZARAGOZA
 
1.    Nombre, objetivos y descripción de "El Proyecto":
·  Nombre o denominación: Creación del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres en Piedras Negras, Coahuila.
·  Objetivo: Crear un Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres en la región norte del Estado de Coahuila de Zaragoza, con la finalidad de que las mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencia cuenten con servicios de atención integral bajo un mismo techo, que les permita el ejercicio de su derechos, así como contribuir a su empoderamiento social y económico.
·  Descripción: Para el Estado de Coahuila de Zaragoza ha sido fundamental que las mujeres vivan una vida libre de violencia, pues ha establecido políticas públicas para atender el tema, el ejemplo de ello la instauración de los Centros de Justicia en la región Sureste, Laguna I, Laguna II, Centro y Norte cuya finalidad es brindar servicios para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia que aqueja a las mujeres y niñas coahuilenses.
      El Modelo que se ha implementado en Coahuila, giran en dos grandes ejes: el relativo al acceso a la justicia penal y familiar y el de empoderamiento de las mujeres, tal y como el nombre de esta institución lo señala, se privilegia el empoderamiento de las mujeres para lograr así una nueva historia de vida.
Población beneficiada con el proyecto:

Fuente: CONAPO
      Al ubicarse en la Región Norte del Estado, y dada la demarcación territorial de Coahuila, el Centro de Justicia se proyecta con cabecera o sede en Piedras Negras y atenderá a las mujeres y niñas de los siguientes Municipios:
o    Piedras Negra
o    Guerrero
o    Hidalgo
o    Allende
o    Morelos
o    Nava
o    Villa Unión
o    Zaragoza
      Se realizaran la construcción del Centro de Justicia de Piedras Negras, que permitirá brindar los
siguientes servicios:
Recepción
Área de orientación
Trabajo Social
Atención Psicológica
Atención Jurídica
Atención Médica
Afiliación al Seguro Popular
Refugio
Área lúdica
Registro civil
Educación y cursos de capacitación para el Trabajo
Financiera para las Mujeres
Servicio de bolsa de trabajo
Acceso a la Procuración de justicia, a través de las áreas del Ministerio Público
2.    Fecha de solicitud del Subsidio:
·  Fecha de solicitud: 26 de enero de 2018.
·  Oficio: DG/40/CJEM/2018
3.    Justificación de la Creación (o Fortalecimiento) del Centro de Justicia para las Mujeres:
       Argumentos:
·  Requisitos en el supuesto de Creación:
De acuerdo a los resultados emitidos por la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2016, publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la cual mide la dinámica de las relaciones de pareja en los hogares, así como las experiencias de las mujeres en la escuela, el trabajo y la comunidad con distintos tipos de violencia.
      De la citada fuente se obtienen los siguientes indicadores:
 
INDICADOR
TASA NACIONAL
COAHUILA
Violencia contra las mujeres
en general
66.1 %
66.3%
Violencia escolar contra las
mujeres
25.3%
24.8%
Violencia laboral contra las
mujeres
26.6%
34.1%
Violencia comunitaria contra
las mujeres
38.7%
36.3%
Violencia de pareja a lo largo
de la relación actual o última
43.9%
42.2%
Maltrato en la atención
obstétrica en el país
33.4%
36.1%
 
De ahí que, si bien Coahuila no en todos los indicadores sobrepasa el índice nacional, es importante implementar acciones para lograr la atención de estas mujeres sus hijas e hijos que actualmente sufren violencia en diversos ámbitos, y que les permitan generar su proyecto de vida.
Por lo que respecta al Municipio de Piedras Negras, donde se proyecta la construcción de un
nuevo Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres, cabe destacar que actualmente el Centro existente en el Municipio de Acuña, ubicado también en la Región Norte, ha atendido a mujeres de Piedras Negras, sin embargo, la distancia de casi cien kilómetros dificulta el traslado en tiempo y costo para las mujeres, por lo cual la necesidad imperante de un Centro en Piedras Negras, a lo que se añade que al ser una región fronteriza caracterizada por el tráfico de personas migrantes, tanto del sexo masculino como femenino, dicho sector potencialmente es un mercado para la trata de personas, uno de los delitos que más afecta a las mujeres.
Al no existir un lugar de atención a las mujeres, no se cuenta con una fuente oficial y certera que nos permita conocer el dato real del número de mujeres y niñas que sufren violencia en cualquier ámbito y de cualquier tipo, no solo configurativas de delitos, sino también de violencia que genera desigualdad entre los hombres y las mujeres.
4.    Datos del contacto:
Titular de la Dependencia Estatal Responsable de "El Proyecto":
·  Nombre: Ing. José María Fraustro Siller
·  Cargo: Secretario de Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza
·  Área de adscripción: Secretaría de Gobierno
·  Número telefónico: 01 (844) 411-8530
·  Correo electrónico: josemaria.fraustro@coahuila.gob.mx
§    Dirección para recibir notificaciones: Palacio de Gobierno, Segundo piso, entre calle Juárez y Zaragoza S/N, Zona Centro, C.P. 25000, Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
Datos de la persona enlace del Estado:
·  Nombre: Leticia Beatriz Charles Uribe
·  Cargo: Directora General del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres del Estado de Coahuila de Zaragoza
·  Área de adscripción: Dirección General
·  Teléfono: 01 (844) 434-1882
·  Correo electrónico: cjem@coahuila.gob.mx
·  Dirección para recibir notificaciones: Blvd. Luis Echeverría Álvarez S/N, Col. Satélite Norte, C.P. 25113, Saltillo, Coahuila.
·  Oficio de designación: DG/183/CJEM/2018
Funciones:
o    Las establecidas en la cláusula sexta del Convenio de Coordinación que regula el presente Anexo Técnico (Convenio).
o    Será la encargada de responder oportunamente a las solicitudes emitidas por la Secretaría de Gobernación a través de la CONAVIM.
o    Dará seguimiento a la documentación e informes que se soliciten para dar cumplimiento al Convenio.
5.    Dependencia Estatal Responsable de "El Proyecto":
Nombre: Secretaría de Gobierno
·  Descripción de las responsabilidades:
1.- La Secretaría de Gobierno será responsable de dar seguimiento a los trabajos de obra ejecutados y coordinados por la Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicio Relacionados con los mismos.
2.- Además, en coordinación con la Secretaría de Finanzas, será la responsable de dar el seguimiento puntual a la erogación del subsidio federal.
3.- La Secretaría de Gobierno será la responsable de informar periódicamente a la CONAVIM sobre los avances físicos y financieros del proyecto de creación del Centro de Justicia y Empoderamiento de Piedras Negras, así como de recabar, resguardar y conservar la documentación probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios
federales.
4.- La Secretaría de Gobierno será la responsable de señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través de la "La Secretaría", por conducto de la CONAVIM, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del Centro de Justicia para las Mujeres.
·  Descripción de actividades:
1. Dar seguimiento al proceso de construcción de la obra ante las diversas instancias encargadas de la misma.
2. Solicitar los informes respectivos de avance a la Institución encargada de la ejecución de la obra.
3. Informar a través del enlace del Estado a la CONAVIM los avances de la construcción de la obra.
4. Remitir a la CONAVIM, la documentación probatoria del ejercicio del subsidio.
5. Informar y remitir a la Secretaría, por conducto de la CONAVIM, las constancias demostrativas de la participación del Gobierno Federal en las acciones de difusión, divulgación y promoción del Centro de Justicia y Empoderamiento para las mujeres.
6.    Dependencia Estatal Ejecutora del gasto:
Nombre: Secretaría de Finanzas
·  Descripción de las Responsabilidades:
1.- La Secretaría de Finanzas será la encargada y obligada de destinar, en tiempo y forma, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para la creación y construcción del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres.
2.- La Secretaría de Finanzas será la encargada y responsable de remitir a la CONAVIM por los medios electrónicos (internet CDFI), la factura electrónica digital, misma que, como comprobante fiscal, deberá coincidir íntegramente con las características del recibo provisional que se expida con motivo de la cantidad entregada por el Gobierno Federal para la realización de la obra de que se trata.
·  Descripción de actividades:
1.- Como órgano responsable de la administración del recurso obtenido, distribuirá y administrará en el tiempo oportuno el recurso para la ejecución de la obra.
2.- Así mismo será la responsable de expedir los justificantes fiscales necesarios para la comprobación de las cantidades que le son entregadas por concepto de subsidio para la ejecución de la obra.
7.    Dependencia Estatal Ejecutora de la obra:
Nombre: Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad
·  Descripción de las responsabilidades:
1.- La Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad será responsable de llevar a cabo las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto a pego a la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con la misma y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos, y demás normatividad federal aplicable en la materia;
2.- Además, será la responsable de requerir oportunamente a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones, licencias o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento.
3.- Será la responsable también, de entregar mensualmente a "La Secretaría" un informe de resultados sobre los avances físicos y financieros de "El Proyecto", obra o acción autorizadas y relacionadas con el objeto de este Convenio, en la forma y términos señalados en la cláusula QUINTA del convenio de coordinación al que corresponde el presente anexo técnico.
4.- Así mismo se encargará de licitar y adjudicar contratos de obra pública, así como supervisar y vigilar el cumplimiento a la normatividad vigente y los requisitos técnicos de los proyectos.
·  Descripción de las actividades:
1.- Llevar a cabo la licitación y contratación para la construcción de la obra.
 
2.- Tramitar ante todas las instancias correspondientes la asesoría técnica, autorizaciones, licencias o permisos necesarios para la realización de la obra.
3.- Informar mensualmente al enlace del Estado con la CONAVIM los avances de la obra.
8.    Descripción y ubicación del inmueble:
·  Descripción:
§    Número de Escritura Pública: Número 166
§    Clave Catastral del inmueble: 012-068-005-1
§    Superficie: 3,809.00m²
§    Medidas: 106.24m² x 40.05m² x 106.42m² x 31.65m²
§    Linderos: 40.5.42m hacia Avenida Industrial, 106.24m hacia Parque Industrial Piedras Negras y 106.42 m hacia Avenida de las Américas.
§    Colindancia:
      Sur con terrenos municipales de la feria
Poniente con avenida Industrial
Norte y Oriente con propiedad del Señor Manuel Diego Risa y "Lomas" S.A.
§    Latitud y Longitud: Partiendo del punto 1, se encuentran las instalaciones de la feria y colinda con trazo de lo que sería la Avenida Industrial se miden 69.86 metros con rumbo W59 grados 00"E al punto 2, de este punto se miden 383.75 metros con rumbo N23 grados 00"W hasta llegar al punto número 3, de este punto se mide 69.31 metros con rumbo S66 grados 55"W hasta el punto 4; de este punto se miden 375.00 metros con rumbo N23 grados 00"W hasta el punto 1 de partida, cerrando así el perímetro.
§    Certificado de Libertad de Gravamen: 759379976
§    Número oficial: S/N
§    Valor catastral: $1,333,150.00
·  Ubicación:
§    Calle: Avenida Industrial
§    Numero Exterior: S/N
§    Colonia: Lomas del Norte
§    Código Postal: 26089
§    Municipio: Piedras Negras
§    Estado: Coahuila de Zaragoza
§    Croquis:
 

9.    Monto Total de "El Proyecto" en todas sus Etapas de construcción:
·  Monto Total: $26'000,000.00 (veintiséis millones de pesos 00/100 M.N.).
1.   Monto de la inversión en la Etapa 1: $13'600,000.00 (trece millones seiscientos mil pesos 00/100 M.N.).
2.   Monto de la inversión en la Etapa 2: $12'400,000.00 (doce millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.).
 
10.   Número total de Etapas proyectadas para la conclusión de "El Proyecto":
       Número Total de Etapas proyectadas: 2 etapas
o    Etapa 1.- Año de ejecución 2018.
o    Etapa 2.- Año de ejecución 2019.
11.   Monto de la aportación federal autorizada por el Comité de Evaluación de Proyectos en el ejercicio fiscal 2018:
·  Aportación Federal otorgada por la Conavim:
             Monto: $13'600,000.00 (trece millones seiscientos mil pesos 00/100 M.N.).
12.   Aportación Estatal a "El Proyecto":
· En caso de aportar recursos económicos:
§    Monto: No aplica.
·  En caso de que la aportación sea en especie:
§    Descripción de la especie:
Donación del inmueble para la construcción del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza, descrito en el numeral 8 del presente Anexo Técnico.
§    Avalúo de dicha aportación:
Valor catastral: $1'333'150.00 (un millón trescientos treinta y tres mil ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.), de conformidad con el documento emitido por la Dirección de Catastro del municipio de Piedras Negras, Coahuila, el 7 de febrero de 2018.
13.   Meta que se estima alcanzar con el subsidio otorgado en el 2018:
·Meta: Realizar la construcción del Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, en la cual se ejecutarán los trabajos de:
§     Preliminares y cimentación;
§     Cimentación;
§     Muros, cadenas y castillo;
§     Estructura metálica y azoteas;
§     Recubrimientos, muros y plafones;
§     Firmes y banquetas;
§     Herrería y cancelería de aluminio;
§     Instalación eléctrica;
§     Instalaciones hidráulicas y sanitarias;
§     Instalaciones especiales;
§     Voz y datos;
§     Sistema pararrayos;
§     Obra exterior;
§     Barda perimetral;
§     Caseta de vigilancia;
§     Reubicación de monumento, y
§     Tramites.
14.   Fecha estimada del inicio de los trabajos de obra, en la Etapa que se construye en el 2018:
 
·  Fecha: De acuerdo con el inciso d) del Convenio de Coordinación, la Entidad Federativa iniciará las acciones para dar cumplimiento al proyecto, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del depósito del subsidio aprobado.
15.   Fecha estimada para la conclusión de la etapa que se construye en el 2018:
·  Fecha: 31 de diciembre de dos mil dieciocho.
16.   Fecha estimada de conclusión de la obra en su totalidad, en caso de que rebase el ejercicio fiscal 2018:
·  Fecha: 31 de diciembre de dos mil diecinueve.
17.   Catálogo de Conceptos de la Etapa que se construye en el 2018:
 
Número
Descripción del concepto
Unidad
Cantidad
Precio Unitario
Importe
1.0
Preliminares y Demoliciones
 
1.01
Cancelación de servicios C.F.E, agua potable, telefonía, gas. Incluye mano de obra, herramienta, equipo y todo lo necesario para su ejecución.
Pza.
1.00
$10,000.00
$10,000.00
1.02
Desmontaje de estructura metálica y lámina acanalada
Kg
45000.00
$9.00
$405,000.00
1.03
Demolición de losa de concreto armada
M3
189.00
$ 625.00
$118,125.00
1.04
Demolición de muro de block o ladrillo
M2
1636.00
$ 95.00
$155,420.00
1.05
Demolición de piso de concreto armado de 20 cms de espesor
M3
273.00
$135.00
$36,855.00
1.06
Demolición de cimentación de edificio
M3
365.00
$380.00
$138,700.00
1.07
Trazo y nivelación de un terreno
M2
1475.49
$9.00
$13,279.41
1.08
Conformación de plataforma material producto de banco al 95% proctor
M3
1621.95
$280.00
$454,146.00
1.09
Excavación a mano y con equipo en terreno investigado en obra
M3
470.59
$170.00
$79,999.45
 
1.1
Suministro y relleno compactado con bailarina y agua en capas de 20 cm
M3
234.85
$120.00
$28,182.00
2.0
Cimentación
 
2.01
Suministro y aplicación de antitermita
M2
1603.35
$ 32.00
$51,307.20
2.02
Plantilla de concreto
M2
458.44
$135.65
$60,812.07
2.03
Cimbra común en cimentación con madera de pino
M2
218.96
$210.00
$45,981.60
2.04
Suministro, habilitado y colocación de acero de refuerzo
Kg
12901.22
$31.00
$339.937.82
2.05
Concreto premezclado en cimentación
M3
140.49
$2,730.00
$383,537.70
2.06
Construcción de muro de block de concreto
M2
127.43
$264.00
$33,641.52
3.0
Muros, Cadenas y Castillos
 
3.01
Cimbra común en columnas y vigas con madera de pino
M2
97.44
$ 260.00
$25,334.40
3.02
Suministro, habilitado y colación de acero de refuerzo en columnas y vigas
Kg
1117.84
$32.00
$35,770.88
 
3.03
Concreto premezclado en columnas y vigas
M3
7.31
$3,300.00
$24,123.00
3.04
Castillo de concreto con armado
ML
584.05
$248.31
$145,025.46
3.05
Dala de desplante de concreto
ML
456.20
$252.28
$115,090.14
3.06
Cerramiento de concreto
ML
180.99
$329.15
$ 59,572.86
3.06
Cerramiento de concreto
ML
637.19
$258.28
$164,573.43
3.07
Construcción de muro de block de concreto
M2
1598.98
$ 264.00
$ 422,109.60
3.08
Construcción de pretil con muro de block de concreto
M2
203.82
$ 294.63
$60,051.49
4.0.
Estructuras Metálicas y Azoteas
 
4.01
Suministro, fabricación y colocación de estructura metálica a base de IPR, PTR y Polinera
Kg
41637.50
$43.45
$1,809,149.03
4.02
Suministro y colocación de lámina metálica tipo losacero
M2
1186.37
$419.00
$497,089.03
4.03
Suministro y colocación de malla electrosoldada en losacero
M2
1186.37
$61.00
$72,368.57
4.04
Concreto premezclado en losacero
M3
1186.64
$3,330.00
$395,071.20
4.05
Losa de concreto de 25 cms aligerada con casetón de poliestireno
M2
292.83
$1,155.00
$338,218.65
4.06
Construcción de chaflán a base de mortero, cemento y arena
ML
279.37
$ 38.00
$10,616.06
4.07
Suministro y colocación de concreto ultraligero celular
M3
147.92
$ 3,200.00
$473,344.00
4.08
Suministro y aplicación de impermeabilización
M2
1479.24
$ 292.75
$433.047.51
5.00
Recubrimiento, muros y plafones
 
 
5.01
Aplanado a plomo y regla con mortero cemento-arena en muro de baños
M2
541.20
$ 168.56
$91,224.67
5.02
Aplanado a plomo y regla con mortero cemento-arena en muros interiores
M2
201.75
$ 168.56
$34.006.98
5.03
Aplanado a plomo y regla con mortero cemento-arena en plafones
M2
61.97
$ 178.00
$11, 030.66
5.04
Aplanado a plomo y regla con mortero cemento-arena en muros exteriores
M2
1407.47
$ 186.56
$262,577.60
7.00
Firmes y banquetas
 
7.01
Firme de concreto premezclado
Pza.
1374.05
$ 225.50
$309,848.28
7.02
Banqueta de concreto simple
M2
75.00
$242.75
$18,206.25
7.03
Construcción de concreto estampado
M2
78.83
$ 410.00
$32,320.00
8.00
Herrería y cancelería de aluminio
 
8.16
Portón metálico corredizo
Pza.
2.00
$ 37,058.00
$74,116.00
8.17
Puerta tubular
Pza.
2.00
$ 12,984.00
$25,968.00
8.18
Puerta tubular
Pza.
1.00
$ 7,018.00
$7,018.00
 
9.00
Instalaciones eléctricas
 
9.02
Suministro e instalación de interruptor termomagnético 1
Pza.
18.00
$ 150.00
$2,700.00
9.03
Suministro e instalación de interruptor termomagnético 2
Pza.
9.00
$ 512.00
$4,608.00
9.04
Suministro y colocación de centro de carga Qo-12
Pza.
3.00
$ 3,000.00
$9,000.00
9.05
Suministro e instalación de tubería conduit PVC pesado de 5.1 mm
ML
50.00
$ 103.00
$5,150.00
9.06
Suministro e instalación de cable THW-LS No. 2 marca Condumex
ML
150.00
$ 140.00
$21,000.00
9.07
Salida eléctrica de cielo o contacto inc. Caja, tubería Conduit 13 mm
SAL
371.00
$ 674.30
$250,165.30
9.12
Construcción de registro eléctrico 100x80x80 cm de tabique macizo
PZA
5.00
$ 2,050.00
$10,250.00
9.26
Poliducto de 1° excavación de 50 cms o más cubierto con concreto
ML
94.90
$ 38.30
$3,634.67
10.00
Instalaciones hidráulicas y sanitarias
 
10.01
Salida de mueble sanitario con tubo plus y sanitario PVC liso
 
 
 
 
 
En inodoro
SAL
26.00
$1,276.00
$33,176.00
 
En lavabos
SAL
21.00
$1,276.00
$26,796.00
 
En mingitorios
SAL
1.00
$1,276.00
$1,276.00
 
 
En fregadero
SAL
1.00
$1,276.00
$1,276.00
 
En regaderas
SAL
2.00
$1,276.00
$2,552.00
 
En zink
SAL
2.00
$1,276.00
$2,552.00
10.02
Losa de concreto F'C=150 kg/cm2 de espesor para empotrar lavabos
M2
11.00
$1,500.00
$16,500.00
10.15
Registro sanitario 0.60 x 0.60 x 1.00 mts
Pza.
6.00
$2,193.28
$13,159.68
10.16
Suministro y colocación de ventila a base de tubería de pvc, sanitario de 2" de diámetro
ML
120.00
$75.00
$9,000.00
10.18
Suministro y tendido de tubería de pvc sanitario de 4" de diámetro
ML
100.00
$177.94
$17,794.00
10.19
Suministro y tendido de tubería de tubo plus de 1" de diámetro,
ML
190.00
$ 105.00
$19,950.00
10.20
Suministro e instalación de tubería de pvc hidráulico de ¾" de diámetro, para sistema de riego por goteo
ML
198.78
$88.00
$17,492.64
10.24
Suministro y colación de cisterna marca rotoplas de 10000 lts de capacidad (2.20 x 1.90 mts de sección), losa de concreto armado con malla de 6 6/6
Pza.
1.00
$32,650.00
$32,650.00
 
11.00
Instalación especiales
 
11.03
Elaboración de ducteria con lámina galvanizada cal 24 de primera calidad
KG
1980.00
$69.00
$136,620.00
11.04
Aislamiento de fibra de vidrio de 1 ½" con recubrimiento de papel kraft aluminio sellado con pegamento de y cinta de aluminio
M2
410.00
$166.00
$68,060.00
11.05
Cuellos de lona ahulada sellada con material para interperie sellado completamente
Pza.
6.00
$285.35
$1,712.10
11.06
Suministro e instalación de roof-curv para los equipos armados y sellados y nivelados
Pza.
3.00
$475.45
$1,426.35
12.00
Voz y datos
 
12.03
Preparación para salida de voz y datos a base de tubería conduit PD de 1/ 2" o 3/ 4" con guía de alambre galvanizado
SAL
73.00
$550.00
$40,150.00
13.00
Sistema de pararrayos
 
13.01
Suministro e instalación de cable de cobre de 32 hilos cal. 4/ 0 marca condumez o calidad similar
ML
150.00
$339.00
$50,850.00
 
13.02
Suministro y colocación de punta pararrayos tipo dipolo ionizante de efecto corona de 6 mts de altura
Pza.
4.00
$4,500.00
$18,000.00
13.03
Suministro y colocación de conector mecánico tipo "T" CAT c-304 MCA AMPASA
Pza.
8.00
$303.44
$2,427.52
13.04
Suministro y colocación de registro de tierra
Pza.
4.00
$1,850.00
$7,400.00
15.00
Obra exterior
 
15.01
Trazo y nivelación de un terreno, estableciendo ejes y referencias
M2
1646.13
$9.00
$14,815.17
15.02
Despalme de terreno por medios mecánicos un promedio de 10 cms para retirar capa vegetal
M2
1646.13
$29.00
$47,737.77
15.03
Escarificado y compactación de terreno natural en área a de estacionamiento (plantilla), capa de 15 cms de espesor
M2
1646.13
$29.00
$47,737.77
15.04
Relleno y compactación al 95% por medios mecánicos con material producto de banco de capas de 20 cms
M3
658.45
$242.00
$159,345.38
15.05
Suministro y fabricación de base hidráulica 15 cm con grava de caliza triturada de 3/ 4 A finos, compactada por medios mecánicos al 95% p.v.m.s
M3
236.69
$530.00
$125,445.70
15.06
Riego de impregnación a base de emulsión asfáltica FM-1 con dosificación de 1.20 lts/m2
M2
1577.90
$24.80
$39,131.92
15.07
Riego de liga a base de emulsión asfáltica FR-2 con dosificación de 0.3 lts/m2
M2
1577.90
$15.00
$23,668.50
 
15.08
Suministro, fabricación, tendido y compactación de carpeta asfaltico de 5 cms de espesor, de 3/ 4 a finos, compactado al 95%
M2
1577.90
$175.00
$276,132.50
15.14
Rampa de concreto simple F'c=150 kg/cm2 de 12 cms de espesor, armada con malla 6 6 /6 6, terminado floteado y/o rayado
M2
3.38
$325.00
$1,099.80
15.15
Construcción de guarnición de concreto F'c=200kg/cm2 modelo cuadrado sin armar de sección de 15 cms de ancho x 20cms de alto
ML
242.97
$230.40
$55,980.29
15.17
Banqueta de concreto simple F'c=150 kg/cm2 de 10 cms de espesor, terminado floteado inc cimbra común en fronteras, curado de concreto, forjado de nariz, ochavo, curado de concreto, así como nivelación y compactación de terreno natural
M2
457.93
$242.75
$111,162.51
16.00
Barda perimetral
 
16.01
Trazo y nivelación de un terreno, estableciendo ejes y referencias
ML
224.69
$13.50
$3,033.32
16.02
Excavación a mano y/o con equipo en terreno investigado en obra cualquier profundidad, en zapatas y/o zanjas
M3
62.75
$273.24
$17,145.81
16.03
Suministro y aplicación de antitermita a base de termidor ce
M2
89.88
$21.72
$1,952,19
16.04
Plantilla de concreto F'c=100kg/cm2 con un espesor de 5 cm
M2
89.88
$132.65
$11,922.58
 
16.05
Cimbra común en cimentación con madera de pino
M2
89.88
$210.16
$18,889.18
16.06
Suministro, habilidad y colocación de acero de refuerzo en cimentación cualquier diámetro
KG
2069.41
$32.00
$66,221.12
16.07
Concreto premezclado F'C=250 kg/cm2 en cimentación agregado máximo 19 mm tiro directo
M3
24.72
$2,476.92
$61,229.46
16.08
Construcción de muro de block de concreto 15x20x40 cms asentado con mortero cemento arena proporción 1.4 a mezcla cortada, relleno de concreto
M2
31.91
$307,56
$9,814.24
16.09
Castillo de concreto F'C=250kg/cm2 de 15x15 cm armado con 4 vs del No. 4 y estribos del No. 2 A cada 20 cms
ML
152.09
$241.31
$36,700.84
16.1
Dala de desplante de concreto F'C=250kg/cm2, de 15x20 cm armado con 4 vs del No. 4 y estribos del No. 2 A cada 20 cms
ML
224.96
$244.28
$54,887.27
16.11
Cerramiento de concreto F'C=250kg/cm2, de 15x20 cm armado con 4 vs del No. 4 y estribos del No. 2 A cada 20 cms
ML
159.54
$253.28
$40,408.29
 
16.12
Construcción de muro de block cara de piedra color café de concreto 15x20x40 cms asentado con mortero cemento arena proporción 1:4 a mezcla cortada
M2
459.74
$395.00
$181,597.30
16.13
Construcción de muro de block cara de piedra color café de concreto 15x20x40 cms asentado con mortero cemento arena proporción 1:4 a mezcla cortada
M2
459.74
$395.00
$181,597.30
16.14
Suministro y colocación de tubo de 2 1 /2" cedula 40 en barda de perimetral colocados a cada 10 cms de separación
KG
10120.45
$48.00
$485,781.60
17.00
Casetas de vigilancia (2 módulos)
 
17.01
Limpia, trazo y nivelación de un terreno (área del edificio)
m2
20.90
$10.00
$209.00
17.02
Excavación a mano y/o con equipo en terreno investigando en obra cualquier profundidad
m2
6.76
$173.24
$1,171.10
17.03
Plantilla de concreto F'C=100 kg/cm2 con un espesor de 5 cm
M2
10.40
$112.40
$1,168.96
17.04
Cimbra común en cimentación con madera de pino
M2
10.40
$210.16
$2,185.66
17.05
Suministro habilitado y colocación de acero de refuerzo en cimentación cualquier diámetro
KG
246.24
$43.79
$10,782.85
17.06
Concreto premezclado F'C=250 kg/cm2 en cimentación agregado máximo 19 mm tiro directo
M3
2.86
$2,476.92
$7,083.99
 
17.07
Construcción de muro a base de block de concreto asentado con mortero cemento arena proporción a mezcla cortada, y relleno de concreto
M2
5.16
$336.62
$1,736.96
17.08
Dala de concreto F'C=150kg/cm2, de 15x15 cms armado con 4 vs, del No. 3 y estribos
ml
25.92
$239.02
$6,195.40
17.09
Castillo de concreto armado con 4 Vs y estribos
ml
22.40
$239.18
$5,357.63
17.1
Cerramiento de concreto armado con 4 Vs y estribos
ml
31.92
$245.31
$7,830.30
17.11
Construcción de muro de block de concreto asentado con mortero
ml
10.72
$220.26
$2,361.19
17.12
Construcción de muro de block cara de piedra asentado con mortero cemento arena
m2
52.82
$220.26
$11,634.13
17.13
Construcción de muro de block (pretil) de concreto asentado con mortero de cemento arena
M2
16.40
$253.29
$4,153.96
17.14
Losa de concreto hecho en obra de espesor de acero
M2
28.16
$975.35
$27,465.86
17.15
Entortado de pasta en azotea con mortero para dar pendientes
M2
23.90
$114.30
$2,731.77
 
17.16
Suministro y aplicación de impermeabilización
M2
23.90
$75.00
$1,792.50
17.17
Aplanado a plomo y regla con mortero cemento-arena
M2
58.82
$148.30
$8,723.01
17.18
Aplanado a plomo y regla con mortero cemento-arena
M2
28.00
$148.30
$4,152.40
17.19
Aplanado con plomo y regla con mortero yeso-agua en losa y muros inc. Muestreado y afinado, filetes en puertas, ventanas y aristas interiores y exteriores, andamios.
M2
70.52
$115.63
$8,154.23
17.20
Suministro y colocación de vitromuro interceramic
M2
 
$245.74
 
17.21
Firme de concreto premezclado
M2
16.34
$ 193.95
$3,169.14
17.22
Banqueta de concreto simple
M2
29.68
$189.83
$5,634.15
17.27
Suministro y colocación de puerta, marca multipanel
M2
2.00
$ 2,350.00
$4,700.00
17.3
Salida de mueble sanitario con tubería tuboplus y sanitario PVC
SAL
4.00
$ 675.00
$2,700.00
17.34
Suministro y tendido de tubería PVC
ML
20.00
$ 168.43
$3,368.60
17.35
Suministro y tendido de tubería tuboplus
ML
30.00
$ 125.37
$3,761.10
17.37
Registro sanitario de 60° 60 mts
Pza.
2.00
$ 2,193.28
$4,386.56
17.39
Suministro y colocación de centro de carga Qo-4 marca square
1.00
Pza.
2.00
$ 1,375.25
$2,750.50
17.4
Salida eléctrica de cielo o contacto inc, apagador, caja, producto, cableado según cálculo de carga
SAL
14.00
$ 674.30
$9,440.20
 
18.00
Reubicación de monumento
 
18.01
Demolición de losa de concreto armada
M3
3.00
$ 625.00
$1,875.00
18.02
Demolición de muro de block o ladrillo, incluidas dalas, castillos, cerramentos, puertas, ventanas, cualquier tipo de tubería
M2
41.00
$ 95.00
$3,895.00
18.03
Demolición de elementos de concreto armado, columnas o vigas
M3
2.09
$ 609.50
$1,767.55
18.04
Demolición de elementos de concreto armado y cimentación
M3
2.45
$609.50
$1,493.28
18.05
Trazo nivelación de un terreno, estableciendo ejes y referencias
M2
16.00
$11.50
$184.00
18.06
Excavación a mano y/o con equipo en terreno investigando e obra cualquier profundidad
M3
19.50
$212.78
$4,149.21
18.07
Conformación de plataforma con material producto de banco al 95% por medios mecánicos
M3
3.80
$3688.00
$ 1,398.40
18.08
Suministro y aplicaciones de anti termita
M2
23.00
$21.71
$499.56
18.09
Plantilla de concreto
m2
15.00
$21.72
$499.56
 
18.1
Cimbra común en cimentación con madera de pino
m2
3.20
$177.80
$2,667.00
18.11
Acero de refuerzo en cimentación cualquier diámetro
kg
250.00
$220.00
$ 704.00
18.12
Concreto Premezclado
m3
2.70
$36.79
$9,197.50
18.13
Cimbra común en columna con madera de pino
m2
35.60
$1,976.92
$5,337.68
18.14
Acero de refuerzo en columna cualquier diámetro
kg
384.00
$220.00
$7,832.00
18.15
Concreto Premezclado
m3
3.60
$36.79
$14,127.36
18.16
Relleno y compactación por medios mecánicos bailarina con material producto de excavación, en capas de 20 cms. en cimentación.
m3
17.80
$1,976.92
$7,116.91
18.17
Construcción de muro de enrase de block de concreto 15X20X40 cms asentado con mortero cemento arena proporción 1:4 a mezcla cortada, relleno de concreto
M2
19.50
$267.56
$5,217.42
18.18
Suministro y colocación de anclas de 1" de diámetro cold
PZA
12.00
$650.00
$7,800.00
18.19
Suministro, habilitado y colocación de placa
KG
85.00
$42.00
$3,570.00
18.20
Losa armada solida de concreto premezclado f'c=250 kg/cm2 con 15 kg de acero por m2
m2
15.00
$1,302.00
$19,530.00
 
18.21
Dala de concreto
ml
16.00
$232.91
$3,726.56
18.22
Castillo de concreto
ml
15.00
$221.31
$3,319.65
18.23
Cerramiento de concreto
ml
16.00
$224.28
$3,588.48
18.24
Muro de block de concreto 15X20X40 cms asentado con mortero cemento arena proporción 1:4 a mezcla cortada,
m2
43.20
$218.75
$9,450.00
18.25
Aplanado a plomo y regla con mortero cemento
m2
43.20
$ 166.54
$7,194.53
18.26
Suministro y colocación de mármol
m2
58.60
$495.00
$29,007.00
18.27
Traslado y reubicación de monumento a una distancia aprox. de 180 mts
PZA
1.00
$38,960.00
$38,960.00
18.28
Suministro e instalación de tubería
ML
80.00
$268.50
$21,480.00
18.29
Suministro e instalación de cable
ML
210.00
$163.75
$34,387.50
18.30
Salida eléctrica de cielo o contacto inc. caja, tubería conduit 13 mm pared gruesa, cableado según cálculo de cargas, conexiones, pruebas y desperdicios. acarreos y todo lo necesario para su correcta ejecución
SAL
4.00
$674.30
$2,697.20
18.31
Suministro y colocación de lámpara de piso tecno lite led
 
4.00
$3,520.00
$14,080.00
19.0
TRÁMITES
19.02
Tramites, verificaciones y licencia de construcción
lote
1
$45,000.07
$45,000.07
Total
$13'000,000.00
 
18.   Cronograma de avance físico-financiero de la obra:
Cronograma de avance físico y financiero de la "Etapa de creación del "Centro de Justicia para las Mujeres de Piedras Negras, Coahuila" (Programa de Erogación)
LOGOTIPO DE LA DEPENDENCIA RESPONSABLE DEL PROYECTO
Nombre de la dependencia estatal responsable del proyecto:
Nombre de la dependencia estatal responsable de la ejecución de la obra:
Nombre de la obra: CENTRO DE JUSTICIA PARA LA MUJER (PRIMERA ETAPA)
Plazo de Ejecución de la obra: 6 MESES
 
Descripción del concepto
Total del monto a ejecutar
Avance
MES 1
MES 2
MES 3
MES 4
MES 5
MES 6
PRELIMINARES Y CIMENTACION
$1,670,059.958
Financiero
$1,113,373.31
$556,686.65
 
 
 
 
Físico
8.187
4.093
 
 
 
 
CIMENTACION
$1,131,252.78
Financiero
 
$565,626.39
$565,626.39
 
 
 
Físico
 
4.159
4.159
 
 
 
MUROS, CADENAS Y CASTILLOS
$1,219,915.45
Financiero
 
 
$609,957.725
$609,957.725
 
 
Físico
 
 
4.485
4.485
 
 
ESTRUCTURA METALICA Y AZOTEAS
$4,673,529.10
Financiero
 
 
$1,557,843.03
$1,557,843.03
$1,557,843.03
 
Físico
 
 
11.455
11.455
11.455
 
RECUBRIMIENTOS, MUROS Y PLAFONES
$462,653.70
Financiero
 
 
 
$308,435.80
$154,217.90
 
Físico
 
 
 
2.268
1.134
 
FIRMES Y BANQUETAS
$418,034.80
Financiero
 
 
$278,689.87
 
$139,344.93
 
Físico
 
 
2.049
 
1.025
 
HERRERIA Y CANCELERIA DE ALUMINIO
$124,238.32
Financiero
 
 
 
$62,119.16
$62,119.16
 
Físico
 
 
 
0.457
0.457
 
INSTALACION ELECTRICA
$355,549.25
Financiero
 
 
$59,258.21
$118,516.42
$118,516.42
$59,258.21
Físico
 
 
0.436
0.871
0.871
0.436
INSTALACIONES HIDRAULICAS Y
SANITARIAS
$225,242.21
Financiero
 
$90,096.88
$90,096.88
 
 
$45,048.44
Físico
 
0.662
0.662
 
 
0.331
INSTALACIONES ESPECIALES
$241,069.40
Financiero
 
 
 
 
$160,712.93
$80,356.47
Físico
 
 
 
 
1.182
0.591
VOZ Y DATOS
$46,574.00
Financiero
 
 
 
$23,287.00
$23,287.00
 
Físico
 
 
 
0.171
0.171
 
SISTEMA PARARRAYOS
$91,265.92
Financiero
 
 
 
$30,421.97
 
$60,843.95
Físico
 
 
 
0.224
 
0.447
OBRA EXTERIOR
$1,037,070.93
Financiero
 
 
$414,828.37
$414,828.37
 
$207,414.19
Físico
 
 
3.050
3.050
 
1.525
BARDA PERIMETRAL
$1,358,569.39
Financiero
 
 
 
 
$1,358,569.39
 
Físico
 
 
 
 
9.989
 
CASETA DE VIGILANCIA
$179,569.90
Financiero
 
 
$119,712.89
$59,857.01
 
 
Físico
 
 
0.880
0.440
 
 
REUBICACION DE MONUMENTO
$313,204.80
Financiero
 
 
 
 
 
$313,204.80
Físico
 
 
 
 
 
2.303
TRAMITES
$52,200.08
Financiero
$26,100.04
$26,100.04
 
 
 
 
Físico
0.192
0.192
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total ejercido por mes
$
$1,139,473.35
$1,238,509.97
$3,696,013.37
$2,814,711.53
$3,728,828.67
$982,463.11
Porcentaje de avance físico acumulado de la obra
%
8.378 %
9.107 %
27.177 %
20.696 %
27.418 %
7.224 %
Total del costo de la obra
 
$13,600,000.00
 
Leído por "las partes y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en tres ejemplares en la Ciudad de México, a los 31 días del mes de julio de 2018.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Rafael Adrián Avante Juárez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ángela Quiroga Quiroga.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador, Miguel Ángel Riquelme Solís.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, José María Fraustro Siller.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Blas José Flores Dávila.- Rúbrica.- El Secretario de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad, Gerardo Alberto Berlanga Gotés.- Rúbrica.