ANEXO Técnico de Ejecución para la operación del Programa de Desarrollo Rural para el ejercicio presupuestal 2019, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Nuevo León

ANEXO Técnico de Ejecución para la operación del Programa de Desarrollo Rural para el ejercicio presupuestal 2019, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Nuevo León.

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DEL
EJERCICIO PRESUPUESTAL 2019
EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN
ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2019 QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE LA "SADER", Y EL MVZ. ENRIQUE CANALES MARTÍNEZ EN SU CARÁCTER DE ENCARGADO DEL DESPACHO EN LA REPRESENTACIÓN DE LA "SADER" EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN EN ADELANTE REFERIDO COMO LA "REPRESENTACIÓN"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL LIC. JOSÉ RODOLFO FARÍAS ARIZPE EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Que con fecha 27 de marzo del año 2019, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2019-2021, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general; así como, las demás iniciativas que en materia de desarrollo agroalimentario se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Nuevo León .
II.     Que en la Cláusula Tercera del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021" las "PARTES" acordaron que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente en el Estado de Nuevo León, podrán realizar una aportación conjunta, lo que se establecerá en los Anexos Técnicos de Ejecución que consideren necesario suscribir cada ejercicio fiscal.
Asimismo, en dicha Cláusula se precisó que la aportación federal se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente, y la aportación del "GOBIERNO DEL ESTADO" dependerá de la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado del Ejercicio Fiscal que corresponda.
III.    Que las "PARTES" se comprometieron en la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", a formalizar Anexos Técnicos de Ejecución de acuerdo con la distribución de los recursos concurrentes que se establezcan en el "DPEF" para el Estado de Nuevo León.
En los Anexos Técnicos de Ejecución que suscriban la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberán señalarse, entre otros aspectos:
a.     Los montos de los recursos públicos que se comprometen a aportar;
b.    La calendarización de entrega de los recursos públicos acordados;
c.     Los objetivos y metas estimadas que se pretende alcanzar mediante la aplicación de los recursos públicos convenidos, y
d.    Los instrumentos y mecanismos de control operativo y financiero que permitan el eficaz cumplimiento de las actividades convenidas.
Para la aplicación y ejecución de los recursos presupuestales materia de los Anexos Técnicos de Ejecución, las "PARTES" convinieron en aplicar la mecánica operativa descrita en las Reglas de Operación de los Programas de la "SADER" vigentes en el año fiscal de que se trate, así como la normatividad aplicable que para tal efecto emita la "SADER"; las que para el ejercicio 2019 son las siguientes:
En ese sentido, es que se indica que el marco normativo vigente para el ejercicio 2019 es:
1.     El Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación y Lineamientos de los Programas de la "SADER" para el ejercicio 2019, en adelante el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de febrero de 2019.
 
2.     El Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos de Operación del Programa de Desarrollo Rural para el Ejercicio Fiscal 2019, en lo sucesivo los "LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL", publicado en el "DOF" el 28 de febrero de 2019.
IV.   Que en apego a lo establecido en el artículo 32, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el "DOF" el 28 de diciembre de 2018, en lo sucesivo el "DPEF 2019", la "SADER" destina recursos orientados a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.
Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
V.    Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución se formalizará entre la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", la distribución de recursos del Programa de Desarrollo Rural para el Estado de Nuevo León de conformidad con lo establecido en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2019".
VI.   Que en los "LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL" se establecen los conceptos, requisitos, procedimientos para acceder a los incentivos y la mecánica operativa del Programa de Desarrollo Rural.
Asimismo, en el artículo 35 de los "LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL", se establece que las Unidades Responsables de los componentes que integran el Programa Desarrollo Rural son las siguientes:
1.     Para el Componente Fortalecimiento de las Unidades de Producción Familiar, la Dirección General de Producción Rural Sustentable en Zonas Prioritarias tiene el carácter de Unidad Responsable.
2.     Para el Componente Integración Económica de las Cadenas Productivas, la Dirección General de Desarrollo Territorial y Organización Rural tiene el carácter de Unidad Responsable.
3.     Para el Componente Desarrollo de Capacidades, Extensión y Asesoría Rural, la Dirección General de Desarrollo de Capacidades y Extensionismo Rural tiene el carácter de Unidad Responsable.
4.     Para el Componente Investigación y Transferencia de Tecnología, la Dirección General de Desarrollo de Capacidades y Extensionismo Rural tiene el carácter de Unidad Responsable.
VII.   Que en la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", cada una de las "PARTES" designó un representante para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución.
Por la "SADER", el Encargado del Despacho en la Representación de dicha Dependencia en el Estado de Nuevo León al momento de celebración de los Anexos Técnicos de Ejecución; precisando que a la firma del presente instrumento dicho cargo lo ostenta el C. MVZ. Enrique Canales Martínez, en su carácter de Subdelegado Agropecuario en el Estado.
Por su parte el "GOBIERNO DEL ESTADO", designó como su representante al Secretario de Desarrollo Agropecuario, cargo que a la presente fecha ostenta el C. Lic. José Rodolfo Farías Arizpe.
DECLARACIONES
I. DE LA "SADER":
I.1. Que el C. MVZ. Enrique Canales Martínez, en su carácter de Encargado del Despacho en la Representación de la "SADER", en el Estado de Nuevo León, se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2o. Apartado C, 35, 36, fracciones I y IX, 37 fracciones I, V y VII, y 42 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, ahora "SADER", publicado en el "DOF" el 25 de abril de 2012, en concordancia con la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021".
I.2. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en Avenida Constitución No. 4101, Colonia Fierro, Monterrey, Nuevo León, C.P. 64590.
II. DEL "GOBIERNO DEL ESTADO":
II.1. Que el C. José Rodolfo Farías Arizpe en su carácter de Secretario de Desarrollo Agropecuario acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el C. Gobernador, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo previsto en los artículos 87 primer párrafo, 88 y 134 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 1, 18 fracción XV y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para Estado de Nuevo León. La Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021".
II.2. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en la calle Washington No. 2000 Piso 11, Colonia Obrera, Monterrey, Nuevo León.
III. DE LAS "PARTES":
III.1. Que para el mejor resultado y óptimo beneficio en la aplicación de los recursos asignados en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2019", para el Programa de Desarrollo Rural, en el marco del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, las "PARTES" han determinado la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos.
III.2. Los recursos federales y estatales acordados entre las "PARTES" en el presente Anexo Técnico de Ejecución, serán destinados exclusivamente al Programa de Desarrollo Rural conforme se indica en el Apéndice I denominado "Recursos Convenidos Federación-Estado 2019", el cual forma parte integral del presente instrumento.
Para tal efecto, las "PARTES" acuerdan la implementación del presente Anexo Técnico de Ejecución para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos mediante las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO
PRIMERA. El objeto del presente instrumento es establecer los objetivos y metas que se pretendan alcanzar mediante la aplicación de los recursos presupuestales para el Programa de Desarrollo Rural en el Estado de Nuevo León determinados en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2019", así como las líneas de acción, metas programáticas y montos a aplicar en los componentes que integran el Programa de Desarrollo Rural:
1.     Fortalecimiento de las Unidades de Producción Familiar.
2.     Integración Económica de las Cadenas Productivas.
3.     Desarrollo de Capacidades, Extensión y Asesoría Rural.
4.     Investigación y Transferencia de Tecnología.
De igual manera se establecerá el calendario con las fechas en que se efectuarán las ministraciones de los recursos presupuestales acordados, las cuales no podrán rebasar el periodo de marzo a septiembre, de conformidad con el inciso a) de la fracción VIII del artículo 32 del "DPEF 2019".
APORTACIONES DE RECURSOS
SEGUNDA. Con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los recursos presupuestales previstos en el "DPEF 2019", en los "LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL" y en las demás disposiciones legales aplicables, la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" acuerdan para el ejercicio fiscal 2019 realizar para el Programa de Desarrollo Rural una aportación conjunta hasta por un monto de $17'875,000.00 (Diecisiete millones ochocientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), Integrada de la siguiente forma:
1.-    Hasta la cantidad de $14'300,000.00 (Catorce millones trescientos mil pesos 00/100 M.N.); a cargo de la "SADER", sujeto a la suficiencia presupuestal prevista en el "DPEF 2019", y
2.-    Hasta la cantidad de $3'575,000.00 (Tres millones quinientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" con base en la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Nuevo León publicado en publicado en fecha 31 de Diciembre de 2018 en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León.
La aportación, distribución y ministración de los recursos señalados, se llevará a cabo de conformidad con la programación referida en los Apéndices I y II denominados respectivamente "Recursos Convenidos Federación-Estado 2019" y "Calendario de Ejecución 2019", los cuales forman parte integral del presente instrumento.
 
Las aportaciones referidas, estarán sujetas a las disposiciones previstas en el "DPEF 2019" y en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021".
Para que la "SADER" efectúe la ministración acordada en el Apéndice I "Calendario de Ejecución 2019", el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a efectuar previamente la aportación de los recursos a su cargo, en los términos establecidos en la Cláusula Quinta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", a la cuenta o subcuenta, exclusiva y específica del Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Nuevo León en adelante referido como el "FOFAE", que se aperture para el Programa de Desarrollo Rural.
Del total de los recursos convenidos, tanto federal como estatal, se destinarán hasta un 5% (cinco por ciento), para cubrir los gastos de operación, los cuales serán depositados en su totalidad en la primer ministración establecida en el Apéndice I "Calendario de Ejecución 2019", debiendo atender lo dispuesto en los Lineamientos para la ejecución de los Gastos de Operación de los Programas de la "SADER" emitidos por la Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la "SADER", que se encuentren vigentes para el ejercicio fiscal 2019.
PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL
TERCERA. Las "PARTES" acuerdan que los recursos aportados que se indican en la Cláusula Segunda, se aplicarán para el cumplimiento de los objetivos y metas del Programa de Desarrollo Rural de conformidad a lo señalado en el Apéndice III denominado "Cuadro de Metas y Montos 2019" el cual forma parte integral del presente instrumento.
La población objetivo del Programa de Desarrollo Rural, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de los "LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL", está compuesta por las Unidades de Producción Familiar, asociadas de manera formal o informal, que habitan en los municipios de las Zonas de Atención Prioritaria Rurales establecidas en el Anexo A del Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2019; y las Unidades de Producción Familiar asociadas de manera formal o informal, que habitan en localidades de marginación alta y muy alta del resto de los municipios, en este último caso, no se excluye a los pequeños propietarios asociados de manera formal o informal.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 5 de los "LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL", los cuatro componentes del Programa de Desarrollo Rural son complementarios en el diseño y establecimiento de Proyectos de Desarrollo Territorial (Prodeter). Un Prodeter constituye la iniciativa de un grupo de unidades de producción familiar asociadas de manera formal o informal en un territorio, para mejorar la producción primaria y para asumir funciones económicas de la cadena productiva. El Prodeter comprende un conjunto de proyectos de inversión para mejorar la producción primaria y para crear o fortalecer las empresas que permitan asumir las funciones económicas prioritarias.
Los conceptos, metas y montos del Apéndice III "Cuadro de Metas y Montos 2019", son indicativos, por lo que en caso de modificaciones, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a entregar a la "SADER", a más tardar el 31 de diciembre del 2019, el informe de los conceptos de inversión, metas y montos que bajo su responsabilidad haya realizado, en el que deberá expresar las causas que justifiquen tales modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestarias aplicables.
DE NORMATIVIDAD APLICABLE
CUARTA. Para la consecución del objeto del presente instrumento, las "PARTES" acuerdan estar a lo dispuesto en los "LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL", en el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", y en la legislación presupuestaria federal aplicable.
DE LAS OBLIGACIONES
QUINTA. El "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en la CLÁUSULA DECIMOPRIMERA del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", entre las que se encuentran las siguientes:
"I. a la II. ...
III.      Ejecutar de manera oportuna los recursos referidos en los Anexos Técnicos de Ejecución;
IV.      Realizar la aportación de los recursos a su cargo, de conformidad a lo establecido en los Anexos Técnicos de Ejecución y en la normatividad aplicable;
V.       Administrar bajo su absoluta responsabilidad los recursos federales que la "SADER" le transfiera a través del "FOFAE";
 
VI.      Aplicar exclusivamente para el cumplimiento de los objetivos y metas que se establezcan en los Anexos Técnicos de Ejecución, los recursos federales que la "SADER" le transfiera a través del "FOFAE";
VII.     Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales que la "SADER" le transfiera a través del "FOFAE";
VIII.    Entregar trimestralmente, durante cada ejercicio fiscal, a la "SADER" a través de la "REPRESENTACIÓN", los avances los recursos ejercidos y pagados por el "FOFAE"; así como los saldos;
IX.      Entregar a la "SADER" a través de la "REPRESENTACIÓN", a más tardar el último día hábil del primer trimestre de cada ejercicio fiscal, la planeación de las acciones a desarrollar durante dicha anualidad, incorporando, en su caso, las opiniones del Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable;
X.       Utilizar el "SISTEMA DE INFORMACIÓN", como mecanismo de registro y seguimiento en la atención de solicitudes de los apoyos que habrán de otorgarse; dicha información deberá mantenerse actualizada de manera permanente, por ser considerada como la fuente oficial para el flujo de información en los avances físico-financieros;
XI.      Cumplir con la normatividad, los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que la "SADER" emita para el ejercicio de los recursos federales aportados; y en caso, participar en la emisión de los mismos cuando la "SADER" así se lo requiera;
XII.     Homologar los conceptos y montos de apoyo de todos los programas que aplique, con el propósito de evitar la duplicidad y competencia con los programas de la "SADER".
XIII.    Presentar oportunamente información que les sea requerida sobre el cumplimiento del objeto del presente Convenio y de los Anexos Técnicos de Ejecución que se suscriban;
XIV.    Como miembro propietario y/o suplente del "FOFAE", deberá asistir a las sesiones del Comité de dicho Fideicomiso, de conformidad a lo dispuesto en el contrato de Fideicomiso de Administración;
XV.     Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental que emita o corresponda a su competencia. Salvo por los casos de excepción que expresamente establece la "CONSTITUCIÓN";
XVI.    En términos del contenido del artículo 134 de la "CONSTITUCIÓN", se compromete a que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difunda deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen su promoción;
XVII.   Asimismo, se compromete a que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y/o candidatos, que impliquen su promoción;
XVIII.  Publicar listados de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el "DPEF", las "REGLAS DE OPERACIÓN" y demás normatividad aplicable en la materia;
XIX.    Remitir a la "SADER" a más tardar el último día hábil del mes de noviembre del ejercicio fiscal correspondiente, los listados de beneficiarios, identificando a las personas físicas con clave o número de registro que le será asignado por el "GOBIERNO DEL ESTADO" y en el caso de las personas morales con la clave de Registro Federal de Contribuyentes. En ambos casos deberá incluir actividad productiva; ciclo agrícola; eslabón de la cadena de valor, concepto de apoyo y monto fiscal otorgado. Asimismo, deberá presentar la información desagregada por sexo, grupo de edad, región del país, entidad federativa, municipio, y localidad; y la correspondiente a los criterios y/o las memorias de cálculo mediante los cuales se determinaron los beneficiarios;
XX.     Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias fiscalizadoras, para efectuar las revisiones que consideren
necesarias de acuerdo a sus programas de trabajo; así como cumplir y atender los requerimientos de información que éstas les realicen en relación al presente Convenio y a los Anexos Técnicos de Ejecución, en términos de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables;
XXI.    Instruir al fiduciario del "FOFAE" para que transparente y rinda cuentas sobre el manejo de los recursos públicos federales que la "SADER" aporte al fideicomiso; así como para que proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización, así como para que otorgue las facilidades al personal de la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias fiscalizadoras, para realizar las auditorías y visitas de inspección que consideren necesarias;
XXII.   Contar con la autorización de la "SADER", en el caso de los contratos de sustitución y/o modificación fiduciaria, respetando en todo momento el "DPEF" del ejercicio fiscal correspondiente, las "REGLAS DE OPERACIÓN" y las disposiciones en la materia;
XXIII.  Reportar durante cada ejercicio fiscal de manera trimestral en su página de Internet, el avance de los recursos ejercidos y pagados por el "FOFAE", así como los saldos;
XXIV.  Presentar al cierre del ejercicio fiscal el finiquito de las acciones materia de los Anexos Técnicos de Ejecución, de conformidad con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento;
XXV.   ..."
DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE ACCIONES
SEXTA. Las "PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre la población objetivo e interesados en general del Programa de Desarrollo Rural, las características, beneficios, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente Anexo Técnico de Ejecución.
En todo caso, las "PARTES" acuerdan que en la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos, respecto del Programa de Desarrollo Rural, deberán incluir expresamente y en forma idéntica la participación de la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", y contener la leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
Las "PARTES" en la entrega de los estímulos y apoyos a los beneficiarios, mantendrán expresamente y en forma idéntica la participación del Gobierno Federal a través de la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", utilizando en todo acto y documento la imagen oficial de ambos órdenes de gobierno.
De igual manera queda estrictamente prohibida la utilización de los programas de apoyo para promover o inducir la afiliación de la población objetivo a determinadas asociaciones o personas morales.
DE LAS MODIFICACIONES
SÉPTIMA. Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las "PARTES" y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
Por lo que deberán concurrir a la firma del Convenio Modificatorio el Representante de la "SADER" en el Estado de Nuevo León y por parte del "GOBIERNO DEL ESTADO el Titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario.
DEL CIERRE Y FINIQUITO DEL EJERCICIO
OCTAVA. Para la administración y ejercicio de los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través del "FOFAE", se compromete a contar con la(s) cuenta(s) o subcuenta(s) específica(s) y exclusiva(s), en la que se identifiquen las erogaciones realizadas, cuyo destino se deberá sujetar a lo establecido en este instrumento jurídico.
Para la debida ejecución del objeto materia del presente Anexo Técnico de Ejecución, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a ejercer los recursos señalados en la Cláusula Segunda del presente instrumento, a través del "FOFAE", para los fines autorizados, así como aplicar y vigilar la programación, ejecución y desarrollo de las actividades que permitan el logro de las metas establecidas en Apéndice III "Cuadro de Metas y Montos 2019".
En cumplimiento a la legislación federal, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá integrar los soportes e informe de la cuenta pública del Programa de Desarrollo Rural, con la relación definitiva de beneficiarios al 31 de diciembre del presente año, en la que se especificarán los recursos entregados, los devengados y los no devengados enterados a la Tesorería de la Federación, en lo sucesivo "TESOFE". Esta relación no podrá ser modificada, por lo que en el caso de que existan desistimientos, economías o recursos no aplicados por los beneficiarios, éstos deberán enterarse en términos de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables. El informe se deberá remitir al nivel central de la "SADER", a través de la "REPRESENTACIÓN", previa validación de esta última.
De conformidad con la Cláusula Decimoséptima del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", a más tardar el 31 diciembre del año 2019, deberá suscribirse el informe de cierre del ejercicio presupuestal y recursos convenidos, entre la "REPRESENTACIÓN" en el Estado de Nuevo León y el "GOBIERNO DEL ESTADO", en el que establezcan:
1.     Los recursos pagados, devengados o reintegrados, con las relaciones de beneficiarios;
2.     Los montos de los recursos federales recibidos, aplicados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
3.     Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos de los programas y componentes, y
4.     En un capítulo separado, los intereses generados, aplicados y enterados, en su caso, a la "TESOFE", las acciones desarrolladas con estos recursos o las metas adicionales alcanzadas con los mismos.
Para los recursos devengados en los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 85, 175 y 176 de su Reglamento; así como en los "LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL", a más tardar el último día hábil de marzo del año 2020, deberá suscribirse un acta circunstanciada de finiquito entre la "REPRESENTACIÓN" de la "SADER" en el Estado de Nuevo León y el "GOBIERNO DEL ESTADO", en el que establezcan:
a.     Las relaciones definitivas de beneficiarios, indicando los que se encuentren en proceso;
b.    Los montos de los recursos federales recibidos, aplicados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
c.     Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del Programa Desarrollo Rural con saldo en ceros, y
d.    En un capítulo separado, los intereses generados y enterados a la "TESOFE".
DE LA VIGENCIA
NOVENA. El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2019, en términos de lo establecido en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 174 y 176 de su Reglamento y demás disposiciones de la materia, así como del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021".
Leído que fue y enteradas del alcance y contenido legal de este instrumento, las partes firman el presente Anexo Técnico de Ejecución en cinco tantos originales, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, a los 29 días del mes de marzo de 2019.- Por la SADER: el Encargado del Despacho en la Representación de la SADER, en el Estado de Nuevo León, Enrique Canales Martínez.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Nuevo León: el Secretario de Desarrollo Agropecuario del Estado, José Rodolfo Farías Arizpe.- Rúbrica.
Apéndice I
NUEVO LEÓN
Recursos Convenidos Federación-Estado 2019
(aportaciones en pesos)
DPEF 2019
De la SADER
Del Gobierno del Estado
Gran Total
Total Programa
14'300,000.00
3'575,000.00
17'875,000.00
En conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 7 y los incisos a), b) y c) de la fracción VIII del artículo 32 y el
Anexo 11.1. del DPEF 2019.
Apéndice II
NUEVO LEÓN
Calendario de ejecución 2019
(aportaciones en pesos)
DPEF 2019
Total
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
Total
Programa
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federa
l
Estata
l
Federa
l
Estata
l
Federa
l
Estata
l
Federa
l
Estata
l
Federa
l
Estata
l
Federa
l
Estata
l
14'300,000.00
3'575,000.00
14'300,000.00
3'575,000.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
En conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 7 y los incisos a), b) y c) de la fracción VIII del artículo 32
y el Anexo 11.1 del DPEF 2019.
Apéndice III
NUEVO LEÓN
Programa de Desarrollo Rural
Cuadro de metas y montos 2019
Proyectos de Desarrollo Territorial (Prodeter)
Núm.
Municipio(s) o localidades*
Subsector (agrícola, pecuario,
acuacultura y pesca)
Cultivo o especie
1
Mier y Noriega; Dr. Arroyo (Jesús María y el Salto,
Santa Rita, Amaro, Tapona de Camarillo, Santa
María, La Unión y el Cardonal, Puerta de Aguilar,
San Agustín de Valdez, San Antonio de Peña
Nevada, San Felipe de Martínez, Refugio de
Cedillo, Agua Nueva y Las Catorce)
Pecuario
Caprinos
2
Aramberri. Gral. Zaragoza, Galeana (Río de San
José, El Tepozán, San Urbet, El Barrocito, San
Francisco de Berlanga, San Pablo
Pecuario
Caprinos
* Incorporar las localidades sólo en el caso de que el municipio no esté incluido en el listado de Zonas de Atención Prioritarias Rurales 2019.
Proyecto de Desarrollo Territorial 1
Componente
Concepto de apoyo
Metas programadas
Recursos concertados (pesos)
Unidad de
medida
Cantidad
Beneficiarios
SADER
Gobierno de
Estado
Productores
Subtotal
Fortalecimiento de
las Unidades de
Producción
Familiar
Activos fijos para
mejorar la capacidad
productiva de las UPF/
obras de conservación
de suelo/
Infraestructura de uso
colectivo de captación,
manejo y
almacenamiento de
agua/Activos fijos para
disminuir las pérdidas
poscosecha de las
UPF
Proyecto
2
200
2'560,000.00
640,000.00
800,000.00
4'000,000.00
Integración
Económica de las
Cadenas
Productivas
Activos fijos de
proyectos de inversión
para empresas rurales.
Proyecto
1
2'976,000.00
744,000.00
3'720,000.00
7'440,000.00
Desarrollo de
Capacidades,
Extensión y
Asesoría Rural
Servicios de
extensionismo para el
establecimiento y
operación de los
proyectos de inversión
Extensionistas
8
640,000.00
160,000.00
 
800,000.00
Investigación y
Transferencia de
Tecnología
Proyectos de
diagnóstico,
transferencia de
tecnología y soporte
técnico para atender
necesidades de los
Prodeter
Proyecto
1
224,000.00
56,000.00
 
280,000.00
Total Prodeter 1
200
6'400,000.00
1'600,000.00
4'520,000.00
12'520,000.0
0
Proyecto de Desarrollo Territorial 2
Componente
Concepto de apoyo
Metas programadas
 
Recursos concertados (pesos)
Unidad de
medida
Cantidad
Beneficiarios
SADER
Gobierno de
Estado
Productores
Subtotal
Fortalecimiento
de las Unidades
de Producción
Familiar
Activos fijos para
mejorar la capacidad
productiva de las UPF/
obras de conservación
de suelo/Infraestructura
de uso colectivo de
captación, manejo y
almacenamiento de
agua/Activos fijos para
disminuir las pérdidas
poscosecha de las UPF
Proyecto
2
150
2'333,200.00
583,300.00
729,125.00
3'645,625.00
Integración
Económica de las
Cadenas
Productivas
Activos fijos de
proyectos de inversión
para empresas rurales.
Proyecto
1
2'712,345.00
678,086.00
3'390,431.00
6'780,862.00
Desarrollo de
Capacidades,
Extensión y
Asesoría Rural
Servicios de
extensionismo para el
establecimiento y
operación de los
proyectos de inversión
Extensionistas
7
583,300.00
145,825.00
 
729,125.00
Investigación y
Transferencia de
Tecnología
Proyectos de
diagnóstico,
transferencia de
tecnología y soporte
técnico para atender
necesidades de los
Prodeter
Proyecto
1
204,155.00
51,039.00
 
255,194.00
Total Prodeter 2
150
5'833,000.00
1'458,250.00
4'119,556.00
11'410,806.00
 
Otros servicios:
Componente
Concepto de
apoyo
Metas programadas
Recursos concertados (pesos)
Unidad de
medida
Cantidad
Beneficiarios
SADER
Gobierno
de Estado
Subtotal
Desarrollo de
Capacidades,
Extensión y
Asesoría Rural
Servicios de
asesoría o
desarrollo de
capacidades
para
necesidades
específicas
Extensionistas
17
340
1'352,000.00
338,000.00
1'690,000.00
 
Gastos de operación (5%)
 
 
SADER
Gobierno de Estado
Gran Total
Representación de la SADER
2.0%
286,000.00
71,500.00
357,500.00
Gobierno del Estado en FOFAE
2.0%
286,000.00
71,500.00
357,500.00
Evaluación
1.0%
143,000.00
35,750.00
178,750.00
 
 
 
SADER
Gobierno de Estado
Productores
Gran Total
Recursos inversión (95%)
13'585,000.00
3'396,250.00
8'639,556.00
25'620,806.00
Gastos de operación (5%)
715,000.00
178,750.00
 
893,750.00
Gran total
14'300,000.00
3'575,000.00
8'639,556.00
26'514,556.00
______________________________